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Boletín Oficial de Canarias núm. 164
23352
Martes 27 de agosto de 2013
III. Otras Resoluciones
Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda
4483 Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 8 de agosto de 2013, de la Directora, por la que se acuerda notificar la inscripción de demandantes de vivienda protegida de promoción pública en régimen de arrendamiento que pueden
participar en el procedimiento de adjudicación de “40 Viviendas Protegidas de
Promoción Pública, ubicadas en Gran Tarajal, calle Mahan, en el término municipal de Tuineje, isla de Fuerteventura”, y se les requiere para la aportación
de documentación.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El procedimiento de adjudicación de las Viviendas Protegidas de Promoción Publica viene regulado en el Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que
se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción
pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda (BOC nº 114, de 8 de
junio) modificado por el Decreto 96/2012, de 13 de diciembre (BOC nº 250), y regulándose mediante Orden de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda
(BOC nº 198, de 8 de octubre de 2009), el régimen de inscripción, funcionamiento y
estructura del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias
(en adelante RPDVPC).
Segundo.- Resolución de 28 de diciembre de 2012 del Director del Instituto Canario de la Vivienda, por la que se anuncia el inicio del procedimiento de adjudicación
de “40 Viviendas Protegidas de Promoción Pública, sitas en Gran Tarajal, calle Mahan, del municipio de Tuineje, isla de Fuerteventura”, estableciendo en su Hecho IV,
que podrán concurrir al procedimiento de adjudicación de la promoción, los demandantes de vivienda protegida que se encuentren inscritos en el RPDVPC hasta el 31
de enero de 2013, esta última fecha incluida. Asimismo, a la citada fecha se deberán
acreditar los requisitos generales y, en su caso, específicos, requeridos para resultar
adjudicatario.
Tercero.- Concurre, en quienes se relacionan en el Anexo de la presente resolución, el
hecho de que habiendo intentado notificación de inscripción en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias, y estando incluidos en el listado inicial de la
Promoción, no han podido ser notificados de su inscripción y consiguiente participación en
el proceso de adjudicación.
Cuarto.- Con fecha 5 de agosto de 2013 se eleva propuesta de la Asesora Técnica de
Adjudicación mediante la que se propone exponer en el Boletín Oficial de Canarias y tablón
de edictos del Ayuntamiento, la relación de los demandantes que, no habiendo podido ser
notificados, pueden participar en el procedimiento de adjudicación de la promoción denominada “40 Viviendas Protegidas de Promoción Pública, sitas en Gran Tarajal, calle Mahan,
del municipio de Tuineje, isla de Fuerteventura”, y se les requiera para la aportación de
documentación.
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Boletín Oficial de Canarias núm. 164
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Martes 27 de agosto de 2013
Son de aplicación a los mencionados hechos los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- La competencia para realizar todas las actuaciones previas encaminadas a la adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad de la Comunidad
Autónoma de Canarias, le corresponde a la Directora del Instituto Canario de la Vivienda,
conforme lo que establecen los artículos 15.2 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, y 10.1.C).b)
de los Estatutos del citado organismo autónomo, aprobados mediante Decreto 152/2008, de
7 de julio.
II.- Dispone el artº. 56.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común “Cuando los
interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el
medio a que se refiere el punto 1 de este artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos
del Ayuntamiento en su último domicilio, en el “Boletín Oficial del Estado”, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que se proceda el
acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó”.
III.- Conforme a lo previsto en el artículo 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se les concede un plazo de diez (10) días contados a partir del día siguiente al de la
notificación de la resolución de inscripción para que aporte la documentación que a continuación se señala.
Vista la normativa citada, la de general de aplicación y la propuesta de resolución formulada de acuerdo con el artículo 27.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la Asesora Técnica
de Adjudicación del Instituto Canario de la Vivienda, mediante la que se propone exponer en
el Boletín Oficial de Canarias y Tablón de Edictos del Ayuntamiento, la relación de los demandantes que, no habiendo podido ser notificados, pueden participar en el procedimiento
de adjudicación de la promoción denominada “40 Viviendas Protegidas de Promoción Pública, sitas en Gran Tarajal, calle Mahan, del municipio de Tuineje, isla de Fuerteventura”, y
se les requiera para la aportación de documentación,
R E S U E L V O:
Primero.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias y en el Tablón de Edictos del
Ayuntamiento de Tuineje la notificación de inscripción en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias, de quienes figuran en el Anexo, por no haber
podido ser notificados y que están incluidos en el procedimiento de adjudicación de la
promoción denominada “40 Viviendas Protegidas de Promoción Pública, sitas en Gran
Tarajal, calle Mahan, del municipio de Tuineje, isla de Fuerteventura” y requerirles para
la aportación de documentación que a continuación se relaciona, en un plazo de diez (10)
días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el
Boletín Oficial de Canarias.
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Martes 27 de agosto de 2013
La Resolución individualizada de Inscripción en el Registro Público de Demandantes
de Vivienda Protegida de Canarias podrá retirarse por los interesados en las Oficinas del
Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias sitas en calle León y
Castillo, 161, local 2, 35600-Puerto del Rosario, Fuerteventura.
Segundo.- Requerir a los demandantes inscritos relacionados en el Anexo a los efectos
de que en el plazo de diez (10) días aporten, en su caso, la documentación que acredite, si se
hubieran producido, las modificaciones y variaciones de las circunstancias que sirvieron de
base para su inscripción.
Tercero.- Requerir a aquellos demandantes inscritos relacionados en el Anexo, que no
hayan estado empadronados de forma ininterrumpida durante todo el periodo comprendido
entre el 1 de febrero de 2011 y el 31 de enero de 2013 en el municipio de Tuineje, a los efectos de que acrediten en el plazo de diez (10) días los siguientes requisitos:
- Haber residido y/o trabajado en un municipio limítrofe: dicho extremo se acreditará mediante la aportación de certificado de empadronamiento en municipio limítrofe o de certificado
emitido por la empresa, si se tratara de relación de trabajo por cuenta ajena, documentos que
acrediten el alta y la cotización al Régimen General de la Seguridad Social, Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos, Régimen Especial de Empleados del Hogar, Régimen Especial
de Trabajadores del Mar, o en la mutualidad de previsión social del colegio profesional.
- Haber sido trasladado, por motivos laborales a un municipio no limítrofe: dicho extremo se acreditará mediante certificado de empadronamiento en todo caso junto con el
certificado del traslado emitido por la empresa si se tratara de relación de trabajo por cuenta
ajena o con los documentos que acrediten el alta y la cotización al Régimen General de
la Seguridad Social, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, Régimen Especial de
Empleados del Hogar, Régimen Especial de Trabajadores del Mar, o en la mutualidad de
previsión social del colegio profesional.
Cuarto.- Requerir a aquellos demandantes inscritos relacionados en el Anexo, cuya solicitud de Inscripción se haya producido con anterioridad al 30 de junio de 2012, a los efectos
de que aporten, en el plazo de diez días, copia de la Declaración del Impuesto de la Renta
de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2011 o, en su defecto, declaración
responsable de ingresos correspondiente a dicho ejercicio fiscal.
En cualquier caso, en base a lo establecido en el artículo 7 del Decreto 138/2007, de 24 de
mayo, los demandantes inscritos relacionados en el Anexo deberán acreditar por cualquier
medio la totalidad de las cantidades percibidas por cualquier concepto por cada uno de los
miembros de la unidad familiar, siempre referidos al ejercicio 2011.
Quinto.- Requerir a aquellos demandantes inscritos que a fecha 31 de enero de 2013 estuvieran percibiendo, tanto el titular como cualquiera de los miembros de la unidad familiar,
algún tipo de Ayuda o Subvención a la Vivienda, o cuenten con Resolución estimatoria a
cualquier solicitud de ayuda o subvención a la Vivienda, para que en el plazo de diez días
presenten renuncia a dicha ayuda con reintegro, en su caso, de las cantidades recibidas desde
el momento de la fecha en que se produjo la inscripción en el RPDVPC.
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Martes 27 de agosto de 2013
Sexto.- El plazo de diez días a que se refieren los apartados anteriores se computará a
partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de
Canarias.
Séptimo.- La documentación se habrá de presentar en dicho plazo en cualquiera de los
registros administrativos del Ayuntamiento de Tuineje, así como en cualquiera de los lugares
previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La no presentación de la documentación requerida, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del
Decreto 138/2007, de 24 de mayo, dará lugar a que se le tenga por decaído en su derecho al
trámite quedando, en su caso, excluido del proceso de adjudicación.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación conforme a lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de agosto de 2013.- La Directora, p.s., el Director General de Dependencia, Infancia y Familia (Resolución de la Presidenta del ICV de 1.8.13),
José Gilberto Moreno García.
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Martes 27 de agosto de 2013
ANEXO VINCULADO A LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL INSTITUTO
CANARIO DE LA VIVIENDA DE 8 DE AGOSTO 2013, POR LA QUE SE ACUERDA
NOTIFICAR LA INSCRIPCIÓN DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA DE
PROMOCIÓN PÚBLICA EN RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO QUE PUEDEN
PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE 40 VIVIENDAS
PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA, UBICADAS EN GRAN TARAJAL, C/
MAHAN, EN EL TÉRMINO DE TUINEJE, ISLA DE FUERTEVENTURA” Y SE LES
REQUIERE PARA LA APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
Promoción: 40 Viviendas Protegidas de Promoción Pública, sitas en Gran Tarajal,
calle Mahan.
Localidad: Gran Tarajal
Municipio: Tuineje
Isla: Fuerteventura
Fecha de Cierre: 31 Enero 2013
NOMBRE Y APELLIDOS
D.N.I.
Yolanda González Mata
Moneyba del Mar Betancor Alonso
Luisa Pérez Rodríguez
Luis Alberto Da Silva Martins
12.405.117.K
78.525.962.Y
78.529.102.H
35.561.673.Q
Nº SOLICITUD
RPDVPC
2010-001707
2010-008148
2010-013637
2011-009573
En Las Palmas de Gran Canarias a, 8 de Agosto de 2013.
La Directora del Instituto Canario de la Vivienda.
P.S. El Director General de Dependencia, Infancia y Familia.
(Resolución de la Presidenta del ICV de 01.08.2013)
José Gilberto Moreno García.
C/ Carlos J.R. Hamilton, nº 16
Edificio Daida, Planta 1ª
38071 Santa Cruz de Tenerife.
922922690 . 922922684 (Fax)
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
C/ Profesor Agustín Millares Carló, nº 18
Edificio Usos Múltiples II Planta 1ª
35071 Las Palmas de Gran Canaria
928306000/01 . 928306156 (Fax)
boc-a-2013-164-4483

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