Boletin Oficial - Gobierno de Entre Ríos

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Nº 25.746 - 139/15
PARANA, viernes 31 de julio de 2015
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia
Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones
Ministerio de Cultura y Comunicación
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas
Ministerio de Desarrollo Social
Ministerio de Salud
Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios
Ministerio de Producción
Ministerio de Turismo
Ministerio de Trabajo
Secretaría de Coordinación de Gabinete
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 402 MDS
Paraná, 4 de marzo de 2015
Aprobando el contrato de locación de obra
suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de
Estado de Desarrollo Social, D. Carlos Gustavo Ramos y el Sr. Diego Andrés Besson, MI N°
26.071.618, en el que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las
tareas que en el mismo se especifican, por el
período comprendido entre el 2 de febrero y el
31 de julio del corriente año, el que agregado
pasa a formar parte de este texto legal.
Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27°, Inciso c), Apartado b),
Punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias
incluida la Ley 8964 (t.o. del Decreto N° 404/95
MEOSP) y Art. 142°, Inc. 4), Aparts. a) y b) del
Decreto N° 795/96 MEOSP.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a
liquidar y abonar al Sr. Diego Andrés Besson,
previa presentación de factura y constancia de
trabajo pertinentes, las sumas mensuales establecidas en la Cláusula Cuarta del referido
contrato, por el período comprendido entre el
2 de febrero y el 31 de julio del corriente año,
en concepto de honorarios por la obra encomendada.
— — —
DECRETO Nº 403 MDS
Paraná, 4 de marzo de 2015
Aprobando el contrato de locación de obra
suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de
Estado de Desarrollo Social, D. Carlos Gusta-
EDICION: 20 Págs. - $ 3,00
D. Sergio Daniel Urribarri
D. José Orlando Cáceres
Cr. D. Adán Humberto Bahl
Dr. D. José Eduardo Lauritto
D. Pedro Baez
Cr. D. Diego Enrique Valiero
D. Carlos Gustavo Ramos
Ing. D. Juan Javier García
Cr. D. Roberto Emilio Schunk
D. Hugo José María Marsó
Cr. D. Hugo Alberto Ballay
vo Ramos y el Sr. Walter Iván Calderón, MI N°
32.509.736, en el que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las
tareas que en el mismo se especifican, por el
período comprendido entre el 2 de febrero y el
31 de julio del corriente año, el que agregado
pasa a formar parte de este texto legal.
Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27°, Inciso c), Apartado b),
Punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias
incluida la Ley 8964 (t.o. del Decreto N° 404/95
MEOSP) y Art. 142°, Inc. 4), Aparts. a) y b) del
Decreto N° 795/96 MEOSP.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a
liquidar y abonar al Sr. Walter Iván Calderón,
previa presentación de factura y constancia de
trabajo pertinentes, las sumas mensuales establecidas en la Cláusula Cuarta del referido
contrato, por el período comprendido entre el
2 de febrero y el 31 de julio del corriente año,
en concepto de honorarios por la obra encomendada.
— — —
DECRETO Nº 404 MDS
Paraná, 4 de marzo de 2015
Aprobando el contrato de locación de obra
suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de
Estado de Desarrollo Social, D. Carlos Gustavo Ramos y el Sr. Ángel Crisólogo Meneses
Vallejos, MI N° 18.855.561, en el que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las tareas que en el mismo se especifican, por el período comprendido entre el 2
de febrero y el 31 de julio del corriente año, el
que agregado pasa a formar parte de este texto
legal.
Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27°, Inciso c), Apartado b),
Punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias
incluida la Ley 8964 (t.o. del Decreto N° 404/95
MEOSP) y Art. 142°, Inc. 4), Aparts. a) y b) del
Decreto N° 795/96 MEOSP.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a
liquidar y abonar al Sr. Ángel Crisólogo Meneses Vallejos, previa presentación de factura y
constancia de trabajo pertinentes, las sumas
mensuales establecidas en la Cláusula Cuarta
del referido contrato, por el período comprendido entre el 2 de febrero y el 31 de julio del
corriente año, en concepto de honorarios por
la obra encomendada.
— — —
DECRETO Nº 405 MDS
Paraná, 4 de marzo de 2015
Aprobando el contrato de locación de obra
suscripto entre el Sr. Ministro Secretario de
Estado de Desarrollo Social, D. Carlos Gustavo Ramos y el Sr. Juan Carlos Ángel Biondi, MI
N° 14.367.835, en el que se establecen las
cláusulas y condiciones para la ejecución de
las tareas que en el mismo se especifican, por
el período comprendido entre el 2 de febrero y
el 30 de noviembre del corriente año, el que
agregado pasa a formar parte de este texto
legal.
Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27º, Inciso c), Apartado b), Punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias incluida la Ley 8964 (t.o. del Decreto N° 404/95
MEOSP) y Art. 142°, Inc. 4), Aparts. a) y b) del
Decreto N° 795/96 MEOSP.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a
liquidar y abonar al Sr. Juan Carlos Ángel Biondi, previa presentación de factura y constancia
de trabajo pertinentes, las sumas mensuales
establecidas en la Cláusula Cuarta del referido
contrato, por el período comprendido entre el
2
2 de febrero y el 30 de noviembre del corriente
año, en concepto de honorarios por la obra
encomendada.
— — —
DECRETO Nº 425 MDS
DEJANDO ESTABLECIDO PERIODO DE
SERVICIO
Paraná, 11 de marzo de 2015
VISTO:
El Decreto N° 181/15 MDS; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado texto se reconoció la
prestación de servicios efectuada, en virtud de
lo pactado en el contrato de locación oportunamente suscripto entre el Sr. Ministro Secretario
de Estado de Desarrollo Social, Sr. Carlos
Gustavo Ramos, MI N° 31.995.275, y la Sra.
Gisela Mariana Rougier, MI Nº 34.804.838 y
que formaba parte del mismo, para el desempeño de tareas administrativas en el ámbito del
Ministerio de Desarrollo Social y bajo la dependencia directa de la Secretaría de Gestión,
de acuerdo a las cláusulas y condiciones allí
pactadas;
Que habiéndose omitido consignar el período
por el cual se efectuaba el reconocimiento de
los servicios prestados por parte de la Srta.
Rougier, corresponde el dictado del presente a
fin de establecer que el reconocimiento es desde el día 13 de agosto al 31 de diciembre del
año 2014, ello conforme a lo tramitado por el
Sr. Secretario de Gestión, del Ministerio de
Desarrollo Social en las actuaciones;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A :
Art. 1º — Déjase establecido que el período
por el cual se reconocen los servicios prestados por la Srta. Gisela Mariana Rougier, MI Nº
34.804.838, mediante Decreto N°181/14 MDS,
es desde el día 13 de agosto al 31 de diciembre
del año 2014, ello de acuerdo a lo expresado
en los considerandos precedentes.
Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado
de Desarrollo Social.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
— — —
DECRETO Nº 431 MDS
DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIA
Paraná, 11 de marzo de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el
Ministerio de Desarrollo Social, por la Dirección de Comedores; y
CONSIDERANDO:
Que por las mismas comunica inasistencias
en las que ha incurrido la agente Alicia Gabriela González, MI N° 23.210.476, Legajo N°
161.084, con situación de revista como personal de planta permanente de la Dirección de
Comedores con prestación de servicios en el
Comedor Escolar de la Escuela N° 34 “Martín
de Güemes” del Departamento Federación;
Que las mismas corresponden al año 2014,
sin aviso durante los días 31 de marzo, 01, 03,
04, 07, 08, 09, 10, 11, 14, 15, 16, 21, 22, 23,
24, 25, 28, 29 y 30 de abril, 05, 06, 07, 08, 09,
12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22 y 23 de mayo,
lo que se corrobora con el detalle informado a
fs. 20 y planillas de asistencia de fs. 10, 11, 12
y 17;
Que atento a que la agente registra más de
diez (10) días de inasistencias a su lugar de
trabajo, corresponde disponer la instrucción de
un sumario administrativo, a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía
de Estado, por cuanto su conducta estaría encuadrada en lo previsto por el artículo 71° Inc.
a) de la Ley N° 9755, modificada por Ley N°
9811, manteniéndose vigente y en todos sus
BOLETIN OFICIAL
términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto N° 2/70 SGG
conforme lo dispuesto por el Art. 1°, del Decreto N° 2840/07 GOB y 2012/09 GOB;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social ha dictaminado en el sentido expuesto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A :
Art. 1º — Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a través de la Dirección
de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de
Estado, a la agente Alicia Gabriela González,
MI N° 23.210.476, Legajo N° 161.084, con situación de revista como personal de planta
permanente de la Dirección de Comedores del
Ministerio de Desarrollo Social, quien registra
inasistencias sin aviso los días 31 de marzo,
01, 03, 04, 07, 08, 09, 10, 11, 14, 15, 16, 21,
22, 23, 24, 25, 28, 29 y 30 de abril, 05, 06, 07,
08, 09, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22 y 23
de mayo de 2014, en virtud de encontrarse su
conducta presuntamente incursa en la falta
administrativa tipificada en el artículo 71 ° Inc.
a) de la Ley N° 9755, modificada por Ley N°
9811, manteniéndose vigente y en todos sus
términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto N° 2/70 SGG
conforme lo dispuesto por el Art. 1°del Decreto
N° 2840/07 GOB y Decreto Nº 2012/09 GOB de
conformidad con lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado
de Desarrollo Social.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, notifíquese por Área Personal de la Dirección de
Comedores y pase a la Dirección de Sumarios
a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
— — —
DECRETO Nº 479 MDS
Paraná, 18 de marzo de 2015
Reconociendo con carácter excepcional la
licencia por cuidado de familiar enfermo, con
goce del 100% de haberes, solicitada por el Sr.
Sergio Rubén Garay, Legajo N° 110296, agente de la planta de personal de la Dirección
General de Despacho dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, por el lapso de 10 días
a partir del 12.11.14, en razón de los cuidados
médicos especiales que debió dedicar a su
cónyuge quien fuera intervenida quirúrgicamente, y que según lo informado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del citado
Ministerio, la solicitud no encuadra en la normativa vigente para el caso – Art. 16° del Anexo I Decreto N° 5703/93 MGJE, t.o. de la Ley
Nº 3289 y modificatorios, Art. 52° de la Ley N°
9755 y su modificatoria Ley Nº 9811, pero
atendiendo a la documentación agregada, la
Dirección General de Personal a fs. 10 se manifiesta en concordancia, no obstante lo cual y
por razones humanitarias, puede evaluarse
por este Poder Ejecutivo en uso de sus facultades discrecionales.
— — —
DECRETO Nº 480 MDS
RECHAZANDO RECLAMO
Paraná, 18 de marzo de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones tramitadas ante
el Ministerio de Desarrollo Social por la Dirección de Comedores; y
CONSIDERANDO:
Que se informa el fallecimiento de la Sra.
María Teresa Pereyra, quien se desempeñaba
como cocinera suplente en el Comedor de la
Escuela N° 9 “Pablo Pizzurno” del Dpto. Federación, ocurrido el día 20.12.08, requiriendo
que el pago de haberes no percibidos se reali-
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
ce a favor de su esposo Sr. Miguel Ángel Castro;
Que ahora bien, conforme surge de autos se
indicó que la solicitud debía realizarla el propio
interesado, y el actor se presentó recién en
fecha 13 de agosto de 2013 a fs. 12, adjuntando certificación de convivencia conyugal, para
que se dé resolución favorable y se disponga
el pago de los salarios caídos;
Que asimismo intervino la Dirección General
de Asuntos Jurídicos jurisdiccional, expresando que por tratarse de haberes que no han sido
cobrados, al deceso de la titular pasan a formar
parte del acervo hereditario, por lo que se requiere de un juicio sucesorio para poder percibirlos;
Que otra consideración a tener en cuenta es
que el solicitante era el concubino de la Sra.
Pereyra, y no se encuentra contemplado dentro de la enumeración de herederos que hace
el Código Civil, no tiene vocación hereditaria,
en consecuencia correspondía denegar la solicitud;
Que no obstante ello, en el mismo dictamen
se expresa que ante la posible existencia de
otros herederos estos deberían arrimar a los
actuados la declaratoria de herederos o la iniciación del juicio sucesorio, para el pertinente
depósito en el Juzgado correspondiente de los
emolumentos pendientes de cobro;
Que cabe manifestar asimismo que en nueva
intervención, la Dirección General de Asuntos
Jurídicos menciona que tales criterios han sido
determinados por la Dirección General de Personal con sustento en las disposiciones del
Decreto N° 1549/91 MEH, que a su vez refiere
al Art. 3565 y ss., del Código Civil, por lo cual
ratifica que corresponde denegar lo solicitado,
notificando al solicitante;
Que ante tal circunstancia, el Sr. Castro apela la denegación reclamando el pago para su
hija menor de edad, a cuyo efecto adjunta la
documentación que avala esa petición, lo que
realiza por nota del 19.12.14, ingresada en la
Dirección de Comedores el 05.01.15;
Que el reclamo del actor no puede tener
andamiento en esta instancia, dado que ha
operado la prescripción de los plazos para interponer toda acción que tienda a hacer valer
algún derecho por éste invocado;
Que respecto a la prescripción, la Fiscalía de
Estado en Dictamen N° 1148/08 expresa que:
“...El primer principio a tener en cuenta es el
que prescribe que los términos son obligatorios
tanto para la administración como para los
sujetos particulares que intervienen en un proceso administrativo. A la administración le corresponde cumplir los términos que le son impuestos, y hacer cumplir los que rige para los
intervinientes en el proceso...” (Escola Héctor
Jorge, “Tratado General de Procedimiento Administrativo”, Ed. Depalma, pág. 208);
Que asimismo es dable señalar que el plazo
de prescripción de dos años propiciado por la
Fiscalía de Estado resulta coincidente con el
criterio sustentado por nuestra Suprema Corte
de Justicia de la Nación, al expresar; “El hecho
de tratarse de un vínculo de empleo público no
altera la naturaleza de la prestación que siempre será la de retribuir servicios prestados,
tanto en ese ámbito como en el del derecho
privado” (Fallos: 321:2998);
Que en virtud de los argumentos expuestos,
la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
Ministerio de Desarrollo Social aconseja rechazar el pedido de haberes caídos a favor de la
menor Johana Castro, atento al tiempo transcurrido desde el deceso de la causante Sra.
Pereyra, su progenitora, y la presentación de
su padre;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A :
Art. 1º — Recházanse los reclamos de pago
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
de haberes dejados de percibir por la Sra.
María Teresa Pereyra, personal de la planta
permanente de la Dirección de Comedores dependiente del Ministerio de Desarrollo Social,
quien se desempeñaba como cocinera suplente en el Comedor de la Escuela N° 9 “Pablo
Pizzurno” del Dpto. Federación, fallecida el día
20.12.08, presentados por el Sr. Miguel Ángel
Castro, MI N°16.337.869, para sí y para su hija
menor de edad, Johana Castro, MI N°
41.796.382, domiciliado en Paraje Las 14 Escuela Provincial N° 9, Chajarí, de conformidad a lo manifestado en los considerandos
precedentes.
Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado
de Desarrollo Social.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese. Con copia notifíquese por Área Mesa de
Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, y
cumplido pase a la Dirección de Comedores.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
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DECRETO Nº 481 MDS
Paraná, 18 de marzo de 2015
Reconociendo con carácter excepcional, la
Licencia por cuidado de familiar enfermo, con
goce del 100% de haberes, solicitada por la
Sra. Luciana Noemí Silva, Legajo N° 179035,
agente de la planta de personal de la Dirección
de Integración Comunitaria dependiente del
Ministerio de Desarrollo Social, por el lapso de
4 días a partir del 21.10.14, en razón de los
cuidados médicos especiales que debió dedicar a su hija menor de edad y que según lo
informado por la Dirección General de Asuntos
Jurídicos del citado Ministerio, la solicitud no
encuadra en la normativa vigente para el caso
– Art. 16° del Anexo I Decreto N° 5703/93
MGJE, t.o. de la Ley Nº 3289 y modificatorios,
Art. 52° de la Ley N° 9755 y su modificatoria
Ley Nº 9811, pero atendiendo a la documentación agregada, la Dirección General de Personal a fs. 12 se manifiesta en concordancia, no
obstante lo cual y por razones humanitarias
puede evaluarse por este Poder Ejecutivo en
uso de sus facultades discrecionales.
— — —
DECRETO Nº 482 MDS
Paraná, 18 de marzo de 2015
Reconociendo con carácter excepcional, la
licencia por cuidado de familiar enfermo, con
goce del 100% de haberes, solicitada por la
Sra. Carmen Nélida Humhoffe, Legajo Nº
140120, agente de la planta de personal del
Ministerio de Desarrollo Social, por el lapso de
13 días a partir del 25.03.14, en razón de los
cuidados médicos especiales que debió dedicar a su madre, y en su intervención, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del citado
Ministerio expresa que la solicitud no encuadra
en la normativa vigente para el caso, Art. 16°
del Anexo I del Decreto Nº 5703/93 MGJE, t.o.
de la Ley N° 3289 y modificatorios, Art. 52° de
la Ley N° 9755 y su modificatoria Ley N° 9811,
pero a su vez, la Dirección General de Personal a fs. 10 se manifiesta en concordancia con
los términos del dictamen citado, no obstante
lo cual y por razones humanitarias puede evaluarse por este Poder Ejecutivo en uso de sus
facultades discrecionales.
— — —
DECRETO Nº 483 MDS
Paraná, 18 de marzo de 2015
Reconociendo con carácter excepcional, la
licencia por cuidado de familiar enfermo, con
goce del 100% de haberes, solicitada por la
Sra. Liliana Beatriz Izza, Legajo N° 110778,
agente de la planta de personal permanente de
la Dirección de Integración Comunitaria dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, por
el lapso de 30 días a partir del 24.04.14, en
BOLETIN OFICIAL
razón de los cuidados médicos especiales que
debió dedicar a su madre, Sra. Belki Beatriz
Meli, quien fuera intervenida quirúrgicamente,
y que según lo informado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del citado Ministerio, la solicitud no encuadra en la normativa
vigente para el caso – Art. 16° del Anexo I
Decreto N° 5703/93 MGJE, t.o. de la Ley N°
3289 y modificatorios, Art. 52° de la Ley Nº
9755 y su modificatoria Ley N° 9811, y atendiendo a la documentación agregada, la Dirección General de Personal a fs. 13 se manifiesta
en concordancia y no obstante ello, y por razones humanitarias, puede evaluarse por este
Poder Ejecutivo en uso de sus facultades discrecionales, y por los motivos aducidos y la
necesaria atención de la agente hacia su madre, se considera procedente acordar con carácter de excepción la licencia solicitada.
— — —
DECRETO Nº 525 MDS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 18 de marzo de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el
Ministerio de Desarrollo Social; y
CONSIDERANDO:
Que se gestiona la incorporación al presupuesto vigente de saldos no utilizados al
31.12.14, correspondientes a la Subfuente
5188- Aporte Ministerio de Desarrollo Social
Nación Programa Proyecto Centros Integradores Comunitarios, resultando un monto total de
$ 2.362.072,21, conforme a las planillas analíticas del gasto y del recurso, y de proyectos de
inversión que forman parte del presente;
Que ha tomado intervención de competencia
la Contaduría General de la Provincia;
Que la Dirección General de Presupuesto
informa que la gestión es técnicamente viable
y encuadra en los términos del artículo 16º de
la Ley Nº 10.338;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A :
Art. 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Provincial ejercicio
2015, de la Jurisdicción 40- Ministerio de Desarrollo Social, Unidad Ejecutora: Unidad Ejecutora de Infraestructura Social, por la suma
total de pesos dos millones trescientos sesenta y dos mil setenta y dos con veintiún centavos
($ 2.362.072,21), conforme a las planillas analíticas del gasto y del recurso y de proyectos
de inversión, que anexas forman parte del presente decreto.
Art. 2º — Encuádrase la modificación dispuesta por el artículo anterior en las previsiones del artículo 16° la Ley N° 10.338, de conformidad con lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 3º — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas y de
Desarrollo Social.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese y archívese. Remítase copia a la H. Legislatura de la
Provincia y cumplido pase a la Subsecretaría
de Administración a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
Carlos G. Ramos
— — —
DECRETO Nº 583 MDS
Paraná, 27 de marzo de 2015
Aprobando la continuidad para el corriente
año, del Programa “Iniciativas Populares Para
Mi Barrio”, el que fuera aprobado mediante
Decreto N° 645/12 MDS y su ampliatorio N°
1023/12 MDS, y prorrogado por Decretos N°
206/13 MDS y 308/14 MDS, tendiente a incentivar a personas o grupos al diseño y presentación de iniciativas populares que mejoren la
realidad social de su barrio, con cargo de ren-
3
dición de cuenta ante el Tribunal de Cuentas
de la Provincia, cuya ejecución, administración
y control, como su verificación y aval serán
responsabilidad de la Subsecretaría de Políticas Comunitarias del Ministerio de Desarrollo
Social, de conformidad con lo expresado en el
presente.
Facultando al Ministerio de Desarrollo Social
a invertir hasta la suma total de $ 600.000, en
la ejecución del programa aprobado por el ejercicio presupuestario 2015, y a aprobar y disponer el pago de las sumas que correspondan a
favor de las propuestas seleccionadas, mediante el dictado de resoluciones del titular de
la jurisdicción, previa intervención de lo Sra.
Contadora Delegada de la Contaduría General
de la Provincia y con cargo de rendir cuenta
ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración jurisdiccional, a emitir órdenes de pago
con sus respectivas solicitudes de fondos ante
la Tesorería General de la Provincia, como así
a efectuar los pagos pertinentes.
— — —
DECRETO Nº 584 MDS
Paraná, 27 de marzo de 2015
Aprobando el Programa Provincial de Seguridad Alimentaría Complemento Nutricional
que adjunto pasa a formar parte del presente
texto, para su implementación en todo el territorio provincial durante el ejercicio presupuestario 2015, el cual prevé el otorgamiento, a un
total aproximado de 10.000 beneficiarios, con
residencia en el territorio provincial, que acrediten estado de vulnerabilidad social y que
reúnan los requisitos establecidos en el mismo
para su acceso, de una prestación mensual
que asciende a la suma de $ 90, para el presente año, habiéndose previsto una inversión
total de $ 10.800.000, y que será ejecutado por
la Subsecretaría de Políticas Alimentarías dependiente del Ministerio de Desarrollo Social
de acuerdo a lo expresado.
Autorizando al señor Ministro de Desarrollo
Social a dictar resoluciones ministeriales, con
la previa intervención de la contadora auditora
de la Contaduría General de la Provincia, para
la aprobación de los padrones que remitirá la
Subsecretaría de Políticas Alimentarías del
Programa Provincial de Seguridad Alimentaría
“Complemento Nutricional”, facultando asimismo a suscribir todos aquellos actos administrativos complementarios que resulten necesarios para su ejecución.
Facultando al señor Ministro de Desarrollo
Social a suscribir los respectivos convenios
marco, de ejecución y/o colaboración, en los
que se estipulen las condiciones y obligaciones de trabajo conjunto con las Áreas Sociales
de los Municipios y Juntas de Gobierno, como
así Centros de Salud, Hospitales, Dispensarios y CICs del Ministerio de Desarrollo Social
tendiente a llevar a cabo la ejecución del Programa Provincial de Seguridad Alimentaría
“Complemento Nutricional”, dejando establecido que la Subsecretaría de Políticas Alimentarías es el organismo encargado de llevar a
cabo la ejecución del programa, como así de
efectuar las rendiciones de cuentas ante los
organismos pertinentes.
— — —
DECRETO Nº 673 MDS
Paraná, 31 de marzo de 2015
Asignando las funciones de articulador del
Ministerio de Salud, a partir del 02.1.15, al
agente Juan José Vales, Doc. Nº 26.131.990,
Legajo Nº 20.581, personal de planta permanente del Hospital “General Campos” de General Campos, Dpto. San Salvador, quien percibirá una remuneración mensual equivalente a
Personal Fuera de Escalafón Nivel 1.
Facultando a la Dirección General de Admi-
4
nistración del Ministerio de Salud, a abonar y
a liquidar lo que corresponda al agente Juan
José Vales, Doc. Nº 26.131.990, Legajo Nº
20.581, en concepto de lo dispuesto.
— — —
DECRETO Nº 674 MDS
Paraná, 31 de marzo de 2015
Aceptando la renuncia de la Dra. Maria Fabiana Leiva como coordinadora de la Unidad
de la Gestión de Seguro Provincial del Plan
Nacer, hoy Programa Sumar, en carácter ad
honorem, según los establece el Decreto Nº
321/11 MS.
Designando a la licenciada Sonia Mabel Velázquez a cargo de la Coordinación de la Unidad de Gestión del Programa Sumar, programa que quedara bajo órbita de la Coordinadora
General del Ministerio de Salud.
— — —
DECRETO Nº 709 MDS
DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIA
Paraná, 31 de marzo de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones tramitadas por la
Dirección de Comedores, respecto de la situación planteada en la Escuela N° 8 “Madame
Curie” del Dpto. Concordia; y
CONSIDERANDO:
Que la gestión se inicia con una nota presentada por la Sra. Rosa Suárez, Supervisora de
Comedores Escolares del Departamento Concordia, en la que expresa haber sido agredida
verbal y físicamente por la Sra. Vanesa Lidia
Elena Pereyra, cocinera titular del citado establecimiento educativo, el día 26 de octubre de
2014, por lo que efectuó la denuncia correspondiente en la Comisaría 5°de Villa Zorraquín
según constancia de fs. 2;
Que a fs. 3/8 y 10/29 se agregaron copias de
diversas actas de supervisión labradas en el
comedor, y a fs. 9 se adjuntó nota suscripta por
los cocineros que allí se desempeñan, en la
cual le manifiestan al Sr. Director de Comedores su disconformidad con el personal de cocina por el designado y el mal clima de trabajo
suscitado a partir de ello;
Que a fs. 53/54 obra copia de nota remitida
por el Director del establecimiento educativo a
su Supervisora Escolar Zona “A” donde relata
los hechos según las distintas versiones que
ha recibido de parte de las involucradas, incluso una de la que surge que la agredida sería la
Sra. Pereyra;
Que los hechos se habrían desencadenado a
partir de la actuación de la Sra. Suárez en el
ámbito del comedor, en tanto habría dispuesto
el fraccionamiento de las raciones de acuerdo
a la cantidad de niños concurrentes y en consecuencia de lo cual habrían quedado niños sin
almorzar; esta versión habría sido posteriormente desvirtuada a partir lo que indagaron los
directivos de la institución;
Que se ha requerido el descargo por parte de
las agentes Suárez y Pereyra, agregados a fs.
48/49 y 58, respectivamente, en los cuales se
ratifican las acusaciones cruzadas y la ausencia de concordancia entre los dichos vertidos
a lo largo del expediente, todo lo cual demuestra una absoluta falta de respeto y cortesía en
sus relaciones;
Que en conclusión, la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo
Social toma intervención dictaminando que
debe darse inicio a un sumario administrativo
a las agentes Rosa Beatriz Suárez y Vanesa
Lidia Pereyra, a través de la Dirección de Sumarios dependiente de la Fiscalía de Estado,
por hallarse su conducta presuntamente incursa en la causal prevista por la Ley N° 9755,
modif. por Ley Nº 9811, Art. 71 Inc. c), por
incumplimiento del Art. 61° Inc. b), manteniéndose en vigencia y en todos sus términos el
BOLETIN OFICIAL
Decreto N° 2/70 SGG, según Decretos N°
2840/07 GOB y 2012/09 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A :
Art. 1º — Dispónese la instrucción de un sumario administrativo, a través de la Dirección
de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de
Estado, a las Sras. Rosa Beatriz Suárez, legajo N° 146815; y Vanesa Lidia Pereyra, legajo
N° 160959, agentes de la Dirección de Comedores dependiente del Ministerio de Desarrollo
Social, con relación a los hechos ocurridos en
el Comedor de la Escuela Nº 8 “Madame Curie”
del Dpto. Concordia el día 26.10.14, por hallarse su conducta presuntamente incursa en la
causal prevista por la Ley N° 9755, modif. por
Ley Nº 9811, Art. 71 Inc. c), por incumplimiento
del Art. 61° Inc. b), manteniéndose en vigencia
y en todos sus términos el Decreto N° 2/70
SGG, conforme Decretos Nº 2840/07 GOB y
2012/09 GOB, según lo manifestado en los
considerandos precedentes.
Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado
de Desarrollo Social.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese. Con copia notifíquese por Area Personal
de la Dirección de Comedores y cumplido pasen a la Dirección de Sumarios, Fiscalía de
Estado, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
— — —
DECRETO Nº 722 MDS
Paraná, 31 de marzo de 2015
Dejando sin efecto en base a lo informado
por la Dirección de Integración Comunitaria, a
partir del mes de agosto de 2014, pensiones
correspondientes a la Ley Nº 4035, de conformidad a que han desaparecido las circunstancias y condiciones para acceder al beneficio
establecidas en el artículo 1°, Inc. b), Apartado
3°), de la norma concedente, concordantes y
sus Decretos Reglamentarios, que dispone
que el beneficio acordado tiene vigencia hasta
que los hijos cumplen 15 años y concurran
regularmente a la escuela salvo que hubieran
finalizado el ciclo escolar, y de conformidad a
lo expresado en el anexo que forma parte del
presente texto legal.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en la Ley Nº 4035, artículo 1°, Inciso
b), Apartado 3°), en el Artículo 4° Incisos a) y
e); además de lo estipulado en el Decreto Nº
4886/86 MSAS Reglamentario de la norma
concedente en sus Artículos 19° y 20°.
— — —
DECRETO Nº 723 MDS
HACIENDO LUGAR PARCIALMENTE A
PRESENTACION
Paraná, 31 de marzo de 2015
VISTO:
La presentación efectuada por la Sra. Iris
Ester Miño ante el Ministerio de Desarrollo
Social; y
CONSIDERANDO:
Que la misma se refiere a la solicitud de pago
de la licencia anual ordinaria correspondiente
al año 2012, no gozada por razones de enfermedad, dado que cesó por acogerse al beneficio de jubilación por invalidez a partir del
1.3.14;
Que la actora, agente de la planta de personal permanente de la Dirección de Comedores
dependiente del Ministerio citado, hizo uso de
licencia por enfermedad de largo tratamiento a
partir del 14.3.12, habiéndosele concedido una
nueva, de carácter extraordinario y por el término de un año desde el 15.3.13, conforme al
Decreto N° 4375/13 MDS;
Que en consecuencia dicha situación se
mantuvo hasta su cese, obrando a fs. 7 informe
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
de la Dirección de Comedores expresando que
no pudo hacer uso de licencia anual ordinaria,
correspondiéndole 20 días del año 2012 y 25
días del año 2013;
Que el Decreto N° 5703/93 MGJE establece
en su Art. 8°: “La licencia anual por descanso
es de uso obligatorio, no pudiéndose postergar
ni acumular. Sólo podrá ser transferida al año
siguiente cuando concurran circunstancias
fundadas en razones de servicio que hagan
imprescindible adoptar esa medida, pero para
ello, deberá existir la respectiva gestión y la
resolución ministerial que así lo autorice”;
Que según criterio sentado por la Fiscalía de
Estado, las vacaciones anuales no tienen carácter retributivo salvo precisas excepciones:
su goce no es sustituible en dinero, de tal
forma que en principio no prosperan los pedidos de vacaciones de años anteriores, salvo
que se trate de licencia correspondiente al año
anterior al cese, siempre y cuando: 1) el agente
haya solicitado la licencia y le haya sido denegada; 2) la solicitud haya sido formulada estando en actividad en ese último año; y 3) haya
cesado en sus funciones en el mismo lapso,
haciendo imposible su goce efectivo;
Que en este sentido se puede señalar que las
licencias anuales ordinarias, o licencias por
vacaciones, consisten en “el goce de un determinado período temporal sin obligación de
prestar servicios y con el mantenimiento íntegro de la remuneración habitual durante el mismo. El fin de las mismas es exclusivamente
profiláctico, es decir, tiene por objeto contribuir
al mantenimiento de la salud psicofísica del
empleado, permitiéndole la recomposición de
las fuerzas perdidas luego del año laboral. Se
promueve con ello un mejor rendimiento y el
alejamiento y/o prevención de enfermedades o
patologías propias del stress laboral”;
Que en relación a la viabilidad o procedencia
de compensar económicamente licencias ordinarias no gozadas en razón de haberse encontrado el agente gozando de licencia por enfermedad, la Fiscalía de Estado ha dictaminado
oportunamente que no corresponde otorgarle
licencia toda vez que y atendiendo la naturaleza jurídica de la licencia anual, él mismo no
desarrolló ningún tipo de tareas que merezcan
descanso alguno, por lo que el descanso profiláctico no hubiere tenido ni sentido ni objeto,
no hubiere evitado ninguna enfermedad ni hubiere significado descanso alguno para el
agente;
Que dicho criterio ha sido ratificado por los
tribunales provinciales a partir de los precedentes “Silva”, “Sabattini” y “Garioni”, entre
otros, no obstante lo cual corresponde hacer la
salvedad respecto de la licencia anual correspondiente al año 2012, no pudiendo la recurrente hacer usufructo o agotar la misma por
encontrarse en uso de licencia por enfermedad;
Que por ello, debe hacerse lugar parcialmente a la petición de compensación pecuniaria
que efectúa en relación a la licencia anual
ordinaria proporcional devengada durante el
año 2012, hasta el 14.3.12, cuando la agente
comenzó a hacer uso de licencia por enfermedad;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social y la
Dirección General de Personal han tomado intervención de sus respectivas competencias, y
la Fiscalía de Estado ha emitido dictamen en
el sentido expuesto;
Que a fs. 36 la Dirección de Comedores indica que el proporcional de licencia que le correspondería a la Sra. Miño es de doce (12)
días;
Que en virtud de ello, la Subsecretaría de
Administración del Ministerio actuante practicó
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
la reserva preventiva de los fondos con la correspondiente intervención del Sr. Contador
Delegado de la Contaduría General de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A :
Art. 1º — Hácese lugar parcialmente a la
presentación efectuada por la Sra. Iris Ester
Miño, MI N° 6.293.155, domiciliada en calle
Los Chanas N° 1530 de esta ciudad, quien
fuera agente de la planta de personal permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, en lo que respecta
al pedido de compensación económica de la
licencia anual ordinaria proporcional no gozada correspondiente al año 2012, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º — Dispónese el pago a favor de la
Sra. Iris Ester Miño, MI N° 6.293.155, de la
suma total de pesos dos mil doscientos dieciocho con setenta centavos ($ 2.218,70), sujeto
a aportes y retenciones de ley, a través de la
Subsecretaría de Administración del Ministerio
de Desarrollo Social, conforme a lo dispuesto
en el artículo precedente.
Art. 3º — Impútese el egreso a los siguientes créditos del presupuesto vigente: DA 959 Carácter 1 - Jurisdicción 40 - Subjurisdicción
00 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 Finalidad 3 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001
- Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial
1/3/4 - Partida Subparcial 1001/1100/1102/
1181/1158 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.
Art. 4º — Facúltase a la Subsecretaría de
Administración del Ministerio de Desarrollo Social a emitir orden de pago para hacer efectivo
el pago pertinente.
Art. 5º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado
de Desarrollo Social.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
— — —
DECRETO Nº 752 MDS
Paraná, 1 de abril de 2015
Aprobando el Programa Provincial de Asistencia Alimentaria a Personas con Celiaquía,
que adjunto forma parte del presente, para su
ejecución en el presente año, que fuera aprobado por Decreto N° 4389/08 MSAS, y prorrogado por Decreto N° 1110/09 MSAS, Decreto
N° 40/10 MSAS, Decreto N° 474/11 MDSECT,
Decreto Nº 605/12 MDS, Decreto Nº 920/13
MDS y Decreto Nº 578/14 MDS, el cual es
ejecutado por la Subsecretaría de Políticas
Alimentarias, del Ministerio de Desarrollo Social.
Autorizando al Ministerio de Desarrollo Social, a invertir la suma total de $ 4.500.000, en
la ejecución del Programa Provincial de “Asistencia Alimentaria para Personas con Celiaquía”, durante el corriente año, de acuerdo al
padrón de beneficiarios que elevará mensualmente la Subsecretaría de Políticas Alimentarias.
Facultando a la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción, a emitir ordenes de
pago y autorizando a la Tesorería General de
la Provincia a hacer efectivos los pagos que
correspondan a favor de SI.DE.CRE.ER. S.A.,
derivados de la ejecución de dicho programa,
según lo estipulado en la Cláusula Cuarta,
Sexta y Novena del Convenio Marco celebrado
entre SI.DE.CRE.ER. S.A y el Ministerio de
Desarrollo Social, aprobado por Decreto N°
3557/14 MDS.
BOLETIN OFICIAL
DECRETO Nº 792 MDS
DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIA
Paraná, 7 de abril de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones tramitadas por la
Dirección de Comedores, respecto de la situación planteada en la Escuela N° 109 “Carlos
Daniel Vila” del Dpto. La Paz; y
CONSIDERANDO:
Que se informan irregularidades acontecidas
el día 03.09.14 en las que se encontrarían
involucrados varios agentes del Ministerio de
Desarrollo Social que se desempeñan como
cocineros en el ámbito del Comedor de dicho
establecimiento escolar;
Que a fs. 1/2 obra copia del Acta N° 22/14
labrada a instancias de la inspección realizada
por la señora Directora del establecimiento de
mención, en la que consta el hallazgo de bolsas y mochila conteniendo mercadería - comestibles, razón por la cual requirió la identificación de las pertenencias por parte del personal, Sres. Pablo Camarata, Arturo Pedemonti,
Clara Flores y Haydée Galván, recordándoles
asimismo la vigencia de la circular que prohíbe
ingresar con bolsos a su trabajo;
Que corresponde dejar establecido que la
mención se refiere a la Circular N° 9 de marzo
de 2012, que ratifica la vigencia de la Normativa del Personal de Cocina, adjunta a fs.
18/22;
Que asimismo según se desprende del acta
citada, que en copia debidamente autenticada
es agregada a fs. 16/17, el agente Pedemonti
habría admitido haber sacado mercadería, expresando que habría sido la primera vez que lo
realiza; en tanto el agente Camarata le habría
manifestado que “... muchas veces quien distribuye la mercadería para que todos se lleven
es Clara, llevándose la mayor parte. Alude que
ella le dio lo que contenía en su mochila.” (sic
Acta);
Que tanto la agente Galván como la agente
Flores - quien debería entenderse como la persona llamada “Clara” a quien se refiere el párrafo precedente - niegan tener conocimiento
de los hechos;
Que anoticiada la Dirección de Comedores,
indica que se soliciten los respectivos descargos de los agentes involucrados, adjuntándose
a fs. 5/6 y 8/9 los de los Sres. Camarata y
Pedemonti negando y rechazando las imputaciones, y brindando explicación respecto del
ingreso con bolsos al sector del Comedor;
Que a fs. 11 la Sra. Galván expresa que ella
había advertido anteriormente sobre los manejos irregulares de la mercadería, y que fue
quien encontró en primera instancia las bolsas
con productos, y quien hizo la denuncia a Dirección solicitando no ser mencionada para
evitar problemas con sus compañeros, lo que
derivó en la inspección por parte de la titular
del establecimiento;
Que finalmente, a fs. 13 se agrega el descargo de la Sra. Flores, quien niega tener conocimiento de los hechos pero expresa que Camarata y Pedemonti habían admitido la propiedad
de la mochila y la bolsa respectivamente;
Que en conclusión, la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo
Social toma intervención dictaminando que
debe darse inicio a un sumario administrativo
a los agentes Camarata, Pedemonti, Flores y
Galván, a través de la Dirección de Sumarios
dependiente de la Fiscalía de Estado, por hallarse su conducta presuntamente incursa en
la causal prevista por la Ley N° 9755, modif.
por Ley N° 9811, Art. 71 Inc. e), por incumplimiento del Art. 61° Inc. b), e), f) y h), manteniéndose en vigencia y en todos sus términos
el Decreto N° 2/70 SGG, según Decretos Nº
2840/07 GOB y 2012/09 GOB;
5
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A :
Art. 1º — Dispónese la instrucción de un sumario administrativo, a través de la Dirección
de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de
Estado, a los Sres. Clara Celia Flores, Legajo
N° 137635; Pablo Camarata, Legajo Nº
213918; Arturo Pedemonti, Legajo N° 214341,
y Haydée Galván, Legajo N° 214442, agentes
de la Dirección de Comedores dependiente del
Ministerio de Desarrollo Social, con prestación
de servicios en el Comedor Escolar de la Escuela N° 109 “Carlos Daniel Vila” del Dpto. La
Paz, por hallarse su conducta presuntamente
incursa en la causal prevista por la Ley N°
9755, modif. por Ley N° 9811, Art. 71 Inc. e),
por incumplimiento del Art. 61° Inc. b), e), f) y
h), manteniéndose en vigencia y en todos sus
términos el Decreto Nº 2/70 SGG, conforme
Decretos Nº 2840/07 GOB y 2012/09 GOB,
según lo manifestado en los considerandos
precedentes.
Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado
de Desarrollo Social.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese. Con copia notifíquese por Area Personal
de la Dirección de Comedores y cumplido pasen a la Dirección de Sumarios, Fiscalía de
Estado, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
— — —
DECRETO Nº 920 MDS
Paraná, 14 de abril de 2015
Aprobando el contrato de locación de obra,
que adjunto pasa a formar parte integrante del
presente, suscripto oportunamente entre el Sr.
Ministro de Desarrollo Social D. Carlos G. Ramos y el Lic. Juan Carlos Reffino, MI N°
20.189.511, domiciliado en calle Torrealday N°
2225, de esto ciudad de Paraná, en el cual se
establecen las cláusulas y condiciones para la
ejecución de la obra encomendada en el ámbito de la Secretaría de Economía, Social del
Ministerio de Desarrollo Social de acuerdo a
las cláusulas y condiciones especificadas en el
mismo.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27° inciso c)- apartado
b) - punto 3 de la Ley Nº 5140 y modificatorias,
concordante con el artículo 142°- inciso 4) apartados a) y b) del Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto N°
795 /9 6 M EOSP y mo dif . y D ecretos Nºs.
3722/08 GOB, 7773/08 MGJEOSP y 1738/10
MEHF.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a
emitir ordenes de pago y la correspondiente
solicitud de fondos ante la Tesorería General
de la Provincia y a efectuar los pagos mensuales que correspondan, previa presentación de
la certificación de las tareas encomendadas.
— — —
DECRETO Nº 921 MDS
Paraná, 14 de abril de 2015
Reconociendo los servicios prestados por la
Srta. María Evangelina Sacks, MI N°
29.748.947, por el período comprendido entre
el 02.1.15 y hasta la fecha del presente.
Aprobando el contrato de locación de servicios que adjunto pasa a formar parte integrante
del presente, suscripto entre el Sr. Ministro
Secretario de Estado de Desarrollo Social, Sr.
Carlos Gustavo Ramos, MI Nº 31.995.275, y la
Srta. Maria Evangelina Sacks, MI N°
29.748.947, domiciliada en calle Boulevard
Moreno N° 265, 2° Piso, Dpto. “D”, de esta
ciudad de Paraná, para el desempeño de tareas administrativas y de índole técnicas que
6
BOLETIN OFICIAL
se le encomienden en el ámbito del Ministerio
de Desarrollo Social, bajo la dependencia directa de la Secretaria de Gestión y las que la
Superioridad le encomiende, en el ámbito de la
misma, conforme a las cláusulas y condiciones
especificadas en el mismo, el cual rige a partir
de la fecha del presente.
Encuadrando la gestión en las disposiciones
del Decreto N° 3688/08 GOB, Decreto N°
4433/10 MEHF y Decreto Nº 4509/12 MEHF.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a
liquidar y hacer efectivos los pagos que correspondan por el concepto expresado.
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 948 MS
Paraná, 17 de abril de 2015
Reconociendo la licencia por estudio con
goce de haberes usada por la Dra. Angela
María Figueroa Sobrero DNI N° 14.854.895,
Legajo N° 138.442, quien revista como Jefe de
Clínica (i)- Carrera Profesional Asistencial Sanitaria Escalafón Sanidad del Hospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná, por haber
asistido desde el 15 al 18 de junio de 2013, al
“95th Annual Meeting Expo Of The Endocrine
Society”, que se llevó a cabo en la ciudad de
San Francisco- California, encuadrándose la
presente gestión, en los alcances del artículo
48°- Ap. A- Inc. k) de la Ley 9892- Carrera
Profesional Asistencial Sanitaria y en el artículo 24° del Decreto N° 5703/93 MGJE (texto
único y ordenado según la Ley 3289) en virtud
a lo establecido en la última parte del 2° párrafo del artículo 1° y de los artículos 52° y 121°
de la Ley 9755 y su modificatoria Ley 9811.
— — —
DECRETO Nº 949 MS
RECTIFICANDO DECRETO
Paraná, 17 de abril de 2015
VISTO:
El Decreto Nº 5175 MS de fecha 30 de diciembre de 2014; y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado decreto se aprueba
todo lo actuado en la Licitación Pública N°
48/14 cuya fecha de apertura tuvo lugar el dio
23.10.14, autorizada mediante Resolución N°
3493/14 MS ratificada mediante Decreto Nº
3614/14 MS., para la compra equipamiento con
destino al Servicio de Anestesiología del Hospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná,
por un importe de pesos dos millones ciento
ochenta y seis mil ochocientos veintiséis ($
2.186.026,00);
Que la División Control del Gasto de la Dirección General de Administración del Ministerio
de Salud solicita a fs. 880 de autos la rectificación del Decreto N° 5175/14 MS donde dice:
“Artículo 5°.- Impútase el gasto a las siguientes cuentas del Presupuesto Vigente: DA 960
-C 1 -J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG al SP 00 -PY
00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 -SF 0001
- I 4 -PR 3 -PA 3 -SP 0000 -DP 84 -UG 07 $
2.052.026,00.
DA 960 -C 1-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG al
-SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF
11 -SF 0001 - I 2 -PR 9 -PA 9 -SP 0000 -DP 84
-UG 07 $ 134.800,00, deberá leerse: “Artículo
5°.- Impútase el gasto a las siguientes cuentas
del presupuesto vigente;
DA 960 -C 1-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG al
-SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF
11 –SF 0001 - I 2 -PR 9 -PA 9 -SP 0000 -DP
84 -UG 07 $ 134.800,00.
DA 960 -C 1-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 19
-SP 00 -PY 00 -AC 04 -OB 00 -FI 3 -FU 12 -FF
11 -SF 0001 - I 4 -PR 3 -PA 3 -SP 0000 -DP 84
-UG 07, $ 2.052.026,00”;
Que en virtud a lo expuesto corresponde acceder a lo solicitado reimputando el gasto al
presupuesto vigente año 2015;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A :
Art. 1º — Rectifícase el Decreto N° 5175/14
MS donde dice: “Artículo 5°.- Impútase el gasto
a las siguientes cuentas del presupuesto vigente: DA 960 -C l-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG
01 -SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14
-FF 11 -SF 0001 - I 4 -PR 3 - PA 3 -SP 0000
-DP 84 -UG 07 $ 2.052.026,00.
DA 960 -C l-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 01
-SP 00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF
11 –SF 0001 - I 2 -PR 9 -PA 9 -SP 0000 -DP
84 -UG 07 $ 134.800.00, deberá leerse: “Artículo 5°.- Impútase el gasto a las siguientes
cuentas del presupuesto vigente: DA 960 -C 1
-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 01 -SP 00 -PY 00
-AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 –SF 0001
-12 -PR 9 -PA 9 -SP 0000 -DP 84 -UG 07 $
134.800,00.
DA 960 -C 1-J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 19
-SP 00 -PY 00 -AC 04 -OB 00 -FI 3 -FU 12 -FF
11 –SF 0001 -14 -PR 3 -PA 3 -SP 0000 -DP 84
-UG 07 $ 2.052.026,00”.
Art. 2º — EL presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social a cargo del Ministerio
de Salud, conforme autoridad conferida mediante Decreto N° 4525/14 GOB.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
— — —
RESOLUCIÓN Nº 4661 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la Unidad de Cardiología Intervencionista Sociedad Anónima de Paraná, en
concepto de prestaciones efectuadas al paciente Raúl Jorge López, DNI Nº 13.009.225,
derivado del Hospital “San Martín” de esta ciudad, por ser de alta complejidad, en el mes de
septiembre/14, por la suma de $ 2.657,96, según factura “B” Nº 0001-00004615, de fecha
27.09.14, obrante a fs. 12 de autos.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3º, concordante con el Decreto Nº
795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4º, puntos a) y b), Decreto Nº 5526/07, Nº 6721/07 y
Nº 1334/14 todos MEHF y Decreto convenio Nº
973/03 MSAS y su modificatoria Resolución Nº
3095/13 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante Tesorería General de la Provincia y el pago a favor de la
Unidad de Cardiología Intervencionista Sociedad Anónima de Paraná, por la suma total de
$ 2.657,96, con cargo a rendir cuenta ante el
Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud
a lo aprobado por el presente texto legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4662 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con el Instituto de Nefrología de Entre
Ríos, INER Siglo XXI de Paraná, en concepto
de prestaciones efectuadas a la paciente Isabel Angélica Morales, DNI Nº 12.842.838, en
el mes de septiembre/14, derivada del sector
público de esta ciudad por ser de alta complejidad, por la suma de $ 8.814,00, según factura
“B” Nº 0001-00003503 de fecha 30.09.14,
obrante a fs. 13 de autos, en virtud de lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3º, concordante con el Decreto
reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículos
133º y 142º, inciso 4, puntos a)y b), Decreto
modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Resolución
Nº 725/14.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería
General de la Provincia y el pago al Instituto de
Nefrología de Entre Ríos, INER Siglo XXI de
Paraná, por la suma total de $ 8.814,00, con
cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de
Cuentas de la Provincia.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4663 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa de los servicios prestados por la firma Clínica Modelo SA
de esta ciudad, en concepto de prestaciones
realizadas en el mes de agosto/14, al paciente
Enrique Samuel Meier, DNI Nº 8.452.405, derivada del Hospital “San Martín” de Paraná, por
ser de alta complejidad, por la suma de $
54.000,00, según factura “B” Nº 000100028316 del 29.08.14 obrante a fs. 02 de
autos, atento a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con el Decreto Nº
795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4º, puntos a y b y Decretos Nºs. 5526/07, 6721/07 y
1334/14 todos MEHF, Decreto convenio Nº
973/03 MSAS y su modificatoria Resolución Nº
3095/13 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de
la Provincia y a realizar el pago a favor de la
firma Clínica Modelo SA de esta ciudad, por la
suma total de $ 54.000,00, en mérito de lo
dispuesto por la presente resolución y con cargo a rendir cuenta al Tribunal de Cuentas de la
Provincia de Entre Ríos.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4664 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con el Instituto Privado de Pediatría,
IPP, de Paraná, en concepto de prestaciones
efectuadas a la paciente Zoe Comelli, DNI en
trámite, en el mes de julio/14 derivada del
sector público, por ser de alta complejidad, por
la suma de $ 55.793,30, según factura “B” Nº
0001-00004417 de fecha 25.09.14 obrante a
fs. 2 de autos, debiendo efectuarse un débito
por un importe de $ 1.424,84, según surge de
fs. 81/82 de autos, en virtud de lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 9º, concordante con el Decreto Nº
795/96 MEOSP, Artículos 133º y 142º, inciso
4º, puntos a) y b), Decreto modificatorio Nº
1334/14 MEHF y Resolución Nº 1771/96.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería
General de la Provincia y el pago al Instituto
Privado de Pediatría, IPP, de Paraná, por la
suma total de $ 54.368,46, con cargo a rendir
cuenta al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
presentando el prestador nota de crédito “B” Nº
0001-00000459 de fecha 28.10.14, por la suma
de $ 1.424,84, la cual obra a fs. 84 de autos,
en virtud de lo dispuesto por la presente resolución.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4665 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la Sra. Rodríguez, Evangelina,
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
Profesora de Sordos Educación Integral, de
Gral. Galarza, Entre Ríos, en concepto de la
atención prestada como Maestra Integradora
del paciente Guillermo Daniel Ramírez, beneficiario UGP, Incluir Salud Nº 405-8233683/00,
DNI Nº 44.211.199, realizada en el mes de
julio/14, por la suma de $ 4.685,58, según
factura “C” Nº 0001-00000002 de fecha
05.08.14, obrante a fs. 07 de autos, atento a lo
expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con el Decreto
reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo
142º, inciso 4, puntos a y b, Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº 3912 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a efectuar el pago
a la Sra. Rodríguez, Evangelina, Profesora de
Sordos Educación Integral, de Gral. Galarza,
Entre Ríos la suma de $ 4.685,58, según factura “C” Nº 0001-00000002 de fecha 05.08.14
obrante a fs. 07 de autos, efectuado el pago el
Departamento Tesorería Jurisdiccional deberá
rendir al Tribunal de Cuentas de la Provincia
de Entre Ríos, atento a lo reconocido por la
presente resolución.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4666 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, efectuada entre este Ministerio y la
Policía de Entre Ríos, Departamental Paraná,
en concepto de seguridad en el Nivel Central
del Ministerio de Salud ubicado en calle 25 de
Mayo Nº 139 de la Ciudad de Paraná, por la
suma total de $ 48.755,52, según contrato de
locación de Servicios Adicionales, obrante a fs.
1 de autos, por el mes de agosto/14, en virtud
de lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C), apartado B), punto 1, concordante con su Decreto
reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo
142º, punto 1 y Decretos Nºs. 1334/14 MEHF,
1239/09 MGJEOySP.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a abonar a la
Policía de Entre Ríos, Departamental Paraná,
la suma total de $ 48.755,52, en concepto de
lo aprobado por la presente resolución, previa
presentación del comprobante del pago pertinente.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4667 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la Clínica de Nefrología, Urología
y Enfermedades Cardiovasculares SA de Santa Fe, en concepto de la atención prestada a la
beneficiaria del Programa UGP, Incluir Salud
Nº 405-7065766/00, Paulina María Aranda,
DNI Nº 6.407.820, derivada del sector público
por ser de alta complejidad, según factura “B”
Nº 0008-00001264, del 31.07.14, por la suma
de $ 50.776,78, obrante a fs. 03 de autos,
debiendo efectuar débitos a la facturación presentada al cobro, por la suma de $ 7.729,28,
conforme surge a fs. 57 nota de crédito “B” Nº
0009-00000563 del 23.10.14, atento a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con el Decreto
reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo
142º, inciso 4º, puntos a y b, Decreto modificatorio 1334/14 MEHF y Decretos Nºs. 4788/11
MS y 3912/12 MS, Resolución Nº 1733/13 MS,
Rectificatorias 2163/13 MS y 2363/13 MS.Facultando a la Dirección General de Admi-
BOLETIN OFICIAL
nistración de este Ministerio, a efectuar el pago
a favor de la Clínica de Nefrología, Urología y
Enfermedades Cardiovasculares SA de Santa
Fe, la suma total de $ 43.047,50, obrando nota
de crédito “B” Nº 0009-00000653 del 23.10.14,
por la suma de $ 7.729,28, en mérito de lo
dispuesto por la presente resolución, y con
cargo a rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4668 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con el Servicio de Transporte de Pasajeros JEF de Claudia R. Zatti de San Benito,
correspondiente al mes de marzo/14, por la
suma de $ 13.507,20, en virtud de la factura
“C” Nº 0001-00000323 del 01.04.14, obrante a
fs. 21 de autos, en concepto de transporte
escolar de los beneficiarios UGP, Incluir Salud,
Juan Pablo González, Nº 405-8193975/00, DNI
Nº 44.152.140, Aldana Agustina Céparo, Nº
405-8292286/00, DNI Nº 46.466.990, y Américo Alberto Espinoza, Nº 405-8415447/03, DNI
Nº 40.691.940, debiéndose realizar débitos a
la facturación presentada al cobro, por la suma
total de $ 5.402,88, obrando nota de crédito “C”
Nºs. 0001-00000365 del 19.08.14 y 000100000341 del 25.06.14, obrante a fs. 32 y 33
de autos, en mérito de lo expresado.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c), apartado b), punto 3, concordante con el Decreto
reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo
142º, inciso 4, puntos a y b, Decreto modificatorio Nº 1334/14 MEHF, Decreto Nº 3912/12
MS y Resolución Nº 4571/09 SS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a abonar al Servicio de Transporte de Pasajeros JEF de Claudia R. Zatti de San Benito, la suma de $
8.104,32, en virtud de lo reconocido por la
presente resolución.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4669 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la Sra. Guibaudo, Elizabeth Roxana
Paola, Psicopedagoga de Concordia, en concepto de la atención prestada como Psicopedagoga de los pacientes Tomás Gastón Ignacio Lezcano, DNI Nº 44.624.079, beneficiario
UGP, Incluir Salud Nº 405-8591069/00, realizada en el mes de mayo/14, por la suma de $
2.767,68, según factura “C” Nº 0002-00000315
de fecha 05.06.14, obrante a fs. 04 de autos,
atento a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3, concordante con el Decreto Nº
795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4º, puntos a y b, Decreto modificatorio Nº 1334/14
MEHF y Decreto Nº 3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a efectuar el pago
a la Sra. Guibaudo, Elizabeth Roxana Paola,
Psicopedagoga de Concordia, por la suma total de $ 2.767,68, según factura “C” Nº 000200000315 de fecha 05.06.14, obrante a fs. 04
de autos, atento a lo reconocido por la presente resolución.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4670 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la Clínica Modelo SA de Paraná, en
concepto de prestaciones efectuadas al paciente Francisco Tomás Olier, DNI Nº
30.554.920, derivada del sector público por ser
de alta complejidad, en el mes de junio/14,
según factura “B” Nº 0001-00027900 por la
7
suma de $ 11.053,88, de fecha 25.07.14 obrante a fs. 02 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por la Ley 5140, texto único y ordenado
Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso
c), apartado b), punto 3º, concordante con el
Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículos Nºs. 133º y 142º, inciso 4º, puntos a) y
b), Decretos Nºs. 1334/14 MEHF, Decreto Nº
1771/96.Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a efectuar la
solicitud de fondos ante la Tesorería General
de la Provincia y el pago a favor de la firma
Clínica Modelo SA de Paraná, por la suma total
de $ 11.053,88, con cargo a rendir cuenta al
Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud
a lo aprobado por el presente texto legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4671 MS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 17 de diciembre de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se
tramita una modificación presupuestaria mediante la transferencia compensatoria de créditos, por la suma de Pesos nueve millones ($
9.000.000,00); y
CONSIDERANDO:
Que la modificación presupuestaria propuesta tiene por objeto obtener los recursos económicos para atender gastos del Ministerio de
Salud;
Que se han confeccionado al efecto las planillas analíticas del gasto que agregadas forman parte integrante de la presente resolución;
Que la presente gestión se encuadra en el
Artículo 2º del Decreto Nº 4889/14 MEHF;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de
Desarrollo Social A/C del Ministerio de Salud
R E S U E L V E :
Art. 1º.- Modificar el Presupuesto General de
la Administración Provincial Ejercicio 2014 en
la Jurisdicción 45, Ministerio de Salud, mediante transferencia compensatoria de créditos,
por un monto de Pesos nueve millones ($
9.000.000,00), de conformidad a las planillas
analíticas del gasto, que agregados forman
parte integrante de la presente resolución, en
mérito de lo expuesto en los considerandos
precedentes.Art. 2º.- Encuadrar la presente gestión en el
Artículo 2º del Decreto Nº 4889/14 MEHF.Art. 3º.- Registrar, comunicar y archivar.Carlos G. Ramos
— — —
RESOLUCIÓN Nº 4672 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Dando de baja al Farmacéutico Andrés Pattini, MP Nº 687, DNI Nº 23.143.402, en las funciones de directora técnica de la “Droguería
Kellerhoff SA”, sita en calle Sarmiento Nº 642
de la Ciudad de Concordia, propiedad de la
Droguería Kellerhoff SA, a partir del 01.08.14.Autorizando a partir del 01.08.14, a la Farmacéutica Vanesa Elizabeth Pesce, MP Nº 703,
DNI Nº 23.443.030, a sumir como directora
técnica de la “Droguería Kellerhoff SA”, sita en
calle Sarmiento Nº 642 de la Ciudad de Concordia, propiedad de la firma Droguería Kellerhoff SA, a partir del 01.08.14.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4673 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Dando de baja a partir del 05.08.14, a la
Farmacéutica Belkis Mariela Tapponier, MP Nº
10207, DNI Nº 23.912.629, en las funciones de
co-directora técnica de la Farmacia “Catedral
II”, sita en calle San Martín Nº 1140 de la
Ciudad de Paraná, propiedad de la firma FACOR SRL, quedando dicho establecimiento
farmacéutico bajo la dirección técnica compar-
8
tida de los Farmacéuticos Pamela Camila Giménez, MP Nº 10212, DNI Nº 32.246.972 y
José Luís Cura, MP Nº 941, DNI Nº
27.983.973.Autorizando a la Farmacia “Catedral II”, sita
en calle San Martín Nº 1140 de la Ciudad de
Paraná, propiedad de la firma FACOR SRL, a
continuar con la extensión horaria, en el horario de lunes a viernes de 8 hs. a 22 hs., sábados de 8 hs. a 13 hs. y de 17 hs. a 21 hs. y
domingos y feriados deberá permanecer cerrado, salvo cuando deba cumplir con los turnos
obligatorios según organigrama.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4674 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Habilitando el ESSIDT Poli Consultorios Médicos denominados “Centro de Vida Sana y
Nutrición SRL”, ubicado en calle Nogoyá Nº
177 de la Ciudad de Paraná, cuyo locador es
la sociedad CUIT Nº 30-71166234-7, formada
po r el Sr. Alberto Roque Bustos, DNI Nº
12.404.080 y la Dra. Gracia Luz Don, DNI
13.508.649, MP Nº 6722, teniendo reconocida
la especialidad en Cardiología y Nutrición,
siendo la directora médica del mismo la profesional antes mencionada, contando con: Edificio Principal: 1 secretaría; 1 sala de espera; 2
consultorios médicos; 1 consultorio con baño
zonificado; 1 sala de rehabilitación, 1 baño
zonificado apto para discapacidad; 2 oficinas
administrativas. El sector cuenta con dos salidas de emergencia. Además de los consultorios, en el sector existen 2 salas de gimnasia,
todo ello conforme a la inspección realizada en
fecha 16.09.14, por el Departamento Atención
Médica, dependiente de la Dirección de Atención Médica de este Ministerio de Salud.Prohibiendo la preparación, dispensación,
despacho y venta al público de productos suplementos dietarios en el ESSIDT Poli Consultorios Médicos denominado “Centro de Vida
Sala y Nutrición SRL”, ubicado en calle Nogoyá
Nº 177 de la Ciudad de Paraná.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4675 MS
RECTIFICANDO ARTÍCULOS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
VISTO:
La Resolución Nº 1924 MS de fecha
10.06.13; y
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado texto legal, se menciona como domicilio de la Farmacia “Las Heras”, calle Las Heras Nº 741 de la Ciudad de
Concordia, propiedad de la Sra. Leonor Estela
Lisa de Chicco, LC Nº 5.796.571, siendo el
domicilio correcto del mencionado establecimiento, calle Las Heras Nº 720 y el nombre
correcto de su propietaria, la Sra. Leonor Ester
Lissa de Chicco, LC Nº 5.796.571;
Que por estas actuaciones se interesa rectificar los Artículos 1º, 2º y 3º de la Resolución
Nº 1924 de fecha 10.06.13, dejando aclarado
que el domicilio correcto de la Farmacia “Las
Heras”, en Las Heras Nº 720, siendo la propietaria de la misma, la Sra. Leonor Ester Lissa
de Chicco, LC Nº 5.796.571;
Que a fs. 4 y 5 obra copia de la Resolución
Nº 1208 SS de fecha 06.06.1995, donde se
autoriza el traslado de la Farmacia “Las Heras”, calle Las Heras Nº 741 de la Ciudad de
Concordia, propiedad de la Sra. Leonor Ester
Lissa de Chicco, LC Nº 5.796.571, al nuevo
domicilio ubicado en calle Las Heras Nº 720 de
la misma localidad;
Que ha tomado intervención el Departamento Integral del Medicamento y dictaminado la
Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio de Salud;
BOLETIN OFICIAL
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de
Desarrollo Social A/C del Ministerio de Salud
R E S U E L V E :
Art. 1º.- Rectificar los Artículo 1º, 2º y 3º de
la Resolución Nº 1924 MS de fecha 10.06.13,
dejando aclarado que el domicilio correcto de
la Farmacia “Las Heras”, calle Las Heras Nº
720, siendo la propietaria de la misma, la Sra.
Leonor Ester Lissa de Chicco, LC Nº
5.796.571.Art. 2º.- Comunicar, publicar y archivar.Carlos G. Ramos
— — —
RESOLUCIÓN Nº 4676 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Autorizando a la Farmacéutica María de los
Milagros Airaldi, MP Nº 642, DNI Nº
22.680.429, el alta como Farmacéutica Auxiliar
del Farmacéutico Carlos Alberto Bruno, MP Nº
735, DNI Nº 23.004.489, en la Farmacia “San
Luís II”, sita en calle San Martín Nº 1984 de la
Ciudad de Crespo, propiedad del Sr. Pablo
Javier Bruno, DNI Nº 21.695.436 y de la Sra.
María de los Milagros Airaldi, DNI Nº
22.690.429, a partir del 18.07.14.Dejando aclarado que el desempeño de la
Farmacéutica María de los Milagros Airaldi,
MP Nº 642, DNI Nº 22.680.429, como farmacéutica auxiliar del Farmacéutico Carlos Alberto Bruno, MP Nº 735, DNI Nº 23.004.489, en la
Farmacia “San Luís II”, sita en calle San Martín
Nº 1984 de la ciudad de Crespo, no deberá
superponerse con otros desempeños profesionales debiendo actuar conforme lo establece
el Artículo 66º de la Ley 3818.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4677 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Rectificando el domicilio de la Farmacia “Oro
Verde”, de propiedad y bajo la dirección técnica del Farmacéutico Raúl Federico Aguilar, MP
Nº 764, DNI Nº 25.236.751, sita en calle Los
Horneros Nº 437 de la Localidad de Oro Verde,
Departamento Paraná, siendo la actual denominación, calle Avenida Intendente Carlos del
Castillo Nº 437 de la mencionada localidad.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4678 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Autorizando al Farmacéutico Daniel Elías
Carruela, MP Nº 10216, DNI Nº 32.941.250, a
asumir como co-director técnico de la Farmacia “Farra Full 1”, sita en calle San Juan Nº
1399 de la Ciudad de Concordia, propiedad de
Bienteveo SRL, a partir del 19.03.14, compartiendo, dicha regencia con las Farmacéuticas
Ana Margarita Flores, MP Nº 10.173, DNI Nº
33.011.582 y Tatiana Alexandra Maidana, MP
Nº 10130, DNI Nº 29.647.598.Autorizando al Farmacéutico Nicolás Héctor
Cian, MP Nº 10233, DNI Nº 33.278.410, a asumir como co-director técnico de la Farmacia
“Farma Full 1”, sita en calle San Juan Nº 1399
d e l a C i u d a d d e C o n c o rd i a , a p a rt i r d e l
14.05.14, compartiendo dicha regencia con los
Farmacéuticos Ana Margarita Flores, MP Nº
10173, DNI Nº 33.011.582, Tatiana Alexandra
Maidana, MP Nº 10130, DNI Nº 29.647.598 y
el Farmacéutico Daniel Elías Carruela, MP Nº
10216, DNI Nº 32.941.250.Dando de baja a partir del 16.05.14, al Farm a c é u t ic o D a n i e l E l í a s C a rr u e la, M P N º
10216, DNI Nº 32.941.250, en la co-dirección
técnica de la Farmacia “Farma Full 1”, sita en
calle San Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, quedando dicho establecimiento farmacéutico bajo la dirección técnica compartida de
los Farmacéuticos Ana Margarita Flores, MP
Nº 10173, DNI Nº 33.011.582, Tatiana Alexandra Maidana, MP Nº 10130, DNI Nº 29.647.598
y Nicolás Héctor Cian, MP Nº 10233, DNI Nº
33.278.410.-
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
Dando de baja a partir del 19.06.14, al Farmacéutico Nicolás Héctor Cian, MP Nº 10233,
DNI Nº 33.278.410, en la co-dirección técnica
de la Farmacia “Farma Full 1”, sita en calle San
Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, quedando dicho establecimiento farmacéutico
bajo la dirección técnica compartida de las
Farmacéuticas Ana Margarita Flores, MP Nº
10173, DNI Nº 33.011.582 y Tatiana Alexandra
Maidana, MP Nº 10130, DNI Nº 29.647.598.Dejando aclarado que la Farmacéutica Ana
Margarita Flores, MP Nº 10173, DNI Nº
33.011.582, continúa siendo la socia gerente
de la Farmacia “Farma Full 1”, sita en calle San
Juan Nº 1399 de la Ciudad de Concordia, conforme al Artículo 74º, inciso b) de la Ley 3818.Autorizando a la Farmacia “Farma Full 1”,
sita en calle San Juan Nº 1399 de la Ciudad de
Concordia, a continuar con el horario de atención al público de lunes a sábados de 8 fs. a
23 hs., debiendo los días domingos y feriados,
adecuarse a la legislación vigente y cumplir
con los turnos programados, bajo la dirección
técnica de las Farmacéuticas Ana Margarita
Flores, MP Nº 10173, DNI Nº 33.011.582 y
Tatiana Alexandra Maidana, MP Nº 10130, DNI
Nº 29.647.598.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4679 MS
Paraná, 17 de diciembre de 2014
Otorgando una partida extraordinaria por la
suma de $ 7.000,00, con destino a solventar la
compra de presentes para ser entregados al
Sr. Gobernador, Vicegobernador, ministros y
legisladores, con motivo de las fiestas, en concepto de cortesía y homenaje, en virtud de lo
expuesto.Encuadrando la presente gestión dentro del
Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 7º bis y su modificatorio Decreto Nº
1334/14 MEHF y Resolución Nº 489/13 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a realizar la entrega de los fondos al señor Ministro de Salud
Carlos Gustavo Ramos, DNI Nº 31.995.275,
por un importe de $ 7.000,00, a fin de cumplimentar lo dispuesto por la presente resolución,
debiendo rendir cuentas ante la Tesorería de
este Ministerio, dentro de las 72 hs. de entregados los fondos, con los comprobantes originales emitidos por los prestadores y debidamente conformados por autoridad competente,
según normativa vigente e informe de lo desarrollado.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4680 MS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 19 de diciembre de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se
tramita una modificación presupuestaria mediante la transferencia compensatoria de créditos, por la suma de Pesos cuatrocientos mil
($ 400.000); y
CONSIDERANDO:
Que la modificación presupuestaria propuesta tiene por objeto dar solución a diversas
tramitaciones de derivaciones en el ámbito de
este Ministerio de Salud, por la suma de Pesos
cuatrocientos mil ($ 400.000), mediante transferencia compensatoria de créditos;
Que la Dirección General de Administración
dependiente del Ministerio de Salud, ha tomado intervención correspondiente;
Que el Departamento Presupuesto y Contabilidad ha confeccionado planilla analítica del
gasto que forma parte integrante de la presente resolución;
Que la Dirección General de Presupuesto,
informa que la modificación presupuestaria
propuesta resulta técnicamente viable y encuadra en el Art. 2º del Decreto Nº 4889/13
MEHF;
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de
Desarrollo Social A/C del Ministerio de Salud
R E S U E L V E :
Art. 1º.- Modificar el Presupuesto General de
la Administración Provincial Ejercicio 2014 en
la Jurisdicción 45, Ministerio de Salud, Unidad
Ejecutora: Ministerio de Salud; mediante transferencia compensatoria de créditos, por la
suma de Pesos cuatrocientos mil ($ 400.000),
de conformidad a la planilla analítica del gasto,
que agregada forma parte integrante de la presente resolución, en mérito de lo expuesto en
los considerandos precedentes.Art. 2º.- Encuadrar la presente gestión en el
marco del Artículo 2º del Decreto Nº 4889/13
MEHF.Art. 3º.- Registrar, comunicar y archivar.Carlos G. Ramos
— — —
RESOLUCIÓN Nº 4681 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
A partir del 1º de enero de 2015 el organismo
interesado en efectuar una contratación u otorgar una suplencia, deberá previamente comunicar tal requerimiento a la Secretaría de Salud
de la Provincia la que, previo análisis de la
necesidad de la misma, procederá a su registro. Dicho registro habilitará al inicio del trámite
administrativo, pertinente, resultando la autoridad del organismo requirente único responsable por la iniciación de la prestación de servicios del personal no incorporado a dicho registro.La presente resolución ministerial, será aplicable a las contrataciones producidas en el
Nivel Central, en los programas nacionales,
hospitales y centros de Atención Primaria de la
Salud, y ya sea que la misma se instrumente
mediante contrato de servicio, obra o suplencia en cualquiera de sus modalidades de prestación temporaria.La Secretaría de Salud se encuentra facultada para confeccionar un instructivo referido a
la instrumentación del referido registro.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4682 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma de $
35.695,00, a favor del Sr. Tobías Jesús Díaz,
DNI Nº 39.036.400, domiciliado en calle Francisco Iriarte Nº 342 de Larroque, destinado a
solventar gastos por la compra de insumos
ortopédicos.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº
11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de
Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante
Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 35.695,00, destinado
al subsidio otorgado por el presente texto legal
al Sr. Tobías Jesús Díaz, DNI Nº 39.036.400,
con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de
Cuentas de la Provincia.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4683 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Autorizando el otorgamiento de una partida
extraordinaria por una suma total de $
1 0 . 0 0 0 , 0 0 , p a r a l a t ra n s f e r e n c i a a n t e l a
DNRPA del vehículo 0 Km. Mercedes Benz,
modelo Sprinter 415 CDI, C 3665 TE, año
2014, diesel, motor Nº 651955WO 041609, chasis Nº 8 AC 906633FE103576, destinado al
Hospital “Colonia Salud Mental” de Diamante,
en virtud de lo expuesto.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a realizar la entrega
de la suma de $ 10.000,00, al subdirector de la
Dirección de Automotores de la Provincia, Sr.
Elio Edgardo Moreyra, DNI Nº 13.668.369,
quien se encargará de realizar los trámites
pertinentes, debiendo remitir fotocopia de facturas (tipo B o C, a nombre de este Ministerio
BOLETIN OFICIAL
de Salud, CUIL Nº 30-6811253-6, IVA exento)
debidamente autenticadas, con cargo de rendir
cuentas ante el Departamento Tesorería Jurisdiccional, dentro de las 72 hs. de recibido los
fondos, según las normativas legales e impositivas vigentes.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4684 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora Romina Celeste Maldonado, Técnica en Acompañamiento Terapéutico, de Paraná, en concepto de acompañante
terapéutico, efectuado a la paciente Soledad
Vidal, DNI Nº 44.209.898, beneficiaria del Programa Incluir Salud Nº 405-8865061/00, en el
mes de julio/14, según recibo “C” Nº 000100000013 de fecha 08.09.14, por la suma de $
2.250,00, obrante a fs. 08 de autos, en virtud
a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C,
apartado B), punto 3º y su concordante con el
Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto
modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº
3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a
la prestadora Romina Celeste Maldonado, Técnica en Acompañamiento Terapéutico de Paraná, por la suma total de $ 2.250,00, una vez
efectuado el pago el Departamento Tesorería
de este Ministerio de Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia,
en virtud a lo aprobado por el presente texto
legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4685 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en Fonoaudiología de Nogoyá, en
concepto de sesiones de apoyo efectuadas a
la paciente Karla Arismendi Torres, DNI Nº
47.527.284, beneficiaria del Programa UGP,
Incluir Salud Nº 405-8540727/00, en el mes de
octubre/13, según recibo “C” Nº 000100000865 de fecha 30.09.14 por la suma de $
2.270,40, obrante a fs. 03 de autos, en virtud
a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C,
apartado B), punto 3º y su concordante con el
Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto
modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº
3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a
la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en
Fonoaudiología de Nogoyá, por la suma total
de $ 2.270,40, obrante a fs. 03 de autos, una
vez efectuado el pago el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud deberá rendir
cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente
texto legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4686 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en Fonoaudiología de Nogoyá, en
concepto de sesiones de apoyo efectuadas a
la paciente Karla Arismendi Torres, DNI Nº
47.527.284, beneficiaria del Programa UGP,
Incluir Salud Nº 405-8540727/00, en el mes de
mayo/14, según recibo “C” Nº 0001-00000872
de fecha 30.09.14 por la suma de $ 2.767,68,
obrante a fs. 03 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C,
9
apartado B), punto 3º y su concordante con el
Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto
modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº
3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a
la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en
Fonoaudiología de Nogoyá, por la suma total
de $ 2.767,68, obrante a fs. 03 de autos, una
vez efectuado el pago el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud deberá rendir
cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente
texto legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4687 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Autorizando la transferencia de fondos al
Hospital “San Martín” de Paraná, por la suma
total de $ 500.000,00, con destino a urgencias,
como compra de elementos específicos para la
atención de pacientes en casos excepcionales
y de extrema urgencia, que se tramitan por
subsidios, con cargo de rendir cuentas ante el
Tribunal de Cuentas de la Provincia, en mérito
a lo expresado.Estableciendo que la Administración del Hospital “San Martín” de esta ciudad deberá informar ante la Dirección de Atención Médica Jurisdiccional, como asimismo rendir cuenta ante
el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en
mérito de lo dispuesto por el Decreto Nº 36/13
MS.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por Decreto Nº 11/14 MS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería
General de la Provincia y la transferencia al
Hospital “San Martín” de Paraná, por la suma
total de $ 500.000,00, con cargo de rendir
cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo autorizado en la presente
resolución.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4688 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora María Adela Sosa, Licenciada en Fonoaudiología de Nogoyá, en
concepto de sesiones de apoyo efectuadas a
la paciente Karla Arismendi Torres, DNI Nº
47.527.284, beneficiaria del Programa UGP,
Incluir Salud Nº 405-8540727/00, en el mes de
septiembre/13, según recibo “C” Nº 000100000864 de fecha 30.06.14 por la suma de $
2.270,40, obrante a fs. 03 de autos, en virtud
a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C,
apartado B), punto 3º y su concordante con el
Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto
modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº
3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a
la prestadora María Estela Guillem, Psicopedagoga de Paraná, por la suma total de $
2.270,40, obrante a fs. 03 de autos, una vez
efectuado el pago el Departamento Tesorería
de este Ministerio de Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia,
en virtud a lo aprobado por el presente texto
legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4689 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa con el Correo Argentino, Correo Oficial de la República
Argentina SA, sucursal Paraná, en concepto
del servicio prestado durante el mes de septiembre de 2014, según detalle obrante de fs.
2 a fs. 4 de autos, por la suma de $ 37.400,05,
s e gú n f ac tu ra “B” N º 29 79-00 000 320 de l
10
30.09.14, obrante a fs. 1 de autos, en virtud de
lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 1, concordante con el Decreto
reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo
142º, puntos 1 y Decretos Nº 7846/04 y Nº
1334/14 ambos MEHF.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago al
Correo Argentino, Correo Oficial de la República Argentina SA, sucursal Paraná, por la suma
total de $ 37.400,05, una vez efectuado el pago
el Departamento Tesorería del Ministerio de
Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de
Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4690 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía de excepción, con la Clínica de Nefrología, Urología
y Enfermedades Cardiovasculares SA de Santa Fe, en concepto de la atención prestada a la
p a c i e n t e C a m i la B e l é n M a i d a n a , D N I N º
41.610.562, derivada del sector público por ser
de alta complejidad, por la suma de $ 8.825,00,
según factura “B” Nº 0008-00001345, de fecha
25.08.14, obrante a fs. 1 de autos, en virtud de
lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en la Ley
5140, texto único y ordenado Decreto Nº
404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso b), apartado c), punto 3º, concordante con el Decreto
reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo
142º, inciso 4º, puntos a) y b), Decreto Nº
1334/14 MEHF y Decreto Nº 2363/13 MEHF.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud, y el
pago a favor de la Clínica de Nefrología, Urología y Enfermedades Cardiovasculares SA de
Santa Fe, por la suma total de $ 8.825,00, una
vez efectuado el pago el Departamento Tesorería del Ministerio de Salud deberá rendir
cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente
texto legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4691 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora María Estela Guillem,
Psicopedagoga de Paraná, en concepto de sesiones de psicopedagogía efectuadas al paciente Leían Josué Tablada, DNI Nº
44.819.971, beneficiaria del Programa UGP,
Incluir Salud Nº 405-8215376/00, en el mes de
julio/14, según factura “C” Nº 0002-00000059
de fecha 30.07.14 por la suma de $ 2.449,44,
obrante a fs. 4 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C,
apartado B), punto 3º y su concordante con el
Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto
modificatorio Nº 1334/14 MEHF y Decreto Nº
3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a
la prestadora María Estela Guillem, Psicopedagoga de Paraná, por la suma total de $
2.449,44, una vez efectuado el pago el Departamento Tesorería de este Ministerio de Salud,
deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por
el presente texto legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4692 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con la prestadora Kochendoerfer, Sonia
Ana María, Psicopedagoga de Paraná, en concepto de sesiones de psicopedagogía efectuadas a las pacientes Iara Milenka Schimpf, DNI
BOLETIN OFICIAL
Nº 47.327.639, beneficiaria del Programa
UGP, Incluir Salud Nº 405-8535200/00 y Denise Monzón Sánchez, DNI Nº 44.497.677, beneficiaria del Programa UGP, Incluir Salud Nº
405-8197587/00, en el mes de junio/14, según
recibo “C” Nº 0001-00000441 de fecha
05.07.14 por la suma de $ 2.767,68, obrante a
fs. 2 de autos, en virtud a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C,
apartado B), punto 3º y su concordante con el
Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículo 142º, inciso 4, puntos a) y b), Decreto
modificatorio Nº 1258/13 MEHF y Decreto Nº
3912/12 MS.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago a
la prestadora Kochendoerfer, Sonia Ana María, Psicopedagoga de Paraná, por la suma
total de $ 2.767,68, en virtud a lo aprobado por
el presente texto legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4693 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma de $
80.000,00, a favor de la Sra. Cintia Lorena
Ferrari, DNI Nº 29.128.676, domiciliada en calle Jujuy y Misiones de Gualeguaychú, destinado a solventar gastos por la compra de insumos ortopédicos, para el paciente Nahuel Mondragón, DNI Nº 47.980.163.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº
11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de
Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la
Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 80.000,00, destinado
al subsidio otorgado por el presente texto legal
a la Sra. Cintia Lorena Ferrari, DNI Nº
29.128.676, con cargo de rendir cuenta ante el
Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4694 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma de $
78.800,00, a favor del Sr. Julio Argentino Acuña, DNI Nº 28.138.185, domiciliado en Pasaje
Mendoza Nº 316 de Federación, destinado a
solventar gastos por la compra de insumos
ortopédicos, siendo responsable la Sra. Yanina Maricel Prestes, DNI Nº 31.910.494.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº
11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de
Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la
Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $
78.800,00, destinado al subsidio otorgado por
el presente texto legal al Sr. Julio Argentino
Acuña, DNI Nº 28.138.185, con cargo de rendir
cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4695 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma de $
1.120,00, a favor de la Sra. Verónica Andrea
Muñoz, DNI Nº 27.835.982, domiciliada en calle de Irigoyen Nº 808 de Gualeguay, destinado
a solventar gastos por alojamiento para tratamiento oncológico.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº
11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de
Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la
Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “San Antonio” de Gualeguay,
por un importe de $ 1.120,00, destinado al
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
subsidio otorgado por el presente texto legal a
l a S r a . V e r ó n i c a A n d re a M u ñ o z , D N I N º
27.835.982, con cargo de rendir cuenta ante el
Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4696 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma de $
10.800,00, a favor de la Sra. Fiama Bárbara
Núñez, DNI Nº 36.897.808, con domicilio en
calle Valdez Nº 846, Villaguay, destinado a
solventar gastos para la compra de insumos
ortopédicos, siendo responsable la Sra. Silvana Belmonte, DNI Nº 20.871.046.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº
11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de
Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la
Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Santa Rosa” de Villaguay,
por un importe de $ 10.800,00, destinado al
subsidio otorgado por el presente texto legal a
la Sra. Fiama Bárbara Núñez, DNI Nº
36.897.808, con cargo de rendir cuenta ante el
Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4697 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma de $
9.920,00, a favor de la Sra. Dominga Ernestina
Vargas, DNI Nº 14.092.423, con domicilio en
calle Laprida Nº 1215, Concordia, destinado a
solventar gastos para la compra de 2 audífonos.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº
11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de
Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la
Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Dr. Felipe Heras” de Concordia, por un importe de $ 9.920,00, destinado
al subsidio otorgado por el presente texto legal
a la Sra. Dominga Ernestina Vargas, DNI Nº
14.092.423, con cargo de rendir cuenta ante el
Tribunal de Cuentas de la Provincia.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4698 MS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 22 de diciembre de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se
tramita una modificación presupuestaria mediante transferencia compensatoria de créditos, por la suma de Pesos un millón cuatrocientos ochenta mil ($ 1.480.000,00); y
CONSIDERANDO:
Que la modificación presupuestaria propuesta tiene por objeto dar solución a diversas
tramitaciones de subsidios a personas en el
ámbito de este Ministerio, por la suma de Pesos un millón cuatrocientos ochenta mil ($
1.480.000,00), mediante transferencia compensatoria de créditos;
Que la Dirección General de Administración
dependiente del Ministerio de Salud, ha realizado el informe técnico correspondiente;
Que el Departamento Presupuesto y Contabilidad ha confeccionado planilla analítica del
gasto, la que agregada, forma parte integrante
de la presente resolución;
Que la Dirección General de Presupuesto, ha
informado la viabilidad de la gestión;
Que la presente gestión se encuadra en el
Artículo 2º del Decreto Nº 4889/13 MEHF;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de
Desarrollo Social A/C del Ministerio de Salud
R E S U E L V E :
Art. 1º.- Modificar el Presupuesto General de
la Administración Provincial Ejercicio 2014 en
la Jurisdicción 45, Ministerio de Salud, Unidad
Ejecutora: Ministerio de Salud; mediante transferencia compensatoria de créditos, por un
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
monto de Pesos un millón cuatrocientos ochenta mil ($ 1.480.000,00), de conformidad a la
planilla analítica del gasto, que agregada forma parte integrante de la presente resolución,
en mérito de lo expuesto en los considerandos
precedentes.Art. 2º.- Encuadrar la presente gestión en el
Artículo 2º del Decreto Nº 4889/13 MEHF.Art. 3º.- Registrar, comunicar y archivar.Carlos G. Ramos
— — —
RESOLUCIÓN Nº 4699 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Aprobando la contratación directa, vía excepción, con el Ministerio de Salud de la Nación,
INCUCAI de Capital Federal, Buenos Aires, en
concepto de gastos de procuración de CPH
destinado a la pacientes Mía Mailen Yancovich, DNI Nº 52.492.045, en el mes de junio/14,
derivada del sector público por ser de alta
c o m ple jid ad, s egú n f ac tu ra “C ” N º 00 0200002955 de fecha 25.08.14 por la suma de $
22.915,51, obrante a fs. 02 de autos, en virtud
a lo expuesto.Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto Ley 5140, texto único y ordenado Decreto Nº 404/95 MEOSP, Artículo 27º, inciso C,
apartado B), punto 3º, concordante con el Decreto reglamentario Nº 795/96 MEOSP, Artículos 133º y 142º, inciso 4, puntos a y b, Decreto
Nº 1334/14 del MEHF, Ley Nº 24193, Decreto
reglamentario Nº 512/95.Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccional, a efectuar el pago al
Ministerio de Salud de la Nación, INCUCAI de
Capital Federal, Buenos Aires, por la suma de
$ 22.915,51, una vez efectuado el pago el
Departamento Tesorería de este Ministerio de
Salud deberá rendir cuenta ante el Tribunal de
Cuentas de la Provincia, en virtud a lo aprobado por el presente texto legal.— — —
RESOLUCIÓN Nº 4700 MS
Paraná, 22 de diciembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma de $
890,00, a favor de la Sra. Olga Cristina Burgos,
DNI Nº 21.835.830, domiciliada en calle Juan
de Garay Nº 354 de Urdinarrain, destinado a
solventar gastos por la realización de una resonancia magnética.La presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº
11/14 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de
Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la
Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Gral. Belgrano” de Urdinarrain, por un importe de $ 890,00, destinado al
subsidio otorgado por el presente texto legal,
a la Sra. Olga Cristina Burgos, DNI Nº
21.835.830, con cargo de rendir cuenta ante el
Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
ADMINISTRADORA TRIBUTARIA
DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 285 ATER
DEUDAS COMPRENDIDAS DENTRO DE
DECRETO
Paraná, 30 de julio de 2015
VISTO:
El Decreto N° 2303/15 MEHF; y
CONSIDERANDO:
Que el citado Decreto establece un “Plan
Especial de Regularización de Obligaciones
Tributarias” que comprende a todas las deudas
que por impuesto inmobiliario registren las partidas rurales y subrurales, sus multas e intereses vencidos al 30 de junio de 2015; y
Que el mencionado Régimen prevé diferentes modalidades de ingreso de la deuda fiscal
a regularizar, pudiendo optar el contribuyente
por abonar su deuda en hasta 18, 24 o 36
cuotas mensuales o en hasta 3, 4 ó 6 cuotas
semestrales, dependiendo si se trata de perso-
BOLETIN OFICIAL
nas jurídicas o físicas y del segmento en que
se encuentren comprendidas sus partidas; y
Que asimismo, se establecen diferentes porcentajes de entregas y de reducción de multas
e intereses resarcitorios, según los segmentos
involucrados y el tipo de contribuyente de que
se trate; y
Que por otra parte, el régimen también prevé
la condonación de las multas por incumplimiento a los deberes formales y sus intereses
para aquellos contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividades agropecuarias como su principal actividad; y
Que a los fines de la implementación del
Régimen de Regularización instituido por el
Decreto N° 2303/15 MEHF, el Poder Ejecutivo
ha facultado a la Administradora Tributaria a
dictar las normas que resulten necesaria para
su aplicación; y
Que por tales motivos y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5° del Decreto
N° 2303/15 MEHF, resulta procedente reglamentar el procedimiento y fijar las condiciones
para el otorgamiento de los beneficios establecidos por dicho Decreto; y
Por ello;
El Director Ejecutivo de la Administradora
Tributaria de Entre Ríos
R E S U E L V E :
Art. 1º.- Se encuentran comprendidos en el
marco de las disposiciones del Decreto N°
2303/15 MEHF las deudas devengadas al 30
de junio de 2015 correspondientes al Impuesto
Inmobiliario Rural- Segmentos 1-2-3 y 4 del
Anexo y Subrural. Quedan exceptuadas del
presente régimen aquellas deudas sobre las
cuales se hubiese formulado denuncia penal.
A los fines de determinar la deuda a regularizar en el presente Régimen se considerarán
los Impuestos vencidos al 30 de junio de 2015
y las multas e intereses resarcitorios devengados hasta la fecha de suscripción del acogimiento, sin perjuicio de las quitas que sobre los
accesorios se efectúe, conforme al tipo de contribuyente y segmento en que se encuentre la
partida inmobiliaria.
En el caso de inmuebles Subrurales, será
condición para ingresar al régimen, que el contribuyente sea persona física y revista el carácter de pequeño productor agropecuario en los
términos de la Resolución Nº 5.484/08 SPG, lo
que deberá acreditarse con la presentación de
la Declaración Jurada, cuyo modelo se adjunta
a la presente.
Asimismo, los contribuyentes del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividades agropecuarias -como actividad principal-, independientemente de que registren
deudas en el Impuesto Inmobiliario Rural o
Subrural, podrán presentarse durante la vigencia del régimen al sólo efecto de cumplimentar
el o los deberes formales omitidos, en cuyo
caso le serán condonadas la totalidad de las
multas por incumplimiento a los deberes formales y sus intereses devengados al 30 de
junio de 2015, por la falta de inscripción, falta
de presentación o presentación fuera de término de las declaraciones juradas del citado impuesto.
Art. 2º.- Para acceder al Régimen de Regularización de Deudas Tributarias serán requisitos:
1) Presentarse durante la vigencia del régimen con D.N.I. o Poder respectivo y suscribir
la totalidad de la documentación que requiera
la Administradora Tributaria de Entre Ríos.
2) Los planes de financiación, sólo podrán
ser suscriptos por el contribuyente, responsable o tercero debidamente autorizado a través
de poder otorgado por Escribano Público o
Formulario ATER 55 con firma certificada.
3) Tratándose de multas devengadas por Incumplimiento a los Deberes Formales, el contribuyente o responsable deberá, con una antelación mínima de ocho (8) días hábiles al
acogimiento, cumplimentar con el deber omiti-
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do, presentando las declaraciones juradas del
tributo a través del aplicativo que corresponda,
excepto que se trate de multas por incumplimiento a los deberes formales por presentaciones fuera de término, en cuyo caso bastará con
presentarse durante la vigencia del régimen y
solicitar a la Representación Territorial correspondiente la condonación de dichas multas.
Art. 3°.- A los fines de ingresar al régimen y
determinar el plan que corresponda a cada
contribuyente, según los parámetros fijados en
el Artículo 5° del Decreto N° 2.303/15 MEHF,
se tendrán en consideración los siguientes aspectos:
Para suscribir un plan con las modalidades
indicadas en el inciso a) del citado Artículo 5°,
debe tratarse de contribuyentes –personas físicas- que sean titulares o condóminos de inmuebles rurales, siempre que la sumatoria de
sus superficies en cada zona agroecológica,
no supere el límite máximo establecido para el
Segmento 2 de cada zona. Caso contrario deberá acogerse a alguno de los planes de los
incisos b) o d) según corresponda.
En el caso de contribuyentes comprendidos
en el inciso b) del Artículo 5°, deberá tenerse
en cuenta que la sumatoria de las superficies
en cada zona agroecológica, no supere los
límites máximos fijados para el segmento 3 en
cada una de ellas. Caso contrario deberá acogerse a los planes del Inciso d).
Para los contribuyentes comprendidos en el
inciso c) del Artículo 5° - personas jurídicas,
UTE y fideicomisos- que posean dos o más
inmuebles rurales en diferentes zonas agroecológicas, cuyas superficies no superen los
límites fijados en los segmentos 1,2 y/o 3 de la
Ley 9.930, se deberá considerar que la sumatoria de superficies en cada zona, no supere
los límites máximos fijados para el segmento 3
de cada zona. Caso contrario deberá acogerse
a los planes del Inciso d).
Serán incluidos en el Inciso d), aquellas partidas que por aplicación de las disposiciones
del Decreto 2303/15, no pudieron ser incluidas
en los otros incisos.
Art. 4°.- El pago del anticipo y/o de las cuotas
se podrá efectuar a través del mecanismo de
débito automatico/directo sobre las cuentas
que el contribuyente posea o mediante pago en
efectivo.
En caso de optarse por la modalidad de pago
a través de Débito Automático/Directo, el contribuyente deberá presentar Constancia impresa de la C.B.U. de su cuenta bancaria y suscribir la documentación que a tales efectos se le
requiera.
Si el Débito no pudiera hacerse efectivo en
los plazos previstos, el contribuyente deberá
concurrir a la Representación Territorial a retirar el aviso de vencimiento o imprimir el mismo
desde la página WEB del Organismo:
www.ater.gov.ar .Art. 5°.- El pago de la entrega inicial o anticipo que se genere según la modalidad de financiación adoptada, vencerá el día 15 del mes
siguiente al del acogimiento del plan o el día
hábil inmediato posterior si aquel resultare
inhábil o feriado.
Art. 6°.- Si el Plan de Facilidades se efectúa
en cuotas “mensuales”, el vencimiento del
pago de la primera cuota operará el día 15 del
mes siguiente al del vencimiento para el pago
del anticipo.
Si se opta por la modalidad de cuotas “semestrales”, el vencimiento de la primera cuota
operará a los seis (6) meses contados desde
el día del vencimiento del pago del anticipo.
Art. 7º.- Cuando deban regularizarse deudas
tributarias que comprendan el año 2015 y anteriores, se confeccionará un (1) solo Plan de
Facilidades de Pagos.
Para el caso de deudas que se encuentren
en Apremio Fiscal, se deberá realizar un plan
por separado para este tipo de deudas.
Art. 8º.- Los contribuyentes y responsables
que tuvieran deudas sometidas a juicios de
12
BOLETIN OFICIAL
ejecución fiscal o en gestión extrajudicial de
cobro, podrán optar por cancelar los honorarios del procurador interviniente, siempre que
los mismos no se encuentren regulados judicialmente, en un solo pago o regularizarlos en
las mismas condiciones del plan de facilidades
suscripto, en lo que refiere a cantidad de cuotas, periodicidad, anticipos e importes mínimos
de cada cuota.
En el caso en que el contribuyente opte por
formalizar el pago de honorarios en las mismas
condiciones del plan por el que optó, deberán
tenerse en cuenta las siguientes pautas:
Que la modalidad del plan respete los importes mínimos de cada cuota, según se trate de
financiación mensual o semestral.
Podrá utilizarse a opción del contribuyente,
la financiación de honorarios prevista por la
Resolución 197/12 ATER.
Los honorarios se calcularán sobre el importe que surja de la Planilla de Apremio, actualizada al día del acogimiento y de conformidad
a los porcentajes y mínimos fijados por las
Cláusulas Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima del
“Procedimiento” aprobado por Resolución
197/12 ATER., el que, por lo demás, regirá en
todas las cuestiones atinentes a honorarios
profesionales que no se encuentren reguladas
expresamente en la presente Resolución.
Art. 9º.- En todos los casos, la condonación
de multas e intereses que prevé el Decreto N°
2.303/15 MEHF se producirá al cancelarse la
totalidad de la deuda en el tiempo y forma
establecida por dicha norma, excepto las multas por Incumplimiento a los Deberes Formales
en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuya
condonación opera de oficio en tanto se cumplimenten las disposiciones de la presente.
Art. 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Marcelo P. Casaretto
DECLARACIÓN JURADA DE PEQUEÑO
PRODUCTOR AGROPECUARIO
Resolución Nº 5484/08 S.P.
Datos del Inmueble:
Departamento_____________________
Partida ____________ Dígito__________
Planta ________________
Datos Personales:
(UNICAMENTE PERSONAS FÍSICAS): Titular o condómino
Titular: ......................................................
CUIT/DNI ............................................
T itular: ................................................
CUIT/DNI ...................................................
Titular:......................................................
...................... CUIT/DNI .............................
Declaro/amos Bajo Juramento reunir la condiciones de Pequeño Productor Agropecuario,
en los términos de la Resolución Nº 5484/08
SP, cumpliendo los requisitos exigidos por el
Artículo 3º del Decreto 2303/15 MEHF.
……………………. , …… / …… / ……….
Firma .................................................
Aclaración ...........................................
SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES
PARANA
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la
ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los
autos caratulados “Viola, Graciela Carmen
Rosa s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N° 22161,
cita y emplaza por el término de diez (10) días
a herederos y acreedores de GRACIELA CARMEN ROSA VIOLA, DNI N°04.569.924, vecina
que fuera del Departamento Paraná, fallecida
en Paraná, en fecha 30/04/2015.
Paraná, 7 de julio de 2015 – Alejandra Maroevich, secretaria.
F.C.S. 00110641 3 v./31.7.15
— — —
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la
ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los
autos caratulados “Franchessi, Ramón Vicente; Fernández, Evangelina Dionisia s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 18934, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de EVANGELINA DIONISIA FERNANDEZ, DNI N° 05.219.330, vecina
que fuera del Departamento Paraná, fallecida
en la ciudad de Paraná, Dpto. Paraná, Pcia. de
Entre Ríos, en fecha 26/04/2015.
Paraná, 8 de julio de 2015 – Alejandra Maroevich, secretaria.
F.C.S. 00110642 3 v./31.7.15
— — —
La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de la
ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría N° 6 de la Dra. Silvina M.
Lanzi, en los autos caratulados “Carlevaro
José Faustino s/ Sucesorio ab intestato” Exp.
N°14803, cita y emplaza por el término de diez
(10) días a herederos y acreedores de JOSE
FAUSTINO CARLEVARO, MI 2.016.387, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 08/02/1996.
Paraná, 8 de julio de 2015 – Silvina M. Lanzi, secretaria.
F.C.S. 00110644 3 v./31.7.15
— — —
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de la
ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría N° 6 de la Dra. Silvina M.
Lanzi, en los autos caratulados “Young Lidya
Esther s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N°
14689, cita y emplaza por el término de diez
(10) días a herederos y acreedores de LIDYA
ESTHER YOUNG, MI N°1.842.915, vecina que
fuera del Departamento Paraná, fallecida en
Hasenkamp, en fecha 18/03/2014.
Paraná, 2 de julio de 2015 – Silvina M. Lanzi, secretaria.
F.C.S. 00110661 3 v./3.8.15
— — —
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de la
ciudad de Paraná, Dra. Juliana María Ortiz
Mallo, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en
los autos caratulados “Ormache Justa Beatriz
Ramona, Godoy Carmelo Amansio s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 30870, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos
y acreedores de CARMELO AMANSIO GODOY, DNI N° 5.902.952, vecino que fuera del
Departamento Paraná, fallecido en Paraná,
Entre Ríos, en fecha 30/04/2015.
Paraná, 10 de julio de 2015 – Celia E. Gordillo, secretaria.
F.C.S. 00110662 3 v./3.8.15
— — —
El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 de la
ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman,
Secretaría N° 7, en los autos caratulados “Arévalo Luis Eduardo y acumulado Rousserie Esther Julia s/ Sucesorios (Civil)” Exp. N° 16564,
cita y emplaza por el término de diez días a
herederos y acreedores de ESTHER JULIA
ROUSSERIE, MI N° 5.053.488, vecina que fue
del Departamento Paraná, fallecida en Paraná,
el 29/04/2015.
Paraná, 15 de junio de 2015 – Noelia Telagorri, secretaria.
F.C.S. 00110664 3 v./3.8.15
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la
ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los
autos caratulados “Aphalo, Mirta de Lourdes s/
Sucesorio ab intestato” Exp. N° 22152, cita y
emplaza por el término de diez (10) días a
herederos y acreedores de MIRTA DE LOURDES APHALO, DNI N° 05.015.754, vecina que
fuera del Departamento Paraná, fallecida en la
ciudad de Paraná,Dpto. Paraná, Pcia. de Entre
Ríos, en fecha 09/11/2014.
Paraná, 02 de julio de 2015 – Alejandra
Maroevich, secretaria.
F.C.S. 00110665 3 v./3.8.15
— — —
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de la
ciudad de Paraná, Dra. Juliana María Ortiz
Mallo, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en
los autos caratulados “Zuttion Arturo Angel s/
Sucesorio ab intestato” Expte. N° 32903, cita y
emplaza por el término de diez (10) días a
herederos y acreedores de ARTURO ANGEL
ZUTTION, DNI N° 5.941.055, vecino que fuera
del Departamento Paraná, fallecido en Paraná,
Provincia de Entre Ríos, en fecha 05/02/2014.
Paraná, 8 de julio de 2015 – Celia E. Gordillo, secretaria.
F.C.S. 00110666 3 v./3.8.15
— — —
La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de la
ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría N° 6 de la Dra. Silvina M.
Lanzi, en los autos caratulados “Kotlirevsky
Sergio Felipe s/ Sucesorio ab intestato” Exp.
N°14782, cita y emplaza por el término de diez
(10) días a herederos y acreedores de SERGIO
FELIPE KOTLIREVSKY, MI 7.654.137, vecino
que fuera del Departamento Paraná, fallecido
en Paraná, en fecha 15/07/2014.
Paraná, 7 de julio de 2015 – Silvina M. Lanzi, secretaria.
F.C.S. 00110668 3 v./3.8.15
— — —
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la
ciudad de Paraná, Dr. Roberto Croux, Secretaría N°5 a cargo de quien suscribe, en los autos
caratulados “Demaria Jorge Alberto Ramón s/
Sucesorio ab intestato” Expediente N° 28510,
cita y emplaza por el término de diez (10) días
a herederos y acreedores de JORGE ALBERTO RAMON DEMARIA, MI 5.929.919, vecino
que fuera del Departamento Paraná, fallecido
en Paraná, en fecha 19-03-15.
Paraná, 10 de julio de 2015 – Norma V.
Ceballos, secretaria.
F.C.S. 00110671 3 v./3.8.15
— — —
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de la
ciudad de Paraná, Dr. Roberto Croux, Secretaría N°5 a cargo de quien suscribe, en los autos
caratulados “Fontana Elida Regina s/ Sucesorio ab intestato” Expediente N° 28531, cita y
emplaza por el término de diez (10) días a
herederos y acreedores de ELIDA REGINA
FONTANA, MI 3.004.492, vecina que fuera del
Departamento Paraná, fallecida en Paraná, en
fecha 23-04-12.
Paraná, 27 de julio de 2015 – Norma V.
Ceballos, secretaria.
F.C.S. 00110672 3 v./3.8.15
— — —
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la
ciudad de Paraná, Dra. Gabriela R. Sione, Secretaría N° 2, en los autos caratulados “Schroder Dora Cristina s/ Sucesorio ab intestato
(Conexo Civil 2)” Exp. N°17203, cita y emplaza
por el término de diez días a herederos y acreedores de DORA CRISTINA SCHRODER, MI
6.501.822, vecina que fuera del Departamento
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
Paraná, fallecida en Paraná, en fecha
07/10/2014.
Paraná, 29 de junio de 2015 – Pablo F.
Cattaneo, secretario.
F.C.S. 00110673 3 v./3.8.15
— — —
El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8, Dra.
María Andrea Morales, Secretaría única a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados
“Brondo, Daniel Marcelo s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 17490, cita y emplaza por el
término de diez (10) días contados a partir de
la última publicación del presente a los herederos y acreedores de DANIEL MARCELO
BRONDO, MI N° 12.772.356, vecino que fuera
de esta ciudad de Paraná y falleciera el día 18
de diciembre de 2013, en Gualeguay, Provincia de Entre Ríos.
Paraná, 08 de julio de 2015 – Ma. del Pilar
Villa de Yugdar, secretaria.
F.C.S. 00110682 3 v./3.8.15
— — —
COLON
El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 de la
ciudad de Colón, a cargo del Dr. José Manuel
Tournour, Juez a cargo del despacho, Secretaría suplente de la Dra. Flavia C. Orcellet, en
los autos caratulados “Lickay Stella Maris s/
Sucesorio ab intestato (Apiol. N° 7178-06,
“Costas Luis Angel s/ Sucesorio”)”, Expte. N°
12779-15, cita y emplaza por el término de diez
días a herederos y acreedores de la Sra. LICKAY STELLA MARIS, argentina, viuda, DNI
N° 10.588.164, quién falleció el 15 de diciembre de 2013, en la ciudad de Colón (E. Ríos),
siendo su último domicilio en calle Güemez N°
957 de la ciudad de San José, Dpto. Colón,
E.R.
Colón, 02 de julio de 2015 – Flavia C. Orcellet, secretaria supl.
F.C.S. 00110660 3 v./3.8.15
— — —
CONCORDIA
El Juzgado de Primera Instancia del Trabajo
N° 5 con competencia en materia Civil y Comercial Secretaría N°5 de ésta ciudad de Concordia, a cargo de la Dra. Silvia I. Flores de
Quevedo, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia
Gambino (suplente), en autos caratulados
“González, José Alberto s/ Sucesorios (Civil)”
(Expte. N° 7442)”, cita y emplaza por diez días
a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JOSE
ALBERTO GONZALEZ, DNI N° 5.810.373, hijo
de la señora Olivia Barrio y del señor Hermenegildo González, vecino que fuera de esta
ciudad de Concordia, y cuyo fallecimiento ocurriera en Concordia el día 13 de noviembre del
año 2014.
Concordia, 30 de junio de 2015 – Natalia
Gambino, secretaria supl.
F.C.S. 00110654 3 v./31.7.15
— — —
FEDERACION
El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad
de Federación (E. Ríos), Dr. Alejandro Daniel
Rodríguez, Juez suplente, Secretaría a cargo
de quien suscribe, sito en el 2° piso del Centro
Cívico de esta ciudad, en los autos caratulados
“Burna Keti Griselda s/ Sucesorio testamentario” Expte. N° 6839, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores
de BURNA, KETI GRISELDA, MI 1.207.969,
vecina que fuera de la ciudad de Federación,
fallecida en la ciudad de Concordia en fecha
08/septiembre/2005.
Mariano Morahan, secretario supl.
F.C.S. 00110638 3 v./31.7.15
— — —
El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad
BOLETIN OFICIAL
de Federación (Entre Ríos) Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Secretaría a cargo de quien
suscribe, sito en el 2° piso del Centro Cívico
de esta ciudad, en los autos caratulados “Castellano Odalio Darío s/ Sucesorio ab intestato”
Expte. N° 13341, cita y emplaza por el término
de diez (10) días a herederos y acreedores de
ODALIO DARIO CASTELLANO, vecino que
fuera de la ciudad Federación, fallecido en
Federación el día 28/08/2011.
Federación, 5 de diciembre de 2014 - Mariano Morahan, secretario supl.
F.C.S. 00110640 3 v./31.7.15
— — —
GUALEGUAYCHU
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de la
ciudad de Gualeguaychú, José Victor Arakaki,
Secretaría N°3 de quien suscribe, en los autos
caratulados “Rebori Otila Margarita s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N°5653, cita y emplaza
por el término de diez (10) días a herederos y
acreedores de quien fuera vecina de esta ciudad llamada OTILIA MARGARITA REBORI,
DNI 5.231.271, fallecida el día 25 de julio de
2009, en esta ciudad.
Gualeguaychú, 2 de julio de 2015 – Javier
Mudrovici, secretario.
F.C.S. 00110649 3 v./31.7.15
— — —
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial N° 2 de esta ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, a cargo del doctor Marcelo J. Arnolfi, Secretaría N° 2, a cargo
del Dra. María Elina Rodríguez, en los autos
“Sandoval, Nilda Raquel s/ Sucesión ab intestato” (Expte. N° 9921), cita y emplaza por el
plazo de (10) diez días, a todos los herederos
y acreedores de doña SANDOVAL, NILDA RAQUEL, Documento Nacional de Identidad, N°
5.973.883, fallecida el día 29 de septiembre de
2013 en esta ciudad, con último domicilio en
calle Roca 421 de Gualeguaychú.
Gualeguaychú, 1 de julio de 2015 – María
Elina Rodríguez, secretaria supl.
F.C.S. 00110650 3 v./31.7.15
— — —
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la
ciudad de Gualeguaychú, Dr. Marcelo J. Arnolfi, Secretaría N° 2 a cargo de la Dra. María
Elina Rodríguez, del Departamento Judicial de
Gualeguaychú, en los autos caratulados “Rojas María Delicia s/ Sucesorio ab intestato”
Expte. N° 9872, fecha de inicio 27 de mayo de
2015, cita y emplaza a los herederos y/o acreedores de doña ROJAS MARIA DELICIA, DNI
1.931.228, vecina que fuera de esta ciudad,
quién falleciera en la misma en fecha 5 de
agosto de 1980, para que en el término de diez
días, a contar desde la última publicación del
presente, que se hará por tres veces, se presenten a juicio y hagan valer los derechos que
estimen correspondientes.
Gualeguaychú, 02 de julio de 2015 – María
E. Rodríguez, secretaria supl.
F.C.S. 00110677 3 v./3.8.15
— — —
LA PAZ
El Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Lab. Nº 1 de la ciudad de La Paz,
Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dra.
Silvia Vega, Secretaría única cargo de la Dra.
Susana María Amherdt, donde se ha dispuesto
librar el presente en los autos caratulados
“Casco Osvaldo Osmar s/ Sucesorio ab intestato” (iniciado el 1 de junio de 2015, Nº de Ent.
4454, folio 411, año 2015), cita a todos los que
se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CASCO OSVALDO OSMAR, MI N° 5.929.330, quien ha fallecido el 24
de julio de 2009 en la ciudad de Santa Elena
13
Provincia de Entre Ríos, para que lo acrediten
en el término de diez días.
La Paz, 23 de junio de 2015 – Susana M.
Amherdt, secretaria.
F.C.S. 00110667 3 v./3.8.15
— — —
NOGOYA
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia
en lo Civil y Comercial N° 1 de esta Jurisdicción, Dr. Américo Daniel Luna, Secretaría de
la Dra. Mercedes Olivera de Sánchez,en los
autos caratulados “Almada Ramona Benita s/
Sucesorio ab intestato” Expte. N° 7884, cita y
emplaza por el término de diez (10) días a
herederos y acreedores de RAMONA BENITA
ALMADA, vecina que fue de Nogoyá y fallecida
en Nogoyá el día 17 de septiembre de 2009.
Nogoyá, 18 de mayo de 2015 – Mercedes O.
de Sánchez, secretaria.
F.C.S. 00110643 3 v./31.7.15
— — —
El Sr. Juez subrogante del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de
esta Jurisdicción, Dr. Gustavo Adolfo Acosta,
Secretaría de la autorizante, en los autos cara t u l a d o s “M an dirola P edro H ild ega rd o y
Schiavoni María del Carmen s/ Sucesorio ab
intestato” Expte. N° 4462, cita y emplaza por
el término de diez (10) días a herederos y
acreedores de PEDRO HILDEGARDO MANDIROLA, vecino que fuera de esta ciudad de
Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, fallecido en
Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, en fecha
07/03/1979 y de MARIA DEL CARMEN SCHIAVONI, vecina que fuera de esta ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, fallecida en
Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en fecha
05/08/2011.
Nogoyá, 26 de junio de 2015 – María Laura
Alasino, secretaria.
F.C.S. 00110676 3 v./3.8.15
— — —
R. DEL TALA
El Juzgado Civil y Comercial de Rosario del
Tala, a cargo del Dr. Mariano L. Velasco, Secretaría interina de la Dra. M. Cecilia De Constancio, en los autos caratulados “Simon Amanda Lili s/ Sucesorios (Civil)” Expte. N° 7606,
año 2015, cita y emplaza por el término de 10
días a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes dejados por doña AMANDA LILI SIMON, vecina que fuera de Gdor.
Mansilla, E. Ríos, que falleciera el 29 de mayo
de 2013 en la ciudad de Gualeguay.
R. del Tala, 08 de julio de 2015 – Ma. Cecilia
De Constancio, secretaria int.
F.C.S. 00110678 3 v./3.8.15
— — —
C. DEL URUGUAY
El señor Juez de Primera Instancia en lo Civil
y Comercial N° 1, Dr. Gastón Agotegaray (suplente), Secretaría a cargo del Dr. Mario Martín
Herrera, en autos caratulados “Rodríguez Luis
Manuel s/ Sucesorio” Expte. N° 6737, año
2015, cita y emplaza por el término de diez (10)
días a herederos y acreedores de don LUIS
MANUEL RODRIGUEZ, MI N° 10.074.143, fallecido el día 05 de junio de 2014 en la ciudad
de Concepción del Uruguay, Pcia. de Entre
Ríos, para que en dicho plazo lo acrediten.
C. del Uruguay, 29 de junio de 2015 – Mario
M. Herrera, secretario.
F.C.S. 00110657 3 v./31.7.15
— — —
Por disposición de S.S. el señor Juez de
Primera Instancia en lo Civil y Comercial a
cargo del Juzgado N° 1, Gastón Agotegaray,
Secretaría única a cargo del suscripto como
subrogante, en los autos caratulados “Barreto
Pedro y Ortega Celia s/ Sucesorio” Expte. N°
6053, folio 396, año 2013”, se cita a todos los
que se consideren con derecho a los bienes
dejados por el causante don PEDRO BARRE-
14
BOLETIN OFICIAL
TO, de nacionalidad, argentino, mayor de
edad, DNI N° 1.896.378, hijo de Facundo Barreto, y de Luisa Gallardo, nacido en Distrito
Moscas, Entre Ríos, en fecha 04 de diciembre
de 1919, fallecido el día 09 de abril de 2007 en
Santa Anita, Departamento Uruguay y de su
conyuge doña ORTEGA CELIA, de nacionalidad Uruguaya, mayor de edad, DNI N°
93.715.350, hija de Casiano Ortega y Celia
Acosta, nacida en Colonia Rosselly Ruis en
fecha 12 de abril del año 1927, fallecida en
Santa Anita el día 17 de enero de 2014 para
que en diez (10) días lo acrediten.
C. del Uruguay, 06 de julio de 2015 – Mario
M. Herrera, secretario.
F.C.S. 00110670 3 v./3.8.15
— — —
VILLAGUAY
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral N° 1
de la ciudad de Villaguay, Entre Ríos, a cargo
de la Dr. Santiago C. Petit, Secretaría única, a
cargo de quien suscribe, en los autos caratulados “Modernell Eduardo y Fasini Robledo
Myriam Beatriz s/ Sucesorio ab intestato”
Expte. N° 6889, año 2014, cita y emplaza por
el término de diez (10) días a herederos y
acreedores de EDUARDO MODERNELL, DNI
92.959.802, fallecido el 03 de noviembre de
2002 en la ciudad de Concordia, E. Ríos, y
MYRIAM BEATRIZ FASINI ROBLEDO, DNI
92.957.947, fallecida 18 de julio de 2014 en
Villaguay, Pcia. de Entre Ríos, siendo la localidad de Villaguay, respectivamente el lugar de
sus últimos domicilio.
Villaguay, 25 de junio de 2015 – Luis R.
Gallay, secretario.
F.C.S. 00110655 3 v./31.7.15
— — —
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral N° 1
de Villaguay, Entre Ríos, Dr. Santiago C. Petit,
Secretaría N°1, de quien suscribe en los autos
caratulados “Meyer Castellanos Juan Carlos s/
Sucesorio ab intestato s/ Sucesorio” (Expte. N°
7093, año 2015), cita y emplaza por el término
de diez (10) días, a herederos y acreedores del
Sr. JUAN CARLOS MEYER CASTELLANOS,
DNI N° 6.610.063, vecino que fuera del Departamento Villaguay y fallecido en fecha 20 de
marzo de 2015 en Concordia, Pcia. de Entre
Ríos.
Villaguay, 17 de junio de 2015 – Luis R.
Gallay, secretario.
F.C.S. 00110656 3 v./31.7.15
SUCESORIOS
NUEVOS
PARANA
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de la
ciudad de Paraná, Dra. Juliana María Ortiz
Mallo, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en
los autos caratulados “Masso Costa de Bianchi
Emma Cecilia; Bianchi Orlando s/ Sucesorio ab
intestato” Expte. N° 28004, cita y emplaza por
el término de diez (10) días a herederos y
acreedores de ORLANDO BIANCHI, LE N°
2.084.062, vecino que fuera del Departamento
Paraná, fallecido en Paraná, Entre Ríos, en
fecha 01/05/2015.
Paraná, 28 de julio de 2015 – Celia E. Gordillo, secretaria.
F.C.S. 00110696 3 v./4.8.15
— — —
El Juez Dra. Silvina Andrea Rufanacht, a
cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial N° 6 de la ciudad de Paraná,
Secretaría N°6 de quien suscribe, en los autos
caratulados “Dome, María Otilia s/ Sucesorio
ab intestato” Exp. N°14654, cita y emplaza por
el término de diez (10) días a herederos y
acreedores de DOME MARIA OTILIA, DNI
4.999.951, fallecida en Paraná, Entre Ríos, el
29/11/2014 y vecina que fuera del Departamento Paraná, Entre Ríos.
Paraná, 10 de julio de 2015 – Silvina M.
Lanzi, secretaria.
F.C.S. 00110701 3 v./4.8.15
— — —
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la
ciudad de Paraná, Dra. Gabriela R. Sione, Secretaría N° 2, en los autos caratulados “Wendler Carlos s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N°
17172, cita y emplaza por el término de diez
días a herederos y acreedores de CARLOS
WE NDLER, MI 5.952.072, vecino que fuera del
Departamento Paraná, fallecido en Libertador
San Martín, Entre Ríos, en fecha 02/05/2015.
Paraná, 25 de junio de 2015 – Pablo F.
Cattaneo, secretario.
F.C.S. 00110703 3 v./4.8.15
— — —
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la
ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los
autos caratulados “Colliard, Lidio Américo;
Amarelle, Juana s/ Sucesorio ab intestato”
Expte. N° 905, F° 533, cita y emplaza por el
término de diez (10) días a herederos y acreedores de JUANA AMARELLE, DNI N°
03.791.815, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en la ciudad de Paraná,
Dpto. Paraná, Pcia. de Entre Ríos, en fecha
02/03/2003.
Paraná, 08 de julio de 2015 – Alejandra
Maroevich, secretaria.
F.C.S. 00110704 3 v./4.8.15
— — —
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la
ciudad de Paraná, Dr. Eduardo Federico Planas, Secretaría N° 4 de quien suscribe, en los
autos caratulados “Lovera, Ana Ester s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N°22167, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos
y acreedores de ANA ESTER LOVERA, DNI N°
06.411.953, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en Paraná, en fecha
16/04/2006.
Paraná, 28 de julio de 2015 – Alejandra
Maroevich, secretaria.
F.C.S. 00110705 3 v./4.8.15
— — —
El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 de la
ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman,
Secretaría N° 7, en los autos caratulados
“Sommer Feliciano Carlos s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N° 18413, cita y emplaza por el
término de diez días a herederos y acreedores
de FELICIANO CARLOS SOMMER, DNI
5.899.890, vecino que fue del Departamento
Paraná, fallecido en Paraná, en fecha
11/09/2011.
Paraná, 27 de julio de 2015 – Noelia Telagorri, secretaria.
F.C.S. 00110706 3 v./4.8.15
— — —
GUALEGUAY
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial N° 2 de Gualeguay, Provincia de
Entre Ríos, a cargo de la Dra. Teresita Inés
Ferreyra, Secretaría única desempeñada por
la Dra. María Luján García Tesone, en autos
“Fiorotto Darío Roberto s/ Sucesorio ab intestato (Turno F)”, Expte. N° 7093, cita y emplaza
por el término de diez días que se contarán a
partir de la última publicación del presente que
se hará por tres veces a todos los que se
consideren con derecho a los bienes dejados
por el causante DARIO ROBERTO FIOROTTO, fallecido el día 16 de febrero de 2012,
vecino de esta ciudad.
Secretaría, 02 de julio de 2015 – Ma. Luján
García Tesone, secretaría int.
F.C.S. 00110690 3 v./4.8.15
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
VICTORIA
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad
de Victoria, Entre Ríos, Dr. Raúl A. Del Valle,
Secretaría única de la Dra. Maricela Faccendini, en los autos caratulados “Clivio Rubén Reinaldo Su ces orio ab int es ta to ” (Expte. N°
12169, año 2015), cita y emplaza por diez (10)
días a herederos y acreedores de CLIVIO RUBEN REINALDO, MI N° 5.935.508, fallecido en
Victoria, E.R., en fecha 09 de mayo de 2015.
Maricela Faccendini, secretaria.
F.C.S. 00110702 3 v./4.8.15
CITACIONES
ANTERIORES
PARANA
a afiliados y/o usuarios de ORGANIZACION DE
SERVICIOS DIRECTOS DE EMPRESAS (OSDE)
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, de la
ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman,
Secretaría a cargo de quien suscribe, en los
autos caratulados “Asociación de Defensa de
Consumidores Entrerrianos c/ Organización de
Servicios Directos de Empresas (OSDE) s/ Sumarísimo”, Expte. Nº 18403, Fº inicio 7.4.2015,
que tramitan por ante este Juzgado y Secretaría, cita y emplaza por el término de cinco (5)
días, a todos los afiliados y/o usuarios de la
empresa de medicina ORGANIZACION DE
SERVICIOS DIRECTOS DE EMPRESAS
(OSDE), con domicilio en calle 25 de Mayo N°
375, de esta ciudad, a fin de que ejerzan sus
derechos pudiendo optar por quedar fuera del
pleito manifestando su desinterés y/o comparezcan al juicio, por sí o por medio de representante, ello en virtud del efecto extensivo
que tendrá la sentencia que recaiga en el proceso respecto de dichos afiliados y/o usuarios.
A tal fin se hace saber que el objeto del juicio
es: a) declarar la ilegitimidad y/o nulidad de
todos los incrementos aplicados por la empres a d e m a n d a d a a s u s u s u a ri o s, d esd e e l
1.1.2011, hasta la fecha, que no cuente con la
autorización expresa de la Superintendencia
de Servicio de Salud de la Nación y/o del Ministerio de Salud de la Nación y/o no se ajusten
a los parámetros de la autorización otorgadas
por estos organismos y/o de la normativa aplicable; b) reajustar el valor de las cuotas a los
límites y parámetros de incrementos autorizados por la Superintendencia de Servicios de
Salud y del Ministerio de Salud de la Nación;
c) restituir a los usuarios afectados la totalidad
de las sumas de dinero percibidas desde la
fecha señalada hasta la actualidad con motivo
de los incrementos considerados nulos y/o ilegítimos; y d) se aplique a la demandada una
multa civil (Art. 52 bis de la Ley N° 24.240).
Asimismo se hace saber que el actor actúa
con beneficio de litigar sin gastos caratulado
“Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos c/ Organización de Servicios Directos Empresarios s/ Beneficio de litigar sin gastos”, Expte. N° 14.818, y con beneficio de justicia gratuita, artículos 53 y 55 de la Ley N°
24.240 y que el costo que demande la publicación estará a cargo de quien resulte condenado
en costas en la sentencia definitiva que se
dicte en autos.
Paraná, 27 de julio de 2015 – Noelia Telagorri, secretaria.
12576 3 v./3.8.15
— — —
a herederos de ANDREA PAOLA DEMICHUE
La Srta. Juez de Primera Instancia del Trabajo Nº 3, de esta capital, a cargo de la Dra. María
Alejandra Abud, Secretaría a cargo de la suscripta, en los autos caratulados “Kemerer Ricardo Jorge c/ Miguel Waigel y Cía. SA s/
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
BOLETIN OFICIAL
Cobro de pesos”, Expte. Nº 3225, se ha dictado
la siguiente resolución:
“Paraná, 3 de julio de 2015... Conforme lo
ordenado a fojas, y lo dispuesto por el Art. 15
del CPL, corresponde citar por edictos durante
dos días consecutivos en el Boletín Oficial de
la Provincia, a los herederos de la Dra. ANDREA PAOLA DEMICHUE, para que comparezca a estar a derecho en el término de tres
días a partir de la última publicación, bajo los
apercibimientos de nombrarle defensor de oficio y suspender el trámite de las presentes
actuaciones hasta la comparecencia de los herederos de la Dra. Demichue Andrea Paola o
hasta el vencimiento del plazo otorgado precedentemente. Notifíquese. Fdo. María Alejandra
Abud, Juez del Trabajo”.
Secretaría, 8 de julio de 2015 – Mariela
Aguerrevengoa, secretaria.
12578 2 v./31.7.15
CITACION
NUEVA
PARANA
a ROBERTO RAUL MONZON
El Sr. Juez de Familia Nº 1, de la ciudad de
Paraná, Provincia de Entre Rìos, Dr. Tulio F.
Rodríguez Signes, Secretarìa Nº 4, a cargo del
Dr. Federico M. Ramírez Mitchell, en los autos
Nº 16990 4, cita y emplaza al Sr. ROBERTO
RAUL MONZON, para que dentro del plazo de
diez días contados a partir de la última publicación comparezca a estar a derecho y constituir domicilio procesal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimientos de lo dispuesto por
el Art. 329 del CPCC.
Paraná, 11 de junio de 2015 - Federico M.
Ramírez Mitchell, secretario Nº 4.
F.C.S. 00110685 6 v./30.12.15
REMATE
NUEVO
CONCORDIA
Por Jorge A. Menteguiaga
Matr. 820
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial N° 3, a cargo del Dr. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez suplente, Secretaría a cargo
del Dr. Alejandro Centurión, suplente, en los
autos caratulados “Melchior, Guillermo Alberto
c/ Tripaldi, Miguel s/ Ejecución de honorarios”,
Expte. N° 4783; comunica por dos veces que
el martillero Sr. Jorge A. Menteguiaga, Mat. Nº
820, rematará el día 18 de agosto del año 2015
a las 10:00 horas, o el día siguiente hábil a la
misma hora si aquel fuere feriado, en la Sala
de Remates de Tribunales, sita en calle Bartolomé Mitre N° 28, primer piso, de esta ciudad.
La porción indivisa (3/18) propiedad del demandado Miguel Tripaldi, MI N° 10.777.822,
del inmueble matrícula N° 3741 C.R., Partida
N° 30.535, Plano N° 2244, superficie 55 Has.
5 As. 47 Cs., ubicado en Departamento Concordia, Distrito Yuquerí, Colonia Nacional Yeruá, Fracción “B”, Lote Agrícola N°14, parte de
las porciones “b” y “c”, con la base de seis mil
setecientos veinticuatro pesos con cincuenta
centavos pesos ($ 6.724,50) al contado y al
mejor postor.- “… no hay personas ocupando
el lugar, no se observan viviendas, solo animales (vacas)…”, según mandamiento de constatación a fs. 77/78.
El bien se subasta en el estado en que se
encuentra, no admitiéndose reclamo alguno
luego de la subasta. Los interesados podrán
examinar el bien a subastar los días 16 y 17 de
agosto de 16 a 17 hs., convenir con el martillero. Los demás datos del inmueble se consig-
15
nan en testimonios del título agregado en el
expediente.
Los impuestos y tasas obran en autos; estando obligado el comprador a pagar las contribuciones, impuestos y tasas fiscales desde el día
de toma de posesión o que se hallare en condiciones de tomarla (Art. 1 Ley Provincial Nº
3249) y que dentro del término de quince días
de aprobado el remate se deberá abonar el
impuesto de sello.
El remate se efectuará, al contado en efectivo y al mejor postor, debiendo el comprador
abonar en el acto, el equivalente al diez por
ciento (10%) del valor del mismo, con más el
cuatro por ciento (4%) correspondiente a los
honorarios del martillero; y el saldo dentro de
los cinco días de aprobar la subasta, todo ello
en Pesos.
Así se dispuso en las resoluciones que en
sus partes pertinentes dicen: “Concordia, 27
de abril de 2015.- Visto:… Resuelvo: 1.- Tener… 2.- Decretar la venta en publica subasta
de la porción indivisa (3/18) propiedad del demandado Miguel Tripaldi, MI Nº 10.777.822,
del inmueble Matrícula 3741, C.R., Partida Nº
30.535, Plano Nº 2244, Superficie 55 Has., 5
As., 47 Cs., ubicado en Departamento Concordia, Distrito Yuquerí, Colonia Nacional Yeruá,
Fracción “B”, Lote Agrícola Nº 14, parte de las
porciones “b” y “c”, con la base de seis mil
setecientos veinticuatro pesos con cincuenta
centavos pesos ($ 6.724,50) y al mejor postor,
la que se llevará a cabo en la Sala de Remates
de Tribunales sita en calle Mitre Nº 28, 1º Piso,
de esta ciudad, y por ante el martillero interviniente. 3.- Mandar publicar edictos por dos
días en el Boletín Oficial y Diario local haciendo constar los recaudos legales pertinentes
-artículos 552 y cc.ss. del CPCC, debiendo
publicarse con una antelación mínima de seis
días hábiles a la fecha de la subasta -Reglamento para el Fuero Civil y Comercial del Poder Judicial de Entre Ríos punto 6.3.3.-, haciendo constar en los edictos a librarse el estado de ocupación del inmueble y que el impuesto de sellos correspondiente por dicha subasta es a cargo de la parte compradora, conforme Código Fiscal vigente. 4.- Notificar al
martillero interviniente, quien en el plazo de
cinco días deberá fijar y denunciar por escrito
fecha y hora de subasta. 5.- Hacer saber al
martillero que deberá comparecer al Juzgado
a fin de verificar la subsistencia del acto de
remate, y que deberá cumplimentar lo previsto
por los artículos 13, 13.4 y 13.9 del Reglamento para los Juzgados Civiles y Comerciales de
la Pcia. de Entre Ríos. 6.- Emplazar….- Fdo.
Arieto Alejandro Ottogalli, Juez suplente”.
“Concordia, 08 de junio de 2015.- Visto: …
Resuelvo: 1.- Tener … 2.- Tener presente denuncia formulada por el martillero interviniente
respecto a la subasta a realizarse el día 18 de
agosto de 2015 a las 10:00 horas y por cumplimentado lo ordenado a fs. 95 punto 4. Fdo.
Arieto Alejandro Ottogalli, Juez suplente”.
Por consultas dirigirse a calle San Luis Nº
755, planta alta, Tel.: (0345) 422-1172, Cel.
156260069, Concordia; página Colegio Martilleros de Entre Ríos www.comper.org.ar.
Concordia, 6 de julio de 2015 – Alejandro
Centurión, secretario supl.
F.C.S. 00110691 2 v./3.8.15
USUCAPION
ANTERIOR
COLON
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial N° 1 de la ciudad de Colón, del Dr.
José Manuel Tournour, Juez a cargo del despacho, Secretaría única de la Dra. Olga Diana
García, suplente, en autos caratulados “RIVAROLA Mario Tiofilo – Usucapión”, Expte. N°
9566, folio 120, año 2010, cita y emplaza al
Sr. Tiburcio Ernesto Romero y/o sus herederos
y/o sucesores y/o a todas aquellas personas
que se consideren con derechos al inmueble:
1) Partida DGR Nº 17-151711, Plano de Mensura Nº 62250, manzana 4, Concesión 222 de
la planta urbana de la ciudad de San Salvador,
Distrito Arroyo Grande, Departamento San Salvador, Provincia de Entre Ríos, de una superficie total de setenta metros cuadrados cuarenta y cuatro decímetros cuadrados (70,44
m2) con los siguientes límites y linderos:
NORESTE: Recta (1-2) edificada al rumbo S
46º 16´ E de 5,97 m divisoria con Centro de
Jubilados y Pensionados de las Cajas Nacionales de Previsión Social de San salvador en
parte y Fagundez Guillermina Andrea el resto;
SURESTE: Recta (2-3), edificada al rumbo
S 44º 15´ O de 11,80 m divisoria con Fagundez
Guillermina Andrea;
SUROESTE: Recta (3-4), amojonada al rumbo N 46º 20´ O de 5,97 m divisoria con calle
José Hernández;
NOROESTE: Recta (4-1) amojonada al rumbo N 44º 21` E de 11,80 m divisoria con Boulevard Concordia.La presente citación se realiza por el término
de quince días contados a partir de la última
publicación del presente que lo será por dos
veces, bajo apercibimiento de nombrárseles
defensor de ausentes.La resolución que ordena la medida reza lo
siguiente: “Colón, 4 de noviembre de 2013....Cítese a todas las personas que se consideren con derechos sobre el inmueble en cuestión y especialmente a Tiburcio Ernesto Romero, sus sucesores y/o herederos, para que
comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que
intenten valerse dentro del término de quince
(15) días, bajo apercibimiento de nombrarles
defensor de oficio.La citación se se hará mediante edictos que
se publicarán en el Boletín Oficial y en El Entre
Ríos, por dos veces, de conformidad con lo
establecido en los incisos 2º y 3º del Art. 669
y Arts. 326 y 132 Inc. 1º del mismo código.Colón, 4 de diciembre de 2013 – Natalia L.
Céspedes, secretaria subgte.
F.C.S. 00110681 2 v./31.7.15
USUCAPION
NUEVA
CONCORDIA
El Juzgado de Primera Instancia del Trabajo
Nº 5, con competencia en lo Civil y Comercial,
de Concordia, a cargo de la Dra. Silvia I. Flores
de Quevedo, Secretaría a cargo de la Dra.
Natalia Gambino, secretaria suplente, en los
autos caratulados “Chavez Felisa c/ Etcheveste de Altamirano Nélida s/ Usucapión”, Expte.
Nº 2274, cita y emplaza por el término de
quince (15) días a quienes se consideren con
derecho sobre el inmueble ubicado en la Provincia de Entre Ríos, ciudad de Concordia,
domicilio parcelario Zorraquín N° 262, manzana 9 Sur – 7 Oeste N° 581, Urbana, departame nt o y ciu dad de Concordia, planos N°
3 5 . 0 4 9 , i n s c r ip c ió n 2 0 - 0 5 - 1 9 7 7 , M a t . N °
111.558, partida N° 116.013, partida municipal
N° 2963/002. Son sus límites y linderos:
Al NORTE: recta (1-2) al rumbo S 75° 47’ E
de 22,54 metros, lindando con calle Zorraquín
(calzada de tierra sin vereda).
Al ESTE: recta (2-3) al rumbo S 40° 44’ O de
14,98 metros, recta (3-4) al rumbo S 57° 14’ O
de 18,89 metros, ambas rectas lindan con Nélida Etcheveste de Altamirano.
Al SUR: recta (4-5) al rumbo N 03° 41’ O de
6,26 metros lindando con Nélida Etcheveste de
Altamirano.
Y al OESTE: recta (5-1) al rumbo N 11° 25’ E
de 21,28 metros, lindando con Nélida Etcheveste de Altamirano.
16
BOLETIN OFICIAL
En su superficie de 364,22 m2. (trescientos
sesenta y cuatro metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados), bajo los apercibimientos de ley.
Las resoluciones que lo ordenan dicen en su
parte pertinente: “Concordia, 8 de marzo de
2004. Visto: … Resuelvo: 1) Tener por presentada a Felisa Chavez en ejercicio de su propio
derecho, con el patrocinio letrado del Dr. Daniel Cedro, con el domicilio denunciado por
constituido, por parte, désele intervención. 2)
Tener por promovido el presente juicio de usucapión contra Nélida Etcheveste de Altamirano... 5) Tener presente la prueba ofrecida. 6)
A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo.
Héctor Rodolfo Salari, Juez en lo Civil y Comercial”.
Y “Concordia, 22 de junio de 2015. Visto: …
Resuelvo: 1) Tener por ampliada la demanda
en los términos del escrito que antecede. 2)
Dejar sin efecto lo dispuesto en el punto 3 y 4
y en su lugar, citar por edictos que se publicarán por dos días en el Boletín Oficial y en un
diario local, a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble motivo de la acción, para
que comparezcan a tomar la intervención que
legalmente les corresponda en el término de
quince días bajo apercibimiento de ley. … 6)
Agregar por cuerda la documentación adjunta
y dado su número y dificultosa reproducción,
eximir de presentar copias para traslado de la
documental acompañada. A lo demás, estar a
lo dispuesto a fs. 74. Notifíquese. Fdo. Silvia I.
Flores de Quevedo, Juez Civil y Comercial”.
Concordia, 7 de julio de 2015 – Natalia Gambino, secretaria supl.
F.C.S. 00110689 2 v./3.8.15
QUIEBRA
ANTERIOR
PARANA
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9, Concursos y Quiebras, Dra. María Gabriela Tepsich, Secretaría N° 1, a cargo de la suscripta,
sito en calle Santiago del Estero N° 382, de la
ciudad de Paraná, comunica por cinco (5) días
que en los autos caratulados “Rubio Sandra
Raquel Evangelina s/ Pedido de quiebra promovido por el deudor s/ Quiebra”, Expte. N°
1822, en fecha 3.7.2015, se ha declarado la
quiebra de SANDRA RAQUEL EVANGELINA
RUBIO, 25.307.586, CUIL 23-25307586-4, con
domicilio en Av. Estrada 1500, de la ciudad de
Paraná, Dpto. Paraná, Provincia de Entre
Ríos, y se ha dispuesto que los acreedores
podrán presentar sus pedidos de verificación
ante la sindicatura, Cr. Carlos Antonio Besso,
con domicilio en calle Rondeau N° 1102, de
esta ciudad, quien atenderá de lunes a viernes
de 14 a 20 y los días lunes de 10 a 12 horas
(días hábiles judiciales), hasta el día 17.9.2015
inclusive.
Se han fijado los días 3.11.2015 y
21.12.2015, para que el síndico presente, respectivamente, los informes previstos en los
Arts. 35 y 39 por remisión del Art. 200 de la Ley
24.522.
Paraná, 28 de julio de 2015 – María Victoria
Ardoy, secretaria.
F. 00016677 5 v./5.8.15
LLAMADO A CONCURSO
NUEVO
SAN SALVADOR
El Tribunal examinador integrado por el Dr.
Julio César Marcogiuseppe, Juez a cargo del
Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo, la Dra.
Celina Teresita Salina Rey, Defensora de Po-
bres y Menores, y el Dr. Mauricio Javier Guerrero, Agente Fiscal, asistidos por el Dr. José
María Ferreyra, secretario interino, todos de la
ciudad de San Salvador han resuelto llamar a
concurso abierto de oposición y antecedentes
para ingreso al Poder Judicial de Entre Ríos en
esta jurisdicción de San Salvador, en el cargo
de escribiente, para cubrir las vacantes existentes y las que se produzcan durante la vigencia del presente concurso.
Disponer la apertura de un registro de aspirantes en el Juzgado Civil, Comercial y del
Trabajo de San Salvador, sito en calle Urquiza
Nº 264, de esta ciudad, donde se recepcionarán los formularios de inscripción, en original y
copia, a partir del día 12 de agosto de 2015 y
por el plazo de veinte (20) días corridos en el
horario de 8 a 10.
Los mencionados formularios tendrán que
ser descargados desde la página Web del Poder Judicial de Entre Ríos, cuya dirección es
www.jusentrerios.gov.ar y completados en letra mayúscula legible.
Con la presentación del formulario deberán
acompañarse indefectiblemente los siguientes
recaudos: los aspirantes deberán ser argentinos nativos o naturalizados; tener como mínimo 18 años de edad, acreditar buena salud;
presentar fotocopia autenticada de título secundario y/o certificado analítico, certificado
de buena conducta expedido por la autoridad
policial del domicilio del postulante, original y
fotocopia del documento de identidad, declaración jurada de no estar comprendido en las
inhibiciones establecidas en el Art. 8 del Decreto Ley 5143, respecto de las establecidas
en el Inc. h) especificarlas e indicar respecto a
quien; constituir domicilio a los efectos del presente concurso en esta ciudad de San Salvador; acompañar la documentación comprobatoria de títulos y antecedentes que se invoquen
en copias autenticadas u original con fotocopia.
Solo serán computables los mencionados en
el Art. 7 del Reglamento 16 de Ingreso, Ascenso y Traslado de personal. No serán recepcionadas las inscripciones que no reúnan los recaudos precedentes.
Convocar a la prueba de oposición, la cual
constará de tres etapas que se llevarán a cabo
en la Escuela de Educación Técnica Nº 45
“Félix Bourren Meyer”, de esta ciudad, sito en
Tte. Gutiérrez Nº 452, el día 1 de octubre
próximo, a la hora 8, por grupos que se establecerán de acuerdo al número de inscriptos.
La Primera etapa: Prueba de tipeado: tendrá
carácter eliminatorio y consistirá en el copiado
en computadora de un texto que se sorteará de
una nómina confeccionada previamente al
efecto. El postulante deberá escribir correctamente un mínimo de ciento treinta (130) palabras en cuatro (4) minutos.
No se computarán palabras con errores mecanográficos u ortográficos, las palabras duplicadas y las que no estén en el texto original.
Se computarán como media falta los errores de
acentuación, las palabras cortadas o unidas
indebidamente y los errores de mayúscula o
minúscula.
Se otorgará hasta un máximo de quince (15)
puntos, con asignación del mayor puntaje al
postulante que haya consignado mayor cantidad de palabras. Al resto de los examinados se
asignará el puntaje en forma proporcional a la
cantidad de palabras escritas.
Respecto de la segunda y tercera etapa, ambas tendrán carácter eliminatorio, se llevarán
a cabo el mismo día en el lugar designado y en
el horario que fijará el Tribunal oportunamente.
Los postulantes quedarán notificados del resultado de cada etapa de la prueba de oposición al finalizar las mismas. Los aspirantes
deberán presentarse en el horario fijado por el
Tribunal para cada prueba y acreditar su identidad con documento original frente al actuario
bajo pena de ser excluido del concurso. Quienes no concurran a la prueba de oposición
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
prevista en el Art. 9 del Reglamento 16, quedarán sin más eliminados del concurso.
Disponer la publicación de edictos dando a
conocer la convocatoria, por dos (2) días en el
Boletín Oficial, en diario “El Sol”, de la ciudad
de Concordia y en una radio de esta localidad.
Secretaría a cargo del concurso, 27 de julio
de 2015 – José María Ferreyra, secretario int.
F. 00016683 2 v./3.8.15
SENTENCIA
ANTERIOR
PARANA
Bajo el título “Inhabilitación absoluta por el
tiempo que dure la condena – Art. 12 CP”,
conforme lo resuelto por esta Sala I de Transición, en la causa N° 6291, caratulados “Pérez
Ivo Gino s/ Homicidio simple en grado de tentativa” y sus acumulados N° 6228, y que a sus
efectos, se transcribe a continuación:
“TESTIMONIO: En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los 11
días del mes de mayo de 2015. SENTENCIA:
I) Declarar a IVO GINO PEREZ, de las demás
condiciones personales consignadas en autos,
autor material y responsable de los delitos de
homicidio en grado de tentativa en concurso
real con amenazas calificadas por el uso de
arma de fuego, segundo hecho, en concurso
real con abuso de arma, primer hecho, causa
N° 6228 y homicidio simple en grado de tentativa, causa N° 6291, todo en concurso real y
condenarlo a la pena de cinco (5) años y cuatro
(4) meses de prisión de cumplimiento efectivo
y accesorias legales (Arts. 5, 12, 79, 42, 149
bis primer párrafo última parte 104 y 55 del
Código Penal.
II) Mantener el encarcelamiento preventivo
dispuesto oportunamente Pérez hasta tanto la
presente sentencia adquiera firmeza.
III) Declarar las costas a cargo del imputado,
eximiéndolo de su efectivo pago atento su notoria insolvencia, Arts. 547 y 548 del CPP.
IV) Levantar las medidas cautelares trabadas
sobre los bienes del encartado, librándose al
efecto el despacho pertinente.
V) Disponer el decomiso y destrucción de los
objetos secuestrados que se indican ut supra.
VI) Líbrese oficio al señor director de la Unidad Penal Nº 1, de Paraná, reiterando que a la
mayor brevedad arbitre los medios necesarios
para encausar el interés del imputado por iniciar y/o continuar la educación básica y obligatoria, tanto como para iniciar tratamiento psicológico para sus adicciones, ya sea dentro de
la unidad o gestionando su atención en forma
ambulatoria a una institución pública de la Provincia, adjuntando copia certificada de los informes de fs. 206/207, 274/276 y 290/291 vta.
VII) Protocolícese, regístrese, comuníquese
la presente, solo en su parte dispositiva, al
Juzgado de Instrucción interviniente, Jefatura
de Policía de Entre Ríos, Boletín Oficial, Juzgado Electoral, Secretaría Electoral Municipal,
Area de Antecedentes Judiciales del STJ y
Registro Nacional de Reincidencia, líbrense
los despachos pertinentes, practíquese por
Secretaría cómputo de pena y en estado archívese. Fdo. Dres. Chemez, Malatesta, Vírgala,
vocales. Ante mí: Dra. María Cecilia Spóssito,
secretaria. Es copia fiel de su original. Doy fe”.
Se hace saber que el vencimiento de la pena
impuesta, como asimismo de la inhabilitación
es el veintiocho de julio de dos mil diecinueve
(28.7.2019).
Ivo Gino Pérez, sin apodos, DNI Nº
38.769.558, argentino, de 20 años de edad,
soltero, ayudante de albañilería, con último
domicilio en Barrio Itatí Nº 1, de la ciudad de
Paraná, en donde vivía con su madre, hermanos padrastro, concubina y su hijo menor y
actualmente alojado en la UP Nº 1, de Paraná,
nacido en Paraná, el día 8.2.1995, hijo de Gus-
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
BOLETIN OFICIAL
tavo Pérez, trabaja en la Policía, y de Etel
Corradini,con prontuario en ese Registro Nacional Nº U 2772621 y Policial Nº 787535.G.
Paraná, 27 de julio de 2015 – María Cecilia
Spóssito, secretaria de Transición.
12577 3 v./3.8.15
SENTENCIAS
NUEVAS
GUALEGUAY
Hago saber que en el legajo de IPP N° 7618,
caratulado “Jaime Gustavo Darío s/ Homicidio
simple”, que tramita por ante el Juzgado de
Garantías N° 2, de esta ciudad de Gualeguay,
Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar
el presente a fin de poner en su conocimiento
la parte pertinente de la sentencia recaída, que
dice:
“En la ciudad de Gualeguay, Provincia de
Entre Ríos, a los veintiocho días del mes de
mayo del año dos mil quince... SENTENCIA:
1°) Homologar el acuerdo de juicio abreviado
presentado por las partes y considerarlo parte
integrante de la presente.
2°) Declarar a GUSTAVO DARIO JAIME,
apodado “Neguito”, de nacionalidad argentina,
titular del DNI N° 35.709.753, de 23 años de
edad, de estado civil soltero, de ocupación
pintor, domiciliado en calle Libertad N° 381, de
esta ciudad, nacido en Gualeguay, el 4 de junio
de 1991, con estudios primarios completos,
hijo de Jorge Daniel Cabrera y María Cristina
Jaime, como autor penalmente responsable de
la comisión del delito de abuso de arma en
concurso real con portación arma de fuego de
uso civil sin la debida autorización legal, artículos 5, 12, 45, 55, 104 y 189 bis Inc. 2 tercer
párrafo del Código Penal, hecho ocurrido en
las circunstancias de tiempo, modo y lugar que
le fueran imputados, y en consecuencia, condenar al mismo a la pena de tres años de
prisión de cumplimiento efectivo, la cual deberá ser comprensiva a la condena impuesta por
el Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad
de Gualeguay, dispuesta el pasado 25 de noviembre de 2014, donde se lo condenó a un
año y 6 meses de prisión de cumplimiento
condicional; revocándose tal condicionalidad,
todo lo cual emerge de los considerandos que
anteceden y de los términos del acuerdo de
juicio abreviado al cual arribaran las partes.
3°) Imponer las costas al condenado en su
totalidad, Arts. 547 y 548 del CPP, sin perjuicio
de la eximición de su efectivo pago dada su
notoria insolvencia.
4°) Prorrogar la prisión preventiva que viene
cumpliendo el Sr. Gustavo Darío Jaime, hasta
que la sentencia recaída adquiera firmeza, ello
conforme lo acordado por las partes y el imputado. Regístrese, notifíquese, practíquese
cómputo de pena, comuníquese la presente en
su parte dispositiva a la Jefatura de Policía
Departamental de Gualeguay, al Registro Nacional de Reincidencia, al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con
asiento en la ciudad de Paraná y demás organismos, librándose todos los despachos del
caso. Fdo. Alejandra M.C. Gómez, Juez de
Garantías N° 2 subgte.; José Ignacio Pabón
Ezpeleta, secretario”.
Gualeguay, 10 de julio de 2015 – Florencia
Bascoy, secretaria int.
12579 3 v./4.8.15
— — —
Hago saber que en el legajo de IPP N°
7615/15, caratulado “González Franco s/ Hurto
simple”, que tramita por ante el Juzgado de
Garantías N° 2, de esta ciudad de Gualeguay,
Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar
el presente a fin de poner en su conocimiento
la parte pertinente de la sentencia recaída, que
dice:
“En la ciudad de Gualeguay, Provincia de
Entre Ríos, a los 27 días del mes de mayo del
año dos mil quince... SENTENCIA: 1°) Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente.
2°) Declarar a FRANCO FERNANDO GONZALEZ, sin apodo, de nacionalidad argentina,
titular del DNI N° 38.571.845, de 20 años de
edad, de estado civil soltero, desempleado,
domiciliado en calle Cont. Hereñu, Barrio Islas
Malvinas de esta ciudad, nacido en Gualeguay,
el 12 de enero de 1995, con estudios primarios
incompletos, hijo de Antonio Albornoz, fallecido y de Ramona Jesús González, comerciante,
domiciliada en zona de la Rotonda del Ombú
en esta ciudad, autor penalmente responsable
de la comisión de los delitos de hurto simple,
Arts. 45 y 162 del CP, hecho ocurrido en las
circunstancias de tiempo, modo y lugar que le
fuera imputado y en consecuencia condenar al
mismo a la pena de un año y nueve meses de
prisión de cumplimiento efectivo, Art. 40 y 41
del CP, la cual es comprensiva de la condena
impuesta por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad de Gualeguay el 30 de setiembre de 2014, donde se lo condenó a un año y
8 meses de prisión de cumplimiento condicional, revocándose tal condicionalidad, todo lo
cual emerge de los considerandos que anteceden y de los términos del acuerdo de juicio
abreviado al cual arribaran las partes.
3) Imponer las costas al condenado en su
totalidad, Art. 547 y 548 del CPP, sin perjuicio
de la eximición de su efectivo pago dada su
notoria insolvencia.
4°) Ordenar el inmediato traslado del Sr.
González a la Unidad Penal N° 7 “Casiano
Calderón”, disponiéndose el contralor por parte del Sr. delegado penitenciario a los fines
previstos en el Art. 364/365 del CPP.
5°) Prorrogar la prisión preventiva que viene
cumpliendo el Sr. Franco González, hasta que
la sentencia recaída adquiera firmeza, ello
conforme lo acordado por las partes y el imputado.
Regístrese, notifíquese, practíquese cómputo de pena, comuníquese la presente en su
parte dispositiva a la Jefatura de Policía Departamental de Gualeguay, al Registro Nacional
de Reincidencia, al Juzgado de Ejecución de
Penas y Medidas de Seguridad con asiento en
la ciudad de Paraná y demás organismos; librándose todos los despachos del caso.
Con lo que no siendo para más, se da por
concluida la audiencia de debate siendo las 11
horas del día 27 de mayo de 2015, quedando
notificadas todas las partes en esta audiencia
de lo ocurrido en ella, labrándose la presente
acta-sentencia que previa lectura y ratificación
se firma para debida constancia por todos los
comparecientes. Fdo. Esteban Sebastián Elal,
Juez de Garantías N° 2. José Ignacio Pabón
Ezpeleta, secretario”.
Gualeguay, 10 de julio de 2015 – Florencia
Bascoy, secretaria int.
12580 3 v./4.8.15
— — —
Hago saber que en el legajo de IPP N°
6782/15, caratulado “Barreto Roque Fernando
s/ Daño”, que tramita por ante el Juzgado de
Garantías N° 2, de esta ciudad de Gualeguay,
Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar
el presente a fin de poner en su conocimiento
la parte pertinente de la sentencia recaída que
dice:
“En la ciudad de Gualeguay, Provincia de
Entre Ríos, a los 17 días del mes de junio del
año dos mil quince... SENTENCIA: 1°) Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente.
2°) Declarar a BARRETO ROQUE FERNANDO, sin apodos, de nacionalidad argentina,
titular del DNI N° 31.454.949, de 29 años de
edad, de estado civil soltero, de ocupación
reciclador, domiciliado en calle Mitre y Concejal Derudi s/n, Barrio Molino, de esta ciudad,
17
nacido en Gualeguay, el día 17 de febrero de
1986, con estudios secundarios incompletos
(9° año, manifestando saber leer y escribir),
hijo de Roque Ramón Barreto y Nélida Beatriz
Galván, autor penalmente responsable de la
comisión de los delitos de daño a los bienes
del estado, Arts. 45 y 184 Inc. 5° del Código
Penal, hecho ocurrido en las circunstancias de
tiempo, modo y lugar que le fuera imputado y
en consecuencia, condenar al mismo a la pena
de tres meses de ejecución condicional, Art.
05, 26, 27, 27 bis, 40, 41, 45 y 184 Inc. 5° del
CP, y Arts. 391 ss y concdts. del CPP.
3°) Imponer las costas al condenado en su
totalidad, Arts. 547 y 548 del CPP, sin perjuicio
de la eximición de su efectivo pago dada su
notoria insolvencia.
4°) Imponer las siguientes reglas de conducta: fijar residencia en esta ciudad de Gualeguay, ante cualquier cambio dar aviso al Ministerio Público Fiscal, abstenerse de consumir
bebidas alcohólicas y todo tipo de estupefacientes en la vía pública, como así también de
no verse involucrado en delitos dolosos.
Regístrese, notifíquese, comuníquese la presente en su parte dispositiva a la Jefatura de
Policía Departamental de Gualeguay, al Registro Nacional de Reincidencia y demás organismos, librándose todos los despachos del caso.
Con lo que no siendo para más, se da por
concluida la audiencia de debate siendo las
11.30 horas, del día 17 de junio de 2015, quedando notificadas todas las partes en esta audiencia de lo ocurrido en ella, labrándose la
presente acta-sentencia que previa lectura y
ratificación se firma para debida constancia
por todos los comparecientes. Fdo. Esteban
Sebastián Elal, Juez de Garantías N° 2. José
Ignacio Pabón Ezpeleta, secretario”.
Gualeguay, 10 de julio de 2015 – Florencia
Bascoy, secretaria int.
12581 3 v./4.8.15
— — —
Hago saber que en el legajo de IPP N°
6477/15, A° 2015, caratulados “Ferreyra Celso
Alejandro s/ Homicidio en grado de tentativa”,
que tramita por ante el Juzgado de Garantías
N° 1, de esta ciudad de Gualeguay, Provincia
de Entre Ríos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte
pertinente de la sentencia recaída que dice:
“En la ciudad de Gualeguay, Provincia de
Entre Ríos, a los veintiún días del mes de mayo
del año dos mil quince... SENTENCIA: 1°) Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente.
2°) Declarar a CELSO ALEJANDRO FERREYRA, alias “Wi lly”, de nacionalidad argentina, titular del DNI N° 34.204.388, de 26 años
de edad, de estado civil soltero, de ocupación
Cabo de la Policía de Entre Ríos, cumpliendo
funciones en el Comando Radioeléctrico de la
Departamental Gualeguay, domiciliado en
Bvard. Barroetaveña N° 645, de esta ciudad,
nacido en Gualeguay, el 23 de diciembre de
1988, con estudios secundarios incompletos,
4° año, hijo de Celso Roberto Ferreyra, desocupado, domiciliado en calle Cánepa y Bvard.
Barroetaveña de esta ciudad y de Estela Maris
Ramírez, fallecida, como autor penalmente
responsable de la comisión del delito de abuso
de arma, Arts. 45 y 104 del C. Penal, hecho
ocurrido en las circunstancias de tiempo, modo
y lugar que le fueran imputados y en consecuencia, condenar al mismo a la pena de tres
años de prisión condicional, todo lo cual emerge de los considerandos que anteceden y de
los términos del acuerdo de juicio abreviado al
cual arribaran las partes, con más la imposición de las siguientes reglas de conducta: a)
abstenerse de usar estupefacientes o abusar
de bebidas alcohólicas; b) someterse a un tratamiento médico o psicológico para tratar su
18
BOLETIN OFICIAL
adicción y el ejercicio de la violencia; y c)
adoptar un oficio, de conformidad al Art. 27 bis,
puntos 3, 6 y 7 del CP.
3°) Imponer las costas al condenado en su
totalidad, Arts. 547 y 548 del CPP, sin perjuicio
de la eximición de su efectivo pago dada su
notoria insolvencia.
4°) Fijar la audiencia del día 29 de mayo de
2015, a las 11 horas, para dar lectura a la
presente sentencia, valiendo ello de notificación.
Regístrese, notifíquese, y oportunamente
practíquese cómputo de pena comunicándose
a los organismos correspondientes y en estado, archívese. Fdo. Alejandra M.C. Gómez,
Jueza de Garantías y Transición N° 1. Ana
Paul Elal, secretaria de Garantías y Transición
N° 1”.
Gualeguay, 6 de julio de 2015 – Florencia
Bascoy, secretaria int.
12582 3 v./4.8.15
SECCION GENERAL
LICITACIONES
ANTERIORES
PARANA
MINISTERIO DE EDUCACION
PRESIDENCIA DE LA NACION
ARGENTINA UN PAIS CON BUENA GENTE
Segundo llamado
OBJETO: ampliación Escuela Primaria N° 1
“Carlos María de Alvear”, de Nogoyá (ER).
Licitación Pública N° 01/2015
Segundo llamado
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 12.358.348,26.
GARANTIA DE OFERTA EXIGIDA: 1% del
presupuesto oficial.
FECHA DE APERTURA: 26.8.2015.
HORA: 11.00 hs.
LUGAR: Unidad Ejecutora Provincial, 9 de
Julio 361, Paraná (ER).
PLAZO DE EJECUCION: 365 días.
VALOR DEL PLIEGO: $ 6.200.
LUGAR DE ADQUISICION DE PLIEGOS:
Unidad Ejecutora Provincial, 9 de Julio 317,
Paraná (ER).
Financiamiento: Ministerio de Educación de
la Nación.
Provincia de Entre Ríos
Carlos A. Logica, coordinador ejecutivo
UEP.
F. 00016635 10 v./4.8.15
— — —
MINISTERIO DE EDUCACION
PRESIDENCIA DE LA NACION
ARGENTINA UN PAIS CON BUENA GENTE
Cuarto llamado
OBJETO: construcción nuevo edificio de Unidad Educativa de Nivel Inicial Piedritas, de
localidad Hernández, Dpto. Nogoyá, Provincia
de Entre Ríos.
Licitación Pública N° 11/2013
Cuarto llamado
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 7.020.180,42.
GARANTIA DE OFERTA EXIGIDA: 1% del
presupuesto oficial.
FECHA DE APERTURA: 26.8.2015.
HORA: 10.00 hs.
LUGAR: Unidad Ejecutora Provincial, 9 de
Julio 361, Paraná (ER).
PLAZO DE EJECUCION: 300 días.
VALOR DEL PLIEGO: $ 3.500.
LUGAR DE ADQUISICION DE PLIEGOS:
Unidad Ejecutora Provincial, 9 de Julio 317,
Paraná (ER).
Financiamiento: Ministerio de Educación de
la Nación.
Provincia de Entre Ríos
Carlos A. Logica, coordinador ejecutivo
UEP.
F. 00016636 10 v./4.8.15
DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD
Licitación Pública N° 20/15
OBJETO: adquisición de repuestos para sección repuestos automotor, stock.
PRESUPUESTO OFICIAL: pesos trescientos
catorce mil quinientos cuarenta y cinco con
ochenta y ocho centavos ($ 314.545,88).
FECHA DE APERTURA: 18/08/15 a las 11,00
horas o siguiente/s si aquél fuera inhábil.
LUGAR DE APERTURA: Dirección Provincial
de Vialidad, Avda. Ramírez N° 2197, 1° Piso,
Dirección de Despacho, Paraná, Entre Ríos.
ENTREGA DE SOBRES: Dirección Provincial de Vialidad, Avda. Ramírez N° 2197, 1°
Piso, Paraná, Entre Ríos, Dirección de Despacho.
INFORMES: Dirección de Mantenimiento y
Suministros, Dpto. Compras Brasil N° 1050,
Paraná, E. Ríos, T.E. 0343-4248074 o en los
Representantes del Gobierno de la Provincia
de E. Ríos en Buenos Aires, calle Suipacha N°
844 de Capital Federal.
VENTA DE PLIEGOS: Departamento II Tesorería - D.P.V., Avda. Ramírez N° 2197, Planta
Baja Paraná, Entre Ríos, o en los Representantes del Gobierno de la Provincia de E.
Ríos en Buenos Aires, calle Suipacha Nº 844
de Capital Federal.
VALOR DEL PLIEGO: pesos quinientos ($
500).
Dirección Provincial de Vialidad, Paraná, 28
de julio de 2015 – Mario R. Heyde, director
subadministrador DPV.
F. 00016676 3 v./3.8.15
— — —
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO,
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS DE LA
PROVINCIA DE ENTRE RIOS
SECRETARIA MINISTERIAL DE
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SUBSECRETARIA DE ARQUITECTURA
Y CONSTRUCCIONES
Escuela N° 81 “Domingo F. Sarmiento”,
Villaguay, Dpto. Villaguay
Licitación Pública Nº 56/15
Obra autorizada por
Decreto Nº 1420/15 MPIyS
OBJETO: provisión de materiales y mano de
obra según pliego para la obra “Construcción
SUM Cocina Despensa y Dos Aulas Escuela
Nº 81 “Domingo F. Sarmiento”, Villaguay, Departamento Villaguay”.UBICACIÓN: el establecimiento educativo se
encuentra ubicado en la localidad de Villaguay
en el Departamento Villaguay.APERTURA DE LAS OFERTAS: Día 02 de
septiembre de 2015 a las 11:00 horas, en la
Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, Casa de Gobierno, 2º Piso, de la ciudad
de Paraná, Departamento Paraná.PRESUPUESTO OFICIAL: $ 3.494.325,60
(pesos tres millones cuatrocientos noventa y
cuatro mil trescientos veinticinco con 60/100).CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN: $
4.723.810,53 (pesos cuatro millones setecientos veintitrés mil ochocientos diez con
53/100).SISTEMA DE CONTRATACIÓN: el sistema
de contratación será mediante unidad de medida, provisión de materiales, mano de obra y
precios unitarios.PLAZO DE EJECUCIÓN: se establece un
plazo de ejecución de los trabajos en doscientos setenta (270) días corridos.VALOR DEL PLIEGO: $ 3.500 (pesos tres
mil quinientos con 00/100).CONSULTA DE PLIEGOS: En la Dirección
de Estudios y Proyectos de la Subsecretaría de
Arquitectura y Construcciones, Casa de Gobierno, 2º Piso, de la ciudad de Paraná, Teléfono (0343)-422 1616 en el horario de 07:00 a
14:00 Hs., hasta el 14 de agosto de 2015.VENTA DE PLIEGOS: En la Dirección Presupuestaria Administrativa de la Subsecretaría
de Arquitectura y Construcciones de la ciudad
de Paraná en el Departamento Paraná, Teléfono (0343)-422 1616 en el horario de 07.00 a
14.00 Hs., hasta el 14 de agosto de 2015.F. 00016678 2 v./31.7.15
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO,
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS DE LA
PROVINCIA DE ENTRE RIOS
SECRETARIA MINISTERIAL DE
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SUBSECRETARIA DE ARQUITECTURA
Y CONSTRUCCIONES
Escuela N° 1 “Dr. Conrado Etchebarne”,
Villaguay, Dpto. Villaguay
Licitación Pública Nº 57/15
Obra autorizada por
Decreto Nº 1415/15 MPIyS
OBJETO: provisión de materiales y mano de
obra según pliego para la obra “Ampliación
ocho aulas y patio EET Nº 1 “Dr. Conrado
Etchebarne”, Villaguay, Departamento Villaguay”.UBICACIÓN: el establecimiento educativo se
encuentra ubicado en la localidad de Villaguay
en el Departamento Villaguay.APERTURA DE LAS OFERTAS: Día 02 de
septiembre de 2015 a las 12:00 horas, en la
Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, Casa de Gobierno, 2º Piso, de la ciudad
de Paraná, Departamento Paraná.PRESUPUESTO OFICIAL: $ 4.340.360,75
(pesos cuatro millones trescientos cuarenta
mil trescientos sesenta con 75/100).CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN: $
4.800.702,04 (pesos cuatro millones ochocientos mil setecientos dos con 04/100).SISTEMA DE CONTRATACIÓN: el sistema
de contratación será mediante unidad de medida, provisión de materiales, mano de obra y
precios unitarios.PLAZO DE EJECUCIÓN: se establece un
plazo de ejecución de los trabajos en trescientos treinta (330) días corridos.VALOR DEL PLIEGO: $ 4.400 (pesos cuatro
mil cuatrocientos con 00/100).CONSULTA DE PLIEGOS: En la Dirección
de Estudios y Proyectos de la Subsecretaría de
Arquitectura y Construcciones, Casa de Gobierno, 2º Piso, de la ciudad de Paraná, Teléfono (0343)-422 1616 en el horario de 07:00 a
14:00 Hs., hasta el 14 de agosto de 2015.VENTA DE PLIEGOS: En la Dirección Presupuestaria Administrativa de la Subsecretaría
de Arquitectura y Construcciones de la ciudad
de Paraná en el Departamento Paraná, Teléfono (0343)-422 1616 en el horario de 07.00 a
14.00 Hs., hasta el 14 de agosto de 2015.F. 00016679 2 v./31.7.15
— — —
C. DEL URUGUAY
MUNICIPALIDAD DE C. DEL URUGUAY
Licitación Pública Nº 11/2015
Segundo llamado
OBJETO: adquisición de un “sistema de video vigilancia urbana – Etapa I”, en un todo de
acuerdo a legajos habilitados a tal fin.
Los oferentes deberán estar inscriptos en el
Registro de Proveedores de la Municipalidad
de C. del Uruguay.
FECHA APERTURA: 21 de agosto de 2015.
HORA: 10.00.
LUGAR APERTURA: Departamento Suministros, Municipalidad de C. del Uruguay.
PLIEGO CONDICIONES: $ 1.000. Disponibles en Tesorería Municipal, hasta 48 horas
hábiles anteriores al acto de apertura de la
licitación.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.000.000.
GARANTIA DE OFERTA: 1% del presupuesto oficial.
FIANZA DE CONTRATO: 5% del monto total
contratado.
En caso que la fecha de apertura resultare
feriado o no laborable, la misma se efectuará
el día hábil siguiente.
Secretaría de Hacienda, julio de 2015 – Oscar Alfredo Colombo, secretario de Hacienda.
F.C.Ch. 00002391 3 v./3.8.15
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
BOLETIN OFICIAL
BUENOS AIRES
BANCO DE LA NACION ARGENTINA
AREA COMPRAS Y
CONTRATACIONES INMUEBLES
Llámese a la Licitación Pública INM N° 3749
para la ejecución de los trabajos de “refuncionalización, banca electrónica, rampa para discapacitados e instalaciones varias”, en el edificio sede de la Sucursal San José de Feliciano
(ER).
La fecha de apertura de las propuestas se
realizará el 2.9.15 a las 12.30 horas, en el Area
de Compras y Contrataciones, Departamento
de Inmuebles, Bartolomé Mitre 326, 3° piso,
oficina 311 (1036) Capital Federal.
Compra y consulta de pliegos en la citada
dependencia, en la Sucursal San José de Feliciano (ER) y en la Gerencia Zonal Concordia
(ER).
Asimismo pueden efectuarse consultas en el
sitio de la página Web del Banco de la Nación
www.bna.com.ar
VALOR DEL PLIEGO: $ 1.000.
COSTO ESTIMADO: $ 1.378.028,00 más
IVA.
Silvia E. Lassalle, jefe de División RF 951.
Certifico que la firma que antecede es válida
y pertenece a Silvia E. Lassalle, cuyo cargo es
Jefe de División – Liliana Martínez, jefe de
Departamento 1915.
F.C.S. 00110663 4 v./4.8.15
LICITACION
NUEVA
PARANA
GOBIERNO DE ENTRE RIOS
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO,
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
DIRECCION DE HIDRAULICA
Licitación Pública N° 04/2015
Decreto Nº 2378/15 MPIyS
OBRA: “Construcción desagües urbanos Barrio Palomar, etapa 2º, ciudad de Santa Elena,
Dpto. La Paz”.
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 4.179.743,46.
PLAZO DE EJECUCION: 240 días corridos.
VALOR DEL PLIEGO: $ 4.180.
M ON T O D E GAR AN T IA DE OFERTA: $
41.798 (1%).
CAPACIDAD DE CONTRATACION ANUAL:
$ 6.269.615,19.
VENTA DE PLIEGOS: calle Córdoba Nº 641,
1º piso, Tel-Fax 0343 4207911, en el horario
de 7 a 12.30 horas, hasta el 10 de agosto de
2015.
CONSULTAS TECNICAS: calle Córdoba Nº
641, 1º piso, Tel-Fax 0343 4207911, en el
horario de 7 a 12.30 horas, hasta el 13 de
agosto de 2015.
FECHA DE APERTURA: 25 de agosto de
2015.
HORARIO DE APERTURA: 11 horas.
LUGAR DE ENTREGA Y APERTURA DE SOBRES: en Municipalidad de Santa Elena, Dpto.
La Paz, calle Buenos Aires y Eva Perón, hasta
la hora de apertura.
F. 00016680 2 v./3.8.15
ASAMBLEAS
NUEVAS
PARANA
COOPERADORA DEL HOSPITAL
“DR. FRANCISCO L. CASTALDO”
Convocatoria Asamblea General Ordinaria
La cooperadora del Hospital “Dr. Francisco
L. Castaldo”, de María Grande, convoca a sus
asociados a la Asamblea General Ordinaria, a
realizarse el viernes 12 de setiembre de 2015,
a las 20 horas, en el local del Anfiteatro Municipal, para tratar el siguiente orden del día:
1 – Lectura y aprobación del acta de la asamblea anterior.
2 – Lectura y aprobación de la memoria y
balance del ejercicio al 30.6.15.
3 – Renovación parcial de la comisión directiva de la cooperadora (Art. N° 15-30 de los
estatutos vigentes).
4 – Designación de dos asambleístas para
firmar el acta.
5 – Cierre de la asamblea.
María Grande, 27 de julio de 2015 – La comisión directiva.
F.C.S. 00110687 1 v./31.7.15
— — —
PEÑA PASION XENEIZE
Convocatoria
La Peña Pasión Xeneize, invita a participar
de la Asamblea General Ordinaria, a llevarse a
cabo el día 7 de agosto de 2015, en su sede
social, sita en Avenida Ramírez 602, a partir
de las 21 horas, con el siguiente orden del día:
1 – Lectura y aprobación del acta de la asamblea anterior.
2 – Lectura de la memoria anual, balance
general, cuentas de gastos y recursos, inventario general.
3 – Designación de la nueva comisión directiva.
4 – Designación de la comisión revisora de
cuentas.
5 – Designación de dos socios para firmar el
acta de asamblea juntamente con el secretario
y presidente.
De acuerdo a lo establecido por nuestros
estatutos social de nueva institución pasada
una hora de la prevista y no consiguiendo el
quórum necesario, la asamblea sesionará con
el número de socios presentes.
Sergio D. Virgilio, presidente; Arnoldo E.
Hirschfeld, secretario.
F.C.S. 00110688 2 v./3.8.15
— — —
CLUB ATLETICO LIBERTADOR
SAN MARTIN
Convocatoria
El Club Atlético Libertador San Martín, convoca a sus asociados a una Asamblea General
Ordinaria, para el día domingo 16 de agosto de
2015, a las 9.30 horas, en su sede social, sito
en calle Celestino Marco 1389, de Paraná,
para tratar el siguiente orden del día:
1 – Conformación de la mesa que dirigirá la
asamblea.
2 – Elección de dos asambleístas para que
juntamente con el presidente y el secretario
refrenden el acta que se labre.
3 – Lectura del acta anterior.
4 – Consideración de la memoria y balance
de los períodos comprendidos desde el
1.5.2013 al 30.4.2014 y del 1.5.2014 al
30.4.2015.
5 – Elección de la totalidad de los miembros
de la comisión directiva por finalización de
mandatos.
6 – Culminación de la asamblea.
Paraná, 24 de julio de 2015 – Oscar A. Balla,
presidente; José Vásquez, secretario.
F.C.S. 00110692 3 v./4.8.15
— — —
COOPERADORA DE TRABAJO
VIDA LIMPIA LTDA
Convocatoria
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo
47 de la Ley 20.337, informamos a usted que
se ha convocado a los señores asociados de
la Cooperativa de Trabajo Vida Limpia Ltda.,
matrícula INAES N° 48592, a Asamblea General Ordinaria, para el día jueves 20 de agosto
de 2015 a las 11.30 horas, en nuestra sede
social, sita en calle Teniente Bernardt N° 1328,
para tratar el siguiente orden del día:
1 – Aprobación de balance.
2 – Cambio de tesorero.
19
3 – Incorporación de nuevos asociados.
4 – Baja de asociados.
La comisión directiva.
F.C.S. 00110695 2 v./3.8.15
— — —
CENTRO DE JUBILADOS Y
PENSIONADOS DE HERNANDARIAS
Convocatoria Asamblea Extraordinaria
La comisión directiva del Centro de Jubilados
y Pensionados de Hernandarias, conforme a lo
establecido en el Art. 28 de nuestro estatuto
social vigente, comunica la convocatoria a
Asamblea Extraordinaria, para el día 14 de
agosto de 2015, a las 17 horas en primera
convocatoria y a las 17.30 horas en segunda
convocatoria, en la sede social de la entidad
sita en calle Tucumán N° 368, de la ciudad de
Hernandarias, Dpto. Paraná, a los fines de
tratar el siguiente orden del día:
1 – Lectura del acta de comisión directiva en
que se decidió realizar la convocatoria.
2 – Elección de dos asambleístas para firmar
en forma conjunta con el presidente y secretario el acta de asamblea.
3 – Modificación de los Arts. 1, 3, 4 inciso d,
8, 13, 14, 15, 26 inciso c y f, 35, eliminación de
los incisos b, d y e del artículo 5.
Hernandarias, 27 de julio de 2015 – Horacio
Gabas, presidente; Telma Luquesi, secretaria.
F.C.S. 00110700 1 v./31.7.15
— — —
LA PAZ
JOCKEY CLUB LA PAZ
Convocatoria Asamblea General
El Jockey Club La Paz, convoca a sus socios
a la Asamblea General Ordinaria, en sus instalaciones de Ruta Provincial Nº 1, km. 5,5, de
esta ciudad, el día 15 de agosto del corriente
a las 20 horas, donde se tratará el siguiente
orden del día:
1 – Designación de dos asociados presentes
para que con el presidente y secretario aprueben y firmen el acta de asamblea.
2 – Lectura y consideración de la memoria y
balance general.
3 – Elección de una nueva comisión directiva
por finalización de mandato.
Art. 44: las resoluciones de las asambleas se
tomarán por mayoría de votos de socios activos presente que tengan una antigüedad de
seis meses como mínimo como tales y se encuentren al día con tesorería. Salvo los casos
que por estos estatutos se requiera otro distinto y deberán recaer sobre cuestiones expresadas en la convocatoria o que se vinculen a ella
de manera evidente.
Se considerará con el quórum necesario para
funcionar, con la mitad más uno de presente
de los socios activos habilitados, presente una
hora después a la hora de la convocatoria y si
a esa hora no estuviese presente ese número
la asamblea quedará constituida con el número
de socios habilitados presentes una hora después.
Eduardo T. Noriega, presidente; Luis M.
Laborde, secretario.
F.C.S. 00110698 3 v./4.8.15
— — —
VILLAGUAY
ARROCEROS DE VILLAGUAY SOCIEDAD
COOPERATIVA LIMITADA
Convocatoria Asamblea General Ordinaria
De conformidad a lo que disponen los estatutos de Arroceros de Villaguay Sociedad Cooperativa Limitada, se convoca a los señores
socios a Asamblea General Ordinaria, para el
día 7 de agosto de 2015, a las 18 horas, en la
sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, sito en calle Castelli Nº 431, para
tratar el siguiente orden del día:
20
Paraná, viernes 31 de julio de 2015
BOLETIN OFICIAL
1 – Designación de dos socios para firmar el
acta en representación de la asamblea.
2 – Lectura y consideración de la memoria y
balance general correspondiente al ejercicio
económico Nº 61, cerrado el 28.2.15, previo
informe del síndico y de auditoría.
3 – Consideración del proyecto de distribución de excedentes.
4 – Compensación consejo de administración
y sindicatura.
5 – Renovación parcial del consejo de administración:
a) Elección de cuatro consejeros titulares,
por finalización de mandatos de los señores
Moisés Slotnitzky, Alberto Kohon, Jorge Huk y
Alberto Van Opstal.
b) Elección de cuatro consejeros suplentes,
por finalización de mandatos de los señores
Alberto Hoffman, Sergio Francou, Luis Riedel
y Néstor Meichtry.
c) Elección de un síndico titular por finalización de mandato del señor Emilio Poitevin y de
un síndico suplente por finalización de mandato del señor Rubén Rolando Arlettaz.
6 – Tratamiento de la situación actual de la
cooperativa.
Villaguay, 17 de junio de 2015 – Alberto
Kohon, secretario.
NOTA: la asamblea se realizará conforme al
Art. N° 29 de los estatutos.
F.C.S. 00110699 2 v./3.8.15
INSTITUTO AUTARQUICO DE
PLANEAMIENTO Y VIVIENDA
Mediante el presente el Instituto Autárquico
de Planeamiento y Vivienda de Entre Ríos
(IAPV), comunica a los Sres. Ortiz Ramón, MI
Nº 11.948.938 y Ramona Valenzuela, MI Nº
14.238.655, y/o a sus sucesores y/o herederos, que en el Expediente Nº 57366-14241413, iniciado por “Flores Roberto Omar”, ha recaído la Resolución de Directorio IAPV Nº
1525, de fecha 21 de julio de 2015, la cual
dispone: “Resolver el boleto de compraventa
suscripto con Ortiz Ramón, MI Nº 11.948.938
de estado civil casado con Ramona Valenzuela, MI Nº 14.238.655, respecto de la vivienda
Nº 9, planta baja del grupo habitacional “San
Jaime de la Frontera, 26 Viviendas – I etapa –
Sindicato de Amas de Casas”, de San Jaime
de la Frontera, Provincia de Entre Ríos, en
virtud de pacto comisorio expreso en mérito a
los considerandos que anteceden”.
Iván Rubén Darío Rodríguez, secretario Directorio IAPV.
F. 00016682 3 v./4.8.15
CITACIONES
LLAMADO A CONCURSO
NUEVO
PARANA
NUEVAS
PARANA
a herederos y acreedores de CESAR ALBERTO
CABALLERO
La Sra. Presidenta del Consejo General de
Educación, cita y emplaza por el término de
diez días hábiles de publicada la presente a
herederos y acreedores del Sr. CESAR ALBERTO CABALLERO, DNI N° 13.030.870,
quien falleciera en el Dpto. Paraná, el día 25
de abril de 2015, conforme a lo dispuesto en
Expediente N° 16-2, grabado N° 1727118 “Bonato Elena Lucía – Gualeguay – Sol/pago haberes caídos de su extinto esposo Caballero
César Alberto”.
Paraná, 27 de julio de 2015 – Gastón Daniel
Etchepare, secretario general CGE.
12583 5 v./6.8.15
— — —
a herederos y acreedores de GRISELDA
ANDREA RIOS
La Sra. Presidenta del Consejo General de
Educación, cita y emplaza por el término de
diez días hábiles de publicada la presente a
herederos y acreedores de la Sra. GRISELDA
ANDREA RIOS, DNI N° 21.736.259, quien falleciera en el Dpto. Paraná, el día 31 de marzo
de 2015, conforme a lo dispuesto en Expediente N° 16-7, grabado N° 1724582 “Pérez Dolores Inés – Sol/pago haberes caídos de su extinta hija Ríos Griselda Andrea”.
Paraná, 27 de julio de 2015 – Gastón Daniel
Etchepare, secretario general CGE.
12584 5 v./6.8.15
— — —
a herederos y acreedores de SAUL JOSE DRI
La Sra. Presidenta del Consejo General de
Educación, cita y emplaza por el término de
diez días hábiles de publicada la presente a
herederos y acreedores del Sr. SAUL JOSE
DRI, DNI N° 17.704.886, quien falleciera en
Libertador San Martín, Provincia de Entre
Ríos, el día 17 de mayo de 2015, conforme a
lo dispuesto en Expediente N° 16-12, grabado
N° 1725671 “López Verónica – Sol/pago haberes caídos de su extinto esposo Dri Saúl José”.
Paraná, 27 de julio de 2015 – Gastón Daniel
Etchepare, secretario general CGE.
12585 5 v./6.8.15
SUMARIO
COMUNICADO
NUEVO
PARANA
La Jefatura de Policía de la Provincia, rectifica el llamado a concurso extraordinario,
abierto, de oposición y antecedentes para cubrir dos cargos como contador con el grado de
Oficial Principal del Cuerpo Profesional, Escalafón Administrativo “en comisión”, para prestar servicios en la Policía de la Provincia de
Entre Ríos.
Los requisitos particulares para el ingreso
podrán retirarse de la Dirección Personal de la
Jefatura de Policía Provincia sito en calle Córdoba N° 351, en horario administrativo, haciendo saber que la documentación que allí se
requiere podrá ser presentada hasta el día 31
de agosto del corriente año, momento en el
cual le será entregada una copia de la resolución, por medio de la cual será conformado el
Jurado Evaluador y se encontrará prevista la
fecha de evaluación respectiva.
F. 00016681 3 v./4.8.15
DESIGNACION DE GERENTE
NUEVA
PARANA
FILM PLAST SRL
Por disposición del Sr. Director de la Dirección de Personas Jurídicas de Entre Ríos, se
ha dispuesto publicar por un día en el Boletín
Oficial de la Provincia de Entre Ríos, de conformidad con la normativa vigente el presente
edicto:
Comunícase la designación de gerente de la
Sociedad de Responsabilidad Limitada FILM
PLAST SRL, conforme a las siguientes previsiones.
1 – Designación de gerente: por acta de reunión de socios de fecha 1.7.2014 se ha designado gerente de Film Plast SRL y por término
de dos años al Sr. Portorreal Rene Oscar, LE
N° 5.951.228.
Registro Público de Comercio – DIPJ – Paraná, 29 de julio de 2015 – José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00110707 1 v./31.7.15
DECRETOS
Ministerio de Desarrollo Social
Año 2015
402, 403, 404, 405, 425, 431, 479, 480,
481, 482, 483, 525, 583, 584, 673, 674,
709, 722, 723, 752, 792, 920, 921
Ministerio de Salud
948, 949
RESOLUCIONES
Ministerio de Salud
Año 2014
4661, 4662, 4663, 4664, 4665, 4666,
4667, 4668, 4669, 4670, 4671, 4672,
4673, 4674, 4675, 4676, 4677, 4678,
4679, 4680, 4681, 4682, 4683, 4684,
4685, 4686, 4687, 4688, 4689, 4690,
4691, 4692, 4693, 4694, 4695, 4696,
4697, 4698, 4699, 4700
Administradora Tributaria
de Entre Ríos
Año 2015
285
Las publicaciones de edictos, se
recibirán hasta las 9 hs., del día anterior
al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13,
derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por
Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las
ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
R e gist ro d e la Propied ad In te lect ual
299.323. Se edita los días hábiles.
MIGUEL LUIS MONTENEGRO
Director
Dirección, Administración,
Talleres y Publicaciones:
CORDOBA Nº 327
PARANA (Entre Ríos) C.P. 3100
Telefax (0343) 4207805 - 4207926
[email protected]
Suscripciones y Publicaciones
de edictos: T.E. 4207805
IMPORTANTE
Los PAGOS de FACTURAS por publicaciones y trabajos realizados, deberán
efectivizarse en la
IMPRENTA OFICIAL .
Córdoba 327 - de 7 a 12 hs. - Tel.:03434207805/7926 .
Email:
[email protected]
*Los cheques deben emitirse a la orden de
“TESORERIA
GENERAL
DE
LA
PROVINCIA”, conforme lo dispuesto según
Decreto Nº 3792/11 MEHF.
* L a s ó r d e n e s d e p a g o o l i b r a m i e nto s,
efectuados por intermedio de TESORERIA
GENERAL, deberán informarse previamente a
esta Repartición (Imprenta Oficial) para que
tome conocimiento.

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