informe de monitoreo de transparencia.
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INFORME DE MONITOREO DE TRANSPARENCIA. AL TERCER AÑO DE GESTIÓN DEL GOBIERNO DEL PRESIDENTE MAURICIO FUNES. Octubre de 2012 El presente Estudio fue publicado por la Friedrich-Ebert-Stiftung, en San Salvador, El Salvador. El contenido del Estudio es de exclusiva responsabilidad del autor y no refleja necesariamente el pensamiento de la Friedrich Ebert Stiftung. Se permite, previa autorización, la reproducción del Estudio, en partes o completo, a condición de que se mencione la fuente. INFORME DE MONITOREO DE TRANSPARENCIA AL TERCER AÑO DE GESTIÓN DEL GOBIERNO DEL PRESIDENTE MAUIRICIO FUNES Edición: Iniciativa Social para la Democracia, ISD. Teléfono: 2274-6182 www.isd.org.sv Coordinación General: Lic. Ramón Villalta Director Ejecutivo ISD Responsables del 3er Informe de Monitoreo de Transparencia: Licda. Ana María Méndez Dardón Coordinadora del Área de Transparencia e Incidencia a Políticas Públicas ISD/ Investigadora Principal Lic. Saúl Alfredo Hernández Alfaro Consultor de investigación Lic. Óscar Campos Molina Asistente técnico de transparencia Grupo Consultivo del OCT: Roberto Burgos, TI-FUNDE Juan Carlos Sánchez, FESPAD. René Cuadra, UTEC José Luis Benítez, Maestría Comunicaciones UCA Oswaldo Aguilar, ASPAE Elner Crespín, UFG Con la colaboración de: Friedrich Ebert Stiftung, El Salvador Las Fundaciones para una Sociedad Abierta (OSF) San Salvador El Salvador Octubre de 2012 Contenido Página I. Observatorio Ciudadano de Transparencia ................................................................................... 1. Misión ............................................................................................................................................ 2. Objetivos ....................................................................................................................................... 3. Metodología ................................................................................................................................. 4. Marco Conceptual ....................................................................................................................... II. Introducción.......................................................................................................................................... III. Acceso a la Información Pública ..................................................................................................... 1. Reglas Claras................................................................................................................................. 2. Institucionalidad .......................................................................................................................... 3. Atributos de la Información ...................................................................................................... IV. Participación Ciudadana................................................................................................................... 1. Reglas Claras................................................................................................................................. 2. Institucionalidad .......................................................................................................................... 3. Mecanismos de Participación ................................................................................................... 4. Atributos de la Participación..................................................................................................... V. Rendición de Cuentas ......................................................................................................................... 1. Reglas Claras................................................................................................................................. 2. Institucionalidad .......................................................................................................................... 3. Atributos del proceso de rendición de cuentas .................................................................... 4. Gestión en Transparencia .......................................................................................................... 5. Presupuesto.................................................................................................................................. 6. Declaraciones patrimoniales de funcionarios ...................................................................... VI. Promoción de Valores Éticos y Democráticos............................................................................. 1. Reglas Claras................................................................................................................................. 2. Institucionalidad .......................................................................................................................... 3. Carrera Administrativa ............................................................................................................... VII. Conclusiones y Recomendaciones ................................................................................................ VIII. Anexos (disco) ................................................................................................................................. PRESENTACIÓN Iniciativa Social para la Democracia (ISD), a través del Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD, presenta al país el “Informe de Monitoreo de Transparencia al Tercer Año de Gestión del Presidente Mauricio Funes”. ISD, tiene como filosofía la construcción de una nueva cultura política democrática; buscamos contribuir al forjamiento de una institucionalidad fuerte capaz de atender los derechos fundamentales de la población, con reglas que garanticen una gestión transparente, abierta y participativa; con funcionarios capaces y sobre todo honestos, comprometidos con el servicio público, cimentados en el interés por el bien común. También, buscamos contribuir a forjar una sociedad donde las personas y la ciudadanía se reconocen como sujetos de derecho, que participan voluntariamente de su gobierno, que ejercen algún tipo de control sobre las acciones del poder político, y que exige ser tomado en cuenta como un derecho al acceso de la toma de decisiones políticas, jurídicas y administrativas del poder en el Estado. Bajo esta concepción hemos creado el Observatorio Ciudadano de Transparencia (OCTISD), mediante el cual hemos desarrollado metodologías y herramientas para dar seguimiento al desarrollo de la transparencia en los órganos del Estado con el fin de fortalecer la calidad de la gestión pública. A la fecha, con el presente, hemos realizado tres informes de transparencia a la Gestión del Gobierno del Presidente Mauricio Funes; dos a la Gestión de la Asamblea Legislativa, uno a la Gestión de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y un monitoreo de seguimiento a la creación de las UAIP en el ámbito municipal con la participación activa del Movimiento Ciudadanía Activa. Desde Mayo de 2011, contamos con la Ley de Acceso a la Información Pública; un hito histórico que ha marcado el fin de la era de la confidencialidad de la información pública y que obliga a las instituciones a crear nuevos mecanismos de transparencia para garantizar el derecho que las personas tienen para acceder a información de la gestión pública y con ello poder incidir en las decisiones gubernamentales. Este derecho se ha activado a partir del 08 de Mayo de 2012 que entró en plena vigencia la Ley de Acceso a la Información Pública, con lo cual se fortalece la participación ciudadana y se crean condiciones para el ejercicio de la contraloría y/o auditoría social, ello ha dado mayor fortaleza a la acción que desarrolla el Observatorio Ciudadano de Transparencia (OCT-ISD). Durante el presente año, el OCT-ISD se ha visto enriquecido, ya que con la colaboración de Transparencia Internacional y su capítulo nacional la Fundación para el Desarrollo FUNDE; la Maestría de Comunicaciones de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas UCA, la Asociación Salvadoreña de Profesionales en Administración de Empresas ASPAE, la Fundación para el Estudio de la Aplicación del Derecho FESPAD, la Universidad Francisco Gavidia UFG, se ha creado un Consejo Consultivo que brinda su opinión calificada para la validación de la metodología y el resultado de los monitoreo de transparencia, a quienes agradecemos su valioso aporte. El OCT-ISD busca convertirse en la instancia de soporte para el Movimiento Ciudadanía Activa, esfuerzo de organizaciones ciudadanas locales que aglutinan a unos 100 municipios del país, con quienes estratégicamente se implementarán procesos de auditoría ciudadana haciendo uso del derecho al acceso a la información pública con énfasis en los presupuestos municipales y las políticas públicas favorables al desarrollo territorial y la superación de pobreza. De esta manera ISD reafirma su compromiso de promover procesos de participación ciudadana y transparencia pública, a través de la educación cívica, el desarrollo de capacidades de incidencia y actuación de la sociedad civil y el fortalecimiento de instituciones públicas locales y nacionales, La existencia, conocimiento y sometimiento al cumplimiento de reglas claras; el desarrollo de la institucionalidad para garantizar los derechos de acceso a información pública, la rendición de cuentas, la participación y control ciudadano a la gestión pública; y, la promoción de los valores democráticos y éticos son los componentes fundamentales de la transparencia y los mismos son una obligación y responsabilidad de las autoridades públicas y una corresponsabilidad cívica y unos derechos exigibles a los gobernantes. En este marco, reconociendo como un derecho el ejercicio de control social, el OCT-ISD presenta a la sociedad salvadoreña el tercer informe de transparencia a la Gestión del Presidente Mauricio Funes, mediante el cual hacemos una descripción y análisis objetivos de los avances y aspectos en donde debe de mejorarse en materia de transparencia. Este informe lo entregamos a la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la República, como un aporte de la sociedad civil a la mejora de la gestión del Órgano Ejecutivo, esperando que haya una valoración positiva a la crítica pública. Agradecemos a los funcionarios públicos que nos brindaron su información, a quienes reconocemos su alta disposición de colaborar con el desarrollo del presente monitoreo, a las organizaciones de la sociedad civil que han colaborado para tener ahora el resultado que estamos entregando. Agradecemos a la Friedrich Ebert Stiftung, y a las Fundaciones para una Sociedad Abierta (OSF), por la confianza y respaldo financiero otorgado para el desarrollo y publicación del presente informe, el cual estamos seguros contribuirá al análisis y discusión de la trasparencia y la ética pública en las instituciones del gobierno, al fortalecimiento de la institucionalidad y por ende al proceso de consolidación de la democracia. José Ramón Villalta Director Ejecutivo Iniciativa Social para la Democracia ISD. ÓRGANO EJECUTIVO Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT Es un programa de investigación-acción, de carácter permanente y de observación críticaanalítica sobre el estado y avance de las prácticas de transparencia y anticorrupción que implementan los tres órganos del Estado salvadoreño, así como de aquellas decisiones y políticas que aportan a la transparencia en la gestión pública. Constituye a su vez, un espacio para generar información socialmente relevante y útil para que la sociedad pueda acompañar los procesos e influir las agendas públicas de los tres órganos del Estado. Misión Promover políticas públicas basadas en la transparencia, acceso a la información, la participación ciudadana, rendición de cuentas; por otro lado promover valores éticos y la determinación de reglas claras en la gestión pública para generar estándares de calidad en los servicios públicos y el desarrollo humano sostenible de la población salvadoreña. Objetivos a. Investigar, analizar y evaluar las decisiones y políticas públicas en materia de transparencia y anticorrupción de los tres órganos del Estado. b. Ofrecer a la ciudadanía información, instrumentos y mecanismos que le permitan vigilar la actuación del Estado, observar y analizar las políticas públicas e incidir en ellas. c. Brindar una herramienta a las instituciones del Estado para el fortalecimiento de la institucionalización de la transparencia y la anticorrupción. Metodología El monitoreo del estado de la transparencia se realiza a partir de la investigación y análisis de una serie de variables e indicadores que se desprenden de éstos 4 aspectos: a. b. c. d. Acceso a la información Participación ciudadana Rendición de cuentas Promoción de valores éticos y democráticos Aspecto Variable 1. Reglas Claras I. Acceso a la Información 2. Institucionalidad 3. Atributos de la información 1. Reglas Claras 2. Institucionalidad II. Participación Ciudadana 3. Mecanismos de participación 4. Atributos de la participación 1. Reglas Claras 2. Institucionalidad III. Rendición de cuentas 3. Atributos del proceso de rendición de cuentas 4. Gestión 5. Presupuesto 6. Declaraciones patrimoniales de funcionarios 1. Reglas Claras IV. Promoción de Valores éticos y democráticos 2. Institucionalidad 3. Carrera Administrativa Indicador 1.1 Marco Jurídico Constitucional 1.2 Marco Jurídico Internacional 1.3 Leyes secundarias 1.4 Otros (Reglamentos, Decretos, Sentencias etc.) 2.1 Órgano Garante 2.2 Oficina de Atención Ciudadana 2.3 Unidad de Acceso a la Información Pública 2.4 Oficina de Comunicación y Prensa 2.5 Diseño e implementación de sitios web 3.1 Accesibilidad 3.2 Socialmente Relevante 3.3 Confiabilidad 1.1 Marco Jurídico Constitucional 1.2 Marco Jurídico Internacional 1.3 Leyes secundarias 1.4 Otros (Reglamentos, Decretos, Sentencias etc.) 2.1 Ente encargado 3.1 Tipos de participación 3.2 Medios de Participación 3.3 Formas de participación 3.4 Procedimiento de acceso al funcionario 4.1 Periódica 4.2 Plural-Representativa 1.1 Marco Jurídico Constitucional 1.2 Marco Jurídico Internacional 1.3 Leyes secundarias 1.4 Otros (Reglamentos, Decretos, Sentencias etc.) 2.1 Ente rector 3.1 Periódico 3.2 Participativos 3.3 Fiscalizable 3.4 Impacto político 4.1 Compromisos 4.2 Decisiones 4.3 Resultados 5.1 Publicación 5.2 Divulgación 6.1 declaraciones patrimoniales 1.1 Marco Jurídico Constitucional 1.2 Marco Jurídico Internacional 1.3 Leyes secundarias 1.4 Otros (Reglamentos, Decretos, Sentencias etc.) 2.1 Ente rector 3.1 Procedimiento de selección 3.2 Separación de la esfera política partidaria con las funciones 3.3 Evaluación de Desempeño Esta metodología fue validada por un comité consultivo formado por: Universidad Francisco Gavidia (UFG) Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) Transparencia Internacional (FUNDE) Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA) Marco Conceptual Acceso a la Información Es la obligación que tienen los servidores y servidoras públicos para dar a conocer a la ciudadanía de manera clara ya sea por la vía visual, oral o escita los datos que resultan de su trabajo. En este sentido la información debe ser oportuna, verificable y comprensible. Por tanto, la calidad y cantidad de información, así como la comprobación sobre su veracidad su comprensión por parte de las personas y que la misma sea entregada en el momento adecuado son claves para garantizar el derecho de la ciudadanía a estar informado. Rendición de Cuentas El buen gobierno supone el rendir cuentas ante la sociedad en general; ello implica la transparencia en las informaciones sobre la consecución de los objetivos marcados y sobre el cómo se ha conseguido ese cumplimiento. Un principio fundamental de las democracias modernas es que toda institución que tenga encomendada una función pública ha de rendir cuentas de su actuación a los ciudadanos y a sus representantes elegidos democráticamente. La noción de rendición de cuentas incluye la obligación de políticos y funcionarios de informar sobre sus decisiones y de justificarlas en público (answerability) y la capacidad de sancionar a políticos y funcionarios en caso de que hayan violado sus deberes públicos (enforcement). La rendición de cuentas tiene dos dimensiones, la horizontal que implica relaciones de control entre órganos del Estado y la vertical que se refiere a relaciones de control de la sociedad hacia el Estado Así la rendición de cuentas es el deber y la obligación de los funcionarios públicos de explicar y responder por las decisiones que han tomado y las consecuencias que de éstas se generan, sobre las actividades realizadas, por el uso y destino de los recursos. Participación Ciudadana La “democracia es un régimen político donde los/as ciudadanos/as no sólo participan voluntariamente de su gobierno, sino que ejercen algún tipo de control sobre las acciones del poder político; ello quiere decir que la autoridad pública es limitada”1. No puede haber democracia si los ciudadanos no tienen consciencia de pertenecer a una colectividad política, pero a la vez donde la democracia se asienta sobre la responsabilidad de los ciudadanos por su país, esto supone la posibilidad de contribuir a la vida pública desde la comunidad a través de una participación con poder de incidencia; en donde la transparencia de la gestión en las Entidades Públicas debe ser una demanda constante de los ciudadanos en su triple condición de electores, usuarios de servicios públicos y contribuyentes. La participación ciudadana es entendida como la igualdad de oportunidades de todos y todas las ciudadanas para ser parte activa en las acciones y decisiones que influyen en el país. La participación ciudadana supone ser parte de los procesos de toma de decisiones, de cooperar de manera responsable con las instituciones del Estado o demandar de ellas una actuación responsable si es necesario. También la participación ciudadana implica corresponsabilidad con la función pública; la transparencia no es solo responsabilidad de los y las gobernantes, es una corresponsabilidad ciudadana que debe garantizarse mediante el ejercicio del control sobre la actuación gubernamental. Valores Democráticos Son todos aquellos valores que norman el comportamiento, rigen la conducta y las actuaciones públicas de los y las funcionarios públicos en el ejercicio de su cargo. Los principales valores democráticos están cimentados en la ética pública, en la probidad, la honradez, la transparencia y otros valores plasmados en el Art. 4 de la Ley de Ética Gubernamental.2 Asimismo, con una serie de compromisos con la verdad, la justicia y derechos humanos; Compromiso con la equidad de Género y la Sostenibilidad y sustentabilidad ambiental. Reglas Claras Están conformadas por un conjunto de leyes, reglamentos, ordenanzas, políticas o códigos que se crean para regular las relaciones del Estado con la ciudadanía y ordenar las actividades de cada uno de los habitantes según su rol en el país Fuentes de Información 1 Primarias: entrevistas presenciales a funcionarios y empleados públicos; solicitudes y consultas de información a través de la web. González, Luis Armando. La democracia y sus exigencias. Iniciativa Social para la Democracia. Noviembre 2009. San Salvador 2 Art. 4 de la Ley de Ética Gubernamental. 14 principios de ética por los cuales se debe regir la conducta de los funcionarios públicos: Supremacía del interés público, probidad, no discriminación, imparcialidad, justicia, transparencia, confidencialidad, Responsabilidad, disciplina, legalidad, lealtad, decoro, eficiencia y eficacia, y rendición de cuentas. Secundarias: memoria de labores, informes de gestión, sitios web oficiales, notas, artículos de prensa, reportajes, documentos oficiales, entre otros. CUADRO DE ACRÓNIMOS ANEP ASOCIACIÓN NACIONAL DE LA EMPRESA PRIVADA APES ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS DE EL SALVADOR ARPAS ASOCIACIÓN DE RADIOS Y PROGRAMAS PARTICIPATIVOS DE EL SALVADOR CEG COMITÉ DE ÉTICA GUBERNAMENTAL CCC COMITÉ DE CONTRALORÍA CIUDADANA CIRC COA COMISIÓN INSTITUCIONAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS COMITÉ DE AUDITORÍA CSJ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIGESTYC FESPAD FISDL FOVIAL DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS FUNDACIÓN DE ESTUDIOS PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL IAIP INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ISD INICIATIVA SOCIAL PARA LA DEMOCRACIA ISTA INSTITUTO SALVADOREÑO DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA ISSS ITIGES LAIP LEG MINEC MINED INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA E INFORMÁTICA DE LA SECRETARÍA PRIVADA DE LA PRESIDENCIA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA LEY DE ÉTICA GUBERNAMENTAL MINISTERIO DE ECONOMÍA MINISTERIO DE EDUCACIÓN OIR OFICINA DE INFORMACIÓN Y RESPUESTA OIT OEA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS OFCIA ONU PDM PFGL OFICINA DE FORTALECIMIENTO AL CONTROL INTERNO Y AUDITORÍA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE GOBIERNOS LOCALES RIOE RLAIP SAE REGLAMENTO INTERNO DEL ÓRGANO EJECUTIVO REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA SECRETARÍA PARA ASUNTOS ESTRATÉGICOS DE LA PRESIDENCIA SCP SSTA TEG SECRETARÍA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA SUBSECRETARIA DE TRANSPARENCIA Y ANTICORRUPCIÓN TRIBUNAL DE ÉTICA GUBERNAMENTAL TIC TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES UACI UAIP UNIDAD DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES INSTITUCIONAL UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA UGS UNIDAD DE GESTIÓN SOCIAL INTRODUCCIÓN La transparencia en la gestión pública es una condición inherente a la democracia, sus logros dependen de hacer efectivos el acceso a la información pública, la incidencia de la participación social y la rendición de cuentas hacia la ciudadanía, además de garantizar el ejercicio de una conducta ética y proba por parte de los funcionarios y servidores públicos en el manejo de los recursos del Estado. A través de los mecanismos de la transparencia, se logra que la ciudadanía pueda fiscalizar el desempeño en la administración pública, y que los funcionarios expliquen y justifiquen los procesos que les conducen a tomar decisiones orientadas a determinados resultados. La transparencia junto con los valores éticos debe ser concebida como un sistema que engloba un cuerpo de integridad pública. Es menester de las instituciones públicas orientar su gestión hacia la instauración de una cultura de transparencia en la sociedad, articulando los esfuerzos de diferentes sectores: academia, sociedad civil, sector privado y medios de comunicación. En este marco, el Órgano Ejecutivo desempeña un rol primordial en la construcción de una cultura de transparencia desde la gestión pública, por encargarse de diseñar e implementar las políticas públicas a través de cada una de sus instituciones, por desempeñar otras funciones esenciales como la elaboración del presupuesto anual; sancionar, promulgar y publicar las leyes; dirigir las relaciones exteriores; ordenar y conducir la fuerza armada; entre otras. Dada la relevancia de las atribuciones del Órgano Ejecutivo en el diseño político institucional, la transparencia se vuelve un aspecto transversal de su acción, con el propósito de generar una relación de confianza hacia la ciudadanía, aportando de esta manera mayor legitimidad a cada una de las políticas implementadas. Por este motivo, la transparencia aporta valiosos insumos en la construcción de la gobernabilidad y democracia en el Estado, de acá se desprende la necesidad de su estudio. I. ACCESO A LA INFORMACIÓN Uno de los aspectos fundamentales que caracterizan a una gestión pública transparente es la posibilidad que tiene la ciudadanía de acceder a la información pública. Sin embargo, el acceso a la información pública por sí solo no genera transparencia, ya que ésta debe ser complementada con los respectivos procesos de control social, como la rendición de cuentas y la participación ciudadana, en complemento con una cultura ética y democrática en la función pública. El acceso a la información pública será entonces solamente una de las dimensiones que indicarán el nivel de transparencia u opacidad en la gestión gubernamental. “El acceso a la información no sólo se refiere a la promoción y protección de los derechos a información, sino que incluye también la promoción y protección de la comunicación (el uso de la información) para que cada cual exprese su punto de vista, participe en los procesos democráticos a todos los niveles (comunidad, nacional, regional y mundial) y establezca prioridades de acción”3. La posibilidad de la ciudadanía de acceder a información pública relevante para su vida en la comunidad, el municipio o el Estado mismo, genera una condición favorable para su interacción con el gobernante. Cuando la ciudadanía cuenta con información adecuada, la relación con su representante puede darse de manera más horizontal, pero también más eficiente, ya que al tener mejor información del quehacer de los funcionarios públicos crece su capacidad de exigirles cuentas, y de esa manera mejorar el rendimiento de los gestores públicos. Las atribuciones y obligaciones de gobierno conferidas por la Constitución de la República al Órgano Ejecutivo4, son vastas y de gran impacto para la vida cotidiana de la ciudadanía, por lo que los procesos para conocer y controlar su gestión de gobierno son fundamentales para que su accionar no degenere en un autoritarismo con revestimientos democráticos. Por lo tanto, acceder a la información pública que generan las diferentes instituciones del Ejecutivo es fundamental para que la población pueda entablar mejores mecanismos de controlaría social. Por tratarse de un sistema presidencialista, los recursos de poder que aglutina la figura del Presidente son muchos y de gran impacto, por lo que su decisión o voluntad política para que avancen o se detengan ciertas acciones y políticas públicas, será siempre determinante en la dinámica política. Es precisamente el objetivo de esta investigación, evaluar de manera profunda y objetiva las decisiones y acciones tomadas por el Órgano Ejecutivo en lo relativo a transparencia y acceso a la información pública. 3 “Guía conceptual y metodológica para el montaje de las oficinas de información y respuesta”; SSTA, CASALS & ASSOCIATES, INC.; y FEPADE (Noviembre 2011) 4 Constitución de la República. Arts. 157 al 171 A continuación, se hará una evaluación de las acciones y decisiones tomadas por la administración del Presidente Mauricio Funes en materia de acceso a la información pública en su tercer año de gobierno, que comprende el período del 1 de junio de 2011 al 31 de mayo de 2012. Dichas acciones y decisiones se evaluarán a través de tres grandes variables: reglas claras, institucionalidad y los atributos de la información pública. 1. Reglas Claras La variable de reglas claras tiene como objetivo conocer y evaluar los marcos normativos que regulan las relaciones ciudadano-Estado en materia de acceso a la información pública. Dicha evaluación se hará a través del análisis del marco jurídico constitucional, el marco jurídico internacional, las leyes secundarias y otras normas relativas al acceso a la información pública que son aplicables al Órgano Ejecutivo. Se busca determinar si se cuenta con un marco jurídico de reglas que faciliten y propicien el ejercicio pleno del derecho a la información pública que tiene la ciudadanía, o si por el contrario, el marco jurídico existente tiende a ser confuso e insuficiente para que el ciudadano pueda ejercitar su derecho en forma efectiva. 1.1 Marco Jurídico Constitucional El derecho de acceso a la información pública no se encuentra explícitamente contemplado en la Constitución de la República, sin embargo, éste se encuentra garantizado por al menos dos derechos fundamentales, como son el derecho de libre expresión (Art. 6) y el derecho de petición (Art. 18). La integración de los derechos de petición y libertad de expresión constituye la base constitucional que tiene la ciudadanía para hacer cualquier solicitud a la autoridad pública y que ésta le responda de manera fundamentada y congruente con lo solicitado. Asimismo la posibilidad de solicitar de manera específica información pública, deviene del derecho constitucional de libertad de expresión, entendiendo que ésta comprende la libertad de buscar, difundir y recibir información de toda índole. Tabla 1.1: Fundamento Constitucional del Derecho de Acceso a la Información Pública MARCO NORMATIVO CONSTITUCIONAL DERECHO DISPOSICIÓN CONTENIDO CONSTITUCIONAL Libertad de Art. 6 “Toda persona puede expresar y difundir libremente sus Expresión pensamientos siempre que no subvierta el orden público, ni lesione la moral, el honor, ni la vida privada de los demás. El ejercicio de este derecho no estará sujeto a previo examen, censura ni caución (...)” Petición Art. 18 “Toda persona tiene derecho a dirigir sus peticiones por escrito de manera decorosa, a las autoridades legalmente establecidas; a que se le resuelvan, y a que se le haga saber lo resuelto” Estos derechos consagrados en la Constitución también han sido desarrollados por la jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional, dándoles aún mayor alcance y claridad. Un ejemplo de esta jurisprudencia constitucional es la sentencia de Amparo 432-98, que desarrolló ampliamente sobre las implicaciones del derecho de petición: “El derecho de petición (...) Es un instrumento por medio del cual se puede controlar y orientar la conducta de los detentadores del poder (…) En ese sentido, “la contestación no puede limitarse a dar constancia de haberse recibido la petición, sino que la autoridad correspondiente debe analizar el contenido de la misma y resolverla conforme a las facultades jurídicamente conferidas”. Sin embargo, la no existencia clara de una disposición constitucional -que estableciera el derecho de acceso a la información- se convirtió por mucho tiempo en un obstáculo para el ejercicio práctico de este derecho, así, la entrada en vigencia de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) se convirtió en un avance significativo en orden a dar una herramienta legal concreta al ciudadano para exigir su derecho y una obligación clara al funcionario de brindar la información pública correspondiente. 1.1 Marco Jurídico Internacional El Estado salvadoreño ha suscrito varios tratados internacionales que contienen normas relativas a la libertad de expresión, el combate a la corrupción y el derecho a la información. En ellos, el derecho de acceso a la información pública sí se encuentra garantizado de forma expresa, aunque no como objeto principal de los mismos, sino más bien como un elemento coadyuvante del respectivo instrumento jurídico, bien sea que se traten de libertad de expresión, combate a la corrupción u otro. A continuación se detallan algunas de estas normas jurídicas internacionales adoptadas por el Estado salvadoreño, que ya contenían el derecho de acceso a la información en su articulado, antes de la aprobación y entrada en vigencia de la LAIP Tabla 1.2: Marco Jurídico Internacional que contempla el Derecho de Acceso a la Información Pública. INSTRUMENTO JURÍDICO Declaración Universal de Derechos Humanos MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL ARTÍCULO CONTENIDO Art. 19 “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.” Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción Art. 2 Núm. 1º “Los propósitos de la presente Convención son: 1) Promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Partes, de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción; (...)” Convención Americana sobre Art. 13 “...derecho a la libertad de pensamiento y de Derechos Humanos expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole...” Pacto internacional de derechos Art. 19 “..Toda persona tiene derecho a la libertad de civiles y políticos expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole...” Declaración Americana de los Art. 4 “Derecho de libertad de investigación, opinión, Derechos y Deberes del Hombre expresión y difusión.” Convención interamericana Art. 5 “Políticas y prácticas de prevención de la corrupción: contra la corrupción Cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, formulará y aplicará o mantendrá en vigor políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción que promuevan la participación de la sociedad y reflejen los principios del imperio de la ley, la debida gestión de los asuntos públicos y los bienes públicos, la integridad, la transparencia y la obligación de rendir cuentas.” DECLARACIONES INTERNACIONALES Declaración de Chapultepec Principio 3º “Las autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada por el sector público. No podrá obligarse a ningún periodista a revelar sus fuentes de información.” Declaración de principios sobre Principio 4º “El acceso a la información en poder del Estado es un libertad de expresión de la derecho fundamental de los individuos. Los Estados Comisión Interamericana de están obligados a garantizar el ejercicio de este Derechos Humanos derecho. Este principio sólo admite limitaciones excepcionales que deben estar establecidas previamente por la ley para el caso que exista un peligro real e inminente que amenace la seguridad nacional en sociedades democráticas.” Declaración sobre Gobierno Compromiso “Aumentar la disponibilidad de información sobre las Abierto Primero actividades gubernamentales. Los gobiernos recogen y almacenan la información en nombre de las personas, y los ciudadanos tienen derecho a solicitar información sobre las actividades gubernamentales. Nos comprometemos a promover un mayor acceso a la información y divulgación sobre las actividades gubernamentales en todos los niveles de gobierno. Nos comprometemos a esforzarnos más para recoger y publicar de forma sistemática datos sobre el gasto público y el rendimiento de las actividades y los servicios públicos esenciales (...)” La importancia de estos instrumentos de derecho internacional es que, a diferencia de la Constitución, en estos ya aparecía establecido claramente el derecho de acceso a la información pública, y no tenía que deducirse de otro derecho relacionado. 1.2 Leyes secundarias De igual manera, antes de la entrada en vigencia de la LAIP, existían leyes secundarias que garantizaban este derecho. Estas normas protegían y fomentaban el acceso a la información como derecho de la ciudadanía a acceder a la información pública y como deber que tienen los funcionarios públicos de brindar dicha información en cuestiones específicas, relativas a la materia que regulaba la respectiva legislación. Estas leyes que ya obligaban a brindar información aún contaban con un nivel de dispersión que no permitía claridad en las reglas para ejercer el derecho de acceder a la información pública. A continuación algunas de esas reglas de orden secundario que antes de la entrada en vigencia de la LAIP ya establecían el derecho de acceso a la información pública para materias y cuestiones específicas Tabla 1.3: Leyes Secundarias que garantizaban el Derecho de Acceso a la Información Pública anteriores a la LAIP LEGISLACIÓN Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo ARTÍCULO 53-E literal B sub literales del ”B, C, E, F, I, J, K L, M” CONTENIDO “…b) Edificar el Sistema de Transparencia Nacional; c) Formular los lineamientos, estrategias y acciones para la transparencia de la gestión del Gobierno; e) Fortalecer la transparencia y rendición de cuentas, promoviendo el acceso a la información pública; f) Garantizar la transparencia a través de la coordinación y el seguimiento de las instancias auditoras en las instituciones del Gobierno central; i) Promover la aprobación de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública; j) Generar convenios con instituciones académicas y tanques de pensamiento para la creación de centros de depósito y acceso de información pública estratégica; k) Crear un sistema de incentivos a la transparencia y a la participación ciudadana a nivel local vinculado a las transferencias y ventanillas de financiamiento del Gobierno nacional; l) Garantizar la coordinación de los sitios web para los fines especificados en el marco de la transparencia. m) Apoyar a las instituciones del Órgano Ejecutivo en el diseño, aplicación y seguimiento de medidas de fomento a la transparencia, la lucha contra la corrupción en procesos de adquisiciones, contrataciones y Código Civil 675 Código Municipal Título IX Capítulo III 125A -125F De la transparencia Ley del Medio Ambiente 30 Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública 153 literal “b” Ley de Gubernamental 4 Ética coadyuvar en el fortalecimiento a los sistemas de control interno…” “El Registro es público y puede ser consultado por cualquier persona” “La información de acceso público a que se refiere el presente Capítulo, será la contenida en los documentos siguientes: a)Ordenanzas municipales y sus proyectos; b)Reglamentos; c)Presupuesto Municipal; d)Planes municipales; e)Valúo de bienes a adquirir o vender; f)Fotografías, grabaciones y filmes de actos públicos; g)Actas del Concejo Municipal; h)Informes finales de auditoría.” “(...) las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Gestión del Medio Ambiente, deben suministrar la información que les solicite el Ministerio, la cual será de libre acceso al público (...)” “Se impondrá amonestación por escrito al funcionario, servidor público o municipal que incurra en alguna de las infracciones siguientes: b) No permitir el acceso al expediente de contrataciones a las personas involucradas en el proceso (de licitación)” “La actuación de las personas sujetas a esta Ley deberá regirse por los siguientes principios de la ética pública: (F) Actuar de manera accesible para que toda persona natural o jurídica, que tenga interés legítimo, pueda conocer si las actuaciones del servidor público son apegadas a la ley, a la eficiencia, a la eficacia y a la responsabilidad.” Sin embargo, todas esas normas que enunciaban y garantizaban el derecho de acceso a la información aún no configuraban un sistema de reglas claras que permitiera a la ciudadanía ejercer plenamente su derecho de acceso a la información pública. 1.3.1 Ley de Acceso a la Información Pública La LAIP es fruto de un largo proceso discusión y debate público, en el cual la voz e iniciativa de las organizaciones de la sociedad civil jugó un papel muy relevante para que finalmente la ciudadanía pudiera contar con un instrumento jurídico por medio del cual puede hacer efectivo su derecho de acceso a la información pública. La Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) inició en 2004 una campaña para poner en agenda pública la necesidad de una Ley de Acceso a la Información, como se le denominaba en ese momento, siendo éste uno de los primeros hechos que se registran en pro de una legislación que brindara a la ciudadanía un instrumento para acceder a la información pública5. Desde 2004 se recorre un camino intenso y en muchas ocasiones lleno de obstáculos puestos por funcionarios públicos que tenían en sus manos la aprobación de una legislación sobre el acceso a la información pública, que finalmente encontró eco en la administración del Presidente Mauricio Funes. Es así, que con el impulso del nuevo gobierno, la Ley de Acceso a la Información Pública finalmente vio luz en mayo de 2011. Sin embargo, debe recordarse que la entrada en vigencia de la LAIP el 8 de mayo de 2011 no significó su inmediata puesta en práctica, pues a partir de esta fecha se inició un proceso de preparación por parte de los entes obligados para instalar el sistema de acceso a la información pública que materializaría lo establecido en la Ley. La misma LAIP estableció los siguientes plazos de su implementación Tabla 1.4: Plazos de implementación de la LAIP Publicación de la ley 8 de abril de 2011 Vigencia de ley 8 de mayo de 2011 Reglamento de elección de comisionados 5 de septiembre de 2011 Reglamento de ley 5 de septiembre de 2011 Designación de oficiales de información 4 de noviembre de 2011 Nombramiento de Comisionados 4 de noviembre de 2011 Presentación de solicitudes de información 7 de mayo de 2012 Publicación de información oficiosa 7 de mayo de 2012 Fuente: DEL-FUSADES Boletín de Estudios Legales No. 129 6 Finalmente con la aplicación de la ley a partir del 8 de mayo de 2012, la ciudadanía pudo contar con una legislación que establecía claramente quiénes eran los entes estatales obligados para dar la información pública; la institucionalidad que debía existir para responder ante las solicitudes de información; los plazos para brindar la información solicitada; lo que se considera información reservada y los procedimientos para solicitar información, entre otros aspectos que vino a normar con suficiente claridad la LAIP. En el cuadro a continuación se resumen algunas de las reglas claras contenidas en la LAIP para ejercer el derecho de acceso a la información 5 “APES pide Ley de Acceso a la Información”. La Prensa Gráfica. http://archive.laprensa.com.sv/20040730/nacion/nacion19.asp. Consultado 12 de septiembre. 09:30 am 6 DEL-FUSADES Boletín de Estudios Legales No. 1296“Implementación de la Ley de Acceso a la Información Pública”/Septiembre 2011 San Salvador Tabla 1.5: Disposiciones de la LAIP LEY/ DECRETO ARTÍCULO Artículo 7. Entes obligados Artículo 10. información. Ley de Acceso a la Información Pública Divulgación de la Artículo 48. Unidades de Acceso a la Información Artículo 50. Funciones del Oficial de Información. Artículos 61 al 75. Procedimiento del Acceso a la Información CONTENIDO “Están obligados al cumplimiento de ésta ley los órganos del Estado…” “Los entes obligados, de manera oficiosa, pondrán a disposición del público, divulgarán y actualizarán…” “Los entes obligados del sector público tendrán unidades de acceso a la información pública…” “...recabar y difundir la información oficiosa…” Regula el procedimiento de acceso a la información que debe seguir la ciudadanía ante los entes obligados. Las reglas antes mencionadas se aplican de manera general a todos los “entes obligados”, que según el artículo siete de la LAIP son: los órganos de Estado, sus dependencias, las instituciones autónomas, las municipalidades o cualquier otra entidad u organismo que administre recursos públicos, bienes del Estado o ejecute actos de administración pública en general. Aparte de las normas generales de la LAIP que aplican al Órgano Ejecutivo, existen otras que le aplican de manera particular a este órgano de Estado. A continuación se detallan algunas de las normas de la LAIP y su reglamento, que obligan de manera directa al Órgano Ejecutivo; teniendo en cuenta que no se tratan de las únicas que le aplican, pero sí de aquellas que lo vinculan de manera más específica Tabla 1.6: Disposiciones de la LAIP que aplican de manera específica al Órgano Ejecutivo Información LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Oficiosa Art. 12 Art. 12. “Será información oficiosa de la Presidencia de la República y del Consejo de Ministros, además de la contenida en el artículo 10, la siguiente: a. El plan general del Gobierno; b. Los Decretos y Acuerdos Ejecutivos; c. El proyecto de agenda de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Ministros; d. Las actas de reuniones del Consejo de Ministros; e. Los textos de los vetos y observaciones enviados a la Asamblea Legislativa.” Art. 10 “El Ministerio de Hacienda deberá presentar y publicar semestralmente Inc. 2º y un informe sobre la ejecución presupuestaria del Estado, dentro de los 3º treinta días siguientes a cada semestre (...) Adicionalmente deberá publicar los montos que se otorguen a los partidos políticos, en concepto de deuda política, así como los informes financieros que le presenten los partidos políticos y coaliciones (...) “ REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Art. 11 “Los entes obligados podrán actualizar la información señalada en el artículo 10 de la ley, al menos una vez cada tres meses (...)” Información LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Reservada Art. 19 (a) “Los planes militares y las negociaciones políticas a que se refiere el Art. 17 Art. 18 Art. 19 Promoción de cultura de acceso a la información Convocatoria y elección del Instituto de Acceso a la Información Pública Art. 46 Art. 53 Art. 75 Art. 168 Ord 7º de la Constitución“; (b) la que perjudique o ponga en riesgo la defensa nacional y la seguridad pública (c) la que menoscabe las relaciones internacionales o la conducción de negociaciones diplomáticas del país (...)” REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN “Los entes obligados llevarán acabo la clasificación por cualquiera de las siguientes formas: a) clasificación inmediata y b) clasificación posterior (...)” “La clasificación inmediata la realizará el ente obligado cuando la información se genere, obtenga, adquiera o transforme.” “La clasificación posterior la realizará el ente obligado cuando por negligencia la información no haya sido clasificada de manera inmediata, por lo que el ente obligado la clasificará cuando se reciba una solicitud de acceso a la información pública” LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA “El Ministerio de Educación incluirá en los planes y programas de estudio de educación formal (...) contenidos que versen sobre la importancia democratizadora de la transparencia, el derecho de acceso a la información (...)” LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA “La elección de ternas será realizada en asamblea general por sectores, convocadas especialmente para tal efecto. Corresponderá al Ministerio de Economía convocar a las asociaciones empresariales; al Ministerio de Gobernación convocar a las asociaciones profesionales; al Ministerio de Educación convocar a las universidades; a la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia de la República convocar a las asociaciones de periodistas; y al Ministerio de Trabajo y Previsión Social convocar a los sindicatos (...)” “El Presidente de la República contará con treinta días para hacer la selección de los miembros propietarios y suplentes del Instituto (...)” REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN “Cada entidad convocante elaborará un instructivo interno por medio de los cuales dará cumplimiento a los establecido en la Ley y el presente Reglamento. Dicho instructivo será elaborado en coordinación con la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría de Asuntos Estratégicos (...)” La aprobación y entrada en vigencia de la LAIP7 ha sido un avance fundamental con respecto a las reglas a aplicarse en materia de acceso a la información pública. La LAIP ha dado orden a la dispersión de normas que antes de ella existían y ha creado (y estandarizado) los mecanismos de acceso a la información, al menos a nivel de la legislación, pues anteriormente existían diversos cuerpos normativos que contemplaban y aseguraban este derecho, pero ninguno de estas normativas establecían los procedimientos, plazos y demás aspectos que la LAIP contempla8. 7 Desde los inicios de siglo XXI diversas organizaciones de la sociedad civil pujaron por una ley que regulara de manera concreta y especial el derecho de acceso a la información pública, la cual fue finalmente aprobada el 8 de mayo de 2012, siendo impulsada por la administración Funes, ya que en las anterior administración del ex presidente Saca llegó a acuñar la idea que “la mejor ley de acceso a la información es la que no existe http://www.elfaro.net/es/201002/noticias/1261/” 8 Por más de dos años el proyecto de ley que antecedió a la LAIP se denominó Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin embargo, el término Transparencia fue eliminado a solicitud del órgano ejecutivo, ya que se consideró que existían elementos para Para finalizar el análisis sobre la LAIP es importante remarcar que dicho instrumento jurídico ha llegado a ser calificada como la cuarta mejor del mundo según la Escala Global de Acceso a la Información Pública.9 Por tratarse de un instrumento jurídico con un buen diseño, su reto más importante se encontrará en su funcionamiento y aplicación práctica. 1.3.2 Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (RLAIP) El reglamento de la LAIP fue creado por el Presidente de la República de conformidad con la atribución instituida por la misma Constitución, dicha atribución le manda decretar los reglamentos que aseguren la aplicación de las leyes10. Éste reglamento desarrolla la forma en que se hace efectivo el derecho de acceso a la información pública y asegura todos aquellos mecanismos operativos para la aplicación de la LAIP. El RLAIP fue publicado en el Diario Oficial N° 163, Tomo 392, de 2 de septiembre de 2011, reuniendo “en un solo texto la normativa relativa a la institucionalidad de la ley y la elección de los Comisionados (...) y cuenta con 82 artículos11”. Como norma complementaria señala definiciones, competencias, los procedimientos para el acceso a la información, los casos en que puede negarse, el procedimiento para la elección de los Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública, entre otros elementos. En lo que concierne específicamente al Instituto de Acceso a la Información Pública, el RLAIP en su Capitulo XII, desarrolla puntos tales como la organización y funcionamiento del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), los procesos de convocatorias para elección de ternas y para asamblea general; procesos de inscripción de candidatos e inscripción de electores; mecanismos para realizar la votación entre los candidatos propuestos por las entidades convocantes; así como la presentación de las ternas electas al Presidente de la República para su selección y designación como Comisionados del IAIP. El RLAIP establece una serie de requisitos, que constituyen “filtros”, los cuales junto a las diferentes etapas del proceso y de los actores que convocan, proponen y eligen garantizan la idoneidad de las personas que resultan electas para las ternas. A continuación se detalla el resultado de la primera convocatoria y elección de candidatos a Comisionados del IAIP con sus resultados de votación. generar transparencia que no estaban contemplados en la propuesta de ley (como la participación ciudadana y la rendición de cuentas, entre otros), por lo que el nombre debería denotar el ámbito limitado de la ley (DEL-FUSADES, 2002:9). 9 El Center forLaw and Democracy de la Global RighttoInformation Rating, en una evaluación de siete componentes: derecho de acceso a información; alcance-ámbito; procedimiento de solicitud; excepciones y denegaciones; apelaciones; sanciones; medidas de promoción y divulgación; obtuvo un puntaje de 127 sobre un máximo de 150 puntos, a partir del cumplimiento de los componentes antes mencionados, El Salvador se ubica en cuarto lugar a nivel mundial.Información consultada en: http://www.rtirating.org/index.htm. 10 Constitución de la República .Art.168: “Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República:… 14.- Decretar los reglamentos que fueren necesarios para facilitar y asegurar la aplicación de las leyes cuya ejecución le corresponde.” 11 Boletín de Estudios Legales No. 130: “Nuevas consideraciones sobre los reglamentos en El Salvador”; P. 1/Octubre 2011, San Salvador. Departamento de Estudios Legales. Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (DEL-FUSADES) Boletín de Estudios Legales No. 130: “Nuevas consideraciones sobre los reglamentos en El Salvador”; P. 1/Octubre 2011, San Salvador. Tabla N° 1.7: Listado de candidatos propuestos en ternas para Comisionados del IAIP y resultado de votación SECTOR AL QUE ENTIDAD NOMBRE DEL CANDIDATO PORCENTAJE REPRESENTA CONVOCANTE DE VOTACIÓN Asociaciones de Ministerio de Propietarios Profesionales Gobernación Oscar Mauricio Barrios 53.85% José Adolfo Ayala Aguilar 61.54% José Ovidio Cardoza 61.54% Suplentes Edmundo Chinchilla Moscoso 61.54% Max Fernando Mirón 61.54% Adda Mercedes Serarols de 53.85% Summer Sindicatos Ministerio de Propietarios Trabajo y Rafael Domínguez Rodríguez 92.68% Previsión Social José María Esperanza Amaya 66.07% Carlos Adolfo Ortega Umaña 84.09% Suplentes Hernán Alexander Gómez 83.78% Rodríguez René Vladimir Alfaro Romero 88.06% Amílcar Efrén Cardona Monterrosa 84.00% Universidades Ministerio de Propietarios Educación Mauricio Antonio Vásquez López 69.23% Juan Carlos Castellón Murcia 53.85% Luis Mario Aparicio Guzmán 53.85% Suplentes José Luis Benítez 61.54% María Ángeles Rodríguez de Chopin 61.54% Julio César Grande Rivera 92.31% Asociaciones Ministerio de Propietarios Empresariales Economía Luis Lovo Castelar No hubo votación Jaime Mauricio Campos Pérez Rafael Eduardo Borja Letona Suplentes Deysi Lorena Cruz Heredia de No hubo Amaya votación José Arístides Perla Bautista Carlos Nasser Asociaciones de Secretaría de Propietarios Periodistas Comunicaciones María Hemrinia Fúnez de Segovia No hubo de la Presidencia Serafín Valencia Martínez votación de la República Juan Coronado Hernández Martínez Suplentes Olga Noemy Chacón de Hernández No hubo votación Carlos Alberto León Ramos Mauricio Henríquez Ramos A la fecha de elaboración de la presente investigación, el IAIP no se encuentra en el ejercicio de sus funciones, puesto que no fueron designados por parte del Presidente de la República, los Comisionados al IAIP, por no encontrar idoneidad para el cargo en las ternas propuestas. 2. Institucionalidad Bajo esta variable se analizarán aquellas estructuras institucionales del Órgano Ejecutivo y que tienen dentro de su misión brindar información pública y/o tutelar el derecho de la población de acceder a la información que se produce en las dependencias del Ejecutivo. En este informe se estudiaran en especial y debido a la entrada en vigencia de la LAIP, el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), como órgano garante del derecho de acceso a la información pública; las Oficinas de Información y Respuesta (OIR), y las Unidades de Acceso a la Información Pública (UAIP) como unidades administrativas institucionales encargadas de responder a las solicitudes de información oficiosa; las Oficinas de Comunicación y Prensa, como entidades institucionales que producen diariamente información de las actividades de las diferentes carteras de Estado; finalmente, se realizará un análisis sobre el diseño e implementación de sitios web, que son los encargados de brindar la información oficiosa, a través de los cuales la población, con acceso a internet, puede obtener información oficiosa. Para el análisis de las páginas web, Iniciativa Social para la Democracia (ISD) cuenta con una matriz especializada que año con año aplica a las diferentes web institucionales, con el objetivo de medir el avance o retroceso de éstas a partir de indicadores basados en la LAIP referente a la divulgación de información oficiosa; a cada sitio web se le asigna un valor que permite el análisis comparativo entre las diferentes carteras de Estado. 2.1 Órgano garante Con este indicador se busca conocer y analizar sobre la existencia y el desempeño de un ente tutelar de la ciudadanía que garantice el pleno ejercicio al derecho de acceso a la información pública. Esta instancia deberá contemplar los procedimientos para resolver las controversias en caso de denegación de información, ausencia de respuesta o cualquier otra vulneración al derecho de los ciudadanos de acceder a información pública. Este órgano deberá servir para clarificar a los funcionarios de las entidades públicas obligadas, sobre sus deberes en caso que exista confusión o interpretaciones erróneas sobre la publicidad o no de alguna información. Para el caso de El Salvador, el sistema de acceso a la información que se diseñó, contempla la creación de un Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), el cual cumple con las características de un órgano que garantizará el derecho de acceso a la información pública de la ciudadanía. Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) El Instituto de Acceso a la Información Pública es la institución encargada de velar por la aplicación de la LAIP, para lo cual fue diseñado con autonomía administrativa y financiera. Su naturaleza jurídica es de derecho público, contando con personalidad jurídica y patrimonio propio, tal como lo establece el Art. 51 de la LAIP. Las atribuciones legales conferidas al IAIP son12: Velar por la correcta interpretación y aplicación de la LAIP Garantizar el debido ejercicio del derecho de acceso a la información pública y a la protección de la información personal Conocer y resolver los recursos de apelación que contempla la LAIP Conocer y resolver del procedimiento sancionatorio y dictar sanciones administrativas. El Instituto estará conformado por cinco comisionados propietarios y sus respectivos suplentes, lo cuales son nombrados por el Presidente de la República a partir de las ternas electas por cinco sectores: asociaciones empresariales, asociaciones profesionales, las universidades privadas y la Universidad de El Salvador, asociaciones de periodistas, y los sindicatos13 Según los plazos legales establecidos por la LAIP, el Instituto debió haber entrado en funcionamiento en noviembre de 2011, sin embargo, una serie de atrasos, inconvenientes y decisiones han tenido como resultado la no designación de los comisionados y la no entrada en funcionamiento de dicho órgano garante. Retraso en la elección de ternas de candidatos para Comisionados del IAIP. El atraso de la entrada en vigencia del RLAIP, el cual debía contener los procedimientos para la elección de los ternas de candidatos a comisionados del IAIP, generó a su vez un desfase para la realización de las asambleas para elegirlos. Por ese hecho, el proceso de elección inició oficialmente el 29 de septiembre de 2011, pero debió haber iniciado el 4 del mismo mes. Por otra parte, la primera convocatoria para la realización de las asambleas generales para elegir las ternas de candidatos a comisionados, se cerró el 25 de noviembre de 2011 sin haber conseguido el número mínimo de 6 candidatos para poder realizar las respectivas asambleas. Como resultado de lo anterior se realizó una nueva convocatoria para que los sectores pudieran completar el número de candidatos necesarios y dar el tiempo suficiente a éstos para obtener la documentación que debían presentar. La nueva fecha prevista para la elección fue 28 de enero de 2012. Es decir, el proceso se alargó 2 meses más de lo previsto en la 12 Estas atribuciones se encuentra contempladas en el artículo 58 de la Ley de Acceso a la Información Pública Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 52: “El Instituto estará integrado por cinco Comisionados y sus respectivos suplentes, quienes serán nombrados por el Presidente de la República.” 13 Rechazo de las ternas por parte del Presidente Funes. No asignación de partida presupuestaria para el Instituto. LAIP14. “El Presidente Mauricio Funes rechazó todas las candidaturas propuestas por los cinco sectores de la sociedad para integrar el Instituto de Acceso a la Información Pública, argumentando que algunas de las personas no son idóneas para el cargo, una causa que no está contemplada ni en la Ley de Acceso a la Información Pública ni en el reglamento redactado por la misma Presidencia15.” El Presidente también argumentó como una razón para vetar a los comisionados del IAIP el que no haya una asignación presupuestaria para dicha institución. "¿De qué sirve nombrar a los miembros propietarios y suplentes del instituto, si el instituto no va a tener ni un tan solo centavo de dólar para funcionar? (...) cuando la Asamblea aprobó la ley no creo la partida presupuestaria para que el instituto funcionaria, ¿de qué va a servir?" declaró el Presidente. El Presidente señaló a la Asamblea Legislativa como la principal responsable de la falta de presupuesto para el organismo que velará por el cumplimiento de la LAIP. Sin embargo, la Constitución establece en el Art. 167 que será el Ejecutivo el que elabore el presupuesto y en el Art. 131 dictamina que la Asamblea Legislativa será 16 quien decrete el presupuesto . El IAIP será la institución que dará soporte a la aplicación de la LAIP y tutelará el derecho de acceso a la información pública de la ciudadanía, por lo que el nombramiento de sus funcionarios es de gran importancia, ya que éstos serán quienes resolverán en caso de conflictos resultantes de la vulneración a este derecho. A pesar de ello, y tal como lo manifestara el Subsecretario de transparencia y anticorrupción17, la situación de indefensión no es total, pues aún queda abierta la posibilidad de recurrir a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia en caso de denegación de información, ausencia de respuesta u otra posible vulneración a este derecho. Sin embargo, es importante mencionar que la posibilidad de acudir a la Sala de lo Contencioso Administrativo ya se encontraba abierta antes de la entrada en vigencia de la LAIP, por lo que uno de los objetivos de esta ley es precisamente que el IAIP sea una instancia aún no jurisdiccional, sino administrativa, de más fácil acceso para la ciudadanía, en la que no requiriera las complejas formalidades ni los altos niveles de formación académica que se requieren para acudir a una instancia jurisdiccional como la Sala de lo Contencioso, lo cual puede ir en detrimento de la mayoría de los ciudadanos que exigen su derecho de acceder a la información pública que les interesa. Estas circunstancias dejan a la ciudadanía por una parte en un estado de indefensión, al no contar con un órgano garante que tutele el derecho al acceso a la información pública, ante posibles abusos e incumplimiento de deberes y por otro lado, deja abierta la 14 “Creación del Instituto de Acceso a la Información Pública”; Informe oficial de la SSTA sobre el apoyo brindado para el proceso de elección de los Comisionados del IAIP. Junio de 2012 15 “Funes se otorga derecho a vetar discrecionalmente a candidatos al Instituto de Acceso a Información”: http://www.elfaro.net/es/201109/noticias/5767/. Periódico Digital El Faro. Consultado 12 de septiembre de 2012. 06:00 PM 16 Ibíd. 17 Entrevista a Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción, Marcos Rodríguez. 21 de junio de 2012 discrecionalidad de los funcionarios públicos en el cumplimiento de la ley, ante la no existencia de un Ente sancionatorio. La inexistencia del IAIP es uno de los principales obstáculos que ha enfrentado la ciudadanía, ante la discrecionalidad de los funcionarios a la hora de brindar información. En el tercer año de gestión del Presidente Mauricio Funes, a pesar de avances importantes y concretos como los portales web, las Oficinas de Información y Respuesta (OIR), y la entrada en vigencia de la LAIP, aún existe una grave desprotección para la ciudadanía en caso de denegación de información o cualquier otra vulneración con respecto a este derecho.18 2.1.1 Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción (SSTA) La Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción (SSTA) no es una institución que se conforma para el año de evaluación en este estudio, sin embargo, es fundamental destacar la importante función que ha desempeñado en este tercer año de gestión para la implementación de la LAIP, pues ha sido la institución que ha liderado el proceso de conformación e implementación de las OIR en el Órgano Ejecutivo. Así también ha elaborado la propuesta de ternas para Oficiales del IAIP. Según el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (RLAIP), la SSTA coordinará con las entidades convocantes19, la elaboración de los instructivos para la elección de las ternas para elegir los Comisionados del IAIP, por lo que el liderazgo ejercido por esta Subsecretaría para la implementación de los aspectos institucionales que contempla la LAIP, ha sido importante para el entramado institucional de El Salvador. El aporte fundamental de la SSTA para el presente año ha sido el de liderar la implementación de la institucionalidad que la LAIP establece, por lo que su desempeño es en el marco de la institucionalidad y la institucionalización de los procesos de acceso a la información, participación ciudadana y rendición de cuentas ha sido de vital importancia, pasando por ésta la coordinación con los ministerios y autónomas para el nombramiento de los oficiales de información, su capacitación y todo trabajo relativo al funcionamiento de las OIR para el momento en que entrara en vigencia la LAIP. 2.2 Oficina de Información y Respuesta (OIR) Las Oficinas de Información y Respuesta (OIR) son “Las unidades administrativas institucionales encargadas de velar por el cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública, el establecimiento de mecanismos de participación ciudadana, la 18 Será el IAIP el que resolverá las apelaciones en caso que un Oficial de Información deniegue una solicitud. La LAIP le da estas atribuciones al Instituto, las cuales están contempladas del Art. 82 al 102, donde se establece el procedimiento explícito que se seguirá en estos casos. 19 Las entidades convocantes según las define la LAIP son el Ministerio de Economía, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, y la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia (Art. 53 Inc. 2º). Corresponderá entonces fundamentalmente al órgano ejecutivo llevar a cabo el proceso para la elección de los Comisionados del IAIP. rendición de cuentas y la atención de quejas, avisos, sugerencias y propuestas ciudadanas, velando porque la institución mantenga la mejor relación posible con la ciudadanía20”. La OIR es la figura institucional que recomienda la SSTA a las diferentes instituciones que componen al Órgano Ejecutivo. El fundamento legal para hacer dicha recomendación se encuentran contemplado en el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo (RIOE)21, que establece como parte de los objetivos de la SSTA los de “apoyar a las instituciones del Órgano Ejecutivo en el diseño, aplicación y seguimiento de medidas de fomento a la transparencia”, y “recibir quejas y avisos de indicios de irregularidades que se estuvieren presentando o se hubieren presentado en las instituciones del Órgano Ejecutivo”22. Dentro de las principales funciones de las OIR se encuentran las de recibir quejas y avisos sobre presuntos actos indebidos de los funcionarios y empleados de la entidad (en caso que los avisos o denuncias deban presentarse en otra entidad del Estado se debe de brindar la asesoría correspondiente); monitorear los niveles de satisfacción que tienen los usuarios por los servicios que presta la entidad pública; y, abrir espacios y mecanismos de participación ciudadana. Además de las funciones anteriormente mencionadas, las OIR asumen las obligaciones legales establecidas en la LAIP para los Oficiales de Información23 de las Unidades de Acceso a la Información Pública (UAIP)24. Más del 70% de los Ministerios han adoptado la estructura institucional denominada Oficinas de Información y Respuesta. Solamente la Presidencia y los Ministerios de Hacienda, Relaciones Exteriores y Turismo cuentan con Unidades de Acceso a la Información Pública. Para el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores el nombre varía y se le denomina Oficina de Acceso a la Información Pública25, sin embargo la estructura que presenta es la más sencilla, respondiendo a lo establecido por la LAIP en el artículo 48 para las UAIP. El complejo entramado institucional del Órgano Ejecutivo, ya ha sido cubierto casi por completo con las OIR, representando un avance importante para la puesta práctica de la LAIP. Para el primero de junio del presente, el Ejecutivo había abierto “73 Oficinas de Información y Respuesta” (Rodríguez, M. 2012)26. 20 “Guía conceptual y metodológica para el montaje de las oficinas de información y respuesta”; SSTA, CASALS & ASSOCIATES, INC.; y FEPADE (Noviembre 2011) 21 Ver respuesta de Transparencia Activa a nuestra solicitud de información para aclarar diferencias entre las OIR y las UAIP, en el correo adjunto en los anexos. 22 Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo. Art. 53 E-B literales “h” y “m” 23 Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 48: “El Oficial de Información será nombrado por el titular de la entidad respectiva para dirigir la Unidad [de Acceso a la Información Pública.” 24 Ley de Acceso a la Información Pública Artículo 48: “Los entes obligados del sector público tendrán unidades de acceso a la información pública, las cuales serán creadas y organizadas según las características de cada entidad e institución para manejar las solicitudes de información.” 25 http://www.rree.gob.sv/index.php?option=com_content&view=frontpage&Itemid=562 26 “El difícil camino de la transparencia (I)”; Marcos Rodríguez. Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción (01/06/2012) http://www.transparenciaactiva.gob.sv/opinion/2012/06/el-dificil-camino-de-la-transparencia-i/ La lista de Oficiales de Información para cada una de las entidades del órgano ejecutivo se encuentra detallada con sus respectivos nombres, correos electrónicos, teléfonos de contacto, así como la dirección física, en el portal Gobierno Transparente27. Tabla 1.8: Directorio de Unidades de Acceso a la Información Pública y Oficinas de Información y Respuesta del Órgano Ejecutivo. INSTITUCIÓN NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO 1 Presidencia de la República Pavel Benjamín Cruz Álvarez [email protected] 2231-8050 2 Ministerio de Agricultura y Ganadería Ana Patricia Sánchez de Cruz [email protected] 2210-1969 3 Ministerio de Defensa [email protected] 2250 -0134 4 Ministerio de Economía Oscar Armando Hernández Navas Laura Margarita Sa Campos [email protected] 2247-5832 5 Ministerio de Educación Salomón Alfaro [email protected] 2510-6109 6 Ministerio de Gobernación Jacobo Cruz Sosa [email protected] 2527-7173 7 Ministerio de Hacienda Daniel Eliseo Martínez Taura [email protected] 2244-3830 8 Ministerio de Justicia y Seguridad Pública [email protected] 2526-3191 9 Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales Francisca Elizabeth Salinas Álvarez Marina Sandoval [email protected] 2132-9476 10 Mario Orellana [email protected] 2528-3191 11 Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano Ministerio de Relaciones Exteriores Ariel Andrade Galindo [email protected] 2231-1035 12 Ministerio de Salud Carlos Alfredo Castillo Martínez [email protected] 2205-7123 13 Ministerio de Trabajo y Previsión Social YenyBanessa García Reyes [email protected] 2529-3730 14 Ministerio de Turismo [email protected] 2243-7835 15 Academia Nacional de Seguridad Pública [email protected] 2213-1968 16 [email protected] 2244-2610 17 Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados Autoridad de Aviación Civil [email protected] 2565-4400 18 Autoridad Marítimo Portuaria Glenda Marisol Campos de Cáceres Mariella Guadalupe Vega Gutiérrez Morena Guadalupe Juárez Guzmán Jessica Zohadiveth Romero López Victor Manuel Alcaine Alonzo [email protected] 2530-2242 19 Banco Central de Reserva [email protected] 2281-8030 20 Banco de Fomento Agropecuario Flor Idania Romero de Fernández Rosalba Asturias de Ávalos [email protected] 2241-0866 21 Banco de Desarrollo de El Salvador Roberto Méndez Vásquez [email protected] 2267-0078 22 Cecilia Medina de Castro [email protected] 2132-4136 23 Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada José Raúl López Argueta [email protected] 2234-7133 24 Centro Internacional de Ferias y Convenciones Jennifer María Aragón Marenco [email protected] 2501-0207 25 Centro Nacional de Registros [email protected] 2261-8412 26 [email protected] 2302-0200 27 Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal "Enrique Álvarez Córdova" Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa Edgar Ignacio Flamenco Martínez Silvia Margoth Mejía Ramón Ramiro Moreno Flores [email protected] 2211-6000 28 Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma [email protected] 2218-1274 29 Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa [email protected] 2521-2277 30 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología Bertila del Carmen González Juárez Eduardo Alfonso Alvarenga Mártir César Ulises Trujillo Martínez [email protected] 2234-8419 31 Consejo Nacional de Energía Francisco Antonio Mejía Méndez [email protected] 2233-7909 27 Portal Gobierno Transparente: http://www.gobiernotransparente.gob.sv 32 Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia Katherin Valencia [email protected] 2525-6603 33 Consejo Salvadoreño del Café [email protected] 2267-6669 34 Consejo Superior de Salud Pública Elizabeth Eugenia Morales Aguirre Aura Ivette Morales [email protected] 2561-2571 35 Corporación Salvadoreña de Inversiones [email protected] 2250-8546 36 Corporación Salvadoreña de Turismo Juan Antonio Miranda Figueroa [email protected] 2243-7835 37 Defensoría del Consumidor Silvia Soledad Orellana Guillén [email protected] 2526-9063 38 Dirección General de Centros Penales Manuel de Jesús Sánchez Rivera [email protected] 2235-8982 39 Dirección General de Migración y Extranjería María Cledis Molina Ríos 2213-7777 40 Escuela Nacional de Agricultura Karla Rosario Obispo Vides [email protected]. sv. [email protected] 41 Fondo Ambiental de El Salvador Oscar Giralt [email protected] 2521-9800 42 Fondo de Conservación Vial José Ricardo Castellón Osegueda [email protected] 22873000 43 Fondo de Inversión Nacional en Electricidad y Telefonía Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Roberto Molina [email protected] 2505-1309 Roberto Molina [email protected] 2505-1309 Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a consecuencia del Conflicto Armado Fondo de Saneamiento y Fortalecimiento Financiero Lucía del Carmen Benavides Reyes Jeanne Marie Amaya Araujo [email protected] 2133-6200 [email protected] 2281-8371 Carlos Antonio Henríquez Sandra Idalia Reyes de Melgar oficialdeinformacionfantel@secretariatecni ca.gob.sv [email protected] 2511-5000 48 Fondo Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL Fondo Nacional de Vivienda Popular 49 Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión Yesenia Aracely Méndez [email protected] 2263-8099 50 Fondo Social para la Vivienda [email protected] 2231-2022 51 Fondo Solidario para la Familia Microempresaria Mario Héctor Monterrosa Molina Violeta Guadalupe Donado Piche [email protected] 2231-6229 52 Fondo Solidario para la Salud Juan Aníbal Corea Villalta [email protected] 2528-9751 53 Instituto de Garantía de Depósitos José Antonio Polanco [email protected] 2133-2987 54 Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Ana Vilma Solórzano Rosas [email protected] 2234-7416 55 Instituto de Legalización de la Propiedad Perla Celice Guatemala Palma [email protected] 2298-9657 56 Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador [email protected]. 2231-9963 57 [email protected] 2231-9749 58 Instituto Nacional de Pensiones de Empleados Públicos Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial [email protected] 2239-9231 59 Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal Wendy Carolina Gómez Hernández JackelineSeusyAvoleván de Durán Mercedes del Carmen Melara del Cid Orozco María José Rodríguez Escobar [email protected] 2267-6542 60 Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo [email protected] 2222-4122 61 Instituto Salvadoreño de Formación Profesional [email protected] 2244-1670 62 Instituto Salvadoreño de Rehabilitación Integral Mauricio Alfonso García Eguizábal Morena Guadalupe García de Gómez Isabel Margarita Alfaro Ticas [email protected] 2521-8655 63 Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria Xenia YosabethZúniga [email protected] 2527-2699 64 Instituto Salvadoreño de Turismo René Mauricio Canello [email protected] 2260-9249 65 Instituto Salvadoreño del Seguro Social Luis Javier Suárez Magaña [email protected] 2268-3202 66 Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer María Dolores Rosa [email protected] 2281-7500 67 Oscar Leonel Alfaro Rodríguez [email protected] 2213-4732 68 Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia Lotería Nacional de Beneficencia Adán Ernesto Delgado Gutiérrez [email protected] 2520-5202 69 Policía Nacional Civil Raúl Ernesto Abrego [email protected] 2527-1125 70 Registro Nacional de las Personas Naturales Oscar Ernesto Aguilar Crespín 2521-9319 71 Superintendencia de Competencia Roberto Valeriano Marroquín Elena [email protected] [email protected] [email protected] 44 45 46 47 2366-4800 2257-8809 2523-6641 72 Superintendencia del Sistema Financiero 73 Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones Cristian Marcel Menjívar Navarrete Ana DelmyMenjívar de Jovel [email protected] 2133-2917 [email protected] 2257-4535 Fuente: Portal de Gobierno Transparente: http://www.gobiernotransparente.gob.sv/oir.html Es de suma relevancia el hecho que no sólo sean los 13 ministerios junto con las secretarías de la Presidencia las que cuenten con OIR o UAIP, sino que también la mayoría de Autónomas cuenten con éstas, lo cual constituyen un importante logro, si se toma en cuenta que la LAIP entró en plena vigencia el 8 de mayo del presente. Es necesario señalar que si bien las OIR han asumido atribuciones que amplían las establecidas por la LAIP para las UAIP, y que se orientan a un enfoque amplio de la transparencia, a partir de la promoción de mecanismos de participación ciudadana, rendición de cuentas y prevención de prácticas anti-éticas, es preocupante que su perdurabilidad institucional se encuentre supeditada a la voluntad política en turno, al no contar con un asidero legal que establezca de forma clara sus funciones en esta materia. De esta manera que el llamado es hacia la articulación conjunta del Órgano Ejecutivo y Legislativo, a fin de impulsar reformas legales que permitan contemplar los avances institucionales alcanzados con la creación de la OIR y otorgarle sostenibilidad en su ejercicio. 2.3 Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP) Las Unidades de Acceso a la Información son creadas por la LAIP28, constituyendo la estructura con presencia institucional que se encarga específica y oficialmente de brindar la información solicitada a la ciudadanía. La UAIP es una entidad que se limita de manera específica a las funciones establecidas en la LAIP, y como se mencionará anteriormente estas obligaciones son asumidas también por la OIR. Las funciones principales de la UAIP se encuentran contempladas en el artículo 50 de LAIP, sin embargo, son mencionadas a través de las funciones del Oficial de Información y no hay una mención directa de funciones para la Unidad como tal. Entre ellas se encuentran CUERPO NORMATIVO Art. 50 Ley de Acceso a la Información Pública Tabla 1.9: Atribuciones legales de la UAIP CONTENIDO a) Recabar y difundir la información oficiosa y propiciar que las entidades responsables las actualicen periódicamente. b) Recibir y dar trámite a las solicitudes referentes a datos personales a solicitud del titular y de acceso a la información. 28 Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 48: “Los entes obligados del sector público tendrán unidades de acceso a la información pública, las cuales serán creadas y organizadas según las características de cada entidad e institución para manejar las solicitudes de información.” c) Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre las dependencias o entidades que pudieran tener la información que solicitan. d) Realizar los trámites internos necesarios para localización y entrega de la información solicitada y notificar a los particulares e) Instruir a los servidores de la dependencia o entidad que sean necesarios, para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información. f) Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, sus resultados y costos g) Garantizar y agilizar el flujo de información entre la dependencia o entidad y los particulares. h) Realizar las notificaciones correspondientes i) Resolver sobre las solicitudes de información que se les sometan j) Coordinar y supervisar las acciones de las dependencias o entidades correspondientes con el objeto de proporcionar la información prevista en esta ley k) Establecer los procedimientos internos para asegurar la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información l) Elaborar un programa para facilitar la obtención de información de la dependencia o entidad, que deberá ser actualizado periódicamente m) Elaborar el índice de la información clasificada como reservada. n) Elaborar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que éste expida, los datos necesarios para la elaboración del informe anual a que se refiere el artículo 60 de ésta Ley El Órgano Ejecutivo cuenta con menos UAIP que OIR (Ver Tabla 1.10). Solamente los Ministerios de Relaciones Exteriores, Hacienda, Turismo y la Presidencia de la República han implementado Unidades de Acceso a la Información Pública, siendo mayoritariamente las OIR las instancias administrativas que se encuentran brindando en la práctica la información oficiosa que solicita la ciudadanía. Tabla 1.10: Estructura Institucional adoptada por la Presidencia y los Ministerios. INSTITUCIÓN INSTITUCIONALIDAD PARA BRINDAR INFORMACIÓN NO OFICIOSA Presidencia de la República UAIP Ministerio de Hacienda UAIP Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Turismo UAIP UAIP Ministerio de Economía OIR Ministerio de Educación Ministerio de Gobernación OIR OIR Ministerio de Justicia y Seguridad Pública Ministerio de la Defensa Nacional OIR OIR Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales OIR Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social OIR Ministerio de Trabajo y Previsión Social Ministerio de Agricultura y Ganadería OIR OIR OIR Fuente: Elaboración propia con datos de los organigramas obtenidos en las páginas web de cada Ministerio Cabe destacar que las UAIP se limitan exclusivamente a brindar información pública, es decir, contemplan menos atribuciones que la OIR ya que ésta última trabaja desde una perspectiva más amplia de la transparencia implementando procesos de participación ciudadana y rendición de cuentas. La LAIP manda la creación de UAIP y no contempla las OIR, sin embargo, la SSTA justifica la creación de las OIR en las funciones que le da el RIOE (Art. 53-E) y además argumenta que las OIR no solamente cumplen con las funciones de las UAIP sino que además las amplía. En el plano práctico esto podría generar confusión a la ciudadanía a la hora de apropiarse del concepto de institucionalidad. 2.4 Oficina de comunicación y prensa Las oficinas de comunicación y prensa del Ejecutivo son oficinas que brindan información oficial de las acciones de la institución y sus titulares, siendo una fuente importante para la prensa nacional pero también para la ciudadanía. La información del diario acontecer institucional, es cada vez más puesta del control ciudadano a través de las redes sociales, como Facebook y Twitter, haciendo en algunos casos que la información producto de la acción institucional ya no sea solamente transmitida por la prensa, sino de manera directa por las oficinas de comunicación y prensa de cada institución. En este caso la información suele ser tendiente a resaltar los logros y sólo los aspectos positivos de la administración y sus titulares, y el criterio para escoger qué información es relevante pasa por ese tamiz. La tablea 1.11 detalla los Ministerios que cuentan con oficinas con funciones de comunicación y prensa, así como los niveles y la ubicación jerárquica de estas: Tabla 1.11: Estructura Institucional de Comunicaciones por Ministerio MINISTERIO NIVEL JERÁRQUICO INSTITUCIONAL INSTANCIA SUPERIOR JERÁRQUICA Ministerio de Economía Gerencia de Comunicaciones y Gerencia adscrito al Despacho Relaciones Públicas Ministerial Ministerio de Educación Dirección de Comunicaciones Dirección adscrita al Despacho Ministerial Ministerio de Gobernación Unidad de Comunicaciones Unidad adscrita al Despacho Ministerial Ministerio de Hacienda Unidad de Comunicaciones Unidad adscrita al Viceministerio de Hacienda Ministerio de Justicia y Seguridad Dirección de Comunicaciones y Dirección adscrita al Despacho Pública Protocolo Ministerial Ministerio de la Defensa Nacional Departamento de Comunicaciones Departamento adscrito al Despacho Ministerial Ministerio de Medio Ambiente y Gerencia de Tecnologías y Gerencia bajo la Dirección General de Recursos Naturales Comunicaciones Planificación Procesos y Gestión de la Calidad Ministerio de Obras Públicas, Gerencia de Comunicación Gerencia adscrita al Despacho Transporte, Vivienda y Desarrollo Institucional Ministerial Urbano Ministerio de Relaciones Exteriores Unidad de Comunicaciones Unidad adscrita al Despacho de la Jefatura de Gabinete Ministerio de Salud Pública y Unidad de Comunicaciones Unidad adscrita al Despacho Asistencia Social Ministerial Ministerio de Turismo Oficina de Relaciones Públicas Oficina adscrita al Despacho Ministerial Ministerio de Trabajo y Previsión Unidad de Comunicaciones y Unidad adscrita al Despacho Social Relaciones Públicas Ministerial Ministerio de Agricultura y Ganadería Oficina de comunicaciones Unidad de Apoyo adscrita al Despacho Ministerial Según la información contemplada en la tabla 1.11, el 100% de los Ministerios cuenta con una entidad encargada de la comunicación institucional, sin embargo solo se le asignan funciones de comunicación y no de prensa institucional. Las otras funciones con las que aparecen ligadas las entidades de comunicaciones son las de relaciones públicas en dos Ministerios, protocolo en uno y tecnología en otro. Los niveles jerárquicos dentro de la administración pública usualmente se organizan de la siguiente manera: Despachos Ministeriales, Despachos de los respectivos Viceministerios, Direcciones, Gerencias, Unidades y Oficinas. Para el caso, dos Ministerios elevan sus entidades de comunicaciones al rango de Dirección; tres las establecen como Gerencia; cinco las consideran Unidades y dos como Oficina. El caso del Ministerio de Defensa Nacional es sui generis, y en este caso las comunicaciones son llevadas por un Departamento, que responde a la lógica de organización militar, que varía sustancialmente con la estructura de una administración pública regular. En el 85% de los Ministerios, las entidades responsables de llevar las comunicaciones institucionales se encuentran directamente adscritas a los despachos de los Ministros y Viceministros, lo cual demuestra la relevancia de la comunicación institucional para la Administración Pública. 2.5 Diseño e implementación de páginas web Con el desarrollo de la era digital, se ha generado un sustancial aumento por parte de la población en el uso de internet, para buscar y ubicar información de diferentes tipos; haciendo uso de una de las herramientas informáticas de mayor demanda en la actualidad como lo son los portales o páginas web. En sintonía con lo anteriormente expuesto la LAIP, con el fin de modernizar y acercar de manera más inmediata la información a la ciudadanía, hace referencia a la utilización de medios electrónicos para difundir los diferentes tipos de información29. No obstante es necesario enfatizar que el acceso a las referidas herramientas tecnológicas sigue siendo limitado para un porcentaje mayoritario de la población salvadoreña en general. Las páginas web ya eran una herramienta ampliamente utilizada por las dependencias del Ejecutivo, sin embargo, el reto para el tercer año de gobierno era lograr en la estandarización de éstas, con el objetivo de acoplarlas para brindar la información oficiosa de cada entidad del Ejecutivo. Portal de Transparencia Fiscal, del Ministerio de Hacienda El Portal de Transparencia Fiscal (PTF), “es una plataforma informativa de acceso libre, que permite a cualquier usuario disponer, en tiempo real, de la más completa información económica sobre la situación de las finanzas públicas en El Salvador”30; facilitando de esta forma, el acceso electrónico a información pública en materia fiscal. El PTF ha contribuido a mejorar la percepción de la población sobre la transparencia de la gestión de las finanzas públicas, proporcionando mecanismos simples y de fácil acceso, los cuales permiten obtener información pertinente, oportuna y confiable La mala percepción ciudadana sobre la transparencia en la gestión de las finanzas públicas, se reflejó en las recomendaciones que los mismos usuarios hicieron respecto de los atributos generales que debería contener el PTF, evidenciándose así, una serie de debilidades en cuanto a la forma y contenido de la información que se publicaba en el Portal del Ministerio de Hacienda. 29 Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 18: La información oficiosa a que se refiere este capítulo deberá estar a disposición del público a través de cualquier medio, tales como páginas electrónicas 30 Palabras pronunciadas por el Ministro de Hacienda, Lic. Carlos Cáceres, en el marco del lanzamiento del Portal de Transparencia Fiscal, Ministerio de Hacienda: http://www.mh.gob.sv/portal/page/portal/PMH/Novedades/Noticias/Noticia?articulo=488 (2010) Una gran parte de las quejas de los usuarios de la información que entregaba el Ministerio de Hacienda (…) es, que la información era difícil de encontrar y cuando finalmente se encontraba no estaba en la forma que se requería, por ejemplo, estaba incompleta, poco actualizada o no era fácilmente traspasable a un formato de trabajo, como Excel por ejemplo, todo lo cual hacía que el usuario finalmente le tomara mucho tiempo en reconstruirla si es que no se había renunciado a su búsqueda.31 Identificadas las deficiencias de la información fiscal a través de las exigencias requeridas por diversos sectores de la sociedad, entre ellos, economistas, organizaciones de la sociedad civil, académicos, consultores, periodistas, políticos y organismos internacionales, el Ministerio de Hacienda, crea y pone a disposición de la ciudadanía el Portal de Transparencia Fiscal, como un canal de comunicación, por medio del cual, el usuario sin importar su nivel de preparación, puede realizar búsqueda de información de fácil comprensión sobre finanzas públicas. Se ha constituido un medio de divulgación de información en materia de transparencia fiscal, fomentando de esta manera, una mayor interacción entre la ciudadanía y el Gobierno en materia de finanzas públicas. Actualmente la información fiscal es accesible, comprensible, relevante y oportuna, permitiendo una alta usabilidad que responde positivamente a las mayores demandas de los usuarios. Por otra parte, existe una innovación permanente de la publicación, a través de la actualización de la información. A continuación se analizarán otros de los esfuerzos del Órgano Ejecutivo para la implementación de páginas web que brinden la información oficiosa necesaria y obligatoria, de manera más clara para la ciudadanía que las consulta. Botón “Gobierno Transparente” El link o botón de Gobierno Transparente es un enlace que aparece en la página principal de los sitios web oficiales de las entidades del Ejecutivo, en el cual se aglutina la información oficiosa contemplada por la LAIP. Este constituye un avance destacable por parte del gobierno central y paralelamente un compromiso por proporcionar dicha información de forma accesible, completa y actualizada a la ciudadanía. Portal de Gobierno Transparente http://www.gobiernotransparente.gob.sv Gobierno Transparente es el portal web del Órgano Ejecutivo que pone a disposición de la ciudadanía la información oficiosa de todas las instituciones del Gobierno Nacional en un 31 Concha, Gastón, Informe 2: Fase de Diseño y Análisis, Diseño del Portal de Transparencia Fiscal en el Ministerio de Hacienda de El Salvador, p. 15. mismo sitio, bajo la coordinación de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción (SSTA) de la Secretaría para Asuntos Estratégicos (SAE) de la Presidencia de la República. El objetivo de ésta herramienta tecnológica es facilitar al usuario el acceso a la información y acercar la gestión pública a la ciudadanía, en el marco del cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) que en su artículo 10 estipula como información oficiosa32, y clasifica la información de la siguiente manera: Marco Normativo Marco de Gestión Estratégica Marco Presupuestario Oficinas de Información y Respuesta/Unidades de Acceso a la Información Pública Participación Ciudadana Los esfuerzos demostrados a través del portal Gobierno Transparente permiten ordenar y clasificar la información brindada por los portales de cada institución, convirtiéndose en una web que recopila la información oficiosa de cada una de éstas. A través de ella también se pueden conocer los datos de contacto de los Oficiales de Información en cada una de las instituciones, así como todos aquellos aspectos fundamentales para la transparencia en el Órgano Ejecutivo. En una evaluación realizada en el mes de junio de 2012, por la SSTA a 63 instituciones del Órgano Ejecutivo, con el objetivo de medir los avances en cuanto a la publicación de información oficiosa en sus sitios web institucionales, se concluyó33 Tabla 1.12: Hallazgos de la evaluación a sitios web. Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción 1) El 35% de las instituciones publican el 100% de su información oficiosa exigida por la LAIP 2) El Órgano Ejecutivo expone el 87% de la información que mandata la LAIP 3) El 100% de las instituciones han cumplido con el estándar de publicación de la ley principal que la rige a su ente obligado. A pesar que dicha evaluación comprende algunos días fuera del período que se analiza en este monitoreo y que es más bien un análisis conforme a parámetros de información oficiosa que contempla la LAIP, sus hallazgos son útiles para la investigación aunque no sea el objetivo de este informe un análisis sucinto sobre la implementación de la LAIP 34. 32 Portal web Gobierno Transparente: http://www.gobiernotransparente.gob.sv/qsomos.html Informe del Monitoreo a las Web Institucionales del Órgano Ejecutivo, en el Marco de la Aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública (del 8 de mayo al 13 de junio de 2012); Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción, Secretaría de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la República. *”¿Cuánto cumplen las instituciones públicas con el acceso a la información”. Transparencia Activa: http://www.transparenciaactiva.gob.sv/laip/2012/06/cuanto-cumplen-las-instituciones-publicas-con-el-acceso-a-la-informacion/. Consultado 10 de septiembre de 2012. 3:00 PM 34 Cabe señalar que en el más reciente Informe general de cumplimiento de acceso a la información (Agosto 2012). La SSTA señala que únicamente el 14.3% de las instituciones del Órgano Ejecutivo publican el 100% de información oficiosa. La reducción respecto al período anterior se debe a que muchas instituciones no han actualizado su información 33 Para el primero de junio del presente año, el Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción, mencionaba como uno de los logros, que 63 instancias del Ejecutivo habían abierto portales de información, que disponían de más de 85,000 documentos 35, los cuales se enlazan a un portal central exigido por la ley, denominado Gobierno Transparente. Para la finalización del tercer año de gobierno el 100% de los Ministerios contaban con el link de Gobierno Transparente. Las instituciones del Órgano Ejecutivo mejor y peor evaluadas en el primer ranking web de la SSTA son las siguientes36 Tabla 1.13: Comparativa entre las mejores evaluadas y las peores evaluadas en razón de cumplimiento LAS MEJORES EVALUADAS PORCENTAJE DE LAS PEORES EVALUADAS PORCENTAJE DE CUMPLIMIENTO CUMPLIMIENTO Superintendencia General de Electricidad 100% Instituto de Legalización de Propiedades 44% y Telecomunicaciones (SIGET) (ILP) Superintendencia del Sistema Financiero 100% Instituto Salvadoreño de Rehabilitación 38% (SSF) de Inválidos (ISRI) Ministerio de Salud Pública y Asistencia 100% Instituto de Bienestar Magisterial (IBM) 21% Social (MINSAL) Ministerio de Economía (MINEC) 100% Autoridad Marítima Portuaria (AMP) 13% Ministerio de Defensa Nacional 100% Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal (CENTA) 8% Fuente: Informe de Primera Tabla Ranking del monitoreo a las Web Institucionales del Órgano Ejecutivo, realizado por SSTA. Transparencia Activa Dentro de los esfuerzos del portal Gobierno Transparente sobresale la implementación de la iniciativa de Transparencia Activa37, que se define como un medio orientado a ampliar el acceso a la información y la rendición de cuentas del Gobierno de El Salvador. Es un periódico digital elaborado desde la SSTA, y en él se pretenden mostrar los esfuerzos de las instituciones del Órgano Ejecutivo por hacer transparente la información pública que cada uno de ellos produce, a través de notas de actualidad, reportajes y entrevistas de las acciones más importantes de dichas instituciones. 38 Su producción y contenido es realizada por las Oficinas de Comunicaciones de las dependencias del Gobierno de El Salvador, y su responsabilidad editorial corresponde SSTA, de la SAE de la Presidencia de la República, de manera coordinada con la Secretaría de Comunicaciones. 35 “El difícil camino de la transparencia”. Transparencia Activa: http://www.transparenciaactiva.gob.sv/opinion/2012/06/el-dificilcamino-de-la-transparencia-i/. Consultado 11 de septiembre de 2012. 2:00 pm 36 Publicaciones. Portal Gobierno Transparente: http://gobiernotransparente.gob.sv/publicaciones.php 37 Sitio web Transparencia Activa: http://www.transparenciaactiva.gob.sv/ 38 Informe de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Junio de 2012. Transparencia Activa se ha convertido en un importante esfuerzo interactivo, desarrollándose también con sus respectivas redes sociales, a través de las cuales se presenta la información generada por las diferentes entidades del Ejecutivo, de una manera más amigable y atractiva para la ciudadanía. Debe mencionarse también que por tratarse de un medio oficial, la información presentada tiende a dar relevancia a los aspectos positivos y logros gubernamentales, lo cual tampoco es un elemento que desmerita la capacidad interactiva, creativa y de proposición de información relevante para la ciudadanía. Es a través de iniciativas como el mismo portal de Transparencia Activa, que la SSTA destacó como uno de sus logros en el tercer año de gobierno, el mejoramiento y estandarización de sitios web en 28 dependencias del Ejecutivo, en conjunto con la Dirección de Innovación Tecnológica e Informática de la Secretaría Privada de la Presidencia (ITIGES). Iniciando así un proceso de estandarización de los sitios web de todas las entidades del Ejecutivo, capacitando al personal de cada entidad sobre estándares y estructura de navegación, con la finalidad de dotarlos de las herramientas que les permitirán brindar un mejor producto a la población a través de sitios web más completos, interactivos y amigables39. Ranking web Iniciativa Social para la Democracia (ISD) Los sitios web de las instituciones de gobierno, constituyen una herramienta valiosa, mediante las cuales las distintas entidades del Órgano Ejecutivo pueden disponer de la información oficiosa y facilitar el acceso de la misma a la ciudadanía; es por ello que analizar los sitios web es un aspecto relevante en el presente informe, dado que contribuye a tener una perspectiva actualizada de los avances que las instituciones del Órgano Ejecutivo presentan en la publicación de la información oficiosa dentro de sus sitios web institucionales. El análisis y la respectiva ponderación de cada uno de los sitios web que han sido evaluados en el presente informe, son el resultado de verificar el cumplimiento o no de cada uno los parámetros e indicadores que la ISD ha elaborado, en base a estándares internacionales y al tipo de información oficiosa que debe tener cualquier institución pública según lo establecido por la LAIP40. La metodología y la herramienta utilizada para evaluar los sitios web en el tercer año de gobierno del Presidente Mauricio Funes, permiten a la ISD hacer un análisis comparativo 39 “Iniciativas de Transparencia en el Órgano Ejecutivo”: http://asuntosestrategicos.presidencia.gob.sv/temas/transparencia-yanticorrupcion/iniciativas-de-transparencia-en-el-organo-ejecutivo-.html 40 Estos resultados pueden ser complementados con los resultados oficiales arrojados por la medición de la información oficiosa publicada en las páginas web de las instituciones públicas realizado por la SSTA. Es importante mencionar que los criterios de medición no son los mismos, pues la medición realizada por la SSTA solamente tiene como objetivo evaluar el porcentaje de información oficiosa que cada institución del Ejecutivo expone en su portal web, mientras que la evaluación de las web que realiza ISD valora otros elementos que van más allá de la publicación de la información oficiosa que la LAIP obliga a publicar. Los resultados de la medición dela SSTA pueden ser consultados en este link: http://www.gobiernotransparente.gob.sv/publica/comotranspare/CT1.pdf temporal e interinstitucional; puesto que en años anteriores, ya se han evaluado y analizado otras tantas instituciones del Órgano Ejecutivo bajo los estándares de medición utilizados en este informe. Los parámetros o estándares y sus respectivos puntajes de valoración a los cuales se hace mención se encuentran agrupados en 5 grandes niveles Tabla No. 1.14: Parámetros y puntajes establecidos Parámetros A nivel organizacional (Reglas Claras). Puntaje 1.71 A nivel financiero (Acceso a la Información). A nivel de recursos humanos (Acceso a la Información). Informes (Rendición de Cuentas). 2.63 1.45 3.16 Mecanismos de comunicación e interacción con la población (Participación Ciudadana). Total 1.05 10.00 También es importante señalar cuáles son los indicadores que conforman cada uno de los parámetros, y su respectiva ponderación, a fin de esta herramienta de medición, permita establecer un nivel de estandarización en los sitios web que se han sometido a análisis. La ponderación que el análisis brinda, establece una escala de cero a diez, ésta no pretende constituirse en una calificación, sino más bien en una medición que permite ubicar el nivel de cumplimiento en que se encuentra cada entidad del gobierno con respecto a la cantidad y calidad de información que dispone en su sitio web; así también se busca monitorear el nivel avance o retroceso si lo hubiese, en cada una de las instituciones evaluadas, en comparación a los años anteriores. Tabla No. 1.15: Puntaje establecido en base a Parámetros e Indicadores Atributos Parámetros e indicadores Información de interés general 1. información que orienta a prevenir corrupción A NIVEL ORGANIZACIONAL (REGLAS CLARAS). Idiomas de la pagina web Organigrama de la institución. Misión y visión Objetivos de la institución. Valores institucionales o principios rectores. Directorio de funcionarios o Listado de funcionarios y jefaturas importantes con correos electrónicos y números de teléfono. Cuerpos directivos u órganos de dirección Políticas y procedimientos administrativos. Prestación de bienes y servicios: tipos de servicios y formas de prestación. Legislación, reglamentos, códigos, normativas, acuerdos y resoluciones de órganos directivos 2. Información que oriente a la transparencia A NIVEL FINANCIERO (ACCESO A INFORMACIÓN). Presupuestos Puntaje por parámetro e indicador Ponderación por parámetro con base a 10. 13 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 2 2 1 1 2 1 1 1 20 3 1.71 Estados financieros: ingresos y egresos. Ejecución de gastos Adquisiciones y Contrataciones de bienes y servicios Licitaciones adjudicadas y en proceso: montos, nombre del contratista, plazos de ejecución, Banco de contratistas. Proyectos: Programados, en ejecución, ejecutados. 3. A NIVEL DE RECURSOS HUMANOS (ACCESO A INFORMACIÓN). Números de empleados y estadísticas: cuantos hombres, mujeres, edad promedio, años trabajados en promedio, etc. Currículo vitae de funcionarios y jefaturas importantes. Salarios y otras prestaciones del cargo: dietas, vehículos, combustible, viajes, etc. Concursos y procedimientos para la contratación y ofertas de plazas 4. INFORMES (RENDICIÓN DE CUENTAS). Memoria de labores Informes trimestrales y semestrales a nivel financiero Informes de auditoria Informes de contabilidad Declaraciones patrimoniales de funcionarios y jefaturas más importantes Planificación: Planes de trabajo anual y estratégico. Estadísticas de todo tipo Boletines informativos o revistas Eventos públicos, discursos de funcionarios y galería de fotos. Centros de documentación o publicaciones MECANISMOS DE COMUNICACIÓN E INTERACCIÓN CON LA POBLACIÓN (PARTICIPACIÓN CIUDADANA). Consultas, quejas y sugerencias Oficinas de información y respuesta Vínculos con otras instituciones. Conformación de comisiones, consejos, mesas o cualquier mecanismo de participación ciudadana. TOTAL Y VALOR POR PUNTO CON BASE A 10 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 3 3 3 3 1 1 1 1 1 3 2 1 1 1 1 1 1 1 1 3 3 1 1 1 3 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 24 2 3 3 3 3 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 2.63 11 2 1.45 3.16 2 2 2 2 2 5. 8 1 1 1 1 1 1 1 1 3 2 1 2 1.05 76 0.131578947 10 Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD. A continuación detallamos los resultados de la evaluación a los sitios web de las diferentes instituciones del Órgano Ejecutivo que se han tomado como muestra para el presente informe. N° 1 2 3 Tabla No. 1.16: Resultados de monitoreo a 32 páginas web de instituciones del Órgano Ejecutivo Institución Indicadores Indicadores Total Porcentajes disponibles no disponibles Centro Nacional de Registros 31 4 35 88.57% Comisión Hidroeléctrica del Río Lempa 31 4 35 88.57% Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y 31 4 35 88.57% Desarrollo Urbano Ponderación Final 8.82 8.82 8.82 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 Ministerio de Relaciones Exteriores Superintendencia Generalde Electricidad y Telecomunicaciones Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Superintendencia del Sistema Financiero Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos Ministerio de Economía Ministerio de Hacienda Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales Ministerio de Trabajo y Previsión Social Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados Ministerio de Gobernación Ministerio de Educación Banco Central de Reserva de El Salvador Defensoría del Consumidor Ministerio de Agricultura y Ganadería Consejo Superior de Salud Pública Fondo Social para la Vivienda Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS). Casa Presidencial. Lotería Nacional de Beneficencia de El Salvador Ministerio de la Defensa Nacional Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social Ministerio de Seguridad Pública y Justicia Fondo del Milenio de El Salvador Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma Centro Internacional de Ferias y Convenciones Fondo de Conservación Vial Dirección General de Estadísticas y Censos Universidad de El Salvador 31 31 4 4 35 35 88.57% 88.57% 8.82 8.82 30 31 30 5 4 5 35 35 35 85.71% 88.57% 85.71% 8.69 8.56 8.43 30 30 29 30 29 30 28 29 29 29 27 28 28 27 28 28 27 28 27 26 25 23 21 15 5 5 6 5 6 5 7 6 6 6 8 7 7 8 7 7 8 7 8 9 10 12 14 20 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 85.71% 85.71% 82.86% 85.71% 82.86% 85.71% 80.00% 82.86% 82.86% 82.86% 77.14% 80.00% 80.00% 77.14% 80.00% 80.00% 77.14% 80.00% 77.14% 74.29% 71.43% 65.71% 60.00% 42.86% 8.43 8.43 8.43 8.43 8.30 8.17 8.04 8.03 8.03 8.03 7.90 7.90 7.90 7.77 7.77 7.77 7.77 7.77 7.37 7.25 6.85 6.32 5.27 3.42 Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD. Los resultados que se muestran en la Tabla 1.16 indican que cinco instituciones que componen el órgano Ejecutivo, han obtenido una ponderación de 8.82, siendo éstas el Centro Nacional de Registros, la Comisión Hidroeléctrica de Rio Lempa, el Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones. Lo anterior denota, según el monitoreo efectuado en ésta investigación, que éstas cinco instituciones son las que mejor actualizadas se encuentran en cuanto al tipo de información oficiosa que disponen en sus páginas web. En esta evaluación del tercer año de gestión del presidente Mauricio Funes, se han incorporado siete instituciones del Órgano Ejecutivo, las cuales son evaluadas por primera vez, ellas son: la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), el Fondo de Conservación Vial (FOVIAL), la Dirección General de Estadísticas y Censos (DIGESTYC), el Consejo Superior de Salud Pública (CSSP), el Fondo del Milenio de El Salvador (FOMILENIO), la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA), y la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET). A continuación se presentan los resultados de la primera evaluación realizada a estas instituciones. Tabla No. 1.17: Resultados de monitoreo a 7 páginas web de instituciones del Órgano Ejecutivo incorporadas para la evaluación de 2012 Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD. N° 31 2 Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones Superintendencia del Sistema Financiero Indicadores no disponibles 4 31 4 35 88.57% 8.56 3 Consejo Superior de Salud Pública 27 8 35 77.14% 7.90 4 Fondo del Milenio de El Salvador 27 8 35 77.14% 7.37 5 Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma 26 9 35 74.29% 7.25 6 Fondo de Conservación Vial 23 12 35 65.71% 6.32 7 Dirección General de Estadísticas y Censos 21 14 35 60.00% 5.27 1 Institución Indicadores disponibles Total Porcentajes Ponderación Final 35 88.57% 8.82 En cuanto a los parámetros en los que se dispone menor cantidad de información, lo concerniente al tema de presentación de informes, memorias de labores y rendición de cuentas, es el parámetro con menor ponderación en esta evaluación; ya que de los 3.16 puntos posibles, en promedio las páginas web evaluadas en este año obtienen un valor de 1.93 el cual equivale al 68.44% del máximo posible a obtener; le sigue el tema relativo a recursos humanos, con un puntaje de 1.1 equivalente al 70.32% del máximo a obtener el cual sería 1.45. La evaluación también deja datos positivos en el tema de acceso a la información y más aún cuando se toma en cuenta que la entrada en completa vigencia de la LAIP, ha permitido que la mayoría de las instituciones evaluadas reflejen un aumento significativo en otros parámetros como lo son los resultados de Mecanismos de comunicación e interacción con la población que refleja un puntaje alcanzado de 1.02 sobre 1.05 posibles dando un 97.66% de cumplimiento, así también a nivel financiero se obtiene un promedio de 2.34 siendo el techo máximo a obtener de 2.63, lo cual equivale a un 89.29% de cumplimiento y el último de los parámetros evaluados que tienen que ver con el nivel organizacional brinda un porcentaje de 82.19% al haber obtenido un puntaje de 1.43 sobre 1.71 posibles. Tabla No. 1.18: Puntaje promedio alcanzado por parámetros. Evaluación de 2012 Parámetros A nivel organizacional (reglas claras). A nivel financiero (acceso a información). A nivel de recursos humanos (acceso a información). Informes (rendición de cuentas). Mecanismos de comunicación e interacción con la población (participación Ciudadana). Total Puntaje máximo a obtener 1.71 2.63 1.45 3.16 1.05 Puntaje promedio alcanzado 1.43 2.34 1.1 1.93 1.02 Porcentaje 10 7.85 78.50% 82.19% 89.29% 70.32% 68.44% 97.66% Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD. A manera de efectuar una medición comparativa de las páginas web de las instituciones del Órgano Ejecutivo que en esta oportunidad son evaluadas, se han recopilado los datos obtenidos por el OCT en los dos anteriores años de gestión del presidente Mauricio Funes, mostrando un crecimiento en el cumplimiento de sus políticas de acceso a la información, rendición de cuentas y participación ciudadana, pues desde la evaluación efectuada en el 2010, se denota una notable mejoría en cada una de las instituciones. Tabla No. 1.19: Comparativo de evaluaciones efectuadas a 18 páginas web de instituciones del Órgano Ejecutivo en los años 2010 - 2011 – 2012 Institución Centro Nacional de Registros Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano Ministerio de Economía Ministerio de Hacienda Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales Ministerio de Trabajo y Previsión Social Ministerio de Gobernación Ministerio de Educación Banco Central de Reserva de El Salvador Ministerio de Agricultura y Ganadería Fondo Social para la Vivienda Instituto Salvadoreño del Seguro Social. Casa Presidencial Lotería Nacional de Beneficencia (LNB) Ministerio de la Defensa Nacional Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social Ministerio de Seguridad Pública y Justicia Ponderación final 2010 3.96 4.21 Ponderación final 2011 6.18 5.93 Ponderación final 2012 8.82 8.82 4.73 5.93 6.59 3.56 7.64 5.8 5.66 5.93 6.85 5.13 0.26 7.11 5.01 5.4 3.68 5.67 6.72 7.38 5.01 7.9 4.87 7.38 3.55 6.85 4.47 2.37 7.23 4.34 5.14 5.8 8.43 8.43 8.43 8.43 8.17 8.04 8.03 8.03 7.90 7.90 7.77 7.77 7.77 7.77 7.77 Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local 5.39 5.13 6.32 Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD. Con el objeto de realizar una comparación más específica y cercana en cuanto a tiempo se refiere, hemos de comparar los resultados obtenidos en el año 2011 con los resultados de la evaluación realizada en 2012, mediante la cual mediremos el nivel de avance en cada uno de los sitios web de las instituciones del Órgano Ejecutivo evaluadas, estableciendo ciertos niveles de avance en cada uno de los casos. Para establecer y medir el nivel de avance, hemos establecido la siguiente tabla valorativa. Tabla No. 1.20: Grados de avance Valoración Retroceso Positivo Significativo Muy significativo Escala menos de 0 de 0 a 2 de 2 a 4 de 4 en adelante En razón de lo anterior, tenemos como resultado que todas las instituciones evaluadas han mostrado un avance en sus páginas web y en la colocación de la información oficiosa y sus actuaciones institucionales dentro de las mismas; algunas van desde avances positivos a significativos y otras con un margen de avance muchísimo mayor, entre las que destacamos al Ministerio de Agricultura y Ganadería que obtuvo en su medición en 2012 una ponderación de 8.03 logrando un avance total de 4.48 puntos en comparación al año 2011 donde solo obtuvo 3.55; de igual forma cabe recalcar a Casa Presidencial que obtuvo una ponderación de 7.77 en esta evaluación, superando con creces el puntaje de 2.37 obtenido en 2011, con lo que logra un avance de 5.40 puntos. Tabla No. 1.21: Comparativo de evaluaciones y nivel de avance 2011 – 2012 Institución 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Centro Nacional de Registros Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano Ministerio de Economía Ministerio de Hacienda Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales Ministerio de Trabajo y Previsión Social Ministerio de Gobernación Ministerio de Educación Banco Central de Reserva de El Salvador Ministerio de Agricultura y Ganadería Fondo Social para la Vivienda Ponderación final 2011 6.18 5.93 Ponderación final 2012 8.82 8.82 Nivel de Avance 2.64 2.89 Significativo Significativo 5.67 6.72 7.38 5.01 7.9 4.87 7.38 3.55 6.85 8.43 8.43 8.43 8.43 8.17 8.04 8.03 8.03 7.90 2.76 1.71 1.05 3.42 0.27 3.17 0.65 4.48 1.05 Significativo Positivo Positivo Significativo Positivo Significativo Positivo Muy significativo Positivo 12 13 14 15 16 17 18 Instituto Salvadoreño del Seguro Social. Casa Presidencial. Lotería Nacional de Beneficencia (LNB) Ministerio de la Defensa Nacional Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social Ministerio de Seguridad Pública y Justicia Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local 4.47 2.37 7.23 4.34 5.14 5.8 5.13 7.90 7.77 7.77 7.77 7.77 7.77 6.32 3.43 5.40 0.54 3.43 2.63 1.97 1.19 Significativo Muy significativo Positivo Significativo Significativo Positivo Positivo Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD A continuación se muestra el resultado de los avances antes detallados mediante un gráfico que ejemplifica los logros de cada una de las instituciones que se han monitoreado en relación a los resultados obtenidos en las evaluaciones del OCT realizadas anteriormente. Gráfica No. 1: Comparativo de evaluaciones y nivel de avance 2011 – 2012 Comparativo de Evaluaciones de 18 páginas web de entidades de Gobierno año 2011-2012 Fondo de Inversión Social para el… 5,13 6,32 Ministerio de Seguridad Pública y … 5,8 Ministerio de Salud Pública y… 7,77 7,77 5,14 Ministerio de la Defensa Nacional 7,77 4,34 7,77 7,23 7,77 Lotería Nacional de Beneficencia (LNB) Casa Presidencial. Instituto Salvadoreño del Seguro Social. 2,37 7,90 4,47 6,857,90 8,03 Fondo Social para la Vivienda Ministerio de Agricultura y Ganadería 3,55 8,03 7,38 8,04 Banco Central de Reserva de El Salvador Ministerio de Educación 4,87 8,17 7,9 8,43 Ministerio de Gobernación Ministerio de Trabajo y Previsión Social Ministerio de Medio Ambiente y… Ministerio de Hacienda Ministerio de Economía Ministerio de Obras… Centro Nacional de Registros 5,01 7,388,43 6,72 8,43 5,67 8,43 5,93 6,18 Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD 8,82 8,82 3. Atributos de la información 3.1 Accesibilidad La accesibilidad de la información pública es un atributo importante que debe analizarse, pues no basta solamente con el establecimiento de ciertos mecanismos para dar información ni con la obligación legal de brindarla. La información pública debe ser accesible en la práctica para la ciudadanía, de tal manera que la población acceda a esta independientemente de sus capacidades económicas, físicas y/o cognitivas. Es por ello que para iniciar el análisis sobre la accesibilidad de la información pública en manos del Órgano Ejecutivo, debe tenerse en cuenta que aún existen importantes limitantes para el acceso de una buena parte de la población a la información pública, como son la brecha tecnológica y territorial las cuales aún son amplias en El Salvador. A continuación se analizaran dos de las grandes limitantes que tienen buena parte de la población para acceder a la información pública, y a las cuales anteriormente ya se ha hecho mención: la brecha tecnológica y la centralización del aparato administrativo estatal, como límites transversales para el derecho de acceso a la información pública en amplios sectores de la población. 3.1.1 Limitantes a la accesibilidad Dos grandes limitantes para acceder a la información que se encuentran relacionadas con condiciones sociales, económicas y políticas del país, son la brecha digital y tecnológica que existe en la sociedad, junto con la alta centralización territorial de las instituciones gubernamentales que caracteriza al Estado salvadoreño. Más que tratarse de características relacionadas al funcionamiento específico del Ejecutivo, son condiciones estructurales de la sociedad salvadoreña caracterizadas por graves disparidades y distancias en ámbitos económicos y educativos, así como la cada vez más fuerte tendencia hacia la centralización de la vida urbana en el área metropolitana. Son esas condiciones generales en el país, las que aún limitan el acceso a la información a buena parte de la población. a) Brecha digital En cuanto a brecha digital son tres las condiciones que deben tomarse en cuenta: Primero el bajo nivel educativo que tiene buena parte de la población para la cual el acceso a una computadora no es aún una realidad. Segundo, el desconocimiento en materia informática, lo cual impide doblemente acceder a la información pública ofrecida en los sitios web y redes sociales oficiales. Tercera condición negativa es la muy baja penetración de Internet en la población, que viene a sumarse a las altas tasas de analfabetismo informático y la relación aún distante entre el número de computadoras per cápita. “El nivel de penetración de Internet es aún muy bajo en nuestro país. Es verdad que la cantidad de cibercafés, telecentros y lugares de acceso público han aumentado, así como los celulares que permiten el acceso a Internet, pero aun es bastante limitado (Ibarra, R.41)”. Gráfica No. 2: Niveles de acceso TIC Acceso de los Hogares a las TIC 2010 83,10% 42,60% Radio Televisión 13,26% 8,04% Computadora Internet Fuente: Dirección General de Estadística y Censos. DIGESTYC b) Centralización de las oficinas gubernamentales La otra limitante en esta materia se encuentra ligada a la presencia territorial del aparato estatal, el cual –en general- tiende a debilitarse o desaparecer al interior del país. Como se presentó anteriormente, el Internet podría ser la manera más efectiva de superar esta baja presencia institucional en el territorio para el acceso a la información pública, sin embargo ante la aún baja penetración del Internet en el país, la necesidad de presencia real de las instituciones gubernamentales del Estado se hace imperante e insustituible. Para ello la SSTA ha diseñado un plan en el cual los Gabinetes de Gestión Departamental creados por la gestión del presidente Mauricio Funes, tendrán un papel destacado para superar este desequilibrio institucional en el territorio 42. Las 14 oficinas de las Gobernaciones serán utilizadas como enlaces para la solicitud de información pública, este plan aún se encuentra en desarrollo, sin embargo, ya ha comenzado la capacitación, coordinación e incluso, la gestión de recursos para la instalación de oficiales de enlace en las 14 Gobernaciones del país, según el Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción43. 41 Ibarra, R. “Acceso a la información pública a través de Internet”; Blog sobre tecnología e información LPG http://blogs.laprensagrafica.com/litoibarra/?p=1921 42 “Las brechas territoriales refuerzan las brechas nacionales en el desarrollo económico y social y, a su vez, son reforzadas por estas. Se plantea además la importancia de activar sinergias con criterio de articulación espacial, así como la necesidad de formular reformas en el ámbito fiscal que permitan nivelar el campo de juego entre unidades administrativas y territoriales distintas” (CEPAL, 2010a, pág. 48). 43 Entrevista realizada el 21 de junio al Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción: Marcos Rodríguez La persona de enlace no es un Oficial de Información, sino que es una persona cuya labor es la de recibir las solicitudes de información y hacerlas llegar a las dependencias del Ejecutivo a la que vaya dirigida, con el objetivo de evitar viajes costosos y largos a la población, según manifestó Aurora Cubías, coordinadora del área de Transparencia Institucional de la SSTA44. 3.1.2 Eficacia del proceso Para medir la eficacia en los procesos para brindar información pública analizamos los tiempos de respuesta a las solicitudes de información que hizo la ciudadanía, así como la cantidad de información oficiosa (obligada por la LAIP) que deben brindar y actualizar constantemente las distintas entidades del Ejecutivo. a) Tiempos de respuesta El tiempo de respuesta a las solicitudes de información es una variable importante a tener en cuenta para medir la eficacia en la accesibilidad de la información. Sin embargo, se debe mencionar que estos datos solamente se encuentran disponibles para el período luego de la entrada en vigencia de la LAIP, por lo que dicho promedio de respuesta no corresponde al 100% para el año en evaluación del presente informe y refleja más bien un comportamiento a partir de la implementación de la LAIP. Según datos oficiales el promedio de respuesta de las solicitudes presentadas en las Oficinas de Información y Respuesta por parte de la ciudadanía, ha sido de 3.3 días hábiles45. Es destacable contrastar el dato, con el poco tiempo que tienen de haber iniciado en funcionamiento las mayorías de OIR y UAIP en el Ejecutivo. Además debe mencionarse que el plazo que establece la LAIP es en el marco de los 10 días hábiles establecidos por Ley. b) Publicación de información oficiosa La información que debe ser publicada oficiosamente se encuentra estipulada en la LAIP, y, en ese sentido, se trata de información que debe publicarse por mandato legal. El artículo 10 de la LAIP establece la información oficiosa para todos los entes obligados en 25 numerales46, y posteriormente en los incisos segundo y tercero establece información oficiosa que debe publicar específicamente el Ministerio de Hacienda. 44 Entrevista Aurora Cubías, coordinadora del área de Transparencia Institucional de la SSTA a del 21 de junio de 2012 Informe sobre Solicitudes de Información Pública (del 8 de mayo al 8 de junio de 2012); Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción, Secretaría de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la República. 46 (1) El marco normativo aplicable a cada ente obligado. (2) Su estructura orgánica completa y las competencias y facultades de las unidades administrativas, así como el número de servidores públicos que laboran en cada unidad. (3) El directorio y el currículo de los funcionarios públicos, incluyendo sus correos electrónicos institucionales. (4) La información sobre el presupuesto asignado, incluyendo todas las partidas, rubros y montos que lo conforman, así como los presupuestos por proyectos. (5) Los procedimientos de selección y contratación de personal ya sea por el sistema de Ley de Salarios, contratos, jornales o cualquier otro medio. (...) Para continuar leyendo puede acceder a la LAIP en: http://www.cnr.gob.sv/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=35:ley-de-acceso-a-la-informacion-publicalaip&Itemid=277 45 El espacio más adecuado para poner a disposición del público, divulgar y actualizar la información que establece el artículo décimo de la LAIP son las páginas web, debido a su permanencia y a su factibilidad para ser actualizadas constantemente. Es por ello que es importante medir la eficiencia de las páginas web oficiales de las entidades del Ejecutivo, en orden a conocer el nivel de cumplimiento con la publicación de información oficiosa, y en ese mismo sentido, la accesibilidad de ésta para la población. 3.1.3 Perfil del solicitante Debido a que la mayoría de instituciones del Ejecutivo iniciaron las operaciones de sus respectivas OIR en concordancia con la entrada en vigor de la LAIP, las solicitudes de información al 31 de mayo aún eran pocas. Por el momento aún no se cuentan con los datos que permitan conocer el perfil del solicitante en detalle, sin embargo es necesario destacar que las entidades del Ejecutivo se encuentran implementando un sistema para registrar las características del solicitante de información47. Tabla 1.22: Perfil de solicitante por categoría Institución Perfil del solicitante Cantidad Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Ciudadanos 369 Local (FISDL) Organizaciones de la 48 Sociedad Civil Contratistas/ Empresas 78 Municipalidades e 27 Instituciones Gubernamentales Gobernaciones 7 Departamentales Instituto Salvadoreño del Seguro Social Bachilleres 13 (ISSS) Educación Media 4 Universitarios 32 Maestría 2 Profesional 10 Técnico 2 Técnico en enfermería 2 Ministerio de Economía Universitarios 20 Bachillerato 8 Profesionales 21 Organizaciones No 2 Gubernamentales Empleados / 2 comerciantes Periodistas 2 Ministerio de Educación Estudiantes 7 Docentes 5 Usuarios 3 Ministerio de Trabajo Estudiantes 6 47 Anexo formulario de solicitud de información de Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Mujeres 230 Hombres 299 N/I N/I N/I N/I N/I N/I N/I N/I Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano Profesionales N/I 6 N/I N/I N/I 3.2 Relevancia La relevancia es una de los atributos principales de la información pública solicitada, ya que de poco serviría una gran cantidad de información que finalmente no sirva en nada al proceso de contraloría ciudadana ni a los intereses individuales o asociativos de la población. A continuación se presentan los enfoques de relevancia desde la perspectiva de la administración pública en contraste con la perspectiva social relevante, para lo cual fueron utilizados los datos disponibles por la SSTA y los cuales pueden aportarnos una idea de qué es lo que la ciudadanía considera como información pública y relevante. 3.2.1 Relevancia institucional La información gubernamental con mayor relevancia según el criterio institucional, es colocada en las páginas web y las redes sociales que son manejadas por las respectivas unidades de comunicaciones de cada entidad del Ejecutivo. Pero más allá de esa información que puede encontrarse en cada uno de los portales web de las distintas entidades del órgano ejecutivo, la iniciativa gubernamental denominada Transparencia Activa es un medio que cumple con la función de mostrar aquella información que a criterio de la administración pública, en este caso a través de la SSTA y la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia (SCP), es relevante para dar a conocer a la población. Transparencia Activa cuenta con diversos recursos periodísticos institucionales multimedia para informar constantemente sobre las acciones más relevantes del Ejecutivo en materia económica, social, cultural, política, internacional y de seguridad. Cuenta además con espacios de entrevista y opinión. Los espacios interactivos son también funcionales, principalmente aquellos que sirven para realizar preguntas de manera directa a su equipo técnico, de tal manera que se vuelve en un espacio interactivo a través del cual se puede obtener información relevante no sólo para el criterio de los editores institucionales, sino para aquellos ciudadanos que tengan otras inquietudes. 3.2.2 Relevancia social Para conocer lo que la ciudadanía considera como información pública relevante, se buscaron datos y características provenientes principalmente de las solicitudes de información presentadas por la ciudadanía. La información solicitada por la población se considera como la muestra clara de aquella información que responde a su interés práctico y concreto. Para analizar la información pública que la sociedad considera más relevante es importante contar con las estadísticas oficiales de solicitudes de información. Sin embargo, las estadísticas al respecto solamente se encuentran a partir de la entrada en vigencia de la LAIP, esto es a partir del 8 de mayo de 2012. Es decir que no encontró con estadísticas para el período de va desde 1 de junio de 2011 hasta el 7 de mayo de 2012, período de análisis del presente informe. La contabilización y análisis oficial de las solicitudes de información por parte del Ejecutivo ha tomado como punto de partida el día de la entrada en vigencia de la ley, por lo que para el período 2011-2012 solamente se analizarán 23 días del mes de mayo. Tabla 1.23: Información Oficiosa Solicitada (Del 8 al 31 de mayo) Tipo de Información Solicitada Información oficiosa 283 34.9% Información pública no oficiosa 409 50.5% Información confidencial 65 8.1% Información reservada 10 1.2% Datos Personales 43 5.3% TOTAL 810 100% Fuente: Elaboración propia con datos del Informe sobre Solicitudes de Información Pública (del 8 de mayo al 8 de junio de 2012) de la SSTA De los hallazgos obtenidos por parte de la información proporcionada por la SSTA se destaca lo siguiente: “La información que más ha sido solicitada por la población durante el primer mes de apertura de las OIR ha sido principalmente información presupuestaria, organizativa, estadística y personal”48. 1. Presupuestaria y financiera: presupuestos, prioridades presupuestarias, conformación de los comités de formulación presupuestaria, información sobre la deuda pública, sobre tributaciones, importaciones y exportaciones. 2. Organizativa y gestión institucional: planes operativos anuales, organigramas, normativas institucionales, reglamentos, políticas institucionales, acciones de protección al medio ambiente, permisos ambientales, legislación ambiental, de proyectos nacionales como la Minería El Dorado, estudios de permisos ambientales, de especies en extinción perfiles climáticos y los mismos documentos sobre la contratación de los Oficiales de Información. 3. Estadísticas y registros: estadísticas (de inversión, de desechos sólidos, ambientales, de las competencias institucionales), censos, registros de empresas, de organizaciones ambientalistas, históricos de precios de referencia, información sobre el subsidio al gas licuado. 48 Informes sobre solicitudes de información pública. Período 8 de mayo al 8 de junio de 2012. Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción 4. Personal: informes médicos especializados (psiquiátricos, neurológicos, de terapias y de diagnóstico), planillas, expedientes de personal, etc. Los datos oficiales del Ejecutivo demuestran que en un poco más del 50% la información solicitada por la población no corresponde a la información oficiosa49, es decir, que lo que hasta el momento se ha solicitado no es íntegramente la información que la LAIP establece y que debe estar permanentemente expuesta y actualizada. Así también es importante destacar que se reciben en promedio casi 34 solicitudes de información para 73 instituciones del Órgano Ejecutivo, con un promedio diario de más o menos 1.2 solicitudes. 3.3 Confiabilidad La información pública contará con una presunción de confianza, dependiendo de la fuente de la que emana. La información pública oficiosa esencialmente proviene de las páginas web, redes sociales y correos electrónicos oficiales, por lo que la información vertida debe ser clara y fidedigna, teniendo un alto grado de responsabilidad tanto las oficinas encargadas de publicar, como las oficinas encargadas de procesar dicha información. Por su parte, la información pública no oficiosa vendrá principalmente de las OIR y UAIP, y deberá contar con las formalidades establecidas en el artículo 72 Inc. 2º que dice que “la resolución del Oficial de Información deberá hacerse por escrito y ser notificada al interesado en el plazo (10 días). La concesión de la información podrá hacerse constar con una razón al margen de la solicitud. En caso de ser negativa la resolución, siempre deberá fundar y motivar las razones de la denegatoria de la información e indicar al solicitante el recurso que podrá interponer ante el Instituto”. La discusión sobre la confiabilidad queda abierta en cuanto que la información, si bien puede tener las formalidades debidas y ser transmitida por los canales oficiales, su contenido puede ser falso o erróneo. En ese sentido el artículo 7650 literal “a” de la LAIP establece como una infracción grave el hecho de alterar total o parcialmente la información por parte de quien se encuentre bajo su custodia o quien tenga acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión. Dichas infracciones buscan dar mayor confiabilidad a la información pública, estableciéndose como mecanismos para subsanar una posible intención de falsear información. En ese sentido, el no nombramiento del IAIP genera una situación de indefensión, ya que en caso de dudas por parte del solicitante sobre la información 49 Ver Tabla 1.18 Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 76: “Son infracciones muy graves: (a) Sustracción, destrucción, ocultar, inutilizar o alterar, total o parcialmente, información (...)” 50 recibida, aún no cuenta con el organismo que puede constatar la veracidad y actuar en caso que la información se encuentre alterada. 4. Estudio de Casos 4.1 Nombramiento de Comisionados IAIP Fundamento jurídico y plazos para la elección de ternas para Comisionados Es importante comenzar el estudio del presente caso, con los fundamentos jurídicos implicados en el proceso de elección y nombramiento de los Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública. El proceso para la elección de los Comisionados inicia a partir de la convocatoria por parte de los Ministerios de Economía, Gobernación, Educación, Trabajo y Previsión Social, y la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia. Estas entidades deberán realizar las respectivas asambleas para la elección de ternas, las cuales serán enviadas al Presidente de la República para que este finalmente nombre un propietario y un suplente por cada uno de los sectores convocados, en un plazo de treinta días51 En el artículo 53 de la LAIP se establece que: La convocatoria elección de ternas deberá realizarse 60 días previos a la fecha del inicio de funciones. La convocatoria por cada una de las asambleas para elegir las ternas por cada sector será 15 días antes de realizar la misma. Una vez electas y enviadas las ternas al Presidente de la República, éste contará con 30 días para hacer la selección de los Comisionados propietarios y suplentes del IAIP. Para el caso, el artículo 105 de la LAIP establece que los comisionados al IAIP deben ser designados por el Presidente de la República 180 días después de la entrada en vigencia de la misma (8 de mayo 2011), en término de fecha calendario, correspondiente al 4 de noviembre de 2011. Así mismo, la ley se establece que los reglamentos de la LAIP deben ser emitidos por el Presidente de la República, 120 días después de la entrada en vigencia de la misma, lo que en fecha calendario significaba 4 de septiembre de 2011. Sin embargo, esta fecha tuvo que postergarse hasta el 29 de septiembre, debido a los atrasos existentes en el marco de 51 Ley de Acceso a la Información Pública. Arts. 53 y 54 la entrada en vigencia del RLAIP, el cual proporcionaba los procedimientos para la elección de Comisionados del IAIP. Calendarización de los nuevos plazos de elección de los Comisionados al Instituto de Acceso a la Información Pública Fuente: Tomado de Informe público sobre la “Implementación de la L A I P en el Poder Ejecutivo”; SSTA. Diciembre de 2011 Finalmente, y más allá de ciertos atrasos en el proceso, la elección de las ternas para Comisionados del IAIP se llevó a cabo cumpliendo con todas las formalidades legales y fue reconocida por diversas organizaciones de la sociedad civil52. Fueron los acontecimientos posteriores, los cuales despertaron serios desacuerdos entre representantes de la sociedad civil y el Presidente de la República. 4.1.1 Descripción del proceso El 11 de mayo de 2012 el Presidente de la República anunció su decisión de rechazar y devolver la totalidad de las ternas para Comisionados del IAIP que le fueron presentadas. Para ello, hizo uso de las facultades contemplada por el RLAIP, argumentando que había revisado las ternas y que, posterior a analizarlas, consideró que algunos de los profesionales propuestos no eran idóneos. Sin embargó vetó a todos los propuestos. El presidente Mauricio Funes rechazó todas las candidaturas propuestas por los cinco sectores de la sociedad civil para integrar el IAIP, 15 propietarios con sus respectivos suplentes, por no considerarlas idóneas para el cargo, para lo cual se amparó en el Art. 73 del RLAIP, que dice: 52 Ver anexo: ISD, FESPAD, ARPAS, CPC Boletín de Prensa sobre Veto Presidencial a Ternas para Comisionados IAIP. 16 de mayo de 2012 “(...) En caso que a criterio del Presidente de la República ninguno de los candidatos de las ternas propuestas, ya sea propietarios o suplentes, es apto para ocupar el cargo de comisionados, se volverá a realizar la elección de la terna en base a lo estipulado en los artículos anteriores y en la Ley. En este caso únicamente se realizará el proceso de elección para las ternas presentadas que al Presidente que no cumplan con los requisitos estipulados”. La disposición reglamentaria en que se fundamentó, fue uno de los artículos más criticados por las organizaciones de la sociedad civil, e incluso una de las cuatro normas incluidas en la demanda de inconstitucionalidad presentada por representantes del Grupo Promotor de la LAIP53. “En otras palabras, si el Presidente de la República encuentra que los propuestos por las entidades de la sociedad civil no son de su agrado, sea por motivos fundados o porque no hay una garantía de que se sometan a sus designios, simplemente puede rechazar las ternas propuestas y exigir nuevas, y seguirlas exigiendo hasta que las entidades proponentes escojan a quien él tenga en mente para ocupar el cargo. Nuevamente, la disposición reglamentaria tiende a anular el texto de la ley, así como la independencia del organismo ejecutor de la Ley, que es lo que en esta se pretendía.”54 Pero también se expresó otro motivo por parte del Presidente de la República para no nombrar a los Comisionados, relacionado con la no asignación del presupuesto para el IAIP en 2011 por parte de la Asamblea Legislativa, por lo que –según su opinión- no tenía sentido contar en este momento con un IAIP, si ni siquiera se podría pagar a los salarios de los funcionarios. La responsabilidad en el incumplimiento de este caso, como ya fue mencionado anteriormente, corresponde a la omisión y acción tanto al Órgano Ejecutivo como del Órgano Legislativo, dado quela Constitución de la República establece en el Art. 167 ord. 3º que será el Ejecutivo el que elabore el presupuesto y en el Art. 131 ord 8º dictamina que la Asamblea Legislativa será quien decrete el presupuesto, así como sus reformas55. El rechazo de todas las ternas propuestas causó tanta conmoción que el Grupo Promotor de la LAIP solicitó la intercesión del Relator Especial para la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión de la Organización de Naciones Unidas (ONU), y la de la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA). Estas instancias internacionales fueron informadas sobre los obstáculos interpuestos para la creación y funcionamiento del IAIP, resaltando la omisión de una obligación legal de establecer una partida presupuestaria para el IAIP por parte de la Asamblea Legislativa y el rechazo del Presidente de la República sobre las ternas de 53 “Demanda de Inconstitucionalidad contra el RLAIP”. Págs. 9-10; Marzo de 2012 http://www.observatoriojudicial.org.sv/images/doc/documentosvarios/demandaregla.pdf 54 Declaraciones de representantes del Grupo Promotor de la Ley de Acceso a la Información Pública, ante el rechazo de las ternas por parte del Presidente de la República 55 Ibíd. candidatos a comisionados del IAIP que oportunamente habían sido propuestas por organizaciones de la sociedad civil56. Así también organizaciones como FESPAD, ISD y ARPAS, entre otros, catalogaron el rechazo de los ternas como un “veto presidencial”, el cual era inaceptable por violar los artículos 53 y 54 de LAIP, los cuales constituyen las disposiciones que establecen las características de idoneidad y el proceso que se debe seguir para garantizar el proceso de elección del IAIP 57. Según el artículo 54 para ser Comisionado se requiere: Ser salvadoreño con título universitario y haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público o académicas. No haber sido condenado por la comisión de algún delito o sancionado por infringir la Ley de Ética Gubernamental en los últimos cinco años. Estar solvente de responsabilidades administrativas en la Corte de Cuentas de la República, la Procuraduría General de la República, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y la Hacienda Pública. En caso de profesiones regladas, no haber sido condenado por el organismo de vigilancia de la profesión en los últimos cinco años. Tener cuando menos treinta y cinco años de edad el día de su designación. A pesar de ser una decisión de gran importancia para el cumplimiento y garantías de la recién aprobada LAIP, no hubo una justificación detallada por parte de la Presidencia de la República sobre las características o requerimientos que no cumplían los candidatos propuestos. La única respuesta por escrito es la que recibió la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) ante su solicitud de información exigiendo explicación al respecto58, sin embargo dicha respuesta no fue satisfactoria para los solicitantes. La conclusión de ANEP luego de recibir respuesta del Oficial de Información fue la siguiente: “1. Que la Presidencia de la República acepta que no realizaron análisis de idoneidad de las ternas propuestas, al señalar que “el Procedimiento de selección y evaluación es competencia de los actores señalados”, es decir de los sectores que escogieron las ternas de acuerdo a la Ley. Las dependencias gubernamentales que evaluaron a los candidatos presentados dieron constancia de su capacidad profesional, honestidad y probidad. Por lo tanto, el veto del Presidente por “falta de idoneidad” carece de sentido 56 “ Grupo Promotor solicita intervención de los relatores de la libertad de expresión de la ONU y la OEA en defensa del Instituto de Acceso a la Información Pública: http://www.transparenciaelsalvador.org/index.php/noticias/107-grupo-promotor-solicita-intervencionde-los-relatores-de-la-libertad-de-expresion-de-la-onu-y-la-oea-en-defensa-del-instituto-de-acceso-a-la-informacion-publica.html 57 ISD, FESPAD, ARPAS, CPC Boletín de Prensa sobre Veto Presidencial a Ternas para Comisionados IAIP. 16 de mayo de 2012 58 Dicha solicitud fue presentada por ANEP El 9 de mayo de 2012 2. Que no existe en Casa Presidencial una resolución del Presidente que fundamente la decisión de no haber nombrado a los Comisionados del IAIP de las ternas propuestas, lo cual convierte el veto del Presidente de la República en un acto arbitrario, ilegal e inconstitucional.”59 El resultado de lo anteriormente planteado es que al cierre de este informe El Salvador aún no cuenta con el Instituto de Acceso a la Información Pública, por lo que tal como ha sido establecido anteriormente en el apartado relacionado a Institucionalidad, la ciudadanía se encuentra en situación de indefensión al no contar con la entidad encargada de tutelar en específico el derecho de acceso a la información pública. 4.2 Reglamento de la LAIP El Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (RLAIP) desarrolla los mecanismos para hacer efectiva la LAIP, plazos, procesos, definiciones y todo que compete a un instrumento reglamentario. Fue publicado en el Diario Oficial del 2 de septiembre de 2011. Si bien el Reglamento apareció publicado con fecha del 2 de septiembre, éste fue presentado a los medios, dos días después de que venciera el plazo que la LAIP le daba al Presidente de la República para que lo emitiera. Sin embargo, la fecha de publicación con el Diario Oficial concuerda con el plazo de 120 días que otorga la LAIP al Presidente para que emita reglamento. Los 120 días se contaron a partir de la entrada en vigencia de la Ley, el 8 de mayo de 2011. 4.2.1. Fundamentos jurídicos y constitucionales Es importante detallar de forma clara las disposiciones legales y constitucionales que facultan al Presidente de la República para emitir reglamentos. Esta atribución se fundamenta a partir de la siguiente disposición constitucional: “Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República: Decretar los reglamentos que fueren necesarios para facilitar y asegurar la aplicación de las leyes cuya ejecución le corresponde.”60 Así también existen disposiciones más específicas en la LAIP, que estipulan lo relacionado a la creación del RLAIP y los aspectos que éste debe normar. A continuación se citan tres artículos que fundamentan la competencia del Presidente para reglamentar los aspectos estipulados en la LAIP 59 Comunicado de la ANEP:http://www.anep.org.sv/index.php?option=com_content&view=article&id=113:respuesta-del-oficial-deinformacion-de-casa-presidencial-en-relacion-a-la-peticion-de-anep-de-proporcionar-las-evaluaciones-de-las-ternas-propuestas-por-lasociedad-civil-para-nombrar-a-los-comisionados-del-instituto-de-acceso-a-la-informacion-publica-&catid=35:articles 60 Constitución de la República. Art. 168, numeral 14 Tabla 1.24: Disposiciones legales sobre el RLAIP Artículo Contenido 109 – LAIP “El Presidente de la República emitirá los reglamentos de aplicación de la ley a más tardar en ciento veinte días contados a partir de la vigencia de la ley. El reglamento de elección de los comisionados deberá estar elaborado a más tardar ciento veinte días después de la entrada en vigencia de esta ley”. 70 – RLAIP “La normativa interna de cada una de las Entidades Convocantes, en atención a sus recursos y composición interna, deberá regular en la manera en cómo se procederá a realizar la votación, la designación de las personas que procederán a revisar lo estipulado en el presente artículo, así como la manera de contabilización de los votos, debiendo regular toda la planificación, organización y ejecución de la Asamblea General, atendiendo lo establecido en la Ley y el presente Reglamento.” 73 – RLAIP “El Presidente de la República contará con treinta días previos al inicio de funciones de los comisionados, para hacer la elección de los miembros propietarios y suplentes. En caso que a criterio del Presidente de la República ninguno de los candidatos de las ternas propuestas, ya sea propietarios o suplentes, es apto para ocupar el cargo de comisionado se volverá a realizar la elección de la terna correspondiente en base a lo estipulado en los artículos anteriores y en la Ley. En este caso, únicamente se realizará el proceso de elección para las ternas presentadas al Presidente que no cumplan con los requisitos estipulados”. 4.2.2. Discrepancias y críticas al RLAIP Una vez divulgado el RLAIP, las críticas y las discrepancias no se hicieron esperar por parte de las organizaciones de la sociedad civil, dentro de los que destacan los pertenecientes a aquellas organizaciones que conforman el Grupo Promotor de la LAIP, por considerar que algunos artículos del Reglamento atentaban contra los avances y la esencia contemplados en el espíritu de la Ley de Acceso a la Información Pública. Es importante mencionar que por la naturaleza de la controversia, la discusión pública se volvió altamente técnica, sin embargo las críticas principales de varias organizaciones de la sociedad civil se concentraron en el exceso de facultades reglamentarias por parte del Presidente de la República, pues se atribuyó más alcances de los que la LAIP otorgaba. Sin embargo, y tal como se mencionó anteriormente, las críticas realizadas al RLAIP por parte de representantes de las organizaciones de la sociedad civil trascendieron a instancias jurisdiccionales, en el momento en el que cuatro ciudadanos interpusieron una demanda de inconstitucionalidad contra varios de los artículos del referido Reglamento ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia61 Tabla 1.25: Disposiciones del RLAIP criticadas y demandas por vicios de inconstitucionalidad DISPOSICIÓN CONTENIDO CRÍTICA Art. 29 “Sin perjuicio de lo establecido en la Ley, son causales Miembros del Grupo Promotor de reserva las siguientes: 1. Cuando su publicidad, de la LAIP valoraron que el comunicación o conocimiento afecte el debido término seguridad política es cumplimiento de las funciones del órgano requerido extenso y ambiguo, por lo que (...) 2. Cuando su publicidad, comunicación o podría convertirse con facilidad conocimiento afecte la Seguridad Nacional y/o la en una causal ilegal de excusa Seguridad Política. 3. Cuando su publicidad, para negar datos a las personas 62 comunicación o conocimiento afecte el interés que la requieran . nacional, en especial si se refieren a la salud pública o las relaciones internacionales y los intereses económicos o comerciales delpaís (...)” Art. 63 “(...) El titular de cada Entidad Convocante nombrará Se señaló que el mandato que se una Comisión formada por al menos cinco empleados da a las Entidades Convocantes de la institución, en adelante denominada como la (en los Arts. 75 y 65) para crear ‘Comisión de la Entidad Convocante’, que será la los respectivos instructivos encargada de la planificación, organización y ejecución internos para regular los de la asamblea para la elección de las ternas. El procedimientos de elección de procedimiento para dicho nombramiento deberá estar las ternas para Comisionados de regulado en el instructivo del que habla el Art. 75 del la IAIP, tampoco está presente reglamento”. contemplado en la LAIP63. Este mandato es para el Presidente, que debe plasmarlo en el Reglamento. Art. 73 “El Presidente de la República contará con 30 días “Esto deja al criterio subjetivo y previos al inicio de funciones de los comisionados para a la discrecionalidad del hacer la elección de los miembros propietarios y Presidente elegir a los suplentes. En caso que a criterio del Presidente de la Comisionados, transgrediendo el República ninguno de los candidatos de las ternas proceso democrático de elección propuestas, ya sea propietarios o suplentes, es apto que garantizó la LAIP en el 64 para ocupar el cargo de comisionado se volverá a nombramiento de los mismos ” realizar la elección de la terna correspondiente en base a lo estipulado en los artículos anteriores y en la Ley”. Art. 75 “(...) Cada entidad convocante elaborará un Los ciudadanos del Grupo instructivo interno por medio de los cuales les dará Promotor de la LAIP señalaron cumplimiento le dará cumplimiento a la Ley y al que este mandato es para el presente reglamento.” Presidente y no debe quedar a criterio de las Entidades 61 “Sala de lo Constitucional admite demanda contra reglamento de LAIP” http://www.transparenciaactiva.gob.sv/laip/2012/06/salade-lo-constitucional-admite-demanda-contra-reglamento-laip/. Transparencia Activa. Consultado 6 de septiembre, 8:30 am 62 http://www.diariocolatino.com/es/20120329/nacionales/101933/Piden-inconstitucionalidad-de-art%C3%ADculos-del-Reglamentode-LAIP.htm 63 La Demanda de Inconstitucionalidad presentada por miembros del Grupo Promotor de la LAIP, señalo este artículo como una de las normas con vicios de inconstitucionalidad http://www.observatoriojudicial.org.sv/images/doc/documentosvarios/demandaregla.pdf 64 DEL-FUSADES Boletín de Estudios Legales No. 130: “Nuevas consideraciones sobre los reglamentos en El Salvador”; P. 4/Octubre 2011, San Salvador. Convocantes, según el Art. 54 de 65 la LAIP . Al respecto, las restricciones al derecho de acceso a la información pública deben de ser muy limitadas y solo previstas en la ley66. Sin embargo, como se ha mostrado anteriormente, varios artículos del reglamento restringen y contradicen estipulaciones tanto de la LAIP como de la Constitución de la República. Los artículos que en principio fueron blanco de críticas y demandas judiciales por sus posibles efectos nocivos al derecho de acceso a la información, se convirtieron en un verdadero obstáculo cuando el Presidente de la República, basándose en el Art. 73 del RLAIP, vetó todas las ternas que le fueron presentadas para designar a los Comisionados del IAIP, el 11 de mayo de 2012. La decisión fue tomada por el Presidente de la República, a pesar de actualmente existe un recurso de inconstitucionalidad sobre el RLAIP, sobre el cual la Sala de lo Constitucional ya ha aceptado demanda el pasado 20 de junio de 2012. 65 http://www.observatoriojudicial.org.sv/index.php?option=com_content&view=article&id=5993:piden-inconstitucionalidad-dearticulos-del-reglamento-laip&catid=9:noticias-revelantes&Itemid=10 66 OEA. CIDH. Estudio Especial sobre el Derecho de Acceso a la Información. Sitio Web: http://cidh.oas.org/relatoria/showarticle.asp?artID=724&lID=2 II. PARTICIPACIÓN CIUDADANA “El mayor desafío de la participación ciudadana en la gestión pública es impulsar su universalización, para crear las condiciones que permitan que los sectores más vulnerables accedan a la participación ciudadana para la defensa y exigencia de sus derechos, estableciéndose como un medio para la transformación social” Preámbulo de la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana . Actualmente, la sociedad salvadoreña demanda la ampliación y profundización de la democracia para que se tome en cuenta la participación ciudadana como una pieza fundamental para una democracia plena y para darle legitimidad al sistema político. La participación ciudadana es un factor clave del ansiado desarrollo humano, dado que la resolución a los problemas nacionales no puede llevarse exclusivamente desde la esfera administrativa, política o técnica, sino con la participación de amplios sectores de la sociedad civil, organizados o no. “Se requiere el fomento de la participación de todos los sectores y sensibilidades de la sociedad en sus diferentes actos fomentando el debate, la reflexión, la relación y la comunicación…” 67 Con esto se logra una dimensión más integral en el proceso de formulación de políticas públicas. La Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana define a la participación ciudadana en la gestión pública como: “el proceso de construcción social de las políticas públicas que, conforme al interés general de la sociedad democrática, canaliza, da respuesta o amplía los derechos económicos, sociales, culturales, políticos y civiles de las personas, y los derechos de las organizaciones o grupos en que se integran, así como los de las comunidades y pueblos indígenas”68 A pesar de ser un documento jurídicamente no vinculante, constituye una base teórica legal para la regulación de los mecanismos de participación ciudadana en El Salvador. En el Plan Quinquenal (2010-2014) de Desarrollo del gobierno del Presidente Mauricio Funes, como instrumento de materialización de la voluntad y compromiso político, señala dentro de la Política Nacional de Gobernabilidad y Modernización del Estado que la participación ciudadana y el diálogo permanente constituyen principios rectores. Además, el mismo plan señala “el objetivo fundamental de la política es contribuir a la gobernabilidad e impulsar la democratización del Estado a través de la participación social en democracia, que incluye una ciudadanía responsable y una administración pública profesional y eficiente”69 67 Van Hove, Eduardo. Participación Ciudadana. España. 2010 Pág. 243 Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana. Capítulo primero. Objeto, Fundamentos y principios de la participación ciudadana en la gestión pública. 69 Plan quinquenal de Desarrollo, 2010-2014 Gobierno de El Salvador. (214) Pág. 127 68 El análisis del presente aspecto se basa en el anterior marco conceptual y en los compromisos asumidos por el gobierno; se centra en la necesidad del involucramiento de la ciudadanía -sin discriminación alguna- en el diseño y ejecución de políticas públicas, y principalmente en el grado de incidencia de la ciudadanía en la toma de decisiones clave de las distintas instituciones que conforman el Órgano Ejecutivo, en cuestiones “socialmente relevantes” que le afecten a sus intereses y necesidades. 1. Reglas Claras 1.1 Constitución de la República La Constitución de la República no garantiza expresamente en un artículo el derecho de la ciudadanía a la Participación Ciudadana; existe un vacío constitucional claro, debido a que la participación ciudadana está limitada al ejercicio del sufragio, regulado en el artículo 73 de la Constitución. Es decir, no se toma en cuenta a la participación en un sentido más amplio. El Salvador es un país en vías de democratización que se encuentra en proceso de implementación, ampliación y/o profundización de la democracia. Pero hace falta profundizar aspectos como la participación ciudadana y la auditoría social para lograr una democracia funcional y participativa que fortalezca tanto a la sociedad civil como al Estado, quien con ello gana legitimidad. La Sala de lo Constitucional ha señalado al respecto: “el contenido del sufragio no se agota con la designación de los representantes, sino que comprende los procesos de participación gubernamental, es decir, aquellos que consagran la intervención del cuerpo electoral en la formulación de las decisiones políticas, jurídicas y administrativas del poder en el Estado”70 Sin embargo, se encuentran varios principios constitucionales que incorporan valores democráticos, donde se puede fundamentar y sustentar la participación ciudadana: La soberanía reside en el pueblo El poder público emana del pueblo y los funcionarios públicos son sus delegados. La persona humana como origen y fin de las actividades del Estado La libertad de expresión El derecho de asociación El derecho de petición y respuesta 70 Sala de lo Constitucional. Resolución 6-2011. Inconstitucionalidad sobre listas incompletas. Pág. 8 Sin embargo, se hace imperativo que la Constitución de la República regule de forma expresa, el derecho a la participación ciudadana, concebido como el proceso por el que las comunidades y/o diferentes sectores sociales influyen en los proyectos, en los programas y en las políticas que les afectan, implicándose en la toma de decisiones y en la gestión de los recursos. Con una disposición constitucional que instituya la participación ciudadana como principio para lograr una verdadera democracia, se estaría sentando las bases para la creación de una ley especial que regule los mecanismos y procedimientos para la participación de la ciudadanía. 1.2 Marco Jurídico Internacional A nivel internacional existe un marco jurídico claro y completo sobre la obligación del Estado Salvadoreño a garantizar y promover la participación ciudadana. Es importante resaltar que dichos instrumentos jurídicos conciben a la participación ciudadana más allá del sufragio, señalando como elemento principal el derecho de participar ya sea directamente o por medio de representantes. Tabla No. 2.1 Tratados internacionales sobre Participación Ciudadana Tratado Contenido Artículo 21 Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Toda persona tiene el derecho de acceso, en Declaración Universal de los Derechos condiciones de igualdad, a las funciones Humanos públicas de su país. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto” Artículo 23 Derechos Políticos Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades: a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) de votar y ser elegidos en elecciones Convención Americana de los Derechos periódicas auténticas, realizadas por sufragio Humanos universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. 2. La ley puede reglamentar el ejercicio de los Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal” Artículo 25 Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de la distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades: a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país” Artículo 5 Políticas y prácticas de prevención de la corrupción “1. Cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, formulará y aplicará o mantendrá en vigor políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción que promuevan la participación de la sociedad y reflejen los principios del imperio de la ley, la debida gestión de losasuntos públicos y los bienes públicos, la integridad, la transparencia y la obligación de rendir cuentas…” Artículo 13 Participación de la sociedad 1. Cada Estado Parte adoptará medidas adecuadas, dentro de los medios de que disponga y de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno, para fomentar la participación activa de personas y grupos que no pertenezcan al sector público, como la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones con base en la comunidad, en la prevención y la lucha contra la corrupción, y para sensibilizar a la opinión pública con respecto a la existencia, las causas y la gravedad de la corrupción, así como a la amenaza que ésta representa. Esa participación debería reforzarse con medidas como las siguientes: a) Aumentar la transparencia y promover la Convención Interamericana contra la corrupción contribución de la ciudadanía a los procesos de adopción de decisiones; b) Garantizar el acceso eficaz del público a la información; c) Realizar actividades de información pública para fomentar la intransigencia con la corrupción, así como programas de educación pública, incluidos programas escolares y universitarios; d) Respetar, promover y proteger la libertad de buscar, recibir, publicar y difundir información relativa a la corrupción. Esa libertad podrá estar sujeta a ciertas restricciones, que deberán estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para: i) Garantizar el respeto de los derechos o la reputación de terceros; ii) Salvaguardar la seguridad nacional, el orden público, o la salud o la moral públicas. 2. Cada Estado Parte adoptará medidas apropiadas para garantizar que el público tenga conocimiento de los órganos pertinentes de lucha contra la corrupción mencionados en la presente Convención y facilitará el acceso a dichos órganos, cuando proceda, para la denuncia, incluso anónima, de cualesquiera incidentes que puedan considerarse constitutivos de un delito tipificado con arreglo a la presente Convención. Artículo III Medidas preventivas ..” 11. Mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a prevenir la corrupción…” Como se observa en la tabla anterior, es La Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción la que viene a regular de manera más amplia y desarrollada el derecho a la participación ciudadana, señalando los siguientes aspectos fundamentales: La participación está destinada para que la ciudadanía se involucre en la adopción de decisiones. La participación ciudadana debe ser de tipo individual y/o asociativa. En otras áreas, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aseguran tanto el derecho de sindicalización como el derecho a la convención colectiva, introduciendo la práctica del diálogo y la concertación la definición de políticas públicas. Por otro lado, el Tratado de Integración Social suscrito en San Salvador incorpora el principio de participación ciudadana para la “integración social del istmo centroamericano” 1.3 Leyes Secundarias A continuación se presentan algunas de las leyes nacionales de carácter ordinario que garantizan y regulan el derecho de la participación ciudadana en la gestión de políticas públicas, entre ellas: Reglamento Interior del Órgano Ejecutivo Tabla: 2.2 Reglamento Interior del Órgano Ejecutivo Artículo Contenido 33. Atribuciones del Viceministerio de Desarrollo “(d) Propiciar la participación activa y coordinada de todos los sectores y actores involucrados con la cooperación internacional: cooperantes, instituciones nacionales, gobiernos locales, universidades, institutos de desarrollo tecnológico, empresa privada, organizaciones no gubernamentales y otras organizaciones de la sociedad civil.” Artículo 35. Competencias del Ministerio de “2) Promover, estimular y fortalecer una cultura Justicia y Seguridad Pública. de paz y el mantenimiento del orden público, por medio de programas permanentes en los que participen los gobiernos locales, organismos no gubernamentales y la ciudadanía, en general;” Artículo 41. Competencias del Ministerio de “(18.) Desarrollar programas para fomentar la Agricultura y Ganadería participación activa de la familia rural en el desarrollo del sector agropecuario e incorporarlo al desarrollo económico y social del país…” Artículo 43. Competencias del Ministerio de “3) Dirigir como Órgano Rector las Políticas Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Nacionales de Vivienda y Desarrollo Urbano; Urbano. determinando en su caso, las competencias y las actividades respectivas, de las entidades del Estado en su ejecución y orientando la participación del sector privado en dicha política;” Artículo 45 A. Competencias del Ministerio de “4. Promover la participación activa de todos los Ambiente y Recursos Naturales sectores de la vida nacional en el uso sostenible de los recursos naturales y del ambiente…”; Artículo 53 A. Secretaría de Inclusión Social “Se entiende por inclusión social y desarrollo de las capacidades de acción ciudadana un proceso permanente y dinámico orientado a permitir, desde un enfoque basado en derechos humanos, que todas las personas puedan gozar de oportunidades para participar en la vida económica, social y cultural, incluyendo el Artículo 53 E. B) Funciones del Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción Artículo 53 E. c) Funciones de la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Descentralización Artículo 53 F. Secretaría de la Cultura fortalecimiento de las capacidades de participación en la toma de decisiones que puedan vulnerar la dignidad de la persona humana.” “k) Crear un sistema de incentivos a la transparencia y a la participación ciudadana a nivel local vinculado a las transferencias y ventanillas de financiamiento del Gobierno nacional” “c) Coordinar la articulación de los procesos de descentralización, desarrollo local y asociatividad municipal con participación de organizaciones económicas y de la sociedad civil;” “b) Estimular y fortalecer la participación de los distintos sectores sociales en el quehacer cultural y artístico nacional.” Ley de Acceso a la Información Pública Uno de los fines de la Ley de Acceso a la Información Pública es la “promoción de la participación ciudadana en el control de la gestión gubernamental y la fiscalización ciudadana al ejercicio de la función pública.” 71 y por otro lado “facilitar la participación de los ciudadanos en los procesos de toma de decisiones concernientes a los asuntos públicos”.72 Asimismo, el artículo 10 de la referida ley sobre la información oficiosa que los entes obligados deben publicar, señala en el numeral 21: “los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas existentes en el ámbito de competencia de cada institución, de las modalidades y resultados del uso de dichos mecanismos.” Esta ley, como su propio nombre indica, es exclusivamente de Acceso a la Información Pública el que está ligado intrínsecamente a la participación ciudadana, sin embargo aún persiste un vacío legal porque no se regulan claramente y de forma unificada los procedimientos, las competencias, los mecanismos etc., para lograr una participación ciudadana efectiva. La LAIP representa entonces, un avance que permite desarrollar y reconocer formalmente el derecho a la participación ciudadana, constituyéndose de este modo en un antecedente para el surgimiento de otro cuerpo legal que regule de manera especial tal derecho. Además, a continuación se detalla un listado de leyes secundarias que contienen mecanismos específicos de participación ciudadana que más adelante se abordarán a profundidad. Tabla: 2.3 Leyes secundarias de participación ciudadana Legislación Mecanismo de participación 71 72 Artículo 3, literal (d) Ibíd. Ley de Medio Ambiente y Reglamento del Sistema Nacional de Gestión del Medio Ambiente Ley de áreas protegidas Código de Trabajo Ley de organizaciones y funciones del Sector Trabajo y Previsión Social Ley de Formación Profesional Ley del Consejo Superior de Salud Pública y Código de Salud Ley del Seguro Social Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios; Ley de Prev. Y Cont. De la Inf. Prov por el Virus de Inmunodefiencia Humana. Consulta Pública Consejo Nacional de áreas protegidas Comités Asesores Locales Consejo Nacional del Salario Mínimo Consejo Superior del Trabajo Consejo Directivo del Instituto Salvadoreño para la Formación Profesional Consejo Superior de Salud Pública Consejo Directivo del ISSS Consejo Nacional de Medicamentos y Productos Sanitarios Comité Nacional de ética en la investigación clínica Ley de Educación Superior Ley General de Ordenación y Promoción de Pesca y Agricultura; Ley de Creación del Centro Nacional de Tecnología; Ley de Sanidad Vegetal y Animal Ley de Protección al consumidor; Reglamento de la Ley de Protección al consumidor Ley del ISDEMU; Ley de Igualdad, equidad y erradicación de la discriminación contra las mujeres; Ley especial integral para una vida libre de Violencia para las Mujeres Ley General Marítima Portuaria Comisión Nacional contra el SIDA Consejo de Educación Superior Consejo Nacional de Pesca y Agricultura Comité Consultivo Científico Nacional de Pesca y Acuicultura Consejos Consultivos de Sanidad Vegetal y Animal Consejo Consultivo de la Defensoría del consumidor. Junta Directiva del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer ISDEMU Consejo Directivo de la autoridad marítima portuaria La tabla 2.3 muestra normas que regulan los mecanismos de participación ciudadana, de forma muy específica para cada sector de la administración pública por lo que representan los principales mecanismos, pero evidentemente éstos no excluyen a otros mecanismos válidos, que se realizan sin base a un marco legal. Por otro lado, decretos del Órgano Ejecutivo sustentan otro tipo de mecanismos de participación ciudadana: Tabla: 2.4 Decretos Ejecutivos de participación ciudadana año 2009 Decreto Espacio No. 64 /2009 Consejo Económico y Social No. 97/2009 Consejo Nacional de Educación No. 93/ 2005 Consejo Nacional de Salud Ocupacional (CONASSO) No. 48/1996 Comisión Nacional de Micro y Pequeña Empresa Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Diario Oficial. Actualmente la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia, a través de la Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del Estado, cuenta con un borrador de Política Nacional de Participación Ciudadana cuyos objetivos son: “Promover el ejercicio de la ciudadanía, como acto continuo y permanente basado en la corresponsabilidad, el derecho a participar y la efectiva incidencia en la gestión de las políticas públicas. Fortalecer el tejido social, la asociatividad y la autonomía de las organizaciones sociales. Ampliar el espacio público de la deliberación, el diálogo social y la construcción de consensos. Asegurar la inclusión social en la gestión de políticas públicas, particularmente de los sectores tradicionalmente excluidos. Asegurar la participación ciudadana como derecho y recurso para el desarrollo socio-económico, cultural y político, en función del desarrollo humano integral”73 2. Institucionalidad Para la presente investigación se tomaron únicamente algunas instituciones del Ejecutivo como muestra de análisis74, siendo las siguientes: Ministerios i. ii. iii. iv. v. vi. vii. 73 Ministerio de Trabajo Ministerio de Economía Ministerio de Hacienda Ministerio de Educación Ministerio de Salud Ministerio de Obras Públicas Ministerio de Justicia y Seguridad Entrevista a Pedro Monterrosa. Coordinador de Participación Ciudadana de la Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del Estado. 74 En la metodología se definieron los siguientes criterios de selección: tamaño de la institución, la cantidad de presupuesto que ejecuta y su incidencia directa con la ciudadanía o impacto social. Entidades autónomas i. ii. Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Instituto Salvadoreño del Seguro Social Además de hacer una exploración en los sitios web de las anteriores instituciones, Iniciativa Social para la Democracia ISD, solicitó información detallada a cada entidad, sobre los procesos de participación ciudadana, los cuales fueron solicitados y entregados a través de las Oficinas de Información y Respuesta o las Unidades de Acceso a la Información Pública. 2.1 Ente encargado y rector Dado que el entramado de la estructura del Órgano Ejecutivo es extenso, no puede haber un solo ente encargado de los mecanismos de participación ciudadana. Por lo tanto, la participación ciudadana es coordinada directamente por cada institución competente de acuerdo a la temática de la participación que impulse. Los entes obligados lo constituyen: Presidencia de la República (5) Secretarías de la Presidencia (13) Ministerios (70) Entidades autónomas De las instituciones consultadas en cuanto a los entes o unidades encargados de diligenciar y coordinar los mecanismos de participación ciudadana, procesos de atención; las Unidades de Acceso a la Información Pública, informaron lo siguiente: Tabla No. 2.5 Entes rectores de la participación ciudadana Entidad Ente Rector Ministerio de Economía Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción Ministerio de Educación Titulares y Directores Nacionales Ministerio de Salud N/I Ministerio de Trabajo Despacho Ministerial Unidad de Acceso a la Información Pública Unidad de Prensa y Relaciones Pública Unidad de Atención al Cliente Sección de Asesoría Laboral Ministerio de Obras Públicas Unidad de Gestión Social Ministerio de Seguridad y Justicia Dirección General de Prevención Social de la Violencia y Cultura de Paz y Consejos Municipales de Prevención de la Violencia Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Gerencia de Programas y Gerencia de Operaciones administrativas Instituto Salvadoreño de Seguridad Social Sección de Comunicación Interna de la Unidad de Información y Comunicaciones/ Departamento de atención al usuario Ministerio de Hacienda Dirección Nacional de Administración Financiera y las Unidades de Gestión de la Calidad. Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por los respectivos oficiales de información. En el caso del Ministerio de Obras Públicas la Unidad de Gestión Social, es la responsable de atender y gestionar respuesta oportuna, eficaz y eficiente a las demandas ciudadanas; propiciando una relación articulada de todos los actores que son parte del problema y resolver planificadamente lo demandado siempre y cuando tenga competencia, viabilidad técnica y financiera. Así mismo diseña y facilita mecanismos de participación ciudadana para que la población tenga mayor acceso a la información y se geste con cada obra un proceso educativo de ejercer la ciudadanía en las etapas de: diagnóstico, diseño, ejecución, evaluación y contraloría de las obras. Además señala el propio MOP que “propiciará y apoyará el desarrollo local, mediará la gestión de conflictos y construirá un mapa de la demanda de la obra pública para su planificación a largo, mediano y corto plazo.”75 La referida unidad está integrada actualmente por seis personas, una Directora, una Jefa de Atención Comunitaria, una Gestora Social, dos asistentes técnicas y un motorista; que jerárquicamente depende del despacho Ministerial. Para el caso del Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local, divide su actuación en dos niveles: -A nivel externo por medio de la Gerencia de Programas, Gerencia de Operaciones y áreas administrativas que interactúan con entes externos y la ciudadanía. -A nivel interno por medio del personal de las diferentes áreas que elaboran productos y servicios destinados a la Ciudadanía, Gobierno Municipales y Proveedores. 3. Mecanismos de Participación Ciudadana 3.1 Tipos de Participación Es preciso conocer si los procesos de participación ciudadana son de índole asociativa o de tipo individual; muchas veces los logros de la participación ciudadana se deben a ciertas organizaciones de la sociedad civil, pero es indispensable que también se fomenten espacios de participación para el ciudadano a nivel individual y que otros sectores también se involucren. 75 Respuesta a solicitud No. 33 del Oficial de Información del Ministerio de Obras Públicas de fecha: 24 de julio de 2012. “Las asociaciones no abarcan a toda la ciudadanía, por lo que no pueden basarse todos los órganos y formas de participación en la existencia de estas asociaciones, a pesar de que representen a muchas de las sensibilidades de la sociedad civil.”76 Se presentan los datos proporcionados por la/el Oficial de Información Pública de cada instancia. Mucha información no fue posible obtenerla debido a la falta de clasificación y sistematización de archivos en las instancias consultadas. Tabla No. 2.6 Tipos de participación ciudadana período junio 2011-mayo 2012 Tipos de Participación No.de procesos No. de Entidad de participación participantes Asociativa Individual Ministerio de Economía x X 110 698 Ministerio de Educación x X 104 4494 77 Ministerio de Trabajo x 17692 17692 Ministerio de Obras Públicas x X 11081 N/I Ministerio de Justicia y Seguridad x X N/I 25511 Fondo de Inversión Social para el N/I N/I N/I N/I Desarrollo Local Instituto Salvadoreño de Seguridad x78 1418 1418 Social Ministerio de Hacienda N/I X 39141 39141 Total 88,954 Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por cada institución a través del Oficial de Información Pública N/I: No identificado por el/la Oficial de Información Pública 3.2 Medios de Participación Las nuevas metodologías sobre participación ciudadana aún son muy poco aplicadas debido a la todavía inexperiencia y desconocimiento en este tipo de prácticas. Un ejemplo de ello son los foros virtuales. Es importante conocer si los procesos de participación ciudadana son a través de medios electrónicos-virtuales, presenciales, en redes sociales, campañas, etc. A continuación se muestran los medios en que la participación ciudadana se realiza en las instituciones consultadas: Tabla No. 2.7 Medios de participación Junio 2011 a Mayo 2012 Medios Electrónicos Entidad Facebook Twitter Correo electrónico Ministerio de Economía x X x Ministerio de Educación x X x Ministerio de Trabajo X x Ministerio de Obras Públicas x X x Ministerio de Justicia y x X x Seguridad Fondo de Inversión Social para x X x el Desarrollo Local 76 77 78 Van Hove, Eduardo. Participación Ciudadana. España. 2010 Pág. 250 Solo proporcionaron datos de “asesorías” individuales. Datos proporcionados solo sobre quejas y reclamos Medios Presenciales x x x x x x Instituto Salvadoreño de x X Seguridad Social Ministerio de Hacienda x X Fuente: Elaboración propia a partir de sitios web, redes sociales x x x x Como se observa en la anterior tabla todas las instituciones consultadas, utilizan tanto medios electrónicos como presenciales; lo cual representa un avance importante dado el auge de las Tecnologías de Información y Comunicación TIC, así como de las redes sociales. Sin embargo, ha quedado demostrado en el presente informe que aún hace falta crear mecanismos para erradicar la brecha digital, para hacer tanto de la información pública como de la participación ciudadana, procesos totalmente accesibles a la ciudadanía en general. “Implantar mecanismos de participación social aumenta las posibilidades de alcanzar los objetivos deseados en la gestión pública” Van Hove. 3.3 Formas de Participación De acuerdo al informe consolidado de las Unidades de Acceso a la Información Pública de cada instancia, las siguientes fueron las principales formas de participación ciudadana: Tabla No. 2.8 Formas de participación ciudadana identificada por cada instancia. Período junio 2011 a mayo de 2012 Entidad Formas de participación Foros/Foros de Rendición de cuentas Ministerio de Economía Ministerio de Educación Ministerio de Trabajo Ministerio de Obras Públicas Consultas Talleres Seminarios Conferencias de Prensa, información a través de periódicos Exposiciones Consejo Nacional para la Educación Mesa inter gremial Comité de Auditoria Comisión Nacional de Alfabetización Consejos Consultivos Departamentales Mesas de Cooperación regionales y departamentales Consejo de Educación Superior Asesorías individuales Teléfono abierto Asambleas informativas y resolutivas Audiencias con titulares Visitas de campo técnicas sociales Teléfono abierto Atención ciudadana personalizada Foros de rendición de cuentas Mesas técnicas-ciudadanas Ministerio de Justicia y Seguridad Pública Apoyo a los concejos municipales de Prevención de la Violencia Programas para la promoción de valores positivos, prácticas de convivencia ciudadana y cultura de paz. Formación de capacitación de líderes y lideresas Limpieza y ornato en las distintas comunidades Prevención de la violencia contra la población vulnerable Ministerio de Hacienda Foros Atención al usuario de forma virtual (correos) Atención personalizada de forma virtual y presencial (Correos electrónicos, atención presencial y telefónica) Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Comunidades Solidarias Urbanas y Rurales: Comités Municipales de Coordinación Comités de Contraloría Ciudadana PFGL Foros de Rendición de Cuentas Instituto Salvadoreño de Seguridad Social Fuente: Elaboración propia a partir de datos de los Oficiales de Información Pública de cada instancia. Como se desprende de la anterior tabla, hay una diversidad de formas de participación ciudadana que implementan y ejecutan distintas instancias del Órgano Ejecutivo. No obstante, Iniciativa Social para la Democracia considera que aún hacen falta crear métodos y formas de participación ciudadana, que verdaderamente recojan las necesidades de la ciudadanía, a través de: Encuestas: Es la realización de un sondeo de opinión de una muestra representativa sobre uno o varios temas concretos de los que es necesario averiguar la opinión concreta y representativa de la población. Audiencias Públicas y Conferencias: Consiste en la realización de una jornada de puertas abiertas, de una exposición, conferencia, etc. en la que se informa sobre los pormenores de un proyecto en concreto para debatir con los responsables técnicos y políticos sobre la cuestión de manera informal, permitiendo un acercamiento real entre la ciudadanía y la Administración. Referéndums: Son instrumentos denominados como de “democracia directa”, que en algunos países son de los más utilizados a nivel local. Pueden ser o no vinculantes (con lo que no tienen un reconocimiento legal, pero sí de carácter testimonial). Conferencia de consensos y núcleos de intervención participativa: La conferencia de consensos es un instrumento por el cual se conoce la opinión de un grupo de ciudadanos que se captan mediante anuncios en la prensa, a los que se les entrega una gratificación económica por su asistencia. Durante un periodo de tiempo (2 ó 3 fines de semana) se prepara e informa a los asistentes y durante otro período (3 ó 4 fines de semana) los asistentes escuchan a técnicos y especialistas sobre el tema de debate. Finalmente el grupo debe llegar a un consenso sobre el tema que se ha discutido, con la ayuda de un moderador externo. El principal inconveniente de esta técnica es la pequeña muestra, que no la hace representativa, y el coste elevado del proceso. Los núcleos de intervención participativa tienen como diferencia una mayor vinculación, realizan visitas sobre el terreno, intentan llegar a un consenso sobre qué decisión tomar y, finalizado el proceso, constituyen un comité de seguimiento para evaluar la implementación de la decisión y realizar un informe público. Por otro lado, la participación ciudadana se caracteriza por una serie de etapas definidas y de carácter permanente, que busca un resultado concreto: que se tome en cuenta la opinión ciudadana en las políticas públicas. El ciclo de las políticas públicas se diagrama de la siguiente forma: Evaluación de los resultados Identificacion del Problema y definición del Problema Ejecución de la implementación Estudios de alternativas de solución Diseño de intervención Muchas veces la participación ciudadana se limita a la consulta en etapas tempranas del ciclo de las políticas públicas, particularmente para la validación de una propuesta o para la formulación en el seguimiento a la ejecución de la política. Por ello es fundamental que la ciudadanía pueda involucrarse en etapas claves del ciclo de políticas públicas, y que sea parte de todo el proceso. La participación social tiene muchas ventajas, pero principalmente coadyuva a que las políticas públicas sean más eficientes y por lo tanto se logra una mayor legitimidad. A continuación se realizará un análisis general de los procesos de participación ciudadana que fueron identificados con base a las entidades objeto de estudio. Un ejemplo emblemático para este caso, es el Ministerio de Obras Públicas dado que la participación ciudadana en la obra pública se consolida como un eje de trabajo fundamental en los procesos que realiza el Ministerio el cual está permitiendo que la ciudadanía decida en las gestiones que realiza y ejerza contraloría social. En ese sentido, impulsa los siguientes mecanismos de participación ciudadana: Asambleas informativas y resolutivas: Se informa a la comunidad o ADESCO sobre avances o retrocesos de las obra ha implementar o que se implementando, se aclaran dudas, se reciben aportes, se toman acuerdos. Es un espacio de discusión conjunta que contribuye a la toma de decisiones para el desarrollo de las obras. Audiencias con titulares: Estas audiencias se conceden a cualquier ciudadano que la gestione a través del Despacho Ministerial, para exponer sus problemas, agradecimiento por obras, presentación de propuestas de trabajo. Son atendidas por el Ministro y equipo técnico que amerite el caso para el seguimiento de acuerdos es la Unidad de Gestión Social que queda como enlace institucional. Visitas de campo técnica-sociales: Estas son realizadas previa coordinación con la comunidad y alcaldía y tienen como propósito levantar diagnóstico del problema presentado y definir en campo las alternativas de solución en el corto, mediano, largo plazo con la participación de todos los actores. Posterior a estas se genera un informe con presupuesto que es socializado con los interesados. Teléfono abierto: La habilitación de estas líneas sirve a la ciudadanía para consultar sus proyectos, denuncias, aclarar dudas, sugerencias, reportar emergencia, queja o solicitud que requiera hacer al ministerio. Los teléfonos son están abiertos para las Comunidad, Alcaldes, Gobernadores y público en general que lo requiera. Atención ciudadana personalizada en oficina y en el territorio: Las y los ciudadanos son atendidos por un equipo técnico social para escuchar sus problemáticas y sus propuestas de solución en oficinas de Gestión Social o en campo según la conveniencia de la comunidad. En el caso de la atención en oficina son de lunes a viernes de 7:30 am a 3:30 pm los cuales se flexibilizan a partir de la conveniencia del ciudadano. Foros de Rendición de cuentas: Existen 3 modalidades de rendición de cuentas: anual, departamental y otras que se realizan por cada proyecto entregado. Las cuales tienen como propósito brindar a la ciudadanía cuentas de las obras realizadas, las proyecciones y retos de la gestión del Ministerio de Obras Publicas a fin de trasparentar el proceso de la gestión pública. Mesas técnicas –ciudadanas: En estas mesas desarrolla un proceso continuado para la búsqueda de soluciones integrales a los problemas y son integradas por miembros de la comunidad, Alcaldía, MOP y de ser necesarias otras instancias se articulan. Se establece una agenda de trabajo que permita agilizar y canalizar en detalle las obras demandadas desde su diagnostico hasta su ejecución. Durante el presente Gobierno, se pueden identificar las siguientes iniciativas Sector Agricultura y Ganadería Salud Pública Transporte Espacio Comité Consultivo PAF Mesa de Trabajo para el Fortalecimiento Productivo Agropecuario del sector de veteranos Mesa Nacional de Mujeres Rurales Foro Nacional de Salud Mesa Nacional de Transporte 3.3.1 Objetivos de la participación Ciudadana79 Ministerio de Economía Estimular al ciudadano en general a participar a través de las diferentes redes sociales antes mencionadas, en la cuales pueden comentar, preguntar, denunciar cualquier información o consulta; como también que visiten nuestro sitio Web www.minec.gob.sv también, se busca hacer partícipe a la ciudadanía y diversos sectores de interés en las negociaciones comerciales con el fin de atraer inversión extranjera a nuestro país, contribuyendo al desarrollo productivo nacional por medio del establecimiento de estándares de calidad y competitividad para ingresar a otros mercados. De igual manera lograr consenso de los sectores productivo, académico y público en la visión, principios, directrices, objetivos, estrategias, entre otras de las propuestas de Políticas nacionales, para lograr desde un inicio una adecuada articulación y coordinación. Ministerio de Educación Diálogo y consulta con actores públicos y privados Espacios de concertación y diálogos Mantener flujo continuo de comunicación Impulsar iniciativas que contribuyan a disminuir el índice de analfabetismo Promover la participación de todos los sectores sociales para generar espacios que permitan compartir experiencias, discutir, analizar los temas educativos y elaborar propuestas en beneficio de la educación en los territorios. Ministerio de Trabajo Brindar asesoría laboral a los (as) usuarios (as) de la legislación laboral y leyes afines, a la vez dar información de los diferentes servicios administrativos que brinda el Ministerio de Trabajo y Previsión Social por medio de las llamadas realizadas por los (as) usuarios a la sección. Ministerio de Obras Públicas Contribuir con la obra pública al desarrollo social, económico, político y ambiental del país construyendo procesos de participación ciudadana en coordinación con las municipalidades, 79 A partir de datos proporcionados por cada Oficial de Información Pública de cada institución. comunidades y otros actores locales, para mejorar la calidad de vida de la población en los territorios. Objetivos Específicos: Fortalecer las relaciones de trabajo con los Gobiernos Municipales en todas sus formas organizativas. Gestión del conflicto por casos de obra pública no resueltos. Promover la participación articulada de los actores locales (alcaldía, organizaciones comunitarias, asociación de migrantes e internacionales, gobierno central, empresa privada) para que juntos por medio de contrapartida se realicen obras para el bien común que contribuyan al desarrollo local. Implementar mecanismos de participación ciudadana para que la ciudadanía se involucre y apropie del diseño, construcción y mantenimiento de la obra pública. Garantizar que los componentes de participación, equidad social, sostenibilidad, sustentabilidad y enfoque de género, sean ejes transversales en los planes, proyectos y en la asistencia técnica. Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Los objetivos de la participación ciudadana es que exista una contraloría ciudadana a la gestión y a las actividades Institucionales ya que la contraloría ciudadana es la máxima expresión de la democracia participativa. Es el ejercicio de la ciudadanía mediante acciones de control, vigilancia y evaluación sobre el quehacer público, para lograr el cumplimiento de los objetivos de los programas sociales, fomentando así, la responsabilidad ciudadana en la constitución del poder político y evitando que los recursos se desvíen hacia intereses ajenos del pueblo. Instituto Salvadoreño de Seguridad Social El Seguro Social, necesita mantener informada a la población derechohabiente sobre nuevos servicios, proyectos de modernización institucional, atención administrativa, posiciones informativas generales o hacer un recordatorio de los derechos que poseen los usuarios en relación a la seguridad social. Por esa razón, también son de vital importancia los canales de interacción directa que la Institución pone a disposición de la ciudadanía para que pueda expresar su opinión y así denunciar, sugerir o comentar sobre el rumbo del desarrollo institucional. Las quejas o reclamos también son canalizadas a las instancias correspondientes para que se puedan resolver los casos. Estos mecanismos están a disposición del público a través de los siguientes canales. Ministerio de Hacienda : Que la población lo asuma como un mecanismo de comunicación y participación de la ciudadanía con la institución. Y como segundo objetivo se encuentra el de recibir una retroalimentación por parte de la ciudadanía para obtener de esta manera insumos necesarios a considerar e implementar en el proceso de la mejora continua de la institución. ¿Quién participa en el proceso? Las Unidades de Acceso a la Información Pública y las Oficinas de Información y Respuesta no proporcionaron datos que nos acerquen al perfil de los ciudadanos y ciudadanas que formaron parte de los procesos de participación ciudadana. Al igual que en la accesibilidad de información pública, la participación ciudadana debe de ser accesible para todos y todas, por lo tanto es importante conocer quienes tienen la oportunidad real de participar en el quehacer legislativo, además de conocer información como el grado de escolaridad, profesión y oficio, lugar de origen, etc. ¿En dónde se participa? No se obtuvieron datos en relación a los lugares de participación, sin embargo para el caso del Ministerio de Obras Públicas, se señaló que implementan visitas de campo-técnicas sociales las cuales “… son realizadas previa coordinación con la comunidad y alcaldía y tienen como propósito levantar diagnóstico del problema presentado y definir en campo las alternativas de solución en el corto, mediano, largo plazo con la participación de todos los actores. Posterior a estas se genera un informe con presupuesto que es socializado con los interesados.”80 Así mismo el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local, señala que los principales espacios de atención en dicha entidad son: Oficina de Información y Respuesta, ubicada en 10ª. Ave. Sur y calle México, Barrio San Jacinto, San Salvador, los días lunes, miércoles y viernes; los días martes y jueves en Boulevard Orden de Malta, #470, Urbanización Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, La Libertad. Territorial: a través del asesor municipal, o de buzón de sugerencia de Alcaldía Municipal. Éstas dos instituciones fueron las únicas en señalar que cuentan con espacios de participación en el interior del país. A partir de la información brindada por las UAIP u OIR, se estableció que la mayoría de eventos de participación ciudadana están concentrados en la ciudad capital, San Salvador, porque las actividades se llevan a cabo principalmente en la sede central de las oficinas administrativas de cada institución. Esto refleja la necesidad de impulsar procesos de participación ciudadana a nivel nacional, que cubra varias regiones, debido a que el quehacer del Órgano ejecutivo afecta e interesa a toda la ciudadanía. ¿Qué contenidos son tratados en cada caso? A continuación se presenta una tabla que muestra los principales temas tratados en los procesos de participación ciudadana realizados por el Órgano Ejecutivo. Tabla No. 2.9 Casos de participación ciudadana Entidad 80 Ente Rector -Negociación de un tratado de libre comercio en Perú. -Propuesta CAMTEX de acceso al mercado y reglas Resolución el Oficial de Información Pública, previamente citada. Ministerio de Economía Ministerio de Educación de origen. -Acuerdo de Alcance Parcial con Cuba. -Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea. -Tratados Comerciales -Informe de Comercio Internacional -Régimen de Origen e integración centroamericana. -Pilar Comercial de Acuerdo de Asociación -Acuerdo de asociación Centroamérica -Acuerdo de Alcance Parcial con Ecuador -Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y México Consejo Nacional para la Educación -Programas del Plan Educativo -Planes de Prevención de Violencia y protección escolar Mesa inter gremial -Propuesta de Descentralización -Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial -Propuesta de Nuclearización -Plan de prevención sobre violencia escolar -Programa alimentos Comité de Auditoría -Informes de seguimiento de recomendaciones de auditorías realizadas por Corte de Cuentas, Firmas Privadas y Auditoría Interna. -Reglamento de funcionamiento de COA -Convenio de Colaboración con la SSTA para colaboración con red de auditores internos del órgano ejecutivo -Evaluación de procesos de atención de denuncia ciudadana, procesos y política de adquisiciones institucionales -Información a Dirección de Transparencia sobre dificultades de atención de denuncia. -Implementación de la LAIP Comisión Nacional de Alfabetización -Insumos para la elaboración de política de educación permanente de personas jóvenes y adultas. -Voluntariado en Alfabetización Consejos Consultivos de Educación -Plan Social educativo “vamos a la escuela” -LEPINA -Elaboración de Proyectos procesos de actuación ante casos de abuso sexual Mesas de cooperación regional y departamentales -Arte y Cultura -Alfabetización -Saneamiento ambiental -Limpiezas de ríos Ministerio de Salud Ministerio de Trabajo Ministerio de Obras Públicas Ministerio de Seguridad y Justicia Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Instituto Salvadoreño de Seguridad Social -Huertos caseros -Aves de corral -Seguridad Alimentaria -VIH Consejo de Educación Superior -Mejora continua de la educación superior N/I N/I Pavimentaciones -Prevención de la Violencia -Cultura de Paz, prácticas de convivencia ciudadana y promoción de valores -Limpieza y ornato -Prevención de la Violencia contra la población vulnerable N/I -Servicios -Proyectos de modernización institucional -Derechos y Seguridad social Ministerio de Hacienda -Asistencia al contribuyente -Orientación sobre información publicada en la página de internet del Ministerio -Orientación sobre información publicada en el portal de Transparencia Fiscal -Atención de consultas Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la Oficina de Información Pública de cada instancia. ¿Cómo se estimula la participación? I. Ministerio de Trabajo señaló que estimula la participación ciudadana a través de: Teléfono Anticorrupción y correo electrónico Redes sociales Rendición de cuentas Buzón de sugerencia Atención al usuario Propuesta de proyectos o sugerencias que contribuyan a mejorar los servicios de la institución II. Ministerio de Economía señala que promueve la participación ciudadana a través de: “contactos con la población, entrevistas de radio y televisión, Twitter, Facebook, sitio Web institucional, constantemente se procura invitar a la población a participar por medio de las redes sociales y a utilizar las vías de comunicación disponibles” De igual manera dentro de la Direcciones que componen ese ministerio estimulan la participación ciudadana a través de coordinación de los diferentes programas, diseños y ejecución de Políticas como por ejemplo la Política Nacional de Desarrollo Tecnológico y la Política Nacional de Innovación, así como sus estrategias de implementación, instrumentos y mecanismos de apoyo a los sectores empresariales salvadoreños. Asimismo, “se busca estimular la participación en las negociaciones comerciales de carácter regional e internacional manteniendo una estrecha relación con los sectores productivos nacionales, industria, comercio y agricultura, identificando capacidades instaladas, encadenamientos productivos, como también potenciales exportadores, en las cuales se realizan jornadas de difusión, talleres de capacitación, participación en rondas de negociación, etc.”81 III. Ministerio de Obras Públicas implementa una política interesante: “Ningún ciudadano/a se retira del despacho ministerial sin ser atendido”, además impulsa las siguientes acciones: Acompañamiento y orientación a la ciudadanía sobre la gestión de sus problemas y proyectos. Promoción de la organización comunitaria para la gestión de proyectos. Apertura de mecanismos de participación ciudadana-técnica. Establecimiento de comunicación horizontal entre ciudadanía - MOP y espacios de coordinación apegados a la realidad de cada caso. IV. El Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local La Institución por medio de su página web www.fisdl.gob.sv, busca brindar información fidedigna, veraz y completa la cual en cada actualización brinda la oportunidad de brindar comentarios, sugerencias y retroalimentación, las cuales son canalizadas hacia las diferentes áreas de la Institución, con la finalidad de mantener un diálogo constructivo y resolutivo con cualquiera de las instancias involucradas. Adicionalmente, la Institución participa en diferentes actividades convocadas por parte de los Gabinetes de Gestión Departamental, particularmente en las actividades de rendición de cuentas que son realizadas en conjunta y en la cual se informa a los actores locales sobre las actividades Institucionales. También la Institución desarrolló el concepto de territorialización de la OIR, en la cual el Oficial de Información se acerca a los participantes de los programas sociales in situ para informarles sobre los canales y metodologías de acceso que tiene a su disposición, promoción del derecho de acceso a la información pública y de los servicios que la Institución brinda con la finalidad de atenderles en las solicitudes de acceso a la información pública, sugerencia/comentarios, quejas y reclamos en los proyectos y actividades que son desarrolladas por la Institución. IV. En el Ministerio de Hacienda estimula la participación ciudadana haciendo una invitación a la participación en foros a través del sitio web tanto en la página principal del Ministerio de Hacienda como en el Portal de Transparencia Fiscal. 81 Respuesta de solicitud de información del Oficial de Información Pública del Ministerio de Economía. ¿Qué papel juega el ente rector? La mayoría de entes se encargan de promover, facilitar y mediar en la participación ciudadana. ¿Cuál es el resultado final? Entre los avances más significativos del trabajo de participación ciudadana realizado, se puede identificar al Ministerio de Obras Públicas82, que destaca: Se ha institucionalizado relación de trabajo permanente con al menos el 80% de gobiernos locales del país, que ha mejorado la calidad de vida de la población y optimizado los recursos en lo local y nacional con la ejecución de proyectos a través de convenios que están impactando en el desarrollo de los territorios y su gente. Se ha cualificado la participación de la ciudadanía en las etapas: de diagnóstico, planificación, diseño, seguimiento y ejecución de proyectos que den solución a la carencia de obra pública en sus comunidades. Y además se ha fortalecido con ello la organización comunitaria y su rol de contraloría social. Incidencia institucional en la elaboración y ejecución del plan de inversión 2012 aprobado por la Asamblea Legislativa, que tienen de línea base la demanda social acumulada e incorpora el enfoque social y económico en la priorización de los problemas a resolver en los que se asume como principio y fin beneficiar a la persona humana y sus necesidades básicas de desarrollo. Institucionalización de la participación ciudadana en los proyectos sean por inversión o administración, ha permitido que la población tenga mayor acceso a la información, las obras sean de mejor calidad, la plusvalía de sus viviendas sea mayor y se democratice la participación de la gente en la gestión pública. Se ha logrado sensibilizar en las direcciones y unidades del MOP para que asuman como eje transversal la dimensión social en la obra pública. Se tiene una participación sistemática y propositiva en los Gabinetes de Gestión Departamental en representación del MOP. 3.4 Procedimiento de Acceso al Funcionario/a I. Ministerio de Economía A partir de la entrada en vigencia de la Ley de Acceso a la Información (LAIP), se apertura la Oficina de Información y Respuesta (OIR), que es creada con el fin de dar trámite y resolución a las solicitudes de información presentadas por la ciudadanía ante el MINEC. Adicionalmente, dicha oficina brinda un espacio para que la ciudadanía no solo presente sus solicitudes de información, si no también denuncias, quejas, sugerencias, etc. 82 Datos proporcionados por el Oficial de Información de la Oficina de Información y Respuesta del Ministerio de Obras Públicas. Para que el ciudadano sea atendido únicamente es necesario que se apersone a la OIR, o se comunique por los medios establecidos para tal fin (correo electrónico, presencial, teléfono). Si el ciudadano requiere ser atendido por un funcionario en específico, de igual manera puede acercarse a la OIR, desde donde se realizarán las gestiones necesarias para que pueda ser atendido. II. Ministerio de Trabajo El procedimiento que sigue la ciudadanía para ser atendida, es por medio de: Teléfono Anticorrupción o correo Anticorrupción Vía teléfono Atención al Usuario Presencialmente a través de atención al usuario Correo electrónico a través de la sección de asesoría laboral o la unidad de acceso a la información pública Redes sociales Facebook y Twitter a través de la Unidad de comunicaciones. III. Ministerio de Educación Señaló tres pasos sencillos, sin embargo no se conoce cuánto tiempo puede demorarse: Hacer una solicitud Esperar el trámite Recibir la resolución o llevar a cabo la entrevista/encuentro 4. Atributos de la Participación 4.1 Periódica La mayoría de instituciones consultada cuentan con procesos de participación ciudadana permanentes y constantes. Un ejemplo, lo representa el FISDL a través del Oficial de información se acerca a los participantes de programas sociales “in situ”. Dicho mecanismos es realizado con una frecuencia de 3 visitas mensuales a los municipios que están contemplados en Comunidades Solidarias Rurales; así como también atenciones puntuales cuando son requeridas por las Comunidades o Ciudadanos que lo solicitan. Tabla No. 2.10: Número de procesos de participación ciudadana. Período Junio 2011-Mayo 2012 No.de procesos No. de Entidad de participación participantes Ministerio de Economía 110 Ministerio de Educación 104 Ministerio de Trabajo 17692 Ministerio de Obras Públicas 11081 Ministerio de Justicia y Seguridad N/I Fondo de Inversión Social para el N/I Desarrollo Local Instituto Salvadoreño de Seguridad 1418 Social Ministerio de Hacienda 39141 Fuente: Elaboración propia a partir de datos de las OIR 698 4494 17692 N/I 25511 N/I 1418 39141 4.2 Plural y representativa Para que la participación ciudadana sea válida es necesario que distintos sectores de la sociedad se encuentren representados en las distintas actividades. El género femenino en El Salvador representa el 52.7%,83 por lo tanto ese mismo porcentaje debe de contemplarse para la participación, así como también deben tomarse en cuenta los distintos grupos étnicos como los Lencas, Kakawira y Nahua-Pilil.84 83 Censo 2007 Dirección General de Estadísticas y Censos Estos grupos tienen presencia en El Salvador, de acuerdo al censo realizado por la Dirección General de Estadísticas y Censos en el año 2007. 84 III. RENDICIÓN DE CUENTAS Se ha señalado que la rendición de cuentas es una herramienta que permite a la administración pública “explicar en forma clara, sencilla y veraz a la ciudadanía, los pormenores de su gestión y establecer interrelación y proximidad con los ciudadanos para desarrollar y mantener confianza y legitimidad sobre las actuaciones de las instituciones del Estado, conocer los diferentes puntos de vista y los aportes de los ciudadanos y disminuir los riesgos futuros, conflictos o insatisfacciones85”. La rendición de cuentas existe en dos direcciones: por un lado la rendición de cuentas horizontal, que es aquella referida a la relación entre los órganos de poder del Estado, a través de la cual éstos se controlan para generar una dinámica de checks and balances (controles y contrapesos), propia de un sistema democrático y republicano, en el que ningún órgano de gobierno monopoliza el poder del Estado. La otra dirección en la rendición de cuentas es la vertical, y es aquella que se da entre los órganos de Estado y la ciudadanía. Son aquellos procesos de interacción directa entre gobernantes y gobernados a través de los cuales se explica y justifica la gestión de de los primeros. La rendición de cuenta vertical se manifiesta en aquellos ejercicios en los que los delegados del poder explican a los delegantes qué han hecho con ese mandato que les ha sido conferido para un cierto período y dentro de ciertas competencias legales. 1. Reglas Claras La variable de reglas claras tiene por objetivo conocer y evaluar los marcos normativos que regulan lo establecido en el deber de los funcionarios sobre la rendición de cuentas, así como el derecho que tiene la ciudadanía de exigir cuentas a éstos. Se analizará el marco jurídico constitucional, el marco jurídico internacional, las leyes secundarias y otras normas que regulan y son aplicables al funcionamiento del Órgano Ejecutivo. Se pretende conocer el estado de las normas relativas a la rendición de cuentas aplicables al Órgano Ejecutivo para poder determinar si se cuenta con marcos jurídicos que faciliten y propicien los ejercicios de rendición de cuentas o si por el contrario, los marcos jurídicos existentes tienden a ser confusos e insuficientes para que el ciudadano pueda exigir cuentas a los funcionarios públicos. 1.1 Marco Jurídico Constitucional La obligación de rendir cuentas proviene de la naturaleza democrática y representativa del gobierno, plasmada en el artículo 85 de la Constitución de la República. Así también la 85 “Guía conceptual y metodológica para el montaje de las oficinas de información y respuesta”; SSTA, CASALS & ASSOCIATES, INC.; y FEPADE (Noviembre 2011) Constitución establece que el poder público emana del pueblo y que los funcionarios del gobierno son delegados del pueblo (Art. 86 Inc. 1º y 3º), por lo que éstos primeros se encuentran obligados a responder a las personas a quienes representan en aquellas funciones para las cuales han sido delegados. La rendición de cuentas horizontal se encuentra de mejor manera expresada en nuestro marco jurídico constitucional en el artículo 165 Inc. 1º, señala que los Ministros o encargados de Despacho, y los presidentes de autónomas deberán concurrir a la Asamblea Legislativa para contestar las interpelaciones que les hicieren los diputados. Así también, el artículo 168 Ord. 7º establece que el Presidente de la República tiene la obligación de dar a la Asamblea Legislativa los informes que ésta le pida. Por su parte la Corte Suprema de Justicia ejerce a su vez un rol contralor dado que todos los funcionarios públicos deberán rendir cuentas de su patrimonio según lo establecido en el Art. 240 Inc. 3º de la Constitución. Por su parte, la Ley de la Corte de Cuentas de la República, señala que corresponde como una de sus funciones a la Corte de Cuentas de la República: “examinar la cuenta que sobre la gestión de la Hacienda Pública rinda el Órgano Ejecutivo a la Asamblea Legislativa e informar a ésta del resultado de su examen en un plazo no mayor de cuatro meses”86 La rendición de cuentas vertical en la Constitución proviene de la combinación de dos derechos complementarios, el de respuesta (Art. 6 Inc. 5º) y el de petición (Art. 18), por medio de las cuales los funcionarios y autoridades se encuentran obligados a responder las peticiones realizadas, haciendo que su respuesta sea de carácter obligatorio, ya que se considera un mecanismo para la protección de derechos y garantías fundamentales de los representados (o delegantes), enmarcadas dentro de una lógica de un gobierno cuyas normas, organización y funcionamiento deben sujetarse a los principios de la democracia representativa (Art. 85 Inc. 2º). Tabla N° 3.1: Fundamento Constitucional del deber de Rendición de Cuentas Marco Jurídico Constitucional Tipo de Disposición Contenido Rendición de constitucional Cuentas Art. 165 Inc. 1º “Los Ministros o Encargados del Despacho y Presidentes de Instituciones Oficiales Autónomas deberán concurrir a Horizontal la Asamblea Legislativa para contestar las interpelaciones que se les hicieren” Art. 168 Ord. 7º “Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República: 7º Dar a la asamblea Legislativa los informes 86 Ley de la Corte de Cuentas de la República. Art. 5, numeral 15: “(...) Para tal efecto la Corte practicará auditoría a los estados financieros del Órgano Ejecutivo, pronunciándose sobre la presentación y contenidos de los mismos, señalando las ilegalidades e irregularidades cometidas y toda la situación que no permita a los diferentes Órganos del Estado apreciar con claridad los resultados de determinado ejercicio financiero”. Art. 195 Inc. 5 y 7 Art. 240 Inc. 3º Art. 18 Vertical Art. 85 Art. 86 Inc. 1º Art. 86 Inc. 3º que esta le pida, excepto cuando se trate de planes militares secretos. En cuanto a negociaciones políticas que fuere necesario mantener en reserva, el Presidente de la República deberá advertirlo, para que se conozca de ellas en sesión secreta” 5°- “Examinar la cuenta que sobre la gestión de la Hacienda Pública rinda el Órgano Ejecutivo a la Asamblea, e informar a esta del resultado de su examen” 7°- “Informar por escrito al Presidente de la República, a la Asamblea Legislativa y a los respectivos superiores jerárquicos de las irregularidades relevante comprobadas a cualquier funcionario o empleado público en el manejo de bienes y fondos sujetos a fiscalización” “Los funcionarios y empleados que la ley determine están obligados a declarar el estado de su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con los incisos anteriores, dentro de los sesenta días siguientes a aquel en que tomen posesión de sus cargos”. “Toda persona tiene derecho a dirigir sus peticiones por escrito de manera decorosa, a las autoridades legalmente establecidas; a que se le resuelvan, y a que se le haga saber lo resuelto” “El gobierno es republicano, democrático y representativo” “El poder público emana del pueblo (...)” “Los funcionarios de gobiernos son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley”. 1.2 Marco Jurídico Internacional El Marco Jurídico Internacional relacionado a la transparencia, la anticorrupción y la ética pública generalmente establece la rendición de cuentas como derecho de la ciudadanía y deber del funcionario. A continuación se presenta una tabla con las normas internacionales ratificadas por el Estado salvadoreño que establecen la rendición de cuentas como derecho ciudadano y deber del funcionario. Tabla N° 3.2: Normas Internacionales que contemplan el deber de Rendición de Cuentas Marco Jurídico Internacional Instrumento Jurídico Artículo Contenido “Códigos de conducta para funcionarios públicos: (5) Cada Estado Parte procurará, cuando proceda y de conformidad con los principios fundamentales de su Convención de las Naciones Art. 8 Num. derecho interno, establecer medidas y sistemas para 87 Unidas contra la corrupción 5º exigir a los funcionarios públicos que hagan declaraciones a las autoridades competentes en 87 Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción: http://www.unodc.org/pdf/corruption/publications_unodc_convention-s.pdf relación, entre otras cosas, con sus actividades externas y con empleos, inversiones, activos y regalos o beneficios importantes que puedan dar lugar a un conflicto de intereses respecto de sus atribuciones como funcionarios públicos.” “A los fines expuestos en el Artículo II de esta Convención, los Estados Partes convienen en considerar la aplicabilidad de medidas, dentro de sus propios sistemas institucionales, destinadas a crear, mantener y fortalecer: (4) Sistemas para la declaración de los ingresos, activos y pasivos por parte de las personas que desempeñan funciones públicas en los cargos que establezca la ley y para la publicación de tales declaraciones cuando corresponda.” Convención Interamericana contra la Corrupción Art. 3 Num. 4º88 Declaración sobre Gobierno Abierto Declaraciones Internacionales Compromiso Aumentar el acceso a las nuevas tecnologías para la IV apertura y la rendición de cuentas. 1.3 Leyes Secundarias El marco jurídico interno aplicable a la Rendición de Cuentas para el Órgano Ejecutivo en específico, y para los funcionarios públicos en general, reviste de una particular importancia a efectos que la ciudadanía conozca de primera mano el marco legal que ampara su legítimo derecho de conocer la calidad de la gestión pública impulsada por sus representantes. Es importante en este sentido la existencia de normas que den viabilidad a la materialización de los procesos de rendición y exigencia de cuentas, a efectos de condicionar el cumplimiento del derecho de exigir cuentas y el deber de rendirlas. A continuación se presenta el detalle de leyes secundarias, reglamentarias y jurisprudenciales que regulan la obligación de rendir cuentas Tabla N° 3.3: Leyes Secundarias que establecen el deber de Rendición de Cuentas Legislación Artículo Contenido Art. 4: “El Presidente de la República comparecerá ante la Asamblea Legislativa el día primero de junio de cada año, para dar cuenta de la gestión del Órgano Ejecutivo e informar sobre la situación general del país y sus problemas así como las soluciones adoptadas por el gobierno”. Art. 18: “Los Ministros y Viceministros de Estado, deberán dar audiencia al público, por lo menos una vez a la semana, Art. 4 fijando para ello el día y hora correspondiente”. Reglamento Interno Art. 18 Art.53 – E; Ord. 9: Sobre las funciones de la Subsecretaría de del Órgano Ejecutivo Art.53 – E; Transparencia y Anticorrupción: Fomentar el establecimiento 88 Convención Interamericana Contra la Corrupción: http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/b-58.html Ord. 9: Inc. D; E; M; N Art. 57 Ley de Acceso a la Información Pública Art. 3 Literal “C” y Art. 4 literal “H Ley de Ética Gubernamental Art. 4 Literal “M” Ley de la Corte de Cuentas de la República Art. 5 Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo Art. 5 Art. 53E B-e de un sistema efectivo de probidad en la función pública, basado en los principios de acceso a la información pública, auditoría ciudadana, transparencia en el ejercicio de las funciones públicas y responsabilidad jurídica. Art. 53 – E; Inc. D: Fomentar y dar seguimiento a la contraloría de la actuación de la Administración Pública Art. 53 – E; Inc. E: Fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas, promoviendo el acceso a la información pública. Art. 53 – E; Inc. M: Apoyar a las instituciones del Órgano Ejecutivo en el diseño, aplicación y seguimiento de medidas de fomento de transparencia, la lucha contra la corrupción en procesos de contrataciones y coadyuvar en el fortalecimiento a los sistemas de control interno. Art.53 – E; Inc. N: Establecimiento de una Oficina de Fortalecimiento al Control Interno y Auditoría (OFCIA), cuya labor será coadyuvar al mejoramiento de las capacidades instaladas y profesionales de las Unidades de Auditoría Interna de las diferentes instituciones del Órgano Ejecutivo Art.57: Los ministerios y demás instituciones del sector público están en la obligación de proporcionar a la Secretaría Técnica de la Presidencia, toda la información que ésta solicite relacionada al cumplimiento de sus funciones. Art. 3. Son fines de esta ley: (c) Impulsar la rendición de cuentas de las instituciones y dependencias públicas. Art. 4. En la interpretación y aplicación de esta ley deberán regir los principios siguientes: (h) Rendición de cuentas. Quienes desempeñan responsabilidades en el Estado o administran bienes públicos están obligados a rendir cuentas ante el público y autoridad competente, por el uso y la administración de los bienes públicos a su cargo y sobre su gestión, de acuerdo a la ley. “La actuación de las personas sujetas a esta Ley deberá regirse por los siguientes principios de la ética pública: (m) Rendición de cuentas: Rendir cuentas de la gestión pública a la autoridad competente y al público.” “Examinar la cuenta que sobre la gestión de la Hacienda Pública rinda el Órgano Ejecutivo a la Asamblea Legislativa e informar a ésta del resultado de su examen en un plazo no mayor de cuatro meses” “Están obligados a presentar declaración jurada del estado de su patrimonio, en la forma que indica el artículo tres de esta Ley, los siguientes funcionarios y empleados públicos: 1o.- Los Presidentes de los tres Órganos del Estado; 2o.- El VicePresidente de la República, cuando no desempeñe otro cargo que le obligue a presentar declaración conforme a esta Ley; 4o.- Los Ministros y Viceministros de Estado; 5o.- Los Secretarios de la Presidencia de la República; etc.” “Corresponde al órgano ejecutivo a través de la Secretaría de transparencia y anticorrupción de la Secretaría de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la República: “Fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas, promoviendo el acceso a la información pública” Sentencia Recurso de Amparo 431-98, 2000 Sobre el Derecho de Petición (Art. 18 Cn) El derecho de petición “es un instrumento por medio del cual se puede controlar y orientar la conducta de los detentadores del poder(…) En ese sentido, “lacontestación no puede limitarse a dar constancia de haberse recibido la petición, sino que la autoridad correspondiente debe analizar el contenido de la misma y resolverla conforme a las facultades jurídicamente conferidas”. Es importante señalar que el marco jurídico que ha sido evaluado en todos sus niveles en el presente informe, contempla la rendición de cuentas en sentido vertical de manera dispersa y limitada sobre el deber que tienen los funcionarios de rendir cuentas y de promoverla en la ciudadanía. Generalmente, la rendición de cuentas aparece como elemento coadyuvante al acceso a la información, la participación ciudadana o la ética pública, pero no existe ninguna normativa de aplicación general -ni tampoco específica para el Ejecutivo-, en el que se encuentren establecidos los mecanismos y procedimientos para un ejercicio sistemático de rendición de cuentas. Tampoco se encuentran claramente establecidos los aspectos en los que se debe rendir cuentas, ya que suele ligarse solamente en sentido presupuestario y no de la gestión como aspecto general, la cual deberá estar orientada en explicar a los ciudadanos, las decisiones y acciones políticas así como las razones y motivos que las impulsan. 1.3.1 Manual para la Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo Es indudable que la gestión del Presidente Mauricio Funes ha marcado un punto de inflexión destacable en torno a la transparencia como eje transversal de la gestión pública salvadoreña, dado que es a partir del trabajo de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia que se han impulsado significativos avances a nivel institucional, específicamente en aquello relacionado a los procesos de rendición de cuentas para el Órgano Ejecutivo. Una muestra de ello es la elaboración del Manual para la Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo, el cual fue aplicado a partir del tercer año de gestión para todas aquellas instituciones que conforman el Órgano Ejecutivo y que a la fecha han presentado su respectivo informe de rendición de cuentas de carácter público. Este documento viene a fortalecer las debilidades expuestas anteriormente en lo referente a un marco jurídico impreciso, en aquello relacionado al detalle del procedimiento a seguir para la ejecución de los ejercicios de rendición de cuentas en el Órgano Ejecutivo en particular y de las instituciones del Estado en un alcance general. “La SSTA ha elaborado un Manual de Rendición de Cuentas, con el objetivo de facilitar el proceso de rendición de cuentas de las instituciones del Órgano Ejecutivo. Los pasos descritos en el manual van desde la emisión del acuerdo institucional para la rendición de cuentas hasta los eventos públicos en donde los titulares explican, razonan y justifican ante la ciudadanía los actos y las decisiones más relevantes de la gestión pública, esta metodología puede ser ajustadas a las necesidades y características de cada institución89” El Manual de Rendición de Cuentas se divide en cuatro secciones90: 1. Antecedentes 2. Delimitación conceptual 3. Marco jurídico e institucional 4. Metodología para los ejercicios de rendición de cuentas, la cual clarifica los objetivos del manual, las modalidades que pueden ser utilizadas para rendir cuentas, el calendario y plazos para su desarrollo, así como las actividades dentro del ejercicio dentro de rendición de cuentas. Los objetivos que establece el Manual para las actividades enmarcadas en la rendición de cuentas son tres y pueden resumirse de la siguiente manera: A. Exponer y explicar la gestión desarrollada en el año B. Explicar y justificar las decisiones y resoluciones tomadas C. Desarrollar un diálogo con la ciudadanía Las modalidades propuestas por el manual para la promoción de la participación ciudadana en el marco de los ejercicios de Rendición de Cuentas son las siguientes: foros abiertos, conversatorios, audiencias públicas, audiencias especiales, audiencias preliminares, entre otras que se encuentren en función del público y garanticen el intercambio de opiniones entre funcionarios y ciudadanos. En entrevistas realizadas al Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción, como al Ministro de Obras Públicas91, ambos coincidieron que un aspecto fundamental para la efectiva aplicación de un marco jurídico de transparencia en el país es la voluntad política de los titulares, asimismo ambos consideran la necesidad de una ley que establezca las normas claras en materia de rendición de cuentas, no obstante aclararon que la ausencia de la misma no debe ser un impedimento para la rendición de cuentas por parte de los funcionarios públicos. 2. Institucionalidad A partir de esta variable se analizarán las estructuras institucionales que tienen por competencia coordinar y garantizar los procesos de rendición de cuentas de las instituciones que conforman el Órgano Ejecutivo. 2.1 Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción (SSTA) 89 Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. Sitio web: http://asuntosestrategicos.presidencia.gob.sv/temas/transparenciay-anticorrupcion/rendicion-de-cuentas-2.html. Consultada miércoles 05 de septiembre de 2012 90 FESPAD y SSTA: “Manual Institucional para la Rendición de Cuentas”; 2012P. 7 91 Entrevista al Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción (21/junio/12) y Ministro de Obras Públicas (09/julio/12) La creación de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción es un avance importante a destacar de la gestión del Presidente Mauricio Funes en lo relativo a la institucionalidad garante en el cumplimiento de los ejercicios de Rendición de Cuentas. Según el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, la SSTA tiene como una de sus principales atribuciones: “Fortalecer la transparencia y rendición de cuentas, promoviendo el acceso a la información pública”92, constituyéndose de esta manera en la institución promotora y garante de la política de transparencia en el ejercicio público del Órgano Ejecutivo, es además, la instancia de interlocución entre el control social aplicado desde la ciudadanía y la gestión pública ejecutiva. Es importante destacar que aún sin contar con un marco jurídico de reglas claras que establezca el procedimiento y obligatoriedad para la rendición de cuentas en el Ejecutivo, ha sido la SSTA la instancia que ha promovido la práctica de rendición de cuentas, representando lo anterior un importante avance en el fortalecimiento de la democracia en su aspecto formal. “Para incidir de forma positiva en las áreas prioritarias se ha concebido una novedosa estrategia de intervención integral que considera tanto la creación de una nueva institucionalidad para promover el desarrollo como el rediseño y la modernización de la ya existente…”93 La SSTA como parte de sus atribuciones, ha brindado asesorías y capacitaciones de forma permanente a las instituciones interesadas en formar parte de los ejercicios de rendición de cuentas, facilitando por un lado la realización de los informes y por otro, propiciando las condiciones para la organización de los eventos públicos de divulgación, en este sentido se ha dispuesto desde la SSTA de instrumentos metodológicos y guías técnicas sobre la rendición de cuentas. Por otro lado, se han realizado intercambios de experiencias y conocimientos con instituciones que rindieron cuentas en el primer año, junto con aquellas que se han involucrado posterior y paulatinamente a esta iniciativa por transparentar la gestión pública, en el marco de estos encuentros se han aplicado las mejoras respectivas en los procesos de rendición de cuentas, asimismo se han establecido reuniones bilaterales con un amplio espectro de instituciones gubernamentales y autónomas, a partir de las cuales se ha permitido explicarles con mayor detalle las generalidades de este novedoso e importante mecanismo de interlocución Estado – Ciudadanía, así como concientizar a los titulares sobre los beneficios que entiende para la institución divulgar a la ciudadanía la gestión que se realiza al interior de estas y como esto se traduce en el fomento de la confianza y la legitimidad social hacia el Estado en su conjunto. En el marco de los esfuerzos realizados por la SSTA orientados en fomentar la rendición de cuentas de las instituciones gubernamentales, se han elaborado periódicamente 92 93 Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo. Art. 53 - D Plan Quinquenal de Desarrollo 2010 – 2014. Presidencia de la República de El Salvador cronogramas de rendición de cuentas para cada una de las instituciones interesadas en participar, en el cronograma se detalla la fecha y hora de realización, así como el lugar destinado a desarrollar la actividad. La creación de la SSTA ha permitido que las instituciones cuenten ahora con una entidad referente y especializada en temas de transparencia, la cual facilita asesorías, talleres e instrumentos metodológicos para la realización y conceptualización de la rendición de cuentas como instrumento hacia una mejor gestión pública. Según el Informe de Rendición de Cuentas de la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia (2010 – 2011) algunos de los avances más relevantes en la gestión fueron el acceso a la información y la rendición de cuentas a través de la SSTA, a partir de la cual se coordinó y facilitó el primer ejercicio de rendición de cuentas por parte de las instituciones del ejecutivo (37 entidades entre ministerios y autónomas) las cuales informaron sobre su gestión y se abrieron al escrutinio ciudadano en el año 2010. Para el año 2011 la SSTA ha desarrollado más de 45 acciones concretas orientadas en dar cumplimiento a sus seis objetivos específicos94 Tabla N° 3.4: Objetivos Específicos de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción Objetivo Contenido 1 Fortalecer la transparencia en las entidades del Órgano Ejecutivo y la participación ciudadana como factores claves de gobernabilidad democrática y combate a la corrupción 2 Fortalecer los mecanismos de control y auditoría interna, así como contribuir a reducir los conflictos de intereses en las entidades del ejecutivo 3 Promover la simplificación y transparencia de trámites y procesos administrativos del Órgano Ejecutivo 4 Contribuir a fortalecer la coordinación y la responsabilidad recíproca entre las organizaciones del Estado Salvadoreño y el sector empresarial, para elevar los actuales niveles de probidad y efectividad en la transparencia y lucha contra la corrupción 5 Fortalecer la participación y el aporte de El Salvador en los espacios internacionales, así como fomentar el cumplimiento de las convenciones, otros acuerdos internacionales y marco legal nacional 6 Consolidar a la SSTA para que desempeñe adecuadamente su rol, a través de la formación de su personal, modernización de procesos, equipamientos y gestión Fuente: Elaboración propia. Datos de Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción 94 Informe de Gestión 2011. Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción, Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. Diciembre 2011 2.1.1 Oficina de Fortalecimiento al Control Interno y Auditoria El Reglamento Interior del Órgano Ejecutivo, convoca a establecer dentro de la estructura de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción una Oficina de Fortalecimiento al Control Interno y Auditoría (OFCIA) cuya labor será: “coadyuvar al mejoramiento de las capacidades instaladas y profesionales de las unidades de Auditoría Interna de las diferentes instituciones del Órgano Ejecutivo, pudiendo para tales fines proponer a las citadas instituciones la implementación de evaluaciones de calidad de las labores de las referidas unidades de Auditoría Interna, la adopción de estándares internacionales aplicables a la materia, entre otras medidas que fueren legales y pertinentes.”95 La oficina trabaja conjuntamente con las unidades de auditoría interna de cada institución, centrándose en la actividad de cada una de las instituciones de la cual se ha presentado la queja y estableciendo un diálogo directo con los titulares de las instituciones. Dicha oficina fue creada en el mes de julio del año 2009, desde esa fecha hasta el 12 de febrero de 2010, se habían recibido 70 casos de apoyo en auditoría96. 2.1.2 Comisión Institucional de Rendición de Cuentas (CIRC) La CIRC es una comisión ad hoc, que tiene la responsabilidad de elaborar el informe de rendición de cuentas (con los insumos que todas las áreas de la institución correspondiente le brinden); definir la lista de invitados a través de la elaboración de un directorio base; planificar el evento con todos sus elementos políticos y logísticos. El manual de rendición de cuentas del Órgano Ejecutivo sugiere que sea el Oficial de Información el responsable de coordinar la CIRC en cada una de las instituciones. Por su parte, las áreas involucradas en la CIRC dependerán del tamaño de la entidad y del nivel territorial. Funciones de la CIRC97 1. 2. Definir en coordinación con los titulares, la planificación del ejercicio de rendición de cuentas anual Elaborar el documento para la rendición de cuentas de la entidad con los insumos que le brinden las unidades de la misma Organizar y desarrollar las audiencias públicas Elaborar el listado de invitados Proponer e implementar un mecanismo posterior al evento, para recibir y dar respuesta a las inquietudes que los ciudadanos tengan sobre el informe de rendición de cuentas 3. 4. 5. 95 Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo. Art. 53 – E “n” “En espera relanzamiento de Oficina de Fortalecimiento de Control Interno y Auditoria”. Comunica en línea. Sitio web: http://www.comunica.edu.sv/index.php?option=com_content&view=article&id=693:en-espera-relanzamiento-de-oficina-defortalecimiento-al-control-interno-y-auditoria. Consultado el 12 de septiembre de 2012 23:35. 97 Manual de Rendición de Cuentas para el Órgano Ejecutivo. Pag.34 96 6. 7. Elaborar la memoria del evento de rendición de cuentas Evaluar, en coordinación con el titular y con la participación de todos los involucrados, el ejercicio de rendición de cuentas realizado 2.2 Dirección de Probidad, Corte Suprema de Justicia La Dirección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tiene como antecedente histórico el Tribunal de Probidad, el cual es establecido el 11 de febrero de 1949 con la finalidad de reintegrar el dinero que funcionarios y empleados públicos habían obtenido sin causa justa de la Hacienda Pública98. Hoy en día la Dirección de Probidad es la encargada de vigilar la honradez de los funcionarios y empleados públicos, precaviendo detectando y sancionando el enriquecimiento ilícito en el desempeño de sus funciones. Como principal atribución tiene el detectar el eventual incremento patrimonial de los funcionarios y empleados públicos – y su grupo familiar- realizado durante el tiempo de su ejercicio. En caso de existir enriquecimiento ilícito puede iniciar juicio especial. Su rol contralor sobre los bienes y fondos públicos tiene un alcance para todos aquellos funcionarios del aparato estatal y municipal que intervengan en el manejo de fondos públicos. De esta manera si bien la Dirección de Probidad no se atribuye únicamente el control del patrimonio de los funcionarios del Órgano Ejecutivo, esta Dirección se vuelve un elemento institucional clave para el fortalecimiento del control horizontal de las instituciones del Estado. 2.3 Corte de Cuentas de la República La Corte de Cuentas de la República es según estatutos el organismo superior de control del Estado, responsable de pronunciarse profesional y éticamente sobre la legalidad, eficiencia, economía, efectividad y transparencia de la gestión pública . Según la Ley de la Corte de Cuentas de la República, dicho organismo ejerce el control de auditoría gubernamental en todas las entidades y organismos del sector público, a partir de la evaluación de los siguientes aspectos: 1. Las transacciones, registros, informes y estados financieros 2. La legalidad de las transacciones y el cumplimiento de otras disposiciones 3. El control interno financiero 4. La planificación, organización, ejecución y control interno administrativo 5. La eficiencia, efectividad y economía en el uso de los recursos humanos, ambientales, materiales, financieros y tecnológicos 6. Los resultados de las operaciones y el cumplimiento de objetivos y metas 98 Dirección de Probidad. Corte Suprema de Justicia. Sitio web: http://www.csj.gob.sv/probidad/probidad_14.html. Consultada 13 de septiembre de 2012. 12:20 Acciones de Control de la Corte de Cuentas de la República Auditorías financieras Auditorías operacionales Exámenes especiales 2.4 Asamblea Legislativa Según disposiciones constitucionales de la República, la Asamblea Legislativa se constituye como la principal entidad de control horizontal sobre la gestión ejecutiva del gobierno central. La constitución señala que los ministros o encargados del despacho y Presidente de instituciones oficiales autónomas deberán concurrir a la Asamblea Legislativa para contestar interpelaciones que se le hicieren.99 Asimismo convoca al consejo de ministros a elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos y presentarlo a la Asamblea Legislativa por lo menos tres meses antes de que se inicie el nuevo ejercicio fiscal100. Ejerciendo de esta manera un control sobre el quehacer ejecutivo tanto en lo relacionado a la gestión de oficio como a la presupuestaria. Referente a la rendición de cuentas, la Constitución de la República establece como un atributo y obligación del Presidente de la República, presentar por medio de los Ministros a la Asamblea Legislativa dentro de los dos meses siguientes a la terminación de cada año, el informe de labores de la Administración Pública en el año transcurrido. Además señala que el Ministro de Hacienda deberá presentar dentro de los tres meses siguientes a la terminación de cada período fiscal, la cuenta general del último presupuesto y el estado demostrativo de la situación del Tesoro Público y el Patrimonio Fiscal. Señala que de no dar cumplimiento a este mandato quedará por el mismo hecho depuesto el Ministro que no lo verifique, lo cual será notificado al Presidente de la República inmediatamente, para que nombre el sustituto. Finalmente señala que el Presidente de la República deberá además dar a la Asamblea Legislativa los informes que ésta le pida, salvo excepciones contempladas101. Distinto a la ausencia de mecanismos legales que establezcan el control institucional a la gestión parlamentaria, el Órgano Ejecutivo se ve frente al escrutinio de un control horizontal que 99 Constitución de la República. Art. 165 Constitución de la República. Art. 167 Constitución de la República. Art. 168, 6 y 7 100 101 ejerce el pleno legislativo, a través de los 84 diputados, quienes evalúan periódicamente la gestión liderada por el Presidente de la República, representada a través de cada Ministerio e Institución autónoma que compone el gobierno central. 3. Atributos del proceso de rendición de cuentas La transparencia en el ejercicio de la función pública requiere de un estricto control social a través de canales de participación activa que habiliten a la ciudadanía incidir en el ciclo de las políticas públicas, lo cual entiende un recorrido que va desde la formulación hasta la evaluación de impacto originada por su aplicación. En este sentido, no es posible concebir una política de transparencia si la interlocución Estado – Ciudadanía es limitada. Por este motivo, es necesaria la aplicación de ejercicios de rendición de cuentas que cumplan con requisitos y atributos mínimos orientados al empoderamiento ciudadano, fortaleciendo el diálogo vertical con las instituciones del Estado y generando en consecuencia lazos de confianza necesarios para una efectiva gestión pública y un robusto régimen de instituciones democráticas. Se evalúan a continuación una serie de atributos aplicados al ejercicio de rendición de cuentas que han sido liderados en el período 2011 – 2012 por las diferentes instituciones que conforman el Órgano Ejecutivo. Para este fin ha sido seleccionada la siguiente muestra del universo de instituciones, siendo el criterio de selección el presupuesto ejecutado, el tamaño administrativo de la institución y el manejo de una agenda de temas de un impacto social inmediato: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL) Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) Ministerio de Economía Ministerio de Educación Ministerio de Salud Ministerio de Trabajo y Previsión Social Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano 3.1 Periódicos El Plan Quinquenal de Desarrollo (2010-2014) del Gobierno central, establece que la promoción de la participación social organizada en el proceso de formulación de políticas públicas, requiere de un sistema de rendición de cuentas diligente y transparente102. En este sentido la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia, a través de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción, ha impulsado desde el año 2010 la Rendición de Cuentas en las instituciones del Órgano Ejecutivo. 102 Plan Quinquenal de Desarrollo (2010-2014). Gobierno de El Salvador En el año 2010, se realiza por primera vez la implementación a nivel gubernamental de ejercicios de rendición de cuentas “vertical” (Estado – Ciudadanía) por parte de las instituciones que conforman el Órgano Ejecutivo. Posterior a la presentación del informe presidencial, durante los meses de junio, julio y agosto, 37 entidades entre Ministerios e Instituciones Autónomas, elaboraron informes de rendición de cuentas y desarrollaron audiencias públicas. En el año 2011 nuevamente las instituciones del Órgano Ejecutivo rindieron cuentas de su gestión. En este período fueron 64 entidades entre Ministerios e Instituciones Autónomas que presentaron sus informes públicos. Uno de los principales avances del proceso de rendición de cuentas del año 2011, comparado con su precedente en 2010, fue la incorporación de los 14 gabinetes de gestión departamental que rindieron cuentas de su gestión hacia la ciudadanía gracias a la intervención del Ministerio de Gobernación. El ejercicio de rendición de cuentas que hacen las instituciones del Ejecutivo, y que coordina la SSTA, cuenta con una periodicidad anual, coincidiendo con el ejercicio de rendición de cuentas que hace cada primero de junio el Presidente de la República ante los diputados de la Asamblea Legislativa. Tabla 3.5: Comportamiento de la participación de las instituciones del Órgano Ejecutivo en los ejercicios de rendición de cuentas (2010 – 2011) Participación de Instituciones 2011 Participación de Instituciones 2010 64 37 2010 2011 Fuente: Elaboración propia. Datos de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. Gobierno de El Salvador Como anteriormente se ha señalado, por mandato constitucional, el primero de junio de cada año el Presidente de la República presenta ante la Asamblea Legislativa su informe anual de labores. No obstante desde el año 2010 el Gabinete de Gobierno, ha presentado públicamente sus informes de labores a la ciudadanía a través de audiencias públicas participativas, exponiendo su gestión ejecutiva ante el control institucional y el control social de la ciudadanía. Para el año 2011, las jornadas de rendición de cuentas fueron inauguradas por el Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano. Los ejercicios se realizaron entre los meses de junio a noviembre, en el siguiente orden103 Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 103 Calendario Rendición de Cuentas (2010 – 2011) Institución Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano Defensoría del Consumidor Ministerio de Gobernación Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria Fondo Social para la Vivienda Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo Fondo de Saneamiento y Fortalecimiento del Sistema Financiero de El Salvador Superintendencia de Valores Ministerio de Justicia y Seguridad Pública Academia Nacional de Seguridad Pública Superintendencia del Sistema Financiero Banco Multisectorial de Inversiones Superintendencia de Pensiones Ministerio de Economía Ministerio de Turismo, ISTU y CORSATUR Superintendencia de Competencia Banco Central de Reserva Consejo Superior de Salud Pública Ministerio de la Defensa Nacional Secretaría de Cultura Fondo Solidario para la Salud Ministerio de Hacienda Ministerio de Trabajo y Previsión Social Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado Banco de Fomento Agropecuario Banco Hipotecario Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada Comisión Ejecutivo Hidroeléctrica del Río Lempa Fondo de Conservación Vial Centro Nacional de Registros Instituto Salvadoreño del Seguro Social Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia Ministerio de Salud Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales Ministerio de Educación Instituto Salvadoreño de Formación Profesional Viceministerio de Transporte Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal Instituto Nacional de Pensiones de Empleados Públicos Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal Informe de Rendición de Cuentas 2010 – 2011. Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia Fecha 2 de junio 8 de junio 10 de junio 16 de junio 21 de junio 20 de junio 23 de junio 27 de junio 28 de junio 30 de junio 4 de julio 5 de julio 8 de julio 11 de julio 13 de julio 14 de julio 15 de julio 18 de julio 19 de julio 20 de julio 20 de julio 21 de julio 22 de julio 22 de julio 25 de julio 25 de julio 26 de julio 27 de julio 27 de julio 28 de julio 29 de julio 9 de agosto 10 de agosto 11 de agosto 12 de agosto 15 de agosto 16 de agosto 17 de agosto 18 de agosto 19 de agosto 23 de agosto 24 de agosto 24 de agosto 25 de agosto 25 de agosto 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 Ministerio de Agricultura y Ganadería 26 de agosto Instituto Salvadoreño de Rehabilitación de Inválidos 29 de agosto Fondo Nacional de Vivienda Popular 29 de agosto Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 30 de agosto Instituto de Bienestar Magisterial 30 de agosto Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación 6 de septiembre Consejo Nacional de Energía 7 de septiembre Autoridad Marítima Portuaria 8 de septiembre Registro Nacional de las Personas Naturales 13 de septiembre Asociación Nacional de Acueductos y Alcantarillados 13 de septiembre Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones 14 de septiembre Fondo del Milenio 20 de septiembre Fondo Salvadoreño para Estudios de Pre inversión 21 de septiembre Fondo Solidario para la Familia Microempresaria 23 de septiembre Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer 27 de septiembre Centro Internacional de Ferias y Convenciones 8 de noviembre Lotería Nacional de Beneficencia 24 de noviembre Fuente: Elaboración propia. Datos del Informe de Rendición de Cuentas (2010 – 2011). Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. Gobierno de El Salvador Según el Manual Institucional de Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo: “la rendición de cuentas es una práctica que debe realizarse de manera constante y en diferentes modalidades; este manual orienta a facilitar por lo menos un evento en el año, que deberá comprender el período de gestión desde junio del año anterior al mes de mayo del año en el cual se realiza el ejercicio”104. El referido manual detalla que si bien las audiencias anuales para presentar los informes se organizarán entre los meses de junio a agosto de cada año, iniciando después de la presentación del informe del Presidente de la República ante la Asamblea Legislativa, si la entidad identifica un tema sobre el cual debe responder a la ciudadanía, puede organizar una rendición de cuentas específica en cualquier momento y bajo la modalidad que considere oportuna o que la población haya solicitado. A través de los eventos de rendición de cuentas fue posible que los titulares de las diversas instituciones explicaran a la población sobre sus principales acciones y decisiones tomadas durante la gestión en lo relativo a la administración del uso de los fondos públicos. Del otro lado, la ciudadanía tuvo la posibilidad de cuestionar y expresar sus comentarios y sugerencias sobre el trabajo realizado por cada una de las instituciones del gobierno central. De esta manera, la rendición de cuentas se constituye como el espacio propicio para que la ciudadanía incida sobre la aplicación de las políticas públicas, expresando sus necesidades e intereses a fin de mejorar la aplicación de las decisiones políticas por parte de las entidades ejecutoras. Los ejercicios anuales de rendición de cuentas se han convertido sin lugar a dudas en un elemento novedoso que viene a desplazar una exigua cultura de accountability por parte 104 Manual para la Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo. Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia de las instituciones del Estado. En este sentido, los esfuerzos por institucionalizar esta práctica deberán estar orientados en instalar una integral cultura de prácticas y comportamientos de transparencia que involucre a los actores de la sociedad salvadoreña en todos sus niveles. 3.2 Participativos El Plan Quinquenal de Desarrollo 2010-2014 contempla la importancia de la incidencia ciudadana en el proceso de toma de decisiones, destacando la relevancia de “la construcción de políticas de Estado y la promoción de la participación social organizada en el proceso de formulación de políticas públicas”105 Durante las jornadas de Rendición de Cuentas de 2011 se contabilizó la participación aproximada de 26,800 personas106, entre usuarios, cuerpo diplomático, representantes de agencias de cooperación internacional, organizaciones de la sociedad civil y actores locales. Para el año en estudio, la SSTA coordinó con las entidades gubernamentales los aspectos relacionados a las fechas de realización de las rendiciones de cuentas, con el propósito de incorporar la mayor participación ciudadana posible a los eventos de rendición de cuentas. Según el Informe de Rendición de Cuentas (2010 -2011) de la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia, la participación ciudadana en los ejercicios de rendición de cuentas excedieron las 700 personas, como es el caso del Ministerio de Salud, Obras Públicas, Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA), entre otros. Cabe señalar que los eventos de rendición de cuentas del período 2010 – 2011, se realizaron en su mayoría mediante audiencias públicas, no obstante la SSTA detalla el desarrollo de conversatorios, actividades regionales, sectoriales y comunitarias. Descentralizando a través de estas iniciativas los esfuerzos por transparentar la gestión del gobierno central. Por tratarse de mecanismos de control vertical, los ejercicios de rendición de cuentas contemplan por definición una activa participación ciudadana en su desarrollo, sin la cual, las intenciones por establecer la interlocución entre gobernantes y gobernados perderían su completo sentido. Por este motivo es indispensable que los ejercicios de rendición de cuentas contemplen dos elementos: 1. La promoción de la participación ciudadana en las dinámicas de rendición de cuentas, a través de la publicación y divulgación en medios de comunicación televisivos, radiales, escritos y foros públicos en los territorios, respecto a la necesidad de ejercer un control directo sobre el manejo de la gestión por parte de los funcionarios públicos al frente de las instituciones. 105 106 Plan Quinquenal de Desarrollo. Gobierno de El Salvador. Pág. 50 Informe de Rendición de Cuentas (2010 – 2011). Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia 2. Descentralizar los espacios en los cuales se desarrollan los ejercicios de rendición de cuentas, combatiendo de esta manera las asimetrías en el acceso a la información pública generada por las instituciones del gobierno central, concentradas –en muchos casos- política y administrativamente en San Salvador. Con el propósito de analizar los avances que en materia de incidencia social en la rendición de cuentas ha realizado el Órgano Ejecutivo. A continuación se detallan los mecanismos de participación ciudadana para el control vertical sobre la gestión pública, contemplados por algunas de sus instituciones107 Comité de Contraloría Ciudadana (CCC) – Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL) El CCC es la instancia responsable de llevar a la práctica la labor de contraloría ciudadana ejecutando los mecanismos que el Programa de Fortalecimiento de los Gobiernos Locales (PFGL) pone a su disposición para garantizar la transparencia en el manejo de los fondos ejecutados de manera descentralizada por los gobiernos municipales. Asimismo, la CCC es la instancia a cargo acompañar los diferentes procesos y las distintas fases del ciclo de los sub proyectos para garantizar el manejo transparente de dichos procesos108. El Comité deberá estar conformado por siete personas: 1) Presidente 2) Secretario (debe saber leer y escribir) 3) Tesorero (debe saber leer, escribir y las cuatro operaciones aritméticas) 4) Vigilante Ambiental 5) Procurador de Participación y Género 6) Dos Contralores Comunitarios (debe saber leer, escribir y las cuatro operaciones aritméticas) Algunas de las atribuciones del CCC serán las siguientes: 1) Representar a la comunidad ante los entes involucrados en el Plan de Desarrollo Municipal (PDM) 2) Fomentar y facilitar la presencia y nutrida participación de toda la comunidad en las Asambleas, comisiones, cargos, trabajos y demás actividades 3) Apoyar el cumplimiento con rapidez y de buena manera los compromisos que adquiera la Comunidad con el PDM. 4) Cumplir con responsabilidad y transparencia las actividades que se le asignen 5) Participar activamente con delegados en la comisión de adjudicación que la UACI de las alcaldías formará para adjudicar la ejecución del proyecto y la contratación de los demás prestadores de servicios (Facilitador y Supervisor) 107 108 Los casos han sido seleccionados de la muestra de instituciones de las cuales surge el presente estudio Remisión de respuesta por parte del FISDL a la solicitud de información de Iniciativa Social para la Democracia (julio 2012) 6) Asegurar que la priorización de sub proyectos se haga de manera participativa y transparente. 7) Rendir cuenta a la comunidad en general y a los entes cooperantes sobre el desarrollo de los procesos con sus respectivas observaciones; además llevar el respectivo registro de lo observado en el manejo de los fondos referentes a los sub proyectos. 8) Informar mensualmente a la comunidad, junto con el Supervisor, sobre la ejecución del sub proyecto Comité de Auditoría (COA) - Ministerio de Educación (MINED) El comité se encuentra integrado por los siguientes miembros, quienes son externos al Ministerio de Educación: 1. Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción: Lic. Manuel de Jesús Cruz, elegido por el COA como Coordinador 2. Consejo de Educación Superior: Lic. Rogelio Fonseca 3. ANDES 21 de Junio: Lic. José María Sandoval 4. Bases Magisteriales: Prof. Mario Antonio Cruz Torres 5. Consejo Nacional de Educación: Ing. Mario Antonio Paniagua 6. Instituto de Auditoría Interna de El Salvador: Licda. Ana Militza Flores. El COA tiene como propósito, asistir a la máxima autoridad del MINED en el cumplimiento de sus responsabilidades de vigilancia de las leyes y reglamentaciones en los procesos de información financiera, sistema de control interno, de auditoría, de rendición de cuentas y transparencia institucional. Los objetivos del COA son los siguientes: 1. Garantizar la transparencia y rendición de cuentas. 2. Mantener un flujo continuo de comunicación entre los Titulares, Auditoría Interna, Auditores Externos y Áreas Estratégicas del MINED, con respecto a la revisión y seguimiento de la información financiera, administrativa, educativa, gobernabilidad y control en los siguientes asuntos: a) Revisar casos de corrupción y fraudes institucionales. b) Estados Financieros, prácticas contables y financieras. c) Políticas de control en relación al cumplimiento de las Leyes. d) Observar el debido diligenciamiento en torno al cumplimiento de las obligaciones que las leyes señalan a los titulares del MINED y a las diferentes instancias direccionales y gerenciales, en relación al control interno financiero, administrativo, educativos y de tecnología de información, entre otros. e) Estrategias de auditoría interna para lograr el fortalecimiento del control interno, administración de riesgo y garantizar la administración transparente del MINED. f) Seguimiento a las recomendaciones de la Auditoría Interna, Corte de Cuentas de la República y Auditorías Externas. g) Analizar los puntos significativos de control, así como los resultados de los exámenes de auditoría. h) Revisar y proveer recomendación a la Auditoría Interna sobre los planes anuales de trabajo. i) Emitir recomendaciones para el establecimiento de mejora en aspectos de Control Interno y Monitoreo del mismo. j) Analizar lo consistente de las Estrategias, Objetivos y Políticas del MINED. Las funciones y atribuciones principales del COA son: 1. Análisis y seguimiento de las denuncias recibidas y su resolución. 2. Evaluar y emitir recomendación del informe anual sobre rendición de cuentas. 3. Conocer el resultado de las investigaciones y recomendar la continuidad del proceso, hasta la denuncia pública y determinación de responsabilidad, si los casos lo ameritan. 4. Evaluar y emitir recomendación sobre el informe anual de la ejecución de los planes anuales operativos y su interrelación con el plan estratégico del MINED. 5. Estudiar el análisis y revisión de los estados financieros que presenta la Dirección Financiera Institucional. 6. Velar por el cumplimiento de los planes de acción elaborados por la administración del MINED para la superación de observaciones relevantes de los informes emitidos por los entes fiscalizadores: Auditoría Interna, Corte de Cuentas de la República y Auditores Externos que haya contratado el MINED. 7. Conocer y evaluar el resultado de los exámenes de los entes fiscalizadores, considerando: a) El contenido del informe de auditoría, especialmente cualquier limitación al alcance del trabajo o desviación en la aplicación de sus procedimientos u otros asuntos que pudieran haber generado salvedades en el dictamen. b) Cualquier diferencia entre el alcance del trabajo planeado y el que finalmente se llevó a cabo para el caso de la auditoría externa. c) La solución de problemas de auditoría de mayor importancia que se hubieren tratado durante la ejecución de los trabajos. d) Diferencias de criterio entre la administración y los auditores, con respecto a la aplicación de normas, reglamentos, principios de contabilidad, tratamiento de transacciones, revelaciones y ajustes resultantes de los exámenes, e) El grado de oportunidad en la atención de las observaciones y recomendaciones de los auditores para el mejoramiento de los procedimientos administrativos y contables del control interno institucional. 8. Proponer al Despacho Ministerial medidas tendientes a mantener y fortalecer el control interno, los mecanismos para la transparencia y los procesos de administración de riesgo. a) Dar visto bueno el Plan de la Auditoría Interna, analizar su ejecución y cualquier modificación. b) Analizar y recomendar para su autorización al Despacho Ministerial, sobre cambios a la estructura organizativa de la Dirección de Auditoría Interna, según se requiera, en función de la vigilancia del control interno institucional. c) Conocer los aportes de la Auditoría Interna en relación con el fortalecimiento del control interno en cada área del MINED. d) Conocer, analizar y proponer mejoras al Plan de Trabajo de la Dirección de Transparencia del MINED y el impacto de la ejecución del mismo. 9. Proponer investigaciones cuando las condiciones de la institución lo ameriten. 10. Dar visto bueno a las Bases y Términos de Referencia, para la contratación de auditores externos y dar seguimiento a los resultados a través del cumplimiento de las cláusulas contractuales. 11. Determinar que las cuestiones principales sobre las gestiones institucionales, hayan sido resueltas satisfactoriamente y de informar al Despacho Ministerial de los asuntos pertinentes a los procesos de control del MINED. 12. Remitir al Despacho Ministerial una copia del Acta producto de cada reunión del COA en los siguientes 3 días a la firma de la misma. 13. Revisar y actualizar las presentes Normas de Funcionamiento del COA y someterlas a aprobación del Despacho Ministerial. Teléfono y correo anticorrupción – Ministerio de Trabajo y Previsión Social Es un mecanismo de participación ciudadana creado en junio del año 2011, a iniciativa del Ministro de Trabajo y Previsión Social, tiene como propósito recibir quejas y denuncias de los ciudadanos sobre actos de corrupción por parte de funcionarios de la institución o de servidores que infrinjan la ley. El servicio es atendido desde el propio despacho ministerial, según información proporcionada por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, “se reciben 20 o 30 correos o llamadas telefónicas, exponiendo diferentes casos, que de manera inmediata esta institución realiza la investigación y procura resolver cada caso”109 Unidad de Gestión Social – Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano La Unidad de Gestión Social (UGS) es creada con la finalidad de coordinar y facilitar la relación transparente entre el MOP, FOVIAL, Alcaldías, Comunidades, Organizaciones Sociales, Instancias gubernamentales, entre otros actores que demanden obra pública. “La UGS es la responsable de atender y gestionar respuesta oportuna, eficaz y eficiente a las demandas ciudadanas; propiciando una relación articulada de todos los actores que son parte del problema y resolver planificadamente lo demandado siempre y cuando tenga competencia viable, técnica y financiera”110 109 110 Resolución a Solicitud de Información. Ministerio de Trabajo y Previsión Social Presentación de Powerpoint: La UGS – MOP. Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano Adicionalmente la UGS, cumple una función clave en la instalación de una política transparente de la obra pública al ser la encarda de diseñar y facilitar los mecanismos de participación ciudadana para que la población tenga mayor acceso a la información y se geste con cada obra un proceso educativo de ejercer la ciudadanía en las etapas de: diagnóstico, diseño, ejecución, evaluación y contraloría de las obras. Los casos anteriormente expuestos demuestran un claro compromiso por parte de algunas instituciones del Órgano Ejecutivo, encaminadas en involucrar cada vez más el rol ciudadano a la gestión pública. No obstante, los referidos casos no deben ser interpretados como una representación fidedigna de la complejidad del entramado de instituciones que conforman a dicho Órgano de Estado, dado que en la mayoría de casos analizados no se encontró mecanismos por medio de los cuales la ciudadanía puede ejercer un rol activo como ente contralor. Por este motivo, se vuelve necesario que la SSTA como ente garante en la construcción de una cultura institucional democrática en el Estado, fortalezca la incidencia ciudadana en los ejercicios de rendición de cuentas, pero que además recupere las experiencias anteriormente expuestas e incentive a las demás instituciones a aplicar mecanismos similares que posicionen al ciudadano como eje central de la función pública. Por último, si bien deben de reconocerse los grandes avances que la SSTA ha realizado de cara a instalar la sistematización y periodicidad de los ejercicios de Rendición de Cuentas en el Órgano Ejecutivo, es necesario seguir perfeccionando la práctica con el propósito de brindar a la población de una herramienta efectiva para el control de la gestión pública. Ampliando principalmente el universo de la participación ciudadana a través de eventos de rendición de cuentas simultáneos y descentralizados en las regiones del país. 3.3 Fiscalizable La rendición de cuentas del quehacer de los funcionarios públicos debe ser permanente, para este fin, se requiere de medios de fiscalización puestos al servicio de la ciudadanía que permitan una constante consulta sobre lo realizado al frente de las instituciones. En este sentido el presente informe investiga los medios y canales por los cuales la población tiene acceso a los informes, decisiones y acciones tomadas a lo largo de la gestión por parte de los funcionarios del gobierno central. Primeramente, es necesario destacar el rol que juegan los medios de comunicación al ser actores fundamentales en la fiscalización de los ejercicios de rendición de cuentas, dado que al ser instancias fundamentales en la formación de opinión, proyectan a la ciudadanía sobre el qué pensar en el marco de una determinada coyuntura, por este motivo, es necesario que los medios de comunicación instalen alrededor de la transparencia una agenda propositiva, lo cual entiende un análisis que destaque de forma objetiva los avances y señalen los retrocesos del gobierno central en el marco del cumplimiento o no de sus compromisos con la sociedad. La modalidad principal por la cual fueron divulgados los ejercicios de rendición de cuentas son las audiencias públicas, las cuales fueron promocionadas en los principales diarios de circulación nacional, las páginas institucionales, las redes sociales institucionales e invitaciones directas, procurando que la ciudadanía en general estuviera informada y pudiera participar en estas actividades. Algunas instituciones innovaron implementando conversatorios, respondiendo en tiempo real por Facebook, o con actividades sectoriales, regionales y comunales para generar mayor interacción con la ciudadanía. Los medios de comunicación institucionales también transmitieron a través de la Televisión y Radio Nacional el desarrollo de algunos de los ejercicios de rendición de cuentas, lo mismo hizo el sitio web de Casa Presidencial111. Por otra parte, previo y posterior a los ejercicios de rendición de cuentas se transmitieron cápsulas publicitarias por la televisión nacional, motivando de esta manera a las instituciones y ciudadanos a apropiarse y participar de estos procesos que de acá en más deben instalarse como prácticas inherentes de la gestión. Cabe destacar que los ejercicios de rendición de cuentas (2010 – 2011) contaron con un seguimiento exhaustivo de la prensa escrita, radial, televisiva y web. Permitiendo de esta manera a la ciudadanía contar con recursos para la fiscalización del ejercicio del poder público. No hay duda entonces que la divulgación de la gestión pública hacia amplios espectros de la sociedad salvadoreña, a partir de los medios de comunicación masiva, se vuelve en una herramienta de empoderamiento que es necesario seguir fortaleciendo a fin de ejercer la contraloría social. Sin embargo, la fiscalización sólo es posible en la medida que los ejercicios de rendición de cuentas sean abiertos, participativos e inclusivos, permitiendo la posibilidad de auditar el contenido de los mismos por sus participantes, tanto los presenciales, como por aquellos que siguen sus transmisiones en vivo a través de la televisión o las redes sociales. Casos positivos de divulgación de la Rendición de Cuentas 1. Portal Gobierno Transparente http://gobiernotransparente.gob.sv/rendicion.html Es un portal de acceso virtual que concentra la información oficiosa de ministerios y entidades autónomas del Órgano Ejecutivo. Desde este sitio web el ciudadano tiene acceso a los informes de rendición de cuentas de diferentes instituciones que a la fecha han realizado su correspondiente audiencia pública de rendición de cuentas 2. Periódico “Buenas Obras para la Gente” 111 Casa Presidencial. Sitio web institucional: www.presidencia.gob.sv Es un periódico impreso publicado por el Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano y constituye un esfuerzo por fortalecer la transparencia a través de la rendición de cuentas por canales de acceso público no virtual. 3.4 Impacto político La transparencia concebida como cultura entiende el consenso de los diferentes actores de la sociedad civil para ser aplicada como una práctica cotidiana, en este sentido el rol de los funcionarios públicos al frente de las instituciones que lideran este proceso de cambio es fundamental. Se entrevistó a diferentes funcionarios públicos, sus reacciones frente al ejercicio de rendición de cuentas fueron las siguientes Tabla N° 3.6: Declaraciones de Funcionarios sobre la Rendición de Cuentas Funcionario Marcos Rodríguez Gerson Martínez Carolina Ávalos Aurora Cubías Cargo Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción Ministro de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano Presidenta del Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Coordinadora de Transparencia Institucional Declaración “La rendición de cuentas debe ser una práctica habitual que debe irse mejorando” “Es la primera vez que se introduce la rendición de cuentas frente al público. Se están promoviendo iniciativas que se institucionalicen y que no se “estanquen” es una práctica que debe crecer y mejorarse” “Las limitantes para implementar rendición de cuentas: la desfachatez de los políticos, la burocracia, la limitación de sistemas administrativos obsoletos, las normativas que ponen corsé, los diques al acceso a la información pública, la ausencia de cultura democrática en el servidor público. Se necesita una quimioterapia mental, lo segundo es una ley de partidos políticos” “Política de transparencia sentó las bases al interior de la institución para cambiar la percepción institucional que nos obliga a dar respuesta a la ciudadanía y tener a disposición de ellos” “El ejercicio de rendición de cuentas es pensado desde la SSTA, como una política permanente y la necesidad de institucionalizar estos procesos” “(…) la mayoría de funcionarios sigue pensando la rendición de cuentas en términos de resumen de labores” “Es necesario un marco normativo que regule los procesos de rendición de cuentas, la necesidad de una regulación de cumplimiento” “Sin transparencia no se detecta la corrupción” Marcel Orestes Posada Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental “El Tribunal de Ética Gubernamental, la Corte de Cuentas y la Dirección de Probidad son instituciones complementarias, se debe lanzar una lucha común” El liderazgo político comprometido es fundamental en los procesos de transformación en una sociedad, El Salvador está siendo testigo de un cambio de paradigma en el cual la transparencia desplaza a la opacidad de forma paulatina, en este sentido es necesario tejer las sinergias a en todos los niveles del Estado a fin de consolidar la transición hacia una sociedad salvadoreña más democrática. 4. Gestión El debido cumplimiento de los compromisos es un elemento a considerar en toda rendición de cuentas sometida al control ciudadano, por este motivo el informe devela los compromisos adquiridos en el discurso político y las decisiones aplicadas por los funcionarios, a fin de analizar el cumplimiento de la gestión en las instituciones del Órgano Ejecutivo. 4.1 Compromisos Los compromisos adquiridos con la ciudadanía por parte de los funcionarios públicos, son representados institucionalmente a través del Plan de Labores de las diferentes entidades de gobierno. Por esta razón se solicito a las instituciones que componen la muestra de análisis, el Informe de su respectivo Plan de Trabajo, con el propósito de rastrear sus compromisos. “El presupuesto de Egresos del Sector Público No Financiero, comprenderá la integración de todos los gastos que se proyectan para un ejercicio fiscal y su sustentación presupuestaria a nivel institucional deberá justificarse en Planes de Trabajo que compatibilicen propósitos con recursos”112 El primero de junio de 2011 el Presidente de la República Mauricio Funes, presentó su segundo discurso de Rendición de Cuentas ante los Diputados de la Asamblea Legislativa, en el cual expuso sus principales compromisos para el tercer año de mandato (2011-2012) COMPROMISOS – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Área Política y Democracia Economía 112 Compromiso Convocatoria a un diálogo nacional por la productividad y la paz social, con el objetivo de elaborar en -el marco de la Asociación para el Crecimiento-un plan de acción integral para superar los obstáculos que, según el Presidente, impiden el desarrollo: la inseguridad, la violencia y la baja productiva de la economía. Inicio delproceso para que las hermanas y hermanos lejanos puedan votar y elegir al próximo presidente de la República en 2014. Implementación del primer proyecto bajo el esquema del asocio público-privado, en el marco de la iniciativa Bridge impulsada por el gobierno de los Estados Unidos, refiriéndose a la modernización y ampliación del Aeropuerto Internacional de El Salvador, cuya inversión será del orden de los 105 millones de dólares. Aumentar en 1,000 más el número de efectivos policiales y ampliar la presencia territorial de las fuerzas combinadas de PNC y Fuerza Armada en todo el país, mediante un nuevo plan de flexibilización. La creación de una comisión evaluadora para darle seguimiento a los casos que lleva la Fiscalía. Esta comisión estaría integrada por el Secretario de Asuntos Estratégicos, el Fiscal Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado. Art. 38 Seguridad Pública y Justicia General de la República, el Ministro de Justicia y Seguridad, el Ministro de Defensa, el director 113 de la PNC y un cuerpo técnico de 15 fiscales especializados . La puesta en marcha del Servicio Militar Obligatorio de Protección Civil. Integrar para su protección a 5,000 jóvenes en riesgo de ingresar a las pandillas. Durante 6 meses recibirán orientación para rehabilitación a través de adiestramiento militar sin armas y formación vocacional para generar un cambio de conducta y facilitar su inserción a la vida productiva del país. Así también se les dará entrenamiento en tareas de protección civil, sirviendo de apoyo en labores de prevención y mitigación de riesgos. La puesta en marcha del nuevo 911 y el sistema de monitoreo y video-vigilancia en las calles del centro de San Salvador. Habilitar a la brevedad posible el recién finalizado penal de máxima seguridad de Zacatecoluca y terminar de construir en julo 2011 el nuevo penal de Izalco. El inicio de funcionesde dos granjas penitenciarias para la rehabilitación y reinserción de privados de libertad. Uno de estos centros estará en Santa Ana, destinados a internos masculinos. El segundo proyecto estará situado en Izalco y se destinará a mujeres privadas de libertad, en particular madres que viven con sus hijos en prisión. COMPROMISOS – FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL Área Objetivo estratégico Objetivo estratégico Prioridades en Asignación de Recursos Prioridades en Asignación de Recursos Prioridades en Asignación de Recursos Plan Operativo Anual Compromiso “Brindar servicios integrales de salud y las correspondientes prestaciones económicas con trato humano y calidad, que satisfagan las necesidades de la población derechohabiente”. “Contar con una organización integral, funcional y eficiente que responda al cumplimiento de la visión institucional”. “Alcanzar la eficiencia y eficacia funcional en todo el proceso de Abastecimiento, que garantice la satisfacción de los derechohabientes”. “Contar con un sistema participativo de evaluación que garantice la transparencia en la gestión a través del aporte de los y las ciudadanas.” Fuente Plan Anual de Trabajo Plan Anual de Trabajo Plan Anual de Trabajo Plan Anual de Trabajo COMPROMISOS – MINISTERIO DE ECONOMÍA Área Objetivo estratégico 113 Fuente Plan Operativo Anual COMPROMISOS – INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL Área Prioridades en Asignación de Recursos Compromiso “Desarrollar estrategias de reducción de la pobreza, bajo una perspectiva de procesos de desarrollo local” “Promover la transformación y adaptabilidad institucional que asegure la calidad, transparencia y sostenibilidad de los procesos” Compromiso “Fortalecer las capacidades productivas nacionales para acelerar el crecimiento económico; mejorar la distribución del ingreso; aumentar el ahorro y la inversión; y generar más y mejores empleos, dando especial énfasis a la micro y pequeña empresa” Fuente Plan de trabajo institucional El objetivo de esta comisión será agilizar las investigaciones y coordinar esfuerzos para facilitar la aplicación de la justicia de manera más expedita. Además, esta comisión tendrá especial relevancia para la aplicación de la ley de Proscripción de Pandillas. Objetivo estratégico Objetivo estratégico Objetivo estratégico Plan de trabajo institucional Plan de trabajo institucional Plan de trabajo institucional COMPROMISOS – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Área Política de educación Política Nacional de Educación y Desarrollo Integral de la primera infancia Política de Ciencia y Tecnología Política de educación física, deporte y recreación. Nacional de Juventud. Desarrollo Cultural “Contribuir a la creación de un entorno económico más favorable para el desarrollo y la competitividad empresarial, asegurando un marco legal moderno, transparente, adecuado a la realidad nacional y a las nuevas tendencias de la economía internacional” “Acelerar y profundizar la integración económica regional, como plataforma para una inserción más ventajosa de nuestros sectores productivos en la economía internacional, reconociendo que nuestra condición de economía pequeña y abierta exige de un sector externo fuerte y competitivo “Consolidar y ampliar el proceso de apertura comercial, como mecanismo de acceso a más y mejores mercados para la promoción de nuestras exportaciones y para la atracción de inversión extranjera directa” Compromiso “Dignificación y desarrollo profesional del profesorado y directivos docentes” “Currículo pertinente y aprendizajes significativos” “Equidad en el acceso y permanencia en el sistema educativo” “Formación permanente para la población joven y adulta” “Fortalecimiento a la educación superior” “Desarrollo integral de la primera infancia” Fuente Plan Estratégico Educativo Nacional “Investigación, ciencia y tecnología integradas a la educación” “Fortalecimiento de la educación física, deporte, recreación y ciudadanía en el sistema educativo” Plan Estratégico Educativo Nacional Plan Estratégico Educativo Nacional Plan Estratégico Educativo Nacional COMPROMISOS –MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Área Objetivo Objetivo Objetivo Compromiso “Consolidar las bases para la reorganización del primer nivel de atención, bajo el marco de un modelo de provisión centrado en la salud familiar integral” “Iniciar la construcción del nuevo Hospital Nacional de Maternidad para coadyuvar al logro de uno de los objetivos centrales de desarrollo del milenio” “Disminuir la mortalidad materna y mejorar la salud de la mujer” Fuente Plan Operativo Anual Plan Operativo Anual Plan Operativo Anual COMPROMISOS – MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Área Dirección General de Trabajo Dirección General de Trabajo Dirección General de Trabajo Dirección General de Inspección de Trabajo Dirección General de Inspección de Trabajo Dirección General de Inspección de Trabajo Dirección General de Inspección de Trabajo Dirección General de Inspección de Trabajo Dirección General de Inspección de Trabajo Dirección General de Inspección de Trabajo Compromiso “Promover acciones de diálogo entre los sujetos de la relación laboral” “Apoyar la libre sindicalización que contribuya a los procesos de diálogo social” “Impulsar acciones que promuevan el cumplimiento de los derechos laborales” “Mejora de los procesos institucionales” Fuente Plan Operativo Anual 2011 “Institucionalizar la perspectiva de género en el quehacer de todas las dependencias del Ministerio de Trabajo y Previsión Social” “Integrar los procesos de inspección de trabajo y de seguridad y salud ocupacional” Plan Operativo Anual 2011 “Gestión de Recursos Humanos en competencias, forma de contratación y capacitación” “Priorizar el uso de recursos en función de una aplicación eficiente del presupuesto” Plan Operativo Anual 2011 “Fortalecer y ampliar relaciones estratégicas de cooperación nacional e internacional que concreticen y acompañen las acciones y procesos que emanan de los objetivos estratégicos” “Formulación e impulso de la propuesta de la legislación laboral (LOFSTPS, Código de Trabajo, Reglamentos de Seguridad e Higiene Ocupacional, código de ética de inspección de trabajo, entre otras) y armonizarlas con los convenios de la OIT y Normas Internacionales” Plan Operativo Anual 2011 Plan Operativo Anual 2011 Plan Operativo Anual 2011 Plan Operativo Anual 2011 Plan Operativo Anual 2011 Plan Operativo Anual 2011 Plan Operativo Anual 2011 COMPROMISOS – MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE, VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO Área Objetivo estratégico Objetivo estratégico Objetivo estratégico Compromiso “Desarrollar al país en los ámbitos de infraestructura, transporte, vivienda y desarrollo urbano, ejerciendo efectiva, eficiente y articuladamente el papel rector, normativo y gestor del ramo Ministerio de Obras Públicas” “Alcanzar altos y sostenidos niveles de inversión, que se conviertan en generadores de empleo y contribuyan a solventar las necesidades estratégicas del desarrollo, las cuales están soportadas en sólidas capacidades institucionales, macro integradoras de las potencialidades del país y de la inversión internacional” “Desarrollar y consolidar un modelo organizacional y de gestión orientado a resultados de calidad, en función del bienestar Fuente Plan Estratégico Institucional (2009 – 2014) Plan Estratégico Institucional (2009 – 2014) Plan Estratégico Institucional (2009 – 2014) Objetivo estratégico Objetivo estratégico Objetivo estratégico de la población, impulsado por un liderazgo democrático, una gerencia altamente efectiva, el trabajo en equipo y la capacidad para gestionar el conocimiento, el talento humano y la innovación “Desarrollar la conectividad y la infraestructura del país desde una perspectiva regional para facilitar la movilidad, potenciar la competitividad y desarrollo sustentable y seguro” “Lograr como ente rector del sector, el desarrollo y ordenamiento territorial, y la disminución del déficit cuantitativo y cualitativo de vivienda” “Desarrollar un nuevo sistema de transporte público moderno, seguro, accesible, funcional, eficiente y amigable con el medio ambiente y un efectivo sistema de seguridad vial que reduzca la cifra de fallecidos y los accidentes de tránsito” Plan Estratégico Institucional (2009 – 2014) Plan Estratégico Institucional (2009 – 2014) Plan Estratégico Institucional (2009 – 2014) El Plan Operativo Anual, el detalle del presupuesto asignado así como la memoria de labores de cada institución de gobierno, son tres documentos base de apoyo al ciudadano de cara a ejercer el control social sobre el cumplimiento de las funciones públicas. De tal manera que con el plan operativo se puede determinar qué es lo que pretende realizar en el año, y cómo lo hará; con el presupuesto asignado se puede conocer con qué recursos se echará a andar dicho plan, es decir, cuánto costará su ejecución; y, finalmente, con la memoria de labores se puede determinar cuánto de lo propuesto se ha logrado o cuanto de lo ha avanzado es la consecución de los objetivos establecidos. 4.2 Decisiones y Resultados Las decisiones y políticas ejecutadas por las instituciones que conforman el gobierno central se encuentran supeditadas a los lineamientos estratégicos del Plan Quinquenal de Desarrollo y los Planes Operativos de cada una de las carteras que componen el Órgano Ejecutivo. A continuación se detallan los resultados más relevantes de la gestión114 de cada una de las instituciones que constituyen la muestra de análisis de este informe. DECISIONES Y RESULTADOS – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Valoración Negativa 114 Decisión Rechazo de las ternas para el Instituto de Acceso a la Información (IAIP) Descripción El 11 de mayo de 2012se conoció la decisión del Presidente de la República en la que rechazó todas las ternas de los comisionados para el IAIP, con el argumento que los candidatos propuestos no llenan el requisito de idoneidad. El Presidente de la República se limitó a decir que los candidatos a Comisionados propietarios y suplentes al Instituto de Acceso a la Información Pública propuestos “no resultan idóneos para el desempeño de tan importante función” y que “dada Debido a que la investigación se realiza en el marco de la presentación de las audiencias públicas de rendición de cuentas del año 2011. El análisis se concentra en los resultados del informe de rendición de cuentas (2010 – 2011) Negativa Nombramiento de un Militar en situación de retiro como Ministro de Seguridad Pública Positivo Gobierno “facilita” la negociación entre cabecillas pandilleros y representantes de la Iglesia Católica Positivo Presidente Mauricio Funes pide perdón por Masacre del Mozote Positivo Sanción de la Ley de Medicamentos la importancia del Instituto mencionado, el suscrito [Presidente] considera que las personas que deben conformarlo, deben cumplir con un perfil que armonice con la responsabilidad que conlleva el estar al frente de dicho organismo”. http://www.transparenciaelsalvador.org/index.php/noticias/109-documentos-porlos-cuales-presidente-desestimo-las-ternas-al-iaip.html El 23 de noviembre de 2011. Después de un período de dos semanas de acefalía, el presidente de la República juramentó al ex ministro de Defensa David Munguía Payés como ministro de Seguridad Pública. Un militar de carrera volvió a tomar las riendas de la seguridad pública de El Salvador después de 19 años de ser conducida por funcionarios civiles. La polémica se abrió debido a que una de las grandes conquistas de los Acuerdos de Paz fue la separación de funciones de Seguridad Pública y Defensa Nacional a organismos distintos. http://www.elfaro.net/es/201111/noticias/6648/ 28 de marzo de 2012 El presidente ofreció una conferencia de prensa en la que desmarcó al gobierno de una negociación con pandillas. Aseguró que ya conocían del trabajo que hacía la iglesia, a través del obispo castrense Fabio Colindres, por lo que se autorizó el ingreso de los mediadores al penal de máxima seguridad en Zacatecoluca. “Monseñor mantuvo informando permanentemente al señor ministro (de Seguridad, David Munguía Payés) sobre los avances de estas pláticas”. Sin embargo, el Presidente aseguró que, por su naturaleza, los planes de seguridad del gobierno no son debatibles públicamente., dijo. El presidente Funes aseguró que estas conversaciones no fueron encomendadas por el gobierno, pero sí debía tener conocimientos de las mismas. “El gobierno no ha participado en ninguna negociación. Esto fue una iniciativa de la iglesia católica”. El único papel que dentro de este proceso ha tenido el gobierno, aseguró el Presidente, ha sido de “facilitador”. Pero a pesar de no ser una iniciativa del Presidente Mauricio Funes, consideró que la tregua entre los grupos criminales había contribuido a la reducción de homicidios y llamó a todas las fuerzas vivas del país (social, política, económica) para tomar un acuerdo nacional que contribuya a dar atención inmediata del problema de exclusión social, falta de empleo para juventud, especialmente las zonas de mayores necesidades económicas, donde operan las pandillas: “Propongo que este acuerdo nacional inicie con la atención inmediata de un problema social que está a la base del accionar de las pandillas, que es la exclusión social, la falta de educación, fuentes de trabajo, acceso a la educación que afecta a la zona rural que es de donde se nutren las pandillas”. http://www.laprensagrafica.com/el-salvador/judicial/255701-funes-el-gobiernosolo-ha-sido-un-facilitador-entre-iglesia-y-pandillas.html 16 de enero de 2012. El mandatario pidió perdón en su atribución de Jefe de Estado, por la Masacre del Mozote, y como comandante general de la Fuerza Armada de El Salvador resolvió instruir la revisión de la interpretación del informe de la Comisión de la Verdad. Además, anunció una serie de medidas de reparación moral y económica que el Gobierno pondrá en marcha a favor de los familiares de las víctimas de la masacre de El Mozote “Como jefe de Estado, como presidente constitucional de la República, reconozco que en cantones El Mozote, El Pinalito, Ranchería, Los Toriles, Jocote Amarillo, Cerro Pando, La Joya y Cerro Ortiz, días y noches de 10,11, 12 y 13 de diciembre de 1981 tropas de infantería del Batallón Cuscatlán asesinaron a cerca de un millar de personas. En nombre del Estado pido perdón por esa masacre y por aberrantes violaciones a derechos humanos y abusos perpetrados”, expresó el presidente Mauricio Funes, durante su discurso pronunciado durante el acto de conmemoración del vigésimo aniversario de los Acuerdos de Paz, en el cantón El Mozote, en Meanguera, Morazán. http://www.laprensagrafica.com/el-salvador/politica/243467-funes-pide-perdonpor-masacre-el-mozote-y-anuncia-medidas-de-reparacion.html 02 de marzo de 2012 El mandatario de la República, Mauricio Funes sancionó la Ley de Medicamentos que la Asamblea Legislativa aprobó y aprovechó para recordar que la normativa fue propuesta por su administración recién asumió la Positivo Positivo Presidencia. La Ley fue publicada en el Diario Oficial con fecha de 2 de marzo de 2012 y entró en vigor 30 días después de su publicación. “Fue nuestra primera gran propuesta legislativa presentada a consideración de los legisladores porque estábamos conscientes de que era una de las necesidades más apremiantes del país, en aras de mejorar la salud de nuestro pueblo”, dijo Funes en su discurso. Añadió que “los salvadoreños compramos medicamentos de marca a un precio que es 52 veces el precio de referencia internacional”. “Este es el tipo de prácticas abusivas que no solo permitieron, sino que impulsaron y perpetuaron los que hoy se rasgan las vestiduras y dicen defender la libertad de mercado y la libre competencia, y se oponen a estas reformas que barren los privilegios que ellos ampararon”. http://www.laprensagrafica.com/el-salvador/politica/251584--funes-sanciona-lanueva-ley-de-medicamentos.html Rendición de La SSTA coordinó y facilitó los ejercicios de rendición de cuentas por parte de las Cuentas instituciones del Órgano Ejecutivo, se implementó la LAIP, creando una red interinstitucional en el Ejecutivo, talleres de formación de servidores públicos y estandarización de sitios web Fortalecimiento La Subsecretaría de Desarrollo Territorial ha realizado acciones concretas con el fin de Gobiernos de impulsar el Proyecto de Fortalecimiento de los Gobiernos Locales. Se construyó Locales y Avances una Propuesta Política y Estrategia Nacional de Descentralización y en el desarrollo Desconcentración del Estado. territorial y descentralización Cabe destacar que si bien han existido avances en el cumplimiento de los compromisos políticos adquiridos por el presidente de la República, en aquellos aspectos negativos que detalla el cuadro anterior se ha retrocedido significativamente en las conquistas por fortalecer el Estado democrático de derecho. CUADRO COMPARATIVO COMPROMISOS Y RESULTADOS – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Área de Gobierno Política /Democracia Compromiso/ Anuncios Informe de Rendición de Cuentas 2011 Convocatoria a un diálogo nacional por la productividad y la paz social, con el objetivo de elaborar en -el marco de la Asociación para el Crecimiento-un plan de acción integral para superar los obstáculos que, según el Presidente, impiden el desarrollo: la inseguridad, la violencia y la baja productiva de la economía. Inicio delproceso para que las hermanas y hermanos lejanos puedan votar y elegir al próximo presidente de la República en 2014. Logros Informe de Rendición de Cuentas 2012 Creación y funcionamiento del Consejo para el Crecimiento, que se formó como parte de los acuerdos contenidos en el Asocio para el Crecimiento firmado con los EUA. Anunció que en próximos días presentaría a la Asamblea Legislativa el anteproyecto de Ley especial para el ejercicio del voto desde el exterior en elecciones presidenciales, el cual tenía como base un documento técnico, elaborado con el apoyo del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), basado en más de 4mil entrevistas realizadas con salvadoreños en el exterior y el estudio de experiencias internacionales en esta materia. Economía Implementación del primer proyecto bajo el esquema del asocio público-privado, en el marco de la iniciativa Bridge impulsada por el gobierno de los Estados Unidos, refiriéndose a la modernización y ampliación del Aeropuerto Internacional de El Salvador, cuya inversión será del orden de los 105 millones de dólares. Generar el plan de acción integral para superar la baja productiva de la economía Aumentar en 1,000 más el número de efectivos policiales y ampliar la presencia territorial de las fuerzas combinadas de PNC y Fuerza Armada en todo el país, mediante un nuevo plan de flexibilización. Justicia y Seguridad Pública 115 Habló de la concesión del Puerto de La Unión; la modernización del Aeropuerto Internacional; la construcción del primer tramo del nuevo Sistema de Transporte Metropolitano y el proyecto Fomilenio II a desarrollarse en la zona costero-marina, como obras que iban a concretarse en el futuro próximo. Así también enumeró los siguientes logros, aunque no tuvieron mención en la rendición de cuenta del 2011 como compromisos: Con el Plan de Agricultura Familiar, dejó un incremento de 6 millones de quintales de granos básicos, equivalente a algo más de un tercio de la producción nacional. La puesta en funcionamiento del Banco Nacional de Desarrollo (BANDESAL). El Banco de Fomento Agropecuario otorgó 26,500 créditos por 30.5 millones de dólares en 2011 y en 2012 espera superar los 30 mil créditos. Manifestó: “Hemos revertido la crisis económica y la economía está creciendo aunque a niveles aún insuficientes; el déficit fiscal lo hemos reducido del 6,3 al 4% y a estas alturas hemos recuperado todos los empleos perdidos y se han generado cerca de 23 mil más.” Y también mencionó que: “la confección de uniformes y calzado que se entregan a más de 1.3 millones de estudiantes ha generado 40,000 empleos directos e indirectos en 2010 y 53,000 en 2011.” En tres años dijo haber fortalecido el sistema de persecución y represión del delito con: formación más sólida de nuevos agentes policiales; procesos de depuración interna de la Policía y los centros penales, esencialmente; inclusión de la Fuerza Armada en colaboración con la PNC en tareas de seguridad pública; mejoramiento de los ingresos y condiciones de trabajo de los efectivos que integran nuestra fuerza de seguridad pública; Manifestó también “Se ha constituido una unidad antipandillas y se ha integrado la labor de las inteligencias de los diversos organismos del Estado vinculados a la Seguridad.” La creación de una comisión evaluadora para darle No hubo mención seguimiento a los casos que lleva la Fiscalía. Esta comisión estaría integrada por el Secretario de Asuntos Estratégicos, el Fiscal General de la República, el Ministro de Justicia y Seguridad, el Ministro de Defensa, el director de la PNC y un cuerpo técnico de 15 fiscales especializados115. El objetivo de esta comisión será agilizar las investigaciones y coordinar esfuerzos para facilitar la aplicación de la justicia de manera más expedita. Además, esta comisión tendrá especial relevancia para la aplicación de la ley de Proscripción de Pandillas. La puesta en marcha del Servicio Militar Obligatorio de Protección Civil. Integrar para su protección a 5,000 jóvenes en riesgo de ingresar a las pandillas. Durante 6 meses recibirán orientación para rehabilitación a través de adiestramiento militar sin armas y formación vocacional para generar un cambio de conducta y facilitar su inserción a la vida productiva del país. Así también se les dará entrenamiento en tareas de protección civil, sirviendo de apoyo en labores de prevención y mitigación de riesgos. La puesta en marcha del nuevo 911 y el sistema de monitoreo y video-vigilancia en las calles del centro de San Salvador. No hubo mención Equipamiento en materia de comunicaciones y vehículos; modernización del sistema 911 y la puesta en funcionamiento de cámaras de vigilancia en el área metropolitana de San Salvador: “Las cifras son tan importantes –se ha pasado de un promedio de 14 homicidios diarios a 5- que la experiencia que vivimos ha despertado el interés de la comunidad internacional. La OEA considera, por ejemplo, que estamos ante una oportunidad histórica para recuperar una sociedad lesionada por la violencia y el delito.” Habilitar a la brevedad posible el recién finalizado No hubo mención específica solamente dijo que había penal de máxima seguridad de Zacatecoluca y fortalecido, entre otras cosas, a los centros penales. terminar de construir en julo 2011 el nuevo penal de Izalco. El inicio de funcionesde dos granjas penitenciarias No hubo mención para la rehabilitación y reinserción de privados de libertad. Uno de estos centros estará en Santa Ana, destinados a internos masculinos. El segundo proyecto estará situado en Izalco y se destinará a mujeres privadas de libertad, en particular madres que viven con sus hijos en prisión. No hizo mención de compromisos en el área social Social A pesar que no realizó compromisos concretos en la rendición de cuentas 2011 para el área social, para el año 2012 sí presentó los logros en materia social de manera detallada y destacada: Salud: En menos de 2 años se pusieron en funcionamiento 450 Equipos Comunitarios de Salud –los ECOS- que atienden a 1 millón 650 mil salvadoreños en 153 municipios, en especial en las zonas más alejadas. En materia de infraestructura, se pasó de 377 unidades de salud existentes a junio de 2009 a 624. Se terminó la construcción de los hospitales que habían sido dañados por los terremotos de 2001, en San Vicente, Zacatecoluca, Usulután y San Miguel, que administraciones anteriores dejaron inconclusos. Se contrataron a 2,576 nuevos profesionales de la salud, y se invierten 40 millones de dólares cada año en la compra de medicamentos, frente a los 27 millones que destinaban en el pasado. Se redujo en un 34% el desabastecimiento de medicamentos en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social “y ahora el déficit es ínfimo” aseguró el Presidente. Para atender esta nueva realidad de la Salud Pública nacional, el presupuesto del Ministerio de Salud ha pasado de los 399 millones de dólares de 2008 a 586 millones en el año 2012. Programas sociales en 2008 la inversión en programas sociales dirigidos a poblaciones vulnerables era de 35.4 millones de dólares; en 2010 se elevó a 158.9 millones y en 2011 a 170.3 millones La confección de uniformes y calzado que se entregan a más de 1.3 millones de estudiantes ha generado 40,000 empleos directos e indirectos en 2010 y 53,000 en 2011. El FISDL comenzó en 2009 destinando 25.8 millones de dólares en obras de infraestructura e introducción de servicios básicos. Tres años después ha invertido 127 millones en trabajos de conectividad de agua potable, electricidad, de infraestructura sanitaria, educativa y vial. Los trabajos hechos por ANDA han permitido que ahora la cobertura de agua potable en la zona urbana sea del 90. Con el propósito de presentar hallazgos completos y representativos de la gestión del Órgano Ejecutivo, y dada la complejidad y número de instituciones que componen a el mismo, se detalla a continuación los resultados de la gestión de las instituciones que forman parte de la muestra de análisis del informe para el período 2011 – 2012. RESULTADOS – FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL Resultados $101. 25 millones de dólares invertidos en programas sociales 95, 360 familias beneficiarias de bonos de salud y educación 99% en cumplimiento de corresponsabilidades 94,000 madres y padres capacitados 100 comités municipales de coordinación trabajando 15,300 personas adultas mayores beneficiadas en 32 municipios de Pobreza Extrema Severa y 21 Pobreza Extrema Alta 453 proyectos de infraestructura social básica 41 proyectos de insumos agropecuarios, equipo y herramienta agrícola, papelería y equipo informático para Escuelas de Campo en 6 municipios del Programa 31 proyectos de asistencia técnica en 13 municipios del Programa 31, 646 participantes del programa de apoyo temporal al ingreso en 36 municipios urbanos, de éstos, el 70% de los participantes son mujeres y más del 30% jóvenes RESULTADOS – INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL Resultados Los servicios hospitalarios han mantenido la tendencia, con un crecimiento aproximado del 3% Incremento de recetas despachadas y servicios de apoyo 270 enfermeras fueron capacitadas en puestos de jefatura, supervisoras y coordinadoras a escala nacional 45 anestesiólogos, 35 médicos residentes y 220 enfermeras fueron capacitados Se atendieron un total de 356, 318 pacientes en un promedio de 52 minutos cada uno Se incorporaron 20 nuevas clínicas al sistema de atención de salud empresarial con el objetivo de acercar las prestaciones de salud a los cotizantes Fortalecimiento de diálisis y hemodiálisis; nueva unidad de endoscopía en Gastroenterología; Apertura de Unidad Médica de Santa Ana 99.49% de suministro de medicamentos y adjudicación oportuna de licitaciones; 20.9 millones de recetas despachadas Apertura de Oficina de Información y Respuesta RESULTADOS – MINISTERIO DE ECONOMÍA Resultados Las exportaciones FOB totales del país ascendieron $5,281 millones, con Estados Unidos como principal destino Precios internacionales del petróleo y sus derivados mostraron tendencia al alza, impactando los precios locales Aprobación por parte de la Organización Mundial del Comercio, de una prórroga para el 2012 del Esquema de Zonas Francas Instalación oficial del comité del Sistema Integral de Fomento de la Producción Instalación de 16 nuevas inversiones (nacionales y extranjeras) que han generado 1,660 nuevos empleos directos e inversiones iniciales de $10 millones Creación de la ventanilla única virtual www.miempresa.gob.sv que ha reducido de 5 a 1 los formularios para la creación de empresas individuales Se han formalizado 2,513 empresas y se han generado 2,503 empleos formales Aprobación de la Ley del Sistema Salvadoreño para la Calidad y la creación del Concejo Nacional para la Calidad Se han fortalecido las capacidades de 1,201 representantes empresariales para el mejoramiento de procesos de calidad, productividad, inocuidad alimentaria, calidad de servicio al cliente Capacitación de 350 empresas del sector turismo y 175 empresas del sector de alimentos y bebidas RESULTADOS – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Resultados Se brindó atención y orientación a 90 estudiantes en busca de ayuda financiera para realizar o continuar estudios de Educación Superior, así como se efectuaron gestiones con diversas instituciones El departamento de Estudios Académicos atendió más de 190 solicitudes de IES relacionadas con autorización de: actualizaciones de planes de estudio, carreras nuevas, creación de IES nuevas Se autorizó la creación de la Nueva Institución de Educación Superior de carácter privado en el oriente del país: “Instituto Tecnológico Padre Segundo Montes” Se otorgaron 14 becas bajo el Subprograma Señor Presidente a los estudiantes con la más alta nota en la PAES 2011 17, 357 estudiantes con necesidades educativas especiales, asociadas o no a discapacidad (ciegos, sordos, parálisis cerebral, discapacidad intelectual, problemas de aprendizaje) y 1,350 docentes que les atienden recibieron asistencia técnica personalizada favoreciendo la práctica pedagógica y el desarrollo de aprendizaje en el estudiantado con una inversión de $475,000 2,123 estudiantes atendido en aulas de educación acelerada a nivel nacional; 2,548 estudiantes recibieron refuerzo académico y 1,611 estudiantes aplicaron a la prueba de suficiencia Se han efectuado transferencia de fondos por un total de $226, 425.00 a 13 centros educativos para mejorar la calidad de la educación incorporando la salud, la nutrición y la protección de derechos Plan “Vaso de leche” se ha beneficiado a 246,072 estudiantes de 520 centros educativos de 46 municipios de diferentes departamentos. Se han mejorado las condiciones de nutrición, aprendizaje y permanencia en los centros educativos Declaración de 6 municipios libres de analfabetismo. Alfabetizando a un 96% de la población de estos municipios Se disminuyeron las causas de ausentismo y deserción al entregar 7,032 lentes a personas asociadas a los círculos de alfabetización y continuidad educativa. RESULTADOS – MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Resultados Reducción de la mortalidad materna de 71.2 por 100, 000 nacidos vivos en el año 2006 a 50.8 por 100,000 nacidos vivos en el 2011 Aumento en la distribución de la inversión en salud de 1,9% en 2008 a un 2.4% en 2011 Instalación de 450 Equipos Comunitarios de Salud Familiar y Especializados (ECOS) en 153 municipios Finalización en la reconstrucción del Hospital de Zacatecoluca y mejoramiento del Hospital de Chalchuapa Se inició la construcción del Hospital de Maternidad Ley de Medicamentos Fortalecimiento de la participación social a través del Foro Nacional de Salud Se elaboraron nuevas 6 políticas de salud, se revisaron y actualizaron más de sesenta instrumentos técnicos jurídicos Creación del Instituto Nacional de Salud RESULTADOS – MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL116 Resultados Se le dio un fuerte impulso al Sistema de Intermediación Laboral con la creación, instalación y equipamiento de 19 bolsas de empleo a nivel local, adicionales a las existentes Se lograron colocar un total de 8,307 personas por medio Sistema de Intermediación Laboral. Además de las 4,867 personas colocadas. Se realizaron 23 ferias de empleos, logrando colocar un total de 2,530 personas. Se realizo la 1ra Feria de empleo juvenil, alcanzando colocar a 910 jóvenes Se realizaron 26 ferias de autoempleo, beneficiando a más de 300 emprendedores, cuadriplicando la cantidad realizada en el período 2009 – 2010 Recuperación , reconstrucción, restauración y fortalecimiento de los Centros Obreros, obteniendo como resultado el ingreso de 241,869 visitantes, de los cuales 126,073 son hombres y 115,796 mujeres Se efectuaron 1,139 capacitaciones en materia de Seguridad e Higiene Ocupacional a nivel nacional, cubriendo un total de 12,900 personas: 8,162 hombres y 4,738 mujeres Se recibieron 6,553 solicitudes de intervención conciliatoria para la atención de conflictos individuales de trabajo, logrando el pago de $1,187,327.28 Se negociaron 43 contratos colectivos de trabajo que han mejorado las condiciones de trabajadores y trabajadoras RESULTADOS – MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE, VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO Resultados Inicio de la ejecución de una inversión neta MOP-FOVIAL de $76,9 millones orientada hacia la construcción de nueva infraestructura y rehabilitación de la existente Se preparó desde el MOP la pre inversión de 49 nuevos proyectos, que representarán $73.2 millones adicionales Se puso en ejecución una estrategia general de mitigación, protección y adaptación de la infraestructura social y productiva en relación al cambio climático Se han inspeccionado 442 cárcavas en el territorio nacional, de las cuales más de un centenar constituía un grave riesgo para las comunidades Actualmente el MOP trabaja en 167 sectores susceptibles a deslizamientos, y a fin de año estarán construidas obras estructurales y de mitigación de 311 cárcavas Se está por concluir la infraestructura de protección a la ciudad de San Vicente en el Río Acahuapa, con una inversión de $1,6 millones Se ha dado mantenimiento a 536,42 kilómetros de vías nacionales a través de la Dirección de Mantenimiento Vial. El FOVIAL realizó sus trabajos de mantenimiento de 3350 kilómetros de red vial pavimentada y 3194 kilómetros para la red vial no pavimentada La intervención MOP – FOVIAL para dar mantenimiento a 7080.42 kilómetros representó una inversión financiera consolidada de $68.9 millones de dólares Fueron construidos 77 kilómetros de nuevas carreteras, con una inversión de $66,4 millones Entre el mes de junio de 2010 y mayo 2011, el MOP realizó la instalación de catorce puentes modulares en estructuras de concreto que han permitido asegurar la conectividad vial. 116 No se encontró a disposición la memoria de labores 2011 – 2012 desde el Sitio web del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Se elaboro a través de documentación solicitada a OIR 5. Presupuesto 5.1 Publicación y divulgación La rendición de cuentas en sentido amplio no se limita meramente a la exposición de la memoria de labores por parte de los funcionarios al frente de las instituciones del gobierno central, por el contrario, implica el involucramiento ciudadano como ente fiscalizador de la ejecución de los fondos públicos por parte de dichas entidades. Por esta razón, la importancia de contemplar en el acceso a la información pública la divulgación de toda aquella información referida al presupuesto asignado a cada institución del Estado, incluyendo todas las partidas, rubros y montos que lo conforman, así como los presupuestos por proyectos.117 Tabla 3.7: SEGUIMIENTO DE PUBLICACIÓN WEB DEL DETALLE PRESUPUESTARIO – EJERCICIO FISCAL 2012 Institución118 Presidencia de la República Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Instituto Salvadoreño del Seguro Social Ministerio de Economía Ministerio de Educación Ministerio de Salud Pública Ministerio de Trabajo y Previsión Social Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano Publicación SI SI SI SI SI SI SI SI Total 112,970, 210 US$ 112,566,045 US$ 411,014,425 US$ 93,763,745 US$ 827,710,740 US$ 522,606,110 US$ 13,259,115 US$ 225,868,325 US$ Fuente: Elaboración propia. Datos de Sitio web institucional El detalle presupuestario se encuentra estructurado en la mayoría de los casos de la siguiente manera: A- Marco Institucional -Política -Prioridades en la Asignación de Recursos -Objetivos B- Asignación de Recursos -Destino del gasto por fuente de financiamiento -Clasificación Económica Institucional por Área de Gestión -Relación Propósitos con Recursos Asignados -Asignación Presupuestaria por Rubro de Agrupación, Fuente de Financiamiento y Destino económico -Listado de Proyectos de Inversión Pública C- Clasificación de plazas -Estratificación de plazas a tiempo completo -Clasificación del Personal por actividad a tiempo completo 117 118 Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 10, numeral 4. Muestra de análisis de la Investigación Es necesario señalar que los presupuestos anuales y los resúmenes de las ejecuciones presupuestarias de las instituciones anteriormente detalladas, correspondiente al ejercicio fiscal en curso, se encuentran publicados tanto en los sitios web institucionales, como en el Informe de rendición de cuentas de cada una de las instituciones, en el Portal de Transparencia Fiscal del Ministerio de Hacienda: http://www.transparenciafiscal.gob.sv/ y en el Portal Gobierno Transparente: http://gobiernotransparente.gob.sv/ 6. Declaraciones Patrimoniales de Funcionarios Públicos La Dirección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia, como anteriormente se ha señalado, ejerce el rol como institución de control horizontal sobre el quehacer administrativo de los funcionarios públicos a nivel gubernamental en lo relacionado específicamente al manejo de los bienes y fondos públicos. Al respecto, la Ley Sobre el Enriquecimiento Ilícito de los Funcionarios Públicos exige a todo funcionario del Estado declarar la situación de su patrimonio dentro de los 60 días siguientes a su toma de posesión en cargo y en el mismo período, al cese de sus funciones119. Según la referida Ley, deben ser declarados los inmuebles, créditos a favor, depósitos bancarios, inversiones en la bolsa, deudas, salarios y gastos anuales del funcionario y de su grupo familiar. No obstante el marco jurídico data del año 1959, y requiere ser fortalecido por un cuerpo normativo robusto y actualizado. En este sentido la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales de la Asamblea Legislativa, se encuentra discutiendo actualmente un anteproyecto de Ley de Probidad, la cual ha sido presentado por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y pretende incorporar elementos tales como la obligatoriedad de la declaración de patrimonio para los funcionarios judiciales y por otro lado, el ejercicio de una verificación estricta de las declaraciones, otorgándole nuevamente a la sección de probidad atribuciones que en el año 2005, 10 magistrados de la Corte Suprema de Justicia decidieron sustraerle en lo referente a solicitar informes bancarios sobre funcionarios o ex funcionarios de quienes se sospechara enriquecimiento ilícito. Es oportuno que la Ley de Probidad integre las recomendaciones que están siendo elaboradas por diferentes sectores de la sociedad civil, una de estas organizaciones es la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho, FESPAD, que en el año 2008 presento el documento Consideraciones iníciales para una reforma al control del enriquecimiento ilícito en El Salvador, en el cual recomienda: 1. El control del enriquecimiento ilícito tiene que alcanzar al grupo familiar del funcionario y en casos especiales, a sus socios de negocios. 2. La declaraciones tienen que incluir información sobre el patrimonio y los intereses 3. Las declaraciones tienen que ser verificadas oportunamente 119 Ley Sobre el Enriquecimiento Ilícito de los Funcionarios Públicos. Art. 3 4. Las declaraciones tienen que ser públicas 5. Tiene que ampliarse el régimen de sanciones 6. Tiene que eliminarse o extender el período para la prescripción de los delitos de corrupción 7. Los bancos y empresas privadas tienen que ser obligadas a condicionar y vigilar las transacciones que hagan los funcionarios públicos 8. Los funcionarios públicos tienen que declarar o tener restricciones para el movimiento transfronterizo de capitales 9. Las instituciones tienen que colaborar en la recolección, intercambio y verificación ágil de información relacionada con las declaraciones 10. Las instituciones tienen que adoptar un sistema de alerta temprana que permita detectar conductas o transacciones sospechosas 11. Las instituciones tienen que apoyarse con investigadores o peritos que ayuden a aclarar hechos y recoger/proteger evidencias 12. Las instituciones tienen que facilitar el acceso a expertos, expedientes y bases de datos internacionales 13. Se tienen que ofrecer facilidades para que grupos organizados o ciudadanos particulares puedan hacer auditoría social al control del enriquecimiento ilícito 14. Se tiene abrir una ventanilla para recibir quejas y denuncias contra funcionarios por presunto enriquecimiento ilícito, así como ofrecer protección para las personas que las presenten 15. Una infraestructura tecnológica tiene que ser implementada para permitir a los ciudadanos relacionarse por vía electrónica con la institución encargada de controlar el enriquecimiento Es necesario que la ciudadanía se incorpore a la discusión por fortalecer las instituciones del Estado encargadas de ejercer el control sobre el manejo de los bienes y fondos públicos de los funcionarios del gobierno central. En el pasado han sido conocido casos puntuales sobre enriquecimiento ilícito por parte de ex funcionarios que amparados en una débil normativa que propicia instituciones de limitado alcance, han sorteado el peso de la justicia. No obstante la sociedad civil organizada apropiada del conocimiento de estos temas se convierte en un actor político de peso en la prevención y corrección de las prácticas que alteran la probidad del ejercicio público. IV. PROMOCIÓN DE VALORES ÉTICOS Y DEMOCRÁTICOS La consolidación de un Estado democrático de derecho requiere necesariamente del ejercicio permanente de prácticas transparentes en el desempeño de la gestión pública por parte de los funcionarios y servidores públicos. De esta manera la relación entre democracia y transparencia es concebida en términos de complementariedad, en donde cada una de las partes condiciona necesariamente la existencia de la otra. La transparencia concebida en su sentido amplio, demanda la existencia de un marco regulatorio y normativo del comportamiento de la ética y probidad sobre los agentes del Estado y su relación con el manejo de la “cosa pública”. En El Salvador, desde el año 2006 el marco jurídico nacional posee una Ley de Ética Gubernamental que habilita y constriñe la conducta de los funcionarios públicos en el ejercicio público y sus funciones en el Estado. La Ley de Ética Gubernamental se constituye como una herramienta para “normar y promover el desempeño ético de la función pública y los municipios, detectar prácticas corruptas y sancionar las prácticas antiéticas”120 1. Reglas Claras La Ley de Ética Gubernamental (LEG) fue emitida mediante Decreto Legislativo Nº 1038, de fecha 27 de abril del año 2006, publicado en el Diario Oficial N° 90, Tomo N° 371, del 18 de mayo del año 2006, y entró en plena vigencia el 1º de julio del mismo año, constituyendo un avance sustancial en materia de legislación orientado en prevenir y sancionar las prácticas que atenten a la ética pública, la probidad y la transparencia. Además de contar con una Ley de Ética Gubernamental, la legislación salvadoreña contempla a través de las siguientes normas, aspectos que regulan el comportamiento ético de los funcionarios al servicio del Estado. Tabla 4.1: Marco jurídico en Promoción de Valores Éticos y Democráticos CUERPO NORMATIVO ARTÍCULOS MARCO JURÍDICO CONSTITUCIONAL CONTENIDO Separación de la esfera pública y la esfera partidaria en el ejercicio del funcionario y empleado público al servicio del Estado; Sobre la carrera administrativa (servicio civil); Protesta del funcionario público en lo relativo a cumplir y hacer cumplir la 120 Entrevista a Marcel Orestes Posada. Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental. 7 de septiembre de 2012 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA 130; 218; 219; 235; 236; 237; 240 Constitución de la República; En lo referente a los delitos comunes y oficiales cometidos por el funcionario público; Sobre la suspensión del ejercicio de funciones por parte del funcionario con formación de causa por delito; Sobre el Enriquecimiento ilícito de los funcionarios públicos MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN 7; 8; 15; 18; 19 CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN 3; 4; 11; Sobre la adopción de sistemas de convocatoria, contratación, retención, promoción y jubilación de empleados públicos basados en principios de eficiencia y transparencia y en criterios objetivos como el mérito, la equidad y la aptitud; Sobre códigos de conducta de los funcionarios públicos; Sobre el soborno de funcionarios públicos nacionales; Sobre el tráfico de influencias; Abuso de funciones Normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas así como los sistemas para la contratación de funcionarios públicos; Sobre la tipificación de los actores de corrupción; Tipificación de delitos como actos de corrupción LEYES SECUNDARIAS LEY DE ÉTICA GUBERNAMENTAL 1; 2; 4; 5; 6; 7; 10; 15; 16; 19; 25; 27 Sobre los objetos de la ley en lo referente a promover el desempeño ético en la función pública del Estado, detectar, prevenir y sancionar las prácticas corruptas; Alcance y ámbito de la ley; Principios de la ética pública que rigen el comportamiento del funcionario y empleado del Estado; Deberes éticos del funcionario público; Prohibiciones éticas para el funcionario público; Prohibiciones éticas para los ex funcionarios públicos; Sobre creación y funciones del Tribunal de Ética Gubernamental; Incompatibilidades en el ejercicio como miembro del Tribunal de Ética Gubernamental; Causas de remoción como miembro del Tribunal de Ética Gubernamental; Funciones y atribuciones del Tribunal de Ética Gubernamental; Sobre comisiones de ética gubernamental; Funciones de la comisión de ética gubernamental Establece las prohibiciones, impedimentos e incompatibilidades para todos los servidores públicos que en él se determinan. Asimismo DECRETO EJECUTIVO Nº 101 1; 2; 3; 5; 15; LEY DE SERVICIO CIVIL 1; 7; 12; 18; 19; 20; 31; 32; 41; 53; tiene por objeto establecer principios éticos rectores a los que deberán sujetarse en sus actuaciones y responsabilidades; Lo regulado por el decreto aplicará a todos los servidores públicos que laboran en el Órgano Ejecutivo, dentro o fuera del territorio de la República; Principios Éticos de la Función Pública: a)Integridad; b)Imparcialidad; c)Honradez; d)Discreción; e)Responsabilidad; f)Decoro; g)Lealtad; Comisión de Ética Pública; Deberes éticos de los servidores públicos; Finalidades de la Ley de Servicio Civil en lo referente a la regulación en relación entre el Estado y el funcionario público; Sobre las comisiones de servicio civil; Sobre las atribuciones y facultades de la Comisión de Servicio Civil; Requisitos para el ingreso al servicio civil, en lo referente a la idoneidad del cargo; Excepciones para el ingreso a la carrera administrativa; Sobre el procedimiento de selección de personal; Sobre los deberes de los funcionarios y empleados públicos; Prohibiciones a los empleados y funcionarios públicos; Amonestaciones disciplinarias a funcionarios y empleados públicos que hayan cometido infracción; Sobre causales de despido del funcionario y empleado público 1.1 Reformas a la Ley de Ética Gubernamental (LEG) En el año 2009 y luego de tres años de haber sido conformado, el Tribunal de Ética Gubernamental (TEG) presentó a la Asamblea Legislativa un proyecto de reformas a la LEG, el cual fue estudiado por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, la cual dictaminó como resultado de este proceso la emisión de una nueva Ley de Ética Gubernamental. Durante la sesión plenaria del día 13 de octubre de 2011, fueron aprobadas con 76 votos las reformas propuestas a la LEG, de la cual surgieron observaciones por parte del Presidente de la República con fecha 31 de octubre de 2011. El 17 de noviembre del mismo año, dichas observaciones fueron parcialmente aceptadas por el pleno legislativo, entrando en vigor la nueva ley a partir del 1º de enero de 2012. A continuación alguna de las reformas aplicadas a la LEG: a. Delimitación del ámbito de aplicación: Se eliminan materias competenciales de otras entidades. Por ejemplo se suprime “salvaguardar el patrimonio del Estado”, atribución de la Corte de Cuentas. Asimismo, se incluyen como sujetos pasivos a los ex funcionarios y a las personas que administren bienes públicos. b. Claridad de los principios, deberes y prohibiciones éticas: Se eliminan ambigüedades y se incluyen prohibiciones para ex funcionarios en el año posterior al cese de funciones. Se regulan las dádivas. c. Reformas institucionales: Nuevas figuras dentro del TEG: el pleno, el secretario general y el instructor. Se incorporan normas para la independencia del TEG: patrimonio propio y autonomía presupuestaria. d. Reformas a Comisiones de Ética Gubernamental (CEG):Todas las entidades estatales deben contar con una CEG, incluso las municipalidades. e. Reformas al procedimiento sancionatorio: el TEG podrá iniciar procesos oficiosamente. También se regula el “aviso”, que permite presentar quejas anónimamente. Denuncias podrán presentarse en forma oral y escrita. Se crea la figura del instructor para impulsar la investigación. f. Sanciones: Se establece una única sanción de multa, entre US$224.21 a US$8,968.40, que se graduará según la gravedad de la infracción. Se elimina el sistema basado en la reincidencia, que establecía que aun por faltas graves, por ser primera infracción, el TEG únicamente podía amonestar en forma escrita. Se elimina la sanción del despido sin responsabilidad. Se crea un registro público de funcionarios sancionados. Con el propósito de conocer en profundidad los impactos de las reformas aprobadas a la Ley de Ética Gubernamental en el trabajo del TEG orientado a la prevención y la sanción de las faltas anti-éticas en la gestión pública, se entrevistó al Dr. Marcel Orestes Posada Presidente de dicha entidad, quien brindó las siguientes declaraciones: “La Ley de Ética Gubernamental de 2011 (Reformas) que rige a partir del 1º de enero de 2012, contiene avances en la prevención de prácticas corruptas, la sanción de los actos anti - éticos y la prevención de los actos de corrupción, a través de mensajes que tengan por fin el cambio de un cultura hacia la ética”. “Es un proceso de cambio cultural. El propósito fundamental de largo plazo es impulsar un cambio cultural hacia la ética, no solo como disuasiva, sino como transformativa, en un acto de conciencia”. 2. Institucionalidad A partir de esta variable se analizará la estructura institucional sobre la cual se promueven y fomentan los valores éticos y democráticos en el Órgano Ejecutivo. Asimismo se someterá en análisis el Tribunal de Ética Gubernamental como entidad responsable en garantizar el cumplimiento efectivo de la norma que en El Salvador regula la conducta pública en el marco de la ética y la probidad. 2.1 Tribunal de Ética Gubernamental (TEG) El Tribunal de Ética Gubernamental es un cuerpo colegiado integrado por cinco miembros propietarios y sus respectivos suplentes, un Presidente electo por la Asamblea Legislativa; un miembro designado por el Presidente de la República; un miembro electo por la Corte Suprema de Justicia, un miembro designado por el Presidente de la Corte de Cuentas de la República y un miembro electo por los titulares del Ministerio Público. Los miembros duran cinco años en el cargo, pudiendo ser reelectos; ejercen sus funciones a tiempo completo y el cargo es incompatible con otro de la administración pública, las decisiones se toman por la mayoría de sus miembros y tiene su sede en la ciudad de San Salvador.121 Además de ser un Tribunal, es decir un órgano jurisdiccional en materia de ética pública, la Ley de Ética Gubernamental (LEG) lo establece como un ente rector.122 “Es el ente rector de la ética pública, encargado de velar por el cumplimiento de la presente Ley, para cuyo efecto no estará subordinado a autoridad alguna, a fin de que pueda desempeñar sus funciones de manera eficaz y sin influencia indebida”. El TEG define su visión como: “(…) la institución rectora de la ética pública, reconocida por su independencia y credibilidad en la prevención y sanción de los actos contrarios a la Ley de Ética Gubernamental”; y define su misión institucional en: “(…) promover el desempeño ético en la función pública y sancionar los actos contrarios a la Ley de Ética Gubernamental123“. 2.2 Autoridades En el año 2011, el TEG cumplió sus primeros cinco años de existencia, de esta manera finalizó también el período por el cual fueron electos los cinco miembros propietarios y suplentes al frente de dicha institución. La Asamblea Legislativa realizó una convocatoria oficial el 11 de agosto de 2011 con el propósito que los interesados en aspirar a desempeñar los cargos de Presidente propietario y suplente del TEG presentaran sus acreditaciones y sumaran al proceso. A pesar de dicha convocatoria, el TEG se encontró en situación de acefalía desde el 31 de octubre de 2011 hasta el 26 de abril de 2012, cuando finalmente fue electo como 121 122 123 Ley de Ética Gubernamental. Arts. 10 y 11 Ley de Ética Gubernamental. Art. 10 Sitio web oficial del Tribunal de Ética Gubernamental http://www.teg.gob.sv Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental, el Dr. Marcel Orestes Posada, para un período de cinco años, quien fue oficializado a través del Decreto Legislativo Nº 1076 con fecha 25 de abril de 2012. Los magistrados propietarios y miembros del pleno del Tribunal de Ética Gubernamental son los siguientes: 1. Dr. Marcel Orestes Posada 2. Licda. Giovanna Vega 3. Dr. Salvador Menéndez Leal 4. Dr. Néstor Castaneda 5. Dr. Luis Romero García Alemán 2.3 Gestión Desde su instalación en el año 2006, el Tribunal de Ética Gubernamental ha recibido alrededor de 1,593 denuncias contra servidores públicos, sin embargo hasta la fecha muy pocos casos han llegado a la sanción124. Según un informe oficial del TEG, entre las instituciones más denunciadas por faltar a la ética gubernamental se encuentran: Tabla 4.2: Casos de denuncias a la ética pública por institución Institución Nº de casos Municipalidades Asamblea Legislativa 319 202 Ministerio de Educación Corte Suprema de Justicia 183 156 Ministerio de Salud 90 Fuente: Elaboración propia. Datos Tribunal de Ética Gubernamental No obstante el caso de denuncias no ha sido equivalente a los resultados que se obtienen dentro del TEG, dado que muchos de los casos finalizan durante el proceso de desistimiento de los denunciantes o porque las causas son inadmisibles, improcedentes o se dicta un sobreseimiento a favor de los denunciados125 Entre los años 2007 y 2011, el TEG cuenta con solo 88 casos en los que se llegó a una resolución final, de este total se finalizaron 54 sin sanción y otros 34 ha concluido con una resolución sancionatoria 124124 125 La Prensa Gráfica. Domingo 5 de agosto de 2012 La Prensa Gráfica. Domingo 5 de agosto de 2012 2.3.1 Procedimiento Administrativo Sancionador Inicio por denuncia Apertura del Procedimiento Investigación Preliminar Notificación Período Probatorio Resolución Definitiva En declaraciones realizadas por el Presidente Magistrado Dr. Marcel Orestes Posada, el TEG presenta actualmente dos grandes desafíos: 1) Presupuestario: El presupuesto designado para el TEG es de $1.400.000 US$D (un millón cuatrocientos mil dólares). Sin embargo, actualmente es imposible cubrir con los recursos disponibles las demandas que se presentan de forma exponencial, imposibilitando a su vez la creación de nuevas plazas a fin de cumplir con lo establecido por la LEG. 2) Encaminarse con certeza y con recursos suficientes hacia la instauración de la nueva cultura de ética. Poner en aplicación de la ley al ámbito jurisdiccional. 2.4 Comisión de Ética Gubernamental (CEG) El artículo 25 literal “b” de la LEG establece la creación de la Comisión de Ética Gubernamental (CEG) de la Presidencia de la República, incluyendo también en su literal ‘l” a todas las instituciones oficiales autónomas o descentralizadas, al Instituto Salvadoreño del Seguro Social, Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma, y Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa. La Comisión de Ética Gubernamental estará integrada por tres miembros propietarios con sus respectivos suplentes que durarán en sus funciones tres años, pudiendo ser reelectos Dichos miembros deben pertenecer al personal de la institución en que funcione, y serán nombrados uno por la Autoridad; otro por el Tribunal de Ética Gubernamental; y el tercero por elección de los funcionarios y empleados públicos de la respectiva institución (Art. 26 LEG) Tabla 4.3: Objetivos de la Comisión de Ética Gubernamental Objetivo 1 2 3 Contenido Referir al Tribunal la información obtenida de una investigación interna realizada por la institución, cuando se identifique una posible violación a los deberes o prohibiciones éticas Recibir denuncias cuando un servidor público de su institución haya infringido la presente Ley, debiendo en tal caso remitirla al Tribunal para su trámite Dar seguimiento a las resoluciones finales emitidas por el Tribunal en los procedimientos administrativos sancionadores en contra de servidores públicos de su institución. 4 5 6 Difundir y capacitar a los servidores públicos de su institución sobre la ética en la función pública, la presente Ley y cualquier otra normativa relacionada con la finalidad de prevenir los actos de corrupción. Proponer al Tribunal medidas que coadyuven a la mejor aplicación de esta Ley. Dar respuesta a las consultas respecto del ámbito de aplicación de la presente Ley, en base a los criterios fijados por el Tribunal. Fuente: Elaboración propia. Ley de Ética Gubernamental. Art. 27 El CEG tiene como atribuciones recibir denuncias y dar seguimiento a las resoluciones emitidas por el Tribunal de Ética Gubernamental, además de difundir la ley y capacitar a los servidores públicos de su institución quienes deben convertirse en agentes multiplicadores de los conocimientos que reciben. Los miembros de la CEG ejercen sus funciones ad honorem y deben contar con mobiliario y equipo. – Marcel Orestes Posada. Magistrado Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental 3. Carrera Administrativa 3.1 Procedimiento de Selección La Constitución de la República, señala que para ser electo Presidente de la República126 y Ministro o Viceministro de Estado127, se requiere ser salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño, de estado seglar, mayor de treinta y veinticinco años de edad respectivamente, de moralidad e instrucciones notorias; estar en el ejercicio de los derechos de ciudadano, haberlo estado en los seis años anteriores a la elección y estar afiliado a uno de los partidos políticos reconocidos legalmente. Asimismo indica que no podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1. El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial. 2. El cónyuge y los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de las personas que hayan ejercido la Presidencia. 3. El que haya sido Presidente de la Asamblea Legislativa o Presidente de la Corte Suprema de Justicia durante el año anterior al día de inicio del período presidencial. 4. El que haya sido Ministro, Viceministro de Estado o Presidente de alguna institución oficial autónoma y el director general de la Policía Nacional Civil, dentro del último año del período presidencial inmediato anterior. 5. Los militares de profesión que estuvieren de alta o que lo haya estado en los tres años anteriores al día del inicio del período presidencial. 126 Constitución de la República. Art. 151 Constitución de la República. Art. 161 127 6. El Vicepresidente o Designado que llamado legalmente a ejercer la Presidencia en el período inmediato anterior, se negare a desempeñarla sin justa causa, entendiéndose que ésta existe cuando el Vicepresidente o Designado manifieste su intención de ser candidato a la Presidencia de la República, dentro de los seis meses anteriores al inicio del período presidencial. Adicionalmente, la Constitución de la República, establece la carrera administrativa, indicando lo siguiente: “La ley regulará el servicio civil y en especial las condiciones de ingreso a la administración; las promociones y ascensos con base en mérito y aptitud; los traslados, suspensiones y cesantías; los deberes de los servidores públicos y los recursos contra las resoluciones que los afecten; asimismo garantizará a los empleados públicos a la estabilidad en el cargo.No estarán comprendidos en la carrera administrativa los funcionarios o empleados que desempeñen cargos políticos o de confianza, y en particular, los Ministros y Viceministros de Estado, el Fiscal General de la República, el Procurador General de la República, los Secretarios de la Presidencia de la República, los Embajadores, los Directores Generales, los Gobernadores Departamentales y los Secretarios Particulares de dichos funcionario”128 La Ley del Servicio Civil establece129 que la selección del personal que ingrese a la carrera administrativa se hará por medio de pruebas de idoneidad, a las que se admitirán únicamente los solicitantes que reúnan los requisitos establecido por Ley, dentro de los cuales: a) Ser salvadoreño, centroamericano de origen o extranjero que reúna los requisitos establecidos por la Constitución Política y leyes secundarias; b) Ser mayor de dieciocho años de edad, o haber obtenido título que lo habilite para desempeñar el cargo o empleo; c) Someterse a las pruebas de idoneidad, exámenes o concursos que esta ley y el reglamento respectivo establezcan; d) Estar físicamente capacitado para el desempeño del cargo; e) Acreditar buena conducta, especialmente con atestados extendidos por las oficinas donde hubiere trabajado con anterioridad, o por los centros educacionales si se tratare de aspirantes que no han desempeñado ningún empleo; f) Ser escogido para el cargo o empleo entre los elegibles en la forma que establece el Art.23; 128 Constitución de la República. Art. 219 Ley del Servicio Civil. Art. 20 129 g) Pasar un período de prueba de tres meses, contados a partir de la fecha en que se tome posesión del cargo o empleo; h) Llenar los demás requisitos que exijan las leyes especiales. “Toda manifestación de cualquier interés: económico, político, social, todas, pueden sacar de su camino correcto la cuestión y caer en prácticas antiéticas y en las prohibiciones de la ley. La lucha debe ser la preeminencia del interés público que debe prevalecer sobre otros intereses particulares o privados. Es decir el Interés general”.130 3.2Evaluación de desempeño Para una administración pública más eficiente, es necesario contar con mecanismos no solo de ingreso al servicio civil con base a criterios académicos, de experiencia y profesionalidad de los funcionarios, sino con una evaluación de desempeño que pueda determinar la gestión y los resultados de la función pública. También se considera necesario que la función pública se rija por principios democráticos de no discriminación. Para el caso a las mujeres históricamente se les ha relegado al plano privado, por lo tanto es ineludible que se incorporen las mujeres en todos los niveles, pero fundamentalmente, en los puestos de toma de decisión. Se requiere entonces, de funcionarios/as públicos dotados de capacidades técnicas, académicas y profesionales, pero principalmente es vital importancia que los y las funcionarios públicos giren sus actuaciones en el marco de la transparencia, rendición de cuentas, ética pública, entre otros principios regulado por Ley. 3.2.1 Anteproyecto de la Ley de la Función Pública La Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del Estado, elaboró un borrador de Anteproyecto de Ley de la Función Pública en donde se reconoce que la Ley de Servicio Civil vigente, normativa que regula en términos generales el estatuto público, no corresponde a las exigencias sociales actuales que requieren de una Administración Pública moderna, eficaz y eficiente, ni está en armonía con la aspiración constitucional de integrar en un solo cuerpo normativo al régimen especial del servidor público. Asimismo, señala que debe garantizarse en la Administración Pública una carrera administrativa que permita satisfacer las demandas de los ciudadanos y que el servidor público se desarrollo personal, técnica y éticamente. 130 Entrevista a Dr. Marcel Orestes Posada. Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental Además, señala la necesidad de creación de un órgano descentralizado como institución encargada de garantizar, velar y ordenar por la correcta y efectiva función pública. El contenido de dicha ley se organiza en 10 títulos, establecidos de la siguiente manera: Tabla 4.4 Anteproyecto de la Ley de la Función Pública y su contenido TÍTULOS I. Disposiciones generales II. Régimen general de los servidores públicos III. Autoridad rectora de la función pública IV. De las unidades internas de manejo de personal de las instituciones V. De la administración del servicio público VI. Del derecho colectivo de los servidores públicos VII. De los conflictos colectivos de trabajo VIII. De la seguridad e higiene en los centros de trabajo CAPÍTULOS Objeto, ámbito de aplicación, concepto de servidor público y principios De los derechos, deberes y prohibiciones de los servidores públicos. De las tipologías de relación de empleo en la administración pública Del personal político y de confianza Sobre la carrera administrativa de los servidores públicos De la carrera administrativa gerencial y operativa Creación y Objetivos Del instituto nacional de formación de la función pública Del Tribunal Disciplinario de la Función Pública. De las comisiones de mediación laboral Unidades de recursos humanos institucionales Del ingreso al régimen de carreras profesionales De los ascensos De la evaluación del desempeño y el sistema de incentivos a la eficiencia y eficacia Del salario y otras remuneraciones Del aguinaldo De la jornada de trabajo y de la semana laboral De los días de descanso, vacaciones y asueto De la capacitación. De la movilidad del personal De la pérdida de condición de servidor público Derecho de asociación de los servidores públicos De los sindicatos de los servidores públicos De los estatutos sindicales de los servidores públicos De la inscripción de los sindicatos de los servidores públicos Gobierno de los sindicatos de los servidores públicos Juntas directivas Derechos de los afiliados a un sindicato de servidores públicos De las atribuciones y prohibiciones a los sindicatos de los servidores públicos Del contrato colectivo de trabajo De la liquidación de los sindicatos Federaciones y confederaciones Clasificación de los conflictos de trabajo De los conflictos de carácter jurídico Sobre la seguridad, salud e higiene IX. Del régimen y del procedimiento disciplinario Objeto y competencia De las infracciones y sanciones Normas generales del disciplinario Procedimiento disciplinario Recurso de apelación Recurso de revocatoria X. Recursos procedimiento Con la promulgación de esta ley por parte de la Asamblea Legislativa, se estaría creando un sistema integral de la carrera administrativa, que reforzaría la formación integral de funcionarios/as públicas eficientes y dotados de capacidades técnicas, encaminados además de dignificar el servicio civil. 3.3 Corrupción Por otro lado, no puede ni debe obviarse que la corrupción ha estado impregnada históricamente en la administración de la cosa pública, manifestándose en diversas escalas y penetrando en varias actividades de la función pública. Por lo tanto, es primordial que el Estado establezca normas, procedimientos e institucionalidad que controle, investigue y sancione los actos de corrupción y faltas a la ética, tanto en el plano administrativo como en el judicial-penal. En ese sentido, se requiere que los actores involucrados, principalmente el Tribunal de Ética Gubernamental, la Corte Suprema de Justicia a través de la Dirección de Probidad y la Fiscalía General de la República ejerzan un compromiso real, funcional y articulado para combatir ese flagelo que día a día consume y desgasta el impacto del Estado hacia la ciudadanía. A continuación se señalan la cantidad de casos de corrupción y de faltas éticas, cometidas en el período 2011-2012 por las entidades objeto de estudio de la presente investigación Entidad Instituto Salvadoreño del Seguro Social ISSS Ministerio de Economía Tabla No. 4.5 Número de casos de procesos disciplinarios 2011-2012 ENTIDAD QUE CANTIDAD DE RELACIÓN DE TRÁMITE CONOCE CASOS LOS HECHOS Tribunal de Ética 12 Faltas Éticas Se realizaron las Gubernamental, Investigaciones durante los años solicitadas por el TEG. Denuncias 4 Faltas Éticas Denuncias interpuestas fueron enviadas ante la Comisión al TEG. de Ética del ISSS Tribunal de ética gubernamental 2 Mala utilización de los recursos institucionales por parte de Resolución Solamente hay un caso pendiente de resolución. Todos se encuentran pendientes de resolución por parte del Tribunal Los procesos del tribunal de Ética Gubernamental se encuentran detenidos desde el año 2011, debido a que no se habían nombrado a algunos empleados de la Dirección General de Estadística y Censos Ministerio de Trabajo y Previsión Social Comisión de ética No identificado Ministerio de Obras Públicas Ministerio de Educación Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Ministerio de Hacienda Tribunal de Ética Gubernamental todos los miembros del Tribunal de Ética Gubernamental 45 Corrupción (16 Se han presentado nueve denuncias casos) y faltas penales ante la Fiscalía General de la anti-éticas (29 República; las cuales se encuentran casos). en la etapa de investigación fiscal. Ningún caso de corrupción y faltas anti-éticas 2 Faltas anti-éticas En proceso de resolución Ningún caso de corrupción y faltas anti-éticas Comisión de ética 1 Corrupción en la Se tiene una “resolución” del Dirección Tribunal de ética gubernamental, General de como caso cerrado. Aduanas Fuente: Elaboración propia a partir de datos de los oficiales de información pública de cada instancia El mecanismo para la verificación de la aplicación e implementación de la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción, señala como metodología de verificación que dos Estados partes de la referida Convención evaluaran el debido cumplimiento de otro Estado parte. El Salvador fue evaluado por Singapur y Bolivia, y en el informe de Bolivia se señala que la República de El Salvador no cumple con el Art. 34131 de la referida Convención, es decir que no se evidencia que se haya implementado la Convención en lo referente a las consecuencias de los actos de corrupción. Asimismo, el Estado salvadoreño realizó una “autoevaluación” respondiendo al cuestionario realizado por el mecanismo, en la cual señalan la efectividad en casos o tipos penales relacionados a la corrupción. Tabla 4.6: Situación de delitos de Corrupción – Caso El Salvador Delito Año Cantidad Situación Enriquecimiento Ilícito 0 No se reportan casos 1 Pendiente de resolución 131 Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción. Art. 34: “Con la debida consideración de los derechos adquiridos de buena fe por terceros, 2007 Tráfico de influencias 2008 Soborno transnacional Concusión Malversación 2009 2007 2008 2007 2008 2009 4 3 1 2 1 0 1 2 1 1 1 1 Condenatorias Absolutorias Pendiente de resolución Condenatorias Pendiente de resolución No se reportan casos Pendiente de resolución Pendiente de resolución Instrucción formal Absolutorio Pendiente de resolución Pendiente de resolución 3.4 Procedimiento institucional para diligenciar las denuncias de prácticas anti-éticas por parte de los servidores públicos Para la presente investigación, se solicitó información a las Oficinas de Información y Respuesta de las instituciones del Estado que conforman la muestra del análisis, en cuanto a los procedimientos internos para tramitar denuncias de corrupción y faltas anti-éticas a) Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL) tiene desarrollado un procedimiento para la corrección de prácticas anti-éticas por parte de sus servidores públicos, el objetivo es proporcionar un canal para recibir y atender adecuadamente los requerimientos de la ciudadanía en general, Gobiernos Locales y Proveedores, dados a conocer mediante un aviso o denuncia hacia el Personal del FISDL, que cumpla con las condiciones establecidas en la Ley de Ética Gubernamental y que permita que la Comisión de Ética Gubernamental efectúe el procedimiento establecido. El procedimiento inicia desde la recepción del aviso o denuncia hacia el personal del FISDL por la naturaleza de su trabajo / actividades realizadas y permite la recepción, canalización, seguimiento y resolución a cada una de los avisos o denuncias que los Ciudadanos, Gobiernos Locales y Proveedores presenten ante el FISDL, en concordancia con lo establecido en la Ley de Ética Gubernamental y su Reglamento. b) Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) señaló que el procedimiento para la corrección de prácticas anti-éticas por parte de los servidores públicos es de acuerdo a lo establecido en la Ley de Ética Gubernamental en el artículo 27, literal d:“Se difunde y capacita a los servidores públicos, sobre la ética en la función pública y sobre los valores de la Institución, con la finalidad de prevenir los actos de corrupción”. c) Ministerio de Economía establece que el Tribunal de Ética Gubernamental y las Comisiones de Ética Gubernamental tienen la atribución de “promover, difundir y capacitar” el respeto y observancia de las normas éticas, así como los principios, derechos, deberes y prohibiciones éticas contenidas en esa Ley. Todos los años, la Comisión de Ética Gubernamental de dicho ministerio programa charlas informativas para los empleados y funcionarios públicos, sobre los principios y los procedimientos establecidos en la Ley de Ética Gubernamental, así como la difusión de los derechos, deberes y prohibiciones éticas a través de otros medios; correos electrónicos, boletas de pago, afiches, carteles, etc. Estas charlas y difusión de principios se hacen contando con el apoyo y la asesoría del Tribunal de Ética Gubernamental. d) Ministerio de Trabajo ha abierto un número telefónico y un correo electrónico anticorrupción; el cual es administrado por el Oficial de Información; las denuncias por corrupción y anti-éticas son valoradas y de considerar indicios serios y razonables se traslada la información a la Unidad Jurídica quienes hacen los procedimientos correspondientes. e) Ministerio de Educación ha socializado la LEG a 3,220 docentes y empleados administrativos de dicha entidad, realizando de esta manera una labor preventiva mediante la explicación y discusión de la Ley de Ética Gubernamental. Con la excepción del FISDL, de lo anterior se han identificado problemas serios, en cuanto a la funcionalidad y aplicabilidad de la Ley de Ética Gubernamental, Código Penal, entre otros, dado que: No se identifican ni distinguen las prácticas anti-éticas corrupción. Hay una institucionalidad aún débil, en cuanto a la clarificación de las competencias en torno al trámite de denuncias de corrupción y de faltas antiéticas. Desconocimiento y falta de denuncia ante la Fiscalía General de la República para que investigue los actos de corrupción que sean constitutivos de delitos. No existen mecanismos y procedimientos claramente establecidos, expeditos, sencillos, con plazos legalmente definidos, para que la resolución de los casos sea pronta y efectiva. de las prácticas de Flujograma No. 4.1 Procedimiento de avisos o denuncias en el Fondo de Inversión Social Para el Desarrollo Local Oficial de Información y Respuestas Avisos o denuncias INICIO 1. Brinda orientación al Ciudadano, Gobierno Local o Proveedores Si a. ¿Es una denuncia? Comisión de Ética Gubernamental Comisión de Ética Gubernamental 2. Recibe denuncia y verifica cumplimiento de requisitos 3. Traslada caso ante Tribunal de Ética Gubernamental No Comisión de Ética Gubernamental Comisión de Ética Gubernamental Comisión de Ética Gubernamental 7. Notifica a Titular de Institución, Jefe Recursos Humanos, Jefe Inmediato y denunciado 6. Recibe del Tribunal de Ética Gubernamental la resolución 5. Da seguimiento a la denuncia Tribunal de Ética Gubernamental No b. ¿Es un aviso? 4. Recibe aviso/ denuncia Si Titular de la Institución c. ¿Existe sanción? Si B A No Si Titular de la Institución 8. Aplica sanción y notifica cumplimiento de sanción a Tribunal de Ética d. ¿Caso deberá presentarse al Tribunal? 10. Recibe y verifica información de aviso No Comisión de Ética Gubernamental 9. Envía copia para expediente de empleado Aviso resuelto Denuncia resuelta FIN Denuncia resuelta B A CONCLUSIONES a) Acceso a la información El derecho humano y fundamental de acceso a la información Pública en El Salvador, cuenta con canales orgánicos efectivos para que la ciudadanía lo pueda ejercer plenamente. Esto gracias medidas afirmativas que ha tomado el Estado salvadoreño para garantizarlo, tales como la Ley de Acceso a la Información Pública. El Órgano Ejecutivo particularmente en el período 2011-2012 ha presentado avances significativos en la total implementación de las medidas y compromisos adoptados en la LAIP. Sin embargo, es importante resaltar que producto de esta investigación, algunas instituciones todavía presentan grandes desafíos, primordialmente culturales para eliminar completamente prácticas antidemocráticas, secretas y caracterizadas por opacidad. Se reconoce el esfuerzo y la gestión de la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia a través de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción en el seguimiento y coordinación interinstitucional para la implementación de la LAIP. Los principales hallazgos del período de investigación son: La existencia de un marco normativo nacional e internacional completo que rige y determina las reglas claras para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública por parte de la ciudadanía, y el deber de los funcionarios de brindar la información pública; instaurado principalmente por la LAIP. La creación y entrada en funcionamiento de 73 OIR en las distintas entidades del Órgano Ejecutivo, como uno de los más grandes esfuerzos para concretar el acceso a la información pública, así como el establecimiento de los oficiales de enlace en las gobernaciones que van en el camino de superar los obstáculos de acceso a las instituciones que tienen aún buena parte de la ciudadanía. La estandarización y supervisión por parte del órgano Ejecutivo en relación al tema de las páginas web de sus dependencias y la inclusión en las mismas de los mecanismos de constante evaluación sobre la información brindada en éstas. La creación y funcionamiento de la web centralizada (Gobierno Transparente), en el cual se concentran los esfuerzos para dar coherencia a la información oficiosa y no oficiosa de todas las dependencia del Ejecutivo, así como Transparencia Activa constituyen medios innovadores en Centroamérica para hacer conocer la información que emana de las instancias públicas. Lamentablemente todos estos hallazgos positivos, se ven restringidos por la falta de nombramiento de los Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública y la puesta en marcha de dicha entidad administrativa, ya que de el derecho al acceso a la información pública se ve destutelado y desprotegido; fomentando la discrecionalidad de los/las funcionarios públicos en entregar la información oficios, y dejando a la ciudadanía en un estado de indefensión frente arbitrariedades. b) Participación Ciudadana Concurren muchos esfuerzos e iniciativas del Órgano Ejecutivo a través de sus distintas entidades e instituciones, en cuanto a la promoción y ejecución de mecanismos de participación ciudadana, sin embargo, cabe recalcar que la mayoría de los mecanismos que se impulsan, no cumplen con el fin último de la participación ciudadana: que la ciudadanía pueda incidir en la formulación y seguimiento de las políticas públicas. Es importante resaltar que la mayoría de mecanismos de participación ciudadana se insertan en una etapa del ciclo de las políticas públicas en donde poco se puede opinar en cuanto a las necesidades puntuales de las comunidades. El Ministerio de Obras Públicas y el Fondo de Inversión Social para la Vivienda representan entidades que muestran un mayor avance en relación a los procesos de participación ciudadana, sobre todo por su capacidad de abordaje y representación en todo el territorio nacional; se puede concluir que además constituyen un ejemplo de buenas prácticas en materia de transparencia y anticorrupción. c) Rendición de Cuentas Es positiva la presencia de un Marco Jurídico Constitucional claro en materia de rendición de cuentas horizontal aplicado al Órgano Ejecutivo, evidente a partir de las atribuciones constitucionales específicas a diferentes instituciones de control en el Estado. El marco de reglas que condiciona al Estado rendir cuentas a la ciudadanía aún es disperso e insuficiente. No obstante, con la creación de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción ha surgido un importante esfuerzo por fortalecer los vacíos legales en esta materia, institucionalizando los ejercicios de rendición de cuentas públicas hacia la población, además de coordinar, acompañar y asesorar a cada una de las instituciones que componen este Órgano de Estado. Para un Estado históricamente capturado en la opacidad, la elaboración de un Manual para la Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo se convierte en una herramienta clave en los esfuerzos por instaurar una cultura de transparencia en la gestión pública, gracias a mecanismos claros sobre la ejecución de los ejercicios de rendición de cuentas a la ciudadanía. La tendencia hacia la incorporación de nuevas instituciones públicas en los ejercicios de rendición de cuentas realizados año tras año, evidencian una lógica racional en la cual el beneficio político por transparentar la gestión es mayor que los costos frente los ojos de una ciudadanía informada y activa. La elaboración de un calendario de cumplimiento de los ejercicios de rendición de cuentas ha permitido sistematizar un diálogo periódico entre funcionarios públicos y ciudadanos Es positivo que los canales de divulgación sobre la rendición de cuentas de las respectivas dependencias del Órgano Ejecutivo, superen los canales indirectos de comunicación, a través de la instalación de audiencias públicas participativas. El Portal Gobierno Transparente es un canal de divulgación de fácil navegación que propicia la fiscalización ciudadana sobre el quehacer del Órgano Ejecutivo de forma permanente. Se evidencia una voluntad política favorable en los niveles técnicos de cara a instaurar una genuina y sostenible cultura de transparencia en el país. d) Promoción de Valores Éticos y Democráticos La Ley de Ética Gubernamental es una herramienta legal que ha permitido establecer el marco de reglas claras en lo relativo al comportamiento ético a desempeñar por parte de los funcionarios públicos. Las reformas a la Ley de Ética Gubernamental han permitido establecer entre otras cosas, mecanismos de sanción más rigurosos sobre las faltas que atentan a la ética pública. La información publicada y disponible a la ciudadanía sobre la situación de las demandas recibidas y tramitadas por el Tribunal de Ética Gubernamental es aún limitada. Es positiva la descentralización de funciones de control en cada una de las instituciones que componen el Estado, a partir de la creación de los Comité de Ética Gubernamental. Aún no es clara a efectos sancionatorios la diferencia entre falta anti ética y delito de corrupción. RECOMENDACIONES a) Acceso a la Información Pública De la presente investigación, se encontraron diferentes temas que deben ser puestos sobre la mesa y el debate público-político; con el objetivo de garantizar a la población una cultura de acceso a la información que vaya a acorde al espíritu de la ley, a los principios rectores de la misma, así como a la legislación de carácter internacional que protege el derecho a la información pública. La promoción y el fomento de una cultura de acceso a la información pública se convierte en una necesidad en la medida que ninguna Ley por sí misma no garantiza en la práctica el derecho de acceso a la información. Por lo tanto, debe fomentarse en la población una cultura de búsqueda de información y capacitarle para que conozca cómo utilizar los mecanismos. Para ello es indispensable: Superar la brecha digital a través de distintas políticas, puesto que en el país aun se mantiene en niveles demasiado altos, esto conlleva a que la gran mayoría de información institucional se quede concentrada en la parte de la población que tiene acceso a los sitios web y demás mecanismos de participación virtuales; dejando de lado a aquellos ciudadanos que viven en las periferias del territorio, y que no poseen ese tipo de acceso. Las Oficina de Información y Respuesta pueden convertirse en el canal idóneo mediante el cual se genere y garantice con mayor profundidad al ciudadano sus derechos de acceso a la información, participación ciudadana y rendición de cuentas, es decir instituciones integrales de transparencia. Es fundamental e indispensable que el Presidente Mauricio Funes en cumplimiento a lo estipulado en la LAIP, nombre a los comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública. La capacitación en aspectos técnicos, ideológicos, legales y de atención ciudadana, debe ser reforzada y los esfuerzos para capacitar en aspectos relacionados a transparencia y acceso a la información pública, deben estar orientados no solo a los oficiales de información y miembros de las OIR, sino a aquellos servidores públicos que puedan ser multiplicadores de una nueva cultura de apertura y transparencia Dados los significativos esfuerzos institucionales, es necesaria la articulación del Órgano Ejecutivo y Legislativo a fin de a fin de impulsar reformas legales que permitan contemplar las atribuciones y tareas realizadas a partir de la creación de las OIR y otorgarle así sostenibilidad y perdurabilidad en su ejercicio, ante la ausencia de un asidero legal en la actualidad. b) Participación Ciudadana Aprobar la “Política Nacional de Participación Ciudadana – Diálogo e Inclusión en la Gestión de Políticas Públicas” que fue elaborada con el consenso de distintos actores estatales y no estatales, a través de la Subsecretaria de Gobernabilidad y Modernización del Estado, de la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. Con ello se busca que la política de participación ciudadana sea una política de Estado, sólida, permanente en el tiempo y basada en una normativa jurídica e institucionalidad moderna, que garantice la inclusión y el diálogo entre la sociedad civil-Estado. Impulsar nuevas formas de participación ciudadana como: audiencias públicas, encuestas, referéndums, conferencia de consensos y núcleos de intervención participativa, entre otras, que permitan a la ciudadanía opinar, solicitar, formular, diseñar y coadyuvar en las políticas públicas acordes a sus necesidades. c) Promoción de Valores Éticos y Democráticos El proceso sancionatorio a las faltas anti éticas en la gestión pública debe involucrar la participación ciudadana, a fin de garantizar el cumplimiento de las sanciones aplicadas al funcionario o servidor público. Debe fortalecerse el presupuesto destinado al Tribunal de Ética Gubernamental, a fin de contar con el recurso humano e institucional que permita territorializar la estructura preventiva de las faltas que atenten a la ética en el ejercicio de la administración pública. Es necesario actualizar periódicamente a través de diversos canales de divulgación los informes sobre la resolución de las demandas ingresadas contra funcionarios y servidores públicos. Es necesario para un control más efectivo la coordinación entre los Comité de Ética Gubernamental, la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción y el Tribunal de Ética Gubernamental a fin de evitar la duplicación de esfuerzos en el seguimiento de las causas. Priorizar la igualdad de género y la incorporación de jóvenes en los procesos de selección de personal para los cargos de la administración pública Garantizar la eficacia y eficiencia en la gestión pública a partir de la aplicación de pruebas de idoneidad en los procesos de selección para los cargos a los cuales se aspira, en este sentido es necesario el tratamiento prioritario del anteproyecto de Ley de la Gestión Pública impulsada por la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia Es necesaria la articulación entre las instituciones de control en el Estado, especialmente las instancias de administración de justicia, a fin de combatir con prevención y sanción los delitos de corrupción (Corte Suprema de Justicia, Tribunal de Ética Gubernamental y Fiscalía General de la República) BIBLIOGRAFÍA I II- Principales Cuerpos Normativos Consultados Constitución de la República de El Salvador. Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción. Convención Interamericana contra la Corrupción. Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana. Ley de la Corte de Cuentas de la República. Ley de Acceso a la Información Pública. Reglamento de aplicación de Ley de Acceso a la Información. Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo. Estudios, Demandas, Censos y Encuestas Censo 2007 de la Dirección General de Estadísticas y Censos del Ministerio de Economía. Demanda de Inconstitucionalidad contra el RLAIP interpuesta por los ciudadanos Claudia Umaña, René Fortín Magaña, Roberto Enrique Rubio y Carlos Enrique Araujo. Marzo de 2012. Plan Quinquenal de Desarrollo, 2010-2014 Gobierno de El Salvador. Resolución 6-2011. Sala de lo Constitucional. Inconstitucionalidad sobre listas incompletas de candidatos a diputados. Pág. 8 inc. Último III- Boletines y Publicaciones Concha, Gastón. “Informe 2: Fase de Diseño y Análisis”. Diseño del Portal de Transparencia Fiscal en el Ministerio de Hacienda de El Salvador. Pág. 15. Departamento de Estudios Legales. Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (DEL-FUSADES). Boletín de Estudios Legales No. 1291. “Implementación de la Ley de Acceso a la Información Pública”. El Salvador. Septiembre 2011. Departamento de Estudios Legales. Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (DEL-FUSADES). Boletín de Estudios Legales No.130. “Nuevas consideraciones sobre los reglamentos en El Salvador”. El Salvador. Octubre 2011. Pág. 1. Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho y Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. “Manual Institucional para la Rendición de Cuentas”. ISD, FESPAD, ARPAS, CPC. “Boletín de Prensa sobre Veto Presidencial a Ternas para Comisionados IAIP.” El Salvador. 2012. Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. “Informe de Rendición de Cuentas 2010 – 2011”. Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. “Manual para la Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo.” Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción “Creación del Instituto de Acceso a la Información Pública”; Informe oficial de la SSTA sobre el apoyo brindado para el proceso de elección de los Comisionados del IAIP. Junio de 2012 Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción, CASALS & ASSOCIATES, INC. Y FEPADE. “Guía conceptual y metodológica para el montaje de las oficinas de información y respuesta”. El Salvador. Noviembre 2011. Van Hove, Eduardo. “Participación Ciudadana”. España. 2010 Pág. 243 IV- Publicaciones En Línea Acceso a la información pública a través de Internet; Blog sobre tecnología e información LPG http://blogs.laprensagrafica.com/litoibarra/?p=1921 Cuánto cumplen las instituciones públicas con el acceso a la información. Transparencia Activa. http://www.transparenciaactiva.gob.sv/laip/2012/06/cuanto-cumplen-lasinstituciones-publicas-con-el-acceso-a-la-informacion/ El difícil camino de la transparencia. Transparencia Activa. http://www.transparenciaactiva.gob.sv/opinion/2012/06/el-dificil-camino-de-latransparencia-i/ Estudio Especial sobre el Derecho de Acceso a la Información. OEA. CIDH. http://cidh.oas.org/relatoria/showarticle.asp?artID=724&lID=2 Ibarra, R. Acceso a la información pública a través de Internet. Blog sobre tecnología e información LPG. http://blogs.laprensagrafica.com/litoibarra/?p=1921 Iniciativas de Transparencia en el Órgano Ejecutivo. http://asuntosestrategicos.presidencia.gob.sv/temas/transparencia-yanticorrupcion/iniciativas-de-transparencia-en-el-organo-ejecutivo-.html La Demanda de Inconstitucionalidad presentada por miembros del Grupo Promotor de la LAIP. http://www.observatoriojudicial.org.sv/images/doc/documentosvarios/demandaregla.pdf Observatorio Judicial del Órgano Judicial de El Salvador. http://www.observatoriojudicial.org.sv/index.php?option=com_content&view=article&id =5993:piden-inconstitucionalidad-de-articulos-del-reglamento-laip&catid=9:noticiasrevelantes&Itemid=10 Publicaciones. Portal Gobierno Transparente. http://gobiernotransparente.gob.sv/publicaciones.php Ranking presentado por el Centro para Ley y Democracia, acerca del Derecho Global a la Información. Evaluación de siete componentes: derecho de acceso a información; alcanceámbito; procedimiento de solicitud; excepciones y denegaciones; apelaciones; sanciones; medidas de promoción y divulgación; El Salvador se ubica en cuarto lugar a nivel mundial. Información consultada en: http://www.rti-rating.org/index.htm Resultados de la medición de la Subsecretaria de Transparencia y Anticorrupción. http://www.gobiernotransparente.gob.sv/publica/comotranspare/CT1.pdf Sala de lo Constitucional admite demanda contra reglamento de LAIP. Transparencia Activa. http://www.transparenciaactiva.gob.sv/laip/2012/06/sala-de-lo-constitucionaladmite-demanda-contra-reglamento-laip/ V- Informes Secretaría de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la República. Informe sobre Solicitudes de Información Pública (del 8 de mayo al 8 de junio de 2012); Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. Informe de Rendición de Cuentas 2010 – 2011. Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Informe de Gestión 2011”. Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Informe del Monitoreo a las Web Institucionales del Órgano Ejecutivo, en el Marco de la Aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública (del 8 de mayo al 13 de junio de 2012). Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Informes sobre solicitudes de información pública. Período 8 de mayo al 8 de junio de 2012. VI- Entrevistas Marco Rodríguez, Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción. Aurora Cubías, Coordinadora del área de Transparencia Institucional de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Pedro Monterrosa, Coordinador de Participación Ciudadana de la Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del Estado. Carolina Ávalos, Presidenta del Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local. Gerson Martínez, Ministro de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano. Marcel Orestes Posada, Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental. Declaraciones de representantes del Grupo Promotor de la Ley de Acceso a la Información Pública, ante el rechazo de las ternas por parte del Presidente de la República. VII- Notas Periodísticas “APES pide Ley de Acceso a la Información”. La Prensa Gráfica. Consultado 12 de septiembre. “El difícil camino de la transparencia”. Marco Rodríguez, Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción. Transparencia Activa. Consultado el 01 de junio de 2012. “En espera relanzamiento de oficina de fortalecimiento al control interno y auditoría”. Comunica En Línea. Consultado 11 de septiembre de 2012. “Funes se otorga derecho a vetar discrecionalmente a candidatos al Instituto de Acceso a Información.Periódico Digital El Faro. Consultado 12 de septiembre de 2012. “Grupo Promotor solicita intervención de los relatores de la libertad de expresión de la ONU y la OEA en defensa del Instituto de Acceso a la Información Pública. “Grupo Promotor solicita intervención de los relatores de la libertad de expresión de la ONU y la OEA en defensa del Instituto de Acceso a la Información Pública”. Publicación del Grupo Promotor. Consultado el 10 de septiembre de 2012. “Ministerio de Hacienda lanza Portal de Transparencia Fiscal con información financiera”. Ministerio de Hacienda. Consultado el 11 de septiembre de 2012. “Piden inconstitucionalidad de artículos del reglamento de la LAIP”. Diario Co Latino. Consultado el 10 de septiembre de 2012. “Respuesta del Oficial de Información de Casa Presidencial, en relación a la petición de ANEP de proporcionar las evaluaciones de las ternas propuestas por la sociedad civil para nombrar a los Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública”. Comunicado de la Asociación Nacional de la Empresa Privada. Consultado el 07 de septiembre de 2012. “Sala de lo Constitucional admite demanda contra reglamento de LAIP” Transparencia Activa. Consultado 6 de septiembre. VIII- Resoluciones de OIR/UAIP a solicitudes de información pública, presentadas por ISD Resolución N° 0040, de fecha 30 de agosto de 2012, en respuesta a solicitud de información. Oficina de información y respuesta del Ministerio de Economía. Resolución N° 0060, de fecha 30 de agosto de 2012, en respuesta a solicitud de información. Oficina de información y respuesta del Instituto Salvadoreño del Seguro Social. Resolución N° 16, de fecha 27 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información. Oficina de información y respuesta del Ministerio de Educación. Resolución N° 33, de fecha 24 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información. Oficina de información y respuesta del Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano. Resolución N° 11, de fecha 24 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información. Oficina de información y respuesta del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Resolución N°90, de fecha 26 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información. Oficina de información y respuesta del Ministerio de Hacienda. Resolución S/N, de fecha 17 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información. Oficina de información y respuesta del Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local. Resolución S/N, de fecha 21 de agosto de 2012, en respuesta a solicitud de información. Oficina de información y respuesta del Ministerio de Salud. Resolución S/N, de fecha 21 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información. Oficina de información y respuesta del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública. Sitios web consultados Centro Nacional de Registros. http://www.cnr.gob.sv Comisión Hidroeléctrica del Río Lempa. http://www.cel.gob.sv Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano. http://www.mop.gob.sv Ministerio de Relaciones Exteriores. http://www.rree.gob.sv/ Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones. http://www.siget.gob.sv Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local. http://www.fisdl.gob.sv Superintendencia del Sistema Financiero. http://www.ssf.gob.sv Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos. http://www.inpep.gob.sv Ministerio de Economía. http://www.minec.gob.sv Ministerio de Hacienda. http://www.mh.gob.sv/ Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. http://www.marn.gob.sv Ministerio de Trabajo y Previsión Social. http://www.mtps.gob.sv Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados. http://www.anda.gob.sv Ministerio de Gobernación. http://www.gobernacion.gob.sv Ministerio de Educación. http://www.mined.gob.sv Banco Central de Reserva de El Salvador. http://www.bcr.gob.sv Defensoría del Consumidor. http://www.defensoria.gob.sv Ministerio de Agricultura y Ganadería. http://www.mag.gob.sv Consejo Superior de Salud Pública. http://www.cssp.gob.sv Fondo Social para la Vivienda. http://www.fsv.gob.sv Instituto Nacional del Seguro Social. http://www.isss.gob.sv Casa Presidencial. http://www.presidencia.gob.sv Lotería Nacional de Beneficencia de El Salvador. http://www.lnb.gob.sv Ministerio de la Defensa Nacional. http://www.fuerzaarmada.gob.sv Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. http://www.salud.gob.sv Ministerio de Seguridad Pública y Justicia. http://www.seguridad.gob.sv Fondo del Milenio de El Salvador. http://www.mca.gob.sv Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma. http://www.cepa.gob.sv Centro Internacional de Ferias y Convenciones. http://www.cifco.gob.sv Fondo de Conservación Vial. http://www.fovial.gob.sv Dirección General de Estadísticas y Censos. http://www.digestyc.gob.sv Universidad de El Salvador. http://www.ues.edu.sv Gobierno Transparente. http://www.gobiernotransparente.gob.sv/ Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. http://www.asuntosestrategicos.presidencia.gob.sv Dirección de Probidad. Corte Suprema de Justicia. http://www.csj.gob.sv/probidad Tribunal de Ética Gubernamental. http://www.teg.gob.sv
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