Boletin Oficial - Gobierno de Entre Ríos
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Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/ E-mail:[email protected] - [email protected] Nº 25.746 - 139/15 PARANA, viernes 31 de julio de 2015 GOBERNADOR DE LA PROVINCIA VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría de Coordinación de Gabinete SECCION ADMINISTRATIVA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DECRETO Nº 402 MDS Paraná, 4 de marzo de 2015 Aprobando el contrato de locación de obra suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, D. Carlos Gustavo Ramos y el Sr. Diego Andrés Besson, MI N° 26.071.618, en el que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las tareas que en el mismo se especifican, por el período comprendido entre el 2 de febrero y el 31 de julio del corriente año, el que agregado pasa a formar parte de este texto legal. Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27°, Inciso c), Apartado b), Punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias incluida la Ley 8964 (t.o. del Decreto N° 404/95 MEOSP) y Art. 142°, Inc. 4), Aparts. a) y b) del Decreto N° 795/96 MEOSP. Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a liquidar y abonar al Sr. Diego Andrés Besson, previa presentación de factura y constancia de trabajo pertinentes, las sumas mensuales establecidas en la Cláusula Cuarta del referido contrato, por el período comprendido entre el 2 de febrero y el 31 de julio del corriente año, en concepto de honorarios por la obra encomendada. — — — DECRETO Nº 403 MDS Paraná, 4 de marzo de 2015 Aprobando el contrato de locación de obra suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, D. Carlos Gusta- EDICION: 20 Págs. - $ 3,00 D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Cr. D. Hugo Alberto Ballay vo Ramos y el Sr. Walter Iván Calderón, MI N° 32.509.736, en el que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las tareas que en el mismo se especifican, por el período comprendido entre el 2 de febrero y el 31 de julio del corriente año, el que agregado pasa a formar parte de este texto legal. Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27°, Inciso c), Apartado b), Punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias incluida la Ley 8964 (t.o. del Decreto N° 404/95 MEOSP) y Art. 142°, Inc. 4), Aparts. a) y b) del Decreto N° 795/96 MEOSP. Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a liquidar y abonar al Sr. Walter Iván Calderón, previa presentación de factura y constancia de trabajo pertinentes, las sumas mensuales establecidas en la Cláusula Cuarta del referido contrato, por el período comprendido entre el 2 de febrero y el 31 de julio del corriente año, en concepto de honorarios por la obra encomendada. — — — DECRETO Nº 404 MDS Paraná, 4 de marzo de 2015 Aprobando el contrato de locación de obra suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, D. Carlos Gustavo Ramos y el Sr. Ángel Crisólogo Meneses Vallejos, MI N° 18.855.561, en el que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las tareas que en el mismo se especifican, por el período comprendido entre el 2 de febrero y el 31 de julio del corriente año, el que agregado pasa a formar parte de este texto legal. Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27°, Inciso c), Apartado b), Punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias incluida la Ley 8964 (t.o. del Decreto N° 404/95 MEOSP) y Art. 142°, Inc. 4), Aparts. a) y b) del Decreto N° 795/96 MEOSP. Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a liquidar y abonar al Sr. Ángel Crisólogo Meneses Vallejos, previa presentación de factura y constancia de trabajo pertinentes, las sumas mensuales establecidas en la Cláusula Cuarta del referido contrato, por el período comprendido entre el 2 de febrero y el 31 de julio del corriente año, en concepto de honorarios por la obra encomendada. — — — DECRETO Nº 405 MDS Paraná, 4 de marzo de 2015 Aprobando el contrato de locación de obra suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, D. Carlos Gustavo Ramos y el Sr. Juan Carlos Ángel Biondi, MI N° 14.367.835, en el que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las tareas que en el mismo se especifican, por el período comprendido entre el 2 de febrero y el 30 de noviembre del corriente año, el que agregado pasa a formar parte de este texto legal. Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27º, Inciso c), Apartado b), Punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias incluida la Ley 8964 (t.o. del Decreto N° 404/95 MEOSP) y Art. 142°, Inc. 4), Aparts. a) y b) del Decreto N° 795/96 MEOSP. Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a liquidar y abonar al Sr. Juan Carlos Ángel Biondi, previa presentación de factura y constancia de trabajo pertinentes, las sumas mensuales establecidas en la Cláusula Cuarta del referido contrato, por el período comprendido entre el 2 2 de febrero y el 30 de noviembre del corriente año, en concepto de honorarios por la obra encomendada. — — — DECRETO Nº 425 MDS DEJANDO ESTABLECIDO PERIODO DE SERVICIO Paraná, 11 de marzo de 2015 VISTO: El Decreto N° 181/15 MDS; y CONSIDERANDO: Que mediante el citado texto se reconoció la prestación de servicios efectuada, en virtud de lo pactado en el contrato de locación oportunamente suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Sr. Carlos Gustavo Ramos, MI N° 31.995.275, y la Sra. Gisela Mariana Rougier, MI Nº 34.804.838 y que formaba parte del mismo, para el desempeño de tareas administrativas en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social y bajo la dependencia directa de la Secretaría de Gestión, de acuerdo a las cláusulas y condiciones allí pactadas; Que habiéndose omitido consignar el período por el cual se efectuaba el reconocimiento de los servicios prestados por parte de la Srta. Rougier, corresponde el dictado del presente a fin de establecer que el reconocimiento es desde el día 13 de agosto al 31 de diciembre del año 2014, ello conforme a lo tramitado por el Sr. Secretario de Gestión, del Ministerio de Desarrollo Social en las actuaciones; Por ello; El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1º — Déjase establecido que el período por el cual se reconocen los servicios prestados por la Srta. Gisela Mariana Rougier, MI Nº 34.804.838, mediante Decreto N°181/14 MDS, es desde el día 13 de agosto al 31 de diciembre del año 2014, ello de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes. Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social. Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese. SERGIO D. URRIBARRI Carlos G. Ramos — — — DECRETO Nº 431 MDS DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIA Paraná, 11 de marzo de 2015 VISTO: Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Comedores; y CONSIDERANDO: Que por las mismas comunica inasistencias en las que ha incurrido la agente Alicia Gabriela González, MI N° 23.210.476, Legajo N° 161.084, con situación de revista como personal de planta permanente de la Dirección de Comedores con prestación de servicios en el Comedor Escolar de la Escuela N° 34 “Martín de Güemes” del Departamento Federación; Que las mismas corresponden al año 2014, sin aviso durante los días 31 de marzo, 01, 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29 y 30 de abril, 05, 06, 07, 08, 09, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22 y 23 de mayo, lo que se corrobora con el detalle informado a fs. 20 y planillas de asistencia de fs. 10, 11, 12 y 17; Que atento a que la agente registra más de diez (10) días de inasistencias a su lugar de trabajo, corresponde disponer la instrucción de un sumario administrativo, a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de Estado, por cuanto su conducta estaría encuadrada en lo previsto por el artículo 71° Inc. a) de la Ley N° 9755, modificada por Ley N° 9811, manteniéndose vigente y en todos sus BOLETIN OFICIAL términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto N° 2/70 SGG conforme lo dispuesto por el Art. 1°, del Decreto N° 2840/07 GOB y 2012/09 GOB; Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social ha dictaminado en el sentido expuesto; Por ello; El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1º — Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de Estado, a la agente Alicia Gabriela González, MI N° 23.210.476, Legajo N° 161.084, con situación de revista como personal de planta permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, quien registra inasistencias sin aviso los días 31 de marzo, 01, 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29 y 30 de abril, 05, 06, 07, 08, 09, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22 y 23 de mayo de 2014, en virtud de encontrarse su conducta presuntamente incursa en la falta administrativa tipificada en el artículo 71 ° Inc. a) de la Ley N° 9755, modificada por Ley N° 9811, manteniéndose vigente y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto N° 2/70 SGG conforme lo dispuesto por el Art. 1°del Decreto N° 2840/07 GOB y Decreto Nº 2012/09 GOB de conformidad con lo expresado en los considerandos del presente. Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social. Art. 3º — Regístrese, comuníquese, notifíquese por Área Personal de la Dirección de Comedores y pase a la Dirección de Sumarios a sus efectos. SERGIO D. URRIBARRI Carlos G. Ramos — — — DECRETO Nº 479 MDS Paraná, 18 de marzo de 2015 Reconociendo con carácter excepcional la licencia por cuidado de familiar enfermo, con goce del 100% de haberes, solicitada por el Sr. Sergio Rubén Garay, Legajo N° 110296, agente de la planta de personal de la Dirección General de Despacho dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, por el lapso de 10 días a partir del 12.11.14, en razón de los cuidados médicos especiales que debió dedicar a su cónyuge quien fuera intervenida quirúrgicamente, y que según lo informado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del citado Ministerio, la solicitud no encuadra en la normativa vigente para el caso – Art. 16° del Anexo I Decreto N° 5703/93 MGJE, t.o. de la Ley Nº 3289 y modificatorios, Art. 52° de la Ley N° 9755 y su modificatoria Ley Nº 9811, pero atendiendo a la documentación agregada, la Dirección General de Personal a fs. 10 se manifiesta en concordancia, no obstante lo cual y por razones humanitarias, puede evaluarse por este Poder Ejecutivo en uso de sus facultades discrecionales. — — — DECRETO Nº 480 MDS RECHAZANDO RECLAMO Paraná, 18 de marzo de 2015 VISTO: Las presentes actuaciones tramitadas ante el Ministerio de Desarrollo Social por la Dirección de Comedores; y CONSIDERANDO: Que se informa el fallecimiento de la Sra. María Teresa Pereyra, quien se desempeñaba como cocinera suplente en el Comedor de la Escuela N° 9 “Pablo Pizzurno” del Dpto. Federación, ocurrido el día 20.12.08, requiriendo que el pago de haberes no percibidos se reali- Paraná, viernes 31 de julio de 2015 ce a favor de su esposo Sr. Miguel Ángel Castro; Que ahora bien, conforme surge de autos se indicó que la solicitud debía realizarla el propio interesado, y el actor se presentó recién en fecha 13 de agosto de 2013 a fs. 12, adjuntando certificación de convivencia conyugal, para que se dé resolución favorable y se disponga el pago de los salarios caídos; Que asimismo intervino la Dirección General de Asuntos Jurídicos jurisdiccional, expresando que por tratarse de haberes que no han sido cobrados, al deceso de la titular pasan a formar parte del acervo hereditario, por lo que se requiere de un juicio sucesorio para poder percibirlos; Que otra consideración a tener en cuenta es que el solicitante era el concubino de la Sra. Pereyra, y no se encuentra contemplado dentro de la enumeración de herederos que hace el Código Civil, no tiene vocación hereditaria, en consecuencia correspondía denegar la solicitud; Que no obstante ello, en el mismo dictamen se expresa que ante la posible existencia de otros herederos estos deberían arrimar a los actuados la declaratoria de herederos o la iniciación del juicio sucesorio, para el pertinente depósito en el Juzgado correspondiente de los emolumentos pendientes de cobro; Que cabe manifestar asimismo que en nueva intervención, la Dirección General de Asuntos Jurídicos menciona que tales criterios han sido determinados por la Dirección General de Personal con sustento en las disposiciones del Decreto N° 1549/91 MEH, que a su vez refiere al Art. 3565 y ss., del Código Civil, por lo cual ratifica que corresponde denegar lo solicitado, notificando al solicitante; Que ante tal circunstancia, el Sr. Castro apela la denegación reclamando el pago para su hija menor de edad, a cuyo efecto adjunta la documentación que avala esa petición, lo que realiza por nota del 19.12.14, ingresada en la Dirección de Comedores el 05.01.15; Que el reclamo del actor no puede tener andamiento en esta instancia, dado que ha operado la prescripción de los plazos para interponer toda acción que tienda a hacer valer algún derecho por éste invocado; Que respecto a la prescripción, la Fiscalía de Estado en Dictamen N° 1148/08 expresa que: “...El primer principio a tener en cuenta es el que prescribe que los términos son obligatorios tanto para la administración como para los sujetos particulares que intervienen en un proceso administrativo. A la administración le corresponde cumplir los términos que le son impuestos, y hacer cumplir los que rige para los intervinientes en el proceso...” (Escola Héctor Jorge, “Tratado General de Procedimiento Administrativo”, Ed. Depalma, pág. 208); Que asimismo es dable señalar que el plazo de prescripción de dos años propiciado por la Fiscalía de Estado resulta coincidente con el criterio sustentado por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación, al expresar; “El hecho de tratarse de un vínculo de empleo público no altera la naturaleza de la prestación que siempre será la de retribuir servicios prestados, tanto en ese ámbito como en el del derecho privado” (Fallos: 321:2998); Que en virtud de los argumentos expuestos, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social aconseja rechazar el pedido de haberes caídos a favor de la menor Johana Castro, atento al tiempo transcurrido desde el deceso de la causante Sra. Pereyra, su progenitora, y la presentación de su padre; Por ello; El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1º — Recházanse los reclamos de pago Paraná, viernes 31 de julio de 2015 de haberes dejados de percibir por la Sra. María Teresa Pereyra, personal de la planta permanente de la Dirección de Comedores dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, quien se desempeñaba como cocinera suplente en el Comedor de la Escuela N° 9 “Pablo Pizzurno” del Dpto. Federación, fallecida el día 20.12.08, presentados por el Sr. Miguel Ángel Castro, MI N°16.337.869, para sí y para su hija menor de edad, Johana Castro, MI N° 41.796.382, domiciliado en Paraje Las 14 Escuela Provincial N° 9, Chajarí, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes. Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social. Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese. Con copia notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, y cumplido pase a la Dirección de Comedores. SERGIO D. URRIBARRI Carlos G. Ramos — — — DECRETO Nº 481 MDS Paraná, 18 de marzo de 2015 Reconociendo con carácter excepcional, la Licencia por cuidado de familiar enfermo, con goce del 100% de haberes, solicitada por la Sra. Luciana Noemí Silva, Legajo N° 179035, agente de la planta de personal de la Dirección de Integración Comunitaria dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, por el lapso de 4 días a partir del 21.10.14, en razón de los cuidados médicos especiales que debió dedicar a su hija menor de edad y que según lo informado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del citado Ministerio, la solicitud no encuadra en la normativa vigente para el caso – Art. 16° del Anexo I Decreto N° 5703/93 MGJE, t.o. de la Ley Nº 3289 y modificatorios, Art. 52° de la Ley N° 9755 y su modificatoria Ley Nº 9811, pero atendiendo a la documentación agregada, la Dirección General de Personal a fs. 12 se manifiesta en concordancia, no obstante lo cual y por razones humanitarias puede evaluarse por este Poder Ejecutivo en uso de sus facultades discrecionales. — — — DECRETO Nº 482 MDS Paraná, 18 de marzo de 2015 Reconociendo con carácter excepcional, la licencia por cuidado de familiar enfermo, con goce del 100% de haberes, solicitada por la Sra. Carmen Nélida Humhoffe, Legajo Nº 140120, agente de la planta de personal del Ministerio de Desarrollo Social, por el lapso de 13 días a partir del 25.03.14, en razón de los cuidados médicos especiales que debió dedicar a su madre, y en su intervención, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del citado Ministerio expresa que la solicitud no encuadra en la normativa vigente para el caso, Art. 16° del Anexo I del Decreto Nº 5703/93 MGJE, t.o. de la Ley N° 3289 y modificatorios, Art. 52° de la Ley N° 9755 y su modificatoria Ley N° 9811, pero a su vez, la Dirección General de Personal a fs. 10 se manifiesta en concordancia con los términos del dictamen citado, no obstante lo cual y por razones humanitarias puede evaluarse por este Poder Ejecutivo en uso de sus facultades discrecionales. — — — DECRETO Nº 483 MDS Paraná, 18 de marzo de 2015 Reconociendo con carácter excepcional, la licencia por cuidado de familiar enfermo, con goce del 100% de haberes, solicitada por la Sra. Liliana Beatriz Izza, Legajo N° 110778, agente de la planta de personal permanente de la Dirección de Integración Comunitaria dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, por el lapso de 30 días a partir del 24.04.14, en BOLETIN OFICIAL razón de los cuidados médicos especiales que debió dedicar a su madre, Sra. Belki Beatriz Meli, quien fuera intervenida quirúrgicamente, y que según lo informado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del citado Ministerio, la solicitud no encuadra en la normativa vigente para el caso – Art. 16° del Anexo I Decreto N° 5703/93 MGJE, t.o. de la Ley N° 3289 y modificatorios, Art. 52° de la Ley Nº 9755 y su modificatoria Ley N° 9811, y atendiendo a la documentación agregada, la Dirección General de Personal a fs. 13 se manifiesta en concordancia y no obstante ello, y por razones humanitarias, puede evaluarse por este Poder Ejecutivo en uso de sus facultades discrecionales, y por los motivos aducidos y la necesaria atención de la agente hacia su madre, se considera procedente acordar con carácter de excepción la licencia solicitada. — — — DECRETO Nº 525 MDS MODIFICANDO PRESUPUESTO Paraná, 18 de marzo de 2015 VISTO: Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO: Que se gestiona la incorporación al presupuesto vigente de saldos no utilizados al 31.12.14, correspondientes a la Subfuente 5188- Aporte Ministerio de Desarrollo Social Nación Programa Proyecto Centros Integradores Comunitarios, resultando un monto total de $ 2.362.072,21, conforme a las planillas analíticas del gasto y del recurso, y de proyectos de inversión que forman parte del presente; Que ha tomado intervención de competencia la Contaduría General de la Provincia; Que la Dirección General de Presupuesto informa que la gestión es técnicamente viable y encuadra en los términos del artículo 16º de la Ley Nº 10.338; Por ello; El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Provincial ejercicio 2015, de la Jurisdicción 40- Ministerio de Desarrollo Social, Unidad Ejecutora: Unidad Ejecutora de Infraestructura Social, por la suma total de pesos dos millones trescientos sesenta y dos mil setenta y dos con veintiún centavos ($ 2.362.072,21), conforme a las planillas analíticas del gasto y del recurso y de proyectos de inversión, que anexas forman parte del presente decreto. Art. 2º — Encuádrase la modificación dispuesta por el artículo anterior en las previsiones del artículo 16° la Ley N° 10.338, de conformidad con lo expresado en los considerandos precedentes. Art. 3º — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social. Art. 4º — Comuníquese, publíquese y archívese. Remítase copia a la H. Legislatura de la Provincia y cumplido pase a la Subsecretaría de Administración a sus efectos. SERGIO D. URRIBARRI Diego E. Valiero Carlos G. Ramos — — — DECRETO Nº 583 MDS Paraná, 27 de marzo de 2015 Aprobando la continuidad para el corriente año, del Programa “Iniciativas Populares Para Mi Barrio”, el que fuera aprobado mediante Decreto N° 645/12 MDS y su ampliatorio N° 1023/12 MDS, y prorrogado por Decretos N° 206/13 MDS y 308/14 MDS, tendiente a incentivar a personas o grupos al diseño y presentación de iniciativas populares que mejoren la realidad social de su barrio, con cargo de ren- 3 dición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, cuya ejecución, administración y control, como su verificación y aval serán responsabilidad de la Subsecretaría de Políticas Comunitarias del Ministerio de Desarrollo Social, de conformidad con lo expresado en el presente. Facultando al Ministerio de Desarrollo Social a invertir hasta la suma total de $ 600.000, en la ejecución del programa aprobado por el ejercicio presupuestario 2015, y a aprobar y disponer el pago de las sumas que correspondan a favor de las propuestas seleccionadas, mediante el dictado de resoluciones del titular de la jurisdicción, previa intervención de lo Sra. Contadora Delegada de la Contaduría General de la Provincia y con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Autorizando a la Subsecretaría de Administración jurisdiccional, a emitir órdenes de pago con sus respectivas solicitudes de fondos ante la Tesorería General de la Provincia, como así a efectuar los pagos pertinentes. — — — DECRETO Nº 584 MDS Paraná, 27 de marzo de 2015 Aprobando el Programa Provincial de Seguridad Alimentaría Complemento Nutricional que adjunto pasa a formar parte del presente texto, para su implementación en todo el territorio provincial durante el ejercicio presupuestario 2015, el cual prevé el otorgamiento, a un total aproximado de 10.000 beneficiarios, con residencia en el territorio provincial, que acrediten estado de vulnerabilidad social y que reúnan los requisitos establecidos en el mismo para su acceso, de una prestación mensual que asciende a la suma de $ 90, para el presente año, habiéndose previsto una inversión total de $ 10.800.000, y que será ejecutado por la Subsecretaría de Políticas Alimentarías dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de acuerdo a lo expresado. Autorizando al señor Ministro de Desarrollo Social a dictar resoluciones ministeriales, con la previa intervención de la contadora auditora de la Contaduría General de la Provincia, para la aprobación de los padrones que remitirá la Subsecretaría de Políticas Alimentarías del Programa Provincial de Seguridad Alimentaría “Complemento Nutricional”, facultando asimismo a suscribir todos aquellos actos administrativos complementarios que resulten necesarios para su ejecución. Facultando al señor Ministro de Desarrollo Social a suscribir los respectivos convenios marco, de ejecución y/o colaboración, en los que se estipulen las condiciones y obligaciones de trabajo conjunto con las Áreas Sociales de los Municipios y Juntas de Gobierno, como así Centros de Salud, Hospitales, Dispensarios y CICs del Ministerio de Desarrollo Social tendiente a llevar a cabo la ejecución del Programa Provincial de Seguridad Alimentaría “Complemento Nutricional”, dejando establecido que la Subsecretaría de Políticas Alimentarías es el organismo encargado de llevar a cabo la ejecución del programa, como así de efectuar las rendiciones de cuentas ante los organismos pertinentes. — — — DECRETO Nº 673 MDS Paraná, 31 de marzo de 2015 Asignando las funciones de articulador del Ministerio de Salud, a partir del 02.1.15, al agente Juan José Vales, Doc. Nº 26.131.990, Legajo Nº 20.581, personal de planta permanente del Hospital “General Campos” de General Campos, Dpto. San Salvador, quien percibirá una remuneración mensual equivalente a Personal Fuera de Escalafón Nivel 1. Facultando a la Dirección General de Admi- 4 nistración del Ministerio de Salud, a abonar y a liquidar lo que corresponda al agente Juan José Vales, Doc. Nº 26.131.990, Legajo Nº 20.581, en concepto de lo dispuesto. — — — DECRETO Nº 674 MDS Paraná, 31 de marzo de 2015 Aceptando la renuncia de la Dra. Maria Fabiana Leiva como coordinadora de la Unidad de la Gestión de Seguro Provincial del Plan Nacer, hoy Programa Sumar, en carácter ad honorem, según los establece el Decreto Nº 321/11 MS. Designando a la licenciada Sonia Mabel Velázquez a cargo de la Coordinación de la Unidad de Gestión del Programa Sumar, programa que quedara bajo órbita de la Coordinadora General del Ministerio de Salud. — — — DECRETO Nº 709 MDS DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIA Paraná, 31 de marzo de 2015 VISTO: Las presentes actuaciones tramitadas por la Dirección de Comedores, respecto de la situación planteada en la Escuela N° 8 “Madame Curie” del Dpto. Concordia; y CONSIDERANDO: Que la gestión se inicia con una nota presentada por la Sra. Rosa Suárez, Supervisora de Comedores Escolares del Departamento Concordia, en la que expresa haber sido agredida verbal y físicamente por la Sra. Vanesa Lidia Elena Pereyra, cocinera titular del citado establecimiento educativo, el día 26 de octubre de 2014, por lo que efectuó la denuncia correspondiente en la Comisaría 5°de Villa Zorraquín según constancia de fs. 2; Que a fs. 3/8 y 10/29 se agregaron copias de diversas actas de supervisión labradas en el comedor, y a fs. 9 se adjuntó nota suscripta por los cocineros que allí se desempeñan, en la cual le manifiestan al Sr. Director de Comedores su disconformidad con el personal de cocina por el designado y el mal clima de trabajo suscitado a partir de ello; Que a fs. 53/54 obra copia de nota remitida por el Director del establecimiento educativo a su Supervisora Escolar Zona “A” donde relata los hechos según las distintas versiones que ha recibido de parte de las involucradas, incluso una de la que surge que la agredida sería la Sra. Pereyra; Que los hechos se habrían desencadenado a partir de la actuación de la Sra. Suárez en el ámbito del comedor, en tanto habría dispuesto el fraccionamiento de las raciones de acuerdo a la cantidad de niños concurrentes y en consecuencia de lo cual habrían quedado niños sin almorzar; esta versión habría sido posteriormente desvirtuada a partir lo que indagaron los directivos de la institución; Que se ha requerido el descargo por parte de las agentes Suárez y Pereyra, agregados a fs. 48/49 y 58, respectivamente, en los cuales se ratifican las acusaciones cruzadas y la ausencia de concordancia entre los dichos vertidos a lo largo del expediente, todo lo cual demuestra una absoluta falta de respeto y cortesía en sus relaciones; Que en conclusión, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social toma intervención dictaminando que debe darse inicio a un sumario administrativo a las agentes Rosa Beatriz Suárez y Vanesa Lidia Pereyra, a través de la Dirección de Sumarios dependiente de la Fiscalía de Estado, por hallarse su conducta presuntamente incursa en la causal prevista por la Ley N° 9755, modif. por Ley Nº 9811, Art. 71 Inc. c), por incumplimiento del Art. 61° Inc. b), manteniéndose en vigencia y en todos sus términos el BOLETIN OFICIAL Decreto N° 2/70 SGG, según Decretos N° 2840/07 GOB y 2012/09 GOB; Por ello; El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1º — Dispónese la instrucción de un sumario administrativo, a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de Estado, a las Sras. Rosa Beatriz Suárez, legajo N° 146815; y Vanesa Lidia Pereyra, legajo N° 160959, agentes de la Dirección de Comedores dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, con relación a los hechos ocurridos en el Comedor de la Escuela Nº 8 “Madame Curie” del Dpto. Concordia el día 26.10.14, por hallarse su conducta presuntamente incursa en la causal prevista por la Ley N° 9755, modif. por Ley Nº 9811, Art. 71 Inc. c), por incumplimiento del Art. 61° Inc. b), manteniéndose en vigencia y en todos sus términos el Decreto N° 2/70 SGG, conforme Decretos Nº 2840/07 GOB y 2012/09 GOB, según lo manifestado en los considerandos precedentes. Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social. Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese. Con copia notifíquese por Area Personal de la Dirección de Comedores y cumplido pasen a la Dirección de Sumarios, Fiscalía de Estado, a sus efectos. SERGIO D. URRIBARRI Carlos G. Ramos — — — DECRETO Nº 722 MDS Paraná, 31 de marzo de 2015 Dejando sin efecto en base a lo informado por la Dirección de Integración Comunitaria, a partir del mes de agosto de 2014, pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035, de conformidad a que han desaparecido las circunstancias y condiciones para acceder al beneficio establecidas en el artículo 1°, Inc. b), Apartado 3°), de la norma concedente, concordantes y sus Decretos Reglamentarios, que dispone que el beneficio acordado tiene vigencia hasta que los hijos cumplen 15 años y concurran regularmente a la escuela salvo que hubieran finalizado el ciclo escolar, y de conformidad a lo expresado en el anexo que forma parte del presente texto legal. Encuadrando la presente gestión en lo establecido en la Ley Nº 4035, artículo 1°, Inciso b), Apartado 3°), en el Artículo 4° Incisos a) y e); además de lo estipulado en el Decreto Nº 4886/86 MSAS Reglamentario de la norma concedente en sus Artículos 19° y 20°. — — — DECRETO Nº 723 MDS HACIENDO LUGAR PARCIALMENTE A PRESENTACION Paraná, 31 de marzo de 2015 VISTO: La presentación efectuada por la Sra. Iris Ester Miño ante el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO: Que la misma se refiere a la solicitud de pago de la licencia anual ordinaria correspondiente al año 2012, no gozada por razones de enfermedad, dado que cesó por acogerse al beneficio de jubilación por invalidez a partir del 1.3.14; Que la actora, agente de la planta de personal permanente de la Dirección de Comedores dependiente del Ministerio citado, hizo uso de licencia por enfermedad de largo tratamiento a partir del 14.3.12, habiéndosele concedido una nueva, de carácter extraordinario y por el término de un año desde el 15.3.13, conforme al Decreto N° 4375/13 MDS; Que en consecuencia dicha situación se mantuvo hasta su cese, obrando a fs. 7 informe Paraná, viernes 31 de julio de 2015 de la Dirección de Comedores expresando que no pudo hacer uso de licencia anual ordinaria, correspondiéndole 20 días del año 2012 y 25 días del año 2013; Que el Decreto N° 5703/93 MGJE establece en su Art. 8°: “La licencia anual por descanso es de uso obligatorio, no pudiéndose postergar ni acumular. Sólo podrá ser transferida al año siguiente cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicio que hagan imprescindible adoptar esa medida, pero para ello, deberá existir la respectiva gestión y la resolución ministerial que así lo autorice”; Que según criterio sentado por la Fiscalía de Estado, las vacaciones anuales no tienen carácter retributivo salvo precisas excepciones: su goce no es sustituible en dinero, de tal forma que en principio no prosperan los pedidos de vacaciones de años anteriores, salvo que se trate de licencia correspondiente al año anterior al cese, siempre y cuando: 1) el agente haya solicitado la licencia y le haya sido denegada; 2) la solicitud haya sido formulada estando en actividad en ese último año; y 3) haya cesado en sus funciones en el mismo lapso, haciendo imposible su goce efectivo; Que en este sentido se puede señalar que las licencias anuales ordinarias, o licencias por vacaciones, consisten en “el goce de un determinado período temporal sin obligación de prestar servicios y con el mantenimiento íntegro de la remuneración habitual durante el mismo. El fin de las mismas es exclusivamente profiláctico, es decir, tiene por objeto contribuir al mantenimiento de la salud psicofísica del empleado, permitiéndole la recomposición de las fuerzas perdidas luego del año laboral. Se promueve con ello un mejor rendimiento y el alejamiento y/o prevención de enfermedades o patologías propias del stress laboral”; Que en relación a la viabilidad o procedencia de compensar económicamente licencias ordinarias no gozadas en razón de haberse encontrado el agente gozando de licencia por enfermedad, la Fiscalía de Estado ha dictaminado oportunamente que no corresponde otorgarle licencia toda vez que y atendiendo la naturaleza jurídica de la licencia anual, él mismo no desarrolló ningún tipo de tareas que merezcan descanso alguno, por lo que el descanso profiláctico no hubiere tenido ni sentido ni objeto, no hubiere evitado ninguna enfermedad ni hubiere significado descanso alguno para el agente; Que dicho criterio ha sido ratificado por los tribunales provinciales a partir de los precedentes “Silva”, “Sabattini” y “Garioni”, entre otros, no obstante lo cual corresponde hacer la salvedad respecto de la licencia anual correspondiente al año 2012, no pudiendo la recurrente hacer usufructo o agotar la misma por encontrarse en uso de licencia por enfermedad; Que por ello, debe hacerse lugar parcialmente a la petición de compensación pecuniaria que efectúa en relación a la licencia anual ordinaria proporcional devengada durante el año 2012, hasta el 14.3.12, cuando la agente comenzó a hacer uso de licencia por enfermedad; Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social y la Dirección General de Personal han tomado intervención de sus respectivas competencias, y la Fiscalía de Estado ha emitido dictamen en el sentido expuesto; Que a fs. 36 la Dirección de Comedores indica que el proporcional de licencia que le correspondería a la Sra. Miño es de doce (12) días; Que en virtud de ello, la Subsecretaría de Administración del Ministerio actuante practicó Paraná, viernes 31 de julio de 2015 la reserva preventiva de los fondos con la correspondiente intervención del Sr. Contador Delegado de la Contaduría General de la Provincia; Por ello; El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1º — Hácese lugar parcialmente a la presentación efectuada por la Sra. Iris Ester Miño, MI N° 6.293.155, domiciliada en calle Los Chanas N° 1530 de esta ciudad, quien fuera agente de la planta de personal permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, en lo que respecta al pedido de compensación económica de la licencia anual ordinaria proporcional no gozada correspondiente al año 2012, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes. Art. 2º — Dispónese el pago a favor de la Sra. Iris Ester Miño, MI N° 6.293.155, de la suma total de pesos dos mil doscientos dieciocho con setenta centavos ($ 2.218,70), sujeto a aportes y retenciones de ley, a través de la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente. Art. 3º — Impútese el egreso a los siguientes créditos del presupuesto vigente: DA 959 Carácter 1 - Jurisdicción 40 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 Finalidad 3 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 1/3/4 - Partida Subparcial 1001/1100/1102/ 1181/1158 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07. Art. 4º — Facúltase a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a emitir orden de pago para hacer efectivo el pago pertinente. Art. 5º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social. Art. 6º — Comuníquese, publíquese y archívese. SERGIO D. URRIBARRI Carlos G. Ramos — — — DECRETO Nº 752 MDS Paraná, 1 de abril de 2015 Aprobando el Programa Provincial de Asistencia Alimentaria a Personas con Celiaquía, que adjunto forma parte del presente, para su ejecución en el presente año, que fuera aprobado por Decreto N° 4389/08 MSAS, y prorrogado por Decreto N° 1110/09 MSAS, Decreto N° 40/10 MSAS, Decreto N° 474/11 MDSECT, Decreto Nº 605/12 MDS, Decreto Nº 920/13 MDS y Decreto Nº 578/14 MDS, el cual es ejecutado por la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, del Ministerio de Desarrollo Social. Autorizando al Ministerio de Desarrollo Social, a invertir la suma total de $ 4.500.000, en la ejecución del Programa Provincial de “Asistencia Alimentaria para Personas con Celiaquía”, durante el corriente año, de acuerdo al padrón de beneficiarios que elevará mensualmente la Subsecretaría de Políticas Alimentarias. Facultando a la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción, a emitir ordenes de pago y autorizando a la Tesorería General de la Provincia a hacer efectivos los pagos que correspondan a favor de SI.DE.CRE.ER. S.A., derivados de la ejecución de dicho programa, según lo estipulado en la Cláusula Cuarta, Sexta y Novena del Convenio Marco celebrado entre SI.DE.CRE.ER. S.A y el Ministerio de Desarrollo Social, aprobado por Decreto N° 3557/14 MDS. BOLETIN OFICIAL DECRETO Nº 792 MDS DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIA Paraná, 7 de abril de 2015 VISTO: Las presentes actuaciones tramitadas por la Dirección de Comedores, respecto de la situación planteada en la Escuela N° 109 “Carlos Daniel Vila” del Dpto. La Paz; y CONSIDERANDO: Que se informan irregularidades acontecidas el día 03.09.14 en las que se encontrarían involucrados varios agentes del Ministerio de Desarrollo Social que se desempeñan como cocineros en el ámbito del Comedor de dicho establecimiento escolar; Que a fs. 1/2 obra copia del Acta N° 22/14 labrada a instancias de la inspección realizada por la señora Directora del establecimiento de mención, en la que consta el hallazgo de bolsas y mochila conteniendo mercadería - comestibles, razón por la cual requirió la identificación de las pertenencias por parte del personal, Sres. Pablo Camarata, Arturo Pedemonti, Clara Flores y Haydée Galván, recordándoles asimismo la vigencia de la circular que prohíbe ingresar con bolsos a su trabajo; Que corresponde dejar establecido que la mención se refiere a la Circular N° 9 de marzo de 2012, que ratifica la vigencia de la Normativa del Personal de Cocina, adjunta a fs. 18/22; Que asimismo según se desprende del acta citada, que en copia debidamente autenticada es agregada a fs. 16/17, el agente Pedemonti habría admitido haber sacado mercadería, expresando que habría sido la primera vez que lo realiza; en tanto el agente Camarata le habría manifestado que “... muchas veces quien distribuye la mercadería para que todos se lleven es Clara, llevándose la mayor parte. Alude que ella le dio lo que contenía en su mochila.” (sic Acta); Que tanto la agente Galván como la agente Flores - quien debería entenderse como la persona llamada “Clara” a quien se refiere el párrafo precedente - niegan tener conocimiento de los hechos; Que anoticiada la Dirección de Comedores, indica que se soliciten los respectivos descargos de los agentes involucrados, adjuntándose a fs. 5/6 y 8/9 los de los Sres. Camarata y Pedemonti negando y rechazando las imputaciones, y brindando explicación respecto del ingreso con bolsos al sector del Comedor; Que a fs. 11 la Sra. Galván expresa que ella había advertido anteriormente sobre los manejos irregulares de la mercadería, y que fue quien encontró en primera instancia las bolsas con productos, y quien hizo la denuncia a Dirección solicitando no ser mencionada para evitar problemas con sus compañeros, lo que derivó en la inspección por parte de la titular del establecimiento; Que finalmente, a fs. 13 se agrega el descargo de la Sra. Flores, quien niega tener conocimiento de los hechos pero expresa que Camarata y Pedemonti habían admitido la propiedad de la mochila y la bolsa respectivamente; Que en conclusión, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social toma intervención dictaminando que debe darse inicio a un sumario administrativo a los agentes Camarata, Pedemonti, Flores y Galván, a través de la Dirección de Sumarios dependiente de la Fiscalía de Estado, por hallarse su conducta presuntamente incursa en la causal prevista por la Ley N° 9755, modif. por Ley N° 9811, Art. 71 Inc. e), por incumplimiento del Art. 61° Inc. b), e), f) y h), manteniéndose en vigencia y en todos sus términos el Decreto N° 2/70 SGG, según Decretos Nº 2840/07 GOB y 2012/09 GOB; 5 Por ello; El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1º — Dispónese la instrucción de un sumario administrativo, a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de Estado, a los Sres. Clara Celia Flores, Legajo N° 137635; Pablo Camarata, Legajo Nº 213918; Arturo Pedemonti, Legajo N° 214341, y Haydée Galván, Legajo N° 214442, agentes de la Dirección de Comedores dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, con prestación de servicios en el Comedor Escolar de la Escuela N° 109 “Carlos Daniel Vila” del Dpto. La Paz, por hallarse su conducta presuntamente incursa en la causal prevista por la Ley N° 9755, modif. por Ley N° 9811, Art. 71 Inc. e), por incumplimiento del Art. 61° Inc. b), e), f) y h), manteniéndose en vigencia y en todos sus términos el Decreto Nº 2/70 SGG, conforme Decretos Nº 2840/07 GOB y 2012/09 GOB, según lo manifestado en los considerandos precedentes. Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social. Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese. Con copia notifíquese por Area Personal de la Dirección de Comedores y cumplido pasen a la Dirección de Sumarios, Fiscalía de Estado, a sus efectos. SERGIO D. URRIBARRI Carlos G. Ramos — — — DECRETO Nº 920 MDS Paraná, 14 de abril de 2015 Aprobando el contrato de locación de obra, que adjunto pasa a formar parte integrante del presente, suscripto oportunamente entre el Sr. Ministro de Desarrollo Social D. Carlos G. Ramos y el Lic. Juan Carlos Reffino, MI N° 20.189.511, domiciliado en calle Torrealday N° 2225, de esto ciudad de Paraná, en el cual se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de la obra encomendada en el ámbito de la Secretaría de Economía, Social del Ministerio de Desarrollo Social de acuerdo a las cláusulas y condiciones especificadas en el mismo. Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27° inciso c)- apartado b) - punto 3 de la Ley Nº 5140 y modificatorias, concordante con el artículo 142°- inciso 4) apartados a) y b) del Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto N° 795 /9 6 M EOSP y mo dif . y D ecretos Nºs. 3722/08 GOB, 7773/08 MGJEOSP y 1738/10 MEHF. Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a emitir ordenes de pago y la correspondiente solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y a efectuar los pagos mensuales que correspondan, previa presentación de la certificación de las tareas encomendadas. — — — DECRETO Nº 921 MDS Paraná, 14 de abril de 2015 Reconociendo los servicios prestados por la Srta. María Evangelina Sacks, MI N° 29.748.947, por el período comprendido entre el 02.1.15 y hasta la fecha del presente. Aprobando el contrato de locación de servicios que adjunto pasa a formar parte integrante del presente, suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Sr. Carlos Gustavo Ramos, MI Nº 31.995.275, y la Srta. Maria Evangelina Sacks, MI N° 29.748.947, domiciliada en calle Boulevard Moreno N° 265, 2° Piso, Dpto. “D”, de esta ciudad de Paraná, para el desempeño de tareas administrativas y de índole técnicas que 6 BOLETIN OFICIAL se le encomienden en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, bajo la dependencia directa de la Secretaria de Gestión y las que la Superioridad le encomiende, en el ámbito de la misma, conforme a las cláusulas y condiciones especificadas en el mismo, el cual rige a partir de la fecha del presente. Encuadrando la gestión en las disposiciones del Decreto N° 3688/08 GOB, Decreto N° 4433/10 MEHF y Decreto Nº 4509/12 MEHF. Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a liquidar y hacer efectivos los pagos que correspondan por el concepto expresado. MINISTERIO DE SALUD DECRETO Nº 948 MS Paraná, 17 de abril de 2015 Reconociendo la licencia por estudio con goce de haberes usada por la Dra. Angela María Figueroa Sobrero DNI N° 14.854.895, Legajo N° 138.442, quien revista como Jefe de Clínica (i)- Carrera Profesional Asistencial Sanitaria Escalafón Sanidad del Hospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná, por haber asistido desde el 15 al 18 de junio de 2013, al “95th Annual Meeting Expo Of The Endocrine Society”, que se llevó a cabo en la ciudad de San Francisco- California, encuadrándose la presente gestión, en los alcances del artículo 48°- Ap. A- Inc. k) de la Ley 9892- Carrera Profesional Asistencial Sanitaria y en el artículo 24° del Decreto N° 5703/93 MGJE (texto único y ordenado según la Ley 3289) en virtud a lo establecido en la última parte del 2° párrafo del artículo 1° y de los artículos 52° y 121° de la Ley 9755 y su modificatoria Ley 9811. — — — DECRETO Nº 949 MS RECTIFICANDO DECRETO Paraná, 17 de abril de 2015 VISTO: El Decreto Nº 5175 MS de fecha 30 de diciembre de 2014; y CONSIDERANDO: Que por el mencionado decreto se aprueba todo lo actuado en la Licitación Pública N° 48/14 cuya fecha de apertura tuvo lugar el dio 23.10.14, autorizada mediante Resolución N° 3493/14 MS ratificada mediante Decreto Nº 3614/14 MS., para la compra equipamiento con destino al Servicio de Anestesiología del Hospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná, por un importe de pesos dos millones ciento ochenta y seis mil ochocientos veintiséis ($ 2.186.026,00); Que la División Control del Gasto de la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud solicita a fs. 880 de autos la rectificación del Decreto N° 5175/14 MS donde dice: “Artículo 5°.- Impútase el gasto a las siguientes cuentas del Presupuesto Vigente: DA 960 -C 1 -J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG al SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 -SF 0001 - I 4 -PR 3 -PA 3 -SP 0000 -DP 84 -UG 07 $ 2.052.026,00. DA 960 -C 1-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG al -SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 -SF 0001 - I 2 -PR 9 -PA 9 -SP 0000 -DP 84 -UG 07 $ 134.800,00, deberá leerse: “Artículo 5°.- Impútase el gasto a las siguientes cuentas del presupuesto vigente; DA 960 -C 1-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG al -SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 –SF 0001 - I 2 -PR 9 -PA 9 -SP 0000 -DP 84 -UG 07 $ 134.800,00. DA 960 -C 1-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 19 -SP 00 -PY 00 -AC 04 -OB 00 -FI 3 -FU 12 -FF 11 -SF 0001 - I 4 -PR 3 -PA 3 -SP 0000 -DP 84 -UG 07, $ 2.052.026,00”; Que en virtud a lo expuesto corresponde acceder a lo solicitado reimputando el gasto al presupuesto vigente año 2015; Por ello; El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1º — Rectifícase el Decreto N° 5175/14 MS donde dice: “Artículo 5°.- Impútase el gasto a las siguientes cuentas del presupuesto vigente: DA 960 -C l-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 01 -SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 -SF 0001 - I 4 -PR 3 - PA 3 -SP 0000 -DP 84 -UG 07 $ 2.052.026,00. DA 960 -C l-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 01 -SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 –SF 0001 - I 2 -PR 9 -PA 9 -SP 0000 -DP 84 -UG 07 $ 134.800.00, deberá leerse: “Artículo 5°.- Impútase el gasto a las siguientes cuentas del presupuesto vigente: DA 960 -C 1 -J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 01 -SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 –SF 0001 -12 -PR 9 -PA 9 -SP 0000 -DP 84 -UG 07 $ 134.800,00. DA 960 -C 1-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 19 -SP 00 -PY 00 -AC 04 -OB 00 -FI 3 -FU 12 -FF 11 –SF 0001 -14 -PR 3 -PA 3 -SP 0000 -DP 84 -UG 07 $ 2.052.026,00”. Art. 2º — EL presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social a cargo del Ministerio de Salud, conforme autoridad conferida mediante Decreto N° 4525/14 GOB. Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese. SERGIO D. URRIBARRI Carlos G. Ramos — — — RESOLUCIÓN Nº 4661 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la Unidad de Cardiología Intervencionista Sociedad Anónima de Paraná, en concepto de prestaciones efectuadas al paciente Raúl Jorge López, DNI Nº 13.009.225, derivado del Hospital “San Martín” de esta ciudad, por ser de alta complejidad, en el mes de septiembre/14, por la suma de $ 2.657,96, según factura “B” Nº 0001-00004615, de fecha 27.09.14, obrante a fs. 12 de autos.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3º, concordante con el Decreto Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4º, puntos a) y b), Decreto Nº 5526/07, Nº 6721/07 y Nº 1334/14 todos MEHF y Decreto convenio Nº 973/03 MSAS y su modificatoria Resolución Nº 3095/13 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante Tesorería General de la Provincia y el pago a favor de la Unidad de Cardiología Intervencionista Sociedad Anónima de Paraná, por la suma total de $ 2.657,96, con cargo a rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4662 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con el Instituto de Nefrología de Entre Ríos, INER Siglo XXI de Paraná, en concepto de prestaciones efectuadas a la paciente Isabel Angélica Morales, DNI Nº 12.842.838, en el mes de septiembre/14, derivada del sector público de esta ciudad por ser de alta complejidad, por la suma de $ 8.814,00, según factura “B” Nº 0001-00003503 de fecha 30.09.14, obrante a fs. 13 de autos, en virtud de lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº Paraná, viernes 31 de julio de 2015 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3º, concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículos 133º y 142º, inciso 4, puntos a)y b), Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Resolución Nº 725/14.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y el pago al Instituto de Nefrología de Entre Ríos, INER Siglo XXI de Paraná, por la suma total de $ 8.814,00, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — — RESOLUCIÓN Nº 4663 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa de los servicios prestados por la firma Clínica Modelo SA de esta ciudad, en concepto de prestaciones realizadas en el mes de agosto/14, al paciente Enrique Samuel Meier, DNI Nº 8.452.405, derivada del Hospital “San Martín” de Paraná, por ser de alta complejidad, por la suma de $ 54.000,00, según factura “B” Nº 000100028316 del 29.08.14 obrante a fs. 02 de autos, atento a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con el Decreto Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4º, puntos a y b y Decretos Nºs. 5526/07, 6721/07 y 1334/14 todos MEHF, Decreto convenio Nº 973/03 MSAS y su modificatoria Resolución Nº 3095/13 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y a realizar el pago a favor de la firma Clínica Modelo SA de esta ciudad, por la suma total de $ 54.000,00, en mérito de lo dispuesto por la presente resolución y con cargo a rendir cuenta al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos.— — — RESOLUCIÓN Nº 4664 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con el Instituto Privado de Pediatría, IPP, de Paraná, en concepto de prestaciones efectuadas a la paciente Zoe Comelli, DNI en trámite, en el mes de julio/14 derivada del sector público, por ser de alta complejidad, por la suma de $ 55.793,30, según factura “B” Nº 0001-00004417 de fecha 25.09.14 obrante a fs. 2 de autos, debiendo efectuarse un débito por un importe de $ 1.424,84, según surge de fs. 81/82 de autos, en virtud de lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 9º, concordante con el Decreto Nº 795/96 MEOSP, Artículos 133º y 142º, inciso 4º, puntos a) y b), Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Resolución Nº 1771/96.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y el pago al Instituto Privado de Pediatría, IPP, de Paraná, por la suma total de $ 54.368,46, con cargo a rendir cuenta al Tribunal de Cuentas de la Provincia, presentando el prestador nota de crédito “B” Nº 0001-00000459 de fecha 28.10.14, por la suma de $ 1.424,84, la cual obra a fs. 84 de autos, en virtud de lo dispuesto por la presente resolución.— — — RESOLUCIÓN Nº 4665 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la Sra. Rodríguez, Evangelina, Paraná, viernes 31 de julio de 2015 Profesora de Sordos Educación Integral, de Gral. Galarza, Entre Ríos, en concepto de la atención prestada como Maestra Integradora del paciente Guillermo Daniel Ramírez, beneficiario UGP, Incluir Salud Nº 405-8233683/00, DNI Nº 44.211.199, realizada en el mes de julio/14, por la suma de $ 4.685,58, según factura “C” Nº 0001-00000002 de fecha 05.08.14, obrante a fs. 07 de autos, atento a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a y b, Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº 3912 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a efectuar el pago a la Sra. Rodríguez, Evangelina, Profesora de Sordos Educación Integral, de Gral. Galarza, Entre Ríos la suma de $ 4.685,58, según factura “C” Nº 0001-00000002 de fecha 05.08.14 obrante a fs. 07 de autos, efectuado el pago el Departamento Tesorería Jurisdiccional deberá rendir al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos, atento a lo reconocido por la presente resolución.— — — RESOLUCIÓN Nº 4666 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía de excepción, efectuada entre este Ministerio y la Policía de Entre Ríos, Departamental Paraná, en concepto de seguridad en el Nivel Central del Ministerio de Salud ubicado en calle 25 de Mayo Nº 139 de la Ciudad de Paraná, por la suma total de $ 48.755,52, según contrato de locación de Servicios Adicionales, obrante a fs. 1 de autos, por el mes de agosto/14, en virtud de lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C), apartado B), punto 1, concordante con su Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, punto 1 y Decretos Nºs. 1334/14 MEHF, 1239/09 MGJEOySP.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a abonar a la Policía de Entre Ríos, Departamental Paraná, la suma total de $ 48.755,52, en concepto de lo aprobado por la presente resolución, previa presentación del comprobante del pago pertinente.— — — RESOLUCIÓN Nº 4667 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la Clínica de Nefrología, Urología y Enfermedades Cardiovasculares SA de Santa Fe, en concepto de la atención prestada a la beneficiaria del Programa UGP, Incluir Salud Nº 405-7065766/00, Paulina María Aranda, DNI Nº 6.407.820, derivada del sector público por ser de alta complejidad, según factura “B” Nº 0008-00001264, del 31.07.14, por la suma de $ 50.776,78, obrante a fs. 03 de autos, debiendo efectuar débitos a la facturación presentada al cobro, por la suma de $ 7.729,28, conforme surge a fs. 57 nota de crédito “B” Nº 0009-00000563 del 23.10.14, atento a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4º, puntos a y b, Decreto modificatorio 1334/14 MEHF y Decretos Nºs. 4788/11 MS y 3912/12 MS, Resolución Nº 1733/13 MS, Rectificatorias 2163/13 MS y 2363/13 MS.Facultando a la Dirección General de Admi- BOLETIN OFICIAL nistración de este Ministerio, a efectuar el pago a favor de la Clínica de Nefrología, Urología y Enfermedades Cardiovasculares SA de Santa Fe, la suma total de $ 43.047,50, obrando nota de crédito “B” Nº 0009-00000653 del 23.10.14, por la suma de $ 7.729,28, en mérito de lo dispuesto por la presente resolución, y con cargo a rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — — RESOLUCIÓN Nº 4668 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con el Servicio de Transporte de Pasajeros JEF de Claudia R. Zatti de San Benito, correspondiente al mes de marzo/14, por la suma de $ 13.507,20, en virtud de la factura “C” Nº 0001-00000323 del 01.04.14, obrante a fs. 21 de autos, en concepto de transporte escolar de los beneficiarios UGP, Incluir Salud, Juan Pablo González, Nº 405-8193975/00, DNI Nº 44.152.140, Aldana Agustina Céparo, Nº 405-8292286/00, DNI Nº 46.466.990, y Américo Alberto Espinoza, Nº 405-8415447/03, DNI Nº 40.691.940, debiéndose realizar débitos a la facturación presentada al cobro, por la suma total de $ 5.402,88, obrando nota de crédito “C” Nºs. 0001-00000365 del 19.08.14 y 000100000341 del 25.06.14, obrante a fs. 32 y 33 de autos, en mérito de lo expresado.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c), apartado b), punto 3, concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a y b, Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF, Decreto Nº 3912/12 MS y Resolución Nº 4571/09 SS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a abonar al Servicio de Transporte de Pasajeros JEF de Claudia R. Zatti de San Benito, la suma de $ 8.104,32, en virtud de lo reconocido por la presente resolución.— — — RESOLUCIÓN Nº 4669 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la Sra. Guibaudo, Elizabeth Roxana Paola, Psicopedagoga de Concordia, en concepto de la atención prestada como Psicopedagoga de los pacientes Tomás Gastón Ignacio Lezcano, DNI Nº 44.624.079, beneficiario UGP, Incluir Salud Nº 405-8591069/00, realizada en el mes de mayo/14, por la suma de $ 2.767,68, según factura “C” Nº 0002-00000315 de fecha 05.06.14, obrante a fs. 04 de autos, atento a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con el Decreto Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4º, puntos a y b, Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº 3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a efectuar el pago a la Sra. Guibaudo, Elizabeth Roxana Paola, Psicopedagoga de Concordia, por la suma total de $ 2.767,68, según factura “C” Nº 000200000315 de fecha 05.06.14, obrante a fs. 04 de autos, atento a lo reconocido por la presente resolución.— — — RESOLUCIÓN Nº 4670 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la Clínica Modelo SA de Paraná, en concepto de prestaciones efectuadas al paciente Francisco Tomás Olier, DNI Nº 30.554.920, derivada del sector público por ser de alta complejidad, en el mes de junio/14, según factura “B” Nº 0001-00027900 por la 7 suma de $ 11.053,88, de fecha 25.07.14 obrante a fs. 02 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c), apartado b), punto 3º, concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículos Nºs. 133º y 142º, inciso 4º, puntos a) y b), Decretos Nºs. 1334/14 MEHF, Decreto Nº 1771/96.Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y el pago a favor de la firma Clínica Modelo SA de Paraná, por la suma total de $ 11.053,88, con cargo a rendir cuenta al Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4671 MS MODIFICANDO PRESUPUESTO Paraná, 17 de diciembre de 2014 VISTO: Las presentes actuaciones por las cuales se tramita una modificación presupuestaria mediante la transferencia compensatoria de créditos, por la suma de Pesos nueve millones ($ 9.000.000,00); y CONSIDERANDO: Que la modificación presupuestaria propuesta tiene por objeto obtener los recursos económicos para atender gastos del Ministerio de Salud; Que se han confeccionado al efecto las planillas analíticas del gasto que agregadas forman parte integrante de la presente resolución; Que la presente gestión se encuadra en el Artículo 2º del Decreto Nº 4889/14 MEHF; Por ello; El Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social A/C del Ministerio de Salud R E S U E L V E : Art. 1º.- Modificar el Presupuesto General de la Administración Provincial Ejercicio 2014 en la Jurisdicción 45, Ministerio de Salud, mediante transferencia compensatoria de créditos, por un monto de Pesos nueve millones ($ 9.000.000,00), de conformidad a las planillas analíticas del gasto, que agregados forman parte integrante de la presente resolución, en mérito de lo expuesto en los considerandos precedentes.Art. 2º.- Encuadrar la presente gestión en el Artículo 2º del Decreto Nº 4889/14 MEHF.Art. 3º.- Registrar, comunicar y archivar.Carlos G. Ramos — — — RESOLUCIÓN Nº 4672 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Dando de baja al Farmacéutico Andrés Pattini, MP Nº 687, DNI Nº 23.143.402, en las funciones de directora técnica de la “Droguería Kellerhoff SA”, sita en calle Sarmiento Nº 642 de la Ciudad de Concordia, propiedad de la Droguería Kellerhoff SA, a partir del 01.08.14.Autorizando a partir del 01.08.14, a la Farmacéutica Vanesa Elizabeth Pesce, MP Nº 703, DNI Nº 23.443.030, a sumir como directora técnica de la “Droguería Kellerhoff SA”, sita en calle Sarmiento Nº 642 de la Ciudad de Concordia, propiedad de la firma Droguería Kellerhoff SA, a partir del 01.08.14.— — — RESOLUCIÓN Nº 4673 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Dando de baja a partir del 05.08.14, a la Farmacéutica Belkis Mariela Tapponier, MP Nº 10207, DNI Nº 23.912.629, en las funciones de co-directora técnica de la Farmacia “Catedral II”, sita en calle San Martín Nº 1140 de la Ciudad de Paraná, propiedad de la firma FACOR SRL, quedando dicho establecimiento farmacéutico bajo la dirección técnica compar- 8 tida de los Farmacéuticos Pamela Camila Giménez, MP Nº 10212, DNI Nº 32.246.972 y José Luís Cura, MP Nº 941, DNI Nº 27.983.973.Autorizando a la Farmacia “Catedral II”, sita en calle San Martín Nº 1140 de la Ciudad de Paraná, propiedad de la firma FACOR SRL, a continuar con la extensión horaria, en el horario de lunes a viernes de 8 hs. a 22 hs., sábados de 8 hs. a 13 hs. y de 17 hs. a 21 hs. y domingos y feriados deberá permanecer cerrado, salvo cuando deba cumplir con los turnos obligatorios según organigrama.— — — RESOLUCIÓN Nº 4674 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Habilitando el ESSIDT Poli Consultorios Médicos denominados “Centro de Vida Sana y Nutrición SRL”, ubicado en calle Nogoyá Nº 177 de la Ciudad de Paraná, cuyo locador es la sociedad CUIT Nº 30-71166234-7, formada po r el Sr. Alberto Roque Bustos, DNI Nº 12.404.080 y la Dra. Gracia Luz Don, DNI 13.508.649, MP Nº 6722, teniendo reconocida la especialidad en Cardiología y Nutrición, siendo la directora médica del mismo la profesional antes mencionada, contando con: Edificio Principal: 1 secretaría; 1 sala de espera; 2 consultorios médicos; 1 consultorio con baño zonificado; 1 sala de rehabilitación, 1 baño zonificado apto para discapacidad; 2 oficinas administrativas. El sector cuenta con dos salidas de emergencia. Además de los consultorios, en el sector existen 2 salas de gimnasia, todo ello conforme a la inspección realizada en fecha 16.09.14, por el Departamento Atención Médica, dependiente de la Dirección de Atención Médica de este Ministerio de Salud.Prohibiendo la preparación, dispensación, despacho y venta al público de productos suplementos dietarios en el ESSIDT Poli Consultorios Médicos denominado “Centro de Vida Sala y Nutrición SRL”, ubicado en calle Nogoyá Nº 177 de la Ciudad de Paraná.— — — RESOLUCIÓN Nº 4675 MS RECTIFICANDO ARTÍCULOS Paraná, 17 de diciembre de 2014 VISTO: La Resolución Nº 1924 MS de fecha 10.06.13; y CONSIDERANDO: Que en el mencionado texto legal, se menciona como domicilio de la Farmacia “Las Heras”, calle Las Heras Nº 741 de la Ciudad de Concordia, propiedad de la Sra. Leonor Estela Lisa de Chicco, LC Nº 5.796.571, siendo el domicilio correcto del mencionado establecimiento, calle Las Heras Nº 720 y el nombre correcto de su propietaria, la Sra. Leonor Ester Lissa de Chicco, LC Nº 5.796.571; Que por estas actuaciones se interesa rectificar los Artículos 1º, 2º y 3º de la Resolución Nº 1924 de fecha 10.06.13, dejando aclarado que el domicilio correcto de la Farmacia “Las Heras”, en Las Heras Nº 720, siendo la propietaria de la misma, la Sra. Leonor Ester Lissa de Chicco, LC Nº 5.796.571; Que a fs. 4 y 5 obra copia de la Resolución Nº 1208 SS de fecha 06.06.1995, donde se autoriza el traslado de la Farmacia “Las Heras”, calle Las Heras Nº 741 de la Ciudad de Concordia, propiedad de la Sra. Leonor Ester Lissa de Chicco, LC Nº 5.796.571, al nuevo domicilio ubicado en calle Las Heras Nº 720 de la misma localidad; Que ha tomado intervención el Departamento Integral del Medicamento y dictaminado la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio de Salud; BOLETIN OFICIAL Por ello; El Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social A/C del Ministerio de Salud R E S U E L V E : Art. 1º.- Rectificar los Artículo 1º, 2º y 3º de la Resolución Nº 1924 MS de fecha 10.06.13, dejando aclarado que el domicilio correcto de la Farmacia “Las Heras”, calle Las Heras Nº 720, siendo la propietaria de la misma, la Sra. Leonor Ester Lissa de Chicco, LC Nº 5.796.571.Art. 2º.- Comunicar, publicar y archivar.Carlos G. Ramos — — — RESOLUCIÓN Nº 4676 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Autorizando a la Farmacéutica María de los Milagros Airaldi, MP Nº 642, DNI Nº 22.680.429, el alta como Farmacéutica Auxiliar del Farmacéutico Carlos Alberto Bruno, MP Nº 735, DNI Nº 23.004.489, en la Farmacia “San Luís II”, sita en calle San Martín Nº 1984 de la Ciudad de Crespo, propiedad del Sr. Pablo Javier Bruno, DNI Nº 21.695.436 y de la Sra. María de los Milagros Airaldi, DNI Nº 22.690.429, a partir del 18.07.14.Dejando aclarado que el desempeño de la Farmacéutica María de los Milagros Airaldi, MP Nº 642, DNI Nº 22.680.429, como farmacéutica auxiliar del Farmacéutico Carlos Alberto Bruno, MP Nº 735, DNI Nº 23.004.489, en la Farmacia “San Luís II”, sita en calle San Martín Nº 1984 de la ciudad de Crespo, no deberá superponerse con otros desempeños profesionales debiendo actuar conforme lo establece el Artículo 66º de la Ley 3818.— — — RESOLUCIÓN Nº 4677 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Rectificando el domicilio de la Farmacia “Oro Verde”, de propiedad y bajo la dirección técnica del Farmacéutico Raúl Federico Aguilar, MP Nº 764, DNI Nº 25.236.751, sita en calle Los Horneros Nº 437 de la Localidad de Oro Verde, Departamento Paraná, siendo la actual denominación, calle Avenida Intendente Carlos del Castillo Nº 437 de la mencionada localidad.— — — RESOLUCIÓN Nº 4678 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Autorizando al Farmacéutico Daniel Elías Carruela, MP Nº 10216, DNI Nº 32.941.250, a asumir como co-director técnico de la Farmacia “Farra Full 1”, sita en calle San Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, propiedad de Bienteveo SRL, a partir del 19.03.14, compartiendo, dicha regencia con las Farmacéuticas Ana Margarita Flores, MP Nº 10.173, DNI Nº 33.011.582 y Tatiana Alexandra Maidana, MP Nº 10130, DNI Nº 29.647.598.Autorizando al Farmacéutico Nicolás Héctor Cian, MP Nº 10233, DNI Nº 33.278.410, a asumir como co-director técnico de la Farmacia “Farma Full 1”, sita en calle San Juan Nº 1399 d e l a C i u d a d d e C o n c o rd i a , a p a rt i r d e l 14.05.14, compartiendo dicha regencia con los Farmacéuticos Ana Margarita Flores, MP Nº 10173, DNI Nº 33.011.582, Tatiana Alexandra Maidana, MP Nº 10130, DNI Nº 29.647.598 y el Farmacéutico Daniel Elías Carruela, MP Nº 10216, DNI Nº 32.941.250.Dando de baja a partir del 16.05.14, al Farm a c é u t ic o D a n i e l E l í a s C a rr u e la, M P N º 10216, DNI Nº 32.941.250, en la co-dirección técnica de la Farmacia “Farma Full 1”, sita en calle San Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, quedando dicho establecimiento farmacéutico bajo la dirección técnica compartida de los Farmacéuticos Ana Margarita Flores, MP Nº 10173, DNI Nº 33.011.582, Tatiana Alexandra Maidana, MP Nº 10130, DNI Nº 29.647.598 y Nicolás Héctor Cian, MP Nº 10233, DNI Nº 33.278.410.- Paraná, viernes 31 de julio de 2015 Dando de baja a partir del 19.06.14, al Farmacéutico Nicolás Héctor Cian, MP Nº 10233, DNI Nº 33.278.410, en la co-dirección técnica de la Farmacia “Farma Full 1”, sita en calle San Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, quedando dicho establecimiento farmacéutico bajo la dirección técnica compartida de las Farmacéuticas Ana Margarita Flores, MP Nº 10173, DNI Nº 33.011.582 y Tatiana Alexandra Maidana, MP Nº 10130, DNI Nº 29.647.598.Dejando aclarado que la Farmacéutica Ana Margarita Flores, MP Nº 10173, DNI Nº 33.011.582, continúa siendo la socia gerente de la Farmacia “Farma Full 1”, sita en calle San Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, conforme al Artículo 74º, inciso b) de la Ley 3818.Autorizando a la Farmacia “Farma Full 1”, sita en calle San Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, a continuar con el horario de atención al público de lunes a sábados de 8 fs. a 23 hs., debiendo los días domingos y feriados, adecuarse a la legislación vigente y cumplir con los turnos programados, bajo la dirección técnica de las Farmacéuticas Ana Margarita Flores, MP Nº 10173, DNI Nº 33.011.582 y Tatiana Alexandra Maidana, MP Nº 10130, DNI Nº 29.647.598.— — — RESOLUCIÓN Nº 4679 MS Paraná, 17 de diciembre de 2014 Otorgando una partida extraordinaria por la suma de $ 7.000,00, con destino a solventar la compra de presentes para ser entregados al Sr. Gobernador, Vicegobernador, ministros y legisladores, con motivo de las fiestas, en concepto de cortesía y homenaje, en virtud de lo expuesto.Encuadrando la presente gestión dentro del Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 7º bis y su modificatorio Decreto Nº 1334/14 MEHF y Resolución Nº 489/13 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a realizar la entrega de los fondos al señor Ministro de Salud Carlos Gustavo Ramos, DNI Nº 31.995.275, por un importe de $ 7.000,00, a fin de cumplimentar lo dispuesto por la presente resolución, debiendo rendir cuentas ante la Tesorería de este Ministerio, dentro de las 72 hs. de entregados los fondos, con los comprobantes originales emitidos por los prestadores y debidamente conformados por autoridad competente, según normativa vigente e informe de lo desarrollado.— — — RESOLUCIÓN Nº 4680 MS MODIFICANDO PRESUPUESTO Paraná, 19 de diciembre de 2014 VISTO: Las presentes actuaciones por las cuales se tramita una modificación presupuestaria mediante la transferencia compensatoria de créditos, por la suma de Pesos cuatrocientos mil ($ 400.000); y CONSIDERANDO: Que la modificación presupuestaria propuesta tiene por objeto dar solución a diversas tramitaciones de derivaciones en el ámbito de este Ministerio de Salud, por la suma de Pesos cuatrocientos mil ($ 400.000), mediante transferencia compensatoria de créditos; Que la Dirección General de Administración dependiente del Ministerio de Salud, ha tomado intervención correspondiente; Que el Departamento Presupuesto y Contabilidad ha confeccionado planilla analítica del gasto que forma parte integrante de la presente resolución; Que la Dirección General de Presupuesto, informa que la modificación presupuestaria propuesta resulta técnicamente viable y encuadra en el Art. 2º del Decreto Nº 4889/13 MEHF; Paraná, viernes 31 de julio de 2015 Por ello; El Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social A/C del Ministerio de Salud R E S U E L V E : Art. 1º.- Modificar el Presupuesto General de la Administración Provincial Ejercicio 2014 en la Jurisdicción 45, Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora: Ministerio de Salud; mediante transferencia compensatoria de créditos, por la suma de Pesos cuatrocientos mil ($ 400.000), de conformidad a la planilla analítica del gasto, que agregada forma parte integrante de la presente resolución, en mérito de lo expuesto en los considerandos precedentes.Art. 2º.- Encuadrar la presente gestión en el marco del Artículo 2º del Decreto Nº 4889/13 MEHF.Art. 3º.- Registrar, comunicar y archivar.Carlos G. Ramos — — — RESOLUCIÓN Nº 4681 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 A partir del 1º de enero de 2015 el organismo interesado en efectuar una contratación u otorgar una suplencia, deberá previamente comunicar tal requerimiento a la Secretaría de Salud de la Provincia la que, previo análisis de la necesidad de la misma, procederá a su registro. Dicho registro habilitará al inicio del trámite administrativo, pertinente, resultando la autoridad del organismo requirente único responsable por la iniciación de la prestación de servicios del personal no incorporado a dicho registro.La presente resolución ministerial, será aplicable a las contrataciones producidas en el Nivel Central, en los programas nacionales, hospitales y centros de Atención Primaria de la Salud, y ya sea que la misma se instrumente mediante contrato de servicio, obra o suplencia en cualquiera de sus modalidades de prestación temporaria.La Secretaría de Salud se encuentra facultada para confeccionar un instructivo referido a la instrumentación del referido registro.— — — RESOLUCIÓN Nº 4682 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Otorgando un subsidio por la suma de $ 35.695,00, a favor del Sr. Tobías Jesús Díaz, DNI Nº 39.036.400, domiciliado en calle Francisco Iriarte Nº 342 de Larroque, destinado a solventar gastos por la compra de insumos ortopédicos.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 35.695,00, destinado al subsidio otorgado por el presente texto legal al Sr. Tobías Jesús Díaz, DNI Nº 39.036.400, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — — RESOLUCIÓN Nº 4683 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Autorizando el otorgamiento de una partida extraordinaria por una suma total de $ 1 0 . 0 0 0 , 0 0 , p a r a l a t ra n s f e r e n c i a a n t e l a DNRPA del vehículo 0 Km. Mercedes Benz, modelo Sprinter 415 CDI, C 3665 TE, año 2014, diesel, motor Nº 651955WO 041609, chasis Nº 8 AC 906633FE103576, destinado al Hospital “Colonia Salud Mental” de Diamante, en virtud de lo expuesto.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a realizar la entrega de la suma de $ 10.000,00, al subdirector de la Dirección de Automotores de la Provincia, Sr. Elio Edgardo Moreyra, DNI Nº 13.668.369, quien se encargará de realizar los trámites pertinentes, debiendo remitir fotocopia de facturas (tipo B o C, a nombre de este Ministerio BOLETIN OFICIAL de Salud, CUIL Nº 30-6811253-6, IVA exento) debidamente autenticadas, con cargo de rendir cuentas ante el Departamento Tesorería Jurisdiccional, dentro de las 72 hs. de recibido los fondos, según las normativas legales e impositivas vigentes.— — — RESOLUCIÓN Nº 4684 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora Romina Celeste Maldonado, Técnica en Acompañamiento Terapéutico, de Paraná, en concepto de acompañante terapéutico, efectuado a la paciente Soledad Vidal, DNI Nº 44.209.898, beneficiaria del Programa Incluir Salud Nº 405-8865061/00, en el mes de julio/14, según recibo “C” Nº 000100000013 de fecha 08.09.14, por la suma de $ 2.250,00, obrante a fs. 08 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C, apartado B), punto 3º y su concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº 3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a la prestadora Romina Celeste Maldonado, Técnica en Acompañamiento Terapéutico de Paraná, por la suma total de $ 2.250,00, una vez efectuado el pago el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4685 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en Fonoaudiología de Nogoyá, en concepto de sesiones de apoyo efectuadas a la paciente Karla Arismendi Torres, DNI Nº 47.527.284, beneficiaria del Programa UGP, Incluir Salud Nº 405-8540727/00, en el mes de octubre/13, según recibo “C” Nº 000100000865 de fecha 30.09.14 por la suma de $ 2.270,40, obrante a fs. 03 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C, apartado B), punto 3º y su concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº 3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en Fonoaudiología de Nogoyá, por la suma total de $ 2.270,40, obrante a fs. 03 de autos, una vez efectuado el pago el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4686 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en Fonoaudiología de Nogoyá, en concepto de sesiones de apoyo efectuadas a la paciente Karla Arismendi Torres, DNI Nº 47.527.284, beneficiaria del Programa UGP, Incluir Salud Nº 405-8540727/00, en el mes de mayo/14, según recibo “C” Nº 0001-00000872 de fecha 30.09.14 por la suma de $ 2.767,68, obrante a fs. 03 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C, 9 apartado B), punto 3º y su concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº 3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en Fonoaudiología de Nogoyá, por la suma total de $ 2.767,68, obrante a fs. 03 de autos, una vez efectuado el pago el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4687 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Autorizando la transferencia de fondos al Hospital “San Martín” de Paraná, por la suma total de $ 500.000,00, con destino a urgencias, como compra de elementos específicos para la atención de pacientes en casos excepcionales y de extrema urgencia, que se tramitan por subsidios, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en mérito a lo expresado.Estableciendo que la Administración del Hospital “San Martín” de esta ciudad deberá informar ante la Dirección de Atención Médica Jurisdiccional, como asimismo rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en mérito de lo dispuesto por el Decreto Nº 36/13 MS.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por Decreto Nº 11/14 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “San Martín” de Paraná, por la suma total de $ 500.000,00, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo autorizado en la presente resolución.— — — RESOLUCIÓN Nº 4688 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en Fonoaudiología de Nogoyá, en concepto de sesiones de apoyo efectuadas a la paciente Karla Arismendi Torres, DNI Nº 47.527.284, beneficiaria del Programa UGP, Incluir Salud Nº 405-8540727/00, en el mes de septiembre/13, según recibo “C” Nº 000100000864 de fecha 30.06.14 por la suma de $ 2.270,40, obrante a fs. 03 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C, apartado B), punto 3º y su concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº 3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a la prestadora María Estela Guillem, Psicopedagoga de Paraná, por la suma total de $ 2.270,40, obrante a fs. 03 de autos, una vez efectuado el pago el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4689 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa con el Correo Argentino, Correo Oficial de la República Argentina SA, sucursal Paraná, en concepto del servicio prestado durante el mes de septiembre de 2014, según detalle obrante de fs. 2 a fs. 4 de autos, por la suma de $ 37.400,05, s e gú n f ac tu ra “B” N º 29 79-00 000 320 de l 10 30.09.14, obrante a fs. 1 de autos, en virtud de lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 1, concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, puntos 1 y Decretos Nº 7846/04 y Nº 1334/14 ambos MEHF.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago al Correo Argentino, Correo Oficial de la República Argentina SA, sucursal Paraná, por la suma total de $ 37.400,05, una vez efectuado el pago el Departamento Tesorería del Ministerio de Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4690 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la Clínica de Nefrología, Urología y Enfermedades Cardiovasculares SA de Santa Fe, en concepto de la atención prestada a la p a c i e n t e C a m i la B e l é n M a i d a n a , D N I N º 41.610.562, derivada del sector público por ser de alta complejidad, por la suma de $ 8.825,00, según factura “B” Nº 0008-00001345, de fecha 25.08.14, obrante a fs. 1 de autos, en virtud de lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso b), apartado c), punto 3º, concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4º, puntos a) y b), Decreto Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº 2363/13 MEHF.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, y el pago a favor de la Clínica de Nefrología, Urología y Enfermedades Cardiovasculares SA de Santa Fe, por la suma total de $ 8.825,00, una vez efectuado el pago el Departamento Tesorería del Ministerio de Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4691 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora María Estela Guillem, Psicopedagoga de Paraná, en concepto de sesiones de psicopedagogía efectuadas al paciente Leían Josué Tablada, DNI Nº 44.819.971, beneficiaria del Programa UGP, Incluir Salud Nº 405-8215376/00, en el mes de julio/14, según factura “C” Nº 0002-00000059 de fecha 30.07.14 por la suma de $ 2.449,44, obrante a fs. 4 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C, apartado B), punto 3º y su concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº 3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a la prestadora María Estela Guillem, Psicopedagoga de Paraná, por la suma total de $ 2.449,44, una vez efectuado el pago el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud, deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4692 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora Kochendoerfer, Sonia Ana María, Psicopedagoga de Paraná, en concepto de sesiones de psicopedagogía efectuadas a las pacientes Iara Milenka Schimpf, DNI BOLETIN OFICIAL Nº 47.327.639, beneficiaria del Programa UGP, Incluir Salud Nº 405-8535200/00 y Denise Monzón Sánchez, DNI Nº 44.497.677, beneficiaria del Programa UGP, Incluir Salud Nº 405-8197587/00, en el mes de junio/14, según recibo “C” Nº 0001-00000441 de fecha 05.07.14 por la suma de $ 2.767,68, obrante a fs. 2 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C, apartado B), punto 3º y su concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto modificatorio Nº 1258/13 MEHF y Decreto Nº 3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a la prestadora Kochendoerfer, Sonia Ana María, Psicopedagoga de Paraná, por la suma total de $ 2.767,68, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4693 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Otorgando un subsidio por la suma de $ 80.000,00, a favor de la Sra. Cintia Lorena Ferrari, DNI Nº 29.128.676, domiciliada en calle Jujuy y Misiones de Gualeguaychú, destinado a solventar gastos por la compra de insumos ortopédicos, para el paciente Nahuel Mondragón, DNI Nº 47.980.163.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 80.000,00, destinado al subsidio otorgado por el presente texto legal a la Sra. Cintia Lorena Ferrari, DNI Nº 29.128.676, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — — RESOLUCIÓN Nº 4694 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Otorgando un subsidio por la suma de $ 78.800,00, a favor del Sr. Julio Argentino Acuña, DNI Nº 28.138.185, domiciliado en Pasaje Mendoza Nº 316 de Federación, destinado a solventar gastos por la compra de insumos ortopédicos, siendo responsable la Sra. Yanina Maricel Prestes, DNI Nº 31.910.494.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $ 78.800,00, destinado al subsidio otorgado por el presente texto legal al Sr. Julio Argentino Acuña, DNI Nº 28.138.185, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — — RESOLUCIÓN Nº 4695 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Otorgando un subsidio por la suma de $ 1.120,00, a favor de la Sra. Verónica Andrea Muñoz, DNI Nº 27.835.982, domiciliada en calle de Irigoyen Nº 808 de Gualeguay, destinado a solventar gastos por alojamiento para tratamiento oncológico.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “San Antonio” de Gualeguay, por un importe de $ 1.120,00, destinado al Paraná, viernes 31 de julio de 2015 subsidio otorgado por el presente texto legal a l a S r a . V e r ó n i c a A n d re a M u ñ o z , D N I N º 27.835.982, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — — RESOLUCIÓN Nº 4696 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Otorgando un subsidio por la suma de $ 10.800,00, a favor de la Sra. Fiama Bárbara Núñez, DNI Nº 36.897.808, con domicilio en calle Valdez Nº 846, Villaguay, destinado a solventar gastos para la compra de insumos ortopédicos, siendo responsable la Sra. Silvana Belmonte, DNI Nº 20.871.046.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Santa Rosa” de Villaguay, por un importe de $ 10.800,00, destinado al subsidio otorgado por el presente texto legal a la Sra. Fiama Bárbara Núñez, DNI Nº 36.897.808, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — — RESOLUCIÓN Nº 4697 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Otorgando un subsidio por la suma de $ 9.920,00, a favor de la Sra. Dominga Ernestina Vargas, DNI Nº 14.092.423, con domicilio en calle Laprida Nº 1215, Concordia, destinado a solventar gastos para la compra de 2 audífonos.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Dr. Felipe Heras” de Concordia, por un importe de $ 9.920,00, destinado al subsidio otorgado por el presente texto legal a la Sra. Dominga Ernestina Vargas, DNI Nº 14.092.423, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — — RESOLUCIÓN Nº 4698 MS MODIFICANDO PRESUPUESTO Paraná, 22 de diciembre de 2014 VISTO: Las presentes actuaciones por las cuales se tramita una modificación presupuestaria mediante transferencia compensatoria de créditos, por la suma de Pesos un millón cuatrocientos ochenta mil ($ 1.480.000,00); y CONSIDERANDO: Que la modificación presupuestaria propuesta tiene por objeto dar solución a diversas tramitaciones de subsidios a personas en el ámbito de este Ministerio, por la suma de Pesos un millón cuatrocientos ochenta mil ($ 1.480.000,00), mediante transferencia compensatoria de créditos; Que la Dirección General de Administración dependiente del Ministerio de Salud, ha realizado el informe técnico correspondiente; Que el Departamento Presupuesto y Contabilidad ha confeccionado planilla analítica del gasto, la que agregada, forma parte integrante de la presente resolución; Que la Dirección General de Presupuesto, ha informado la viabilidad de la gestión; Que la presente gestión se encuadra en el Artículo 2º del Decreto Nº 4889/13 MEHF; Por ello; El Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social A/C del Ministerio de Salud R E S U E L V E : Art. 1º.- Modificar el Presupuesto General de la Administración Provincial Ejercicio 2014 en la Jurisdicción 45, Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora: Ministerio de Salud; mediante transferencia compensatoria de créditos, por un Paraná, viernes 31 de julio de 2015 monto de Pesos un millón cuatrocientos ochenta mil ($ 1.480.000,00), de conformidad a la planilla analítica del gasto, que agregada forma parte integrante de la presente resolución, en mérito de lo expuesto en los considerandos precedentes.Art. 2º.- Encuadrar la presente gestión en el Artículo 2º del Decreto Nº 4889/13 MEHF.Art. 3º.- Registrar, comunicar y archivar.Carlos G. Ramos — — — RESOLUCIÓN Nº 4699 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Aprobando la contratación directa, vía excepción, con el Ministerio de Salud de la Nación, INCUCAI de Capital Federal, Buenos Aires, en concepto de gastos de procuración de CPH destinado a la pacientes Mía Mailen Yancovich, DNI Nº 52.492.045, en el mes de junio/14, derivada del sector público por ser de alta c o m ple jid ad, s egú n f ac tu ra “C ” N º 00 0200002955 de fecha 25.08.14 por la suma de $ 22.915,51, obrante a fs. 02 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C, apartado B), punto 3º, concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículos 133º y 142º, inciso 4, puntos a y b, Decreto Nº 1334/14 del MEHF, Ley Nº 24193, Decreto reglamentario Nº 512/95.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago al Ministerio de Salud de la Nación, INCUCAI de Capital Federal, Buenos Aires, por la suma de $ 22.915,51, una vez efectuado el pago el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — — RESOLUCIÓN Nº 4700 MS Paraná, 22 de diciembre de 2014 Otorgando un subsidio por la suma de $ 890,00, a favor de la Sra. Olga Cristina Burgos, DNI Nº 21.835.830, domiciliada en calle Juan de Garay Nº 354 de Urdinarrain, destinado a solventar gastos por la realización de una resonancia magnética.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Gral. Belgrano” de Urdinarrain, por un importe de $ 890,00, destinado al subsidio otorgado por el presente texto legal, a la Sra. Olga Cristina Burgos, DNI Nº 21.835.830, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.- ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS RESOLUCION Nº 285 ATER DEUDAS COMPRENDIDAS DENTRO DE DECRETO Paraná, 30 de julio de 2015 VISTO: El Decreto N° 2303/15 MEHF; y CONSIDERANDO: Que el citado Decreto establece un “Plan Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias” que comprende a todas las deudas que por impuesto inmobiliario registren las partidas rurales y subrurales, sus multas e intereses vencidos al 30 de junio de 2015; y Que el mencionado Régimen prevé diferentes modalidades de ingreso de la deuda fiscal a regularizar, pudiendo optar el contribuyente por abonar su deuda en hasta 18, 24 o 36 cuotas mensuales o en hasta 3, 4 ó 6 cuotas semestrales, dependiendo si se trata de perso- BOLETIN OFICIAL nas jurídicas o físicas y del segmento en que se encuentren comprendidas sus partidas; y Que asimismo, se establecen diferentes porcentajes de entregas y de reducción de multas e intereses resarcitorios, según los segmentos involucrados y el tipo de contribuyente de que se trate; y Que por otra parte, el régimen también prevé la condonación de las multas por incumplimiento a los deberes formales y sus intereses para aquellos contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividades agropecuarias como su principal actividad; y Que a los fines de la implementación del Régimen de Regularización instituido por el Decreto N° 2303/15 MEHF, el Poder Ejecutivo ha facultado a la Administradora Tributaria a dictar las normas que resulten necesaria para su aplicación; y Que por tales motivos y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5° del Decreto N° 2303/15 MEHF, resulta procedente reglamentar el procedimiento y fijar las condiciones para el otorgamiento de los beneficios establecidos por dicho Decreto; y Por ello; El Director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos R E S U E L V E : Art. 1º.- Se encuentran comprendidos en el marco de las disposiciones del Decreto N° 2303/15 MEHF las deudas devengadas al 30 de junio de 2015 correspondientes al Impuesto Inmobiliario Rural- Segmentos 1-2-3 y 4 del Anexo y Subrural. Quedan exceptuadas del presente régimen aquellas deudas sobre las cuales se hubiese formulado denuncia penal. A los fines de determinar la deuda a regularizar en el presente Régimen se considerarán los Impuestos vencidos al 30 de junio de 2015 y las multas e intereses resarcitorios devengados hasta la fecha de suscripción del acogimiento, sin perjuicio de las quitas que sobre los accesorios se efectúe, conforme al tipo de contribuyente y segmento en que se encuentre la partida inmobiliaria. En el caso de inmuebles Subrurales, será condición para ingresar al régimen, que el contribuyente sea persona física y revista el carácter de pequeño productor agropecuario en los términos de la Resolución Nº 5.484/08 SPG, lo que deberá acreditarse con la presentación de la Declaración Jurada, cuyo modelo se adjunta a la presente. Asimismo, los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividades agropecuarias -como actividad principal-, independientemente de que registren deudas en el Impuesto Inmobiliario Rural o Subrural, podrán presentarse durante la vigencia del régimen al sólo efecto de cumplimentar el o los deberes formales omitidos, en cuyo caso le serán condonadas la totalidad de las multas por incumplimiento a los deberes formales y sus intereses devengados al 30 de junio de 2015, por la falta de inscripción, falta de presentación o presentación fuera de término de las declaraciones juradas del citado impuesto. Art. 2º.- Para acceder al Régimen de Regularización de Deudas Tributarias serán requisitos: 1) Presentarse durante la vigencia del régimen con D.N.I. o Poder respectivo y suscribir la totalidad de la documentación que requiera la Administradora Tributaria de Entre Ríos. 2) Los planes de financiación, sólo podrán ser suscriptos por el contribuyente, responsable o tercero debidamente autorizado a través de poder otorgado por Escribano Público o Formulario ATER 55 con firma certificada. 3) Tratándose de multas devengadas por Incumplimiento a los Deberes Formales, el contribuyente o responsable deberá, con una antelación mínima de ocho (8) días hábiles al acogimiento, cumplimentar con el deber omiti- 11 do, presentando las declaraciones juradas del tributo a través del aplicativo que corresponda, excepto que se trate de multas por incumplimiento a los deberes formales por presentaciones fuera de término, en cuyo caso bastará con presentarse durante la vigencia del régimen y solicitar a la Representación Territorial correspondiente la condonación de dichas multas. Art. 3°.- A los fines de ingresar al régimen y determinar el plan que corresponda a cada contribuyente, según los parámetros fijados en el Artículo 5° del Decreto N° 2.303/15 MEHF, se tendrán en consideración los siguientes aspectos: Para suscribir un plan con las modalidades indicadas en el inciso a) del citado Artículo 5°, debe tratarse de contribuyentes –personas físicas- que sean titulares o condóminos de inmuebles rurales, siempre que la sumatoria de sus superficies en cada zona agroecológica, no supere el límite máximo establecido para el Segmento 2 de cada zona. Caso contrario deberá acogerse a alguno de los planes de los incisos b) o d) según corresponda. En el caso de contribuyentes comprendidos en el inciso b) del Artículo 5°, deberá tenerse en cuenta que la sumatoria de las superficies en cada zona agroecológica, no supere los límites máximos fijados para el segmento 3 en cada una de ellas. Caso contrario deberá acogerse a los planes del Inciso d). Para los contribuyentes comprendidos en el inciso c) del Artículo 5° - personas jurídicas, UTE y fideicomisos- que posean dos o más inmuebles rurales en diferentes zonas agroecológicas, cuyas superficies no superen los límites fijados en los segmentos 1,2 y/o 3 de la Ley 9.930, se deberá considerar que la sumatoria de superficies en cada zona, no supere los límites máximos fijados para el segmento 3 de cada zona. Caso contrario deberá acogerse a los planes del Inciso d). Serán incluidos en el Inciso d), aquellas partidas que por aplicación de las disposiciones del Decreto 2303/15, no pudieron ser incluidas en los otros incisos. Art. 4°.- El pago del anticipo y/o de las cuotas se podrá efectuar a través del mecanismo de débito automatico/directo sobre las cuentas que el contribuyente posea o mediante pago en efectivo. En caso de optarse por la modalidad de pago a través de Débito Automático/Directo, el contribuyente deberá presentar Constancia impresa de la C.B.U. de su cuenta bancaria y suscribir la documentación que a tales efectos se le requiera. Si el Débito no pudiera hacerse efectivo en los plazos previstos, el contribuyente deberá concurrir a la Representación Territorial a retirar el aviso de vencimiento o imprimir el mismo desde la página WEB del Organismo: www.ater.gov.ar .Art. 5°.- El pago de la entrega inicial o anticipo que se genere según la modalidad de financiación adoptada, vencerá el día 15 del mes siguiente al del acogimiento del plan o el día hábil inmediato posterior si aquel resultare inhábil o feriado. Art. 6°.- Si el Plan de Facilidades se efectúa en cuotas “mensuales”, el vencimiento del pago de la primera cuota operará el día 15 del mes siguiente al del vencimiento para el pago del anticipo. Si se opta por la modalidad de cuotas “semestrales”, el vencimiento de la primera cuota operará a los seis (6) meses contados desde el día del vencimiento del pago del anticipo. Art. 7º.- Cuando deban regularizarse deudas tributarias que comprendan el año 2015 y anteriores, se confeccionará un (1) solo Plan de Facilidades de Pagos. Para el caso de deudas que se encuentren en Apremio Fiscal, se deberá realizar un plan por separado para este tipo de deudas. Art. 8º.- Los contribuyentes y responsables que tuvieran deudas sometidas a juicios de 12 BOLETIN OFICIAL ejecución fiscal o en gestión extrajudicial de cobro, podrán optar por cancelar los honorarios del procurador interviniente, siempre que los mismos no se encuentren regulados judicialmente, en un solo pago o regularizarlos en las mismas condiciones del plan de facilidades suscripto, en lo que refiere a cantidad de cuotas, periodicidad, anticipos e importes mínimos de cada cuota. En el caso en que el contribuyente opte por formalizar el pago de honorarios en las mismas condiciones del plan por el que optó, deberán tenerse en cuenta las siguientes pautas: Que la modalidad del plan respete los importes mínimos de cada cuota, según se trate de financiación mensual o semestral. Podrá utilizarse a opción del contribuyente, la financiación de honorarios prevista por la Resolución 197/12 ATER. Los honorarios se calcularán sobre el importe que surja de la Planilla de Apremio, actualizada al día del acogimiento y de conformidad a los porcentajes y mínimos fijados por las Cláusulas Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima del “Procedimiento” aprobado por Resolución 197/12 ATER., el que, por lo demás, regirá en todas las cuestiones atinentes a honorarios profesionales que no se encuentren reguladas expresamente en la presente Resolución. Art. 9º.- En todos los casos, la condonación de multas e intereses que prevé el Decreto N° 2.303/15 MEHF se producirá al cancelarse la totalidad de la deuda en el tiempo y forma establecida por dicha norma, excepto las multas por Incumplimiento a los Deberes Formales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuya condonación opera de oficio en tanto se cumplimenten las disposiciones de la presente. Art. 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Marcelo P. Casaretto DECLARACIÓN JURADA DE PEQUEÑO PRODUCTOR AGROPECUARIO Resolución Nº 5484/08 S.P. Datos del Inmueble: Departamento_____________________ Partida ____________ Dígito__________ Planta ________________ Datos Personales: (UNICAMENTE PERSONAS FÍSICAS): Titular o condómino Titular: ...................................................... CUIT/DNI ............................................ T itular: ................................................ CUIT/DNI ................................................... Titular:...................................................... ...................... CUIT/DNI ............................. Declaro/amos Bajo Juramento reunir la condiciones de Pequeño Productor Agropecuario, en los términos de la Resolución Nº 5484/08 SP, cumpliendo los requisitos exigidos por el Artículo 3º del Decreto 2303/15 MEHF. ……………………. , …… / …… / ………. Firma ................................................. Aclaración ........................................... SECCION JUDICIAL SUCESORIOS ANTERIORES PARANA El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los autos caratulados “Viola, Graciela Carmen Rosa s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N° 22161, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de GRACIELA CARMEN ROSA VIOLA, DNI N°04.569.924, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 30/04/2015. Paraná, 7 de julio de 2015 – Alejandra Maroevich, secretaria. F.C.S. 00110641 3 v./31.7.15 — — — El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los autos caratulados “Franchessi, Ramón Vicente; Fernández, Evangelina Dionisia s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 18934, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de EVANGELINA DIONISIA FERNANDEZ, DNI N° 05.219.330, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en la ciudad de Paraná, Dpto. Paraná, Pcia. de Entre Ríos, en fecha 26/04/2015. Paraná, 8 de julio de 2015 – Alejandra Maroevich, secretaria. F.C.S. 00110642 3 v./31.7.15 — — — La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría N° 6 de la Dra. Silvina M. Lanzi, en los autos caratulados “Carlevaro José Faustino s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N°14803, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de JOSE FAUSTINO CARLEVARO, MI 2.016.387, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 08/02/1996. Paraná, 8 de julio de 2015 – Silvina M. Lanzi, secretaria. F.C.S. 00110644 3 v./31.7.15 — — — La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría N° 6 de la Dra. Silvina M. Lanzi, en los autos caratulados “Young Lidya Esther s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N° 14689, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de LIDYA ESTHER YOUNG, MI N°1.842.915, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en Hasenkamp, en fecha 18/03/2014. Paraná, 2 de julio de 2015 – Silvina M. Lanzi, secretaria. F.C.S. 00110661 3 v./3.8.15 — — — La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de la ciudad de Paraná, Dra. Juliana María Ortiz Mallo, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en los autos caratulados “Ormache Justa Beatriz Ramona, Godoy Carmelo Amansio s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 30870, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de CARMELO AMANSIO GODOY, DNI N° 5.902.952, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, Entre Ríos, en fecha 30/04/2015. Paraná, 10 de julio de 2015 – Celia E. Gordillo, secretaria. F.C.S. 00110662 3 v./3.8.15 — — — El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 de la ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman, Secretaría N° 7, en los autos caratulados “Arévalo Luis Eduardo y acumulado Rousserie Esther Julia s/ Sucesorios (Civil)” Exp. N° 16564, cita y emplaza por el término de diez días a herederos y acreedores de ESTHER JULIA ROUSSERIE, MI N° 5.053.488, vecina que fue del Departamento Paraná, fallecida en Paraná, el 29/04/2015. Paraná, 15 de junio de 2015 – Noelia Telagorri, secretaria. F.C.S. 00110664 3 v./3.8.15 Paraná, viernes 31 de julio de 2015 El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los autos caratulados “Aphalo, Mirta de Lourdes s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N° 22152, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de MIRTA DE LOURDES APHALO, DNI N° 05.015.754, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en la ciudad de Paraná,Dpto. Paraná, Pcia. de Entre Ríos, en fecha 09/11/2014. Paraná, 02 de julio de 2015 – Alejandra Maroevich, secretaria. F.C.S. 00110665 3 v./3.8.15 — — — La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de la ciudad de Paraná, Dra. Juliana María Ortiz Mallo, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en los autos caratulados “Zuttion Arturo Angel s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 32903, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de ARTURO ANGEL ZUTTION, DNI N° 5.941.055, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, Provincia de Entre Ríos, en fecha 05/02/2014. Paraná, 8 de julio de 2015 – Celia E. Gordillo, secretaria. F.C.S. 00110666 3 v./3.8.15 — — — La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría N° 6 de la Dra. Silvina M. Lanzi, en los autos caratulados “Kotlirevsky Sergio Felipe s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N°14782, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de SERGIO FELIPE KOTLIREVSKY, MI 7.654.137, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 15/07/2014. Paraná, 7 de julio de 2015 – Silvina M. Lanzi, secretaria. F.C.S. 00110668 3 v./3.8.15 — — — El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la ciudad de Paraná, Dr. Roberto Croux, Secretaría N°5 a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados “Demaria Jorge Alberto Ramón s/ Sucesorio ab intestato” Expediente N° 28510, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de JORGE ALBERTO RAMON DEMARIA, MI 5.929.919, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 19-03-15. Paraná, 10 de julio de 2015 – Norma V. Ceballos, secretaria. F.C.S. 00110671 3 v./3.8.15 — — — El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la ciudad de Paraná, Dr. Roberto Croux, Secretaría N°5 a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados “Fontana Elida Regina s/ Sucesorio ab intestato” Expediente N° 28531, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de ELIDA REGINA FONTANA, MI 3.004.492, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 23-04-12. Paraná, 27 de julio de 2015 – Norma V. Ceballos, secretaria. F.C.S. 00110672 3 v./3.8.15 — — — La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Paraná, Dra. Gabriela R. Sione, Secretaría N° 2, en los autos caratulados “Schroder Dora Cristina s/ Sucesorio ab intestato (Conexo Civil 2)” Exp. N°17203, cita y emplaza por el término de diez días a herederos y acreedores de DORA CRISTINA SCHRODER, MI 6.501.822, vecina que fuera del Departamento Paraná, viernes 31 de julio de 2015 Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 07/10/2014. Paraná, 29 de junio de 2015 – Pablo F. Cattaneo, secretario. F.C.S. 00110673 3 v./3.8.15 — — — El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8, Dra. María Andrea Morales, Secretaría única a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados “Brondo, Daniel Marcelo s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 17490, cita y emplaza por el término de diez (10) días contados a partir de la última publicación del presente a los herederos y acreedores de DANIEL MARCELO BRONDO, MI N° 12.772.356, vecino que fuera de esta ciudad de Paraná y falleciera el día 18 de diciembre de 2013, en Gualeguay, Provincia de Entre Ríos. Paraná, 08 de julio de 2015 – Ma. del Pilar Villa de Yugdar, secretaria. F.C.S. 00110682 3 v./3.8.15 — — — COLON El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Colón, a cargo del Dr. José Manuel Tournour, Juez a cargo del despacho, Secretaría suplente de la Dra. Flavia C. Orcellet, en los autos caratulados “Lickay Stella Maris s/ Sucesorio ab intestato (Apiol. N° 7178-06, “Costas Luis Angel s/ Sucesorio”)”, Expte. N° 12779-15, cita y emplaza por el término de diez días a herederos y acreedores de la Sra. LICKAY STELLA MARIS, argentina, viuda, DNI N° 10.588.164, quién falleció el 15 de diciembre de 2013, en la ciudad de Colón (E. Ríos), siendo su último domicilio en calle Güemez N° 957 de la ciudad de San José, Dpto. Colón, E.R. Colón, 02 de julio de 2015 – Flavia C. Orcellet, secretaria supl. F.C.S. 00110660 3 v./3.8.15 — — — CONCORDIA El Juzgado de Primera Instancia del Trabajo N° 5 con competencia en materia Civil y Comercial Secretaría N°5 de ésta ciudad de Concordia, a cargo de la Dra. Silvia I. Flores de Quevedo, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia Gambino (suplente), en autos caratulados “González, José Alberto s/ Sucesorios (Civil)” (Expte. N° 7442)”, cita y emplaza por diez días a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JOSE ALBERTO GONZALEZ, DNI N° 5.810.373, hijo de la señora Olivia Barrio y del señor Hermenegildo González, vecino que fuera de esta ciudad de Concordia, y cuyo fallecimiento ocurriera en Concordia el día 13 de noviembre del año 2014. Concordia, 30 de junio de 2015 – Natalia Gambino, secretaria supl. F.C.S. 00110654 3 v./31.7.15 — — — FEDERACION El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Federación (E. Ríos), Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez suplente, Secretaría a cargo de quien suscribe, sito en el 2° piso del Centro Cívico de esta ciudad, en los autos caratulados “Burna Keti Griselda s/ Sucesorio testamentario” Expte. N° 6839, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de BURNA, KETI GRISELDA, MI 1.207.969, vecina que fuera de la ciudad de Federación, fallecida en la ciudad de Concordia en fecha 08/septiembre/2005. Mariano Morahan, secretario supl. F.C.S. 00110638 3 v./31.7.15 — — — El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad BOLETIN OFICIAL de Federación (Entre Ríos) Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Secretaría a cargo de quien suscribe, sito en el 2° piso del Centro Cívico de esta ciudad, en los autos caratulados “Castellano Odalio Darío s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 13341, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de ODALIO DARIO CASTELLANO, vecino que fuera de la ciudad Federación, fallecido en Federación el día 28/08/2011. Federación, 5 de diciembre de 2014 - Mariano Morahan, secretario supl. F.C.S. 00110640 3 v./31.7.15 — — — GUALEGUAYCHU El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de la ciudad de Gualeguaychú, José Victor Arakaki, Secretaría N°3 de quien suscribe, en los autos caratulados “Rebori Otila Margarita s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N°5653, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de quien fuera vecina de esta ciudad llamada OTILIA MARGARITA REBORI, DNI 5.231.271, fallecida el día 25 de julio de 2009, en esta ciudad. Gualeguaychú, 2 de julio de 2015 – Javier Mudrovici, secretario. F.C.S. 00110649 3 v./31.7.15 — — — El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de esta ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, a cargo del doctor Marcelo J. Arnolfi, Secretaría N° 2, a cargo del Dra. María Elina Rodríguez, en los autos “Sandoval, Nilda Raquel s/ Sucesión ab intestato” (Expte. N° 9921), cita y emplaza por el plazo de (10) diez días, a todos los herederos y acreedores de doña SANDOVAL, NILDA RAQUEL, Documento Nacional de Identidad, N° 5.973.883, fallecida el día 29 de septiembre de 2013 en esta ciudad, con último domicilio en calle Roca 421 de Gualeguaychú. Gualeguaychú, 1 de julio de 2015 – María Elina Rodríguez, secretaria supl. F.C.S. 00110650 3 v./31.7.15 — — — El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Gualeguaychú, Dr. Marcelo J. Arnolfi, Secretaría N° 2 a cargo de la Dra. María Elina Rodríguez, del Departamento Judicial de Gualeguaychú, en los autos caratulados “Rojas María Delicia s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 9872, fecha de inicio 27 de mayo de 2015, cita y emplaza a los herederos y/o acreedores de doña ROJAS MARIA DELICIA, DNI 1.931.228, vecina que fuera de esta ciudad, quién falleciera en la misma en fecha 5 de agosto de 1980, para que en el término de diez días, a contar desde la última publicación del presente, que se hará por tres veces, se presenten a juicio y hagan valer los derechos que estimen correspondientes. Gualeguaychú, 02 de julio de 2015 – María E. Rodríguez, secretaria supl. F.C.S. 00110677 3 v./3.8.15 — — — LA PAZ El Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Lab. Nº 1 de la ciudad de La Paz, Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dra. Silvia Vega, Secretaría única cargo de la Dra. Susana María Amherdt, donde se ha dispuesto librar el presente en los autos caratulados “Casco Osvaldo Osmar s/ Sucesorio ab intestato” (iniciado el 1 de junio de 2015, Nº de Ent. 4454, folio 411, año 2015), cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CASCO OSVALDO OSMAR, MI N° 5.929.330, quien ha fallecido el 24 de julio de 2009 en la ciudad de Santa Elena 13 Provincia de Entre Ríos, para que lo acrediten en el término de diez días. La Paz, 23 de junio de 2015 – Susana M. Amherdt, secretaria. F.C.S. 00110667 3 v./3.8.15 — — — NOGOYA El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de esta Jurisdicción, Dr. Américo Daniel Luna, Secretaría de la Dra. Mercedes Olivera de Sánchez,en los autos caratulados “Almada Ramona Benita s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 7884, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de RAMONA BENITA ALMADA, vecina que fue de Nogoyá y fallecida en Nogoyá el día 17 de septiembre de 2009. Nogoyá, 18 de mayo de 2015 – Mercedes O. de Sánchez, secretaria. F.C.S. 00110643 3 v./31.7.15 — — — El Sr. Juez subrogante del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de esta Jurisdicción, Dr. Gustavo Adolfo Acosta, Secretaría de la autorizante, en los autos cara t u l a d o s “M an dirola P edro H ild ega rd o y Schiavoni María del Carmen s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 4462, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de PEDRO HILDEGARDO MANDIROLA, vecino que fuera de esta ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, fallecido en Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, en fecha 07/03/1979 y de MARIA DEL CARMEN SCHIAVONI, vecina que fuera de esta ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, fallecida en Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en fecha 05/08/2011. Nogoyá, 26 de junio de 2015 – María Laura Alasino, secretaria. F.C.S. 00110676 3 v./3.8.15 — — — R. DEL TALA El Juzgado Civil y Comercial de Rosario del Tala, a cargo del Dr. Mariano L. Velasco, Secretaría interina de la Dra. M. Cecilia De Constancio, en los autos caratulados “Simon Amanda Lili s/ Sucesorios (Civil)” Expte. N° 7606, año 2015, cita y emplaza por el término de 10 días a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por doña AMANDA LILI SIMON, vecina que fuera de Gdor. Mansilla, E. Ríos, que falleciera el 29 de mayo de 2013 en la ciudad de Gualeguay. R. del Tala, 08 de julio de 2015 – Ma. Cecilia De Constancio, secretaria int. F.C.S. 00110678 3 v./3.8.15 — — — C. DEL URUGUAY El señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, Dr. Gastón Agotegaray (suplente), Secretaría a cargo del Dr. Mario Martín Herrera, en autos caratulados “Rodríguez Luis Manuel s/ Sucesorio” Expte. N° 6737, año 2015, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de don LUIS MANUEL RODRIGUEZ, MI N° 10.074.143, fallecido el día 05 de junio de 2014 en la ciudad de Concepción del Uruguay, Pcia. de Entre Ríos, para que en dicho plazo lo acrediten. C. del Uruguay, 29 de junio de 2015 – Mario M. Herrera, secretario. F.C.S. 00110657 3 v./31.7.15 — — — Por disposición de S.S. el señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Juzgado N° 1, Gastón Agotegaray, Secretaría única a cargo del suscripto como subrogante, en los autos caratulados “Barreto Pedro y Ortega Celia s/ Sucesorio” Expte. N° 6053, folio 396, año 2013”, se cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don PEDRO BARRE- 14 BOLETIN OFICIAL TO, de nacionalidad, argentino, mayor de edad, DNI N° 1.896.378, hijo de Facundo Barreto, y de Luisa Gallardo, nacido en Distrito Moscas, Entre Ríos, en fecha 04 de diciembre de 1919, fallecido el día 09 de abril de 2007 en Santa Anita, Departamento Uruguay y de su conyuge doña ORTEGA CELIA, de nacionalidad Uruguaya, mayor de edad, DNI N° 93.715.350, hija de Casiano Ortega y Celia Acosta, nacida en Colonia Rosselly Ruis en fecha 12 de abril del año 1927, fallecida en Santa Anita el día 17 de enero de 2014 para que en diez (10) días lo acrediten. C. del Uruguay, 06 de julio de 2015 – Mario M. Herrera, secretario. F.C.S. 00110670 3 v./3.8.15 — — — VILLAGUAY El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral N° 1 de la ciudad de Villaguay, Entre Ríos, a cargo de la Dr. Santiago C. Petit, Secretaría única, a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados “Modernell Eduardo y Fasini Robledo Myriam Beatriz s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 6889, año 2014, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de EDUARDO MODERNELL, DNI 92.959.802, fallecido el 03 de noviembre de 2002 en la ciudad de Concordia, E. Ríos, y MYRIAM BEATRIZ FASINI ROBLEDO, DNI 92.957.947, fallecida 18 de julio de 2014 en Villaguay, Pcia. de Entre Ríos, siendo la localidad de Villaguay, respectivamente el lugar de sus últimos domicilio. Villaguay, 25 de junio de 2015 – Luis R. Gallay, secretario. F.C.S. 00110655 3 v./31.7.15 — — — El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral N° 1 de Villaguay, Entre Ríos, Dr. Santiago C. Petit, Secretaría N°1, de quien suscribe en los autos caratulados “Meyer Castellanos Juan Carlos s/ Sucesorio ab intestato s/ Sucesorio” (Expte. N° 7093, año 2015), cita y emplaza por el término de diez (10) días, a herederos y acreedores del Sr. JUAN CARLOS MEYER CASTELLANOS, DNI N° 6.610.063, vecino que fuera del Departamento Villaguay y fallecido en fecha 20 de marzo de 2015 en Concordia, Pcia. de Entre Ríos. Villaguay, 17 de junio de 2015 – Luis R. Gallay, secretario. F.C.S. 00110656 3 v./31.7.15 SUCESORIOS NUEVOS PARANA La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de la ciudad de Paraná, Dra. Juliana María Ortiz Mallo, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en los autos caratulados “Masso Costa de Bianchi Emma Cecilia; Bianchi Orlando s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 28004, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de ORLANDO BIANCHI, LE N° 2.084.062, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, Entre Ríos, en fecha 01/05/2015. Paraná, 28 de julio de 2015 – Celia E. Gordillo, secretaria. F.C.S. 00110696 3 v./4.8.15 — — — El Juez Dra. Silvina Andrea Rufanacht, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de la ciudad de Paraná, Secretaría N°6 de quien suscribe, en los autos caratulados “Dome, María Otilia s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N°14654, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de DOME MARIA OTILIA, DNI 4.999.951, fallecida en Paraná, Entre Ríos, el 29/11/2014 y vecina que fuera del Departamento Paraná, Entre Ríos. Paraná, 10 de julio de 2015 – Silvina M. Lanzi, secretaria. F.C.S. 00110701 3 v./4.8.15 — — — La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Paraná, Dra. Gabriela R. Sione, Secretaría N° 2, en los autos caratulados “Wendler Carlos s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N° 17172, cita y emplaza por el término de diez días a herederos y acreedores de CARLOS WE NDLER, MI 5.952.072, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Libertador San Martín, Entre Ríos, en fecha 02/05/2015. Paraná, 25 de junio de 2015 – Pablo F. Cattaneo, secretario. F.C.S. 00110703 3 v./4.8.15 — — — El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los autos caratulados “Colliard, Lidio Américo; Amarelle, Juana s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 905, F° 533, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de JUANA AMARELLE, DNI N° 03.791.815, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en la ciudad de Paraná, Dpto. Paraná, Pcia. de Entre Ríos, en fecha 02/03/2003. Paraná, 08 de julio de 2015 – Alejandra Maroevich, secretaria. F.C.S. 00110704 3 v./4.8.15 — — — El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los autos caratulados “Lovera, Ana Ester s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N°22167, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de ANA ESTER LOVERA, DNI N° 06.411.953, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 16/04/2006. Paraná, 28 de julio de 2015 – Alejandra Maroevich, secretaria. F.C.S. 00110705 3 v./4.8.15 — — — El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 de la ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman, Secretaría N° 7, en los autos caratulados “Sommer Feliciano Carlos s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N° 18413, cita y emplaza por el término de diez días a herederos y acreedores de FELICIANO CARLOS SOMMER, DNI 5.899.890, vecino que fue del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 11/09/2011. Paraná, 27 de julio de 2015 – Noelia Telagorri, secretaria. F.C.S. 00110706 3 v./4.8.15 — — — GUALEGUAY El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dra. Teresita Inés Ferreyra, Secretaría única desempeñada por la Dra. María Luján García Tesone, en autos “Fiorotto Darío Roberto s/ Sucesorio ab intestato (Turno F)”, Expte. N° 7093, cita y emplaza por el término de diez días que se contarán a partir de la última publicación del presente que se hará por tres veces a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DARIO ROBERTO FIOROTTO, fallecido el día 16 de febrero de 2012, vecino de esta ciudad. Secretaría, 02 de julio de 2015 – Ma. Luján García Tesone, secretaría int. F.C.S. 00110690 3 v./4.8.15 Paraná, viernes 31 de julio de 2015 VICTORIA El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Victoria, Entre Ríos, Dr. Raúl A. Del Valle, Secretaría única de la Dra. Maricela Faccendini, en los autos caratulados “Clivio Rubén Reinaldo Su ces orio ab int es ta to ” (Expte. N° 12169, año 2015), cita y emplaza por diez (10) días a herederos y acreedores de CLIVIO RUBEN REINALDO, MI N° 5.935.508, fallecido en Victoria, E.R., en fecha 09 de mayo de 2015. Maricela Faccendini, secretaria. F.C.S. 00110702 3 v./4.8.15 CITACIONES ANTERIORES PARANA a afiliados y/o usuarios de ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS DE EMPRESAS (OSDE) El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, de la ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman, Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados “Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos c/ Organización de Servicios Directos de Empresas (OSDE) s/ Sumarísimo”, Expte. Nº 18403, Fº inicio 7.4.2015, que tramitan por ante este Juzgado y Secretaría, cita y emplaza por el término de cinco (5) días, a todos los afiliados y/o usuarios de la empresa de medicina ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS DE EMPRESAS (OSDE), con domicilio en calle 25 de Mayo N° 375, de esta ciudad, a fin de que ejerzan sus derechos pudiendo optar por quedar fuera del pleito manifestando su desinterés y/o comparezcan al juicio, por sí o por medio de representante, ello en virtud del efecto extensivo que tendrá la sentencia que recaiga en el proceso respecto de dichos afiliados y/o usuarios. A tal fin se hace saber que el objeto del juicio es: a) declarar la ilegitimidad y/o nulidad de todos los incrementos aplicados por la empres a d e m a n d a d a a s u s u s u a ri o s, d esd e e l 1.1.2011, hasta la fecha, que no cuente con la autorización expresa de la Superintendencia de Servicio de Salud de la Nación y/o del Ministerio de Salud de la Nación y/o no se ajusten a los parámetros de la autorización otorgadas por estos organismos y/o de la normativa aplicable; b) reajustar el valor de las cuotas a los límites y parámetros de incrementos autorizados por la Superintendencia de Servicios de Salud y del Ministerio de Salud de la Nación; c) restituir a los usuarios afectados la totalidad de las sumas de dinero percibidas desde la fecha señalada hasta la actualidad con motivo de los incrementos considerados nulos y/o ilegítimos; y d) se aplique a la demandada una multa civil (Art. 52 bis de la Ley N° 24.240). Asimismo se hace saber que el actor actúa con beneficio de litigar sin gastos caratulado “Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos c/ Organización de Servicios Directos Empresarios s/ Beneficio de litigar sin gastos”, Expte. N° 14.818, y con beneficio de justicia gratuita, artículos 53 y 55 de la Ley N° 24.240 y que el costo que demande la publicación estará a cargo de quien resulte condenado en costas en la sentencia definitiva que se dicte en autos. Paraná, 27 de julio de 2015 – Noelia Telagorri, secretaria. 12576 3 v./3.8.15 — — — a herederos de ANDREA PAOLA DEMICHUE La Srta. Juez de Primera Instancia del Trabajo Nº 3, de esta capital, a cargo de la Dra. María Alejandra Abud, Secretaría a cargo de la suscripta, en los autos caratulados “Kemerer Ricardo Jorge c/ Miguel Waigel y Cía. SA s/ Paraná, viernes 31 de julio de 2015 BOLETIN OFICIAL Cobro de pesos”, Expte. Nº 3225, se ha dictado la siguiente resolución: “Paraná, 3 de julio de 2015... Conforme lo ordenado a fojas, y lo dispuesto por el Art. 15 del CPL, corresponde citar por edictos durante dos días consecutivos en el Boletín Oficial de la Provincia, a los herederos de la Dra. ANDREA PAOLA DEMICHUE, para que comparezca a estar a derecho en el término de tres días a partir de la última publicación, bajo los apercibimientos de nombrarle defensor de oficio y suspender el trámite de las presentes actuaciones hasta la comparecencia de los herederos de la Dra. Demichue Andrea Paola o hasta el vencimiento del plazo otorgado precedentemente. Notifíquese. Fdo. María Alejandra Abud, Juez del Trabajo”. Secretaría, 8 de julio de 2015 – Mariela Aguerrevengoa, secretaria. 12578 2 v./31.7.15 CITACION NUEVA PARANA a ROBERTO RAUL MONZON El Sr. Juez de Familia Nº 1, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Rìos, Dr. Tulio F. Rodríguez Signes, Secretarìa Nº 4, a cargo del Dr. Federico M. Ramírez Mitchell, en los autos Nº 16990 4, cita y emplaza al Sr. ROBERTO RAUL MONZON, para que dentro del plazo de diez días contados a partir de la última publicación comparezca a estar a derecho y constituir domicilio procesal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimientos de lo dispuesto por el Art. 329 del CPCC. Paraná, 11 de junio de 2015 - Federico M. Ramírez Mitchell, secretario Nº 4. F.C.S. 00110685 6 v./30.12.15 REMATE NUEVO CONCORDIA Por Jorge A. Menteguiaga Matr. 820 El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3, a cargo del Dr. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez suplente, Secretaría a cargo del Dr. Alejandro Centurión, suplente, en los autos caratulados “Melchior, Guillermo Alberto c/ Tripaldi, Miguel s/ Ejecución de honorarios”, Expte. N° 4783; comunica por dos veces que el martillero Sr. Jorge A. Menteguiaga, Mat. Nº 820, rematará el día 18 de agosto del año 2015 a las 10:00 horas, o el día siguiente hábil a la misma hora si aquel fuere feriado, en la Sala de Remates de Tribunales, sita en calle Bartolomé Mitre N° 28, primer piso, de esta ciudad. La porción indivisa (3/18) propiedad del demandado Miguel Tripaldi, MI N° 10.777.822, del inmueble matrícula N° 3741 C.R., Partida N° 30.535, Plano N° 2244, superficie 55 Has. 5 As. 47 Cs., ubicado en Departamento Concordia, Distrito Yuquerí, Colonia Nacional Yeruá, Fracción “B”, Lote Agrícola N°14, parte de las porciones “b” y “c”, con la base de seis mil setecientos veinticuatro pesos con cincuenta centavos pesos ($ 6.724,50) al contado y al mejor postor.- “… no hay personas ocupando el lugar, no se observan viviendas, solo animales (vacas)…”, según mandamiento de constatación a fs. 77/78. El bien se subasta en el estado en que se encuentra, no admitiéndose reclamo alguno luego de la subasta. Los interesados podrán examinar el bien a subastar los días 16 y 17 de agosto de 16 a 17 hs., convenir con el martillero. Los demás datos del inmueble se consig- 15 nan en testimonios del título agregado en el expediente. Los impuestos y tasas obran en autos; estando obligado el comprador a pagar las contribuciones, impuestos y tasas fiscales desde el día de toma de posesión o que se hallare en condiciones de tomarla (Art. 1 Ley Provincial Nº 3249) y que dentro del término de quince días de aprobado el remate se deberá abonar el impuesto de sello. El remate se efectuará, al contado en efectivo y al mejor postor, debiendo el comprador abonar en el acto, el equivalente al diez por ciento (10%) del valor del mismo, con más el cuatro por ciento (4%) correspondiente a los honorarios del martillero; y el saldo dentro de los cinco días de aprobar la subasta, todo ello en Pesos. Así se dispuso en las resoluciones que en sus partes pertinentes dicen: “Concordia, 27 de abril de 2015.- Visto:… Resuelvo: 1.- Tener… 2.- Decretar la venta en publica subasta de la porción indivisa (3/18) propiedad del demandado Miguel Tripaldi, MI Nº 10.777.822, del inmueble Matrícula 3741, C.R., Partida Nº 30.535, Plano Nº 2244, Superficie 55 Has., 5 As., 47 Cs., ubicado en Departamento Concordia, Distrito Yuquerí, Colonia Nacional Yeruá, Fracción “B”, Lote Agrícola Nº 14, parte de las porciones “b” y “c”, con la base de seis mil setecientos veinticuatro pesos con cincuenta centavos pesos ($ 6.724,50) y al mejor postor, la que se llevará a cabo en la Sala de Remates de Tribunales sita en calle Mitre Nº 28, 1º Piso, de esta ciudad, y por ante el martillero interviniente. 3.- Mandar publicar edictos por dos días en el Boletín Oficial y Diario local haciendo constar los recaudos legales pertinentes -artículos 552 y cc.ss. del CPCC, debiendo publicarse con una antelación mínima de seis días hábiles a la fecha de la subasta -Reglamento para el Fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos punto 6.3.3.-, haciendo constar en los edictos a librarse el estado de ocupación del inmueble y que el impuesto de sellos correspondiente por dicha subasta es a cargo de la parte compradora, conforme Código Fiscal vigente. 4.- Notificar al martillero interviniente, quien en el plazo de cinco días deberá fijar y denunciar por escrito fecha y hora de subasta. 5.- Hacer saber al martillero que deberá comparecer al Juzgado a fin de verificar la subsistencia del acto de remate, y que deberá cumplimentar lo previsto por los artículos 13, 13.4 y 13.9 del Reglamento para los Juzgados Civiles y Comerciales de la Pcia. de Entre Ríos. 6.- Emplazar….- Fdo. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez suplente”. “Concordia, 08 de junio de 2015.- Visto: … Resuelvo: 1.- Tener … 2.- Tener presente denuncia formulada por el martillero interviniente respecto a la subasta a realizarse el día 18 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y por cumplimentado lo ordenado a fs. 95 punto 4. Fdo. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez suplente”. Por consultas dirigirse a calle San Luis Nº 755, planta alta, Tel.: (0345) 422-1172, Cel. 156260069, Concordia; página Colegio Martilleros de Entre Ríos www.comper.org.ar. Concordia, 6 de julio de 2015 – Alejandro Centurión, secretario supl. F.C.S. 00110691 2 v./3.8.15 USUCAPION ANTERIOR COLON El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Colón, del Dr. José Manuel Tournour, Juez a cargo del despacho, Secretaría única de la Dra. Olga Diana García, suplente, en autos caratulados “RIVAROLA Mario Tiofilo – Usucapión”, Expte. N° 9566, folio 120, año 2010, cita y emplaza al Sr. Tiburcio Ernesto Romero y/o sus herederos y/o sucesores y/o a todas aquellas personas que se consideren con derechos al inmueble: 1) Partida DGR Nº 17-151711, Plano de Mensura Nº 62250, manzana 4, Concesión 222 de la planta urbana de la ciudad de San Salvador, Distrito Arroyo Grande, Departamento San Salvador, Provincia de Entre Ríos, de una superficie total de setenta metros cuadrados cuarenta y cuatro decímetros cuadrados (70,44 m2) con los siguientes límites y linderos: NORESTE: Recta (1-2) edificada al rumbo S 46º 16´ E de 5,97 m divisoria con Centro de Jubilados y Pensionados de las Cajas Nacionales de Previsión Social de San salvador en parte y Fagundez Guillermina Andrea el resto; SURESTE: Recta (2-3), edificada al rumbo S 44º 15´ O de 11,80 m divisoria con Fagundez Guillermina Andrea; SUROESTE: Recta (3-4), amojonada al rumbo N 46º 20´ O de 5,97 m divisoria con calle José Hernández; NOROESTE: Recta (4-1) amojonada al rumbo N 44º 21` E de 11,80 m divisoria con Boulevard Concordia.La presente citación se realiza por el término de quince días contados a partir de la última publicación del presente que lo será por dos veces, bajo apercibimiento de nombrárseles defensor de ausentes.La resolución que ordena la medida reza lo siguiente: “Colón, 4 de noviembre de 2013....Cítese a todas las personas que se consideren con derechos sobre el inmueble en cuestión y especialmente a Tiburcio Ernesto Romero, sus sucesores y/o herederos, para que comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse dentro del término de quince (15) días, bajo apercibimiento de nombrarles defensor de oficio.La citación se se hará mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y en El Entre Ríos, por dos veces, de conformidad con lo establecido en los incisos 2º y 3º del Art. 669 y Arts. 326 y 132 Inc. 1º del mismo código.Colón, 4 de diciembre de 2013 – Natalia L. Céspedes, secretaria subgte. F.C.S. 00110681 2 v./31.7.15 USUCAPION NUEVA CONCORDIA El Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 5, con competencia en lo Civil y Comercial, de Concordia, a cargo de la Dra. Silvia I. Flores de Quevedo, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia Gambino, secretaria suplente, en los autos caratulados “Chavez Felisa c/ Etcheveste de Altamirano Nélida s/ Usucapión”, Expte. Nº 2274, cita y emplaza por el término de quince (15) días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en la Provincia de Entre Ríos, ciudad de Concordia, domicilio parcelario Zorraquín N° 262, manzana 9 Sur – 7 Oeste N° 581, Urbana, departame nt o y ciu dad de Concordia, planos N° 3 5 . 0 4 9 , i n s c r ip c ió n 2 0 - 0 5 - 1 9 7 7 , M a t . N ° 111.558, partida N° 116.013, partida municipal N° 2963/002. Son sus límites y linderos: Al NORTE: recta (1-2) al rumbo S 75° 47’ E de 22,54 metros, lindando con calle Zorraquín (calzada de tierra sin vereda). Al ESTE: recta (2-3) al rumbo S 40° 44’ O de 14,98 metros, recta (3-4) al rumbo S 57° 14’ O de 18,89 metros, ambas rectas lindan con Nélida Etcheveste de Altamirano. Al SUR: recta (4-5) al rumbo N 03° 41’ O de 6,26 metros lindando con Nélida Etcheveste de Altamirano. Y al OESTE: recta (5-1) al rumbo N 11° 25’ E de 21,28 metros, lindando con Nélida Etcheveste de Altamirano. 16 BOLETIN OFICIAL En su superficie de 364,22 m2. (trescientos sesenta y cuatro metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados), bajo los apercibimientos de ley. Las resoluciones que lo ordenan dicen en su parte pertinente: “Concordia, 8 de marzo de 2004. Visto: … Resuelvo: 1) Tener por presentada a Felisa Chavez en ejercicio de su propio derecho, con el patrocinio letrado del Dr. Daniel Cedro, con el domicilio denunciado por constituido, por parte, désele intervención. 2) Tener por promovido el presente juicio de usucapión contra Nélida Etcheveste de Altamirano... 5) Tener presente la prueba ofrecida. 6) A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo. Héctor Rodolfo Salari, Juez en lo Civil y Comercial”. Y “Concordia, 22 de junio de 2015. Visto: … Resuelvo: 1) Tener por ampliada la demanda en los términos del escrito que antecede. 2) Dejar sin efecto lo dispuesto en el punto 3 y 4 y en su lugar, citar por edictos que se publicarán por dos días en el Boletín Oficial y en un diario local, a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble motivo de la acción, para que comparezcan a tomar la intervención que legalmente les corresponda en el término de quince días bajo apercibimiento de ley. … 6) Agregar por cuerda la documentación adjunta y dado su número y dificultosa reproducción, eximir de presentar copias para traslado de la documental acompañada. A lo demás, estar a lo dispuesto a fs. 74. Notifíquese. Fdo. Silvia I. Flores de Quevedo, Juez Civil y Comercial”. Concordia, 7 de julio de 2015 – Natalia Gambino, secretaria supl. F.C.S. 00110689 2 v./3.8.15 QUIEBRA ANTERIOR PARANA La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9, Concursos y Quiebras, Dra. María Gabriela Tepsich, Secretaría N° 1, a cargo de la suscripta, sito en calle Santiago del Estero N° 382, de la ciudad de Paraná, comunica por cinco (5) días que en los autos caratulados “Rubio Sandra Raquel Evangelina s/ Pedido de quiebra promovido por el deudor s/ Quiebra”, Expte. N° 1822, en fecha 3.7.2015, se ha declarado la quiebra de SANDRA RAQUEL EVANGELINA RUBIO, 25.307.586, CUIL 23-25307586-4, con domicilio en Av. Estrada 1500, de la ciudad de Paraná, Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos, y se ha dispuesto que los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante la sindicatura, Cr. Carlos Antonio Besso, con domicilio en calle Rondeau N° 1102, de esta ciudad, quien atenderá de lunes a viernes de 14 a 20 y los días lunes de 10 a 12 horas (días hábiles judiciales), hasta el día 17.9.2015 inclusive. Se han fijado los días 3.11.2015 y 21.12.2015, para que el síndico presente, respectivamente, los informes previstos en los Arts. 35 y 39 por remisión del Art. 200 de la Ley 24.522. Paraná, 28 de julio de 2015 – María Victoria Ardoy, secretaria. F. 00016677 5 v./5.8.15 LLAMADO A CONCURSO NUEVO SAN SALVADOR El Tribunal examinador integrado por el Dr. Julio César Marcogiuseppe, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo, la Dra. Celina Teresita Salina Rey, Defensora de Po- bres y Menores, y el Dr. Mauricio Javier Guerrero, Agente Fiscal, asistidos por el Dr. José María Ferreyra, secretario interino, todos de la ciudad de San Salvador han resuelto llamar a concurso abierto de oposición y antecedentes para ingreso al Poder Judicial de Entre Ríos en esta jurisdicción de San Salvador, en el cargo de escribiente, para cubrir las vacantes existentes y las que se produzcan durante la vigencia del presente concurso. Disponer la apertura de un registro de aspirantes en el Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de San Salvador, sito en calle Urquiza Nº 264, de esta ciudad, donde se recepcionarán los formularios de inscripción, en original y copia, a partir del día 12 de agosto de 2015 y por el plazo de veinte (20) días corridos en el horario de 8 a 10. Los mencionados formularios tendrán que ser descargados desde la página Web del Poder Judicial de Entre Ríos, cuya dirección es www.jusentrerios.gov.ar y completados en letra mayúscula legible. Con la presentación del formulario deberán acompañarse indefectiblemente los siguientes recaudos: los aspirantes deberán ser argentinos nativos o naturalizados; tener como mínimo 18 años de edad, acreditar buena salud; presentar fotocopia autenticada de título secundario y/o certificado analítico, certificado de buena conducta expedido por la autoridad policial del domicilio del postulante, original y fotocopia del documento de identidad, declaración jurada de no estar comprendido en las inhibiciones establecidas en el Art. 8 del Decreto Ley 5143, respecto de las establecidas en el Inc. h) especificarlas e indicar respecto a quien; constituir domicilio a los efectos del presente concurso en esta ciudad de San Salvador; acompañar la documentación comprobatoria de títulos y antecedentes que se invoquen en copias autenticadas u original con fotocopia. Solo serán computables los mencionados en el Art. 7 del Reglamento 16 de Ingreso, Ascenso y Traslado de personal. No serán recepcionadas las inscripciones que no reúnan los recaudos precedentes. Convocar a la prueba de oposición, la cual constará de tres etapas que se llevarán a cabo en la Escuela de Educación Técnica Nº 45 “Félix Bourren Meyer”, de esta ciudad, sito en Tte. Gutiérrez Nº 452, el día 1 de octubre próximo, a la hora 8, por grupos que se establecerán de acuerdo al número de inscriptos. La Primera etapa: Prueba de tipeado: tendrá carácter eliminatorio y consistirá en el copiado en computadora de un texto que se sorteará de una nómina confeccionada previamente al efecto. El postulante deberá escribir correctamente un mínimo de ciento treinta (130) palabras en cuatro (4) minutos. No se computarán palabras con errores mecanográficos u ortográficos, las palabras duplicadas y las que no estén en el texto original. Se computarán como media falta los errores de acentuación, las palabras cortadas o unidas indebidamente y los errores de mayúscula o minúscula. Se otorgará hasta un máximo de quince (15) puntos, con asignación del mayor puntaje al postulante que haya consignado mayor cantidad de palabras. Al resto de los examinados se asignará el puntaje en forma proporcional a la cantidad de palabras escritas. Respecto de la segunda y tercera etapa, ambas tendrán carácter eliminatorio, se llevarán a cabo el mismo día en el lugar designado y en el horario que fijará el Tribunal oportunamente. Los postulantes quedarán notificados del resultado de cada etapa de la prueba de oposición al finalizar las mismas. Los aspirantes deberán presentarse en el horario fijado por el Tribunal para cada prueba y acreditar su identidad con documento original frente al actuario bajo pena de ser excluido del concurso. Quienes no concurran a la prueba de oposición Paraná, viernes 31 de julio de 2015 prevista en el Art. 9 del Reglamento 16, quedarán sin más eliminados del concurso. Disponer la publicación de edictos dando a conocer la convocatoria, por dos (2) días en el Boletín Oficial, en diario “El Sol”, de la ciudad de Concordia y en una radio de esta localidad. Secretaría a cargo del concurso, 27 de julio de 2015 – José María Ferreyra, secretario int. F. 00016683 2 v./3.8.15 SENTENCIA ANTERIOR PARANA Bajo el título “Inhabilitación absoluta por el tiempo que dure la condena – Art. 12 CP”, conforme lo resuelto por esta Sala I de Transición, en la causa N° 6291, caratulados “Pérez Ivo Gino s/ Homicidio simple en grado de tentativa” y sus acumulados N° 6228, y que a sus efectos, se transcribe a continuación: “TESTIMONIO: En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los 11 días del mes de mayo de 2015. SENTENCIA: I) Declarar a IVO GINO PEREZ, de las demás condiciones personales consignadas en autos, autor material y responsable de los delitos de homicidio en grado de tentativa en concurso real con amenazas calificadas por el uso de arma de fuego, segundo hecho, en concurso real con abuso de arma, primer hecho, causa N° 6228 y homicidio simple en grado de tentativa, causa N° 6291, todo en concurso real y condenarlo a la pena de cinco (5) años y cuatro (4) meses de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales (Arts. 5, 12, 79, 42, 149 bis primer párrafo última parte 104 y 55 del Código Penal. II) Mantener el encarcelamiento preventivo dispuesto oportunamente Pérez hasta tanto la presente sentencia adquiera firmeza. III) Declarar las costas a cargo del imputado, eximiéndolo de su efectivo pago atento su notoria insolvencia, Arts. 547 y 548 del CPP. IV) Levantar las medidas cautelares trabadas sobre los bienes del encartado, librándose al efecto el despacho pertinente. V) Disponer el decomiso y destrucción de los objetos secuestrados que se indican ut supra. VI) Líbrese oficio al señor director de la Unidad Penal Nº 1, de Paraná, reiterando que a la mayor brevedad arbitre los medios necesarios para encausar el interés del imputado por iniciar y/o continuar la educación básica y obligatoria, tanto como para iniciar tratamiento psicológico para sus adicciones, ya sea dentro de la unidad o gestionando su atención en forma ambulatoria a una institución pública de la Provincia, adjuntando copia certificada de los informes de fs. 206/207, 274/276 y 290/291 vta. VII) Protocolícese, regístrese, comuníquese la presente, solo en su parte dispositiva, al Juzgado de Instrucción interviniente, Jefatura de Policía de Entre Ríos, Boletín Oficial, Juzgado Electoral, Secretaría Electoral Municipal, Area de Antecedentes Judiciales del STJ y Registro Nacional de Reincidencia, líbrense los despachos pertinentes, practíquese por Secretaría cómputo de pena y en estado archívese. Fdo. Dres. Chemez, Malatesta, Vírgala, vocales. Ante mí: Dra. María Cecilia Spóssito, secretaria. Es copia fiel de su original. Doy fe”. Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el veintiocho de julio de dos mil diecinueve (28.7.2019). Ivo Gino Pérez, sin apodos, DNI Nº 38.769.558, argentino, de 20 años de edad, soltero, ayudante de albañilería, con último domicilio en Barrio Itatí Nº 1, de la ciudad de Paraná, en donde vivía con su madre, hermanos padrastro, concubina y su hijo menor y actualmente alojado en la UP Nº 1, de Paraná, nacido en Paraná, el día 8.2.1995, hijo de Gus- Paraná, viernes 31 de julio de 2015 BOLETIN OFICIAL tavo Pérez, trabaja en la Policía, y de Etel Corradini,con prontuario en ese Registro Nacional Nº U 2772621 y Policial Nº 787535.G. Paraná, 27 de julio de 2015 – María Cecilia Spóssito, secretaria de Transición. 12577 3 v./3.8.15 SENTENCIAS NUEVAS GUALEGUAY Hago saber que en el legajo de IPP N° 7618, caratulado “Jaime Gustavo Darío s/ Homicidio simple”, que tramita por ante el Juzgado de Garantías N° 2, de esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída, que dice: “En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil quince... SENTENCIA: 1°) Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente. 2°) Declarar a GUSTAVO DARIO JAIME, apodado “Neguito”, de nacionalidad argentina, titular del DNI N° 35.709.753, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación pintor, domiciliado en calle Libertad N° 381, de esta ciudad, nacido en Gualeguay, el 4 de junio de 1991, con estudios primarios completos, hijo de Jorge Daniel Cabrera y María Cristina Jaime, como autor penalmente responsable de la comisión del delito de abuso de arma en concurso real con portación arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, artículos 5, 12, 45, 55, 104 y 189 bis Inc. 2 tercer párrafo del Código Penal, hecho ocurrido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que le fueran imputados, y en consecuencia, condenar al mismo a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, la cual deberá ser comprensiva a la condena impuesta por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad de Gualeguay, dispuesta el pasado 25 de noviembre de 2014, donde se lo condenó a un año y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional; revocándose tal condicionalidad, todo lo cual emerge de los considerandos que anteceden y de los términos del acuerdo de juicio abreviado al cual arribaran las partes. 3°) Imponer las costas al condenado en su totalidad, Arts. 547 y 548 del CPP, sin perjuicio de la eximición de su efectivo pago dada su notoria insolvencia. 4°) Prorrogar la prisión preventiva que viene cumpliendo el Sr. Gustavo Darío Jaime, hasta que la sentencia recaída adquiera firmeza, ello conforme lo acordado por las partes y el imputado. Regístrese, notifíquese, practíquese cómputo de pena, comuníquese la presente en su parte dispositiva a la Jefatura de Policía Departamental de Gualeguay, al Registro Nacional de Reincidencia, al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con asiento en la ciudad de Paraná y demás organismos, librándose todos los despachos del caso. Fdo. Alejandra M.C. Gómez, Juez de Garantías N° 2 subgte.; José Ignacio Pabón Ezpeleta, secretario”. Gualeguay, 10 de julio de 2015 – Florencia Bascoy, secretaria int. 12579 3 v./4.8.15 — — — Hago saber que en el legajo de IPP N° 7615/15, caratulado “González Franco s/ Hurto simple”, que tramita por ante el Juzgado de Garantías N° 2, de esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída, que dice: “En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a los 27 días del mes de mayo del año dos mil quince... SENTENCIA: 1°) Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente. 2°) Declarar a FRANCO FERNANDO GONZALEZ, sin apodo, de nacionalidad argentina, titular del DNI N° 38.571.845, de 20 años de edad, de estado civil soltero, desempleado, domiciliado en calle Cont. Hereñu, Barrio Islas Malvinas de esta ciudad, nacido en Gualeguay, el 12 de enero de 1995, con estudios primarios incompletos, hijo de Antonio Albornoz, fallecido y de Ramona Jesús González, comerciante, domiciliada en zona de la Rotonda del Ombú en esta ciudad, autor penalmente responsable de la comisión de los delitos de hurto simple, Arts. 45 y 162 del CP, hecho ocurrido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que le fuera imputado y en consecuencia condenar al mismo a la pena de un año y nueve meses de prisión de cumplimiento efectivo, Art. 40 y 41 del CP, la cual es comprensiva de la condena impuesta por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad de Gualeguay el 30 de setiembre de 2014, donde se lo condenó a un año y 8 meses de prisión de cumplimiento condicional, revocándose tal condicionalidad, todo lo cual emerge de los considerandos que anteceden y de los términos del acuerdo de juicio abreviado al cual arribaran las partes. 3) Imponer las costas al condenado en su totalidad, Art. 547 y 548 del CPP, sin perjuicio de la eximición de su efectivo pago dada su notoria insolvencia. 4°) Ordenar el inmediato traslado del Sr. González a la Unidad Penal N° 7 “Casiano Calderón”, disponiéndose el contralor por parte del Sr. delegado penitenciario a los fines previstos en el Art. 364/365 del CPP. 5°) Prorrogar la prisión preventiva que viene cumpliendo el Sr. Franco González, hasta que la sentencia recaída adquiera firmeza, ello conforme lo acordado por las partes y el imputado. Regístrese, notifíquese, practíquese cómputo de pena, comuníquese la presente en su parte dispositiva a la Jefatura de Policía Departamental de Gualeguay, al Registro Nacional de Reincidencia, al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con asiento en la ciudad de Paraná y demás organismos; librándose todos los despachos del caso. Con lo que no siendo para más, se da por concluida la audiencia de debate siendo las 11 horas del día 27 de mayo de 2015, quedando notificadas todas las partes en esta audiencia de lo ocurrido en ella, labrándose la presente acta-sentencia que previa lectura y ratificación se firma para debida constancia por todos los comparecientes. Fdo. Esteban Sebastián Elal, Juez de Garantías N° 2. José Ignacio Pabón Ezpeleta, secretario”. Gualeguay, 10 de julio de 2015 – Florencia Bascoy, secretaria int. 12580 3 v./4.8.15 — — — Hago saber que en el legajo de IPP N° 6782/15, caratulado “Barreto Roque Fernando s/ Daño”, que tramita por ante el Juzgado de Garantías N° 2, de esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída que dice: “En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a los 17 días del mes de junio del año dos mil quince... SENTENCIA: 1°) Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente. 2°) Declarar a BARRETO ROQUE FERNANDO, sin apodos, de nacionalidad argentina, titular del DNI N° 31.454.949, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación reciclador, domiciliado en calle Mitre y Concejal Derudi s/n, Barrio Molino, de esta ciudad, 17 nacido en Gualeguay, el día 17 de febrero de 1986, con estudios secundarios incompletos (9° año, manifestando saber leer y escribir), hijo de Roque Ramón Barreto y Nélida Beatriz Galván, autor penalmente responsable de la comisión de los delitos de daño a los bienes del estado, Arts. 45 y 184 Inc. 5° del Código Penal, hecho ocurrido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que le fuera imputado y en consecuencia, condenar al mismo a la pena de tres meses de ejecución condicional, Art. 05, 26, 27, 27 bis, 40, 41, 45 y 184 Inc. 5° del CP, y Arts. 391 ss y concdts. del CPP. 3°) Imponer las costas al condenado en su totalidad, Arts. 547 y 548 del CPP, sin perjuicio de la eximición de su efectivo pago dada su notoria insolvencia. 4°) Imponer las siguientes reglas de conducta: fijar residencia en esta ciudad de Gualeguay, ante cualquier cambio dar aviso al Ministerio Público Fiscal, abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y todo tipo de estupefacientes en la vía pública, como así también de no verse involucrado en delitos dolosos. Regístrese, notifíquese, comuníquese la presente en su parte dispositiva a la Jefatura de Policía Departamental de Gualeguay, al Registro Nacional de Reincidencia y demás organismos, librándose todos los despachos del caso. Con lo que no siendo para más, se da por concluida la audiencia de debate siendo las 11.30 horas, del día 17 de junio de 2015, quedando notificadas todas las partes en esta audiencia de lo ocurrido en ella, labrándose la presente acta-sentencia que previa lectura y ratificación se firma para debida constancia por todos los comparecientes. Fdo. Esteban Sebastián Elal, Juez de Garantías N° 2. José Ignacio Pabón Ezpeleta, secretario”. Gualeguay, 10 de julio de 2015 – Florencia Bascoy, secretaria int. 12581 3 v./4.8.15 — — — Hago saber que en el legajo de IPP N° 6477/15, A° 2015, caratulados “Ferreyra Celso Alejandro s/ Homicidio en grado de tentativa”, que tramita por ante el Juzgado de Garantías N° 1, de esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída que dice: “En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil quince... SENTENCIA: 1°) Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente. 2°) Declarar a CELSO ALEJANDRO FERREYRA, alias “Wi lly”, de nacionalidad argentina, titular del DNI N° 34.204.388, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación Cabo de la Policía de Entre Ríos, cumpliendo funciones en el Comando Radioeléctrico de la Departamental Gualeguay, domiciliado en Bvard. Barroetaveña N° 645, de esta ciudad, nacido en Gualeguay, el 23 de diciembre de 1988, con estudios secundarios incompletos, 4° año, hijo de Celso Roberto Ferreyra, desocupado, domiciliado en calle Cánepa y Bvard. Barroetaveña de esta ciudad y de Estela Maris Ramírez, fallecida, como autor penalmente responsable de la comisión del delito de abuso de arma, Arts. 45 y 104 del C. Penal, hecho ocurrido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que le fueran imputados y en consecuencia, condenar al mismo a la pena de tres años de prisión condicional, todo lo cual emerge de los considerandos que anteceden y de los términos del acuerdo de juicio abreviado al cual arribaran las partes, con más la imposición de las siguientes reglas de conducta: a) abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas; b) someterse a un tratamiento médico o psicológico para tratar su 18 BOLETIN OFICIAL adicción y el ejercicio de la violencia; y c) adoptar un oficio, de conformidad al Art. 27 bis, puntos 3, 6 y 7 del CP. 3°) Imponer las costas al condenado en su totalidad, Arts. 547 y 548 del CPP, sin perjuicio de la eximición de su efectivo pago dada su notoria insolvencia. 4°) Fijar la audiencia del día 29 de mayo de 2015, a las 11 horas, para dar lectura a la presente sentencia, valiendo ello de notificación. Regístrese, notifíquese, y oportunamente practíquese cómputo de pena comunicándose a los organismos correspondientes y en estado, archívese. Fdo. Alejandra M.C. Gómez, Jueza de Garantías y Transición N° 1. Ana Paul Elal, secretaria de Garantías y Transición N° 1”. Gualeguay, 6 de julio de 2015 – Florencia Bascoy, secretaria int. 12582 3 v./4.8.15 SECCION GENERAL LICITACIONES ANTERIORES PARANA MINISTERIO DE EDUCACION PRESIDENCIA DE LA NACION ARGENTINA UN PAIS CON BUENA GENTE Segundo llamado OBJETO: ampliación Escuela Primaria N° 1 “Carlos María de Alvear”, de Nogoyá (ER). Licitación Pública N° 01/2015 Segundo llamado PRESUPUESTO OFICIAL: $ 12.358.348,26. GARANTIA DE OFERTA EXIGIDA: 1% del presupuesto oficial. FECHA DE APERTURA: 26.8.2015. HORA: 11.00 hs. LUGAR: Unidad Ejecutora Provincial, 9 de Julio 361, Paraná (ER). PLAZO DE EJECUCION: 365 días. VALOR DEL PLIEGO: $ 6.200. LUGAR DE ADQUISICION DE PLIEGOS: Unidad Ejecutora Provincial, 9 de Julio 317, Paraná (ER). Financiamiento: Ministerio de Educación de la Nación. Provincia de Entre Ríos Carlos A. Logica, coordinador ejecutivo UEP. F. 00016635 10 v./4.8.15 — — — MINISTERIO DE EDUCACION PRESIDENCIA DE LA NACION ARGENTINA UN PAIS CON BUENA GENTE Cuarto llamado OBJETO: construcción nuevo edificio de Unidad Educativa de Nivel Inicial Piedritas, de localidad Hernández, Dpto. Nogoyá, Provincia de Entre Ríos. Licitación Pública N° 11/2013 Cuarto llamado PRESUPUESTO OFICIAL: $ 7.020.180,42. GARANTIA DE OFERTA EXIGIDA: 1% del presupuesto oficial. FECHA DE APERTURA: 26.8.2015. HORA: 10.00 hs. LUGAR: Unidad Ejecutora Provincial, 9 de Julio 361, Paraná (ER). PLAZO DE EJECUCION: 300 días. VALOR DEL PLIEGO: $ 3.500. LUGAR DE ADQUISICION DE PLIEGOS: Unidad Ejecutora Provincial, 9 de Julio 317, Paraná (ER). Financiamiento: Ministerio de Educación de la Nación. Provincia de Entre Ríos Carlos A. Logica, coordinador ejecutivo UEP. F. 00016636 10 v./4.8.15 DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD Licitación Pública N° 20/15 OBJETO: adquisición de repuestos para sección repuestos automotor, stock. PRESUPUESTO OFICIAL: pesos trescientos catorce mil quinientos cuarenta y cinco con ochenta y ocho centavos ($ 314.545,88). FECHA DE APERTURA: 18/08/15 a las 11,00 horas o siguiente/s si aquél fuera inhábil. LUGAR DE APERTURA: Dirección Provincial de Vialidad, Avda. Ramírez N° 2197, 1° Piso, Dirección de Despacho, Paraná, Entre Ríos. ENTREGA DE SOBRES: Dirección Provincial de Vialidad, Avda. Ramírez N° 2197, 1° Piso, Paraná, Entre Ríos, Dirección de Despacho. INFORMES: Dirección de Mantenimiento y Suministros, Dpto. Compras Brasil N° 1050, Paraná, E. Ríos, T.E. 0343-4248074 o en los Representantes del Gobierno de la Provincia de E. Ríos en Buenos Aires, calle Suipacha N° 844 de Capital Federal. VENTA DE PLIEGOS: Departamento II Tesorería - D.P.V., Avda. Ramírez N° 2197, Planta Baja Paraná, Entre Ríos, o en los Representantes del Gobierno de la Provincia de E. Ríos en Buenos Aires, calle Suipacha Nº 844 de Capital Federal. VALOR DEL PLIEGO: pesos quinientos ($ 500). Dirección Provincial de Vialidad, Paraná, 28 de julio de 2015 – Mario R. Heyde, director subadministrador DPV. F. 00016676 3 v./3.8.15 — — — MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS SECRETARIA MINISTERIAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS SUBSECRETARIA DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES Escuela N° 81 “Domingo F. Sarmiento”, Villaguay, Dpto. Villaguay Licitación Pública Nº 56/15 Obra autorizada por Decreto Nº 1420/15 MPIyS OBJETO: provisión de materiales y mano de obra según pliego para la obra “Construcción SUM Cocina Despensa y Dos Aulas Escuela Nº 81 “Domingo F. Sarmiento”, Villaguay, Departamento Villaguay”.UBICACIÓN: el establecimiento educativo se encuentra ubicado en la localidad de Villaguay en el Departamento Villaguay.APERTURA DE LAS OFERTAS: Día 02 de septiembre de 2015 a las 11:00 horas, en la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, Casa de Gobierno, 2º Piso, de la ciudad de Paraná, Departamento Paraná.PRESUPUESTO OFICIAL: $ 3.494.325,60 (pesos tres millones cuatrocientos noventa y cuatro mil trescientos veinticinco con 60/100).CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN: $ 4.723.810,53 (pesos cuatro millones setecientos veintitrés mil ochocientos diez con 53/100).SISTEMA DE CONTRATACIÓN: el sistema de contratación será mediante unidad de medida, provisión de materiales, mano de obra y precios unitarios.PLAZO DE EJECUCIÓN: se establece un plazo de ejecución de los trabajos en doscientos setenta (270) días corridos.VALOR DEL PLIEGO: $ 3.500 (pesos tres mil quinientos con 00/100).CONSULTA DE PLIEGOS: En la Dirección de Estudios y Proyectos de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, Casa de Gobierno, 2º Piso, de la ciudad de Paraná, Teléfono (0343)-422 1616 en el horario de 07:00 a 14:00 Hs., hasta el 14 de agosto de 2015.VENTA DE PLIEGOS: En la Dirección Presupuestaria Administrativa de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones de la ciudad de Paraná en el Departamento Paraná, Teléfono (0343)-422 1616 en el horario de 07.00 a 14.00 Hs., hasta el 14 de agosto de 2015.F. 00016678 2 v./31.7.15 Paraná, viernes 31 de julio de 2015 MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS SECRETARIA MINISTERIAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS SUBSECRETARIA DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES Escuela N° 1 “Dr. Conrado Etchebarne”, Villaguay, Dpto. Villaguay Licitación Pública Nº 57/15 Obra autorizada por Decreto Nº 1415/15 MPIyS OBJETO: provisión de materiales y mano de obra según pliego para la obra “Ampliación ocho aulas y patio EET Nº 1 “Dr. Conrado Etchebarne”, Villaguay, Departamento Villaguay”.UBICACIÓN: el establecimiento educativo se encuentra ubicado en la localidad de Villaguay en el Departamento Villaguay.APERTURA DE LAS OFERTAS: Día 02 de septiembre de 2015 a las 12:00 horas, en la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, Casa de Gobierno, 2º Piso, de la ciudad de Paraná, Departamento Paraná.PRESUPUESTO OFICIAL: $ 4.340.360,75 (pesos cuatro millones trescientos cuarenta mil trescientos sesenta con 75/100).CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN: $ 4.800.702,04 (pesos cuatro millones ochocientos mil setecientos dos con 04/100).SISTEMA DE CONTRATACIÓN: el sistema de contratación será mediante unidad de medida, provisión de materiales, mano de obra y precios unitarios.PLAZO DE EJECUCIÓN: se establece un plazo de ejecución de los trabajos en trescientos treinta (330) días corridos.VALOR DEL PLIEGO: $ 4.400 (pesos cuatro mil cuatrocientos con 00/100).CONSULTA DE PLIEGOS: En la Dirección de Estudios y Proyectos de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, Casa de Gobierno, 2º Piso, de la ciudad de Paraná, Teléfono (0343)-422 1616 en el horario de 07:00 a 14:00 Hs., hasta el 14 de agosto de 2015.VENTA DE PLIEGOS: En la Dirección Presupuestaria Administrativa de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones de la ciudad de Paraná en el Departamento Paraná, Teléfono (0343)-422 1616 en el horario de 07.00 a 14.00 Hs., hasta el 14 de agosto de 2015.F. 00016679 2 v./31.7.15 — — — C. DEL URUGUAY MUNICIPALIDAD DE C. DEL URUGUAY Licitación Pública Nº 11/2015 Segundo llamado OBJETO: adquisición de un “sistema de video vigilancia urbana – Etapa I”, en un todo de acuerdo a legajos habilitados a tal fin. Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de C. del Uruguay. FECHA APERTURA: 21 de agosto de 2015. HORA: 10.00. LUGAR APERTURA: Departamento Suministros, Municipalidad de C. del Uruguay. PLIEGO CONDICIONES: $ 1.000. Disponibles en Tesorería Municipal, hasta 48 horas hábiles anteriores al acto de apertura de la licitación. PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.000.000. GARANTIA DE OFERTA: 1% del presupuesto oficial. FIANZA DE CONTRATO: 5% del monto total contratado. En caso que la fecha de apertura resultare feriado o no laborable, la misma se efectuará el día hábil siguiente. Secretaría de Hacienda, julio de 2015 – Oscar Alfredo Colombo, secretario de Hacienda. F.C.Ch. 00002391 3 v./3.8.15 Paraná, viernes 31 de julio de 2015 BOLETIN OFICIAL BUENOS AIRES BANCO DE LA NACION ARGENTINA AREA COMPRAS Y CONTRATACIONES INMUEBLES Llámese a la Licitación Pública INM N° 3749 para la ejecución de los trabajos de “refuncionalización, banca electrónica, rampa para discapacitados e instalaciones varias”, en el edificio sede de la Sucursal San José de Feliciano (ER). La fecha de apertura de las propuestas se realizará el 2.9.15 a las 12.30 horas, en el Area de Compras y Contrataciones, Departamento de Inmuebles, Bartolomé Mitre 326, 3° piso, oficina 311 (1036) Capital Federal. Compra y consulta de pliegos en la citada dependencia, en la Sucursal San José de Feliciano (ER) y en la Gerencia Zonal Concordia (ER). Asimismo pueden efectuarse consultas en el sitio de la página Web del Banco de la Nación www.bna.com.ar VALOR DEL PLIEGO: $ 1.000. COSTO ESTIMADO: $ 1.378.028,00 más IVA. Silvia E. Lassalle, jefe de División RF 951. Certifico que la firma que antecede es válida y pertenece a Silvia E. Lassalle, cuyo cargo es Jefe de División – Liliana Martínez, jefe de Departamento 1915. F.C.S. 00110663 4 v./4.8.15 LICITACION NUEVA PARANA GOBIERNO DE ENTRE RIOS MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DIRECCION DE HIDRAULICA Licitación Pública N° 04/2015 Decreto Nº 2378/15 MPIyS OBRA: “Construcción desagües urbanos Barrio Palomar, etapa 2º, ciudad de Santa Elena, Dpto. La Paz”. PRESUPUESTO OFICIAL: $ 4.179.743,46. PLAZO DE EJECUCION: 240 días corridos. VALOR DEL PLIEGO: $ 4.180. M ON T O D E GAR AN T IA DE OFERTA: $ 41.798 (1%). CAPACIDAD DE CONTRATACION ANUAL: $ 6.269.615,19. VENTA DE PLIEGOS: calle Córdoba Nº 641, 1º piso, Tel-Fax 0343 4207911, en el horario de 7 a 12.30 horas, hasta el 10 de agosto de 2015. CONSULTAS TECNICAS: calle Córdoba Nº 641, 1º piso, Tel-Fax 0343 4207911, en el horario de 7 a 12.30 horas, hasta el 13 de agosto de 2015. FECHA DE APERTURA: 25 de agosto de 2015. HORARIO DE APERTURA: 11 horas. LUGAR DE ENTREGA Y APERTURA DE SOBRES: en Municipalidad de Santa Elena, Dpto. La Paz, calle Buenos Aires y Eva Perón, hasta la hora de apertura. F. 00016680 2 v./3.8.15 ASAMBLEAS NUEVAS PARANA COOPERADORA DEL HOSPITAL “DR. FRANCISCO L. CASTALDO” Convocatoria Asamblea General Ordinaria La cooperadora del Hospital “Dr. Francisco L. Castaldo”, de María Grande, convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordinaria, a realizarse el viernes 12 de setiembre de 2015, a las 20 horas, en el local del Anfiteatro Municipal, para tratar el siguiente orden del día: 1 – Lectura y aprobación del acta de la asamblea anterior. 2 – Lectura y aprobación de la memoria y balance del ejercicio al 30.6.15. 3 – Renovación parcial de la comisión directiva de la cooperadora (Art. N° 15-30 de los estatutos vigentes). 4 – Designación de dos asambleístas para firmar el acta. 5 – Cierre de la asamblea. María Grande, 27 de julio de 2015 – La comisión directiva. F.C.S. 00110687 1 v./31.7.15 — — — PEÑA PASION XENEIZE Convocatoria La Peña Pasión Xeneize, invita a participar de la Asamblea General Ordinaria, a llevarse a cabo el día 7 de agosto de 2015, en su sede social, sita en Avenida Ramírez 602, a partir de las 21 horas, con el siguiente orden del día: 1 – Lectura y aprobación del acta de la asamblea anterior. 2 – Lectura de la memoria anual, balance general, cuentas de gastos y recursos, inventario general. 3 – Designación de la nueva comisión directiva. 4 – Designación de la comisión revisora de cuentas. 5 – Designación de dos socios para firmar el acta de asamblea juntamente con el secretario y presidente. De acuerdo a lo establecido por nuestros estatutos social de nueva institución pasada una hora de la prevista y no consiguiendo el quórum necesario, la asamblea sesionará con el número de socios presentes. Sergio D. Virgilio, presidente; Arnoldo E. Hirschfeld, secretario. F.C.S. 00110688 2 v./3.8.15 — — — CLUB ATLETICO LIBERTADOR SAN MARTIN Convocatoria El Club Atlético Libertador San Martín, convoca a sus asociados a una Asamblea General Ordinaria, para el día domingo 16 de agosto de 2015, a las 9.30 horas, en su sede social, sito en calle Celestino Marco 1389, de Paraná, para tratar el siguiente orden del día: 1 – Conformación de la mesa que dirigirá la asamblea. 2 – Elección de dos asambleístas para que juntamente con el presidente y el secretario refrenden el acta que se labre. 3 – Lectura del acta anterior. 4 – Consideración de la memoria y balance de los períodos comprendidos desde el 1.5.2013 al 30.4.2014 y del 1.5.2014 al 30.4.2015. 5 – Elección de la totalidad de los miembros de la comisión directiva por finalización de mandatos. 6 – Culminación de la asamblea. Paraná, 24 de julio de 2015 – Oscar A. Balla, presidente; José Vásquez, secretario. F.C.S. 00110692 3 v./4.8.15 — — — COOPERADORA DE TRABAJO VIDA LIMPIA LTDA Convocatoria En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley 20.337, informamos a usted que se ha convocado a los señores asociados de la Cooperativa de Trabajo Vida Limpia Ltda., matrícula INAES N° 48592, a Asamblea General Ordinaria, para el día jueves 20 de agosto de 2015 a las 11.30 horas, en nuestra sede social, sita en calle Teniente Bernardt N° 1328, para tratar el siguiente orden del día: 1 – Aprobación de balance. 2 – Cambio de tesorero. 19 3 – Incorporación de nuevos asociados. 4 – Baja de asociados. La comisión directiva. F.C.S. 00110695 2 v./3.8.15 — — — CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE HERNANDARIAS Convocatoria Asamblea Extraordinaria La comisión directiva del Centro de Jubilados y Pensionados de Hernandarias, conforme a lo establecido en el Art. 28 de nuestro estatuto social vigente, comunica la convocatoria a Asamblea Extraordinaria, para el día 14 de agosto de 2015, a las 17 horas en primera convocatoria y a las 17.30 horas en segunda convocatoria, en la sede social de la entidad sita en calle Tucumán N° 368, de la ciudad de Hernandarias, Dpto. Paraná, a los fines de tratar el siguiente orden del día: 1 – Lectura del acta de comisión directiva en que se decidió realizar la convocatoria. 2 – Elección de dos asambleístas para firmar en forma conjunta con el presidente y secretario el acta de asamblea. 3 – Modificación de los Arts. 1, 3, 4 inciso d, 8, 13, 14, 15, 26 inciso c y f, 35, eliminación de los incisos b, d y e del artículo 5. Hernandarias, 27 de julio de 2015 – Horacio Gabas, presidente; Telma Luquesi, secretaria. F.C.S. 00110700 1 v./31.7.15 — — — LA PAZ JOCKEY CLUB LA PAZ Convocatoria Asamblea General El Jockey Club La Paz, convoca a sus socios a la Asamblea General Ordinaria, en sus instalaciones de Ruta Provincial Nº 1, km. 5,5, de esta ciudad, el día 15 de agosto del corriente a las 20 horas, donde se tratará el siguiente orden del día: 1 – Designación de dos asociados presentes para que con el presidente y secretario aprueben y firmen el acta de asamblea. 2 – Lectura y consideración de la memoria y balance general. 3 – Elección de una nueva comisión directiva por finalización de mandato. Art. 44: las resoluciones de las asambleas se tomarán por mayoría de votos de socios activos presente que tengan una antigüedad de seis meses como mínimo como tales y se encuentren al día con tesorería. Salvo los casos que por estos estatutos se requiera otro distinto y deberán recaer sobre cuestiones expresadas en la convocatoria o que se vinculen a ella de manera evidente. Se considerará con el quórum necesario para funcionar, con la mitad más uno de presente de los socios activos habilitados, presente una hora después a la hora de la convocatoria y si a esa hora no estuviese presente ese número la asamblea quedará constituida con el número de socios habilitados presentes una hora después. Eduardo T. Noriega, presidente; Luis M. Laborde, secretario. F.C.S. 00110698 3 v./4.8.15 — — — VILLAGUAY ARROCEROS DE VILLAGUAY SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA Convocatoria Asamblea General Ordinaria De conformidad a lo que disponen los estatutos de Arroceros de Villaguay Sociedad Cooperativa Limitada, se convoca a los señores socios a Asamblea General Ordinaria, para el día 7 de agosto de 2015, a las 18 horas, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, sito en calle Castelli Nº 431, para tratar el siguiente orden del día: 20 Paraná, viernes 31 de julio de 2015 BOLETIN OFICIAL 1 – Designación de dos socios para firmar el acta en representación de la asamblea. 2 – Lectura y consideración de la memoria y balance general correspondiente al ejercicio económico Nº 61, cerrado el 28.2.15, previo informe del síndico y de auditoría. 3 – Consideración del proyecto de distribución de excedentes. 4 – Compensación consejo de administración y sindicatura. 5 – Renovación parcial del consejo de administración: a) Elección de cuatro consejeros titulares, por finalización de mandatos de los señores Moisés Slotnitzky, Alberto Kohon, Jorge Huk y Alberto Van Opstal. b) Elección de cuatro consejeros suplentes, por finalización de mandatos de los señores Alberto Hoffman, Sergio Francou, Luis Riedel y Néstor Meichtry. c) Elección de un síndico titular por finalización de mandato del señor Emilio Poitevin y de un síndico suplente por finalización de mandato del señor Rubén Rolando Arlettaz. 6 – Tratamiento de la situación actual de la cooperativa. Villaguay, 17 de junio de 2015 – Alberto Kohon, secretario. NOTA: la asamblea se realizará conforme al Art. N° 29 de los estatutos. F.C.S. 00110699 2 v./3.8.15 INSTITUTO AUTARQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDA Mediante el presente el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de Entre Ríos (IAPV), comunica a los Sres. Ortiz Ramón, MI Nº 11.948.938 y Ramona Valenzuela, MI Nº 14.238.655, y/o a sus sucesores y/o herederos, que en el Expediente Nº 57366-14241413, iniciado por “Flores Roberto Omar”, ha recaído la Resolución de Directorio IAPV Nº 1525, de fecha 21 de julio de 2015, la cual dispone: “Resolver el boleto de compraventa suscripto con Ortiz Ramón, MI Nº 11.948.938 de estado civil casado con Ramona Valenzuela, MI Nº 14.238.655, respecto de la vivienda Nº 9, planta baja del grupo habitacional “San Jaime de la Frontera, 26 Viviendas – I etapa – Sindicato de Amas de Casas”, de San Jaime de la Frontera, Provincia de Entre Ríos, en virtud de pacto comisorio expreso en mérito a los considerandos que anteceden”. Iván Rubén Darío Rodríguez, secretario Directorio IAPV. F. 00016682 3 v./4.8.15 CITACIONES LLAMADO A CONCURSO NUEVO PARANA NUEVAS PARANA a herederos y acreedores de CESAR ALBERTO CABALLERO La Sra. Presidenta del Consejo General de Educación, cita y emplaza por el término de diez días hábiles de publicada la presente a herederos y acreedores del Sr. CESAR ALBERTO CABALLERO, DNI N° 13.030.870, quien falleciera en el Dpto. Paraná, el día 25 de abril de 2015, conforme a lo dispuesto en Expediente N° 16-2, grabado N° 1727118 “Bonato Elena Lucía – Gualeguay – Sol/pago haberes caídos de su extinto esposo Caballero César Alberto”. Paraná, 27 de julio de 2015 – Gastón Daniel Etchepare, secretario general CGE. 12583 5 v./6.8.15 — — — a herederos y acreedores de GRISELDA ANDREA RIOS La Sra. Presidenta del Consejo General de Educación, cita y emplaza por el término de diez días hábiles de publicada la presente a herederos y acreedores de la Sra. GRISELDA ANDREA RIOS, DNI N° 21.736.259, quien falleciera en el Dpto. Paraná, el día 31 de marzo de 2015, conforme a lo dispuesto en Expediente N° 16-7, grabado N° 1724582 “Pérez Dolores Inés – Sol/pago haberes caídos de su extinta hija Ríos Griselda Andrea”. Paraná, 27 de julio de 2015 – Gastón Daniel Etchepare, secretario general CGE. 12584 5 v./6.8.15 — — — a herederos y acreedores de SAUL JOSE DRI La Sra. Presidenta del Consejo General de Educación, cita y emplaza por el término de diez días hábiles de publicada la presente a herederos y acreedores del Sr. SAUL JOSE DRI, DNI N° 17.704.886, quien falleciera en Libertador San Martín, Provincia de Entre Ríos, el día 17 de mayo de 2015, conforme a lo dispuesto en Expediente N° 16-12, grabado N° 1725671 “López Verónica – Sol/pago haberes caídos de su extinto esposo Dri Saúl José”. Paraná, 27 de julio de 2015 – Gastón Daniel Etchepare, secretario general CGE. 12585 5 v./6.8.15 SUMARIO COMUNICADO NUEVO PARANA La Jefatura de Policía de la Provincia, rectifica el llamado a concurso extraordinario, abierto, de oposición y antecedentes para cubrir dos cargos como contador con el grado de Oficial Principal del Cuerpo Profesional, Escalafón Administrativo “en comisión”, para prestar servicios en la Policía de la Provincia de Entre Ríos. Los requisitos particulares para el ingreso podrán retirarse de la Dirección Personal de la Jefatura de Policía Provincia sito en calle Córdoba N° 351, en horario administrativo, haciendo saber que la documentación que allí se requiere podrá ser presentada hasta el día 31 de agosto del corriente año, momento en el cual le será entregada una copia de la resolución, por medio de la cual será conformado el Jurado Evaluador y se encontrará prevista la fecha de evaluación respectiva. F. 00016681 3 v./4.8.15 DESIGNACION DE GERENTE NUEVA PARANA FILM PLAST SRL Por disposición del Sr. Director de la Dirección de Personas Jurídicas de Entre Ríos, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos, de conformidad con la normativa vigente el presente edicto: Comunícase la designación de gerente de la Sociedad de Responsabilidad Limitada FILM PLAST SRL, conforme a las siguientes previsiones. 1 – Designación de gerente: por acta de reunión de socios de fecha 1.7.2014 se ha designado gerente de Film Plast SRL y por término de dos años al Sr. Portorreal Rene Oscar, LE N° 5.951.228. Registro Público de Comercio – DIPJ – Paraná, 29 de julio de 2015 – José L. Nani, abogado DIPJ. F.C.S. 00110707 1 v./31.7.15 DECRETOS Ministerio de Desarrollo Social Año 2015 402, 403, 404, 405, 425, 431, 479, 480, 481, 482, 483, 525, 583, 584, 673, 674, 709, 722, 723, 752, 792, 920, 921 Ministerio de Salud 948, 949 RESOLUCIONES Ministerio de Salud Año 2014 4661, 4662, 4663, 4664, 4665, 4666, 4667, 4668, 4669, 4670, 4671, 4672, 4673, 4674, 4675, 4676, 4677, 4678, 4679, 4680, 4681, 4682, 4683, 4684, 4685, 4686, 4687, 4688, 4689, 4690, 4691, 4692, 4693, 4694, 4695, 4696, 4697, 4698, 4699, 4700 Administradora Tributaria de Entre Ríos Año 2015 285 Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción BOLETIN OFICIAL Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30 - Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos. R e gist ro d e la Propied ad In te lect ual 299.323. Se edita los días hábiles. MIGUEL LUIS MONTENEGRO Director Dirección, Administración, Talleres y Publicaciones: CORDOBA Nº 327 PARANA (Entre Ríos) C.P. 3100 Telefax (0343) 4207805 - 4207926 [email protected] Suscripciones y Publicaciones de edictos: T.E. 4207805 IMPORTANTE Los PAGOS de FACTURAS por publicaciones y trabajos realizados, deberán efectivizarse en la IMPRENTA OFICIAL . Córdoba 327 - de 7 a 12 hs. - Tel.:03434207805/7926 . Email: [email protected] *Los cheques deben emitirse a la orden de “TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA”, conforme lo dispuesto según Decreto Nº 3792/11 MEHF. * L a s ó r d e n e s d e p a g o o l i b r a m i e nto s, efectuados por intermedio de TESORERIA GENERAL, deberán informarse previamente a esta Repartición (Imprenta Oficial) para que tome conocimiento.
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