carta de compromiso y garantia por viaje 2016 - Hapag

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carta de compromiso y garantia por viaje 2016 - Hapag
CARTA DE COMPROMISO Y GARANTIA POR VIAJE 2016
Buenos Aires, _____ de ________________ de 2016
Sres.
HAPAG-LLOYD ARGENTINA S.R.L.
PRESENTE
BUQUE :
VIAJE :
B/L :
CONTENEDORES:
De nuestra consideración:
A efectos de tramitar el retiro del/los contenedor/es de referencia, suscribimos la presente Carta de Compromiso y
Garantía. En este sentido, nos comprometemos irrevocablemente a cumplir con todas las cláusulas y condiciones que a
continuación se detallan:
A) Será por nuestra exclusiva cuenta y riesgo la contratación y provisión de los tractores y chasis portacontenedores o los
camiones apropiados para retirar los contenedores desde el área portuaria hasta su destino final y su devolución.
Recibiremos los contenedores al costado del buque de acuerdo a las disposiciones vigentes y a los usos y costumbres de
la Terminal portuaria respectiva. Si así no lo hiciéramos, nos responsabilizamos de cualquier consecuencia, manteniendo
libres de responsabilidad al armador y/o a sus agentes de las penalidades o costos extras que les pudieran ser impuestos
por el traslado de los mismos a otro destino de tránsito, traslado, ingreso a depósito fiscal y/o zona franca.
Será de nuestra total y exclusiva responsabilidad que las cargas estén bien estibadas y trincadas dentro de los
contenedores siendo gastos de materiales y mano de obra por nuestra cuenta.
B)
En ocasión de retirar cada contenedor suscribiremos el correspondiente “Recibo de Intercambio” con el detalle de las
condiciones en que se recepcione el mismo, obligándonos a exhibir la copia de dicho documento al momento de la
devolución de los contenedores respectivos, a fin de verificar el estado de los mismos y eventuales daños.
C)
Hemos sido debidamente notificados y aceptamos que disponemos de 10 días corridos, a partir de la fecha de arribo del
buque, para devolver vacíos, limpios, secos y libres de olores los contenedores a la Terminal o depósito que indique el
armador y/o su agente marítimo. El plazo aquí indicado seria de 5 días corridos para el caso de equipos reefer. En caso de
exceder dicho período, nos responsabilizamos por todos los daños, costos, perjuicios y penalidades ocasionadas a Uds.
obligándonos a abonar el cargo por la demora incurrida y por cualquier otro gasto resultante a Uds. o al armador que
representan, pago éste que realizaremos dentro de los (5) cinco días corridos de recibida la factura correspondiente.
El solo vencimiento del plazo establecido nos constituye automáticamente en mora, sin que sea necesario intimación
o interpelación alguna. En este sentido, nos obligamos en forma irrevocable a abonar a ustedes todos los cargos por
demora de acuerdo a las siguientes tarifas, las cuales haremos efectivas previa devolución:
o
o
Por los siguientes días, US$ 90.- por día por contenedor de 20’ STD, US$ 101.- por día por cada contenedor de 40’
STD\HC, US$ 115.- por día por contenedor especial, US$ 188.- por día por cada contenedor reefer, o bien, el importe
que indique la compañía propietaria del/ los mismo/ s.
Para contenedores especiales los valores a aplicar serán iguales a los aplicados por la compañía propietaria del/ los
mismo/ s.
El tiempo se computará desde el momento en que el/ los contenedor/ es haya/ n sido descargados del buque HASTA
SU EFECTIVA devolución.
Asimismo, aceptamos irrevocablemente que se nos facture parcialmente la demora conforme transcurra el tiempo, sin
que el hecho de cancelar una de las facturas implique la prescripción de la obligación de las anteriores o posteriores que
pudieran existir.
D)
Asumiremos todos los gastos y/o daños que sufran las mercaderías y/o los contenedores, incluidos los eventuales daños
a terceros como consecuencia del manipuleo y/o transporte de los contenedores desde su retiro hasta su devolución en la
terminal correspondiente ya sea que los mismos se encuentren en nuestro poder y/o de nuestros transportistas y/o
terceros.
Si por cualquier causa resultara imposible la devolución de los contenedores sea porque éstos se hayan extraviado por
cualquier causa, ser objeto de hurto o robo o cualquier otra causa, incluso aquellas que configuran caso fortuito y/o fuerza
mayor, nos obligamos irrevocablemente a abonar la suma que corresponda al valor de mercado y que indique el armador
y/o su agente marítimo más la suma que corresponda por la demora en la devolución de los contenedores comenzando
dicho plazo a contarse desde la entrega del contenedor hasta el efectivo pago de la suma aquí establecida
Se establecen los siguientes valores indicativos para cada tipo de contenedor:
TIPO
20’
20’
20’
20’
20’
20’
20’
REEFER
DRY
OPEN TOP
FLAT RACK
VENTILADO
PLATAFORMA
HARD TOP
VALOR EN USD
35.000,00
6.000,00
6.100,00
8.000,00
6.000,00
8.000,00
6.100,00
TIPO
40’ REEFER HC (Control Atmosf.)
40’ REEFER HC
40’ DRY
40’ OPEN TOP
40’ O.TOP HIGH CUBE
40’ FLAT RACK
40’ HIGH CUBE
40’ PLATAFORMA
40’ HARD TOP
VALOR EN
USD
55.000,00
40.000,00
7.000,00
8.000,00
8.000,00
14.000,00
10.000,00
14.000,00
9.000,00
E)
Asumimos la obligación de devolver los contenedores en las mismas condiciones en que los recibimos,
responsabilizándonos por cualquier pérdida o daños sufridos por los mismos Nos obligamos a devolver los contenedores
limpios, secos y vacíos en la Terminal portuaria que nos indiquen o que se nos notifique con posterioridad al retiro de los
mismos.
F)
Para el caso en que no retiremos los contenedores dentro de los treinta (30) días corridos, a contar de la fecha de ingreso
a depósito fiscal, autorizamos a Uds. en forma irrevocable a que se proceda a su vaciado, ingresando la mercadería a
depósito por nuestra exclusiva cuenta y riesgo.
G)
En vista de las resoluciones Nro. 869/93 y sus modificaciones y ampliaciones que establecen la normativa aplicable para la
importación y/o exportación de contenedores, así como las responsabilidades del Agente de Transporte Aduanero y las
sanciones civiles, penales y/o administrativas previstas en caso de incumplimiento, asumimos plenamente las
consecuencias que pudieran provocar al Agente de Transporte Aduanero y a Uds. la falta de entrega de los contenedores
dentro del plazo que la Resolución fija, como asimismo la veracidad de los bienes denunciados en los correspondientes
despachos aduaneros. En este sentido, también nos obligamos a cancelar dentro de las 48 horas de notificado por Uds.
cualquier multa y/o pago de tributos que a Uds. le requiera la Dirección General de Aduanas, derechos de importación,
tasas, multas e impuestos por la importación definitiva de los contenedores.
H)
Nos hacemos plena y totalmente responsables por cualquier robo y/o hurto y/o avería que sufra la mercadería en el
traslado desde el costado del buque hasta su depósito final designado por nosotros. En tal caso, el embarcador y/o
consignatario y/o tenedor legitimado del conocimiento de embarque y/o el asegurador de la mercadería renuncia en forma
irrevocable a accionar contra el buque y/o sus representantes y/o capitán y/o propietario y/o armador y/o el seguro del
buque. Si se presentara un reclamo por esta causa, nos constituimos en principales pagadores.
I)
Declaramos que el abajo firmante se encuentra autorizado a firmar en nombre/representación de nuestra empresa, a la
que puede obligar, comprometiéndonos por la presente a reemplazar esta Carta por otra del mismo tenor en caso de
modificación de las atribuciones del abajo firmante.
J)
La persona que por nuestra cuenta ingrese a la Terminal portuaria, plazoleta y/o depósito a retirar o devolver los
contenedores, sea ésta una apoderada de la empresa, despachante de aduana o agente de transporte, está plenamente
autorizada a firmar el Formulario de Intercambio de Equipo quedando plenamente facultado para constatar las averías
correspondientes. Renunciamos irrevocablemente a plantear ante Uds. falta de personería de esta persona haciéndonos
plenamente responsables por todas las declaraciones y manifestaciones que ésta realice las que tendrán el mismo alcance
como si fueran realizadas por nosotros mismos.
Nos comprometemos a restituir en mano, dentro de la 48 hs., de haber sido recibido el duplicado del remito de envío de
cada contenedor a la Terminal, plazoleta o depósito fiscal indicado por Uds., debidamente sellado y firmado por personal
debidamente facultado a estos efectos,
K)
Sin otro particular saludamos a Uds. atte.
Firma y Sello: __________________ Aclaración: __________________ Documento: __________________
Carácter: __________________
Nota: La presente carta deberá ser confeccionada de la siguiente forma:
1.-En papel membrete del consignatario o de quien retire efectivamente los contenedores según el caso
2.-Firmada por apoderado de la empresa certificada por banco o escribano.
3.-Deben presentarse originales – No copias