informe de monitoreo de transparencia.

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informe de monitoreo de transparencia.
INFORME DE MONITOREO DE
TRANSPARENCIA.
AL TERCER AÑO DE GESTIÓN
DEL GOBIERNO DEL PRESIDENTE
MAURICIO FUNES.
Octubre de 2012
El presente Estudio fue publicado por la Friedrich-Ebert-Stiftung, en San Salvador, El Salvador.
El contenido del Estudio es de exclusiva responsabilidad del autor y no refleja
necesariamente el pensamiento de la Friedrich Ebert Stiftung.
Se permite, previa autorización, la reproducción del Estudio, en partes o completo, a
condición de que se mencione la fuente.
INFORME DE MONITOREO DE TRANSPARENCIA
AL TERCER AÑO DE GESTIÓN DEL GOBIERNO
DEL PRESIDENTE MAUIRICIO FUNES
Edición:
Iniciativa Social para la Democracia, ISD.
Teléfono: 2274-6182
www.isd.org.sv
Coordinación General:
Lic. Ramón Villalta
Director Ejecutivo ISD
Responsables del 3er Informe de Monitoreo de
Transparencia:
Licda. Ana María Méndez Dardón
Coordinadora del Área de Transparencia
e Incidencia a Políticas Públicas ISD/ Investigadora Principal
Lic. Saúl Alfredo Hernández Alfaro
Consultor de investigación
Lic. Óscar Campos Molina
Asistente técnico de transparencia
Grupo Consultivo del OCT:
Roberto Burgos, TI-FUNDE
Juan Carlos Sánchez, FESPAD.
René Cuadra, UTEC
José Luis Benítez, Maestría Comunicaciones UCA
Oswaldo Aguilar, ASPAE
Elner Crespín, UFG
Con la colaboración de:
Friedrich Ebert Stiftung, El Salvador
Las Fundaciones para una Sociedad Abierta (OSF)
San Salvador
El Salvador
Octubre de 2012
Contenido
Página
I. Observatorio Ciudadano de Transparencia ...................................................................................
1. Misión ............................................................................................................................................
2. Objetivos .......................................................................................................................................
3. Metodología .................................................................................................................................
4. Marco Conceptual .......................................................................................................................
II. Introducción..........................................................................................................................................
III. Acceso a la Información Pública .....................................................................................................
1. Reglas Claras.................................................................................................................................
2. Institucionalidad ..........................................................................................................................
3. Atributos de la Información ......................................................................................................
IV. Participación Ciudadana...................................................................................................................
1. Reglas Claras.................................................................................................................................
2. Institucionalidad ..........................................................................................................................
3. Mecanismos de Participación ...................................................................................................
4. Atributos de la Participación.....................................................................................................
V. Rendición de Cuentas .........................................................................................................................
1. Reglas Claras.................................................................................................................................
2. Institucionalidad ..........................................................................................................................
3. Atributos del proceso de rendición de cuentas ....................................................................
4. Gestión en Transparencia ..........................................................................................................
5. Presupuesto..................................................................................................................................
6. Declaraciones patrimoniales de funcionarios ......................................................................
VI. Promoción de Valores Éticos y Democráticos.............................................................................
1. Reglas Claras.................................................................................................................................
2. Institucionalidad ..........................................................................................................................
3. Carrera Administrativa ...............................................................................................................
VII. Conclusiones y Recomendaciones ................................................................................................
VIII. Anexos (disco) .................................................................................................................................
PRESENTACIÓN
Iniciativa Social para la Democracia (ISD), a través del Observatorio Ciudadano de
Transparencia OCT-ISD, presenta al país el “Informe de Monitoreo de Transparencia al
Tercer Año de Gestión del Presidente Mauricio Funes”.
ISD, tiene como filosofía la construcción de una nueva cultura política democrática;
buscamos contribuir al forjamiento de una institucionalidad fuerte capaz de atender los
derechos fundamentales de la población, con reglas que garanticen una gestión
transparente, abierta y participativa; con funcionarios capaces y sobre todo honestos,
comprometidos con el servicio público, cimentados en el interés por el bien común.
También, buscamos contribuir a forjar una sociedad donde las personas y la ciudadanía se
reconocen como sujetos de derecho, que participan voluntariamente de su gobierno, que
ejercen algún tipo de control sobre las acciones del poder político, y que exige ser tomado
en cuenta como un derecho al acceso de la toma de decisiones políticas, jurídicas y
administrativas del poder en el Estado.
Bajo esta concepción hemos creado el Observatorio Ciudadano de Transparencia (OCTISD), mediante el cual hemos desarrollado metodologías y herramientas para dar
seguimiento al desarrollo de la transparencia en los órganos del Estado con el fin de
fortalecer la calidad de la gestión pública. A la fecha, con el presente, hemos realizado tres
informes de transparencia a la Gestión del Gobierno del Presidente Mauricio Funes; dos a
la Gestión de la Asamblea Legislativa, uno a la Gestión de los Magistrados de la Corte
Suprema de Justicia y un monitoreo de seguimiento a la creación de las UAIP en el ámbito
municipal con la participación activa del Movimiento Ciudadanía Activa.
Desde Mayo de 2011, contamos con la Ley de Acceso a la Información Pública; un hito
histórico que ha marcado el fin de la era de la confidencialidad de la información pública y
que obliga a las instituciones a crear nuevos mecanismos de transparencia para garantizar
el derecho que las personas tienen para acceder a información de la gestión pública y con
ello poder incidir en las decisiones gubernamentales. Este derecho se ha activado a partir
del 08 de Mayo de 2012 que entró en plena vigencia la Ley de Acceso a la Información
Pública, con lo cual se fortalece la participación ciudadana y se crean condiciones para el
ejercicio de la contraloría y/o auditoría social, ello ha dado mayor fortaleza a la acción que
desarrolla el Observatorio Ciudadano de Transparencia (OCT-ISD).
Durante el presente año, el OCT-ISD se ha visto enriquecido, ya que con la colaboración de
Transparencia Internacional y su capítulo nacional la Fundación para el Desarrollo FUNDE;
la Maestría de Comunicaciones de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas
UCA, la Asociación Salvadoreña de Profesionales en Administración de Empresas ASPAE, la
Fundación para el Estudio de la Aplicación del Derecho FESPAD, la Universidad Francisco
Gavidia UFG, se ha creado un Consejo Consultivo que brinda su opinión calificada para la
validación de la metodología y el resultado de los monitoreo de transparencia, a quienes
agradecemos su valioso aporte.
El OCT-ISD busca convertirse en la instancia de soporte para el Movimiento Ciudadanía
Activa, esfuerzo de organizaciones ciudadanas locales que aglutinan a unos 100
municipios del país, con quienes estratégicamente se implementarán procesos de
auditoría ciudadana haciendo uso del derecho al acceso a la información pública con
énfasis en los presupuestos municipales y las políticas públicas favorables al desarrollo
territorial y la superación de pobreza. De esta manera ISD reafirma su compromiso de
promover procesos de participación ciudadana y transparencia pública, a través de la
educación cívica, el desarrollo de capacidades de incidencia y actuación de la sociedad civil
y el fortalecimiento de instituciones públicas locales y nacionales,
La existencia, conocimiento y sometimiento al cumplimiento de reglas claras; el desarrollo
de la institucionalidad para garantizar los derechos de acceso a información pública, la
rendición de cuentas, la participación y control ciudadano a la gestión pública; y, la
promoción de los valores democráticos y éticos son los componentes fundamentales de la
transparencia y los mismos son una obligación y responsabilidad de las autoridades
públicas y una corresponsabilidad cívica y unos derechos exigibles a los gobernantes.
En este marco, reconociendo como un derecho el ejercicio de control social, el OCT-ISD
presenta a la sociedad salvadoreña el tercer informe de transparencia a la Gestión del
Presidente Mauricio Funes, mediante el cual hacemos una descripción y análisis objetivos
de los avances y aspectos en donde debe de mejorarse en materia de transparencia. Este
informe lo entregamos a la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción de la
Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la República, como un aporte de
la sociedad civil a la mejora de la gestión del Órgano Ejecutivo, esperando que haya una
valoración positiva a la crítica pública.
Agradecemos a los funcionarios públicos que nos brindaron su información, a quienes
reconocemos su alta disposición de colaborar con el desarrollo del presente monitoreo, a
las organizaciones de la sociedad civil que han colaborado para tener ahora el resultado
que estamos entregando.
Agradecemos a la Friedrich Ebert Stiftung, y a las Fundaciones para una Sociedad Abierta
(OSF), por la confianza y respaldo financiero otorgado para el desarrollo y publicación del
presente informe, el cual estamos seguros contribuirá al análisis y discusión de la
trasparencia y la ética pública en las instituciones del gobierno, al fortalecimiento de la
institucionalidad y por ende al proceso de consolidación de la democracia.
José Ramón Villalta
Director Ejecutivo
Iniciativa Social para la Democracia ISD.
ÓRGANO EJECUTIVO
Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT
Es un programa de investigación-acción, de carácter permanente y de observación críticaanalítica sobre el estado y avance de las prácticas de transparencia y anticorrupción que
implementan los tres órganos del Estado salvadoreño, así como de aquellas decisiones y
políticas que aportan a la transparencia en la gestión pública.
Constituye a su vez, un espacio para generar información socialmente relevante y útil para
que la sociedad pueda acompañar los procesos e influir las agendas públicas de los tres
órganos del Estado.
Misión
Promover políticas públicas basadas en la transparencia, acceso a la información, la
participación ciudadana, rendición de cuentas; por otro lado promover valores éticos y la
determinación de reglas claras en la gestión pública para generar estándares de calidad en
los servicios públicos y el desarrollo humano sostenible de la población salvadoreña.
Objetivos
a. Investigar, analizar y evaluar las decisiones y políticas públicas en materia de
transparencia y anticorrupción de los tres órganos del Estado.
b. Ofrecer a la ciudadanía información, instrumentos y mecanismos que le permitan
vigilar la actuación del Estado, observar y analizar las políticas públicas e incidir en
ellas.
c. Brindar una herramienta a las instituciones del Estado para el fortalecimiento de la
institucionalización de la transparencia y la anticorrupción.
Metodología
El monitoreo del estado de la transparencia se realiza a partir de la investigación y análisis
de una serie de variables e indicadores que se desprenden de éstos 4 aspectos:
a.
b.
c.
d.
Acceso a la información
Participación ciudadana
Rendición de cuentas
Promoción de valores éticos y democráticos
Aspecto
Variable
1. Reglas Claras
I. Acceso a la Información
2. Institucionalidad
3. Atributos de la información
1. Reglas Claras
2. Institucionalidad
II. Participación Ciudadana
3. Mecanismos de participación
4. Atributos de la participación
1. Reglas Claras
2. Institucionalidad
III. Rendición de cuentas
3. Atributos del proceso de
rendición de cuentas
4. Gestión
5. Presupuesto
6. Declaraciones patrimoniales de
funcionarios
1. Reglas Claras
IV. Promoción de Valores éticos
y democráticos
2. Institucionalidad
3. Carrera Administrativa
Indicador
1.1 Marco Jurídico Constitucional
1.2 Marco Jurídico Internacional
1.3 Leyes secundarias
1.4 Otros (Reglamentos, Decretos,
Sentencias etc.)
2.1 Órgano Garante
2.2 Oficina de Atención Ciudadana
2.3 Unidad de Acceso a la Información
Pública
2.4 Oficina de Comunicación y Prensa
2.5 Diseño e implementación de sitios web
3.1 Accesibilidad
3.2 Socialmente Relevante
3.3 Confiabilidad
1.1 Marco Jurídico Constitucional
1.2 Marco Jurídico Internacional
1.3 Leyes secundarias
1.4 Otros (Reglamentos, Decretos,
Sentencias etc.)
2.1 Ente encargado
3.1 Tipos de participación
3.2 Medios de Participación
3.3 Formas de participación
3.4 Procedimiento de acceso al funcionario
4.1 Periódica
4.2 Plural-Representativa
1.1 Marco Jurídico Constitucional
1.2 Marco Jurídico Internacional
1.3 Leyes secundarias
1.4 Otros (Reglamentos, Decretos,
Sentencias etc.)
2.1 Ente rector
3.1 Periódico
3.2 Participativos
3.3 Fiscalizable
3.4 Impacto político
4.1 Compromisos
4.2 Decisiones
4.3 Resultados
5.1 Publicación
5.2 Divulgación
6.1 declaraciones patrimoniales
1.1 Marco Jurídico Constitucional
1.2 Marco Jurídico Internacional
1.3 Leyes secundarias
1.4 Otros (Reglamentos, Decretos,
Sentencias etc.)
2.1 Ente rector
3.1 Procedimiento de selección
3.2 Separación de la esfera política
partidaria con las funciones
3.3 Evaluación de Desempeño
Esta metodología fue validada por un comité consultivo formado por:




Universidad Francisco Gavidia (UFG)
Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD)
Transparencia Internacional (FUNDE)
Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA)
Marco Conceptual
Acceso a la Información
Es la obligación que tienen los servidores y servidoras públicos para dar a conocer a la
ciudadanía de manera clara ya sea por la vía visual, oral o escita los datos que resultan de
su trabajo. En este sentido la información debe ser oportuna, verificable y comprensible.
Por tanto, la calidad y cantidad de información, así como la comprobación sobre su
veracidad su comprensión por parte de las personas y que la misma sea entregada en el
momento adecuado son claves para garantizar el derecho de la ciudadanía a estar
informado.
Rendición de Cuentas
El buen gobierno supone el rendir cuentas ante la sociedad en general; ello implica la
transparencia en las informaciones sobre la consecución de los objetivos marcados y
sobre el cómo se ha conseguido ese cumplimiento. Un principio fundamental de las
democracias modernas es que toda institución que tenga encomendada una función
pública ha de rendir cuentas de su actuación a los ciudadanos y a sus representantes
elegidos democráticamente. La noción de rendición de cuentas incluye la obligación de
políticos y funcionarios de informar sobre sus decisiones y de justificarlas en público
(answerability) y la capacidad de sancionar a políticos y funcionarios en caso de que hayan
violado sus deberes públicos (enforcement). La rendición de cuentas tiene dos
dimensiones, la horizontal que implica relaciones de control entre órganos del Estado y la
vertical que se refiere a relaciones de control de la sociedad hacia el Estado
Así la rendición de cuentas es el deber y la obligación de los funcionarios públicos de
explicar y responder por las decisiones que han tomado y las consecuencias que de éstas
se generan, sobre las actividades realizadas, por el uso y destino de los recursos.
Participación Ciudadana
La “democracia es un régimen político donde los/as ciudadanos/as no sólo participan
voluntariamente de su gobierno, sino que ejercen algún tipo de control sobre las acciones
del poder político; ello quiere decir que la autoridad pública es limitada”1. No puede haber
democracia si los ciudadanos no tienen consciencia de pertenecer a una colectividad
política, pero a la vez donde la democracia se asienta sobre la responsabilidad de los
ciudadanos por su país, esto supone la posibilidad de contribuir a la vida pública desde la
comunidad a través de una participación con poder de incidencia; en donde la
transparencia de la gestión en las Entidades Públicas debe ser una demanda constante de
los ciudadanos en su triple condición de electores, usuarios de servicios públicos y
contribuyentes.
La participación ciudadana es entendida como la igualdad de oportunidades de todos y
todas las ciudadanas para ser parte activa en las acciones y decisiones que influyen en el
país. La participación ciudadana supone ser parte de los procesos de toma de decisiones,
de cooperar de manera responsable con las instituciones del Estado o demandar de ellas
una actuación responsable si es necesario. También la participación ciudadana implica
corresponsabilidad con la función pública; la transparencia no es solo responsabilidad de
los y las gobernantes, es una corresponsabilidad ciudadana que debe garantizarse
mediante el ejercicio del control sobre la actuación gubernamental.
Valores Democráticos
Son todos aquellos valores que norman el comportamiento, rigen la conducta y las
actuaciones públicas de los y las funcionarios públicos en el ejercicio de su cargo. Los
principales valores democráticos están cimentados en la ética pública, en la probidad, la
honradez, la transparencia y otros valores plasmados en el Art. 4 de la Ley de Ética
Gubernamental.2 Asimismo, con una serie de compromisos con la verdad, la justicia y
derechos humanos; Compromiso con la equidad de Género y la Sostenibilidad y
sustentabilidad ambiental.
Reglas Claras
Están conformadas por un conjunto de leyes, reglamentos, ordenanzas, políticas o códigos
que se crean para regular las relaciones del Estado con la ciudadanía y ordenar las
actividades de cada uno de los habitantes según su rol en el país
Fuentes de Información

1
Primarias: entrevistas presenciales a funcionarios y empleados públicos; solicitudes
y consultas de información a través de la web.
González, Luis Armando. La democracia y sus exigencias. Iniciativa Social para la Democracia. Noviembre 2009. San
Salvador
2
Art. 4 de la Ley de Ética Gubernamental. 14 principios de ética por los cuales se debe regir la conducta de los
funcionarios públicos: Supremacía del interés público, probidad, no discriminación, imparcialidad, justicia, transparencia,
confidencialidad, Responsabilidad, disciplina, legalidad, lealtad, decoro, eficiencia y eficacia, y rendición de cuentas.

Secundarias: memoria de labores, informes de gestión, sitios web oficiales, notas,
artículos de prensa, reportajes, documentos oficiales, entre otros.
CUADRO DE ACRÓNIMOS
ANEP
ASOCIACIÓN NACIONAL DE LA EMPRESA PRIVADA
APES
ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS DE EL SALVADOR
ARPAS
ASOCIACIÓN DE RADIOS Y PROGRAMAS PARTICIPATIVOS DE EL SALVADOR
CEG
COMITÉ DE ÉTICA GUBERNAMENTAL
CCC
COMITÉ DE CONTRALORÍA CIUDADANA
CIRC
COA
COMISIÓN INSTITUCIONAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS
COMITÉ DE AUDITORÍA
CSJ
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIGESTYC
FESPAD
FISDL
FOVIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS
FUNDACIÓN DE ESTUDIOS PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO
FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL
FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL
IAIP
INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
ISD
INICIATIVA SOCIAL PARA LA DEMOCRACIA
ISTA
INSTITUTO SALVADOREÑO DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA
ISSS
ITIGES
LAIP
LEG
MINEC
MINED
INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA E INFORMÁTICA DE LA SECRETARÍA PRIVADA DE LA
PRESIDENCIA
LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
LEY DE ÉTICA GUBERNAMENTAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
OIR
OFICINA DE INFORMACIÓN Y RESPUESTA
OIT
OEA
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS
OFCIA
ONU
PDM
PFGL
OFICINA DE FORTALECIMIENTO AL CONTROL INTERNO Y AUDITORÍA
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL
PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE GOBIERNOS LOCALES
RIOE
RLAIP
SAE
REGLAMENTO INTERNO DEL ÓRGANO EJECUTIVO
REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA PARA ASUNTOS ESTRATÉGICOS DE LA PRESIDENCIA
SCP
SSTA
TEG
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA
SUBSECRETARIA DE TRANSPARENCIA Y ANTICORRUPCIÓN
TRIBUNAL DE ÉTICA GUBERNAMENTAL
TIC
TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
UACI
UAIP
UNIDAD DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES INSTITUCIONAL
UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
UGS
UNIDAD DE GESTIÓN SOCIAL
INTRODUCCIÓN
La transparencia en la gestión pública es una condición inherente a la democracia, sus
logros dependen de hacer efectivos el acceso a la información pública, la incidencia de la
participación social y la rendición de cuentas hacia la ciudadanía, además de garantizar el
ejercicio de una conducta ética y proba por parte de los funcionarios y servidores públicos
en el manejo de los recursos del Estado.
A través de los mecanismos de la transparencia, se logra que la ciudadanía pueda fiscalizar
el desempeño en la administración pública, y que los funcionarios expliquen y justifiquen
los procesos que les conducen a tomar decisiones orientadas a determinados resultados.
La transparencia junto con los valores éticos debe ser concebida como un sistema que
engloba un cuerpo de integridad pública. Es menester de las instituciones públicas
orientar su gestión hacia la instauración de una cultura de transparencia en la sociedad,
articulando los esfuerzos de diferentes sectores: academia, sociedad civil, sector privado y
medios de comunicación.
En este marco, el Órgano Ejecutivo desempeña un rol primordial en la construcción de una
cultura de transparencia desde la gestión pública, por encargarse de diseñar e
implementar las políticas públicas a través de cada una de sus instituciones, por
desempeñar otras funciones esenciales como la elaboración del presupuesto anual;
sancionar, promulgar y publicar las leyes; dirigir las relaciones exteriores; ordenar y
conducir la fuerza armada; entre otras.
Dada la relevancia de las atribuciones del Órgano Ejecutivo en el diseño político
institucional, la transparencia se vuelve un aspecto transversal de su acción, con el
propósito de generar una relación de confianza hacia la ciudadanía, aportando de esta
manera mayor legitimidad a cada una de las políticas implementadas.
Por este motivo, la transparencia aporta valiosos insumos en la construcción de la
gobernabilidad y democracia en el Estado, de acá se desprende la necesidad de su
estudio.
I. ACCESO A LA INFORMACIÓN
Uno de los aspectos fundamentales que caracterizan a una gestión pública transparente
es la posibilidad que tiene la ciudadanía de acceder a la información pública. Sin embargo,
el acceso a la información pública por sí solo no genera transparencia, ya que ésta debe
ser complementada con los respectivos procesos de control social, como la rendición de
cuentas y la participación ciudadana, en complemento con una cultura ética y
democrática en la función pública. El acceso a la información pública será entonces
solamente una de las dimensiones que indicarán el nivel de transparencia u opacidad en la
gestión gubernamental.
“El acceso a la información no sólo se refiere a la promoción y protección de los derechos
a información, sino que incluye también la promoción y protección de la comunicación (el
uso de la información) para que cada cual exprese su punto de vista, participe en los
procesos democráticos a todos los niveles (comunidad, nacional, regional y mundial) y
establezca prioridades de acción”3.
La posibilidad de la ciudadanía de acceder a información pública relevante para su vida en
la comunidad, el municipio o el Estado mismo, genera una condición favorable para su
interacción con el gobernante. Cuando la ciudadanía cuenta con información adecuada, la
relación con su representante puede darse de manera más horizontal, pero también más
eficiente, ya que al tener mejor información del quehacer de los funcionarios públicos
crece su capacidad de exigirles cuentas, y de esa manera mejorar el rendimiento de los
gestores públicos.
Las atribuciones y obligaciones de gobierno conferidas por la Constitución de la República
al Órgano Ejecutivo4, son vastas y de gran impacto para la vida cotidiana de la ciudadanía,
por lo que los procesos para conocer y controlar su gestión de gobierno son
fundamentales para que su accionar no degenere en un autoritarismo con revestimientos
democráticos. Por lo tanto, acceder a la información pública que generan las diferentes
instituciones del Ejecutivo es fundamental para que la población pueda entablar mejores
mecanismos de controlaría social.
Por tratarse de un sistema presidencialista, los recursos de poder que aglutina la figura del
Presidente son muchos y de gran impacto, por lo que su decisión o voluntad política para
que avancen o se detengan ciertas acciones y políticas públicas, será siempre
determinante en la dinámica política. Es precisamente el objetivo de esta investigación,
evaluar de manera profunda y objetiva las decisiones y acciones tomadas por el Órgano
Ejecutivo en lo relativo a transparencia y acceso a la información pública.
3
“Guía conceptual y metodológica para el montaje de las oficinas de información y respuesta”; SSTA, CASALS & ASSOCIATES, INC.; y
FEPADE (Noviembre 2011)
4
Constitución de la República. Arts. 157 al 171
A continuación, se hará una evaluación de las acciones y decisiones tomadas por la
administración del Presidente Mauricio Funes en materia de acceso a la información
pública en su tercer año de gobierno, que comprende el período del 1 de junio de 2011 al
31 de mayo de 2012. Dichas acciones y decisiones se evaluarán a través de tres grandes
variables: reglas claras, institucionalidad y los atributos de la información pública.
1. Reglas Claras
La variable de reglas claras tiene como objetivo conocer y evaluar los marcos normativos
que regulan las relaciones ciudadano-Estado en materia de acceso a la información
pública. Dicha evaluación se hará a través del análisis del marco jurídico constitucional, el
marco jurídico internacional, las leyes secundarias y otras normas relativas al acceso a la
información pública que son aplicables al Órgano Ejecutivo.
Se busca determinar si se cuenta con un marco jurídico de reglas que faciliten y propicien
el ejercicio pleno del derecho a la información pública que tiene la ciudadanía, o si por el
contrario, el marco jurídico existente tiende a ser confuso e insuficiente para que el
ciudadano pueda ejercitar su derecho en forma efectiva.
1.1 Marco Jurídico Constitucional
El derecho de acceso a la información pública no se encuentra explícitamente
contemplado en la Constitución de la República, sin embargo, éste se encuentra
garantizado por al menos dos derechos fundamentales, como son el derecho de libre
expresión (Art. 6) y el derecho de petición (Art. 18).
La integración de los derechos de petición y libertad de expresión constituye la base
constitucional que tiene la ciudadanía para hacer cualquier solicitud a la autoridad pública
y que ésta le responda de manera fundamentada y congruente con lo solicitado.
Asimismo la posibilidad de solicitar de manera específica información pública, deviene del
derecho constitucional de libertad de expresión, entendiendo que ésta comprende la
libertad de buscar, difundir y recibir información de toda índole.
Tabla 1.1: Fundamento Constitucional del Derecho de Acceso a la Información Pública
MARCO NORMATIVO CONSTITUCIONAL
DERECHO
DISPOSICIÓN
CONTENIDO
CONSTITUCIONAL
Libertad de
Art. 6
“Toda persona puede expresar y difundir libremente sus
Expresión
pensamientos siempre que no subvierta el orden público, ni
lesione la moral, el honor, ni la vida privada de los demás. El
ejercicio de este derecho no estará sujeto a previo examen,
censura ni caución (...)”
Petición
Art. 18
“Toda persona tiene derecho a dirigir sus peticiones por
escrito de manera decorosa, a las autoridades legalmente
establecidas; a que se le resuelvan, y a que se le haga saber
lo resuelto”
Estos derechos consagrados en la Constitución también han sido desarrollados por la
jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional, dándoles aún mayor alcance y claridad. Un
ejemplo de esta jurisprudencia constitucional es la sentencia de Amparo 432-98, que
desarrolló ampliamente sobre las implicaciones del derecho de petición:
“El derecho de petición (...) Es un instrumento por medio del cual se
puede controlar y orientar la conducta de los detentadores del poder
(…) En ese sentido, “la contestación no puede limitarse a dar
constancia de haberse recibido la petición, sino que la autoridad
correspondiente debe analizar el contenido de la misma y resolverla
conforme a las facultades jurídicamente conferidas”.
Sin embargo, la no existencia clara de una disposición constitucional -que estableciera el
derecho de acceso a la información- se convirtió por mucho tiempo en un obstáculo para
el ejercicio práctico de este derecho, así, la entrada en vigencia de la Ley de Acceso a la
Información Pública (LAIP) se convirtió en un avance significativo en orden a dar una
herramienta legal concreta al ciudadano para exigir su derecho y una obligación clara al
funcionario de brindar la información pública correspondiente.
1.1 Marco Jurídico Internacional
El Estado salvadoreño ha suscrito varios tratados internacionales que contienen normas
relativas a la libertad de expresión, el combate a la corrupción y el derecho a la
información. En ellos, el derecho de acceso a la información pública sí se encuentra
garantizado de forma expresa, aunque no como objeto principal de los mismos, sino más
bien como un elemento coadyuvante del respectivo instrumento jurídico, bien sea que se
traten de libertad de expresión, combate a la corrupción u otro.
A continuación se detallan algunas de estas normas jurídicas internacionales adoptadas
por el Estado salvadoreño, que ya contenían el derecho de acceso a la información en su
articulado, antes de la aprobación y entrada en vigencia de la LAIP
Tabla 1.2: Marco Jurídico Internacional que contempla el Derecho de Acceso a la Información Pública.
INSTRUMENTO JURÍDICO
Declaración Universal de
Derechos Humanos
MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL
ARTÍCULO
CONTENIDO
Art. 19
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de
opinión y de expresión; este derecho incluye el de no
ser molestado a causa de sus opiniones, el de
investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de
difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier
medio de expresión.”
Convención de las Naciones
Unidas contra la corrupción
Art. 2 Núm.
1º
“Los propósitos de la presente Convención son: 1)
Promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de
los Estados Partes, de los mecanismos necesarios
para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la
corrupción; (...)”
Convención Americana sobre
Art. 13
“...derecho a la libertad de pensamiento y de
Derechos Humanos
expresión. Este derecho comprende la libertad de
buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de
toda índole...”
Pacto internacional de derechos
Art. 19
“..Toda persona tiene derecho a la libertad de
civiles y políticos
expresión; este derecho comprende la libertad de
buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de
toda índole...”
Declaración Americana de los
Art. 4
“Derecho de libertad de investigación, opinión,
Derechos y Deberes del Hombre
expresión y difusión.”
Convención interamericana
Art. 5
“Políticas y prácticas de prevención de la corrupción:
contra la corrupción
Cada Estado Parte, de conformidad con los principios
fundamentales de su ordenamiento jurídico,
formulará y aplicará o mantendrá en vigor políticas
coordinadas y eficaces contra la corrupción que
promuevan la participación de la sociedad y reflejen
los principios del imperio de la ley, la debida gestión
de los asuntos públicos y los bienes públicos, la
integridad, la transparencia y la obligación de rendir
cuentas.”
DECLARACIONES INTERNACIONALES
Declaración de Chapultepec
Principio 3º
“Las autoridades deben estar legalmente obligadas a
poner a disposición de los ciudadanos, en forma
oportuna y equitativa, la información generada por el
sector público. No podrá obligarse a ningún
periodista a revelar sus fuentes de información.”
Declaración de principios sobre
Principio 4º “El acceso a la información en poder del Estado es un
libertad de expresión de la
derecho fundamental de los individuos. Los Estados
Comisión Interamericana de
están obligados a garantizar el ejercicio de este
Derechos Humanos
derecho. Este principio sólo admite limitaciones
excepcionales que deben estar establecidas
previamente por la ley para el caso que exista un
peligro real e inminente que amenace la seguridad
nacional en sociedades democráticas.”
Declaración sobre Gobierno
Compromiso “Aumentar la disponibilidad de información sobre las
Abierto
Primero
actividades gubernamentales. Los gobiernos recogen
y almacenan la información en nombre de las
personas, y los ciudadanos tienen derecho a solicitar
información sobre las actividades gubernamentales.
Nos comprometemos a promover un mayor acceso a
la información y divulgación sobre las actividades
gubernamentales en todos los niveles de gobierno.
Nos comprometemos a esforzarnos más para recoger
y publicar de forma sistemática datos sobre el gasto
público y el rendimiento de las actividades y los
servicios públicos esenciales (...)”
La importancia de estos instrumentos de derecho internacional es que, a diferencia de la
Constitución, en estos ya aparecía establecido claramente el derecho de acceso a la
información pública, y no tenía que deducirse de otro derecho relacionado.
1.2 Leyes secundarias
De igual manera, antes de la entrada en vigencia de la LAIP, existían leyes secundarias que
garantizaban este derecho. Estas normas protegían y fomentaban el acceso a la
información como derecho de la ciudadanía a acceder a la información pública y como
deber que tienen los funcionarios públicos de brindar dicha información en cuestiones
específicas, relativas a la materia que regulaba la respectiva legislación.
Estas leyes que ya obligaban a brindar información aún contaban con un nivel de
dispersión que no permitía claridad en las reglas para ejercer el derecho de acceder a la
información pública.
A continuación algunas de esas reglas de orden secundario que antes de la entrada en
vigencia de la LAIP ya establecían el derecho de acceso a la información pública para
materias y cuestiones específicas
Tabla 1.3: Leyes Secundarias que garantizaban el Derecho de Acceso a la Información Pública anteriores a
la LAIP
LEGISLACIÓN
Reglamento Interno del
Órgano Ejecutivo
ARTÍCULO
53-E literal B sub
literales del ”B, C,
E, F, I, J, K L, M”
CONTENIDO
“…b) Edificar el Sistema de Transparencia Nacional; c)
Formular los lineamientos, estrategias y acciones
para la
transparencia de la gestión del Gobierno; e)
Fortalecer la transparencia y rendición de cuentas,
promoviendo el acceso a la información pública; f)
Garantizar la transparencia a través de la
coordinación y el seguimiento de las instancias
auditoras en las instituciones del Gobierno central; i)
Promover la aprobación de la Ley de Libre Acceso a la
Información Pública; j) Generar convenios con
instituciones académicas y tanques de pensamiento
para la creación de centros de depósito y acceso de
información pública estratégica; k) Crear un sistema
de incentivos a la transparencia y a la participación
ciudadana a nivel local vinculado a las transferencias
y
ventanillas de financiamiento del Gobierno
nacional; l) Garantizar la coordinación de los sitios
web para los fines especificados en el marco de la
transparencia. m) Apoyar a las instituciones del
Órgano Ejecutivo en el diseño, aplicación y
seguimiento de medidas de fomento a la
transparencia, la lucha contra la corrupción en
procesos de adquisiciones, contrataciones y
Código Civil
675
Código Municipal
Título IX Capítulo
III 125A -125F
De la transparencia
Ley del Medio Ambiente
30
Ley de Adquisiciones y
Contrataciones de la
Administración Pública
153 literal “b”
Ley
de
Gubernamental
4
Ética
coadyuvar en el fortalecimiento a los sistemas de
control interno…”
“El Registro es público y puede ser consultado por
cualquier persona”
“La información de acceso público a que se refiere el
presente Capítulo, será la contenida en los
documentos siguientes: a)Ordenanzas municipales y
sus proyectos; b)Reglamentos;
c)Presupuesto
Municipal; d)Planes municipales; e)Valúo de bienes a
adquirir o vender; f)Fotografías, grabaciones y filmes
de actos públicos; g)Actas del Concejo Municipal;
h)Informes finales de auditoría.”
“(...) las instituciones que conforman el Sistema
Nacional de Gestión del Medio Ambiente, deben
suministrar la información que les solicite el
Ministerio, la cual será de libre acceso al público (...)”
“Se impondrá amonestación por escrito al
funcionario, servidor público o municipal que incurra
en alguna de las infracciones siguientes: b) No
permitir el acceso al expediente de contrataciones a
las personas involucradas en el proceso (de
licitación)”
“La actuación de las personas sujetas a esta Ley
deberá regirse por los siguientes principios de la ética
pública: (F) Actuar de manera accesible para que
toda persona natural o jurídica, que tenga interés
legítimo, pueda conocer si las actuaciones del
servidor público son apegadas a la ley, a la eficiencia,
a la eficacia y a la responsabilidad.”
Sin embargo, todas esas normas que enunciaban y garantizaban el derecho de acceso a la
información aún no configuraban un sistema de reglas claras que permitiera a la
ciudadanía ejercer plenamente su derecho de acceso a la información pública.
1.3.1 Ley de Acceso a la Información Pública
La LAIP es fruto de un largo proceso discusión y debate público, en el cual la voz e
iniciativa de las organizaciones de la sociedad civil jugó un papel muy relevante para que
finalmente la ciudadanía pudiera contar con un instrumento jurídico por medio del cual
puede hacer efectivo su derecho de acceso a la información pública.
La Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) inició en 2004 una campaña para poner
en agenda pública la necesidad de una Ley de Acceso a la Información, como se le
denominaba en ese momento, siendo éste uno de los primeros hechos que se registran en
pro de una legislación que brindara a la ciudadanía un instrumento para acceder a la
información pública5.
Desde 2004 se recorre un camino intenso y en muchas ocasiones lleno de obstáculos
puestos por funcionarios públicos que tenían en sus manos la aprobación de una
legislación sobre el acceso a la información pública, que finalmente encontró eco en la
administración del Presidente Mauricio Funes. Es así, que con el impulso del nuevo
gobierno, la Ley de Acceso a la Información Pública finalmente vio luz en mayo de 2011.
Sin embargo, debe recordarse que la entrada en vigencia de la LAIP el 8 de mayo de 2011
no significó su inmediata puesta en práctica, pues a partir de esta fecha se inició un
proceso de preparación por parte de los entes obligados para instalar el sistema de acceso
a la información pública que materializaría lo establecido en la Ley. La misma LAIP
estableció los siguientes plazos de su implementación
Tabla 1.4: Plazos de implementación de la LAIP
Publicación de la ley
8 de abril de 2011
Vigencia de ley
8 de mayo de 2011
Reglamento de elección de comisionados
5 de septiembre de
2011
Reglamento de ley
5 de septiembre de
2011
Designación de oficiales de información
4 de noviembre de
2011
Nombramiento de Comisionados
4 de noviembre de
2011
Presentación de solicitudes de información
7 de mayo de 2012
Publicación de información oficiosa
7 de mayo de 2012
Fuente: DEL-FUSADES Boletín de Estudios Legales No. 129
6
Finalmente con la aplicación de la ley a partir del 8 de mayo de 2012, la ciudadanía pudo
contar con una legislación que establecía claramente quiénes eran los entes estatales
obligados para dar la información pública; la institucionalidad que debía existir para
responder ante las solicitudes de información; los plazos para brindar la información
solicitada; lo que se considera información reservada y los procedimientos para solicitar
información, entre otros aspectos que vino a normar con suficiente claridad la LAIP.
En el cuadro a continuación se resumen algunas de las reglas claras contenidas en la LAIP
para ejercer el derecho de acceso a la información
5
“APES pide Ley de Acceso a la Información”. La Prensa Gráfica. http://archive.laprensa.com.sv/20040730/nacion/nacion19.asp.
Consultado 12 de septiembre. 09:30 am
6
DEL-FUSADES Boletín de Estudios Legales No. 1296“Implementación de la Ley de Acceso a la Información Pública”/Septiembre 2011
San Salvador
Tabla 1.5: Disposiciones de la LAIP
LEY/ DECRETO
ARTÍCULO
Artículo 7. Entes obligados
Artículo 10.
información.
Ley de Acceso a la
Información Pública
Divulgación
de
la
Artículo 48. Unidades de Acceso a la
Información
Artículo 50. Funciones del Oficial de
Información.
Artículos 61 al 75. Procedimiento del
Acceso a la Información
CONTENIDO
“Están obligados al cumplimiento de
ésta ley los órganos del Estado…”
“Los entes obligados, de manera
oficiosa, pondrán a disposición del
público, divulgarán y actualizarán…”
“Los entes obligados del sector
público tendrán unidades de acceso
a la información pública…”
“...recabar y difundir la información
oficiosa…”
Regula el procedimiento de acceso a
la información que debe seguir la
ciudadanía ante los entes obligados.
Las reglas antes mencionadas se aplican de manera general a todos los “entes obligados”,
que según el artículo siete de la LAIP son: los órganos de Estado, sus dependencias, las
instituciones autónomas, las municipalidades o cualquier otra entidad u organismo que
administre recursos públicos, bienes del Estado o ejecute actos de administración pública
en general.
Aparte de las normas generales de la LAIP que aplican al Órgano Ejecutivo, existen otras
que le aplican de manera particular a este órgano de Estado. A continuación se detallan
algunas de las normas de la LAIP y su reglamento, que obligan de manera directa al
Órgano Ejecutivo; teniendo en cuenta que no se tratan de las únicas que le aplican, pero sí
de aquellas que lo vinculan de manera más específica
Tabla 1.6: Disposiciones de la LAIP que aplican de manera específica al Órgano Ejecutivo
Información
LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Oficiosa
Art. 12
Art. 12. “Será información oficiosa de la Presidencia de la República y del
Consejo de Ministros, además de la contenida en el artículo 10, la
siguiente: a. El plan general del Gobierno; b. Los Decretos y Acuerdos
Ejecutivos; c. El proyecto de agenda de las sesiones ordinarias y
extraordinarias del Consejo de Ministros; d. Las actas de reuniones del
Consejo de Ministros; e. Los textos de los vetos y observaciones enviados
a la Asamblea Legislativa.”
Art. 10 “El Ministerio de Hacienda deberá presentar y publicar semestralmente
Inc. 2º y un informe sobre la ejecución presupuestaria del Estado, dentro de los
3º
treinta días siguientes a cada semestre (...) Adicionalmente deberá
publicar los montos que se otorguen a los partidos políticos, en concepto
de deuda política, así como los informes financieros que le presenten los
partidos políticos y coaliciones (...) “
REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
Art. 11
“Los entes obligados podrán actualizar la información señalada en el
artículo 10 de la ley, al menos una vez cada tres meses (...)”
Información
LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Reservada
Art. 19
(a) “Los planes militares y las negociaciones políticas a que se refiere el
Art. 17
Art. 18
Art. 19
Promoción de
cultura de acceso
a la información
Convocatoria y
elección del
Instituto de
Acceso a la
Información
Pública
Art. 46
Art. 53
Art. 75
Art. 168 Ord 7º de la Constitución“; (b) la que perjudique o ponga en
riesgo la defensa nacional y la seguridad pública (c) la que menoscabe las
relaciones internacionales o la conducción de negociaciones diplomáticas
del país (...)”
REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
“Los entes obligados llevarán acabo la clasificación por cualquiera de las
siguientes formas: a) clasificación inmediata y b) clasificación posterior
(...)”
“La clasificación inmediata la realizará el ente obligado cuando la
información se genere, obtenga, adquiera o transforme.”
“La clasificación posterior la realizará el ente obligado cuando por
negligencia la información no haya sido clasificada de manera inmediata,
por lo que el ente obligado la clasificará cuando se reciba una solicitud de
acceso a la información pública”
LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
“El Ministerio de Educación incluirá en los planes y programas de estudio
de educación formal (...) contenidos que versen sobre la importancia
democratizadora de la transparencia, el derecho de acceso a la
información (...)”
LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
“La elección de ternas será realizada en asamblea general por sectores,
convocadas especialmente para tal efecto. Corresponderá al Ministerio
de Economía convocar a las asociaciones empresariales; al Ministerio de
Gobernación convocar a las asociaciones profesionales; al Ministerio de
Educación convocar a las universidades; a la Secretaría de
Comunicaciones de la Presidencia de la República convocar a las
asociaciones de periodistas; y al Ministerio de Trabajo y Previsión Social
convocar a los sindicatos (...)”
“El Presidente de la República contará con treinta días para hacer la
selección de los miembros propietarios y suplentes del Instituto (...)”
REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
“Cada entidad convocante elaborará un instructivo interno por medio de
los cuales dará cumplimiento a los establecido en la Ley y el presente
Reglamento. Dicho instructivo será elaborado en coordinación con la
Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría de
Asuntos Estratégicos (...)”
La aprobación y entrada en vigencia de la LAIP7 ha sido un avance fundamental con
respecto a las reglas a aplicarse en materia de acceso a la información pública. La LAIP ha
dado orden a la dispersión de normas que antes de ella existían y ha creado (y
estandarizado) los mecanismos de acceso a la información, al menos a nivel de la
legislación, pues anteriormente existían diversos cuerpos normativos que contemplaban y
aseguraban este derecho, pero ninguno de estas normativas establecían los
procedimientos, plazos y demás aspectos que la LAIP contempla8.
7
Desde los inicios de siglo XXI diversas organizaciones de la sociedad civil pujaron por una ley que regulara de manera concreta y
especial el derecho de acceso a la información pública, la cual fue finalmente aprobada el 8 de mayo de 2012, siendo impulsada por la
administración Funes, ya que en las anterior administración del ex presidente Saca llegó a acuñar la idea que “la mejor ley de acceso a
la información es la que no existe http://www.elfaro.net/es/201002/noticias/1261/”
8
Por más de dos años el proyecto de ley que antecedió a la LAIP se denominó Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Sin embargo, el término Transparencia fue eliminado a solicitud del órgano ejecutivo, ya que se consideró que existían elementos para
Para finalizar el análisis sobre la LAIP es importante remarcar que dicho instrumento
jurídico ha llegado a ser calificada como la cuarta mejor del mundo según la Escala Global
de Acceso a la Información Pública.9 Por tratarse de un instrumento jurídico con un buen
diseño, su reto más importante se encontrará en su funcionamiento y aplicación práctica.
1.3.2 Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (RLAIP)
El reglamento de la LAIP fue creado por el Presidente de la República de conformidad con
la atribución instituida por la misma Constitución, dicha atribución le manda decretar los
reglamentos que aseguren la aplicación de las leyes10. Éste reglamento desarrolla la forma
en que se hace efectivo el derecho de acceso a la información pública y asegura todos
aquellos mecanismos operativos para la aplicación de la LAIP.
El RLAIP fue publicado en el Diario Oficial N° 163, Tomo 392, de 2 de septiembre de 2011,
reuniendo “en un solo texto la normativa relativa a la institucionalidad de la ley y la
elección de los Comisionados (...) y cuenta con 82 artículos11”. Como norma
complementaria señala definiciones, competencias, los procedimientos para el acceso a la
información, los casos en que puede negarse, el procedimiento para la elección de los
Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública, entre otros elementos.
En lo que concierne específicamente al Instituto de Acceso a la Información Pública, el
RLAIP en su Capitulo XII, desarrolla puntos tales como la organización y funcionamiento
del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), los procesos de convocatorias para
elección de ternas y para asamblea general; procesos de inscripción de candidatos e
inscripción de electores; mecanismos para realizar la votación entre los candidatos
propuestos por las entidades convocantes; así como la presentación de las ternas electas
al Presidente de la República para su selección y designación como Comisionados del IAIP.
El RLAIP establece una serie de requisitos, que constituyen “filtros”, los cuales junto a las
diferentes etapas del proceso y de los actores que convocan, proponen y eligen garantizan
la idoneidad de las personas que resultan electas para las ternas.
A continuación se detalla el resultado de la primera convocatoria y elección de candidatos
a Comisionados del IAIP con sus resultados de votación.
generar transparencia que no estaban contemplados en la propuesta de ley (como la participación ciudadana y la rendición de cuentas,
entre otros), por lo que el nombre debería denotar el ámbito limitado de la ley (DEL-FUSADES, 2002:9).
9
El Center forLaw and Democracy de la Global RighttoInformation Rating, en una evaluación de siete componentes: derecho de acceso
a información; alcance-ámbito; procedimiento de solicitud; excepciones y denegaciones; apelaciones; sanciones; medidas de
promoción y divulgación; obtuvo un puntaje de 127 sobre un máximo de 150 puntos, a partir del cumplimiento de los componentes
antes mencionados, El Salvador se ubica en cuarto lugar a nivel mundial.Información consultada en: http://www.rtirating.org/index.htm.
10
Constitución de la República .Art.168: “Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República:… 14.- Decretar los reglamentos
que fueren necesarios para facilitar y asegurar la aplicación de las leyes cuya ejecución le corresponde.”
11
Boletín de Estudios Legales No. 130: “Nuevas consideraciones sobre los reglamentos en El Salvador”; P. 1/Octubre 2011, San Salvador.
Departamento de Estudios Legales. Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (DEL-FUSADES) Boletín de Estudios
Legales No. 130: “Nuevas consideraciones sobre los reglamentos en El Salvador”; P. 1/Octubre 2011, San Salvador.
Tabla N° 1.7: Listado de candidatos propuestos en ternas para Comisionados del IAIP y resultado de
votación
SECTOR AL QUE
ENTIDAD
NOMBRE DEL CANDIDATO
PORCENTAJE
REPRESENTA
CONVOCANTE
DE VOTACIÓN
Asociaciones de
Ministerio de
Propietarios
Profesionales
Gobernación
Oscar Mauricio Barrios
53.85%
José Adolfo Ayala Aguilar
61.54%
José Ovidio Cardoza
61.54%
Suplentes
Edmundo Chinchilla Moscoso
61.54%
Max Fernando Mirón
61.54%
Adda Mercedes Serarols de
53.85%
Summer
Sindicatos
Ministerio de
Propietarios
Trabajo y
Rafael Domínguez Rodríguez
92.68%
Previsión Social José María Esperanza Amaya
66.07%
Carlos Adolfo Ortega Umaña
84.09%
Suplentes
Hernán Alexander Gómez
83.78%
Rodríguez
René Vladimir Alfaro Romero
88.06%
Amílcar Efrén Cardona Monterrosa
84.00%
Universidades
Ministerio de
Propietarios
Educación
Mauricio Antonio Vásquez López
69.23%
Juan Carlos Castellón Murcia
53.85%
Luis Mario Aparicio Guzmán
53.85%
Suplentes
José Luis Benítez
61.54%
María Ángeles Rodríguez de Chopin
61.54%
Julio César Grande Rivera
92.31%
Asociaciones
Ministerio de
Propietarios
Empresariales
Economía
Luis Lovo Castelar
No hubo
votación
Jaime Mauricio Campos Pérez
Rafael Eduardo Borja Letona
Suplentes
Deysi Lorena Cruz Heredia de
No hubo
Amaya
votación
José Arístides Perla Bautista
Carlos Nasser
Asociaciones de
Secretaría de
Propietarios
Periodistas
Comunicaciones María Hemrinia Fúnez de Segovia
No hubo
de la Presidencia Serafín Valencia Martínez
votación
de la República
Juan Coronado Hernández
Martínez
Suplentes
Olga Noemy Chacón de Hernández
No hubo
votación
Carlos Alberto León Ramos
Mauricio Henríquez Ramos
A la fecha de elaboración de la presente investigación, el IAIP no se encuentra en el
ejercicio de sus funciones, puesto que no fueron designados por parte del Presidente de la
República, los Comisionados al IAIP, por no encontrar idoneidad para el cargo en las ternas
propuestas.
2. Institucionalidad
Bajo esta variable se analizarán aquellas estructuras institucionales del Órgano Ejecutivo y
que tienen dentro de su misión brindar información pública y/o tutelar el derecho de la
población de acceder a la información que se produce en las dependencias del Ejecutivo.
En este informe se estudiaran en especial y debido a la entrada en vigencia de la LAIP, el
Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), como órgano garante del derecho de
acceso a la información pública; las Oficinas de Información y Respuesta (OIR), y las
Unidades de Acceso a la Información Pública (UAIP) como unidades administrativas
institucionales encargadas de responder a las solicitudes de información oficiosa; las
Oficinas de Comunicación y Prensa, como entidades institucionales que producen
diariamente información de las actividades de las diferentes carteras de Estado;
finalmente, se realizará un análisis sobre el diseño e implementación de sitios web, que
son los encargados de brindar la información oficiosa, a través de los cuales la población,
con acceso a internet, puede obtener información oficiosa.
Para el análisis de las páginas web, Iniciativa Social para la Democracia (ISD) cuenta con
una matriz especializada que año con año aplica a las diferentes web institucionales, con
el objetivo de medir el avance o retroceso de éstas a partir de indicadores basados en la
LAIP referente a la divulgación de información oficiosa; a cada sitio web se le asigna un
valor que permite el análisis comparativo entre las diferentes carteras de Estado.
2.1 Órgano garante
Con este indicador se busca conocer y analizar sobre la existencia y el desempeño de un
ente tutelar de la ciudadanía que garantice el pleno ejercicio al derecho de acceso a la
información pública.
Esta instancia deberá contemplar los procedimientos para resolver las controversias en
caso de denegación de información, ausencia de respuesta o cualquier otra vulneración al
derecho de los ciudadanos de acceder a información pública. Este órgano deberá servir
para clarificar a los funcionarios de las entidades públicas obligadas, sobre sus deberes en
caso que exista confusión o interpretaciones erróneas sobre la publicidad o no de alguna
información.
Para el caso de El Salvador, el sistema de acceso a la información que se diseñó,
contempla la creación de un Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), el cual
cumple con las características de un órgano que garantizará el derecho de acceso a la
información pública de la ciudadanía.
Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP)
El Instituto de Acceso a la Información Pública es la institución encargada de velar por la
aplicación de la LAIP, para lo cual fue diseñado con autonomía administrativa y financiera.
Su naturaleza jurídica es de derecho público, contando con personalidad jurídica y
patrimonio propio, tal como lo establece el Art. 51 de la LAIP.
Las atribuciones legales conferidas al IAIP son12:
 Velar por la correcta interpretación y aplicación de la LAIP
 Garantizar el debido ejercicio del derecho de acceso a la información pública y a la
protección de la información personal
 Conocer y resolver los recursos de apelación que contempla la LAIP
 Conocer y resolver del procedimiento sancionatorio y dictar sanciones
administrativas.
El Instituto estará conformado por cinco comisionados propietarios y sus respectivos
suplentes, lo cuales son nombrados por el Presidente de la República a partir de las ternas
electas por cinco sectores: asociaciones empresariales, asociaciones profesionales, las
universidades privadas y la Universidad de El Salvador, asociaciones de periodistas, y los
sindicatos13
Según los plazos legales establecidos por la LAIP, el Instituto debió haber entrado en
funcionamiento en noviembre de 2011, sin embargo, una serie de atrasos, inconvenientes
y decisiones han tenido como resultado la no designación de los comisionados y la no
entrada en funcionamiento de dicho órgano garante.
Retraso en la
elección de ternas
de candidatos para
Comisionados del
IAIP.
El atraso de la entrada en vigencia del RLAIP, el cual debía contener los
procedimientos para la elección de los ternas de candidatos a comisionados del
IAIP, generó a su vez un desfase para la realización de las asambleas para
elegirlos. Por ese hecho, el proceso de elección inició oficialmente el 29 de
septiembre de 2011, pero debió haber iniciado el 4 del mismo mes.
Por otra parte, la primera convocatoria para la realización de las asambleas
generales para elegir las ternas de candidatos a comisionados, se cerró el 25 de
noviembre de 2011 sin haber conseguido el número mínimo de 6 candidatos para
poder realizar las respectivas asambleas. Como resultado de lo anterior se realizó
una nueva convocatoria para que los sectores pudieran completar el número de
candidatos necesarios y dar el tiempo suficiente a éstos para obtener la
documentación que debían presentar. La nueva fecha prevista para la elección fue
28 de enero de 2012. Es decir, el proceso se alargó 2 meses más de lo previsto en la
12
Estas atribuciones se encuentra contempladas en el artículo 58 de la Ley de Acceso a la Información Pública
Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 52: “El Instituto estará integrado por cinco Comisionados y sus respectivos suplentes,
quienes serán nombrados por el Presidente de la República.”
13
Rechazo de las
ternas por parte del
Presidente Funes.
No asignación de
partida
presupuestaria para
el Instituto.
LAIP14.
“El Presidente Mauricio Funes rechazó todas las candidaturas propuestas por los
cinco sectores de la sociedad para integrar el Instituto de Acceso a la Información
Pública, argumentando que algunas de las personas no son idóneas para el cargo,
una causa que no está contemplada ni en la Ley de Acceso a la Información Pública
ni en el reglamento redactado por la misma Presidencia15.”
El Presidente también argumentó como una razón para vetar a los comisionados
del IAIP el que no haya una asignación presupuestaria para dicha institución. "¿De
qué sirve nombrar a los miembros propietarios y suplentes del instituto, si el
instituto no va a tener ni un tan solo centavo de dólar para funcionar? (...) cuando
la Asamblea aprobó la ley no creo la partida presupuestaria para que el instituto
funcionaria, ¿de qué va a servir?" declaró el Presidente.
El Presidente señaló a la Asamblea Legislativa como la principal responsable de la
falta de presupuesto para el organismo que velará por el cumplimiento de la LAIP.
Sin embargo, la Constitución establece en el Art. 167 que será el Ejecutivo el que
elabore el presupuesto y en el Art. 131 dictamina que la Asamblea Legislativa será
16
quien decrete el presupuesto .
El IAIP será la institución que dará soporte a la aplicación de la LAIP y tutelará el derecho
de acceso a la información pública de la ciudadanía, por lo que el nombramiento de sus
funcionarios es de gran importancia, ya que éstos serán quienes resolverán en caso de
conflictos resultantes de la vulneración a este derecho. A pesar de ello, y tal como lo
manifestara el Subsecretario de transparencia y anticorrupción17, la situación de
indefensión no es total, pues aún queda abierta la posibilidad de recurrir a la Sala de lo
Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia en caso de denegación de
información, ausencia de respuesta u otra posible vulneración a este derecho.
Sin embargo, es importante mencionar que la posibilidad de acudir a la Sala de lo
Contencioso Administrativo ya se encontraba abierta antes de la entrada en vigencia de la
LAIP, por lo que uno de los objetivos de esta ley es precisamente que el IAIP sea una
instancia aún no jurisdiccional, sino administrativa, de más fácil acceso para la ciudadanía,
en la que no requiriera las complejas formalidades ni los altos niveles de formación
académica que se requieren para acudir a una instancia jurisdiccional como la Sala de lo
Contencioso, lo cual puede ir en detrimento de la mayoría de los ciudadanos que exigen
su derecho de acceder a la información pública que les interesa.
Estas circunstancias dejan a la ciudadanía por una parte en un estado de indefensión, al
no contar con un órgano garante que tutele el derecho al acceso a la información pública,
ante posibles abusos e incumplimiento de deberes y por otro lado, deja abierta la
14
“Creación del Instituto de Acceso a la Información Pública”; Informe oficial de la SSTA sobre el apoyo brindado para el proceso de
elección de los Comisionados del IAIP. Junio de 2012
15
“Funes se otorga derecho a vetar discrecionalmente a candidatos al Instituto de Acceso a Información”:
http://www.elfaro.net/es/201109/noticias/5767/. Periódico Digital El Faro. Consultado 12 de septiembre de 2012. 06:00 PM
16
Ibíd.
17
Entrevista a Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción, Marcos Rodríguez. 21 de junio de 2012
discrecionalidad de los funcionarios públicos en el cumplimiento de la ley, ante la no
existencia de un Ente sancionatorio.
La inexistencia del IAIP es uno de los principales obstáculos que ha enfrentado la
ciudadanía, ante la discrecionalidad de los funcionarios a la hora de brindar información.
En el tercer año de gestión del Presidente Mauricio Funes, a pesar de avances importantes
y concretos como los portales web, las Oficinas de Información y Respuesta (OIR), y la
entrada en vigencia de la LAIP, aún existe una grave desprotección para la ciudadanía en
caso de denegación de información o cualquier otra vulneración con respecto a este
derecho.18
2.1.1 Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción (SSTA)
La Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción (SSTA) no es una institución que se
conforma para el año de evaluación en este estudio, sin embargo, es fundamental
destacar la importante función que ha desempeñado en este tercer año de gestión para la
implementación de la LAIP, pues ha sido la institución que ha liderado el proceso de
conformación e implementación de las OIR en el Órgano Ejecutivo. Así también ha
elaborado la propuesta de ternas para Oficiales del IAIP.
Según el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (RLAIP),
la SSTA coordinará con las entidades convocantes19, la elaboración de los instructivos para
la elección de las ternas para elegir los Comisionados del IAIP, por lo que el liderazgo
ejercido por esta Subsecretaría para la implementación de los aspectos institucionales que
contempla la LAIP, ha sido importante para el entramado institucional de El Salvador.
El aporte fundamental de la SSTA para el presente año ha sido el de liderar la
implementación de la institucionalidad que la LAIP establece, por lo que su desempeño es
en el marco de la institucionalidad y la institucionalización de los procesos de acceso a la
información, participación ciudadana y rendición de cuentas ha sido de vital importancia,
pasando por ésta la coordinación con los ministerios y autónomas para el nombramiento
de los oficiales de información, su capacitación y todo trabajo relativo al funcionamiento
de las OIR para el momento en que entrara en vigencia la LAIP.
2.2 Oficina de Información y Respuesta (OIR)
Las Oficinas de Información y Respuesta (OIR) son “Las unidades administrativas
institucionales encargadas de velar por el cumplimiento de la Ley de Acceso a la
Información Pública, el establecimiento de mecanismos de participación ciudadana, la
18
Será el IAIP el que resolverá las apelaciones en caso que un Oficial de Información deniegue una solicitud. La LAIP le da estas
atribuciones al Instituto, las cuales están contempladas del Art. 82 al 102, donde se establece el procedimiento explícito que se seguirá
en estos casos.
19
Las entidades convocantes según las define la LAIP son el Ministerio de Economía, el Ministerio de Educación, el Ministerio de
Trabajo y Previsión Social, y la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia (Art. 53 Inc. 2º). Corresponderá entonces
fundamentalmente al órgano ejecutivo llevar a cabo el proceso para la elección de los Comisionados del IAIP.
rendición de cuentas y la atención de quejas, avisos, sugerencias y propuestas ciudadanas,
velando porque la institución mantenga la mejor relación posible con la ciudadanía20”.
La OIR es la figura institucional que recomienda la SSTA a las diferentes instituciones que
componen al Órgano Ejecutivo. El fundamento legal para hacer dicha recomendación se
encuentran contemplado en el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo (RIOE)21, que
establece como parte de los objetivos de la SSTA los de “apoyar a las instituciones del
Órgano Ejecutivo en el diseño, aplicación y seguimiento de medidas de fomento a la
transparencia”, y “recibir quejas y avisos de indicios de irregularidades que se
estuvieren presentando o se hubieren presentado en las instituciones del Órgano
Ejecutivo”22.
Dentro de las principales funciones de las OIR se encuentran las de recibir quejas y avisos
sobre presuntos actos indebidos de los funcionarios y empleados de la entidad (en caso
que los avisos o denuncias deban presentarse en otra entidad del Estado se debe de
brindar la asesoría correspondiente); monitorear los niveles de satisfacción que tienen los
usuarios por los servicios que presta la entidad pública; y, abrir espacios y mecanismos de
participación ciudadana.
Además de las funciones anteriormente mencionadas, las OIR asumen las obligaciones
legales establecidas en la LAIP para los Oficiales de Información23 de las Unidades de
Acceso a la Información Pública (UAIP)24.
Más del 70% de los Ministerios han adoptado la estructura institucional denominada
Oficinas de Información y Respuesta. Solamente la Presidencia y los Ministerios de
Hacienda, Relaciones Exteriores y Turismo cuentan con Unidades de Acceso a la
Información Pública. Para el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores el nombre varía y
se le denomina Oficina de Acceso a la Información Pública25, sin embargo la estructura
que presenta es la más sencilla, respondiendo a lo establecido por la LAIP en el artículo 48
para las UAIP.
El complejo entramado institucional del Órgano Ejecutivo, ya ha sido cubierto casi por
completo con las OIR, representando un avance importante para la puesta práctica de la
LAIP. Para el primero de junio del presente, el Ejecutivo había abierto “73 Oficinas de
Información y Respuesta” (Rodríguez, M. 2012)26.
20
“Guía conceptual y metodológica para el montaje de las oficinas de información y respuesta”; SSTA, CASALS & ASSOCIATES, INC.; y
FEPADE (Noviembre 2011)
21
Ver respuesta de Transparencia Activa a nuestra solicitud de información para aclarar diferencias entre las OIR y las UAIP, en el
correo adjunto en los anexos.
22
Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo. Art. 53 E-B literales “h” y “m”
23
Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 48: “El Oficial de Información será nombrado por el titular de la entidad respectiva para
dirigir la Unidad [de Acceso a la Información Pública.”
24
Ley de Acceso a la Información Pública Artículo 48: “Los entes obligados del sector público tendrán unidades de acceso a la
información pública, las cuales serán creadas y organizadas según las características de cada entidad e institución para manejar las
solicitudes de información.”
25
http://www.rree.gob.sv/index.php?option=com_content&view=frontpage&Itemid=562
26
“El difícil camino de la transparencia (I)”; Marcos Rodríguez. Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción (01/06/2012)
http://www.transparenciaactiva.gob.sv/opinion/2012/06/el-dificil-camino-de-la-transparencia-i/
La lista de Oficiales de Información para cada una de las entidades del órgano ejecutivo se
encuentra detallada con sus respectivos nombres, correos electrónicos, teléfonos de
contacto, así como la dirección física, en el portal Gobierno Transparente27.
Tabla 1.8: Directorio de Unidades de Acceso a la Información Pública y Oficinas de Información y
Respuesta del Órgano Ejecutivo.
INSTITUCIÓN
NOMBRE
CORREO ELECTRÓNICO
TELÉFONO
1
Presidencia de la República
Pavel Benjamín Cruz Álvarez
[email protected]
2231-8050
2
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Ana Patricia Sánchez de Cruz
[email protected]
2210-1969
3
Ministerio de Defensa
[email protected]
2250 -0134
4
Ministerio de Economía
Oscar Armando Hernández
Navas
Laura Margarita Sa Campos
[email protected]
2247-5832
5
Ministerio de Educación
Salomón Alfaro
[email protected]
2510-6109
6
Ministerio de Gobernación
Jacobo Cruz Sosa
[email protected]
2527-7173
7
Ministerio de Hacienda
Daniel Eliseo Martínez Taura
[email protected]
2244-3830
8
Ministerio de Justicia y Seguridad Pública
[email protected]
2526-3191
9
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Francisca Elizabeth Salinas
Álvarez
Marina Sandoval
[email protected]
2132-9476
10
Mario Orellana
[email protected]
2528-3191
11
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y
Desarrollo Urbano
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ariel Andrade Galindo
[email protected]
2231-1035
12
Ministerio de Salud
Carlos Alfredo Castillo Martínez
[email protected]
2205-7123
13
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
YenyBanessa García Reyes
[email protected]
2529-3730
14
Ministerio de Turismo
[email protected]
2243-7835
15
Academia Nacional de Seguridad Pública
[email protected]
2213-1968
16
[email protected]
2244-2610
17
Administración Nacional de Acueductos y
Alcantarillados
Autoridad de Aviación Civil
[email protected]
2565-4400
18
Autoridad Marítimo Portuaria
Glenda Marisol Campos de
Cáceres
Mariella Guadalupe Vega
Gutiérrez
Morena Guadalupe Juárez
Guzmán
Jessica Zohadiveth Romero
López
Victor Manuel Alcaine Alonzo
[email protected]
2530-2242
19
Banco Central de Reserva
[email protected]
2281-8030
20
Banco de Fomento Agropecuario
Flor Idania Romero de
Fernández
Rosalba Asturias de Ávalos
[email protected]
2241-0866
21
Banco de Desarrollo de El Salvador
Roberto Méndez Vásquez
[email protected]
2267-0078
22
Cecilia Medina de Castro
[email protected]
2132-4136
23
Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de
Educación
Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada
José Raúl López Argueta
[email protected]
2234-7133
24
Centro Internacional de Ferias y Convenciones
Jennifer María Aragón Marenco
[email protected]
2501-0207
25
Centro Nacional de Registros
[email protected]
2261-8412
26
[email protected]
2302-0200
27
Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y
Forestal "Enrique Álvarez Córdova"
Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa
Edgar Ignacio Flamenco
Martínez
Silvia Margoth Mejía
Ramón Ramiro Moreno Flores
[email protected]
2211-6000
28
Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma
[email protected]
2218-1274
29
Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa
[email protected]
2521-2277
30
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
Bertila del Carmen González
Juárez
Eduardo Alfonso Alvarenga
Mártir
César Ulises Trujillo Martínez
[email protected]
2234-8419
31
Consejo Nacional de Energía
Francisco Antonio Mejía Méndez
[email protected]
2233-7909
27
Portal Gobierno Transparente: http://www.gobiernotransparente.gob.sv
32
Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia
Katherin Valencia
[email protected]
2525-6603
33
Consejo Salvadoreño del Café
[email protected]
2267-6669
34
Consejo Superior de Salud Pública
Elizabeth Eugenia Morales
Aguirre
Aura Ivette Morales
[email protected]
2561-2571
35
Corporación Salvadoreña de Inversiones
[email protected]
2250-8546
36
Corporación Salvadoreña de Turismo
Juan Antonio Miranda Figueroa
[email protected]
2243-7835
37
Defensoría del Consumidor
Silvia Soledad Orellana Guillén
[email protected]
2526-9063
38
Dirección General de Centros Penales
Manuel de Jesús Sánchez Rivera
[email protected]
2235-8982
39
Dirección General de Migración y Extranjería
María Cledis Molina Ríos
2213-7777
40
Escuela Nacional de Agricultura
Karla Rosario Obispo Vides
[email protected].
sv.
[email protected]
41
Fondo Ambiental de El Salvador
Oscar Giralt
[email protected]
2521-9800
42
Fondo de Conservación Vial
José Ricardo Castellón Osegueda
[email protected]
22873000
43
Fondo de Inversión Nacional en Electricidad y
Telefonía
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local
Roberto Molina
[email protected]
2505-1309
Roberto Molina
[email protected]
2505-1309
Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a
consecuencia del Conflicto Armado
Fondo de Saneamiento y Fortalecimiento Financiero
Lucía del Carmen Benavides
Reyes
Jeanne Marie Amaya Araujo
[email protected]
2133-6200
[email protected]
2281-8371
Carlos Antonio Henríquez
Sandra Idalia Reyes de Melgar
oficialdeinformacionfantel@secretariatecni
ca.gob.sv
[email protected]
2511-5000
48
Fondo Especial de los Recursos provenientes de la
Privatización de ANTEL
Fondo Nacional de Vivienda Popular
49
Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión
Yesenia Aracely Méndez
[email protected]
2263-8099
50
Fondo Social para la Vivienda
[email protected]
2231-2022
51
Fondo Solidario para la Familia Microempresaria
Mario Héctor Monterrosa
Molina
Violeta Guadalupe Donado Piche
[email protected]
2231-6229
52
Fondo Solidario para la Salud
Juan Aníbal Corea Villalta
[email protected]
2528-9751
53
Instituto de Garantía de Depósitos
José Antonio Polanco
[email protected]
2133-2987
54
Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada
Ana Vilma Solórzano Rosas
[email protected]
2234-7416
55
Instituto de Legalización de la Propiedad
Perla Celice Guatemala Palma
[email protected]
2298-9657
56
Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador
[email protected].
2231-9963
57
[email protected]
2231-9749
58
Instituto Nacional de Pensiones de Empleados
Públicos
Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial
[email protected]
2239-9231
59
Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal
Wendy Carolina Gómez
Hernández
JackelineSeusyAvoleván de
Durán
Mercedes del Carmen Melara
del Cid Orozco
María José Rodríguez Escobar
[email protected]
2267-6542
60
Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo
[email protected]
2222-4122
61
Instituto Salvadoreño de Formación Profesional
[email protected]
2244-1670
62
Instituto Salvadoreño de Rehabilitación Integral
Mauricio Alfonso García
Eguizábal
Morena Guadalupe García de
Gómez
Isabel Margarita Alfaro Ticas
[email protected]
2521-8655
63
Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria
Xenia YosabethZúniga
[email protected]
2527-2699
64
Instituto Salvadoreño de Turismo
René Mauricio Canello
[email protected]
2260-9249
65
Instituto Salvadoreño del Seguro Social
Luis Javier Suárez Magaña
[email protected]
2268-3202
66
Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer
María Dolores Rosa
[email protected]
2281-7500
67
Oscar Leonel Alfaro Rodríguez
[email protected]
2213-4732
68
Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de
la Niñez y la Adolescencia
Lotería Nacional de Beneficencia
Adán Ernesto Delgado Gutiérrez
[email protected]
2520-5202
69
Policía Nacional Civil
Raúl Ernesto Abrego
[email protected]
2527-1125
70
Registro Nacional de las Personas Naturales
Oscar Ernesto Aguilar Crespín
2521-9319
71
Superintendencia de Competencia
Roberto Valeriano Marroquín
Elena
[email protected]
[email protected]
[email protected]
44
45
46
47
2366-4800
2257-8809
2523-6641
72
Superintendencia del Sistema Financiero
73
Superintendencia General de Electricidad y
Telecomunicaciones
Cristian Marcel Menjívar
Navarrete
Ana DelmyMenjívar de Jovel
[email protected]
2133-2917
[email protected]
2257-4535
Fuente: Portal de Gobierno Transparente: http://www.gobiernotransparente.gob.sv/oir.html
Es de suma relevancia el hecho que no sólo sean los 13 ministerios junto con las
secretarías de la Presidencia las que cuenten con OIR o UAIP, sino que también la mayoría
de Autónomas cuenten con éstas, lo cual constituyen un importante logro, si se toma en
cuenta que la LAIP entró en plena vigencia el 8 de mayo del presente.
Es necesario señalar que si bien las OIR han asumido atribuciones que amplían las
establecidas por la LAIP para las UAIP, y que se orientan a un enfoque amplio de la
transparencia, a partir de la promoción de mecanismos de participación ciudadana,
rendición de cuentas y prevención de prácticas anti-éticas, es preocupante que su
perdurabilidad institucional se encuentre supeditada a la voluntad política en turno, al no
contar con un asidero legal que establezca de forma clara sus funciones en esta materia.
De esta manera que el llamado es hacia la articulación conjunta del Órgano Ejecutivo y
Legislativo, a fin de impulsar reformas legales que permitan contemplar los avances
institucionales alcanzados con la creación de la OIR y otorgarle sostenibilidad en su
ejercicio.
2.3 Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP)
Las Unidades de Acceso a la Información son creadas por la LAIP28, constituyendo la
estructura con presencia institucional que se encarga específica y oficialmente de brindar
la información solicitada a la ciudadanía. La UAIP es una entidad que se limita de manera
específica a las funciones establecidas en la LAIP, y como se mencionará anteriormente
estas obligaciones son asumidas también por la OIR.
Las funciones principales de la UAIP se encuentran contempladas en el artículo 50 de LAIP,
sin embargo, son mencionadas a través de las funciones del Oficial de Información y no
hay una mención directa de funciones para la Unidad como tal. Entre ellas se encuentran
CUERPO NORMATIVO
Art. 50 Ley de Acceso a la
Información Pública
Tabla 1.9: Atribuciones legales de la UAIP
CONTENIDO
a) Recabar y difundir la información oficiosa y propiciar que las entidades
responsables las actualicen periódicamente.
b) Recibir y dar trámite a las solicitudes referentes a datos personales a
solicitud del titular y de acceso a la información.
28
Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 48: “Los entes obligados del sector público tendrán unidades de acceso a la información
pública, las cuales serán creadas y organizadas según las características de cada entidad e institución para manejar las solicitudes de
información.”
c) Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso,
orientarlos sobre las dependencias o entidades que pudieran tener la
información que solicitan.
d) Realizar los trámites internos necesarios para localización y entrega de la
información solicitada y notificar a los particulares
e) Instruir a los servidores de la dependencia o entidad que sean necesarios,
para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información.
f) Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, sus
resultados y costos
g) Garantizar y agilizar el flujo de información entre la dependencia o entidad
y los particulares.
h) Realizar las notificaciones correspondientes
i) Resolver sobre las solicitudes de información que se les sometan
j) Coordinar y supervisar las acciones de las dependencias o entidades
correspondientes con el objeto de proporcionar la información prevista en
esta ley
k) Establecer los procedimientos internos para asegurar la mayor eficiencia
en la gestión de las solicitudes de acceso a la información
l) Elaborar un programa para facilitar la obtención de información de la
dependencia o entidad, que deberá ser actualizado periódicamente
m) Elaborar el índice de la información clasificada como reservada.
n) Elaborar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que
éste expida, los datos necesarios para la elaboración del informe anual a que
se refiere el artículo 60 de ésta Ley
El Órgano Ejecutivo cuenta con menos UAIP que OIR (Ver Tabla 1.10). Solamente los
Ministerios de Relaciones Exteriores, Hacienda, Turismo y la Presidencia de la República
han implementado Unidades de Acceso a la Información Pública, siendo mayoritariamente
las OIR las instancias administrativas que se encuentran brindando en la práctica la
información oficiosa que solicita la ciudadanía.
Tabla 1.10: Estructura Institucional adoptada por la Presidencia y los Ministerios.
INSTITUCIÓN
INSTITUCIONALIDAD PARA BRINDAR
INFORMACIÓN NO OFICIOSA
Presidencia de la República
UAIP
Ministerio de Hacienda
UAIP
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Turismo
UAIP
UAIP
Ministerio de Economía
OIR
Ministerio de Educación
Ministerio de Gobernación
OIR
OIR
Ministerio de Justicia y Seguridad Pública
Ministerio de la Defensa Nacional
OIR
OIR
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
OIR
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo
Urbano
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
OIR
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Ministerio de Agricultura y Ganadería
OIR
OIR
OIR
Fuente: Elaboración propia con datos de los organigramas obtenidos en las páginas web de cada Ministerio
Cabe destacar que las UAIP se limitan exclusivamente a brindar información pública, es
decir, contemplan menos atribuciones que la OIR ya que ésta última trabaja desde una
perspectiva más amplia de la transparencia implementando procesos de participación
ciudadana y rendición de cuentas.
La LAIP manda la creación de UAIP y no contempla las OIR, sin embargo, la SSTA justifica la
creación de las OIR en las funciones que le da el RIOE (Art. 53-E) y además argumenta que
las OIR no solamente cumplen con las funciones de las UAIP sino que además las amplía.
En el plano práctico esto podría generar confusión a la ciudadanía a la hora de apropiarse
del concepto de institucionalidad.
2.4 Oficina de comunicación y prensa
Las oficinas de comunicación y prensa del Ejecutivo son oficinas que brindan información
oficial de las acciones de la institución y sus titulares, siendo una fuente importante para
la prensa nacional pero también para la ciudadanía.
La información del diario acontecer institucional, es cada vez más puesta del control
ciudadano a través de las redes sociales, como Facebook y Twitter, haciendo en algunos
casos que la información producto de la acción institucional ya no sea solamente
transmitida por la prensa, sino de manera directa por las oficinas de comunicación y
prensa de cada institución.
En este caso la información suele ser tendiente a resaltar los logros y sólo los aspectos
positivos de la administración y sus titulares, y el criterio para escoger qué información es
relevante pasa por ese tamiz. La tablea 1.11 detalla los Ministerios que cuentan con
oficinas con funciones de comunicación y prensa, así como los niveles y la ubicación
jerárquica de estas:
Tabla 1.11: Estructura Institucional de Comunicaciones por Ministerio
MINISTERIO
NIVEL JERÁRQUICO INSTITUCIONAL
INSTANCIA SUPERIOR JERÁRQUICA
Ministerio de Economía
Gerencia de Comunicaciones y Gerencia adscrito al Despacho
Relaciones Públicas
Ministerial
Ministerio de Educación
Dirección de Comunicaciones
Dirección adscrita al Despacho
Ministerial
Ministerio de Gobernación
Unidad de Comunicaciones
Unidad
adscrita
al
Despacho
Ministerial
Ministerio de Hacienda
Unidad de Comunicaciones
Unidad adscrita al Viceministerio de
Hacienda
Ministerio de Justicia y Seguridad Dirección de Comunicaciones y Dirección adscrita al Despacho
Pública
Protocolo
Ministerial
Ministerio de la Defensa Nacional
Departamento de Comunicaciones
Departamento adscrito al Despacho
Ministerial
Ministerio de Medio Ambiente y Gerencia
de
Tecnologías
y Gerencia bajo la Dirección General de
Recursos Naturales
Comunicaciones
Planificación Procesos y Gestión de la
Calidad
Ministerio
de
Obras
Públicas, Gerencia
de
Comunicación Gerencia adscrita al Despacho
Transporte, Vivienda y Desarrollo Institucional
Ministerial
Urbano
Ministerio de Relaciones Exteriores
Unidad de Comunicaciones
Unidad adscrita al Despacho de la
Jefatura de Gabinete
Ministerio de Salud Pública y Unidad de Comunicaciones
Unidad
adscrita
al
Despacho
Asistencia Social
Ministerial
Ministerio de Turismo
Oficina de Relaciones Públicas
Oficina
adscrita
al
Despacho
Ministerial
Ministerio de Trabajo y Previsión Unidad
de
Comunicaciones
y Unidad
adscrita
al
Despacho
Social
Relaciones Públicas
Ministerial
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Oficina de comunicaciones
Unidad de Apoyo adscrita al Despacho
Ministerial
Según la información contemplada en la tabla 1.11, el 100% de los Ministerios cuenta con
una entidad encargada de la comunicación institucional, sin embargo solo se le asignan
funciones de comunicación y no de prensa institucional. Las otras funciones con las que
aparecen ligadas las entidades de comunicaciones son las de relaciones públicas en dos
Ministerios, protocolo en uno y tecnología en otro.
Los niveles jerárquicos dentro de la administración pública usualmente se organizan de la
siguiente manera: Despachos Ministeriales, Despachos de los respectivos Viceministerios,
Direcciones, Gerencias, Unidades y Oficinas. Para el caso, dos Ministerios elevan sus
entidades de comunicaciones al rango de Dirección; tres las establecen como Gerencia;
cinco las consideran Unidades y dos como Oficina. El caso del Ministerio de Defensa
Nacional es sui generis, y en este caso las comunicaciones son llevadas por un
Departamento, que responde a la lógica de organización militar, que varía
sustancialmente con la estructura de una administración pública regular.
En el 85% de los Ministerios, las entidades responsables de llevar las comunicaciones
institucionales se encuentran directamente adscritas a los despachos de los Ministros y
Viceministros, lo cual demuestra la relevancia de la comunicación institucional para la
Administración Pública.
2.5 Diseño e implementación de páginas web
Con el desarrollo de la era digital, se ha generado un sustancial aumento por parte de la
población en el uso de internet, para buscar y ubicar información de diferentes tipos;
haciendo uso de una de las herramientas informáticas de mayor demanda en la actualidad
como lo son los portales o páginas web.
En sintonía con lo anteriormente expuesto la LAIP, con el fin de modernizar y acercar de
manera más inmediata la información a la ciudadanía, hace referencia a la utilización de
medios electrónicos para difundir los diferentes tipos de información29. No obstante es
necesario enfatizar que el acceso a las referidas herramientas tecnológicas sigue siendo
limitado para un porcentaje mayoritario de la población salvadoreña en general.
Las páginas web ya eran una herramienta ampliamente utilizada por las dependencias del
Ejecutivo, sin embargo, el reto para el tercer año de gobierno era lograr en la
estandarización de éstas, con el objetivo de acoplarlas para brindar la información oficiosa
de cada entidad del Ejecutivo.
Portal de Transparencia Fiscal, del Ministerio de Hacienda
El Portal de Transparencia Fiscal (PTF), “es una plataforma informativa de acceso libre, que
permite a cualquier usuario disponer, en tiempo real, de la más completa información
económica sobre la situación de las finanzas públicas en El Salvador”30; facilitando de esta
forma, el acceso electrónico a información pública en materia fiscal.
El PTF ha contribuido a mejorar la percepción de la población sobre la transparencia de la
gestión de las finanzas públicas, proporcionando mecanismos simples y de fácil acceso, los
cuales permiten obtener información pertinente, oportuna y confiable
La mala percepción ciudadana sobre la transparencia en la gestión de las finanzas
públicas, se reflejó en las recomendaciones que los mismos usuarios hicieron respecto de
los atributos generales que debería contener el PTF, evidenciándose así, una serie de
debilidades en cuanto a la forma y contenido de la información que se publicaba en el
Portal del Ministerio de Hacienda.
29
Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 18: La información oficiosa a que se refiere este capítulo deberá estar a disposición del
público a través de cualquier medio, tales como páginas electrónicas
30
Palabras pronunciadas por el Ministro de Hacienda, Lic. Carlos Cáceres, en el marco del lanzamiento del Portal de Transparencia
Fiscal, Ministerio de Hacienda: http://www.mh.gob.sv/portal/page/portal/PMH/Novedades/Noticias/Noticia?articulo=488 (2010)
Una gran parte de las quejas de los usuarios de la información que entregaba el Ministerio
de Hacienda (…) es, que la información era difícil de encontrar y cuando finalmente se
encontraba no estaba en la forma que se requería, por ejemplo, estaba incompleta, poco
actualizada o no era fácilmente traspasable a un formato de trabajo, como Excel por
ejemplo, todo lo cual hacía que el usuario finalmente le tomara mucho tiempo en
reconstruirla si es que no se había renunciado a su búsqueda.31
Identificadas las deficiencias de la información fiscal a través de las exigencias requeridas
por diversos sectores de la sociedad, entre ellos, economistas, organizaciones de la
sociedad civil, académicos, consultores, periodistas, políticos y organismos
internacionales, el Ministerio de Hacienda, crea y pone a disposición de la ciudadanía el
Portal de Transparencia Fiscal, como un canal de comunicación, por medio del cual, el
usuario sin importar su nivel de preparación, puede realizar búsqueda de información de
fácil comprensión sobre finanzas públicas.
Se ha constituido un medio de divulgación de información en materia de transparencia
fiscal, fomentando de esta manera, una mayor interacción entre la ciudadanía y el
Gobierno en materia de finanzas públicas.
Actualmente la información fiscal es accesible, comprensible, relevante y oportuna,
permitiendo una alta usabilidad que responde positivamente a las mayores demandas de
los usuarios. Por otra parte, existe una innovación permanente de la publicación, a través
de la actualización de la información.
A continuación se analizarán otros de los esfuerzos del Órgano Ejecutivo para la
implementación de páginas web que brinden la información oficiosa necesaria y
obligatoria, de manera más clara para la ciudadanía que las consulta.
Botón “Gobierno Transparente”
El link o botón de Gobierno Transparente es un enlace que aparece en la página principal
de los sitios web oficiales de las entidades del Ejecutivo, en el cual se aglutina la
información oficiosa contemplada por la LAIP. Este constituye un avance destacable por
parte del gobierno central y paralelamente un compromiso por proporcionar dicha
información de forma accesible, completa y actualizada a la ciudadanía.
Portal de Gobierno Transparente
http://www.gobiernotransparente.gob.sv
Gobierno Transparente es el portal web del Órgano Ejecutivo que pone a disposición de la
ciudadanía la información oficiosa de todas las instituciones del Gobierno Nacional en un
31
Concha, Gastón, Informe 2: Fase de Diseño y Análisis, Diseño del Portal de Transparencia Fiscal en el Ministerio de Hacienda de El
Salvador, p. 15.
mismo sitio, bajo la coordinación de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción
(SSTA) de la Secretaría para Asuntos Estratégicos (SAE) de la Presidencia de la República.
El objetivo de ésta herramienta tecnológica es facilitar al usuario el acceso a la
información y acercar la gestión pública a la ciudadanía, en el marco del cumplimiento de
la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) que en su artículo 10 estipula como
información oficiosa32, y clasifica la información de la siguiente manera:





Marco Normativo
Marco de Gestión Estratégica
Marco Presupuestario
Oficinas de Información y Respuesta/Unidades de Acceso a la Información Pública
Participación Ciudadana
Los esfuerzos demostrados a través del portal Gobierno Transparente permiten ordenar y
clasificar la información brindada por los portales de cada institución, convirtiéndose en
una web que recopila la información oficiosa de cada una de éstas. A través de ella
también se pueden conocer los datos de contacto de los Oficiales de Información en cada
una de las instituciones, así como todos aquellos aspectos fundamentales para la
transparencia en el Órgano Ejecutivo.
En una evaluación realizada en el mes de junio de 2012, por la SSTA a 63 instituciones del
Órgano Ejecutivo, con el objetivo de medir los avances en cuanto a la publicación de
información oficiosa en sus sitios web institucionales, se concluyó33
Tabla 1.12: Hallazgos de la evaluación a sitios web. Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción
1) El 35% de las instituciones publican el 100% de su información oficiosa exigida por la
LAIP
2) El Órgano Ejecutivo expone el 87% de la información que mandata la LAIP
3) El 100% de las instituciones han cumplido con el estándar de publicación de la ley
principal que la rige a su ente obligado.
A pesar que dicha evaluación comprende algunos días fuera del período que se analiza en
este monitoreo y que es más bien un análisis conforme a parámetros de información
oficiosa que contempla la LAIP, sus hallazgos son útiles para la investigación aunque no
sea el objetivo de este informe un análisis sucinto sobre la implementación de la LAIP 34.
32
Portal web Gobierno Transparente: http://www.gobiernotransparente.gob.sv/qsomos.html
Informe del Monitoreo a las Web Institucionales del Órgano Ejecutivo, en el Marco de la Aplicación de la Ley de Acceso a la
Información Pública (del 8 de mayo al 13 de junio de 2012); Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción, Secretaría de Asuntos
Estratégicos de la Presidencia de la República.
*”¿Cuánto
cumplen las
instituciones públicas
con el acceso a
la
información”. Transparencia Activa:
http://www.transparenciaactiva.gob.sv/laip/2012/06/cuanto-cumplen-las-instituciones-publicas-con-el-acceso-a-la-informacion/.
Consultado 10 de septiembre de 2012. 3:00 PM
34
Cabe señalar que en el más reciente Informe general de cumplimiento de acceso a la información (Agosto 2012). La SSTA señala que
únicamente el 14.3% de las instituciones del Órgano Ejecutivo publican el 100% de información oficiosa. La reducción respecto al
período anterior se debe a que muchas instituciones no han actualizado su información
33
Para el primero de junio del presente año, el Subsecretario de Transparencia y
Anticorrupción, mencionaba como uno de los logros, que 63 instancias del Ejecutivo
habían abierto portales de información, que disponían de más de 85,000 documentos 35,
los cuales se enlazan a un portal central exigido por la ley, denominado Gobierno
Transparente. Para la finalización del tercer año de gobierno el 100% de los Ministerios
contaban con el link de Gobierno Transparente.
Las instituciones del Órgano Ejecutivo mejor y peor evaluadas en el primer ranking web de
la SSTA son las siguientes36
Tabla 1.13: Comparativa entre las mejores evaluadas y las peores evaluadas en razón de cumplimiento
LAS MEJORES EVALUADAS
PORCENTAJE DE
LAS PEORES EVALUADAS
PORCENTAJE DE
CUMPLIMIENTO
CUMPLIMIENTO
Superintendencia General de Electricidad
100%
Instituto de Legalización de Propiedades
44%
y Telecomunicaciones (SIGET)
(ILP)
Superintendencia del Sistema Financiero
100%
Instituto Salvadoreño de Rehabilitación
38%
(SSF)
de Inválidos (ISRI)
Ministerio de Salud Pública y Asistencia
100%
Instituto de Bienestar Magisterial (IBM)
21%
Social (MINSAL)
Ministerio de Economía (MINEC)
100%
Autoridad Marítima Portuaria (AMP)
13%
Ministerio de Defensa Nacional
100%
Centro Nacional de Tecnología
Agropecuaria y Forestal (CENTA)
8%
Fuente: Informe de Primera Tabla Ranking del monitoreo a las Web Institucionales del Órgano Ejecutivo, realizado por SSTA.
Transparencia Activa
Dentro de los esfuerzos del portal Gobierno Transparente sobresale la implementación de
la iniciativa de Transparencia Activa37, que se define como un medio orientado a ampliar
el acceso a la información y la rendición de cuentas del Gobierno de El Salvador.
Es un periódico digital elaborado desde la SSTA, y en él se pretenden mostrar los esfuerzos
de las instituciones del Órgano Ejecutivo por hacer transparente la información pública
que cada uno de ellos produce, a través de notas de actualidad, reportajes y entrevistas
de las acciones más importantes de dichas instituciones. 38
Su producción y contenido es realizada por las Oficinas de Comunicaciones de las
dependencias del Gobierno de El Salvador, y su responsabilidad editorial corresponde
SSTA, de la SAE de la Presidencia de la República, de manera coordinada con la Secretaría
de Comunicaciones.
35
“El difícil camino de la transparencia”. Transparencia Activa: http://www.transparenciaactiva.gob.sv/opinion/2012/06/el-dificilcamino-de-la-transparencia-i/. Consultado 11 de septiembre de 2012. 2:00 pm
36
Publicaciones. Portal Gobierno Transparente: http://gobiernotransparente.gob.sv/publicaciones.php
37
Sitio web Transparencia Activa: http://www.transparenciaactiva.gob.sv/
38
Informe de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Junio de 2012.
Transparencia Activa se ha convertido en un importante esfuerzo interactivo,
desarrollándose también con sus respectivas redes sociales, a través de las cuales se
presenta la información generada por las diferentes entidades del Ejecutivo, de una
manera más amigable y atractiva para la ciudadanía. Debe mencionarse también que por
tratarse de un medio oficial, la información presentada tiende a dar relevancia a los
aspectos positivos y logros gubernamentales, lo cual tampoco es un elemento que
desmerita la capacidad interactiva, creativa y de proposición de información relevante
para la ciudadanía.
Es a través de iniciativas como el mismo portal de Transparencia Activa, que la SSTA
destacó como uno de sus logros en el tercer año de gobierno, el mejoramiento y
estandarización de sitios web en 28 dependencias del Ejecutivo, en conjunto con la
Dirección de Innovación Tecnológica e Informática de la Secretaría Privada de la
Presidencia (ITIGES). Iniciando así un proceso de estandarización de los sitios web de
todas las entidades del Ejecutivo, capacitando al personal de cada entidad sobre
estándares y estructura de navegación, con la finalidad de dotarlos de las herramientas
que les permitirán brindar un mejor producto a la población a través de sitios web más
completos, interactivos y amigables39.
Ranking web
Iniciativa Social para la Democracia (ISD)
Los sitios web de las instituciones de gobierno, constituyen una herramienta valiosa,
mediante las cuales las distintas entidades del Órgano Ejecutivo pueden disponer de la
información oficiosa y facilitar el acceso de la misma a la ciudadanía; es por ello que
analizar los sitios web es un aspecto relevante en el presente informe, dado que
contribuye a tener una perspectiva actualizada de los avances que las instituciones del
Órgano Ejecutivo presentan en la publicación de la información oficiosa dentro de sus
sitios web institucionales.
El análisis y la respectiva ponderación de cada uno de los sitios web que han sido
evaluados en el presente informe, son el resultado de verificar el cumplimiento o no de
cada uno los parámetros e indicadores que la ISD ha elaborado, en base a estándares
internacionales y al tipo de información oficiosa que debe tener cualquier institución
pública según lo establecido por la LAIP40.
La metodología y la herramienta utilizada para evaluar los sitios web en el tercer año de
gobierno del Presidente Mauricio Funes, permiten a la ISD hacer un análisis comparativo
39
“Iniciativas de Transparencia en el Órgano Ejecutivo”: http://asuntosestrategicos.presidencia.gob.sv/temas/transparencia-yanticorrupcion/iniciativas-de-transparencia-en-el-organo-ejecutivo-.html
40
Estos resultados pueden ser complementados con los resultados oficiales arrojados por la medición de la información oficiosa
publicada en las páginas web de las instituciones públicas realizado por la SSTA. Es importante mencionar que los criterios de medición
no son los mismos, pues la medición realizada por la SSTA solamente tiene como objetivo evaluar el porcentaje de información oficiosa
que cada institución del Ejecutivo expone en su portal web, mientras que la evaluación de las web que realiza ISD valora otros
elementos que van más allá de la publicación de la información oficiosa que la LAIP obliga a publicar. Los resultados de la medición dela
SSTA pueden ser consultados en este link: http://www.gobiernotransparente.gob.sv/publica/comotranspare/CT1.pdf
temporal e interinstitucional; puesto que en años anteriores, ya se han evaluado y
analizado otras tantas instituciones del Órgano Ejecutivo bajo los estándares de medición
utilizados en este informe. Los parámetros o estándares y sus respectivos puntajes de
valoración a los cuales se hace mención se encuentran agrupados en 5 grandes niveles
Tabla No. 1.14: Parámetros y puntajes establecidos
Parámetros
A nivel organizacional (Reglas Claras).
Puntaje
1.71
A nivel financiero (Acceso a la Información).
A nivel de recursos humanos (Acceso a la Información).
Informes (Rendición de Cuentas).
2.63
1.45
3.16
Mecanismos de comunicación e interacción con la población (Participación
Ciudadana).
Total
1.05
10.00
También es importante señalar cuáles son los indicadores que conforman cada uno de los
parámetros, y su respectiva ponderación, a fin de esta herramienta de medición, permita
establecer un nivel de estandarización en los sitios web que se han sometido a análisis.
La ponderación que el análisis brinda, establece una escala de cero a diez, ésta no
pretende constituirse en una calificación, sino más bien en una medición que permite
ubicar el nivel de cumplimiento en que se encuentra cada entidad del gobierno con
respecto a la cantidad y calidad de información que dispone en su sitio web; así también
se busca monitorear el nivel avance o retroceso si lo hubiese, en cada una de las
instituciones evaluadas, en comparación a los años anteriores.
Tabla No. 1.15: Puntaje establecido en base a Parámetros e Indicadores
Atributos
Parámetros e indicadores
Información
de interés
general
1.
información
que orienta
a prevenir
corrupción
A NIVEL ORGANIZACIONAL (REGLAS CLARAS).
Idiomas de la pagina web
Organigrama de la institución.
Misión y visión
Objetivos de la institución.
Valores institucionales o principios rectores.
Directorio de funcionarios o Listado de funcionarios y jefaturas
importantes con correos electrónicos y números de teléfono.
Cuerpos directivos u órganos de dirección
Políticas y procedimientos administrativos.
Prestación de bienes y servicios: tipos de servicios y formas de
prestación.
Legislación, reglamentos, códigos, normativas, acuerdos y
resoluciones de órganos directivos
2.
Información
que oriente a
la
transparencia
A NIVEL FINANCIERO (ACCESO A INFORMACIÓN).
Presupuestos
Puntaje
por
parámetro
e indicador
Ponderación
por
parámetro
con base a
10.
13
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
2
2
1
1
2
1
1
1
20
3
1.71
Estados financieros: ingresos y egresos.
Ejecución de gastos
Adquisiciones y Contrataciones de bienes y servicios
Licitaciones adjudicadas y en proceso: montos, nombre del
contratista, plazos de ejecución,
Banco de contratistas.
Proyectos: Programados, en ejecución, ejecutados.
3.
A NIVEL DE RECURSOS HUMANOS (ACCESO A INFORMACIÓN).
Números de empleados y estadísticas: cuantos hombres,
mujeres, edad promedio, años trabajados en promedio, etc.
Currículo vitae de funcionarios y jefaturas importantes.
Salarios y otras prestaciones del cargo: dietas, vehículos,
combustible, viajes, etc.
Concursos y procedimientos para la contratación y ofertas de
plazas
4.
INFORMES (RENDICIÓN DE CUENTAS).
Memoria de labores
Informes trimestrales y semestrales a nivel financiero
Informes de auditoria
Informes de contabilidad
Declaraciones patrimoniales de funcionarios y jefaturas más
importantes
Planificación: Planes de trabajo anual y estratégico.
Estadísticas de todo tipo
Boletines informativos o revistas
Eventos públicos, discursos de funcionarios y galería de fotos.
Centros de documentación o publicaciones
MECANISMOS DE COMUNICACIÓN E INTERACCIÓN CON LA
POBLACIÓN (PARTICIPACIÓN CIUDADANA).
Consultas, quejas y sugerencias
Oficinas de información y respuesta
Vínculos con otras instituciones.
Conformación de comisiones, consejos, mesas o cualquier
mecanismo de participación ciudadana.
TOTAL Y VALOR POR PUNTO CON BASE A 10
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
3
3
3
3
1
1
1
1
1
3
2
1
1
1
1
1
1
1
1
3
3
1
1
1
3
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
24
2
3
3
3
3
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
2.63
11
2
1.45
3.16
2
2
2
2
2
5.
8
1
1
1
1
1
1
1
1
3
2
1
2
1.05
76
0.131578947
10
Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD.
A continuación detallamos los resultados de la evaluación a los sitios web de las diferentes
instituciones del Órgano Ejecutivo que se han tomado como muestra para el presente
informe.
N°
1
2
3
Tabla No. 1.16: Resultados de monitoreo a 32 páginas web de instituciones del Órgano Ejecutivo
Institución
Indicadores
Indicadores Total Porcentajes
disponibles
no
disponibles
Centro Nacional de Registros
31
4
35
88.57%
Comisión Hidroeléctrica del Río Lempa
31
4
35
88.57%
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y
31
4
35
88.57%
Desarrollo Urbano
Ponderación
Final
8.82
8.82
8.82
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
Ministerio de Relaciones Exteriores
Superintendencia Generalde Electricidad y
Telecomunicaciones
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local
Superintendencia del Sistema Financiero
Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados
Públicos
Ministerio de Economía
Ministerio de Hacienda
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados
Ministerio de Gobernación
Ministerio de Educación
Banco Central de Reserva de El Salvador
Defensoría del Consumidor
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Consejo Superior de Salud Pública
Fondo Social para la Vivienda
Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
Casa Presidencial.
Lotería Nacional de Beneficencia de El Salvador
Ministerio de la Defensa Nacional
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
Ministerio de Seguridad Pública y Justicia
Fondo del Milenio de El Salvador
Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma
Centro Internacional de Ferias y Convenciones
Fondo de Conservación Vial
Dirección General de Estadísticas y Censos
Universidad de El Salvador
31
31
4
4
35
35
88.57%
88.57%
8.82
8.82
30
31
30
5
4
5
35
35
35
85.71%
88.57%
85.71%
8.69
8.56
8.43
30
30
29
30
29
30
28
29
29
29
27
28
28
27
28
28
27
28
27
26
25
23
21
15
5
5
6
5
6
5
7
6
6
6
8
7
7
8
7
7
8
7
8
9
10
12
14
20
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
35
85.71%
85.71%
82.86%
85.71%
82.86%
85.71%
80.00%
82.86%
82.86%
82.86%
77.14%
80.00%
80.00%
77.14%
80.00%
80.00%
77.14%
80.00%
77.14%
74.29%
71.43%
65.71%
60.00%
42.86%
8.43
8.43
8.43
8.43
8.30
8.17
8.04
8.03
8.03
8.03
7.90
7.90
7.90
7.77
7.77
7.77
7.77
7.77
7.37
7.25
6.85
6.32
5.27
3.42
Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD.
Los resultados que se muestran en la Tabla 1.16 indican que cinco instituciones que
componen el órgano Ejecutivo, han obtenido una ponderación de 8.82, siendo éstas el
Centro Nacional de Registros, la Comisión Hidroeléctrica de Rio Lempa, el Ministerio de
Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano, el Ministerio de Relaciones
Exteriores y la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones. Lo anterior
denota, según el monitoreo efectuado en ésta investigación, que éstas cinco instituciones
son las que mejor actualizadas se encuentran en cuanto al tipo de información oficiosa
que disponen en sus páginas web.
En esta evaluación del tercer año de gestión del presidente Mauricio Funes, se han
incorporado siete instituciones del Órgano Ejecutivo, las cuales son evaluadas por primera
vez, ellas son: la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), el Fondo de Conservación
Vial (FOVIAL), la Dirección General de Estadísticas y Censos (DIGESTYC), el Consejo
Superior de Salud Pública (CSSP), el Fondo del Milenio de El Salvador (FOMILENIO), la
Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA), y la Superintendencia General de
Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET). A continuación se presentan los resultados de
la primera evaluación realizada a estas instituciones.
Tabla No. 1.17: Resultados de monitoreo a 7 páginas web de instituciones del Órgano Ejecutivo
incorporadas para la evaluación de 2012
Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD.
N°
31
2
Superintendencia General de Electricidad y
Telecomunicaciones
Superintendencia del Sistema Financiero
Indicadores
no
disponibles
4
31
4
35
88.57%
8.56
3
Consejo Superior de Salud Pública
27
8
35
77.14%
7.90
4
Fondo del Milenio de El Salvador
27
8
35
77.14%
7.37
5
Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma
26
9
35
74.29%
7.25
6
Fondo de Conservación Vial
23
12
35
65.71%
6.32
7
Dirección General de Estadísticas y Censos
21
14
35
60.00%
5.27
1
Institución
Indicadores
disponibles
Total
Porcentajes
Ponderación
Final
35
88.57%
8.82
En cuanto a los parámetros en los que se dispone menor cantidad de información, lo
concerniente al tema de presentación de informes, memorias de labores y rendición de
cuentas, es el parámetro con menor ponderación en esta evaluación; ya que de los 3.16
puntos posibles, en promedio las páginas web evaluadas en este año obtienen un valor de
1.93 el cual equivale al 68.44% del máximo posible a obtener; le sigue el tema relativo a
recursos humanos, con un puntaje de 1.1 equivalente al 70.32% del máximo a obtener el
cual sería 1.45.
La evaluación también deja datos positivos en el tema de acceso a la información y más
aún cuando se toma en cuenta que la entrada en completa vigencia de la LAIP, ha
permitido que la mayoría de las instituciones evaluadas reflejen un aumento significativo
en otros parámetros como lo son los resultados de Mecanismos de comunicación e
interacción con la población que refleja un puntaje alcanzado de 1.02 sobre 1.05 posibles
dando un 97.66% de cumplimiento, así también a nivel financiero se obtiene un promedio
de 2.34 siendo el techo máximo a obtener de 2.63, lo cual equivale a un 89.29% de
cumplimiento y el último de los parámetros evaluados que tienen que ver con el nivel
organizacional brinda un porcentaje de 82.19% al haber obtenido un puntaje de 1.43
sobre 1.71 posibles.
Tabla No. 1.18: Puntaje promedio alcanzado por parámetros. Evaluación de 2012
Parámetros
A nivel organizacional (reglas claras).
A nivel financiero (acceso a información).
A nivel de recursos humanos (acceso a información).
Informes (rendición de cuentas).
Mecanismos de comunicación e interacción con la
población (participación Ciudadana).
Total
Puntaje
máximo a
obtener
1.71
2.63
1.45
3.16
1.05
Puntaje
promedio
alcanzado
1.43
2.34
1.1
1.93
1.02
Porcentaje
10
7.85
78.50%
82.19%
89.29%
70.32%
68.44%
97.66%
Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD.
A manera de efectuar una medición comparativa de las páginas web de las instituciones
del Órgano Ejecutivo que en esta oportunidad son evaluadas, se han recopilado los datos
obtenidos por el OCT en los dos anteriores años de gestión del presidente Mauricio Funes,
mostrando un crecimiento en el cumplimiento de sus políticas de acceso a la información,
rendición de cuentas y participación ciudadana, pues desde la evaluación efectuada en el
2010, se denota una notable mejoría en cada una de las instituciones.
Tabla No. 1.19: Comparativo de evaluaciones efectuadas a 18 páginas web de instituciones del Órgano
Ejecutivo en los años 2010 - 2011 – 2012
Institución
Centro Nacional de Registros
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y
Desarrollo Urbano
Ministerio de Economía
Ministerio de Hacienda
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Ministerio de Gobernación
Ministerio de Educación
Banco Central de Reserva de El Salvador
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Fondo Social para la Vivienda
Instituto Salvadoreño del Seguro Social.
Casa Presidencial
Lotería Nacional de Beneficencia (LNB)
Ministerio de la Defensa Nacional
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
Ministerio de Seguridad Pública y Justicia
Ponderación
final 2010
3.96
4.21
Ponderación
final 2011
6.18
5.93
Ponderación
final 2012
8.82
8.82
4.73
5.93
6.59
3.56
7.64
5.8
5.66
5.93
6.85
5.13
0.26
7.11
5.01
5.4
3.68
5.67
6.72
7.38
5.01
7.9
4.87
7.38
3.55
6.85
4.47
2.37
7.23
4.34
5.14
5.8
8.43
8.43
8.43
8.43
8.17
8.04
8.03
8.03
7.90
7.90
7.77
7.77
7.77
7.77
7.77
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local
5.39
5.13
6.32
Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD.
Con el objeto de realizar una comparación más específica y cercana en cuanto a tiempo se
refiere, hemos de comparar los resultados obtenidos en el año 2011 con los resultados de
la evaluación realizada en 2012, mediante la cual mediremos el nivel de avance en cada
uno de los sitios web de las instituciones del Órgano Ejecutivo evaluadas, estableciendo
ciertos niveles de avance en cada uno de los casos. Para establecer y medir el nivel de
avance, hemos establecido la siguiente tabla valorativa.
Tabla No. 1.20: Grados de avance
Valoración
Retroceso
Positivo
Significativo
Muy
significativo
Escala
menos de 0
de 0 a 2
de 2 a 4
de 4 en
adelante
En razón de lo anterior, tenemos como resultado que todas las instituciones evaluadas
han mostrado un avance en sus páginas web y en la colocación de la información oficiosa
y sus actuaciones institucionales dentro de las mismas; algunas van desde avances
positivos a significativos y otras con un margen de avance muchísimo mayor, entre las que
destacamos al Ministerio de Agricultura y Ganadería que obtuvo en su medición en 2012
una ponderación de 8.03 logrando un avance total de 4.48 puntos en comparación al año
2011 donde solo obtuvo 3.55; de igual forma cabe recalcar a Casa Presidencial que obtuvo
una ponderación de 7.77 en esta evaluación, superando con creces el puntaje de 2.37
obtenido en 2011, con lo que logra un avance de 5.40 puntos.
Tabla No. 1.21: Comparativo de evaluaciones y nivel de avance 2011 – 2012
Institución
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
Centro Nacional de Registros
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y
Desarrollo Urbano
Ministerio de Economía
Ministerio de Hacienda
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Ministerio de Gobernación
Ministerio de Educación
Banco Central de Reserva de El Salvador
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Fondo Social para la Vivienda
Ponderación
final 2011
6.18
5.93
Ponderación
final 2012
8.82
8.82
Nivel de Avance
2.64
2.89
Significativo
Significativo
5.67
6.72
7.38
5.01
7.9
4.87
7.38
3.55
6.85
8.43
8.43
8.43
8.43
8.17
8.04
8.03
8.03
7.90
2.76
1.71
1.05
3.42
0.27
3.17
0.65
4.48
1.05
Significativo
Positivo
Positivo
Significativo
Positivo
Significativo
Positivo
Muy significativo
Positivo
12
13
14
15
16
17
18
Instituto Salvadoreño del Seguro Social.
Casa Presidencial.
Lotería Nacional de Beneficencia (LNB)
Ministerio de la Defensa Nacional
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
Ministerio de Seguridad Pública y Justicia
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local
4.47
2.37
7.23
4.34
5.14
5.8
5.13
7.90
7.77
7.77
7.77
7.77
7.77
6.32
3.43
5.40
0.54
3.43
2.63
1.97
1.19
Significativo
Muy significativo
Positivo
Significativo
Significativo
Positivo
Positivo
Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD
A continuación se muestra el resultado de los avances antes detallados mediante un
gráfico que ejemplifica los logros de cada una de las instituciones que se han monitoreado
en relación a los resultados obtenidos en las evaluaciones del OCT realizadas
anteriormente.
Gráfica No. 1: Comparativo de evaluaciones y nivel de avance 2011 – 2012
Comparativo de Evaluaciones de 18 páginas web de
entidades de Gobierno año 2011-2012
Fondo de Inversión Social para el…
5,13 6,32
Ministerio de Seguridad Pública y …
5,8
Ministerio de Salud Pública y…
7,77
7,77
5,14
Ministerio de la Defensa Nacional
7,77
4,34
7,77
7,23
7,77
Lotería Nacional de Beneficencia (LNB)
Casa Presidencial.
Instituto Salvadoreño del Seguro Social.
2,37
7,90
4,47
6,857,90
8,03
Fondo Social para la Vivienda
Ministerio de Agricultura y Ganadería
3,55
8,03
7,38
8,04
Banco Central de Reserva de El Salvador
Ministerio de Educación
4,87
8,17
7,9
8,43
Ministerio de Gobernación
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Ministerio de Medio Ambiente y…
Ministerio de Hacienda
Ministerio de Economía
Ministerio de Obras…
Centro Nacional de Registros
5,01
7,388,43
6,72 8,43
5,67
8,43
5,93
6,18
Fuente: Elaboración Propia. Observatorio Ciudadano de Transparencia OCT-ISD
8,82
8,82
3. Atributos de la información
3.1 Accesibilidad
La accesibilidad de la información pública es un atributo importante que debe analizarse,
pues no basta solamente con el establecimiento de ciertos mecanismos para dar
información ni con la obligación legal de brindarla. La información pública debe ser
accesible en la práctica para la ciudadanía, de tal manera que la población acceda a esta
independientemente de sus capacidades económicas, físicas y/o cognitivas.
Es por ello que para iniciar el análisis sobre la accesibilidad de la información pública en
manos del Órgano Ejecutivo, debe tenerse en cuenta que aún existen importantes
limitantes para el acceso de una buena parte de la población a la información pública,
como son la brecha tecnológica y territorial las cuales aún son amplias en El Salvador.
A continuación se analizaran dos de las grandes limitantes que tienen buena parte de la
población para acceder a la información pública, y a las cuales anteriormente ya se ha
hecho mención: la brecha tecnológica y la centralización del aparato administrativo
estatal, como límites transversales para el derecho de acceso a la información pública en
amplios sectores de la población.
3.1.1 Limitantes a la accesibilidad
Dos grandes limitantes para acceder a la información que se encuentran relacionadas con
condiciones sociales, económicas y políticas del país, son la brecha digital y tecnológica
que existe en la sociedad, junto con la alta centralización territorial de las instituciones
gubernamentales que caracteriza al Estado salvadoreño.
Más que tratarse de características relacionadas al funcionamiento específico del
Ejecutivo, son condiciones estructurales de la sociedad salvadoreña caracterizadas por
graves disparidades y distancias en ámbitos económicos y educativos, así como la cada vez
más fuerte tendencia hacia la centralización de la vida urbana en el área metropolitana.
Son esas condiciones generales en el país, las que aún limitan el acceso a la información a
buena parte de la población.
a) Brecha digital
En cuanto a brecha digital son tres las condiciones que deben tomarse en cuenta: Primero
el bajo nivel educativo que tiene buena parte de la población para la cual el acceso a una
computadora no es aún una realidad. Segundo, el desconocimiento en materia
informática, lo cual impide doblemente acceder a la información pública ofrecida en los
sitios web y redes sociales oficiales.
Tercera condición negativa es la muy baja penetración de Internet en la población, que
viene a sumarse a las altas tasas de analfabetismo informático y la relación aún distante
entre el número de computadoras per cápita.
“El nivel de penetración de Internet es aún muy bajo en nuestro país. Es verdad que la
cantidad de cibercafés, telecentros y lugares de acceso público han aumentado, así como
los celulares que permiten el acceso a Internet, pero aun es bastante limitado (Ibarra,
R.41)”.
Gráfica No. 2: Niveles de acceso TIC
Acceso de los Hogares a las TIC
2010
83,10%
42,60%
Radio
Televisión
13,26%
8,04%
Computadora
Internet
Fuente: Dirección General de Estadística y Censos. DIGESTYC
b) Centralización de las oficinas gubernamentales
La otra limitante en esta materia se encuentra ligada a la presencia territorial del aparato
estatal, el cual –en general- tiende a debilitarse o desaparecer al interior del país. Como
se presentó anteriormente, el Internet podría ser la manera más efectiva de superar esta
baja presencia institucional en el territorio para el acceso a la información pública, sin
embargo ante la aún baja penetración del Internet en el país, la necesidad de presencia
real de las instituciones gubernamentales del Estado se hace imperante e insustituible.
Para ello la SSTA ha diseñado un plan en el cual los Gabinetes de Gestión Departamental
creados por la gestión del presidente Mauricio Funes, tendrán un papel destacado para
superar este desequilibrio institucional en el territorio 42. Las 14 oficinas de las
Gobernaciones serán utilizadas como enlaces para la solicitud de información pública, este
plan aún se encuentra en desarrollo, sin embargo, ya ha comenzado la capacitación,
coordinación e incluso, la gestión de recursos para la instalación de oficiales de enlace en
las 14 Gobernaciones del país, según el Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción43.
41
Ibarra, R. “Acceso a la información pública a través de Internet”; Blog sobre tecnología e información LPG
http://blogs.laprensagrafica.com/litoibarra/?p=1921
42
“Las brechas territoriales refuerzan las brechas nacionales en el desarrollo económico y social y, a su vez, son reforzadas por estas. Se
plantea además la importancia de activar sinergias con criterio de articulación espacial, así como la necesidad de formular reformas en
el ámbito fiscal que permitan nivelar el campo de juego entre unidades administrativas y territoriales distintas” (CEPAL, 2010a, pág. 48).
43
Entrevista realizada el 21 de junio al Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción: Marcos Rodríguez
La persona de enlace no es un Oficial de Información, sino que es una persona cuya labor
es la de recibir las solicitudes de información y hacerlas llegar a las dependencias del
Ejecutivo a la que vaya dirigida, con el objetivo de evitar viajes costosos y largos a la
población, según manifestó Aurora Cubías, coordinadora del área de Transparencia
Institucional de la SSTA44.
3.1.2 Eficacia del proceso
Para medir la eficacia en los procesos para brindar información pública analizamos los
tiempos de respuesta a las solicitudes de información que hizo la ciudadanía, así como la
cantidad de información oficiosa (obligada por la LAIP) que deben brindar y actualizar
constantemente las distintas entidades del Ejecutivo.
a) Tiempos de respuesta
El tiempo de respuesta a las solicitudes de información es una variable importante a tener
en cuenta para medir la eficacia en la accesibilidad de la información. Sin embargo, se
debe mencionar que estos datos solamente se encuentran disponibles para el período
luego de la entrada en vigencia de la LAIP, por lo que dicho promedio de respuesta no
corresponde al 100% para el año en evaluación del presente informe y refleja más bien un
comportamiento a partir de la implementación de la LAIP.
Según datos oficiales el promedio de respuesta de las solicitudes presentadas en las
Oficinas de Información y Respuesta por parte de la ciudadanía, ha sido de 3.3 días
hábiles45. Es destacable contrastar el dato, con el poco tiempo que tienen de haber
iniciado en funcionamiento las mayorías de OIR y UAIP en el Ejecutivo. Además debe
mencionarse que el plazo que establece la LAIP es en el marco de los 10 días hábiles
establecidos por Ley.
b) Publicación de información oficiosa
La información que debe ser publicada oficiosamente se encuentra estipulada en la LAIP,
y, en ese sentido, se trata de información que debe publicarse por mandato legal. El
artículo 10 de la LAIP establece la información oficiosa para todos los entes obligados en
25 numerales46, y posteriormente en los incisos segundo y tercero establece información
oficiosa que debe publicar específicamente el Ministerio de Hacienda.
44
Entrevista Aurora Cubías, coordinadora del área de Transparencia Institucional de la SSTA a del 21 de junio de 2012
Informe sobre Solicitudes de Información Pública (del 8 de mayo al 8 de junio de 2012); Subsecretaría de Transparencia y
Anticorrupción, Secretaría de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la República.
46
(1) El marco normativo aplicable a cada ente obligado. (2) Su estructura orgánica completa y las competencias y facultades de las
unidades administrativas, así como el número de servidores públicos que laboran en cada unidad. (3) El directorio y el currículo de los
funcionarios públicos, incluyendo sus correos electrónicos institucionales. (4) La información sobre el presupuesto asignado, incluyendo
todas las partidas, rubros y montos que lo conforman, así como los presupuestos por proyectos. (5) Los procedimientos de selección y
contratación de personal ya sea por el sistema de Ley de Salarios, contratos, jornales o cualquier otro medio. (...) Para continuar
leyendo puede acceder a la LAIP en:
http://www.cnr.gob.sv/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=35:ley-de-acceso-a-la-informacion-publicalaip&Itemid=277
45
El espacio más adecuado para poner a disposición del público, divulgar y actualizar la
información que establece el artículo décimo de la LAIP son las páginas web, debido a su
permanencia y a su factibilidad para ser actualizadas constantemente. Es por ello que es
importante medir la eficiencia de las páginas web oficiales de las entidades del Ejecutivo,
en orden a conocer el nivel de cumplimiento con la publicación de información oficiosa, y
en ese mismo sentido, la accesibilidad de ésta para la población.
3.1.3 Perfil del solicitante
Debido a que la mayoría de instituciones del Ejecutivo iniciaron las operaciones de sus
respectivas OIR en concordancia con la entrada en vigor de la LAIP, las solicitudes de
información al 31 de mayo aún eran pocas. Por el momento aún no se cuentan con los
datos que permitan conocer el perfil del solicitante en detalle, sin embargo es necesario
destacar que las entidades del Ejecutivo se encuentran implementando un sistema para
registrar las características del solicitante de información47.
Tabla 1.22: Perfil de solicitante por categoría
Institución
Perfil del solicitante
Cantidad
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo
Ciudadanos
369
Local (FISDL)
Organizaciones de la
48
Sociedad Civil
Contratistas/ Empresas
78
Municipalidades e
27
Instituciones
Gubernamentales
Gobernaciones
7
Departamentales
Instituto Salvadoreño del Seguro Social
Bachilleres
13
(ISSS)
Educación Media
4
Universitarios
32
Maestría
2
Profesional
10
Técnico
2
Técnico en enfermería
2
Ministerio de Economía
Universitarios
20
Bachillerato
8
Profesionales
21
Organizaciones No
2
Gubernamentales
Empleados /
2
comerciantes
Periodistas
2
Ministerio de Educación
Estudiantes
7
Docentes
5
Usuarios
3
Ministerio de Trabajo
Estudiantes
6
47
Anexo formulario de solicitud de información de Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Mujeres
230
Hombres
299
N/I
N/I
N/I
N/I
N/I
N/I
N/I
N/I
Ministerio de Obras Públicas, Transporte,
Vivienda y Desarrollo Urbano
Profesionales
N/I
6
N/I
N/I
N/I
3.2 Relevancia
La relevancia es una de los atributos principales de la información pública solicitada, ya
que de poco serviría una gran cantidad de información que finalmente no sirva en nada al
proceso de contraloría ciudadana ni a los intereses individuales o asociativos de la
población.
A continuación se presentan los enfoques de relevancia desde la perspectiva de la
administración pública en contraste con la perspectiva social relevante, para lo cual
fueron utilizados los datos disponibles por la SSTA y los cuales pueden aportarnos una
idea de qué es lo que la ciudadanía considera como información pública y relevante.
3.2.1 Relevancia institucional
La información gubernamental con mayor relevancia según el criterio institucional, es
colocada en las páginas web y las redes sociales que son manejadas por las respectivas
unidades de comunicaciones de cada entidad del Ejecutivo. Pero más allá de esa
información que puede encontrarse en cada uno de los portales web de las distintas
entidades del órgano ejecutivo, la iniciativa gubernamental denominada Transparencia
Activa es un medio que cumple con la función de mostrar aquella información que a
criterio de la administración pública, en este caso a través de la SSTA y la Secretaría de
Comunicaciones de la Presidencia (SCP), es relevante para dar a conocer a la población.
Transparencia Activa cuenta con diversos recursos periodísticos institucionales
multimedia para informar constantemente sobre las acciones más relevantes del Ejecutivo
en materia económica, social, cultural, política, internacional y de seguridad. Cuenta
además con espacios de entrevista y opinión.
Los espacios interactivos son también funcionales, principalmente aquellos que sirven
para realizar preguntas de manera directa a su equipo técnico, de tal manera que se
vuelve en un espacio interactivo a través del cual se puede obtener información relevante
no sólo para el criterio de los editores institucionales, sino para aquellos ciudadanos que
tengan otras inquietudes.
3.2.2 Relevancia social
Para conocer lo que la ciudadanía considera como información pública relevante, se
buscaron datos y características provenientes principalmente de las solicitudes de
información presentadas por la ciudadanía. La información solicitada por la población se
considera como la muestra clara de aquella información que responde a su interés
práctico y concreto.
Para analizar la información pública que la sociedad considera más relevante es
importante contar con las estadísticas oficiales de solicitudes de información. Sin
embargo, las estadísticas al respecto solamente se encuentran a partir de la entrada en
vigencia de la LAIP, esto es a partir del 8 de mayo de 2012. Es decir que no encontró con
estadísticas para el período de va desde 1 de junio de 2011 hasta el 7 de mayo de 2012,
período de análisis del presente informe.
La contabilización y análisis oficial de las solicitudes de información por parte del Ejecutivo
ha tomado como punto de partida el día de la entrada en vigencia de la ley, por lo que
para el período 2011-2012 solamente se analizarán 23 días del mes de mayo.
Tabla 1.23: Información Oficiosa Solicitada (Del 8 al 31 de mayo)
Tipo de Información Solicitada
Información oficiosa
283
34.9%
Información pública no oficiosa
409
50.5%
Información confidencial
65
8.1%
Información reservada
10
1.2%
Datos Personales
43
5.3%
TOTAL
810
100%
Fuente: Elaboración propia con datos del Informe sobre Solicitudes de Información Pública
(del 8 de mayo al 8 de junio de 2012) de la SSTA
De los hallazgos obtenidos por parte de la información proporcionada por la SSTA se
destaca lo siguiente: “La información que más ha sido solicitada por la población durante
el primer mes de apertura de las OIR ha sido principalmente información presupuestaria,
organizativa, estadística y personal”48.
1. Presupuestaria y financiera: presupuestos, prioridades presupuestarias,
conformación de los comités de formulación presupuestaria, información sobre la
deuda pública, sobre tributaciones, importaciones y exportaciones.
2. Organizativa y gestión institucional: planes operativos anuales, organigramas,
normativas institucionales, reglamentos, políticas institucionales, acciones de
protección al medio ambiente, permisos ambientales, legislación ambiental, de
proyectos nacionales como la Minería El Dorado, estudios de permisos
ambientales, de especies en extinción perfiles climáticos y los mismos documentos
sobre la contratación de los Oficiales de Información.
3. Estadísticas y registros: estadísticas (de inversión, de desechos sólidos,
ambientales, de las competencias institucionales), censos, registros de empresas,
de organizaciones ambientalistas, históricos de precios de referencia, información
sobre el subsidio al gas licuado.
48
Informes sobre solicitudes de información pública. Período 8 de mayo al 8 de junio de 2012. Subsecretaría de Transparencia y
Anticorrupción
4. Personal: informes médicos especializados (psiquiátricos, neurológicos, de terapias
y de diagnóstico), planillas, expedientes de personal, etc.
Los datos oficiales del Ejecutivo demuestran que en un poco más del 50% la información
solicitada por la población no corresponde a la información oficiosa49, es decir, que lo que
hasta el momento se ha solicitado no es íntegramente la información que la LAIP
establece y que debe estar permanentemente expuesta y actualizada.
Así también es importante destacar que se reciben en promedio casi 34 solicitudes de
información para 73 instituciones del Órgano Ejecutivo, con un promedio diario de más o
menos 1.2 solicitudes.
3.3 Confiabilidad
La información pública contará con una presunción de confianza, dependiendo de la
fuente de la que emana. La información pública oficiosa esencialmente proviene de las
páginas web, redes sociales y correos electrónicos oficiales, por lo que la información
vertida debe ser clara y fidedigna, teniendo un alto grado de responsabilidad tanto las
oficinas encargadas de publicar, como las oficinas encargadas de procesar dicha
información.
Por su parte, la información pública no oficiosa vendrá principalmente de las OIR y UAIP, y
deberá contar con las formalidades establecidas en el artículo 72 Inc. 2º que dice que “la
resolución del Oficial de Información deberá hacerse por escrito y ser notificada al
interesado en el plazo (10 días). La concesión de la información podrá hacerse constar con
una razón al margen de la solicitud. En caso de ser negativa la resolución, siempre deberá
fundar y motivar las razones de la denegatoria de la información e indicar al solicitante el
recurso que podrá interponer ante el Instituto”.
La discusión sobre la confiabilidad queda abierta en cuanto que la información, si bien
puede tener las formalidades debidas y ser transmitida por los canales oficiales, su
contenido puede ser falso o erróneo. En ese sentido el artículo 7650 literal “a” de la LAIP
establece como una infracción grave el hecho de alterar total o parcialmente la
información por parte de quien se encuentre bajo su custodia o quien tenga acceso o
conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión.
Dichas infracciones buscan dar mayor confiabilidad a la información pública,
estableciéndose como mecanismos para subsanar una posible intención de falsear
información. En ese sentido, el no nombramiento del IAIP genera una situación de
indefensión, ya que en caso de dudas por parte del solicitante sobre la información
49
Ver Tabla 1.18
Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 76: “Son infracciones muy graves: (a) Sustracción, destrucción, ocultar, inutilizar o alterar,
total o parcialmente, información (...)”
50
recibida, aún no cuenta con el organismo que puede constatar la veracidad y actuar en
caso que la información se encuentre alterada.
4. Estudio de Casos
4.1 Nombramiento de Comisionados IAIP

Fundamento jurídico y plazos para la elección de ternas para Comisionados
Es importante comenzar el estudio del presente caso, con los fundamentos jurídicos
implicados en el proceso de elección y nombramiento de los Comisionados del Instituto de
Acceso a la Información Pública. El proceso para la elección de los Comisionados inicia a
partir de la convocatoria por parte de los Ministerios de Economía, Gobernación,
Educación, Trabajo y Previsión Social, y la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia.
Estas entidades deberán realizar las respectivas asambleas para la elección de ternas, las
cuales serán enviadas al Presidente de la República para que este finalmente nombre un
propietario y un suplente por cada uno de los sectores convocados, en un plazo de treinta
días51
En el artículo 53 de la LAIP se establece que:

La convocatoria elección de ternas deberá realizarse 60 días previos a la fecha del
inicio de funciones.

La convocatoria por cada una de las asambleas para elegir las ternas por cada
sector será 15 días antes de realizar la misma.

Una vez electas y enviadas las ternas al Presidente de la República, éste contará
con 30 días para hacer la selección de los Comisionados propietarios y suplentes
del IAIP.
Para el caso, el artículo 105 de la LAIP establece que los comisionados al IAIP deben ser
designados por el Presidente de la República 180 días después de la entrada en vigencia
de la misma (8 de mayo 2011), en término de fecha calendario, correspondiente al 4 de
noviembre de 2011.
Así mismo, la ley se establece que los reglamentos de la LAIP deben ser emitidos por el
Presidente de la República, 120 días después de la entrada en vigencia de la misma, lo que
en fecha calendario significaba 4 de septiembre de 2011. Sin embargo, esta fecha tuvo
que postergarse hasta el 29 de septiembre, debido a los atrasos existentes en el marco de
51
Ley de Acceso a la Información Pública. Arts. 53 y 54
la entrada en vigencia del RLAIP, el cual proporcionaba los procedimientos para la elección
de Comisionados del IAIP.
Calendarización de los nuevos plazos de elección de los Comisionados al Instituto de Acceso a la Información Pública
Fuente: Tomado de Informe público sobre la “Implementación de la L A I P en el Poder Ejecutivo”; SSTA. Diciembre de 2011
Finalmente, y más allá de ciertos atrasos en el proceso, la elección de las ternas para
Comisionados del IAIP se llevó a cabo cumpliendo con todas las formalidades legales y fue
reconocida por diversas organizaciones de la sociedad civil52. Fueron los acontecimientos
posteriores, los cuales despertaron serios desacuerdos entre representantes de la
sociedad civil y el Presidente de la República.
4.1.1 Descripción del proceso
El 11 de mayo de 2012 el Presidente de la República anunció su decisión de rechazar y
devolver la totalidad de las ternas para Comisionados del IAIP que le fueron presentadas.
Para ello, hizo uso de las facultades contemplada por el RLAIP, argumentando que había
revisado las ternas y que, posterior a analizarlas, consideró que algunos de los
profesionales propuestos no eran idóneos. Sin embargó vetó a todos los propuestos.
El presidente Mauricio Funes rechazó todas las candidaturas propuestas por los cinco
sectores de la sociedad civil para integrar el IAIP, 15 propietarios con sus respectivos
suplentes, por no considerarlas idóneas para el cargo, para lo cual se amparó en el Art. 73
del RLAIP, que dice:
52
Ver anexo: ISD, FESPAD, ARPAS, CPC Boletín de Prensa sobre Veto Presidencial a Ternas para Comisionados IAIP. 16 de mayo de 2012
“(...) En caso que a criterio del Presidente de la República ninguno de los candidatos de las
ternas propuestas, ya sea propietarios o suplentes, es apto para ocupar el cargo de
comisionados, se volverá a realizar la elección de la terna en base a lo estipulado en los
artículos anteriores y en la Ley. En este caso únicamente se realizará el proceso de elección
para las ternas presentadas que al Presidente que no cumplan con los requisitos
estipulados”.
La disposición reglamentaria en que se fundamentó, fue uno de los artículos más
criticados por las organizaciones de la sociedad civil, e incluso una de las cuatro normas
incluidas en la demanda de inconstitucionalidad presentada por representantes del Grupo
Promotor de la LAIP53.
“En otras palabras, si el Presidente de la República encuentra que los propuestos por las
entidades de la sociedad civil no son de su agrado, sea por motivos fundados o porque no
hay una garantía de que se sometan a sus designios, simplemente puede rechazar las
ternas propuestas y exigir nuevas, y seguirlas exigiendo hasta que las entidades
proponentes escojan a quien él tenga en mente para ocupar el cargo. Nuevamente, la
disposición reglamentaria tiende a anular el texto de la ley, así como la independencia del
organismo ejecutor de la Ley, que es lo que en esta se pretendía.”54
Pero también se expresó otro motivo por parte del Presidente de la República para no
nombrar a los Comisionados, relacionado con la no asignación del presupuesto para el
IAIP en 2011 por parte de la Asamblea Legislativa, por lo que –según su opinión- no tenía
sentido contar en este momento con un IAIP, si ni siquiera se podría pagar a los salarios de
los funcionarios. La responsabilidad en el incumplimiento de este caso, como ya fue
mencionado anteriormente, corresponde a la omisión y acción tanto al Órgano Ejecutivo
como del Órgano Legislativo, dado quela Constitución de la República establece en el Art.
167 ord. 3º que será el Ejecutivo el que elabore el presupuesto y en el Art. 131 ord 8º
dictamina que la Asamblea Legislativa será quien decrete el presupuesto, así como sus
reformas55.
El rechazo de todas las ternas propuestas causó tanta conmoción que el Grupo Promotor
de la LAIP solicitó la intercesión del Relator Especial para la Promoción y Protección del
Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión de la Organización de Naciones Unidas
(ONU), y la de la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de
Estados Americanos (OEA). Estas instancias internacionales fueron informadas sobre los
obstáculos interpuestos para la creación y funcionamiento del IAIP, resaltando la omisión
de una obligación legal de establecer una partida presupuestaria para el IAIP por parte de
la Asamblea Legislativa y el rechazo del Presidente de la República sobre las ternas de
53
“Demanda
de
Inconstitucionalidad
contra
el
RLAIP”.
Págs.
9-10;
Marzo
de
2012
http://www.observatoriojudicial.org.sv/images/doc/documentosvarios/demandaregla.pdf
54
Declaraciones de representantes del Grupo Promotor de la Ley de Acceso a la Información Pública, ante el rechazo de las ternas por
parte del Presidente de la República
55
Ibíd.
candidatos a comisionados del IAIP que oportunamente habían sido propuestas por
organizaciones de la sociedad civil56.
Así también organizaciones como FESPAD, ISD y ARPAS, entre otros, catalogaron el
rechazo de los ternas como un “veto presidencial”, el cual era inaceptable por violar los
artículos 53 y 54 de LAIP, los cuales constituyen las disposiciones que establecen las
características de idoneidad y el proceso que se debe seguir para garantizar el proceso de
elección del IAIP 57.
Según el artículo 54 para ser Comisionado se requiere:




Ser salvadoreño con título universitario y haberse desempeñado destacadamente
en actividades profesionales, de servicio público o académicas.
No haber sido condenado por la comisión de algún delito o sancionado por
infringir la Ley de Ética Gubernamental en los últimos cinco años.
Estar solvente de responsabilidades administrativas en la Corte de Cuentas de la
República, la Procuraduría General de la República, la Procuraduría para la Defensa
de los Derechos Humanos y la Hacienda Pública. En caso de profesiones regladas,
no haber sido condenado por el organismo de vigilancia de la profesión en los
últimos cinco años.
Tener cuando menos treinta y cinco años de edad el día de su designación.
A pesar de ser una decisión de gran importancia para el cumplimiento y garantías de la
recién aprobada LAIP, no hubo una justificación detallada por parte de la Presidencia de la
República sobre las características o requerimientos que no cumplían los candidatos
propuestos. La única respuesta por escrito es la que recibió la Asociación Nacional de la
Empresa Privada (ANEP) ante su solicitud de información exigiendo explicación al
respecto58, sin embargo dicha respuesta no fue satisfactoria para los solicitantes.
La conclusión de ANEP luego de recibir respuesta del Oficial de Información fue la
siguiente:
“1. Que la Presidencia de la República acepta que no realizaron análisis de idoneidad de
las ternas propuestas, al señalar que “el Procedimiento de selección y evaluación es
competencia de los actores señalados”, es decir de los sectores que escogieron las ternas
de acuerdo a la Ley.
Las dependencias gubernamentales que evaluaron a los candidatos presentados dieron
constancia de su capacidad profesional, honestidad y probidad. Por lo tanto, el veto del
Presidente por “falta de idoneidad” carece de sentido
56
“ Grupo Promotor solicita intervención de los relatores de la libertad de expresión de la ONU y la OEA en defensa del Instituto de
Acceso a la Información Pública: http://www.transparenciaelsalvador.org/index.php/noticias/107-grupo-promotor-solicita-intervencionde-los-relatores-de-la-libertad-de-expresion-de-la-onu-y-la-oea-en-defensa-del-instituto-de-acceso-a-la-informacion-publica.html
57
ISD, FESPAD, ARPAS, CPC Boletín de Prensa sobre Veto Presidencial a Ternas para Comisionados IAIP. 16 de mayo de 2012
58
Dicha solicitud fue presentada por ANEP El 9 de mayo de 2012
2. Que no existe en Casa Presidencial una resolución del Presidente que fundamente la
decisión de no haber nombrado a los Comisionados del IAIP de las ternas propuestas, lo
cual convierte el veto del Presidente de la República en un acto arbitrario, ilegal e
inconstitucional.”59
El resultado de lo anteriormente planteado es que al cierre de este informe El Salvador
aún no cuenta con el Instituto de Acceso a la Información Pública, por lo que tal como ha
sido establecido anteriormente en el apartado relacionado a Institucionalidad, la
ciudadanía se encuentra en situación de indefensión al no contar con la entidad encargada
de tutelar en específico el derecho de acceso a la información pública.
4.2 Reglamento de la LAIP
El Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (RLAIP) desarrolla los
mecanismos para hacer efectiva la LAIP, plazos, procesos, definiciones y todo que
compete a un instrumento reglamentario. Fue publicado en el Diario Oficial del 2 de
septiembre de 2011.
Si bien el Reglamento apareció publicado con fecha del 2 de septiembre, éste fue
presentado a los medios, dos días después de que venciera el plazo que la LAIP le daba al
Presidente de la República para que lo emitiera. Sin embargo, la fecha de publicación con
el Diario Oficial concuerda con el plazo de 120 días que otorga la LAIP al Presidente para
que emita reglamento. Los 120 días se contaron a partir de la entrada en vigencia de la
Ley, el 8 de mayo de 2011.
4.2.1. Fundamentos jurídicos y constitucionales
Es importante detallar de forma clara las disposiciones legales y constitucionales que
facultan al Presidente de la República para emitir reglamentos. Esta atribución se
fundamenta a partir de la siguiente disposición constitucional:
“Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República: Decretar los reglamentos que
fueren necesarios para facilitar y asegurar la aplicación de las leyes cuya ejecución le
corresponde.”60
Así también existen disposiciones más específicas en la LAIP, que estipulan lo relacionado
a la creación del RLAIP y los aspectos que éste debe normar. A continuación se citan tres
artículos que fundamentan la competencia del Presidente para reglamentar los aspectos
estipulados en la LAIP
59
Comunicado de la ANEP:http://www.anep.org.sv/index.php?option=com_content&view=article&id=113:respuesta-del-oficial-deinformacion-de-casa-presidencial-en-relacion-a-la-peticion-de-anep-de-proporcionar-las-evaluaciones-de-las-ternas-propuestas-por-lasociedad-civil-para-nombrar-a-los-comisionados-del-instituto-de-acceso-a-la-informacion-publica-&catid=35:articles
60
Constitución de la República. Art. 168, numeral 14
Tabla 1.24: Disposiciones legales sobre el RLAIP
Artículo
Contenido
109 – LAIP
“El Presidente de la República emitirá los
reglamentos de aplicación de la ley a más tardar en
ciento veinte días contados a partir de la vigencia de
la ley. El reglamento de elección de los comisionados
deberá estar elaborado a más tardar ciento veinte
días después de la entrada en vigencia de esta ley”.
70 – RLAIP
“La normativa interna de cada una de las Entidades
Convocantes, en atención a sus recursos y
composición interna, deberá regular en la manera en
cómo se procederá a realizar la votación, la
designación de las personas que procederán a revisar
lo estipulado en el presente artículo, así como la
manera de contabilización de los votos, debiendo
regular toda la planificación, organización y
ejecución de la Asamblea General, atendiendo lo
establecido en la Ley y el presente Reglamento.”
73 – RLAIP
“El Presidente de la República contará con treinta
días previos al inicio de funciones de los
comisionados, para hacer la elección de los
miembros propietarios y suplentes. En caso que a
criterio del Presidente de la República ninguno de los
candidatos de las ternas propuestas, ya sea
propietarios o suplentes, es apto para ocupar el
cargo de comisionado se volverá a realizar la
elección de la terna correspondiente en base a lo
estipulado en los artículos anteriores y en la Ley. En
este caso, únicamente se realizará el proceso de
elección para las ternas presentadas al Presidente
que no cumplan con los requisitos estipulados”.
4.2.2. Discrepancias y críticas al RLAIP
Una vez divulgado el RLAIP, las críticas y las discrepancias no se hicieron esperar por parte
de las organizaciones de la sociedad civil, dentro de los que destacan los pertenecientes a
aquellas organizaciones que conforman el Grupo Promotor de la LAIP, por considerar que
algunos artículos del Reglamento atentaban contra los avances y la esencia contemplados
en el espíritu de la Ley de Acceso a la Información Pública.
Es importante mencionar que por la naturaleza de la controversia, la discusión pública se
volvió altamente técnica, sin embargo las críticas principales de varias organizaciones de la
sociedad civil se concentraron en el exceso de facultades reglamentarias por parte del
Presidente de la República, pues se atribuyó más alcances de los que la LAIP otorgaba.
Sin embargo, y tal como se mencionó anteriormente, las críticas realizadas al RLAIP por
parte de representantes de las organizaciones de la sociedad civil trascendieron a
instancias jurisdiccionales, en el momento en el que cuatro ciudadanos interpusieron una
demanda de inconstitucionalidad contra varios de los artículos del referido Reglamento
ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia61
Tabla 1.25: Disposiciones del RLAIP criticadas y demandas por vicios de inconstitucionalidad
DISPOSICIÓN
CONTENIDO
CRÍTICA
Art. 29
“Sin perjuicio de lo establecido en la Ley, son causales
Miembros del Grupo Promotor
de reserva las siguientes: 1. Cuando su publicidad,
de la LAIP valoraron que el
comunicación o conocimiento afecte el debido
término seguridad política es
cumplimiento de las funciones del órgano requerido
extenso y ambiguo, por lo que
(...) 2. Cuando su publicidad, comunicación o
podría convertirse con facilidad
conocimiento afecte la Seguridad Nacional y/o la
en una causal ilegal de excusa
Seguridad Política. 3. Cuando su publicidad,
para negar datos a las personas
62
comunicación o conocimiento afecte el interés
que la requieran .
nacional, en especial si se refieren a la salud pública o
las relaciones internacionales y los intereses
económicos o comerciales delpaís (...)”
Art. 63
“(...) El titular de cada Entidad Convocante nombrará
Se señaló que el mandato que se
una Comisión formada por al menos cinco empleados
da a las Entidades Convocantes
de la institución, en adelante denominada como la
(en los Arts. 75 y 65) para crear
‘Comisión de la Entidad Convocante’, que será la
los respectivos instructivos
encargada de la planificación, organización y ejecución
internos para regular los
de la asamblea para la elección de las ternas. El
procedimientos de elección de
procedimiento para dicho nombramiento deberá estar las ternas para Comisionados de
regulado en el instructivo del que habla el Art. 75 del
la IAIP, tampoco está
presente reglamento”.
contemplado en la LAIP63. Este
mandato es para el Presidente,
que debe plasmarlo en el
Reglamento.
Art. 73
“El Presidente de la República contará con 30 días
“Esto deja al criterio subjetivo y
previos al inicio de funciones de los comisionados para
a la discrecionalidad del
hacer la elección de los miembros propietarios y
Presidente elegir a los
suplentes. En caso que a criterio del Presidente de la
Comisionados, transgrediendo el
República ninguno de los candidatos de las ternas
proceso democrático de elección
propuestas, ya sea propietarios o suplentes, es apto
que garantizó la LAIP en el
64
para ocupar el cargo de comisionado se volverá a
nombramiento de los mismos ”
realizar la elección de la terna correspondiente en
base a lo estipulado en los artículos anteriores y en la
Ley”.
Art. 75
“(...) Cada entidad convocante elaborará un
Los ciudadanos del Grupo
instructivo interno por medio de los cuales les dará
Promotor de la LAIP señalaron
cumplimiento le dará cumplimiento a la Ley y al
que este mandato es para el
presente reglamento.”
Presidente y no debe quedar a
criterio de las Entidades
61
“Sala de lo Constitucional admite demanda contra reglamento de LAIP” http://www.transparenciaactiva.gob.sv/laip/2012/06/salade-lo-constitucional-admite-demanda-contra-reglamento-laip/. Transparencia Activa. Consultado 6 de septiembre, 8:30 am
62
http://www.diariocolatino.com/es/20120329/nacionales/101933/Piden-inconstitucionalidad-de-art%C3%ADculos-del-Reglamentode-LAIP.htm
63
La Demanda de Inconstitucionalidad presentada por miembros del Grupo Promotor de la LAIP, señalo este artículo como una de las
normas con vicios de inconstitucionalidad http://www.observatoriojudicial.org.sv/images/doc/documentosvarios/demandaregla.pdf
64
DEL-FUSADES Boletín de Estudios Legales No. 130: “Nuevas consideraciones sobre los reglamentos en El Salvador”; P. 4/Octubre
2011, San Salvador.
Convocantes, según el Art. 54 de
65
la LAIP .
Al respecto, las restricciones al derecho de acceso a la información pública deben de ser
muy limitadas y solo previstas en la ley66. Sin embargo, como se ha mostrado
anteriormente, varios artículos del reglamento restringen y contradicen estipulaciones
tanto de la LAIP como de la Constitución de la República.
Los artículos que en principio fueron blanco de críticas y demandas judiciales por sus
posibles efectos nocivos al derecho de acceso a la información, se convirtieron en un
verdadero obstáculo cuando el Presidente de la República, basándose en el Art. 73 del
RLAIP, vetó todas las ternas que le fueron presentadas para designar a los Comisionados
del IAIP, el 11 de mayo de 2012. La decisión fue tomada por el Presidente de la República,
a pesar de actualmente existe un recurso de inconstitucionalidad sobre el RLAIP, sobre el
cual la Sala de lo Constitucional ya ha aceptado demanda el pasado 20 de junio de 2012.
65
http://www.observatoriojudicial.org.sv/index.php?option=com_content&view=article&id=5993:piden-inconstitucionalidad-dearticulos-del-reglamento-laip&catid=9:noticias-revelantes&Itemid=10
66
OEA. CIDH. Estudio Especial sobre el Derecho de Acceso a la Información. Sitio Web:
http://cidh.oas.org/relatoria/showarticle.asp?artID=724&lID=2
II. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
“El mayor desafío de la participación ciudadana en la gestión pública es impulsar su
universalización, para crear las condiciones que permitan que los sectores más vulnerables
accedan a la participación ciudadana para la defensa y exigencia de sus derechos, estableciéndose
como un medio para la transformación social”
Preámbulo de la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana
.
Actualmente, la sociedad salvadoreña demanda la ampliación y profundización de la
democracia para que se tome en cuenta la participación ciudadana como una pieza
fundamental para una democracia plena y para darle legitimidad al sistema político.
La participación ciudadana es un factor clave del ansiado desarrollo humano, dado que la
resolución a los problemas nacionales no puede llevarse exclusivamente desde la esfera
administrativa, política o técnica, sino con la participación de amplios sectores de la
sociedad civil, organizados o no. “Se requiere el fomento de la participación de todos los
sectores y sensibilidades de la sociedad en sus diferentes actos fomentando el debate, la
reflexión, la relación y la comunicación…” 67 Con esto se logra una dimensión más integral
en el proceso de formulación de políticas públicas.
La Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana define a la participación ciudadana
en la gestión pública como: “el proceso de construcción social de las políticas públicas que,
conforme al interés general de la sociedad democrática, canaliza, da respuesta o amplía
los derechos económicos, sociales, culturales, políticos y civiles de las personas, y los
derechos de las organizaciones o grupos en que se integran, así como los de las
comunidades y pueblos indígenas”68 A pesar de ser un documento jurídicamente no
vinculante, constituye una base teórica legal para la regulación de los mecanismos de
participación ciudadana en El Salvador.
En el Plan Quinquenal (2010-2014) de Desarrollo del gobierno del Presidente Mauricio
Funes, como instrumento de materialización de la voluntad y compromiso político, señala
dentro de la Política Nacional de Gobernabilidad y Modernización del Estado que la
participación ciudadana y el diálogo permanente constituyen principios rectores.
Además, el mismo plan señala “el objetivo fundamental de la política es contribuir a la
gobernabilidad e impulsar la democratización del Estado a través de la participación social
en democracia, que incluye una ciudadanía responsable y una administración pública
profesional y eficiente”69
67
Van Hove, Eduardo. Participación Ciudadana. España. 2010 Pág. 243
Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana. Capítulo primero. Objeto, Fundamentos y principios de la participación ciudadana
en la gestión pública.
69
Plan quinquenal de Desarrollo, 2010-2014 Gobierno de El Salvador. (214) Pág. 127
68
El análisis del presente aspecto se basa en el anterior marco conceptual y en los
compromisos asumidos por el gobierno; se centra en la necesidad del involucramiento de
la ciudadanía -sin discriminación alguna- en el diseño y ejecución de políticas públicas, y
principalmente en el grado de incidencia de la ciudadanía en la toma de decisiones clave
de las distintas instituciones que conforman el Órgano Ejecutivo, en cuestiones
“socialmente relevantes” que le afecten a sus intereses y necesidades.
1. Reglas Claras
1.1 Constitución de la República
La Constitución de la República no garantiza expresamente en un artículo el derecho de la
ciudadanía a la Participación Ciudadana; existe un vacío constitucional claro, debido a que
la participación ciudadana está limitada al ejercicio del sufragio, regulado en el artículo 73
de la Constitución. Es decir, no se toma en cuenta a la participación en un sentido más
amplio.
El Salvador es un país en vías de democratización que se encuentra en proceso de
implementación, ampliación y/o profundización de la democracia. Pero hace falta
profundizar aspectos como la participación ciudadana y la auditoría social para lograr una
democracia funcional y participativa que fortalezca tanto a la sociedad civil como al
Estado, quien con ello gana legitimidad.
La Sala de lo Constitucional ha señalado al respecto:
“el contenido del sufragio no se agota con la designación de los
representantes, sino que comprende los procesos de participación
gubernamental, es decir, aquellos que consagran la intervención del
cuerpo electoral en la formulación de las decisiones políticas, jurídicas y
administrativas del poder en el Estado”70
Sin embargo, se encuentran varios principios constitucionales que incorporan valores
democráticos, donde se puede fundamentar y sustentar la participación ciudadana:
 La soberanía reside en el pueblo
 El poder público emana del pueblo y los funcionarios públicos son sus delegados.
 La persona humana como origen y fin de las actividades del Estado
 La libertad de expresión
 El derecho de asociación
 El derecho de petición y respuesta
70
Sala de lo Constitucional. Resolución 6-2011. Inconstitucionalidad sobre listas incompletas. Pág. 8
Sin embargo, se hace imperativo que la Constitución de la República regule de forma
expresa, el derecho a la participación ciudadana, concebido como el proceso por el que las
comunidades y/o diferentes sectores sociales influyen en los proyectos, en los programas
y en las políticas que les afectan, implicándose en la toma de decisiones y en la gestión de
los recursos.
Con una disposición constitucional que instituya la participación ciudadana como principio
para lograr una verdadera democracia, se estaría sentando las bases para la creación de
una ley especial que regule los mecanismos y procedimientos para la participación de la
ciudadanía.
1.2 Marco Jurídico Internacional
A nivel internacional existe un marco jurídico claro y completo sobre la obligación del
Estado Salvadoreño a garantizar y promover la participación ciudadana.
Es importante resaltar que dichos instrumentos jurídicos conciben a la participación
ciudadana más allá del sufragio, señalando como elemento principal el derecho de
participar ya sea directamente o por medio de representantes.
Tabla No. 2.1 Tratados internacionales sobre Participación Ciudadana
Tratado
Contenido
Artículo 21
Toda persona tiene derecho a participar en el
gobierno de su país, directamente o por medio
de representantes libremente escogidos.
Toda persona tiene el derecho de acceso, en
Declaración Universal de los Derechos
condiciones de igualdad, a las funciones
Humanos
públicas de su país.
La voluntad del pueblo es la base de la
autoridad del poder público; esta voluntad se
expresará mediante elecciones auténticas que
habrán de celebrarse periódicamente, por
sufragio universal e igual y por voto secreto u
otro procedimiento equivalente que garantice
la libertad del voto”
Artículo 23
Derechos Políticos
Todos los ciudadanos deben gozar de los
siguientes derechos y oportunidades:
a) de participar en la dirección de los asuntos
públicos, directamente o por medio de
representantes libremente elegidos;
b) de votar y ser elegidos en elecciones
Convención Americana de los Derechos
periódicas auténticas, realizadas por sufragio
Humanos
universal e igual y por voto secreto que
garantice la libre expresión de la voluntad de
los electores, y
c) de tener acceso, en condiciones generales
de igualdad, a las funciones públicas de su país.
2. La ley puede reglamentar el ejercicio de los
Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos
Convención de Naciones Unidas contra la
Corrupción
derechos y oportunidades a que se refiere el
inciso anterior, exclusivamente por razones de
edad, nacionalidad, residencia, idioma,
instrucción, capacidad civil o mental, o
condena, por juez competente, en proceso
penal”
Artículo 25
Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de la
distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin
restricciones indebidas, de los siguientes
derechos y oportunidades:
a) Participar en la dirección de los asuntos
públicos, directamente o por medio de
representantes libremente elegidos;
b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas,
auténticas, realizadas por sufragio universal e
igual y por voto secreto que garantice la libre
expresión de la voluntad de los electores;
c) Tener acceso, en condiciones generales de
igualdad, a las funciones públicas de su país”
Artículo 5
Políticas y prácticas de prevención de la
corrupción
“1. Cada Estado Parte, de conformidad con los
principios fundamentales de su ordenamiento
jurídico, formulará y aplicará o mantendrá en
vigor políticas coordinadas y eficaces contra la
corrupción que promuevan la participación de
la sociedad y reflejen los principios del imperio
de la ley, la debida gestión de losasuntos
públicos y los bienes públicos, la integridad, la
transparencia y la obligación de rendir
cuentas…”
Artículo 13
Participación de la sociedad
1. Cada Estado Parte adoptará medidas
adecuadas, dentro de los medios de que
disponga y de conformidad con los principios
fundamentales de su derecho interno, para
fomentar la participación activa de personas y
grupos que no pertenezcan al sector público,
como la sociedad civil, las organizaciones no
gubernamentales y las organizaciones con base
en la comunidad, en la prevención y la lucha
contra la corrupción, y para sensibilizar a la
opinión pública con respecto a la existencia, las
causas y la gravedad de la corrupción, así como
a la amenaza que
ésta representa. Esa
participación debería reforzarse con medidas
como las siguientes:
a) Aumentar la transparencia y promover la
Convención Interamericana contra la
corrupción
contribución de la ciudadanía a los procesos de
adopción de decisiones;
b) Garantizar el acceso eficaz del público a la
información;
c) Realizar actividades de información pública
para fomentar la intransigencia con la
corrupción, así como programas de educación
pública, incluidos programas escolares y
universitarios;
d) Respetar, promover y proteger la libertad de
buscar, recibir, publicar y difundir información
relativa a la corrupción. Esa libertad podrá estar
sujeta a ciertas restricciones, que deberán estar
expresamente fijadas por la ley y ser necesarias
para:
i) Garantizar el respeto de los derechos o la
reputación de terceros;
ii) Salvaguardar la seguridad nacional, el orden
público, o la salud o la moral públicas.
2. Cada Estado Parte adoptará medidas
apropiadas para garantizar que el público tenga
conocimiento de los órganos pertinentes de
lucha contra la corrupción
mencionados en la presente Convención y
facilitará el acceso a dichos órganos, cuando
proceda, para la denuncia, incluso anónima, de
cualesquiera
incidentes
que
puedan
considerarse constitutivos de un delito
tipificado con arreglo a la presente
Convención.
Artículo III
Medidas preventivas
..” 11. Mecanismos para estimular la
participación de la sociedad civil y de las
organizaciones no gubernamentales en los
esfuerzos
destinados
a
prevenir
la
corrupción…”
Como se observa en la tabla anterior, es La Convención de Naciones Unidas contra la
Corrupción la que viene a regular de manera más amplia y desarrollada el derecho a la
participación ciudadana, señalando los siguientes aspectos fundamentales:
 La participación está destinada para que la ciudadanía se involucre en la adopción de
decisiones.
 La participación ciudadana debe ser de tipo individual y/o asociativa.
En otras áreas, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aseguran
tanto el derecho de sindicalización como el derecho a la convención colectiva,
introduciendo la práctica del diálogo y la concertación la definición de políticas públicas.
Por otro lado, el Tratado de Integración Social suscrito en San Salvador incorpora el
principio de participación ciudadana para la “integración social del istmo
centroamericano”
1.3 Leyes Secundarias
A continuación se presentan algunas de las leyes nacionales de carácter ordinario que
garantizan y regulan el derecho de la participación ciudadana en la gestión de políticas
públicas, entre ellas:
Reglamento Interior del Órgano Ejecutivo
Tabla: 2.2 Reglamento Interior del Órgano Ejecutivo
Artículo
Contenido
33. Atribuciones del Viceministerio de Desarrollo “(d) Propiciar la participación activa y coordinada
de todos los sectores y actores involucrados con la
cooperación
internacional:
cooperantes,
instituciones nacionales, gobiernos locales,
universidades,
institutos
de
desarrollo
tecnológico, empresa privada, organizaciones no
gubernamentales y otras organizaciones de la
sociedad civil.”
Artículo 35. Competencias del Ministerio de
“2) Promover, estimular y fortalecer una cultura
Justicia y Seguridad Pública.
de paz y el mantenimiento del orden público, por
medio de programas permanentes en los que
participen los gobiernos locales, organismos no
gubernamentales y la ciudadanía, en general;”
Artículo 41. Competencias del Ministerio de
“(18.) Desarrollar programas para fomentar la
Agricultura y Ganadería
participación activa de la familia rural en el
desarrollo del sector agropecuario e incorporarlo
al desarrollo económico y social del país…”
Artículo 43. Competencias del Ministerio de
“3) Dirigir como Órgano Rector las Políticas
Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Nacionales de Vivienda y Desarrollo Urbano;
Urbano.
determinando en su caso, las competencias y las
actividades respectivas, de las entidades del
Estado en su ejecución y orientando la
participación del sector privado en dicha política;”
Artículo 45 A. Competencias del Ministerio de
“4. Promover la participación activa de todos los
Ambiente y Recursos Naturales
sectores de la vida nacional en el uso sostenible
de los recursos naturales y del ambiente…”;
Artículo 53 A. Secretaría de Inclusión Social
“Se entiende por inclusión social y desarrollo de
las capacidades de acción ciudadana un proceso
permanente y dinámico orientado a permitir,
desde un enfoque basado en derechos humanos,
que todas las personas puedan gozar de
oportunidades para participar en la vida
económica, social y cultural, incluyendo el
Artículo 53 E. B) Funciones del Subsecretario de
Transparencia y Anticorrupción
Artículo 53 E. c) Funciones de la Subsecretaría de
Desarrollo Territorial y Descentralización
Artículo 53 F. Secretaría de la Cultura
fortalecimiento
de
las
capacidades de
participación en la toma de decisiones que
puedan vulnerar la dignidad de la persona
humana.”
“k) Crear un sistema de incentivos a la
transparencia y a la participación ciudadana a
nivel local vinculado a las transferencias y
ventanillas de financiamiento del Gobierno
nacional”
“c) Coordinar la articulación de los procesos de
descentralización, desarrollo local y asociatividad
municipal con participación de organizaciones
económicas y de la sociedad civil;”
“b) Estimular y fortalecer la participación de los
distintos sectores sociales en el quehacer cultural
y artístico nacional.”
Ley de Acceso a la Información Pública
Uno de los fines de la Ley de Acceso a la Información Pública es la “promoción de la
participación ciudadana en el control de la gestión gubernamental y la fiscalización
ciudadana al ejercicio de la función pública.” 71 y por otro lado “facilitar la participación de
los ciudadanos en los procesos de toma de decisiones concernientes a los asuntos
públicos”.72
Asimismo, el artículo 10 de la referida ley sobre la información oficiosa que los entes
obligados deben publicar, señala en el numeral 21: “los mecanismos de participación
ciudadana y rendición de cuentas existentes en el ámbito de competencia de cada
institución, de las modalidades y resultados del uso de dichos mecanismos.”
Esta ley, como su propio nombre indica, es exclusivamente de Acceso a la Información
Pública el que está ligado intrínsecamente a la participación ciudadana, sin embargo aún
persiste un vacío legal porque no se regulan claramente y de forma unificada los
procedimientos, las competencias, los mecanismos etc., para lograr una participación
ciudadana efectiva. La LAIP representa entonces, un avance que permite desarrollar y
reconocer formalmente el derecho a la participación ciudadana, constituyéndose de este
modo en un antecedente para el surgimiento de otro cuerpo legal que regule de manera
especial tal derecho.
Además, a continuación se detalla un listado de leyes secundarias que contienen
mecanismos específicos de participación ciudadana que más adelante se abordarán a
profundidad.
Tabla: 2.3 Leyes secundarias de participación ciudadana
Legislación
Mecanismo de participación
71
72
Artículo 3, literal (d)
Ibíd.
Ley de Medio Ambiente y Reglamento del Sistema
Nacional de Gestión del Medio Ambiente
Ley de áreas protegidas
Código de Trabajo
Ley de organizaciones y funciones del Sector
Trabajo y Previsión Social
Ley de Formación Profesional
Ley del Consejo Superior de Salud Pública y
Código de Salud
Ley del Seguro Social
Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios; Ley
de Prev. Y Cont. De la Inf. Prov por el Virus de
Inmunodefiencia Humana.
Consulta Pública
Consejo Nacional de áreas protegidas
Comités Asesores Locales
Consejo Nacional del Salario Mínimo
Consejo Superior del Trabajo
Consejo Directivo del Instituto Salvadoreño para
la Formación Profesional
Consejo Superior de Salud Pública
Consejo Directivo del ISSS
Consejo Nacional de Medicamentos y Productos
Sanitarios
Comité Nacional de ética en la investigación
clínica
Ley de Educación Superior
Ley General de Ordenación y Promoción de Pesca
y Agricultura; Ley de Creación del Centro Nacional
de Tecnología;
Ley de Sanidad Vegetal y Animal
Ley de Protección al consumidor; Reglamento de
la Ley de Protección al consumidor
Ley del ISDEMU; Ley de Igualdad, equidad y
erradicación de la discriminación contra las
mujeres; Ley especial integral para una vida libre
de Violencia para las Mujeres
Ley General Marítima Portuaria
Comisión Nacional contra el SIDA
Consejo de Educación Superior
Consejo Nacional de Pesca y Agricultura
Comité Consultivo Científico Nacional de Pesca y
Acuicultura
Consejos Consultivos de Sanidad Vegetal y Animal
Consejo Consultivo de la Defensoría del
consumidor.
Junta Directiva del Instituto Salvadoreño para el
Desarrollo de la Mujer ISDEMU
Consejo Directivo de la autoridad marítima
portuaria
La tabla 2.3 muestra normas que regulan los mecanismos de participación ciudadana, de
forma muy específica para cada sector de la administración pública por lo que
representan los principales mecanismos, pero evidentemente éstos no excluyen a otros
mecanismos válidos, que se realizan sin base a un marco legal.
Por otro lado, decretos del Órgano Ejecutivo sustentan otro tipo de mecanismos de
participación ciudadana:
Tabla: 2.4 Decretos Ejecutivos de participación ciudadana año 2009
Decreto
Espacio
No. 64 /2009
Consejo Económico y Social
No. 97/2009
Consejo Nacional de Educación
No. 93/ 2005
Consejo Nacional de Salud Ocupacional
(CONASSO)
No. 48/1996
Comisión Nacional de Micro y Pequeña
Empresa
Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Diario Oficial.
Actualmente la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia, a través de la
Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del Estado, cuenta con un borrador de
Política Nacional de Participación Ciudadana cuyos objetivos son:





“Promover el ejercicio de la ciudadanía, como acto continuo y permanente basado
en la corresponsabilidad, el derecho a participar y la efectiva incidencia en la
gestión de las políticas públicas.
Fortalecer el tejido social, la asociatividad y la autonomía de las organizaciones
sociales.
Ampliar el espacio público de la deliberación, el diálogo social y la construcción de
consensos.
Asegurar la inclusión social en la gestión de políticas públicas, particularmente de
los sectores tradicionalmente excluidos.
Asegurar la participación ciudadana como derecho y recurso para el desarrollo
socio-económico, cultural y político, en función del desarrollo humano integral”73
2. Institucionalidad
Para la presente investigación se tomaron únicamente algunas instituciones del Ejecutivo
como muestra de análisis74, siendo las siguientes:
Ministerios
i.
ii.
iii.
iv.
v.
vi.
vii.
73
Ministerio de Trabajo
Ministerio de Economía
Ministerio de Hacienda
Ministerio de Educación
Ministerio de Salud
Ministerio de Obras Públicas
Ministerio de Justicia y Seguridad
Entrevista a Pedro Monterrosa. Coordinador de Participación Ciudadana de la Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del
Estado.
74
En la metodología se definieron los siguientes criterios de selección: tamaño de la institución, la cantidad de presupuesto que ejecuta
y su incidencia directa con la ciudadanía o impacto social.
Entidades autónomas
i.
ii.
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local
Instituto Salvadoreño del Seguro Social
Además de hacer una exploración en los sitios web de las anteriores instituciones,
Iniciativa Social para la Democracia ISD, solicitó información detallada a cada entidad,
sobre los procesos de participación ciudadana, los cuales fueron solicitados y entregados a
través de las Oficinas de Información y Respuesta o las Unidades de Acceso a la
Información Pública.
2.1 Ente encargado y rector
Dado que el entramado de la estructura del Órgano Ejecutivo es extenso, no puede haber
un solo ente encargado de los mecanismos de participación ciudadana. Por lo tanto, la
participación ciudadana es coordinada directamente por cada institución competente de
acuerdo a la temática de la participación que impulse.
Los entes obligados lo constituyen:
 Presidencia de la República
 (5) Secretarías de la Presidencia
 (13) Ministerios
 (70) Entidades autónomas
De las instituciones consultadas en cuanto a los entes o unidades encargados de
diligenciar y coordinar los mecanismos de participación ciudadana, procesos de atención;
las Unidades de Acceso a la Información Pública, informaron lo siguiente:
Tabla No. 2.5 Entes rectores de la participación ciudadana
Entidad
Ente Rector
Ministerio de Economía
Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción
Ministerio de Educación
Titulares y Directores Nacionales
Ministerio de Salud
N/I
Ministerio de Trabajo
Despacho Ministerial
Unidad de Acceso a la Información Pública
Unidad de Prensa y Relaciones Pública
Unidad de Atención al Cliente
Sección de Asesoría Laboral
Ministerio de Obras Públicas
Unidad de Gestión Social
Ministerio de Seguridad y Justicia
Dirección General de Prevención Social de la
Violencia y Cultura de Paz y Consejos Municipales
de Prevención de la Violencia
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local Gerencia de Programas y Gerencia de
Operaciones administrativas
Instituto Salvadoreño de Seguridad Social
Sección de Comunicación Interna de la Unidad de
Información y Comunicaciones/ Departamento de
atención al usuario
Ministerio de Hacienda
Dirección Nacional de Administración Financiera y
las Unidades de Gestión de la Calidad.
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por los respectivos oficiales de
información.
En el caso del Ministerio de Obras Públicas la Unidad de Gestión Social, es la responsable
de atender y gestionar respuesta oportuna, eficaz y eficiente a las demandas ciudadanas;
propiciando una relación articulada de todos los actores que son parte del problema y
resolver planificadamente lo demandado siempre y cuando tenga competencia, viabilidad
técnica y financiera.
Así mismo diseña y facilita mecanismos de participación ciudadana para que la población
tenga mayor acceso a la información y se geste con cada obra un proceso educativo de
ejercer la ciudadanía en las etapas de: diagnóstico, diseño, ejecución, evaluación y
contraloría de las obras. Además señala el propio MOP que “propiciará y apoyará el
desarrollo local, mediará la gestión de conflictos y construirá un mapa de la demanda de la
obra pública para su planificación a largo, mediano y corto plazo.”75
La referida unidad está integrada actualmente por seis personas, una Directora, una Jefa
de Atención Comunitaria, una Gestora Social, dos asistentes técnicas y un motorista; que
jerárquicamente depende del despacho Ministerial.
Para el caso del Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local, divide su actuación en
dos niveles:
-A nivel externo por medio de la Gerencia de Programas, Gerencia de Operaciones y áreas
administrativas que interactúan con entes externos y la ciudadanía.
-A nivel interno por medio del personal de las diferentes áreas que elaboran productos y
servicios destinados a la Ciudadanía, Gobierno Municipales y Proveedores.
3. Mecanismos de Participación Ciudadana
3.1 Tipos de Participación
Es preciso conocer si los procesos de participación ciudadana son de índole asociativa o de
tipo individual; muchas veces los logros de la participación ciudadana se deben a ciertas
organizaciones de la sociedad civil, pero es indispensable que también se fomenten
espacios de participación para el ciudadano a nivel individual y que otros sectores también
se involucren.
75
Respuesta a solicitud No. 33 del Oficial de Información del Ministerio de Obras Públicas de fecha: 24 de julio de 2012.
“Las asociaciones no abarcan a toda la ciudadanía, por lo que no pueden basarse todos los
órganos y formas de participación en la existencia de estas asociaciones, a pesar de que
representen a muchas de las sensibilidades de la sociedad civil.”76
Se presentan los datos proporcionados por la/el Oficial de Información Pública de cada
instancia. Mucha información no fue posible obtenerla debido a la falta de clasificación y
sistematización de archivos en las instancias consultadas.
Tabla No. 2.6 Tipos de participación ciudadana período junio 2011-mayo 2012
Tipos de Participación
No.de procesos
No. de
Entidad
de participación
participantes
Asociativa
Individual
Ministerio de Economía
x
X
110
698
Ministerio de Educación
x
X
104
4494
77
Ministerio de Trabajo
x
17692
17692
Ministerio de Obras Públicas
x
X
11081
N/I
Ministerio de Justicia y Seguridad
x
X
N/I
25511
Fondo de Inversión Social para el
N/I
N/I
N/I
N/I
Desarrollo Local
Instituto Salvadoreño de Seguridad
x78
1418
1418
Social
Ministerio de Hacienda
N/I
X
39141
39141
Total
88,954
Fuente: Elaboración propia a partir de datos proporcionados por cada institución a través del Oficial de Información
Pública
N/I: No identificado por el/la Oficial de Información Pública
3.2 Medios de Participación
Las nuevas metodologías sobre participación ciudadana aún son muy poco aplicadas
debido a la todavía inexperiencia y desconocimiento en este tipo de prácticas. Un ejemplo
de ello son los foros virtuales. Es importante conocer si los procesos de participación
ciudadana son a través de medios electrónicos-virtuales, presenciales, en redes sociales,
campañas, etc.
A continuación se muestran los medios en que la participación ciudadana se realiza en las
instituciones consultadas:
Tabla No. 2.7 Medios de participación Junio 2011 a Mayo 2012
Medios Electrónicos
Entidad
Facebook
Twitter
Correo electrónico
Ministerio de Economía
x
X
x
Ministerio de Educación
x
X
x
Ministerio de Trabajo
X
x
Ministerio de Obras Públicas
x
X
x
Ministerio de Justicia y
x
X
x
Seguridad
Fondo de Inversión Social para
x
X
x
el Desarrollo Local
76
77
78
Van Hove, Eduardo. Participación Ciudadana. España. 2010 Pág. 250
Solo proporcionaron datos de “asesorías” individuales.
Datos proporcionados solo sobre quejas y reclamos
Medios
Presenciales
x
x
x
x
x
x
Instituto
Salvadoreño
de
x
X
Seguridad Social
Ministerio de Hacienda
x
X
Fuente: Elaboración propia a partir de sitios web, redes sociales
x
x
x
x
Como se observa en la anterior tabla todas las instituciones consultadas, utilizan tanto
medios electrónicos como presenciales; lo cual representa un avance importante dado el
auge de las Tecnologías de Información y Comunicación TIC, así como de las redes
sociales.
Sin embargo, ha quedado demostrado en el presente informe que aún hace falta crear
mecanismos para erradicar la brecha digital, para hacer tanto de la información pública
como de la participación ciudadana, procesos totalmente accesibles a la ciudadanía en
general.
“Implantar mecanismos de participación social aumenta las posibilidades de alcanzar los objetivos
deseados en la gestión pública”
Van Hove.
3.3 Formas de Participación
De acuerdo al informe consolidado de las Unidades de Acceso a la Información Pública de
cada instancia, las siguientes fueron las principales formas de participación ciudadana:
Tabla No. 2.8 Formas de participación ciudadana identificada por cada instancia. Período junio 2011 a mayo de 2012
Entidad
Formas de participación
Foros/Foros de Rendición de cuentas
Ministerio de Economía
Ministerio de Educación
Ministerio de Trabajo
Ministerio de Obras Públicas
Consultas
Talleres
Seminarios
Conferencias de Prensa, información a través de periódicos
Exposiciones
Consejo Nacional para la Educación
Mesa inter gremial
Comité de Auditoria
Comisión Nacional de Alfabetización
Consejos Consultivos Departamentales
Mesas de Cooperación regionales y departamentales
Consejo de Educación Superior
Asesorías individuales
Teléfono abierto
Asambleas informativas y resolutivas
Audiencias con titulares
Visitas de campo técnicas sociales
Teléfono abierto
Atención ciudadana personalizada
Foros de rendición de cuentas
Mesas técnicas-ciudadanas
Ministerio de Justicia y Seguridad Pública
Apoyo a los concejos municipales de Prevención de la Violencia
Programas para la promoción de valores positivos, prácticas de convivencia
ciudadana y cultura de paz.
Formación de capacitación de líderes y lideresas
Limpieza y ornato en las distintas comunidades
Prevención de la violencia contra la población vulnerable
Ministerio de Hacienda
Foros
Atención al usuario de forma virtual (correos)
Atención personalizada de forma virtual y presencial (Correos electrónicos,
atención presencial y telefónica)
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo
Local
Comunidades Solidarias Urbanas y Rurales: Comités Municipales de
Coordinación
Comités de Contraloría Ciudadana PFGL
Foros de Rendición de Cuentas
Instituto Salvadoreño de Seguridad Social
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de los Oficiales de Información Pública de cada instancia.
Como se desprende de la anterior tabla, hay una diversidad de formas de participación
ciudadana que implementan y ejecutan distintas instancias del Órgano Ejecutivo. No
obstante, Iniciativa Social para la Democracia considera que aún hacen falta crear
métodos y formas de participación ciudadana, que verdaderamente recojan las
necesidades de la ciudadanía, a través de:




Encuestas: Es la realización de un sondeo de opinión de una muestra
representativa sobre uno o varios temas concretos de los que es necesario
averiguar la opinión concreta y representativa de la población.
Audiencias Públicas y Conferencias: Consiste en la realización de una jornada de
puertas abiertas, de una exposición, conferencia, etc. en la que se informa sobre
los pormenores de un proyecto en concreto para debatir con los responsables
técnicos y políticos sobre la cuestión de manera informal, permitiendo un
acercamiento real entre la ciudadanía y la Administración.
Referéndums: Son instrumentos denominados como de “democracia directa”, que
en algunos países son de los más utilizados a nivel local. Pueden ser o no
vinculantes (con lo que no tienen un reconocimiento legal, pero sí de carácter
testimonial).
Conferencia de consensos y núcleos de intervención participativa: La conferencia
de consensos es un instrumento por el cual se conoce la opinión de un grupo de
ciudadanos que se captan mediante anuncios en la prensa, a los que se les entrega
una gratificación económica por su asistencia. Durante un periodo de tiempo (2 ó 3
fines de semana) se prepara e informa a los asistentes y durante otro período (3 ó
4 fines de semana) los asistentes escuchan a técnicos y especialistas sobre el tema
de debate. Finalmente el grupo debe llegar a un consenso sobre el tema que se ha
discutido, con la ayuda de un moderador externo. El principal inconveniente de
esta técnica es la pequeña muestra, que no la hace representativa, y el coste
elevado del proceso. Los núcleos de intervención participativa tienen como
diferencia una mayor vinculación, realizan visitas sobre el terreno, intentan llegar a
un consenso sobre qué decisión tomar y, finalizado el proceso, constituyen un
comité de seguimiento para evaluar la implementación de la decisión y realizar un
informe público.
Por otro lado, la participación ciudadana se caracteriza por una serie de etapas definidas y
de carácter permanente, que busca un resultado concreto: que se tome en cuenta la
opinión ciudadana en las políticas públicas. El ciclo de las políticas públicas se diagrama
de la siguiente forma:
Evaluación de los
resultados
Identificacion del
Problema y definición del
Problema
Ejecución de la
implementación
Estudios de alternativas de
solución
Diseño de intervención
Muchas veces la participación ciudadana se limita a la consulta en etapas tempranas del
ciclo de las políticas públicas, particularmente para la validación de una propuesta o para
la formulación en el seguimiento a la ejecución de la política. Por ello es fundamental que
la ciudadanía pueda involucrarse en etapas claves del ciclo de políticas públicas, y que sea
parte de todo el proceso.
La participación social tiene muchas ventajas, pero principalmente coadyuva a que las
políticas públicas sean más eficientes y por lo tanto se logra una mayor legitimidad.
A continuación se realizará un análisis general de los procesos de participación ciudadana
que fueron identificados con base a las entidades objeto de estudio.
Un ejemplo emblemático para este caso, es el Ministerio de Obras Públicas dado que la
participación ciudadana en la obra pública se consolida como un eje de trabajo
fundamental en los procesos que realiza el Ministerio el cual está permitiendo que la
ciudadanía decida en las gestiones que realiza y ejerza contraloría social. En ese sentido,
impulsa los siguientes mecanismos de participación ciudadana:
 Asambleas informativas y resolutivas:
Se informa a la comunidad o ADESCO sobre avances o retrocesos de las obra ha
implementar o que se implementando, se aclaran dudas, se reciben aportes, se toman
acuerdos. Es un espacio de discusión conjunta que contribuye a la toma de decisiones
para el desarrollo de las obras.
 Audiencias con titulares:
Estas audiencias se conceden a cualquier ciudadano que la gestione a través del Despacho
Ministerial, para exponer sus problemas, agradecimiento por obras, presentación de
propuestas de trabajo. Son atendidas por el Ministro y equipo técnico que amerite el caso
para el seguimiento de acuerdos es la Unidad de Gestión Social que queda como enlace
institucional.
 Visitas de campo técnica-sociales:
Estas son realizadas previa coordinación con la comunidad y alcaldía y tienen como
propósito levantar diagnóstico del problema presentado y definir en campo las
alternativas de solución en el corto, mediano, largo plazo con la participación de todos los
actores. Posterior a estas se genera un informe con presupuesto que es socializado con
los interesados.
 Teléfono abierto:
La habilitación de estas líneas sirve a la ciudadanía para consultar sus proyectos,
denuncias, aclarar dudas, sugerencias, reportar emergencia, queja o solicitud que requiera
hacer al ministerio. Los teléfonos son están abiertos para las Comunidad, Alcaldes,
Gobernadores y público en general que lo requiera.
 Atención ciudadana personalizada en oficina y en el territorio:
Las y los ciudadanos son atendidos por un equipo técnico social para escuchar sus
problemáticas y sus propuestas de solución en oficinas de Gestión Social o en campo
según la conveniencia de la comunidad. En el caso de la atención en oficina son de lunes a
viernes de 7:30 am a 3:30 pm los cuales se flexibilizan a partir de la conveniencia del
ciudadano.
 Foros de Rendición de cuentas:
Existen 3 modalidades de rendición de cuentas: anual, departamental y otras que se
realizan por cada proyecto entregado. Las cuales tienen como propósito brindar a la
ciudadanía cuentas de las obras realizadas, las proyecciones y retos de la gestión del
Ministerio de Obras Publicas a fin de trasparentar el proceso de la gestión pública.
 Mesas técnicas –ciudadanas:
En estas mesas desarrolla un proceso continuado para la búsqueda de soluciones
integrales a los problemas y son integradas por miembros de la comunidad, Alcaldía, MOP
y de ser necesarias otras instancias se articulan. Se establece una agenda de trabajo que
permita agilizar y canalizar en detalle las obras demandadas desde su diagnostico hasta su
ejecución.
Durante el presente Gobierno, se pueden identificar las siguientes iniciativas
Sector
Agricultura y Ganadería
Salud Pública
Transporte
Espacio
Comité Consultivo PAF
Mesa de Trabajo para el Fortalecimiento Productivo
Agropecuario del sector de veteranos
Mesa Nacional de Mujeres Rurales
Foro Nacional de Salud
Mesa Nacional de Transporte
3.3.1 Objetivos de la participación Ciudadana79
Ministerio de Economía
Estimular al ciudadano en general a participar a través de las diferentes redes sociales antes
mencionadas, en la cuales pueden comentar, preguntar, denunciar cualquier información o consulta;
como también que visiten nuestro sitio Web www.minec.gob.sv también, se busca hacer partícipe a la
ciudadanía y diversos sectores de interés en las negociaciones comerciales con el fin de atraer inversión
extranjera a nuestro país, contribuyendo al desarrollo productivo nacional por medio del
establecimiento de estándares de calidad y competitividad para ingresar a otros mercados. De igual
manera lograr consenso de los sectores productivo, académico y público en la visión, principios,
directrices, objetivos, estrategias, entre otras de las propuestas de Políticas nacionales, para lograr
desde un inicio una adecuada articulación y coordinación.
Ministerio de Educación
 Diálogo y consulta con actores públicos y privados
 Espacios de concertación y diálogos
 Mantener flujo continuo de comunicación
 Impulsar iniciativas que contribuyan a disminuir el índice de analfabetismo
 Promover la participación de todos los sectores sociales para generar espacios que permitan
compartir experiencias, discutir, analizar los temas educativos y elaborar propuestas en
beneficio de la educación en los territorios.
Ministerio de Trabajo
Brindar asesoría laboral a los (as) usuarios (as) de la legislación laboral y leyes afines, a la vez dar
información de los diferentes servicios administrativos que brinda el Ministerio de Trabajo y Previsión
Social por medio de las llamadas realizadas por los (as) usuarios a la sección.
Ministerio de Obras Públicas
Contribuir con la obra pública al desarrollo social, económico, político y ambiental del país
construyendo procesos de participación ciudadana en coordinación con las municipalidades,
79
A partir de datos proporcionados por cada Oficial de Información Pública de cada institución.
comunidades y otros actores locales, para mejorar la calidad de vida de la población en los territorios.
Objetivos Específicos:
 Fortalecer las relaciones de trabajo con los Gobiernos Municipales en todas sus formas
organizativas.
 Gestión del conflicto por casos de obra pública no resueltos.
 Promover la participación articulada de los actores locales (alcaldía, organizaciones
comunitarias, asociación de migrantes e internacionales, gobierno central, empresa privada)
para que juntos por medio de contrapartida se realicen obras para el bien común que
contribuyan al desarrollo local.

Implementar mecanismos de participación ciudadana para que la ciudadanía se involucre y
apropie del diseño, construcción y mantenimiento de la obra pública.
 Garantizar que los componentes de participación, equidad social, sostenibilidad,
sustentabilidad y enfoque de género, sean ejes transversales en los planes, proyectos y en la
asistencia técnica.
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local
Los objetivos de la participación ciudadana es que exista una contraloría ciudadana a la gestión y a las
actividades Institucionales ya que la contraloría ciudadana es la máxima expresión de la democracia
participativa. Es el ejercicio de la ciudadanía mediante acciones de control, vigilancia y evaluación sobre
el quehacer público, para lograr el cumplimiento de los objetivos de los programas sociales,
fomentando así, la responsabilidad ciudadana en la constitución del poder político y evitando que los
recursos se desvíen hacia intereses ajenos del pueblo.
Instituto Salvadoreño de Seguridad Social
El Seguro Social, necesita mantener informada a la población derechohabiente sobre nuevos servicios,
proyectos de modernización institucional, atención administrativa, posiciones informativas generales o
hacer un recordatorio de los derechos que poseen los usuarios en relación a la seguridad social.
Por esa razón, también son de vital importancia los canales de interacción directa que la Institución
pone a disposición de la ciudadanía para que pueda expresar su opinión y así denunciar, sugerir o
comentar sobre el rumbo del desarrollo institucional. Las quejas o reclamos también son canalizadas a
las instancias correspondientes para que se puedan resolver los casos. Estos mecanismos están a
disposición del público a través de los siguientes canales.
Ministerio de Hacienda
: Que la población lo asuma como un mecanismo de comunicación y participación de la ciudadanía con
la institución. Y como segundo objetivo se encuentra el de recibir una retroalimentación por parte de la
ciudadanía para obtener de esta manera insumos necesarios a considerar e implementar en el proceso
de la mejora continua de la institución.
¿Quién participa en el proceso?
Las Unidades de Acceso a la Información Pública y las Oficinas de Información y Respuesta
no proporcionaron datos que nos acerquen al perfil de los ciudadanos y ciudadanas que
formaron parte de los procesos de participación ciudadana. Al igual que en la
accesibilidad de información pública, la participación ciudadana debe de ser accesible para
todos y todas, por lo tanto es importante conocer quienes tienen la oportunidad real de
participar en el quehacer legislativo, además de conocer información como el grado de
escolaridad, profesión y oficio, lugar de origen, etc.
¿En dónde se participa?
No se obtuvieron datos en relación a los lugares de participación, sin embargo para el caso
del Ministerio de Obras Públicas, se señaló que implementan visitas de campo-técnicas
sociales las cuales “… son realizadas previa coordinación con la comunidad y alcaldía y
tienen como propósito levantar diagnóstico del problema presentado y definir en campo
las alternativas de solución en el corto, mediano, largo plazo con la participación de todos
los actores. Posterior a estas se genera un informe con presupuesto que es socializado con
los interesados.”80
Así mismo el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local, señala que los principales
espacios de atención en dicha entidad son:


Oficina de Información y Respuesta, ubicada en 10ª. Ave. Sur y calle México, Barrio
San Jacinto, San Salvador, los días lunes, miércoles y viernes; los días martes y
jueves en Boulevard Orden de Malta, #470, Urbanización Santa Elena, Antiguo
Cuscatlán, La Libertad.
Territorial: a través del asesor municipal, o de buzón de sugerencia de Alcaldía
Municipal.
Éstas dos instituciones fueron las únicas en señalar que cuentan con espacios de
participación en el interior del país.
A partir de la información brindada por las UAIP u OIR, se estableció que la mayoría de
eventos de participación ciudadana están concentrados en la ciudad capital, San Salvador,
porque las actividades se llevan a cabo principalmente en la sede central de las oficinas
administrativas de cada institución.
Esto refleja la necesidad de impulsar procesos de participación ciudadana a nivel nacional,
que cubra varias regiones, debido a que el quehacer del Órgano ejecutivo afecta e
interesa a toda la ciudadanía.
¿Qué contenidos son tratados en cada caso?
A continuación se presenta una tabla que muestra los principales temas tratados en los
procesos de participación ciudadana realizados por el Órgano Ejecutivo.
Tabla No. 2.9 Casos de participación ciudadana
Entidad
80
Ente Rector
-Negociación de un tratado de libre comercio en
Perú.
-Propuesta CAMTEX de acceso al mercado y reglas
Resolución el Oficial de Información Pública, previamente citada.
Ministerio de Economía
Ministerio de Educación
de origen.
-Acuerdo de Alcance Parcial con Cuba.
-Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la
Unión Europea.
-Tratados Comerciales
-Informe de Comercio Internacional
-Régimen
de
Origen
e
integración
centroamericana.
-Pilar Comercial de Acuerdo de Asociación
-Acuerdo de asociación Centroamérica
-Acuerdo de Alcance Parcial con Ecuador
-Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y
México
Consejo Nacional para la Educación
-Programas del Plan Educativo
-Planes de Prevención de Violencia y protección
escolar
Mesa inter gremial
-Propuesta de Descentralización
-Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial
-Propuesta de Nuclearización
-Plan de prevención sobre violencia escolar
-Programa alimentos
Comité de Auditoría
-Informes de seguimiento de recomendaciones de
auditorías realizadas por Corte de Cuentas, Firmas
Privadas y Auditoría Interna.
-Reglamento de funcionamiento de COA
-Convenio de Colaboración con la SSTA para
colaboración con red de auditores internos del
órgano ejecutivo
-Evaluación de procesos de atención de denuncia
ciudadana, procesos y política de adquisiciones
institucionales
-Información a Dirección de Transparencia sobre
dificultades de atención de denuncia.
-Implementación de la LAIP
Comisión Nacional de Alfabetización
-Insumos para la elaboración de política de
educación permanente de personas jóvenes y
adultas.
-Voluntariado en Alfabetización
Consejos Consultivos de Educación
-Plan Social educativo “vamos a la escuela”
-LEPINA
-Elaboración de Proyectos procesos de actuación
ante casos de abuso sexual
Mesas
de
cooperación
regional
y
departamentales
-Arte y Cultura
-Alfabetización
-Saneamiento ambiental
-Limpiezas de ríos
Ministerio de Salud
Ministerio de Trabajo
Ministerio de Obras Públicas
Ministerio de Seguridad y Justicia
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo
Local
Instituto Salvadoreño de Seguridad Social
-Huertos caseros
-Aves de corral
-Seguridad Alimentaria
-VIH
Consejo de Educación Superior
-Mejora continua de la educación superior
N/I
N/I
Pavimentaciones
-Prevención de la Violencia
-Cultura de Paz, prácticas de convivencia
ciudadana y promoción de valores
-Limpieza y ornato
-Prevención de la Violencia contra la población
vulnerable
N/I
-Servicios
-Proyectos de modernización institucional
-Derechos y Seguridad social
Ministerio de Hacienda
-Asistencia al contribuyente
-Orientación sobre información publicada en la
página de internet del Ministerio
-Orientación sobre información publicada en el
portal de Transparencia Fiscal
-Atención de consultas
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la Oficina de Información Pública de cada instancia.
¿Cómo se estimula la participación?
I. Ministerio de Trabajo señaló que estimula la participación ciudadana a través de:
 Teléfono Anticorrupción y correo electrónico
 Redes sociales
 Rendición de cuentas
 Buzón de sugerencia
 Atención al usuario
 Propuesta de proyectos o sugerencias que contribuyan a mejorar los servicios de la
institución
II. Ministerio de Economía señala que promueve la participación ciudadana a través de:
“contactos con la población, entrevistas de radio y televisión, Twitter, Facebook, sitio Web
institucional, constantemente se procura invitar a la población a participar por medio de
las redes sociales y a utilizar las vías de comunicación disponibles” De igual manera dentro
de la Direcciones que componen ese ministerio estimulan la participación ciudadana a
través de coordinación de los diferentes programas, diseños y ejecución de Políticas como
por ejemplo la Política Nacional de Desarrollo Tecnológico y la Política Nacional de
Innovación, así como sus estrategias de implementación, instrumentos y mecanismos de
apoyo a los sectores empresariales salvadoreños.
Asimismo, “se busca estimular la participación en las negociaciones comerciales de
carácter regional e internacional manteniendo una estrecha relación con los sectores
productivos nacionales, industria, comercio y agricultura, identificando capacidades
instaladas, encadenamientos productivos, como también potenciales exportadores, en las
cuales se realizan jornadas de difusión, talleres de capacitación, participación en rondas de
negociación, etc.”81
III. Ministerio de Obras Públicas implementa una política interesante: “Ningún
ciudadano/a se retira del despacho ministerial sin ser atendido”, además impulsa las
siguientes acciones:
 Acompañamiento y orientación a la ciudadanía sobre la gestión de sus problemas y
proyectos.
 Promoción de la organización comunitaria para la gestión de proyectos.
 Apertura de mecanismos de participación ciudadana-técnica.
 Establecimiento de comunicación horizontal entre ciudadanía - MOP y espacios de
coordinación apegados a la realidad de cada caso.
IV. El Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local La Institución por medio de su
página web www.fisdl.gob.sv, busca brindar información fidedigna, veraz y completa la
cual en cada actualización brinda la oportunidad de brindar comentarios, sugerencias y
retroalimentación, las cuales son canalizadas hacia las diferentes áreas de la Institución,
con la finalidad de mantener un diálogo constructivo y resolutivo con cualquiera de las
instancias involucradas.
Adicionalmente, la Institución participa en diferentes actividades convocadas por parte de
los Gabinetes de Gestión Departamental, particularmente en las actividades de rendición
de cuentas que son realizadas en conjunta y en la cual se informa a los actores locales
sobre las actividades Institucionales.
También la Institución desarrolló el concepto de territorialización de la OIR, en la cual el
Oficial de Información se acerca a los participantes de los programas sociales in situ para
informarles sobre los canales y metodologías de acceso que tiene a su disposición,
promoción del derecho de acceso a la información pública y de los servicios que la
Institución brinda con la finalidad de atenderles en las solicitudes de acceso a la
información pública, sugerencia/comentarios, quejas y reclamos en los proyectos y
actividades que son desarrolladas por la Institución.
IV. En el Ministerio de Hacienda estimula la participación ciudadana haciendo una
invitación a la participación en foros a través del sitio web tanto en la página principal del
Ministerio de Hacienda como en el Portal de Transparencia Fiscal.
81
Respuesta de solicitud de información del Oficial de Información Pública del Ministerio de Economía.
¿Qué papel juega el ente rector?
La mayoría de entes se encargan de promover, facilitar y mediar en la participación
ciudadana.
¿Cuál es el resultado final?
Entre los avances más significativos del trabajo de participación ciudadana realizado, se
puede identificar al Ministerio de Obras Públicas82, que destaca:






Se ha institucionalizado relación de trabajo permanente con al menos el 80% de
gobiernos locales del país, que ha mejorado la calidad de vida de la población y
optimizado los recursos en lo local y nacional con la ejecución de proyectos a
través de convenios que están impactando en el desarrollo de los territorios y su
gente.
Se ha cualificado la participación de la ciudadanía en las etapas: de diagnóstico,
planificación, diseño, seguimiento y ejecución de proyectos que den solución a la
carencia de obra pública en sus comunidades. Y además se ha fortalecido con ello
la organización comunitaria y su rol de contraloría social.
Incidencia institucional en la elaboración y ejecución del plan de inversión 2012
aprobado por la Asamblea Legislativa, que tienen de línea base la demanda social
acumulada e incorpora el enfoque social y económico en la priorización de los
problemas a resolver en los que se asume como principio y fin beneficiar a la
persona humana y sus necesidades básicas de desarrollo.
Institucionalización de la participación ciudadana en los proyectos sean por
inversión o administración, ha permitido que la población tenga mayor acceso a la
información, las obras sean de mejor calidad, la plusvalía de sus viviendas sea
mayor y se democratice la participación de la gente en la gestión pública.
Se ha logrado sensibilizar en las direcciones y unidades del MOP para que asuman
como eje transversal la dimensión social en la obra pública.
Se tiene una participación sistemática y propositiva en los Gabinetes de Gestión
Departamental en representación del MOP.
3.4 Procedimiento de Acceso al Funcionario/a
I. Ministerio de Economía
A partir de la entrada en vigencia de la Ley de Acceso a la Información (LAIP), se apertura
la Oficina de Información y Respuesta (OIR), que es creada con el fin de dar trámite y
resolución a las solicitudes de información presentadas por la ciudadanía ante el MINEC.
Adicionalmente, dicha oficina brinda un espacio para que la ciudadanía no solo presente
sus solicitudes de información, si no también denuncias, quejas, sugerencias, etc.
82
Datos proporcionados por el Oficial de Información de la Oficina de Información y Respuesta del Ministerio de Obras Públicas.
Para que el ciudadano sea atendido únicamente es necesario que se apersone a la OIR, o
se comunique por los medios establecidos para tal fin (correo electrónico, presencial,
teléfono). Si el ciudadano requiere ser atendido por un funcionario en específico, de igual
manera puede acercarse a la OIR, desde donde se realizarán las gestiones necesarias para
que pueda ser atendido.
II. Ministerio de Trabajo
El procedimiento que sigue la ciudadanía para ser atendida, es por medio de:





Teléfono Anticorrupción o correo Anticorrupción
Vía teléfono Atención al Usuario
Presencialmente a través de atención al usuario
Correo electrónico a través de la sección de asesoría laboral o la unidad de acceso
a la información pública
Redes sociales Facebook y Twitter a través de la Unidad de comunicaciones.
III. Ministerio de Educación
Señaló tres pasos sencillos, sin embargo no se conoce cuánto tiempo puede demorarse:



Hacer una solicitud
Esperar el trámite
Recibir la resolución o llevar a cabo la entrevista/encuentro
4. Atributos de la Participación
4.1 Periódica
La mayoría de instituciones consultada cuentan con procesos de participación ciudadana
permanentes y constantes.
Un ejemplo, lo representa el FISDL a través del Oficial de información se acerca a los
participantes de programas sociales “in situ”. Dicho mecanismos es realizado con una
frecuencia de 3 visitas mensuales a los municipios que están contemplados en
Comunidades Solidarias Rurales; así como también atenciones puntuales cuando son
requeridas por las Comunidades o Ciudadanos que lo solicitan.
Tabla No. 2.10: Número de procesos de participación ciudadana.
Período Junio 2011-Mayo 2012
No.de procesos
No. de
Entidad
de participación
participantes
Ministerio de Economía
110
Ministerio de Educación
104
Ministerio de Trabajo
17692
Ministerio de Obras Públicas
11081
Ministerio de Justicia y Seguridad
N/I
Fondo de Inversión Social para el
N/I
Desarrollo Local
Instituto Salvadoreño de Seguridad
1418
Social
Ministerio de Hacienda
39141
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de las OIR
698
4494
17692
N/I
25511
N/I
1418
39141
4.2 Plural y representativa
Para que la participación ciudadana sea válida es necesario que distintos sectores de la
sociedad se encuentren representados en las distintas actividades.
El género femenino en El Salvador representa el 52.7%,83 por lo tanto ese mismo
porcentaje debe de contemplarse para la participación, así como también deben tomarse
en cuenta los distintos grupos étnicos como los Lencas, Kakawira y Nahua-Pilil.84
83
Censo 2007 Dirección General de Estadísticas y Censos
Estos grupos tienen presencia en El Salvador, de acuerdo al censo realizado por la Dirección General de Estadísticas y Censos en el
año 2007.
84
III. RENDICIÓN DE CUENTAS
Se ha señalado que la rendición de cuentas es una herramienta que permite a la
administración pública “explicar en forma clara, sencilla y veraz a la ciudadanía, los
pormenores de su gestión y establecer interrelación y proximidad con los ciudadanos para
desarrollar y mantener confianza y legitimidad sobre las actuaciones de las instituciones
del Estado, conocer los diferentes puntos de vista y los aportes de los ciudadanos y
disminuir los riesgos futuros, conflictos o insatisfacciones85”.
La rendición de cuentas existe en dos direcciones: por un lado la rendición de cuentas
horizontal, que es aquella referida a la relación entre los órganos de poder del Estado, a
través de la cual éstos se controlan para generar una dinámica de checks and balances
(controles y contrapesos), propia de un sistema democrático y republicano, en el que
ningún órgano de gobierno monopoliza el poder del Estado.
La otra dirección en la rendición de cuentas es la vertical, y es aquella que se da entre los
órganos de Estado y la ciudadanía. Son aquellos procesos de interacción directa entre
gobernantes y gobernados a través de los cuales se explica y justifica la gestión de de los
primeros. La rendición de cuenta vertical se manifiesta en aquellos ejercicios en los que
los delegados del poder explican a los delegantes qué han hecho con ese mandato que les
ha sido conferido para un cierto período y dentro de ciertas competencias legales.
1. Reglas Claras
La variable de reglas claras tiene por objetivo conocer y evaluar los marcos normativos
que regulan lo establecido en el deber de los funcionarios sobre la rendición de cuentas,
así como el derecho que tiene la ciudadanía de exigir cuentas a éstos. Se analizará el
marco jurídico constitucional, el marco jurídico internacional, las leyes secundarias y otras
normas que regulan y son aplicables al funcionamiento del Órgano Ejecutivo.
Se pretende conocer el estado de las normas relativas a la rendición de cuentas aplicables
al Órgano Ejecutivo para poder determinar si se cuenta con marcos jurídicos que faciliten
y propicien los ejercicios de rendición de cuentas o si por el contrario, los marcos jurídicos
existentes tienden a ser confusos e insuficientes para que el ciudadano pueda exigir
cuentas a los funcionarios públicos.
1.1 Marco Jurídico Constitucional
La obligación de rendir cuentas proviene de la naturaleza democrática y representativa del
gobierno, plasmada en el artículo 85 de la Constitución de la República. Así también la
85
“Guía conceptual y metodológica para el montaje de las oficinas de información y respuesta”; SSTA, CASALS & ASSOCIATES, INC.; y
FEPADE (Noviembre 2011)
Constitución establece que el poder público emana del pueblo y que los funcionarios del
gobierno son delegados del pueblo (Art. 86 Inc. 1º y 3º), por lo que éstos primeros se
encuentran obligados a responder a las personas a quienes representan en aquellas
funciones para las cuales han sido delegados.
La rendición de cuentas horizontal se encuentra de mejor manera expresada en nuestro
marco jurídico constitucional en el artículo 165 Inc. 1º, señala que los Ministros o
encargados de Despacho, y los presidentes de autónomas deberán concurrir a la
Asamblea Legislativa para contestar las interpelaciones que les hicieren los diputados. Así
también, el artículo 168 Ord. 7º establece que el Presidente de la República tiene la
obligación de dar a la Asamblea Legislativa los informes que ésta le pida. Por su parte la
Corte Suprema de Justicia ejerce a su vez un rol contralor dado que todos los funcionarios
públicos deberán rendir cuentas de su patrimonio según lo establecido en el Art. 240 Inc.
3º de la Constitución.
Por su parte, la Ley de la Corte de Cuentas de la República, señala que corresponde como
una de sus funciones a la Corte de Cuentas de la República: “examinar la cuenta que sobre
la gestión de la Hacienda Pública rinda el Órgano Ejecutivo a la Asamblea Legislativa e
informar a ésta del resultado de su examen en un plazo no mayor de cuatro meses”86
La rendición de cuentas vertical en la Constitución proviene de la combinación de dos
derechos complementarios, el de respuesta (Art. 6 Inc. 5º) y el de petición (Art. 18), por
medio de las cuales los funcionarios y autoridades se encuentran obligados a responder
las peticiones realizadas, haciendo que su respuesta sea de carácter obligatorio, ya que se
considera un mecanismo para la protección de derechos y garantías fundamentales de los
representados (o delegantes), enmarcadas dentro de una lógica de un gobierno cuyas
normas, organización y funcionamiento deben sujetarse a los principios de la democracia
representativa (Art. 85 Inc. 2º).
Tabla N° 3.1: Fundamento Constitucional del deber de Rendición de Cuentas
Marco Jurídico Constitucional
Tipo de
Disposición
Contenido
Rendición de
constitucional
Cuentas
Art. 165 Inc. 1º
“Los Ministros o Encargados del Despacho y Presidentes
de Instituciones Oficiales Autónomas deberán concurrir a
Horizontal
la Asamblea Legislativa para contestar las interpelaciones
que se les hicieren”
Art. 168 Ord. 7º
“Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la
República: 7º Dar a la asamblea Legislativa los informes
86
Ley de la Corte de Cuentas de la República. Art. 5, numeral 15: “(...) Para tal efecto la Corte practicará auditoría a los estados
financieros del Órgano Ejecutivo, pronunciándose sobre la presentación y contenidos de los mismos, señalando las ilegalidades e
irregularidades cometidas y toda la situación que no permita a los diferentes Órganos del Estado apreciar con claridad los resultados de
determinado ejercicio financiero”.
Art. 195 Inc. 5 y 7
Art. 240 Inc. 3º
Art. 18
Vertical
Art. 85
Art. 86 Inc. 1º
Art. 86 Inc. 3º
que esta le pida, excepto cuando se trate de planes
militares secretos. En cuanto a negociaciones políticas
que fuere necesario mantener en reserva, el Presidente
de la República deberá advertirlo, para que se conozca de
ellas en sesión secreta”
5°- “Examinar la cuenta que sobre la gestión de la
Hacienda Pública rinda el Órgano Ejecutivo a la Asamblea,
e informar a esta del resultado de su examen”
7°- “Informar por escrito al Presidente de la República, a
la Asamblea Legislativa y a los respectivos superiores
jerárquicos de las irregularidades relevante comprobadas
a cualquier funcionario o empleado público en el manejo
de bienes y fondos sujetos a fiscalización”
“Los funcionarios y empleados que la ley determine están
obligados a declarar el estado de su patrimonio ante la
Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con los incisos
anteriores, dentro de los sesenta días siguientes a aquel
en que tomen posesión de sus cargos”.
“Toda persona tiene derecho a dirigir sus peticiones por
escrito de manera decorosa, a las autoridades legalmente
establecidas; a que se le resuelvan, y a que se le haga
saber lo resuelto”
“El gobierno es republicano, democrático y
representativo”
“El poder público emana del pueblo (...)”
“Los funcionarios de gobiernos son delegados del pueblo
y no tienen más facultades que las que expresamente les
da la ley”.
1.2 Marco Jurídico Internacional
El Marco Jurídico Internacional relacionado a la transparencia, la anticorrupción y la ética
pública generalmente establece la rendición de cuentas como derecho de la ciudadanía y
deber del funcionario.
A continuación se presenta una tabla con las normas internacionales ratificadas por el
Estado salvadoreño que establecen la rendición de cuentas como derecho ciudadano y
deber del funcionario.
Tabla N° 3.2: Normas Internacionales que contemplan el deber de Rendición de Cuentas
Marco Jurídico Internacional
Instrumento Jurídico
Artículo
Contenido
“Códigos de conducta para funcionarios públicos: (5)
Cada Estado Parte procurará, cuando proceda y de
conformidad con los principios fundamentales de su
Convención de las Naciones
Art. 8 Num. derecho interno, establecer medidas y sistemas para
87
Unidas contra la corrupción
5º
exigir a los funcionarios públicos que hagan
declaraciones a las autoridades competentes en
87
Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción: http://www.unodc.org/pdf/corruption/publications_unodc_convention-s.pdf
relación, entre otras cosas, con sus actividades
externas y con empleos, inversiones, activos y
regalos o beneficios importantes que puedan dar
lugar a un conflicto de intereses respecto de sus
atribuciones como funcionarios públicos.”
“A los fines expuestos en el Artículo II de esta
Convención, los Estados Partes convienen en
considerar la aplicabilidad de medidas, dentro de sus
propios sistemas institucionales, destinadas a crear,
mantener y fortalecer: (4) Sistemas para la
declaración de los ingresos, activos y pasivos por
parte de las personas que desempeñan funciones
públicas en los cargos que establezca la ley y para la
publicación de tales declaraciones cuando
corresponda.”
Convención Interamericana
contra la Corrupción
Art. 3 Num.
4º88
Declaración sobre Gobierno
Abierto
Declaraciones Internacionales
Compromiso
Aumentar el acceso a las nuevas tecnologías para la
IV
apertura y la rendición de cuentas.
1.3 Leyes Secundarias
El marco jurídico interno aplicable a la Rendición de Cuentas para el Órgano Ejecutivo en
específico, y para los funcionarios públicos en general, reviste de una particular
importancia a efectos que la ciudadanía conozca de primera mano el marco legal que
ampara su legítimo derecho de conocer la calidad de la gestión pública impulsada por sus
representantes.
Es importante en este sentido la existencia de normas que den viabilidad a la
materialización de los procesos de rendición y exigencia de cuentas, a efectos de
condicionar el cumplimiento del derecho de exigir cuentas y el deber de rendirlas.
A continuación se presenta el detalle de leyes secundarias, reglamentarias y
jurisprudenciales que regulan la obligación de rendir cuentas
Tabla N° 3.3: Leyes Secundarias que establecen el deber de Rendición de Cuentas
Legislación
Artículo
Contenido
Art. 4: “El Presidente de la República comparecerá ante la
Asamblea Legislativa el día primero de junio de cada año, para
dar cuenta de la gestión del Órgano Ejecutivo e informar
sobre la situación general del país y sus problemas así como
las soluciones adoptadas por el gobierno”.
Art. 18: “Los Ministros y Viceministros de Estado, deberán dar
audiencia al público, por lo menos una vez a la semana,
Art. 4
fijando para ello el día y hora correspondiente”.
Reglamento Interno
Art. 18
Art.53 – E; Ord. 9: Sobre las funciones de la Subsecretaría de
del Órgano Ejecutivo
Art.53 – E;
Transparencia y Anticorrupción: Fomentar el establecimiento
88
Convención Interamericana Contra la Corrupción: http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/b-58.html
Ord. 9: Inc. D;
E; M; N
Art. 57
Ley de Acceso a la
Información Pública
Art. 3 Literal
“C” y Art. 4
literal “H
Ley de Ética
Gubernamental
Art. 4 Literal
“M”
Ley de la Corte de
Cuentas de la
República
Art. 5
Ley sobre el
Enriquecimiento Ilícito
de Funcionarios y
Empleados Públicos
Reglamento Interno
del Órgano Ejecutivo
Art. 5
Art. 53E B-e
de un sistema efectivo de probidad en la función pública,
basado en los principios de acceso a la información pública,
auditoría ciudadana, transparencia en el ejercicio de las
funciones públicas y responsabilidad jurídica.
Art. 53 – E; Inc. D: Fomentar y dar seguimiento a la contraloría
de la actuación de la Administración Pública
Art. 53 – E; Inc. E: Fortalecer la transparencia y la rendición de
cuentas, promoviendo el acceso a la información pública.
Art. 53 – E; Inc. M: Apoyar a las instituciones del Órgano
Ejecutivo en el diseño, aplicación y seguimiento de medidas
de fomento de transparencia, la lucha contra la corrupción en
procesos de contrataciones y coadyuvar en el fortalecimiento
a los sistemas de control interno.
Art.53 – E; Inc. N: Establecimiento de una Oficina de
Fortalecimiento al Control Interno y Auditoría (OFCIA), cuya
labor será coadyuvar al mejoramiento de las capacidades
instaladas y profesionales de las Unidades de Auditoría
Interna de las diferentes instituciones del Órgano Ejecutivo
Art.57: Los ministerios y demás instituciones del sector
público están en la obligación de proporcionar a la Secretaría
Técnica de la Presidencia, toda la información que ésta solicite
relacionada al cumplimiento de sus funciones.
Art. 3. Son fines de esta ley: (c) Impulsar la rendición de
cuentas de las instituciones y dependencias públicas.
Art. 4. En la interpretación y aplicación de esta ley deberán
regir los principios siguientes: (h) Rendición de cuentas.
Quienes desempeñan responsabilidades en el Estado o
administran bienes públicos están obligados a rendir cuentas
ante el público y autoridad competente, por el uso y la
administración de los bienes públicos a su cargo y sobre su
gestión, de acuerdo a la ley.
“La actuación de las personas sujetas a esta Ley deberá
regirse por los siguientes principios de la ética pública: (m)
Rendición de cuentas: Rendir cuentas de la gestión pública a
la autoridad competente y al público.”
“Examinar la cuenta que sobre la gestión de la Hacienda
Pública rinda el Órgano Ejecutivo a la Asamblea Legislativa e
informar a ésta del resultado de su examen en un plazo no
mayor de cuatro meses”
“Están obligados a presentar declaración jurada del estado de
su patrimonio, en la forma que indica el artículo tres de esta
Ley, los siguientes funcionarios y empleados públicos: 1o.- Los
Presidentes de los tres Órganos del Estado; 2o.- El VicePresidente de la República, cuando no desempeñe otro cargo
que le obligue a presentar declaración conforme a esta Ley;
4o.- Los Ministros y Viceministros de Estado; 5o.- Los
Secretarios de la Presidencia de la República; etc.”
“Corresponde al órgano ejecutivo a través de la Secretaría de
transparencia y anticorrupción de la Secretaría de Asuntos
Estratégicos de la Presidencia de la República: “Fortalecer la
transparencia y la rendición de cuentas, promoviendo el
acceso a la información pública”
Sentencia Recurso de
Amparo 431-98, 2000
Sobre el
Derecho de
Petición (Art.
18 Cn)
El derecho de petición “es un instrumento por medio del cual
se puede controlar y orientar la conducta de los detentadores
del poder(…) En ese sentido, “lacontestación no puede
limitarse a dar constancia de haberse recibido la petición, sino
que la autoridad correspondiente debe analizar el contenido
de la misma y resolverla conforme a las facultades
jurídicamente conferidas”.
Es importante señalar que el marco jurídico que ha sido evaluado en todos sus niveles en
el presente informe, contempla la rendición de cuentas en sentido vertical de manera
dispersa y limitada sobre el deber que tienen los funcionarios de rendir cuentas y de
promoverla en la ciudadanía. Generalmente, la rendición de cuentas aparece como
elemento coadyuvante al acceso a la información, la participación ciudadana o la ética
pública, pero no existe ninguna normativa de aplicación general -ni tampoco específica
para el Ejecutivo-, en el que se encuentren establecidos los mecanismos y procedimientos
para un ejercicio sistemático de rendición de cuentas.
Tampoco se encuentran claramente establecidos los aspectos en los que se debe rendir
cuentas, ya que suele ligarse solamente en sentido presupuestario y no de la gestión
como aspecto general, la cual deberá estar orientada en explicar a los ciudadanos, las
decisiones y acciones políticas así como las razones y motivos que las impulsan.
1.3.1 Manual para la Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo
Es indudable que la gestión del Presidente Mauricio Funes ha marcado un punto de
inflexión destacable en torno a la transparencia como eje transversal de la gestión pública
salvadoreña, dado que es a partir del trabajo de la Subsecretaría de Transparencia y
Anticorrupción de la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia que se han
impulsado significativos avances a nivel institucional, específicamente en aquello
relacionado a los procesos de rendición de cuentas para el Órgano Ejecutivo. Una muestra
de ello es la elaboración del Manual para la Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo, el
cual fue aplicado a partir del tercer año de gestión para todas aquellas instituciones que
conforman el Órgano Ejecutivo y que a la fecha han presentado su respectivo informe de
rendición de cuentas de carácter público.
Este documento viene a fortalecer las debilidades expuestas anteriormente en lo
referente a un marco jurídico impreciso, en aquello relacionado al detalle del
procedimiento a seguir para la ejecución de los ejercicios de rendición de cuentas en el
Órgano Ejecutivo en particular y de las instituciones del Estado en un alcance general.
“La SSTA ha elaborado un Manual de Rendición de Cuentas, con el objetivo de facilitar el
proceso de rendición de cuentas de las instituciones del Órgano Ejecutivo. Los pasos
descritos en el manual van desde la emisión del acuerdo institucional para la rendición de
cuentas hasta los eventos públicos en donde los titulares explican, razonan y justifican
ante la ciudadanía los actos y las decisiones más relevantes de la gestión pública, esta
metodología puede ser ajustadas a las necesidades y características de cada institución89”
El Manual de Rendición de Cuentas se divide en cuatro secciones90:
1. Antecedentes
2. Delimitación conceptual
3. Marco jurídico e institucional
4. Metodología para los ejercicios de rendición de cuentas, la cual clarifica los
objetivos del manual, las modalidades que pueden ser utilizadas para rendir
cuentas, el calendario y plazos para su desarrollo, así como las actividades dentro
del ejercicio dentro de rendición de cuentas.
Los objetivos que establece el Manual para las actividades enmarcadas en la rendición de
cuentas son tres y pueden resumirse de la siguiente manera:
A. Exponer y explicar la gestión desarrollada en el año
B. Explicar y justificar las decisiones y resoluciones tomadas
C. Desarrollar un diálogo con la ciudadanía
Las modalidades propuestas por el manual para la promoción de la participación
ciudadana en el marco de los ejercicios de Rendición de Cuentas son las siguientes: foros
abiertos, conversatorios, audiencias públicas, audiencias especiales, audiencias
preliminares, entre otras que se encuentren en función del público y garanticen el
intercambio de opiniones entre funcionarios y ciudadanos.
En entrevistas realizadas al Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción, como al
Ministro de Obras Públicas91, ambos coincidieron que un aspecto fundamental para la
efectiva aplicación de un marco jurídico de transparencia en el país es la voluntad política
de los titulares, asimismo ambos consideran la necesidad de una ley que establezca las
normas claras en materia de rendición de cuentas, no obstante aclararon que la ausencia
de la misma no debe ser un impedimento para la rendición de cuentas por parte de los
funcionarios públicos.
2. Institucionalidad
A partir de esta variable se analizarán las estructuras institucionales que tienen por
competencia coordinar y garantizar los procesos de rendición de cuentas de las
instituciones que conforman el Órgano Ejecutivo.
2.1 Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción (SSTA)
89
Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. Sitio web: http://asuntosestrategicos.presidencia.gob.sv/temas/transparenciay-anticorrupcion/rendicion-de-cuentas-2.html. Consultada miércoles 05 de septiembre de 2012
90
FESPAD y SSTA: “Manual Institucional para la Rendición de Cuentas”; 2012P. 7
91
Entrevista al Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción (21/junio/12) y Ministro de Obras Públicas (09/julio/12)
La creación de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción es un avance
importante a destacar de la gestión del Presidente Mauricio Funes en lo relativo a la
institucionalidad garante en el cumplimiento de los ejercicios de Rendición de Cuentas.
Según el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, la SSTA tiene como una de sus
principales atribuciones: “Fortalecer la transparencia y rendición de cuentas, promoviendo
el acceso a la información pública”92, constituyéndose de esta manera en la institución
promotora y garante de la política de transparencia en el ejercicio público del Órgano
Ejecutivo, es además, la instancia de interlocución entre el control social aplicado desde la
ciudadanía y la gestión pública ejecutiva.
Es importante destacar que aún sin contar con un marco jurídico de reglas claras que
establezca el procedimiento y obligatoriedad para la rendición de cuentas en el Ejecutivo,
ha sido la SSTA la instancia que ha promovido la práctica de rendición de cuentas,
representando lo anterior un importante avance en el fortalecimiento de la democracia
en su aspecto formal.
“Para incidir de forma positiva en las áreas prioritarias se ha concebido una novedosa
estrategia de intervención integral que considera tanto la creación de una nueva
institucionalidad para promover el desarrollo como el rediseño y la modernización de la ya
existente…”93
La SSTA como parte de sus atribuciones, ha brindado asesorías y capacitaciones de forma
permanente a las instituciones interesadas en formar parte de los ejercicios de rendición
de cuentas, facilitando por un lado la realización de los informes y por otro, propiciando
las condiciones para la organización de los eventos públicos de divulgación, en este
sentido se ha dispuesto desde la SSTA de instrumentos metodológicos y guías técnicas
sobre la rendición de cuentas.
Por otro lado, se han realizado intercambios de experiencias y conocimientos con
instituciones que rindieron cuentas en el primer año, junto con aquellas que se han
involucrado posterior y paulatinamente a esta iniciativa por transparentar la gestión
pública, en el marco de estos encuentros se han aplicado las mejoras respectivas en los
procesos de rendición de cuentas, asimismo se han establecido reuniones bilaterales con
un amplio espectro de instituciones gubernamentales y autónomas, a partir de las cuales
se ha permitido explicarles con mayor detalle las generalidades de este novedoso e
importante mecanismo de interlocución Estado – Ciudadanía, así como concientizar a los
titulares sobre los beneficios que entiende para la institución divulgar a la ciudadanía la
gestión que se realiza al interior de estas y como esto se traduce en el fomento de la
confianza y la legitimidad social hacia el Estado en su conjunto.
En el marco de los esfuerzos realizados por la SSTA orientados en fomentar la rendición de
cuentas de las instituciones gubernamentales, se han elaborado periódicamente
92
93
Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo. Art. 53 - D
Plan Quinquenal de Desarrollo 2010 – 2014. Presidencia de la República de El Salvador
cronogramas de rendición de cuentas para cada una de las instituciones interesadas en
participar, en el cronograma se detalla la fecha y hora de realización, así como el lugar
destinado a desarrollar la actividad.
La creación de la SSTA ha permitido que las instituciones cuenten ahora con una entidad
referente y especializada en temas de transparencia, la cual facilita asesorías, talleres e
instrumentos metodológicos para la realización y conceptualización de la rendición de
cuentas como instrumento hacia una mejor gestión pública.
Según el Informe de Rendición de Cuentas de la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la
Presidencia (2010 – 2011) algunos de los avances más relevantes en la gestión fueron el
acceso a la información y la rendición de cuentas a través de la SSTA, a partir de la cual se
coordinó y facilitó el primer ejercicio de rendición de cuentas por parte de las
instituciones del ejecutivo (37 entidades entre ministerios y autónomas) las cuales
informaron sobre su gestión y se abrieron al escrutinio ciudadano en el año 2010.
Para el año 2011 la SSTA ha desarrollado más de 45 acciones concretas orientadas en dar
cumplimiento a sus seis objetivos específicos94
Tabla N° 3.4: Objetivos Específicos de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción
Objetivo
Contenido
1
Fortalecer la transparencia en las entidades del
Órgano Ejecutivo y la participación ciudadana
como factores claves de gobernabilidad
democrática y combate a la corrupción
2
Fortalecer los mecanismos de control y auditoría
interna, así como contribuir a reducir los conflictos
de intereses en las entidades del ejecutivo
3
Promover la simplificación y transparencia de
trámites y procesos administrativos del Órgano
Ejecutivo
4
Contribuir a fortalecer la coordinación y la
responsabilidad recíproca entre las organizaciones
del Estado Salvadoreño y el sector empresarial,
para elevar los actuales niveles de probidad y
efectividad en la transparencia y lucha contra la
corrupción
5
Fortalecer la participación y el aporte de El
Salvador en los espacios internacionales, así como
fomentar el cumplimiento de las convenciones,
otros acuerdos internacionales y marco legal
nacional
6
Consolidar a la SSTA para que desempeñe
adecuadamente su rol, a través de la formación de
su personal, modernización de procesos,
equipamientos y gestión
Fuente: Elaboración propia. Datos de Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción
94
Informe de Gestión 2011. Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción, Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia.
Diciembre 2011
2.1.1 Oficina de Fortalecimiento al Control Interno y Auditoria
El Reglamento Interior del Órgano Ejecutivo, convoca a establecer dentro de la estructura
de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción una Oficina de Fortalecimiento al
Control Interno y Auditoría (OFCIA) cuya labor será: “coadyuvar al mejoramiento de las
capacidades instaladas y profesionales de las unidades de Auditoría Interna de las
diferentes instituciones del Órgano Ejecutivo, pudiendo para tales fines proponer a las
citadas instituciones la implementación de evaluaciones de calidad de las labores de las
referidas unidades de Auditoría Interna, la adopción de estándares internacionales
aplicables a la materia, entre otras medidas que fueren legales y pertinentes.”95
La oficina trabaja conjuntamente con las unidades de auditoría interna de cada institución,
centrándose en la actividad de cada una de las instituciones de la cual se ha presentado la
queja y estableciendo un diálogo directo con los titulares de las instituciones.
Dicha oficina fue creada en el mes de julio del año 2009, desde esa fecha hasta el 12 de
febrero de 2010, se habían recibido 70 casos de apoyo en auditoría96.
2.1.2 Comisión Institucional de Rendición de Cuentas (CIRC)
La CIRC es una comisión ad hoc, que tiene la responsabilidad de elaborar el informe de
rendición de cuentas (con los insumos que todas las áreas de la institución
correspondiente le brinden); definir la lista de invitados a través de la elaboración de un
directorio base; planificar el evento con todos sus elementos políticos y logísticos.
El manual de rendición de cuentas del Órgano Ejecutivo sugiere que sea el Oficial de
Información el responsable de coordinar la CIRC en cada una de las instituciones.
Por su parte, las áreas involucradas en la CIRC dependerán del tamaño de la entidad y del
nivel territorial.

Funciones de la CIRC97
1.
2.
Definir en coordinación con los titulares, la planificación del ejercicio de rendición de cuentas anual
Elaborar el documento para la rendición de cuentas de la entidad con los insumos que le brinden las
unidades de la misma
Organizar y desarrollar las audiencias públicas
Elaborar el listado de invitados
Proponer e implementar un mecanismo posterior al evento, para recibir y dar respuesta a las inquietudes
que los ciudadanos tengan sobre el informe de rendición de cuentas
3.
4.
5.
95
Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo. Art. 53 – E “n”
“En espera relanzamiento de Oficina de Fortalecimiento de Control Interno y Auditoria”. Comunica en línea. Sitio web:
http://www.comunica.edu.sv/index.php?option=com_content&view=article&id=693:en-espera-relanzamiento-de-oficina-defortalecimiento-al-control-interno-y-auditoria. Consultado el 12 de septiembre de 2012 23:35.
97
Manual de Rendición de Cuentas para el Órgano Ejecutivo. Pag.34
96
6.
7.
Elaborar la memoria del evento de rendición de cuentas
Evaluar, en coordinación con el titular y con la participación de todos los involucrados, el ejercicio de
rendición de cuentas realizado
2.2 Dirección de Probidad, Corte Suprema de Justicia
La Dirección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tiene como antecedente
histórico el Tribunal de Probidad, el cual es establecido el 11 de febrero de 1949 con la
finalidad de reintegrar el dinero que funcionarios y empleados públicos habían obtenido
sin causa justa de la Hacienda Pública98.
Hoy en día la Dirección de Probidad es la encargada de vigilar la honradez de los
funcionarios y empleados públicos, precaviendo detectando y sancionando el
enriquecimiento ilícito en el desempeño de sus funciones. Como principal atribución tiene
el detectar el eventual incremento patrimonial de los funcionarios y empleados públicos –
y su grupo familiar- realizado durante el tiempo de su ejercicio.
En caso de existir enriquecimiento ilícito puede iniciar juicio especial. Su rol contralor
sobre los bienes y fondos públicos tiene un alcance para todos aquellos funcionarios del
aparato estatal y municipal que intervengan en el manejo de fondos públicos.
De esta manera si bien la Dirección de Probidad no se atribuye únicamente el control del
patrimonio de los funcionarios del Órgano Ejecutivo, esta Dirección se vuelve un elemento
institucional clave para el fortalecimiento del control horizontal de las instituciones del
Estado.
2.3 Corte de Cuentas de la República
La Corte de Cuentas de la República es según estatutos el organismo superior de control
del Estado, responsable de pronunciarse profesional y éticamente sobre la legalidad,
eficiencia, economía, efectividad y transparencia de la gestión pública
.
Según la Ley de la Corte de Cuentas de la República, dicho organismo ejerce el control de
auditoría gubernamental en todas las entidades y organismos del sector público, a partir
de la evaluación de los siguientes aspectos:
1. Las transacciones, registros, informes y estados financieros
2. La legalidad de las transacciones y el cumplimiento de otras disposiciones
3. El control interno financiero
4. La planificación, organización, ejecución y control interno administrativo
5. La eficiencia, efectividad y economía en el uso de los recursos humanos,
ambientales, materiales, financieros y tecnológicos
6. Los resultados de las operaciones y el cumplimiento de objetivos y metas
98
Dirección de Probidad. Corte Suprema de Justicia. Sitio web: http://www.csj.gob.sv/probidad/probidad_14.html. Consultada 13 de
septiembre de 2012. 12:20
Acciones de Control
de la Corte de
Cuentas de la
República
Auditorías financieras
Auditorías
operacionales
Exámenes especiales
2.4 Asamblea Legislativa
Según disposiciones constitucionales de la República, la Asamblea Legislativa se constituye
como la principal entidad de control horizontal sobre la gestión ejecutiva del gobierno
central.
La constitución señala que los ministros o encargados del despacho y Presidente de
instituciones oficiales autónomas deberán concurrir a la Asamblea Legislativa para
contestar interpelaciones que se le hicieren.99 Asimismo convoca al consejo de ministros a
elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos y presentarlo a la Asamblea
Legislativa por lo menos tres meses antes de que se inicie el nuevo ejercicio fiscal100.
Ejerciendo de esta manera un control sobre el quehacer ejecutivo tanto en lo relacionado
a la gestión de oficio como a la presupuestaria.
Referente a la rendición de cuentas, la Constitución de la República establece como un
atributo y obligación del Presidente de la República, presentar por medio de los Ministros
a la Asamblea Legislativa dentro de los dos meses siguientes a la terminación de cada año,
el informe de labores de la Administración Pública en el año transcurrido. Además señala
que el Ministro de Hacienda deberá presentar dentro de los tres meses siguientes a la
terminación de cada período fiscal, la cuenta general del último presupuesto y el estado
demostrativo de la situación del Tesoro Público y el Patrimonio Fiscal. Señala que de no
dar cumplimiento a este mandato quedará por el mismo hecho depuesto el Ministro que
no lo verifique, lo cual será notificado al Presidente de la República inmediatamente, para
que nombre el sustituto.
Finalmente señala que el Presidente de la República deberá además dar a la Asamblea
Legislativa los informes que ésta le pida, salvo excepciones contempladas101. Distinto a la
ausencia de mecanismos legales que establezcan el control institucional a la gestión
parlamentaria, el Órgano Ejecutivo se ve frente al escrutinio de un control horizontal que
99
Constitución de la República. Art. 165
Constitución de la República. Art. 167
Constitución de la República. Art. 168, 6 y 7
100
101
ejerce el pleno legislativo, a través de los 84 diputados, quienes evalúan periódicamente la
gestión liderada por el Presidente de la República, representada a través de cada
Ministerio e Institución autónoma que compone el gobierno central.
3. Atributos del proceso de rendición de cuentas
La transparencia en el ejercicio de la función pública requiere de un estricto control social
a través de canales de participación activa que habiliten a la ciudadanía incidir en el ciclo
de las políticas públicas, lo cual entiende un recorrido que va desde la formulación hasta la
evaluación de impacto originada por su aplicación. En este sentido, no es posible concebir
una política de transparencia si la interlocución Estado – Ciudadanía es limitada.
Por este motivo, es necesaria la aplicación de ejercicios de rendición de cuentas que
cumplan con requisitos y atributos mínimos orientados al empoderamiento ciudadano,
fortaleciendo el diálogo vertical con las instituciones del Estado y generando en
consecuencia lazos de confianza necesarios para una efectiva gestión pública y un robusto
régimen de instituciones democráticas.
Se evalúan a continuación una serie de atributos aplicados al ejercicio de rendición de
cuentas que han sido liderados en el período 2011 – 2012 por las diferentes instituciones
que conforman el Órgano Ejecutivo.
Para este fin ha sido seleccionada la siguiente muestra del universo de instituciones,
siendo el criterio de selección el presupuesto ejecutado, el tamaño administrativo de la
institución y el manejo de una agenda de temas de un impacto social inmediato:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL)
Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS)
Ministerio de Economía
Ministerio de Educación
Ministerio de Salud
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano
3.1 Periódicos
El Plan Quinquenal de Desarrollo (2010-2014) del Gobierno central, establece que la
promoción de la participación social organizada en el proceso de formulación de políticas
públicas, requiere de un sistema de rendición de cuentas diligente y transparente102. En
este sentido la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia, a través de la
Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción, ha impulsado desde el año 2010 la
Rendición de Cuentas en las instituciones del Órgano Ejecutivo.
102
Plan Quinquenal de Desarrollo (2010-2014). Gobierno de El Salvador
En el año 2010, se realiza por primera vez la implementación a nivel gubernamental de
ejercicios de rendición de cuentas “vertical” (Estado – Ciudadanía) por parte de las
instituciones que conforman el Órgano Ejecutivo. Posterior a la presentación del informe
presidencial, durante los meses de junio, julio y agosto, 37 entidades entre Ministerios e
Instituciones Autónomas, elaboraron informes de rendición de cuentas y desarrollaron
audiencias públicas.
En el año 2011 nuevamente las instituciones del Órgano Ejecutivo rindieron cuentas de su
gestión. En este período fueron 64 entidades entre Ministerios e Instituciones Autónomas
que presentaron sus informes públicos. Uno de los principales avances del proceso de
rendición de cuentas del año 2011, comparado con su precedente en 2010, fue la
incorporación de los 14 gabinetes de gestión departamental que rindieron cuentas de su
gestión hacia la ciudadanía gracias a la intervención del Ministerio de Gobernación.
El ejercicio de rendición de cuentas que hacen las instituciones del Ejecutivo, y que
coordina la SSTA, cuenta con una periodicidad anual, coincidiendo con el ejercicio de
rendición de cuentas que hace cada primero de junio el Presidente de la República ante
los diputados de la Asamblea Legislativa.
Tabla 3.5: Comportamiento de la participación de las instituciones del Órgano Ejecutivo en los
ejercicios de rendición de cuentas (2010 – 2011)
Participación de Instituciones 2011
Participación de Instituciones 2010
64
37
2010
2011
Fuente: Elaboración propia. Datos de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Secretaría para Asuntos
Estratégicos de la Presidencia. Gobierno de El Salvador
Como anteriormente se ha señalado, por mandato constitucional, el primero de junio de
cada año el Presidente de la República presenta ante la Asamblea Legislativa su informe
anual de labores. No obstante desde el año 2010 el Gabinete de Gobierno, ha presentado
públicamente sus informes de labores a la ciudadanía a través de audiencias públicas
participativas, exponiendo su gestión ejecutiva ante el control institucional y el control
social de la ciudadanía.
Para el año 2011, las jornadas de rendición de cuentas fueron inauguradas por el
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano. Los ejercicios se
realizaron entre los meses de junio a noviembre, en el siguiente orden103

Nº
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
103
Calendario Rendición de Cuentas (2010 – 2011)
Institución
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano
Defensoría del Consumidor
Ministerio de Gobernación
Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria
Fondo Social para la Vivienda
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local
Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa
Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo
Fondo de Saneamiento y Fortalecimiento del Sistema Financiero de El Salvador
Superintendencia de Valores
Ministerio de Justicia y Seguridad Pública
Academia Nacional de Seguridad Pública
Superintendencia del Sistema Financiero
Banco Multisectorial de Inversiones
Superintendencia de Pensiones
Ministerio de Economía
Ministerio de Turismo, ISTU y CORSATUR
Superintendencia de Competencia
Banco Central de Reserva
Consejo Superior de Salud Pública
Ministerio de la Defensa Nacional
Secretaría de Cultura
Fondo Solidario para la Salud
Ministerio de Hacienda
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma
Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a Consecuencia del Conflicto Armado
Banco de Fomento Agropecuario
Banco Hipotecario
Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada
Comisión Ejecutivo Hidroeléctrica del Río Lempa
Fondo de Conservación Vial
Centro Nacional de Registros
Instituto Salvadoreño del Seguro Social
Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia
Ministerio de Salud
Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Ministerio de Educación
Instituto Salvadoreño de Formación Profesional
Viceministerio de Transporte
Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal
Instituto Nacional de Pensiones de Empleados Públicos
Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal
Informe de Rendición de Cuentas 2010 – 2011. Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia
Fecha
2 de junio
8 de junio
10 de junio
16 de junio
21 de junio
20 de junio
23 de junio
27 de junio
28 de junio
30 de junio
4 de julio
5 de julio
8 de julio
11 de julio
13 de julio
14 de julio
15 de julio
18 de julio
19 de julio
20 de julio
20 de julio
21 de julio
22 de julio
22 de julio
25 de julio
25 de julio
26 de julio
27 de julio
27 de julio
28 de julio
29 de julio
9 de agosto
10 de agosto
11 de agosto
12 de agosto
15 de agosto
16 de agosto
17 de agosto
18 de agosto
19 de agosto
23 de agosto
24 de agosto
24 de agosto
25 de agosto
25 de agosto
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
Ministerio de Agricultura y Ganadería
26 de agosto
Instituto Salvadoreño de Rehabilitación de Inválidos
29 de agosto
Fondo Nacional de Vivienda Popular
29 de agosto
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
30 de agosto
Instituto de Bienestar Magisterial
30 de agosto
Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación
6 de septiembre
Consejo Nacional de Energía
7 de septiembre
Autoridad Marítima Portuaria
8 de septiembre
Registro Nacional de las Personas Naturales
13 de septiembre
Asociación Nacional de Acueductos y Alcantarillados
13 de septiembre
Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones
14 de septiembre
Fondo del Milenio
20 de septiembre
Fondo Salvadoreño para Estudios de Pre inversión
21 de septiembre
Fondo Solidario para la Familia Microempresaria
23 de septiembre
Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer
27 de septiembre
Centro Internacional de Ferias y Convenciones
8 de noviembre
Lotería Nacional de Beneficencia
24 de noviembre
Fuente: Elaboración propia. Datos del Informe de Rendición de Cuentas (2010 – 2011). Secretaría para Asuntos
Estratégicos de la Presidencia. Gobierno de El Salvador
Según el Manual Institucional de Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo: “la rendición
de cuentas es una práctica que debe realizarse de manera constante y en diferentes
modalidades; este manual orienta a facilitar por lo menos un evento en el año, que
deberá comprender el período de gestión desde junio del año anterior al mes de mayo del
año en el cual se realiza el ejercicio”104. El referido manual detalla que si bien las
audiencias anuales para presentar los informes se organizarán entre los meses de junio a
agosto de cada año, iniciando después de la presentación del informe del Presidente de la
República ante la Asamblea Legislativa, si la entidad identifica un tema sobre el cual debe
responder a la ciudadanía, puede organizar una rendición de cuentas específica en
cualquier momento y bajo la modalidad que considere oportuna o que la población haya
solicitado.
A través de los eventos de rendición de cuentas fue posible que los titulares de las
diversas instituciones explicaran a la población sobre sus principales acciones y decisiones
tomadas durante la gestión en lo relativo a la administración del uso de los fondos
públicos. Del otro lado, la ciudadanía tuvo la posibilidad de cuestionar y expresar sus
comentarios y sugerencias sobre el trabajo realizado por cada una de las instituciones del
gobierno central.
De esta manera, la rendición de cuentas se constituye como el espacio propicio para que
la ciudadanía incida sobre la aplicación de las políticas públicas, expresando sus
necesidades e intereses a fin de mejorar la aplicación de las decisiones políticas por parte
de las entidades ejecutoras.
Los ejercicios anuales de rendición de cuentas se han convertido sin lugar a dudas en un
elemento novedoso que viene a desplazar una exigua cultura de accountability por parte
104
Manual para la Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo. Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia
de las instituciones del Estado. En este sentido, los esfuerzos por institucionalizar esta
práctica deberán estar orientados en instalar una integral cultura de prácticas y
comportamientos de transparencia que involucre a los actores de la sociedad salvadoreña
en todos sus niveles.
3.2 Participativos
El Plan Quinquenal de Desarrollo 2010-2014 contempla la importancia de la incidencia
ciudadana en el proceso de toma de decisiones, destacando la relevancia de “la
construcción de políticas de Estado y la promoción de la participación social organizada en
el proceso de formulación de políticas públicas”105
Durante las jornadas de Rendición de Cuentas de 2011 se contabilizó la participación
aproximada de 26,800 personas106, entre usuarios, cuerpo diplomático, representantes de
agencias de cooperación internacional, organizaciones de la sociedad civil y actores
locales. Para el año en estudio, la SSTA coordinó con las entidades gubernamentales los
aspectos relacionados a las fechas de realización de las rendiciones de cuentas, con el
propósito de incorporar la mayor participación ciudadana posible a los eventos de
rendición de cuentas.
Según el Informe de Rendición de Cuentas (2010 -2011) de la Secretaría para Asuntos
Estratégicos de la Presidencia, la participación ciudadana en los ejercicios de rendición de
cuentas excedieron las 700 personas, como es el caso del Ministerio de Salud, Obras
Públicas, Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA), entre otros.
Cabe señalar que los eventos de rendición de cuentas del período 2010 – 2011, se
realizaron en su mayoría mediante audiencias públicas, no obstante la SSTA detalla el
desarrollo de conversatorios, actividades regionales, sectoriales y comunitarias.
Descentralizando a través de estas iniciativas los esfuerzos por transparentar la gestión del
gobierno central.
Por tratarse de mecanismos de control vertical, los ejercicios de rendición de cuentas
contemplan por definición una activa participación ciudadana en su desarrollo, sin la cual,
las intenciones por establecer la interlocución entre gobernantes y gobernados perderían
su completo sentido. Por este motivo es indispensable que los ejercicios de rendición de
cuentas contemplen dos elementos:
1. La promoción de la participación ciudadana en las dinámicas de rendición de
cuentas, a través de la publicación y divulgación en medios de comunicación
televisivos, radiales, escritos y foros públicos en los territorios, respecto a la
necesidad de ejercer un control directo sobre el manejo de la gestión por parte de
los funcionarios públicos al frente de las instituciones.
105
106
Plan Quinquenal de Desarrollo. Gobierno de El Salvador. Pág. 50
Informe de Rendición de Cuentas (2010 – 2011). Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia
2. Descentralizar los espacios en los cuales se desarrollan los ejercicios de rendición
de cuentas, combatiendo de esta manera las asimetrías en el acceso a la
información pública generada por las instituciones del gobierno central,
concentradas –en muchos casos- política y administrativamente en San Salvador.
Con el propósito de analizar los avances que en materia de incidencia social en la
rendición de cuentas ha realizado el Órgano Ejecutivo. A continuación se detallan los
mecanismos de participación ciudadana para el control vertical sobre la gestión pública,
contemplados por algunas de sus instituciones107

Comité de Contraloría Ciudadana (CCC) – Fondo de Inversión Social para el
Desarrollo Local (FISDL)
El CCC es la instancia responsable de llevar a la práctica la labor de contraloría ciudadana
ejecutando los mecanismos que el Programa de Fortalecimiento de los Gobiernos Locales
(PFGL) pone a su disposición para garantizar la transparencia en el manejo de los fondos
ejecutados de manera descentralizada por los gobiernos municipales. Asimismo, la CCC es
la instancia a cargo acompañar los diferentes procesos y las distintas fases del ciclo de los
sub proyectos para garantizar el manejo transparente de dichos procesos108.
El Comité deberá estar conformado por siete personas:
1) Presidente
2) Secretario (debe saber leer y escribir)
3) Tesorero (debe saber leer, escribir y las cuatro operaciones aritméticas)
4) Vigilante Ambiental
5) Procurador de Participación y Género
6) Dos Contralores Comunitarios (debe saber leer, escribir y las cuatro operaciones
aritméticas)
Algunas de las atribuciones del CCC serán las siguientes:
1) Representar a la comunidad ante los entes involucrados en el Plan de Desarrollo
Municipal (PDM)
2) Fomentar y facilitar la presencia y nutrida participación de toda la comunidad en
las Asambleas, comisiones, cargos, trabajos y demás actividades
3) Apoyar el cumplimiento con rapidez y de buena manera los compromisos que
adquiera la Comunidad con el PDM.
4) Cumplir con responsabilidad y transparencia las actividades que se le asignen
5) Participar activamente con delegados en la comisión de adjudicación que la UACI
de las alcaldías formará para adjudicar la ejecución del proyecto y la contratación
de los demás prestadores de servicios (Facilitador y Supervisor)
107
108
Los casos han sido seleccionados de la muestra de instituciones de las cuales surge el presente estudio
Remisión de respuesta por parte del FISDL a la solicitud de información de Iniciativa Social para la Democracia (julio 2012)
6) Asegurar que la priorización de sub proyectos se haga de manera participativa y
transparente.
7) Rendir cuenta a la comunidad en general y a los entes cooperantes sobre el
desarrollo de los procesos con sus respectivas observaciones; además llevar el
respectivo registro de lo observado en el manejo de los fondos referentes a los sub
proyectos.
8) Informar mensualmente a la comunidad, junto con el Supervisor, sobre la
ejecución del sub proyecto

Comité de Auditoría (COA) - Ministerio de Educación (MINED)
El comité se encuentra integrado por los siguientes miembros, quienes son externos al
Ministerio de Educación:
1. Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción: Lic. Manuel de Jesús Cruz, elegido
por el COA como Coordinador
2. Consejo de Educación Superior: Lic. Rogelio Fonseca
3. ANDES 21 de Junio: Lic. José María Sandoval
4. Bases Magisteriales: Prof. Mario Antonio Cruz Torres
5. Consejo Nacional de Educación: Ing. Mario Antonio Paniagua
6. Instituto de Auditoría Interna de El Salvador: Licda. Ana Militza Flores.
El COA tiene como propósito, asistir a la máxima autoridad del MINED en el cumplimiento
de sus responsabilidades de vigilancia de las leyes y reglamentaciones en los procesos de
información financiera, sistema de control interno, de auditoría, de rendición de cuentas y
transparencia institucional.
Los objetivos del COA son los siguientes:
1. Garantizar la transparencia y rendición de cuentas.
2. Mantener un flujo continuo de comunicación entre los Titulares, Auditoría
Interna, Auditores Externos y Áreas Estratégicas del MINED, con respecto a la
revisión y seguimiento de la información financiera, administrativa, educativa,
gobernabilidad y control en los siguientes asuntos:
a) Revisar casos de corrupción y fraudes institucionales.
b) Estados Financieros, prácticas contables y financieras.
c) Políticas de control en relación al cumplimiento de las Leyes.
d) Observar el debido diligenciamiento en torno al cumplimiento de las
obligaciones que las leyes señalan a los titulares del MINED y a las diferentes
instancias direccionales y gerenciales, en relación al control interno
financiero, administrativo, educativos y de tecnología de información, entre
otros.
e) Estrategias de auditoría interna para lograr el fortalecimiento del control
interno, administración de riesgo y garantizar la administración transparente
del MINED.
f) Seguimiento a las recomendaciones de la Auditoría Interna, Corte de Cuentas
de la República y Auditorías Externas.
g) Analizar los puntos significativos de control, así como los resultados de los
exámenes de auditoría.
h) Revisar y proveer recomendación a la Auditoría Interna sobre los planes
anuales de trabajo.
i) Emitir recomendaciones para el establecimiento de mejora en aspectos de
Control Interno y Monitoreo del mismo.
j) Analizar lo consistente de las Estrategias, Objetivos y Políticas del MINED.
Las funciones y atribuciones principales del COA son:
1. Análisis y seguimiento de las denuncias recibidas y su resolución.
2. Evaluar y emitir recomendación del informe anual sobre rendición de cuentas.
3. Conocer el resultado de las investigaciones y recomendar la continuidad del
proceso, hasta la denuncia pública y determinación de responsabilidad, si los
casos lo ameritan.
4. Evaluar y emitir recomendación sobre el informe anual de la ejecución de los
planes anuales operativos y su interrelación con el plan estratégico del MINED.
5. Estudiar el análisis y revisión de los estados financieros que presenta la Dirección
Financiera Institucional.
6. Velar por el cumplimiento de los planes de acción elaborados por la
administración del MINED para la superación de observaciones relevantes de los
informes emitidos por los entes fiscalizadores: Auditoría Interna, Corte de
Cuentas de la República y Auditores Externos que haya contratado el MINED.
7. Conocer y evaluar el resultado de los exámenes de los entes fiscalizadores,
considerando:
a) El contenido del informe de auditoría, especialmente cualquier limitación al
alcance del trabajo o desviación en la aplicación de sus procedimientos u
otros asuntos que pudieran haber generado salvedades en el dictamen.
b) Cualquier diferencia entre el alcance del trabajo planeado y el que finalmente
se llevó a cabo para el caso de la auditoría externa.
c) La solución de problemas de auditoría de mayor importancia que se hubieren
tratado durante la ejecución de los trabajos.
d) Diferencias de criterio entre la administración y los auditores, con respecto a
la aplicación de normas, reglamentos, principios de contabilidad, tratamiento
de transacciones, revelaciones y ajustes resultantes de los exámenes,
e) El grado de oportunidad en la atención de las observaciones y
recomendaciones de los auditores para el mejoramiento de los
procedimientos administrativos y contables del control interno institucional.
8. Proponer al Despacho Ministerial medidas tendientes a mantener y fortalecer el
control interno, los mecanismos para la transparencia y los procesos de
administración de riesgo.
a) Dar visto bueno el Plan de la Auditoría Interna, analizar su ejecución y
cualquier modificación.
b) Analizar y recomendar para su autorización al Despacho Ministerial, sobre
cambios a la estructura organizativa de la Dirección de Auditoría Interna,
según se requiera, en función de la vigilancia del control interno institucional.
c) Conocer los aportes de la Auditoría Interna en relación con el fortalecimiento
del control interno en cada área del MINED.
d) Conocer, analizar y proponer mejoras al Plan de Trabajo de la Dirección de
Transparencia del MINED y el impacto de la ejecución del mismo.
9. Proponer investigaciones cuando las condiciones de la institución lo ameriten.
10. Dar visto bueno a las Bases y Términos de Referencia, para la contratación de
auditores externos y dar seguimiento a los resultados a través del cumplimiento
de las cláusulas contractuales.
11. Determinar que las cuestiones principales sobre las gestiones institucionales,
hayan sido resueltas satisfactoriamente y de informar al Despacho Ministerial
de los asuntos pertinentes a los procesos de control del MINED.
12. Remitir al Despacho Ministerial una copia del Acta producto de cada reunión del
COA en los siguientes 3 días a la firma de la misma.
13. Revisar y actualizar las presentes Normas de Funcionamiento del COA y
someterlas a aprobación del Despacho Ministerial.

Teléfono y correo anticorrupción – Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Es un mecanismo de participación ciudadana creado en junio del año 2011, a iniciativa del
Ministro de Trabajo y Previsión Social, tiene como propósito recibir quejas y denuncias de
los ciudadanos sobre actos de corrupción por parte de funcionarios de la institución o de
servidores que infrinjan la ley.
El servicio es atendido desde el propio despacho ministerial, según información
proporcionada por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, “se reciben 20 o 30 correos
o llamadas telefónicas, exponiendo diferentes casos, que de manera inmediata esta
institución realiza la investigación y procura resolver cada caso”109

Unidad de Gestión Social – Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y
Desarrollo Urbano
La Unidad de Gestión Social (UGS) es creada con la finalidad de coordinar y facilitar la
relación transparente entre el MOP, FOVIAL, Alcaldías, Comunidades, Organizaciones
Sociales, Instancias gubernamentales, entre otros actores que demanden obra pública.
“La UGS es la responsable de atender y gestionar respuesta oportuna, eficaz y eficiente a las
demandas ciudadanas; propiciando una relación articulada de todos los actores que son parte del
problema y resolver planificadamente lo demandado siempre y cuando tenga competencia viable,
técnica y financiera”110
109
110
Resolución a Solicitud de Información. Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Presentación de Powerpoint: La UGS – MOP. Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano
Adicionalmente la UGS, cumple una función clave en la instalación de una política
transparente de la obra pública al ser la encarda de diseñar y facilitar los mecanismos de
participación ciudadana para que la población tenga mayor acceso a la información y se
geste con cada obra un proceso educativo de ejercer la ciudadanía en las etapas de:
diagnóstico, diseño, ejecución, evaluación y contraloría de las obras.
Los casos anteriormente expuestos demuestran un claro compromiso por parte de
algunas instituciones del Órgano Ejecutivo, encaminadas en involucrar cada vez más el rol
ciudadano a la gestión pública. No obstante, los referidos casos no deben ser
interpretados como una representación fidedigna de la complejidad del entramado de
instituciones que conforman a dicho Órgano de Estado, dado que en la mayoría de casos
analizados no se encontró mecanismos por medio de los cuales la ciudadanía puede
ejercer un rol activo como ente contralor.
Por este motivo, se vuelve necesario que la SSTA como ente garante en la construcción de
una cultura institucional democrática en el Estado, fortalezca la incidencia ciudadana en
los ejercicios de rendición de cuentas, pero que además recupere las experiencias
anteriormente expuestas e incentive a las demás instituciones a aplicar mecanismos
similares que posicionen al ciudadano como eje central de la función pública.
Por último, si bien deben de reconocerse los grandes avances que la SSTA ha realizado de
cara a instalar la sistematización y periodicidad de los ejercicios de Rendición de Cuentas
en el Órgano Ejecutivo, es necesario seguir perfeccionando la práctica con el propósito de
brindar a la población de una herramienta efectiva para el control de la gestión pública.
Ampliando principalmente el universo de la participación ciudadana a través de eventos
de rendición de cuentas simultáneos y descentralizados en las regiones del país.
3.3 Fiscalizable
La rendición de cuentas del quehacer de los funcionarios públicos debe ser permanente,
para este fin, se requiere de medios de fiscalización puestos al servicio de la ciudadanía
que permitan una constante consulta sobre lo realizado al frente de las instituciones.
En este sentido el presente informe investiga los medios y canales por los cuales la
población tiene acceso a los informes, decisiones y acciones tomadas a lo largo de la
gestión por parte de los funcionarios del gobierno central.
Primeramente, es necesario destacar el rol que juegan los medios de comunicación al ser
actores fundamentales en la fiscalización de los ejercicios de rendición de cuentas, dado
que al ser instancias fundamentales en la formación de opinión, proyectan a la ciudadanía
sobre el qué pensar en el marco de una determinada coyuntura, por este motivo, es
necesario que los medios de comunicación instalen alrededor de la transparencia una
agenda propositiva, lo cual entiende un análisis que destaque de forma objetiva los
avances y señalen los retrocesos del gobierno central en el marco del cumplimiento o no
de sus compromisos con la sociedad.
La modalidad principal por la cual fueron divulgados los ejercicios de rendición de cuentas
son las audiencias públicas, las cuales fueron promocionadas en los principales diarios de
circulación nacional, las páginas institucionales, las redes sociales institucionales e
invitaciones directas, procurando que la ciudadanía en general estuviera informada y
pudiera participar en estas actividades. Algunas instituciones innovaron implementando
conversatorios, respondiendo en tiempo real por Facebook, o con actividades sectoriales,
regionales y comunales para generar mayor interacción con la ciudadanía.
Los medios de comunicación institucionales también transmitieron a través de la
Televisión y Radio Nacional el desarrollo de algunos de los ejercicios de rendición de
cuentas, lo mismo hizo el sitio web de Casa Presidencial111. Por otra parte, previo y
posterior a los ejercicios de rendición de cuentas se transmitieron cápsulas publicitarias
por la televisión nacional, motivando de esta manera a las instituciones y ciudadanos a
apropiarse y participar de estos procesos que de acá en más deben instalarse como
prácticas inherentes de la gestión.
Cabe destacar que los ejercicios de rendición de cuentas (2010 – 2011) contaron con un
seguimiento exhaustivo de la prensa escrita, radial, televisiva y web. Permitiendo de esta
manera a la ciudadanía contar con recursos para la fiscalización del ejercicio del poder
público. No hay duda entonces que la divulgación de la gestión pública hacia amplios
espectros de la sociedad salvadoreña, a partir de los medios de comunicación masiva, se
vuelve en una herramienta de empoderamiento que es necesario seguir fortaleciendo a
fin de ejercer la contraloría social.
Sin embargo, la fiscalización sólo es posible en la medida que los ejercicios de rendición de
cuentas sean abiertos, participativos e inclusivos, permitiendo la posibilidad de auditar el
contenido de los mismos por sus participantes, tanto los presenciales, como por aquellos
que siguen sus transmisiones en vivo a través de la televisión o las redes sociales.

Casos positivos de divulgación de la Rendición de Cuentas
1. Portal Gobierno Transparente
http://gobiernotransparente.gob.sv/rendicion.html
Es un portal de acceso virtual que concentra la información oficiosa de ministerios y
entidades autónomas del Órgano Ejecutivo. Desde este sitio web el ciudadano tiene
acceso a los informes de rendición de cuentas de diferentes instituciones que a la fecha
han realizado su correspondiente audiencia pública de rendición de cuentas
2. Periódico “Buenas Obras para la Gente”
111
Casa Presidencial. Sitio web institucional: www.presidencia.gob.sv
Es un periódico impreso publicado por el Ministerio de Obras Públicas, Transporte,
Vivienda y Desarrollo Urbano y constituye un esfuerzo por fortalecer la transparencia a
través de la rendición de cuentas por canales de acceso público no virtual.
3.4 Impacto político
La transparencia concebida como cultura entiende el consenso de los diferentes actores
de la sociedad civil para ser aplicada como una práctica cotidiana, en este sentido el rol de
los funcionarios públicos al frente de las instituciones que lideran este proceso de cambio
es fundamental. Se entrevistó a diferentes funcionarios públicos, sus reacciones frente al
ejercicio de rendición de cuentas fueron las siguientes
Tabla N° 3.6: Declaraciones de Funcionarios sobre la Rendición de Cuentas
Funcionario
Marcos Rodríguez
Gerson Martínez
Carolina Ávalos
Aurora Cubías
Cargo
Subsecretario de Transparencia y
Anticorrupción
Ministro de Obras Públicas,
Transporte, Vivienda y Desarrollo
Urbano
Presidenta del Fondo de Inversión
Social para el Desarrollo Local
Coordinadora de Transparencia
Institucional
Declaración
“La rendición de cuentas debe ser una práctica
habitual que debe irse mejorando”
“Es la primera vez que se introduce la rendición de
cuentas frente al público. Se están promoviendo
iniciativas que se institucionalicen y que no se
“estanquen” es una práctica que debe crecer y
mejorarse”
“Las limitantes para implementar rendición de
cuentas: la desfachatez de los políticos, la burocracia,
la limitación de sistemas administrativos obsoletos,
las normativas que ponen corsé, los diques al acceso
a la información pública, la ausencia de cultura
democrática en el servidor público. Se necesita una
quimioterapia mental, lo segundo es una ley de
partidos políticos”
“Política de transparencia sentó las bases al interior
de la institución para cambiar la percepción
institucional que nos obliga a dar respuesta a la
ciudadanía y tener a disposición de ellos”
“El ejercicio de rendición de cuentas es pensado
desde la SSTA, como una política permanente y la
necesidad de institucionalizar estos procesos”
“(…) la mayoría de funcionarios sigue pensando la
rendición de cuentas en términos de resumen de
labores”
“Es necesario un marco normativo que regule los
procesos de rendición de cuentas, la necesidad de
una regulación de cumplimiento”
“Sin transparencia no se detecta la corrupción”
Marcel Orestes Posada
Presidente del Tribunal de Ética
Gubernamental
“El Tribunal de Ética Gubernamental, la Corte de
Cuentas y la Dirección de Probidad son instituciones
complementarias, se debe lanzar una lucha común”
El liderazgo político comprometido es fundamental en los procesos de transformación en
una sociedad, El Salvador está siendo testigo de un cambio de paradigma en el cual la
transparencia desplaza a la opacidad de forma paulatina, en este sentido es necesario
tejer las sinergias a en todos los niveles del Estado a fin de consolidar la transición hacia
una sociedad salvadoreña más democrática.
4. Gestión
El debido cumplimiento de los compromisos es un elemento a considerar en toda
rendición de cuentas sometida al control ciudadano, por este motivo el informe devela los
compromisos adquiridos en el discurso político y las decisiones aplicadas por los
funcionarios, a fin de analizar el cumplimiento de la gestión en las instituciones del
Órgano Ejecutivo.
4.1 Compromisos
Los compromisos adquiridos con la ciudadanía por parte de los funcionarios públicos, son
representados institucionalmente a través del Plan de Labores de las diferentes entidades
de gobierno. Por esta razón se solicito a las instituciones que componen la muestra de
análisis, el Informe de su respectivo Plan de Trabajo, con el propósito de rastrear sus
compromisos.
“El presupuesto de Egresos del Sector Público No Financiero, comprenderá la integración
de todos los gastos que se proyectan para un ejercicio fiscal y su sustentación
presupuestaria a nivel institucional deberá justificarse en Planes de Trabajo que
compatibilicen propósitos con recursos”112
El primero de junio de 2011 el Presidente de la República Mauricio Funes, presentó su
segundo discurso de Rendición de Cuentas ante los Diputados de la Asamblea Legislativa,
en el cual expuso sus principales compromisos para el tercer año de mandato (2011-2012)

COMPROMISOS – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Área
Política y
Democracia
Economía
112
Compromiso
Convocatoria a un diálogo nacional por la productividad y la paz social, con el objetivo de
elaborar en -el marco de la Asociación para el Crecimiento-un plan de acción integral para
superar los obstáculos que, según el Presidente, impiden el desarrollo: la inseguridad, la
violencia y la baja productiva de la economía.
Inicio delproceso para que las hermanas y hermanos lejanos puedan votar y elegir al
próximo presidente de la República en 2014.
Implementación del primer proyecto bajo el esquema del asocio público-privado, en el
marco de la iniciativa Bridge impulsada por el gobierno de los Estados Unidos, refiriéndose a
la modernización y ampliación del Aeropuerto Internacional de El Salvador, cuya inversión
será del orden de los 105 millones de dólares.
Aumentar en 1,000 más el número de efectivos policiales y ampliar la presencia territorial
de las fuerzas combinadas de PNC y Fuerza Armada en todo el país, mediante un nuevo plan
de flexibilización.
La creación de una comisión evaluadora para darle seguimiento a los casos que lleva la
Fiscalía. Esta comisión estaría integrada por el Secretario de Asuntos Estratégicos, el Fiscal
Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado. Art. 38
Seguridad Pública y
Justicia

General de la República, el Ministro de Justicia y Seguridad, el Ministro de Defensa, el director
113
de la PNC y un cuerpo técnico de 15 fiscales especializados .
La puesta en marcha del Servicio Militar Obligatorio de Protección Civil. Integrar para su
protección a 5,000 jóvenes en riesgo de ingresar a las pandillas. Durante 6 meses recibirán
orientación para rehabilitación a través de adiestramiento militar sin armas y formación
vocacional para generar un cambio de conducta y facilitar su inserción a la vida productiva del
país. Así también se les dará entrenamiento en tareas de protección civil, sirviendo de apoyo
en labores de prevención y mitigación de riesgos.
La puesta en marcha del nuevo 911 y el sistema de monitoreo y video-vigilancia en las calles
del centro de San Salvador.
Habilitar a la brevedad posible el recién finalizado penal de máxima seguridad de
Zacatecoluca y terminar de construir en julo 2011 el nuevo penal de Izalco.
El inicio de funcionesde dos granjas penitenciarias para la rehabilitación y reinserción de
privados de libertad. Uno de estos centros estará en Santa Ana, destinados a internos
masculinos. El segundo proyecto estará situado en Izalco y se destinará a mujeres privadas
de libertad, en particular madres que viven con sus hijos en prisión.
COMPROMISOS – FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL
Área
Objetivo estratégico
Objetivo estratégico

Prioridades en
Asignación de
Recursos
Prioridades en
Asignación de
Recursos
Prioridades en
Asignación de
Recursos
Plan Operativo Anual
Compromiso
“Brindar servicios integrales de salud y las
correspondientes prestaciones económicas con
trato humano y calidad, que satisfagan las
necesidades de la población derechohabiente”.
“Contar con una organización integral,
funcional y eficiente que responda al
cumplimiento de la visión institucional”.
“Alcanzar la eficiencia y eficacia funcional en
todo el proceso de Abastecimiento, que
garantice la satisfacción de los
derechohabientes”.
“Contar con un sistema participativo de
evaluación que garantice la transparencia en la
gestión a través del aporte de los y las
ciudadanas.”
Fuente
Plan Anual de Trabajo
Plan Anual de Trabajo
Plan Anual de Trabajo
Plan Anual de Trabajo
COMPROMISOS – MINISTERIO DE ECONOMÍA
Área
Objetivo estratégico
113
Fuente
Plan Operativo Anual
COMPROMISOS – INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL
Área
Prioridades en
Asignación de
Recursos

Compromiso
“Desarrollar estrategias de reducción de la
pobreza, bajo una perspectiva de procesos de
desarrollo local”
“Promover la transformación y adaptabilidad
institucional que asegure la calidad,
transparencia y sostenibilidad de los procesos”
Compromiso
“Fortalecer las capacidades productivas
nacionales para acelerar el crecimiento
económico; mejorar la distribución del ingreso;
aumentar el ahorro y la inversión; y generar
más y mejores empleos, dando especial énfasis
a la micro y pequeña empresa”
Fuente
Plan de trabajo institucional
El objetivo de esta comisión será agilizar las investigaciones y coordinar esfuerzos para facilitar la aplicación de la justicia de
manera más expedita. Además, esta comisión tendrá especial relevancia para la aplicación de la ley de Proscripción de Pandillas.
Objetivo estratégico
Objetivo estratégico
Objetivo estratégico

Plan de trabajo institucional
Plan de trabajo institucional
Plan de trabajo institucional
COMPROMISOS – MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Área
Política de
educación
Política Nacional de
Educación y
Desarrollo Integral
de la primera
infancia
Política de Ciencia y
Tecnología
Política de
educación física,
deporte y
recreación. Nacional
de Juventud.
Desarrollo Cultural

“Contribuir a la creación de un entorno
económico más favorable para el desarrollo y
la competitividad empresarial, asegurando un
marco legal moderno, transparente, adecuado
a la realidad nacional y a las nuevas tendencias
de la economía internacional”
“Acelerar y profundizar la integración
económica regional, como plataforma para una
inserción más ventajosa de nuestros sectores
productivos en la economía internacional,
reconociendo que nuestra condición de
economía pequeña y abierta exige de un sector
externo fuerte y competitivo
“Consolidar y ampliar el proceso de apertura
comercial, como mecanismo de acceso a más y
mejores mercados para la promoción de
nuestras exportaciones y para la atracción de
inversión extranjera directa”
Compromiso
“Dignificación y desarrollo profesional del
profesorado y directivos docentes”
“Currículo pertinente y aprendizajes
significativos”
“Equidad en el acceso y permanencia en el
sistema educativo”
“Formación permanente para la población
joven y adulta”
“Fortalecimiento a la educación superior”
“Desarrollo integral de la primera infancia”
Fuente
Plan Estratégico Educativo
Nacional
“Investigación, ciencia y tecnología integradas
a la educación”
“Fortalecimiento de la educación física,
deporte, recreación y ciudadanía en el sistema
educativo”
Plan Estratégico Educativo
Nacional
Plan Estratégico Educativo
Nacional
Plan Estratégico Educativo
Nacional
COMPROMISOS –MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
Área
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Compromiso
“Consolidar las bases para la reorganización del
primer nivel de atención, bajo el marco de un
modelo de provisión centrado en la salud
familiar integral”
“Iniciar la construcción del nuevo Hospital
Nacional de Maternidad para coadyuvar al
logro de uno de los objetivos centrales de
desarrollo del milenio”
“Disminuir la mortalidad materna y mejorar la
salud de la mujer”
Fuente
Plan Operativo Anual
Plan Operativo Anual
Plan Operativo Anual

COMPROMISOS – MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Área
Dirección General
de Trabajo
Dirección General
de Trabajo
Dirección General
de Trabajo
Dirección General
de Inspección de
Trabajo
Dirección General
de Inspección de
Trabajo
Dirección General
de Inspección de
Trabajo
Dirección General
de Inspección de
Trabajo
Dirección General
de Inspección de
Trabajo
Dirección General
de Inspección de
Trabajo
Dirección General
de Inspección de
Trabajo

Compromiso
“Promover acciones de diálogo entre los
sujetos de la relación laboral”
“Apoyar la libre sindicalización que contribuya
a los procesos de diálogo social”
“Impulsar acciones que promuevan el
cumplimiento de los derechos laborales”
“Mejora de los procesos institucionales”
Fuente
Plan Operativo Anual 2011
“Institucionalizar la perspectiva de género en el
quehacer de todas las dependencias del
Ministerio de Trabajo y Previsión Social”
“Integrar los procesos de inspección de trabajo
y de seguridad y salud ocupacional”
Plan Operativo Anual 2011
“Gestión de Recursos Humanos en
competencias, forma de contratación y
capacitación”
“Priorizar el uso de recursos en función de una
aplicación eficiente del presupuesto”
Plan Operativo Anual 2011
“Fortalecer y ampliar relaciones estratégicas de
cooperación nacional e internacional que
concreticen y acompañen las acciones y
procesos que emanan de los objetivos
estratégicos”
“Formulación e impulso de la propuesta de la
legislación laboral (LOFSTPS, Código de
Trabajo, Reglamentos de Seguridad e Higiene
Ocupacional, código de ética de inspección de
trabajo, entre otras) y armonizarlas con los
convenios de la OIT y Normas Internacionales”
Plan Operativo Anual 2011
Plan Operativo Anual 2011
Plan Operativo Anual 2011
Plan Operativo Anual 2011
Plan Operativo Anual 2011
Plan Operativo Anual 2011
Plan Operativo Anual 2011
COMPROMISOS – MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE, VIVIENDA Y DESARROLLO
URBANO
Área
Objetivo estratégico
Objetivo estratégico
Objetivo estratégico
Compromiso
“Desarrollar al país en los ámbitos de
infraestructura, transporte, vivienda y
desarrollo urbano, ejerciendo efectiva,
eficiente y articuladamente el papel rector,
normativo y gestor del ramo Ministerio de
Obras Públicas”
“Alcanzar altos y sostenidos niveles de
inversión, que se conviertan en generadores de
empleo y contribuyan a solventar las
necesidades estratégicas del desarrollo, las
cuales están soportadas en sólidas capacidades
institucionales, macro integradoras de las
potencialidades del país y de la inversión
internacional”
“Desarrollar y consolidar un modelo
organizacional y de gestión orientado a
resultados de calidad, en función del bienestar
Fuente
Plan Estratégico Institucional
(2009 – 2014)
Plan Estratégico Institucional
(2009 – 2014)
Plan Estratégico Institucional
(2009 – 2014)
Objetivo estratégico
Objetivo estratégico
Objetivo estratégico
de la población, impulsado por un liderazgo
democrático, una gerencia altamente efectiva,
el trabajo en equipo y la capacidad para
gestionar el conocimiento, el talento humano y
la innovación
“Desarrollar la conectividad y la infraestructura
del país desde una perspectiva regional para
facilitar la movilidad, potenciar la
competitividad y desarrollo sustentable y
seguro”
“Lograr como ente rector del sector, el
desarrollo y ordenamiento territorial, y la
disminución del déficit cuantitativo y
cualitativo de vivienda”
“Desarrollar un nuevo sistema de transporte
público moderno, seguro, accesible, funcional,
eficiente y amigable con el medio ambiente y
un efectivo sistema de seguridad vial que
reduzca la cifra de fallecidos y los accidentes de
tránsito”
Plan Estratégico Institucional
(2009 – 2014)
Plan Estratégico Institucional
(2009 – 2014)
Plan Estratégico Institucional
(2009 – 2014)
El Plan Operativo Anual, el detalle del presupuesto asignado así como la memoria de
labores de cada institución de gobierno, son tres documentos base de apoyo al ciudadano
de cara a ejercer el control social sobre el cumplimiento de las funciones públicas.
De tal manera que con el plan operativo se puede determinar qué es lo que pretende
realizar en el año, y cómo lo hará; con el presupuesto asignado se puede conocer con qué
recursos se echará a andar dicho plan, es decir, cuánto costará su ejecución; y, finalmente,
con la memoria de labores se puede determinar cuánto de lo propuesto se ha logrado o
cuanto de lo ha avanzado es la consecución de los objetivos establecidos.
4.2 Decisiones y Resultados
Las decisiones y políticas ejecutadas por las instituciones que conforman el gobierno
central se encuentran supeditadas a los lineamientos estratégicos del Plan Quinquenal de
Desarrollo y los Planes Operativos de cada una de las carteras que componen el Órgano
Ejecutivo.
A continuación se detallan los resultados más relevantes de la gestión114 de cada una de
las instituciones que constituyen la muestra de análisis de este informe.

DECISIONES Y RESULTADOS – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Valoración
Negativa
114
Decisión
Rechazo de las
ternas para el
Instituto de
Acceso a la
Información (IAIP)
Descripción
El 11 de mayo de 2012se conoció la decisión del Presidente de la República en la
que rechazó todas las ternas de los comisionados para el IAIP, con el argumento
que los candidatos propuestos no llenan el requisito de idoneidad.
El Presidente de la República se limitó a decir que los candidatos a Comisionados
propietarios y suplentes al Instituto de Acceso a la Información Pública propuestos
“no resultan idóneos para el desempeño de tan importante función” y que “dada
Debido a que la investigación se realiza en el marco de la presentación de las audiencias públicas de rendición de cuentas del año
2011. El análisis se concentra en los resultados del informe de rendición de cuentas (2010 – 2011)
Negativa
Nombramiento de
un Militar en
situación de retiro
como Ministro de
Seguridad Pública
Positivo
Gobierno
“facilita” la
negociación entre
cabecillas
pandilleros y
representantes de
la Iglesia Católica
Positivo
Presidente
Mauricio Funes
pide perdón por
Masacre del
Mozote
Positivo
Sanción de la Ley
de Medicamentos
la importancia del Instituto mencionado, el suscrito [Presidente] considera que las
personas que deben conformarlo, deben cumplir con un perfil que armonice con la
responsabilidad que conlleva el estar al frente de dicho organismo”.
http://www.transparenciaelsalvador.org/index.php/noticias/109-documentos-porlos-cuales-presidente-desestimo-las-ternas-al-iaip.html
El 23 de noviembre de 2011. Después de un período de dos semanas de acefalía, el
presidente de la República juramentó al ex ministro de Defensa David Munguía
Payés como ministro de Seguridad Pública. Un militar de carrera volvió a tomar las
riendas de la seguridad pública de El Salvador después de 19 años de ser conducida
por funcionarios civiles. La polémica se abrió debido a que una de las grandes
conquistas de los Acuerdos de Paz fue la separación de funciones de Seguridad
Pública y Defensa Nacional a organismos distintos.
http://www.elfaro.net/es/201111/noticias/6648/
28 de marzo de 2012 El presidente ofreció una conferencia de prensa en la que
desmarcó al gobierno de una negociación con pandillas. Aseguró que ya conocían
del trabajo que hacía la iglesia, a través del obispo castrense Fabio Colindres, por lo
que se autorizó el ingreso de los mediadores al penal de máxima seguridad en
Zacatecoluca. “Monseñor mantuvo informando permanentemente al señor
ministro (de Seguridad, David Munguía Payés) sobre los avances de estas pláticas”.
Sin embargo, el Presidente aseguró que, por su naturaleza, los planes de seguridad
del gobierno no son debatibles públicamente., dijo.
El presidente Funes aseguró que estas conversaciones no fueron encomendadas
por el gobierno, pero sí debía tener conocimientos de las mismas. “El gobierno no
ha participado en ninguna negociación. Esto fue una iniciativa de la iglesia
católica”. El único papel que dentro de este proceso ha tenido el gobierno, aseguró
el Presidente, ha sido de “facilitador”.
Pero a pesar de no ser una iniciativa del Presidente Mauricio Funes, consideró que
la tregua entre los grupos criminales había contribuido a la reducción de
homicidios y llamó a todas las fuerzas vivas del país (social, política, económica)
para tomar un acuerdo nacional que contribuya a dar atención inmediata del
problema de exclusión social, falta de empleo para juventud, especialmente las
zonas de mayores necesidades económicas, donde operan las pandillas: “Propongo
que este acuerdo nacional inicie con la atención inmediata de un problema social
que está a la base del accionar de las pandillas, que es la exclusión social, la falta de
educación, fuentes de trabajo, acceso a la educación que afecta a la zona rural que
es de donde se nutren las pandillas”.
http://www.laprensagrafica.com/el-salvador/judicial/255701-funes-el-gobiernosolo-ha-sido-un-facilitador-entre-iglesia-y-pandillas.html
16 de enero de 2012. El mandatario pidió perdón en su atribución de Jefe de
Estado, por la Masacre del Mozote, y como comandante general de la Fuerza
Armada de El Salvador resolvió instruir la revisión de la interpretación del informe
de la Comisión de la Verdad. Además, anunció una serie de medidas de reparación
moral y económica que el Gobierno pondrá en marcha a favor de los familiares de
las víctimas de la masacre de El Mozote
“Como jefe de Estado, como presidente constitucional de la República, reconozco
que en cantones El Mozote, El Pinalito, Ranchería, Los Toriles, Jocote Amarillo,
Cerro Pando, La Joya y Cerro Ortiz, días y noches de 10,11, 12 y 13 de diciembre de
1981 tropas de infantería del Batallón Cuscatlán asesinaron a cerca de un millar de
personas. En nombre del Estado pido perdón por esa masacre y por aberrantes
violaciones a derechos humanos y abusos perpetrados”, expresó el presidente
Mauricio Funes, durante su discurso pronunciado durante el acto de
conmemoración del vigésimo aniversario de los Acuerdos de Paz, en el cantón El
Mozote, en Meanguera, Morazán.
http://www.laprensagrafica.com/el-salvador/politica/243467-funes-pide-perdonpor-masacre-el-mozote-y-anuncia-medidas-de-reparacion.html
02 de marzo de 2012 El mandatario de la República, Mauricio Funes sancionó la
Ley de Medicamentos que la Asamblea Legislativa aprobó y aprovechó para
recordar que la normativa fue propuesta por su administración recién asumió la
Positivo
Positivo
Presidencia. La Ley fue publicada en el Diario Oficial con fecha de 2 de marzo de
2012 y entró en vigor 30 días después de su publicación.
“Fue nuestra primera gran propuesta legislativa presentada a consideración de los
legisladores porque estábamos conscientes de que era una de las necesidades más
apremiantes del país, en aras de mejorar la salud de nuestro pueblo”, dijo Funes en
su discurso. Añadió que “los salvadoreños compramos medicamentos de marca a
un precio que es 52 veces el precio de referencia internacional”. “Este es el tipo de
prácticas abusivas que no solo permitieron, sino que impulsaron y perpetuaron los
que hoy se rasgan las vestiduras y dicen defender la libertad de mercado y la libre
competencia, y se oponen a estas reformas que barren los privilegios que ellos
ampararon”.
http://www.laprensagrafica.com/el-salvador/politica/251584--funes-sanciona-lanueva-ley-de-medicamentos.html
Rendición de
La SSTA coordinó y facilitó los ejercicios de rendición de cuentas por parte de las
Cuentas
instituciones del Órgano Ejecutivo, se implementó la LAIP, creando una red
interinstitucional en el Ejecutivo, talleres de formación de servidores públicos y
estandarización de sitios web
Fortalecimiento La Subsecretaría de Desarrollo Territorial ha realizado acciones concretas con el fin
de Gobiernos
de impulsar el Proyecto de Fortalecimiento de los Gobiernos Locales. Se construyó
Locales y Avances una Propuesta Política y Estrategia Nacional de Descentralización y
en el desarrollo Desconcentración del Estado.
territorial y
descentralización
Cabe destacar que si bien han existido avances en el cumplimiento de los compromisos
políticos adquiridos por el presidente de la República, en aquellos aspectos negativos que
detalla el cuadro anterior se ha retrocedido significativamente en las conquistas por
fortalecer el Estado democrático de derecho.

CUADRO COMPARATIVO COMPROMISOS Y RESULTADOS – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Área de
Gobierno
Política
/Democracia
Compromiso/ Anuncios
Informe de Rendición de Cuentas 2011
Convocatoria a un diálogo nacional por la
productividad y la paz social, con el objetivo de
elaborar en -el marco de la Asociación para el
Crecimiento-un plan de acción integral para superar
los obstáculos que, según el Presidente, impiden el
desarrollo: la inseguridad, la violencia y la baja
productiva de la economía.
Inicio delproceso para que las hermanas y hermanos
lejanos puedan votar y elegir al próximo presidente
de la República en 2014.
Logros
Informe de Rendición de Cuentas 2012
Creación y funcionamiento del Consejo para el
Crecimiento, que se formó como parte de los
acuerdos contenidos en el Asocio para el Crecimiento
firmado con los EUA.
Anunció que en próximos días presentaría a la
Asamblea Legislativa el anteproyecto de Ley especial
para el ejercicio del voto desde el exterior en
elecciones presidenciales, el cual tenía como base un
documento técnico, elaborado con el apoyo del
Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo
(PNUD), basado en más de 4mil entrevistas realizadas
con salvadoreños en el exterior y el estudio de
experiencias internacionales en esta materia.
Economía
Implementación del primer proyecto bajo el esquema
del asocio público-privado, en el marco de la iniciativa
Bridge impulsada por el gobierno de los Estados
Unidos, refiriéndose a la modernización y ampliación
del Aeropuerto Internacional de El Salvador, cuya
inversión será del orden de los 105 millones de
dólares.
Generar el plan de acción integral para superar la
baja productiva de la economía
Aumentar en 1,000 más el número de efectivos
policiales y ampliar la presencia territorial de las
fuerzas combinadas de PNC y Fuerza Armada en todo
el país, mediante un nuevo plan de flexibilización.
Justicia y
Seguridad
Pública
115
Habló de la concesión del Puerto de La Unión; la
modernización del Aeropuerto Internacional; la
construcción del primer tramo del nuevo Sistema de
Transporte Metropolitano y el proyecto Fomilenio II a
desarrollarse en la zona costero-marina, como obras
que iban a concretarse en el futuro próximo.
Así también enumeró los siguientes logros, aunque no
tuvieron mención en la rendición de cuenta del 2011
como compromisos:

Con el Plan de Agricultura Familiar, dejó un
incremento de 6 millones de quintales de
granos básicos, equivalente a algo más de
un tercio de la producción nacional.

La puesta en funcionamiento del Banco
Nacional de Desarrollo (BANDESAL).

El Banco de Fomento Agropecuario otorgó
26,500 créditos por 30.5 millones de dólares
en 2011 y en 2012 espera superar los 30 mil
créditos.
Manifestó: “Hemos revertido la crisis económica y la
economía está creciendo aunque a niveles aún
insuficientes; el déficit fiscal lo hemos reducido del 6,3
al 4% y a estas alturas hemos recuperado todos los
empleos perdidos y se han generado cerca de 23 mil
más.”
Y también mencionó que: “la confección de uniformes
y calzado que se entregan a más de 1.3 millones de
estudiantes ha generado 40,000 empleos directos e
indirectos en 2010 y 53,000 en 2011.”
En tres años dijo haber fortalecido el sistema de
persecución y represión del delito con: formación más
sólida de nuevos agentes policiales; procesos de
depuración interna de la Policía y los centros penales,
esencialmente; inclusión de la Fuerza Armada en
colaboración con la PNC en tareas de seguridad
pública; mejoramiento de los ingresos y condiciones
de trabajo de los efectivos que integran nuestra fuerza
de seguridad pública;
Manifestó también “Se ha constituido una unidad
antipandillas y se ha integrado la labor de las
inteligencias de los diversos organismos del Estado
vinculados a la Seguridad.”
La creación de una comisión evaluadora para darle No hubo mención
seguimiento a los casos que lleva la Fiscalía. Esta
comisión estaría integrada por el Secretario de
Asuntos Estratégicos, el Fiscal General de la República,
el Ministro de Justicia y Seguridad, el Ministro de
Defensa, el director de la PNC y un cuerpo técnico de
15 fiscales especializados115.
El objetivo de esta comisión será agilizar las investigaciones y coordinar esfuerzos para facilitar la aplicación de la justicia de manera
más expedita. Además, esta comisión tendrá especial relevancia para la aplicación de la ley de Proscripción de Pandillas.
La puesta en marcha del Servicio Militar Obligatorio
de Protección Civil. Integrar para su protección a
5,000 jóvenes en riesgo de ingresar a las pandillas.
Durante 6 meses recibirán orientación para
rehabilitación a través de adiestramiento militar sin
armas y formación vocacional para generar un cambio
de conducta y facilitar su inserción a la vida productiva
del país. Así también se les dará entrenamiento en
tareas de protección civil, sirviendo de apoyo en
labores de prevención y mitigación de riesgos.
La puesta en marcha del nuevo 911 y el sistema de
monitoreo y video-vigilancia en las calles del centro
de San Salvador.
No hubo mención
Equipamiento en materia de comunicaciones y
vehículos; modernización del sistema 911 y la puesta
en funcionamiento de cámaras de vigilancia en el área
metropolitana de San Salvador: “Las cifras son tan
importantes –se ha pasado de un promedio de 14
homicidios diarios a 5- que la experiencia que vivimos
ha despertado el interés de la comunidad
internacional. La OEA considera, por ejemplo, que
estamos ante una oportunidad histórica para
recuperar una sociedad lesionada por la violencia y el
delito.”
Habilitar a la brevedad posible el recién finalizado No hubo mención específica solamente dijo que había
penal de máxima seguridad de Zacatecoluca y fortalecido, entre otras cosas, a los centros penales.
terminar de construir en julo 2011 el nuevo penal de
Izalco.
El inicio de funcionesde dos granjas penitenciarias No hubo mención
para la rehabilitación y reinserción de privados de
libertad. Uno de estos centros estará en Santa Ana,
destinados a internos masculinos. El segundo
proyecto estará situado en Izalco y se destinará a
mujeres privadas de libertad, en particular madres
que viven con sus hijos en prisión.
No hizo mención de compromisos en el área social
Social
A pesar que no realizó compromisos concretos en la
rendición de cuentas 2011 para el área social, para el
año 2012 sí presentó los logros en materia social de
manera detallada y destacada:
Salud:

En menos de 2 años se pusieron en
funcionamiento 450 Equipos Comunitarios
de Salud –los ECOS- que atienden a 1 millón
650 mil salvadoreños en 153 municipios, en
especial en las zonas más alejadas.

En materia de infraestructura, se pasó de
377 unidades de salud existentes a junio de
2009 a 624. Se terminó la construcción de
los hospitales que habían sido dañados por
los terremotos de 2001, en San Vicente,
Zacatecoluca, Usulután y San Miguel, que
administraciones
anteriores
dejaron
inconclusos.

Se contrataron a 2,576 nuevos profesionales
de la salud, y se invierten 40 millones de
dólares cada año en la compra de
medicamentos, frente a los 27 millones que
destinaban en el pasado.

Se redujo en un 34% el desabastecimiento
de medicamentos en el Instituto
Salvadoreño del Seguro Social “y ahora el
déficit es ínfimo” aseguró el Presidente.

Para atender esta nueva realidad de la Salud
Pública nacional, el presupuesto del
Ministerio de Salud ha pasado de los 399
millones de dólares de 2008 a 586 millones
en el año 2012.
Programas sociales

en 2008 la inversión en programas sociales
dirigidos a poblaciones vulnerables era de
35.4 millones de dólares; en 2010 se elevó a
158.9 millones y en 2011 a 170.3 millones

La confección de uniformes y calzado que se
entregan a más de 1.3 millones de
estudiantes ha generado 40,000 empleos
directos e indirectos en 2010 y 53,000 en
2011.

El FISDL comenzó en 2009 destinando 25.8
millones de dólares en obras de
infraestructura e introducción de servicios
básicos. Tres años después ha invertido 127
millones en trabajos de conectividad de
agua
potable,
electricidad,
de
infraestructura sanitaria, educativa y vial.

Los trabajos hechos por ANDA han
permitido que ahora la cobertura de agua
potable en la zona urbana sea del 90.
Con el propósito de presentar hallazgos completos y representativos de la gestión del
Órgano Ejecutivo, y dada la complejidad y número de instituciones que componen a el
mismo, se detalla a continuación los resultados de la gestión de las instituciones que
forman parte de la muestra de análisis del informe para el período 2011 – 2012.

RESULTADOS – FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL
Resultados
$101. 25 millones de dólares invertidos en programas sociales
95, 360 familias beneficiarias de bonos de salud y educación
99% en cumplimiento de corresponsabilidades
94,000 madres y padres capacitados
100 comités municipales de coordinación trabajando
15,300 personas adultas mayores beneficiadas en 32 municipios de Pobreza
Extrema Severa y 21 Pobreza Extrema Alta
453 proyectos de infraestructura social básica
41 proyectos de insumos agropecuarios, equipo y herramienta agrícola, papelería y
equipo informático para Escuelas de Campo en 6 municipios del Programa
31 proyectos de asistencia técnica en 13 municipios del Programa
31, 646 participantes del programa de apoyo temporal al ingreso en 36 municipios
urbanos, de éstos, el 70% de los participantes son mujeres y más del 30% jóvenes

RESULTADOS – INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL
Resultados
Los servicios hospitalarios han mantenido la tendencia, con un crecimiento
aproximado del 3%
Incremento de recetas despachadas y servicios de apoyo
270 enfermeras fueron capacitadas en puestos de jefatura, supervisoras y
coordinadoras a escala nacional
45 anestesiólogos, 35 médicos residentes y 220 enfermeras fueron capacitados
Se atendieron un total de 356, 318 pacientes en un promedio de 52 minutos cada
uno
Se incorporaron 20 nuevas clínicas al sistema de atención de salud empresarial con
el objetivo de acercar las prestaciones de salud a los cotizantes
Fortalecimiento de diálisis y hemodiálisis; nueva unidad de endoscopía en
Gastroenterología; Apertura de Unidad Médica de Santa Ana
99.49% de suministro de medicamentos y adjudicación oportuna de licitaciones;
20.9 millones de recetas despachadas
Apertura de Oficina de Información y Respuesta

RESULTADOS – MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resultados
Las exportaciones FOB totales del país ascendieron $5,281 millones, con Estados
Unidos como principal destino
Precios internacionales del petróleo y sus derivados mostraron tendencia al alza,
impactando los precios locales
Aprobación por parte de la Organización Mundial del Comercio, de una prórroga
para el 2012 del Esquema de Zonas Francas
Instalación oficial del comité del Sistema Integral de Fomento de la Producción
Instalación de 16 nuevas inversiones (nacionales y extranjeras) que han generado
1,660 nuevos empleos directos e inversiones iniciales de $10 millones
Creación de la ventanilla única virtual www.miempresa.gob.sv que ha reducido de
5 a 1 los formularios para la creación de empresas individuales
Se han formalizado 2,513 empresas y se han generado 2,503 empleos formales
Aprobación de la Ley del Sistema Salvadoreño para la Calidad y la creación del
Concejo Nacional para la Calidad
Se han fortalecido las capacidades de 1,201 representantes empresariales para el
mejoramiento de procesos de calidad, productividad, inocuidad alimentaria,
calidad de servicio al cliente
Capacitación de 350 empresas del sector turismo y 175 empresas del sector de
alimentos y bebidas

RESULTADOS – MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resultados
Se brindó atención y orientación a 90 estudiantes en busca de ayuda financiera
para realizar o continuar estudios de Educación Superior, así como se efectuaron
gestiones con diversas instituciones
El departamento de Estudios Académicos atendió más de 190 solicitudes de IES
relacionadas con autorización de: actualizaciones de planes de estudio, carreras
nuevas, creación de IES nuevas
Se autorizó la creación de la Nueva Institución de Educación Superior de carácter
privado en el oriente del país: “Instituto Tecnológico Padre Segundo Montes”
Se otorgaron 14 becas bajo el Subprograma Señor Presidente a los estudiantes con
la más alta nota en la PAES 2011
17, 357 estudiantes con necesidades educativas especiales, asociadas o no a
discapacidad (ciegos, sordos, parálisis cerebral, discapacidad intelectual,
problemas de aprendizaje) y 1,350 docentes que les atienden recibieron asistencia
técnica personalizada favoreciendo la práctica pedagógica y el desarrollo de
aprendizaje en el estudiantado con una inversión de $475,000
2,123 estudiantes atendido en aulas de educación acelerada a nivel nacional; 2,548
estudiantes recibieron refuerzo académico y 1,611 estudiantes aplicaron a la
prueba de suficiencia
Se han efectuado transferencia de fondos por un total de $226, 425.00 a 13
centros educativos para mejorar la calidad de la educación incorporando la salud,
la nutrición y la protección de derechos
Plan “Vaso de leche” se ha beneficiado a 246,072 estudiantes de 520 centros
educativos de 46 municipios de diferentes departamentos. Se han mejorado las
condiciones de nutrición, aprendizaje y permanencia en los centros educativos
Declaración de 6 municipios libres de analfabetismo. Alfabetizando a un 96% de la
población de estos municipios
Se disminuyeron las causas de ausentismo y deserción al entregar 7,032 lentes a
personas asociadas a los círculos de alfabetización y continuidad educativa.

RESULTADOS – MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
Resultados
Reducción de la mortalidad materna de 71.2 por 100, 000 nacidos vivos en el año
2006 a 50.8 por 100,000 nacidos vivos en el 2011
Aumento en la distribución de la inversión en salud de 1,9% en 2008 a un 2.4% en
2011
Instalación de 450 Equipos Comunitarios de Salud Familiar y Especializados (ECOS)
en 153 municipios
Finalización en la reconstrucción del Hospital de Zacatecoluca y mejoramiento del
Hospital de Chalchuapa
Se inició la construcción del Hospital de Maternidad
Ley de Medicamentos
Fortalecimiento de la participación social a través del Foro Nacional de Salud
Se elaboraron nuevas 6 políticas de salud, se revisaron y actualizaron más de
sesenta instrumentos técnicos jurídicos
Creación del Instituto Nacional de Salud

RESULTADOS – MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL116
Resultados
Se le dio un fuerte impulso al Sistema de Intermediación Laboral con la creación,
instalación y equipamiento de 19 bolsas de empleo a nivel local, adicionales a las
existentes
Se lograron colocar un total de 8,307 personas por medio Sistema de
Intermediación Laboral. Además de las 4,867 personas colocadas. Se realizaron 23
ferias de empleos, logrando colocar un total de 2,530 personas.
Se realizo la 1ra Feria de empleo juvenil, alcanzando colocar a 910 jóvenes
Se realizaron 26 ferias de autoempleo, beneficiando a más de 300 emprendedores,
cuadriplicando la cantidad realizada en el período 2009 – 2010
Recuperación , reconstrucción, restauración y fortalecimiento de los Centros
Obreros, obteniendo como resultado el ingreso de 241,869 visitantes, de los cuales
126,073 son hombres y 115,796 mujeres
Se efectuaron 1,139 capacitaciones en materia de Seguridad e Higiene Ocupacional
a nivel nacional, cubriendo un total de 12,900 personas: 8,162 hombres y 4,738
mujeres
Se recibieron 6,553 solicitudes de intervención conciliatoria para la atención de
conflictos individuales de trabajo, logrando el pago de $1,187,327.28
Se negociaron 43 contratos colectivos de trabajo que han mejorado las
condiciones de trabajadores y trabajadoras

RESULTADOS – MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE, VIVIENDA Y DESARROLLO
URBANO
Resultados
Inicio de la ejecución de una inversión neta MOP-FOVIAL de $76,9 millones
orientada hacia la construcción de nueva infraestructura y rehabilitación de la
existente
Se preparó desde el MOP la pre inversión de 49 nuevos proyectos, que
representarán $73.2 millones adicionales
Se puso en ejecución una estrategia general de mitigación, protección y adaptación
de la infraestructura social y productiva en relación al cambio climático
Se han inspeccionado 442 cárcavas en el territorio nacional, de las cuales más de
un centenar constituía un grave riesgo para las comunidades
Actualmente el MOP trabaja en 167 sectores susceptibles a deslizamientos, y a fin
de año estarán construidas obras estructurales y de mitigación de 311 cárcavas
Se está por concluir la infraestructura de protección a la ciudad de San Vicente en
el Río Acahuapa, con una inversión de $1,6 millones
Se ha dado mantenimiento a 536,42 kilómetros de vías nacionales a través de la
Dirección de Mantenimiento Vial. El FOVIAL realizó sus trabajos de mantenimiento
de 3350 kilómetros de red vial pavimentada y 3194 kilómetros para la red vial no
pavimentada
La intervención MOP – FOVIAL para dar mantenimiento a 7080.42 kilómetros
representó una inversión financiera consolidada de $68.9 millones de dólares
Fueron construidos 77 kilómetros de nuevas carreteras, con una inversión de $66,4
millones
Entre el mes de junio de 2010 y mayo 2011, el MOP realizó la instalación de
catorce puentes modulares en estructuras de concreto que han permitido asegurar
la conectividad vial.
116
No se encontró a disposición la memoria de labores 2011 – 2012 desde el Sitio web del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Se
elaboro a través de documentación solicitada a OIR
5. Presupuesto
5.1 Publicación y divulgación
La rendición de cuentas en sentido amplio no se limita meramente a la exposición de la
memoria de labores por parte de los funcionarios al frente de las instituciones del
gobierno central, por el contrario, implica el involucramiento ciudadano como ente
fiscalizador de la ejecución de los fondos públicos por parte de dichas entidades.
Por esta razón, la importancia de contemplar en el acceso a la información pública la
divulgación de toda aquella información referida al presupuesto asignado a cada
institución del Estado, incluyendo todas las partidas, rubros y montos que lo conforman,
así como los presupuestos por proyectos.117
Tabla 3.7: SEGUIMIENTO DE PUBLICACIÓN WEB DEL DETALLE PRESUPUESTARIO – EJERCICIO FISCAL 2012
Institución118
Presidencia de la República
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local
Instituto Salvadoreño del Seguro Social
Ministerio de Economía
Ministerio de Educación
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo
Urbano
Publicación
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
Total
112,970, 210 US$
112,566,045 US$
411,014,425 US$
93,763,745 US$
827,710,740 US$
522,606,110 US$
13,259,115 US$
225,868,325 US$
Fuente: Elaboración propia. Datos de Sitio web institucional
El detalle presupuestario se encuentra estructurado en la mayoría de los casos de la
siguiente manera:
A- Marco Institucional
-Política
-Prioridades en la Asignación de Recursos
-Objetivos
B- Asignación de Recursos
-Destino del gasto por fuente de financiamiento
-Clasificación Económica Institucional por Área de Gestión
-Relación Propósitos con Recursos Asignados
-Asignación Presupuestaria por Rubro de Agrupación, Fuente de Financiamiento y
Destino económico
-Listado de Proyectos de Inversión Pública
C- Clasificación de plazas
-Estratificación de plazas a tiempo completo
-Clasificación del Personal por actividad a tiempo completo
117
118
Ley de Acceso a la Información Pública. Art. 10, numeral 4.
Muestra de análisis de la Investigación
Es necesario señalar que los presupuestos anuales y los resúmenes de las ejecuciones
presupuestarias de las instituciones anteriormente detalladas, correspondiente al ejercicio
fiscal en curso, se encuentran publicados tanto en los sitios web institucionales, como en
el Informe de rendición de cuentas de cada una de las instituciones, en el Portal de
Transparencia Fiscal del Ministerio de Hacienda: http://www.transparenciafiscal.gob.sv/ y
en el Portal Gobierno Transparente: http://gobiernotransparente.gob.sv/
6. Declaraciones Patrimoniales de Funcionarios Públicos
La Dirección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia, como anteriormente se ha
señalado, ejerce el rol como institución de control horizontal sobre el quehacer
administrativo de los funcionarios públicos a nivel gubernamental en lo relacionado
específicamente al manejo de los bienes y fondos públicos.
Al respecto, la Ley Sobre el Enriquecimiento Ilícito de los Funcionarios Públicos exige a
todo funcionario del Estado declarar la situación de su patrimonio dentro de los 60 días
siguientes a su toma de posesión en cargo y en el mismo período, al cese de sus
funciones119. Según la referida Ley, deben ser declarados los inmuebles, créditos a favor,
depósitos bancarios, inversiones en la bolsa, deudas, salarios y gastos anuales del
funcionario y de su grupo familiar.
No obstante el marco jurídico data del año 1959, y requiere ser fortalecido por un cuerpo
normativo robusto y actualizado. En este sentido la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales de la Asamblea Legislativa, se encuentra discutiendo actualmente un
anteproyecto de Ley de Probidad, la cual ha sido presentado por los magistrados de la
Corte Suprema de Justicia y pretende incorporar elementos tales como la obligatoriedad
de la declaración de patrimonio para los funcionarios judiciales y por otro lado, el ejercicio
de una verificación estricta de las declaraciones, otorgándole nuevamente a la sección de
probidad atribuciones que en el año 2005, 10 magistrados de la Corte Suprema de Justicia
decidieron sustraerle en lo referente a solicitar informes bancarios sobre funcionarios o ex
funcionarios de quienes se sospechara enriquecimiento ilícito.
Es oportuno que la Ley de Probidad integre las recomendaciones que están siendo
elaboradas por diferentes sectores de la sociedad civil, una de estas organizaciones es la
Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho, FESPAD, que en el año 2008
presento el documento Consideraciones iníciales para una reforma al control del
enriquecimiento ilícito en El Salvador, en el cual recomienda:
1. El control del enriquecimiento ilícito tiene que alcanzar al grupo familiar del funcionario y
en casos especiales, a sus socios de negocios.
2. La declaraciones tienen que incluir información sobre el patrimonio y los intereses
3. Las declaraciones tienen que ser verificadas oportunamente
119
Ley Sobre el Enriquecimiento Ilícito de los Funcionarios Públicos. Art. 3
4. Las declaraciones tienen que ser públicas
5. Tiene que ampliarse el régimen de sanciones
6. Tiene que eliminarse o extender el período para la prescripción de los delitos de
corrupción
7. Los bancos y empresas privadas tienen que ser obligadas a condicionar y vigilar las
transacciones que hagan los funcionarios públicos
8. Los funcionarios públicos tienen que declarar o tener restricciones para el
movimiento transfronterizo de capitales
9. Las instituciones tienen que colaborar en la recolección, intercambio y verificación
ágil de información relacionada con las declaraciones
10. Las instituciones tienen que adoptar un sistema de alerta temprana que permita
detectar conductas o transacciones sospechosas
11. Las instituciones tienen que apoyarse con investigadores o peritos que ayuden a
aclarar hechos y recoger/proteger evidencias
12. Las instituciones tienen que facilitar el acceso a expertos, expedientes y bases de
datos internacionales
13. Se tienen que ofrecer facilidades para que grupos organizados o ciudadanos
particulares puedan hacer auditoría social al control del enriquecimiento ilícito
14. Se tiene abrir una ventanilla para recibir quejas y denuncias contra funcionarios
por presunto enriquecimiento ilícito, así como ofrecer protección para las personas
que las presenten
15. Una infraestructura tecnológica tiene que ser implementada para permitir a los
ciudadanos relacionarse por vía electrónica con la institución encargada de
controlar el enriquecimiento
Es necesario que la ciudadanía se incorpore a la discusión por fortalecer las instituciones
del Estado encargadas de ejercer el control sobre el manejo de los bienes y fondos
públicos de los funcionarios del gobierno central.
En el pasado han sido conocido casos puntuales sobre enriquecimiento ilícito por parte de
ex funcionarios que amparados en una débil normativa que propicia instituciones de
limitado alcance, han sorteado el peso de la justicia. No obstante la sociedad civil
organizada apropiada del conocimiento de estos temas se convierte en un actor político
de peso en la prevención y corrección de las prácticas que alteran la probidad del ejercicio
público.
IV. PROMOCIÓN DE VALORES
ÉTICOS Y DEMOCRÁTICOS
La consolidación de un Estado democrático de derecho requiere necesariamente del
ejercicio permanente de prácticas transparentes en el desempeño de la gestión pública
por parte de los funcionarios y servidores públicos. De esta manera la relación entre
democracia y transparencia es concebida en términos de complementariedad, en donde
cada una de las partes condiciona necesariamente la existencia de la otra.
La transparencia concebida en su sentido amplio, demanda la existencia de un marco
regulatorio y normativo del comportamiento de la ética y probidad sobre los agentes del
Estado y su relación con el manejo de la “cosa pública”.
En El Salvador, desde el año 2006 el marco jurídico nacional posee una Ley de Ética
Gubernamental que habilita y constriñe la conducta de los funcionarios públicos en el
ejercicio público y sus funciones en el Estado.
La Ley de Ética Gubernamental se constituye como una herramienta para “normar y
promover el desempeño ético de la función pública y los municipios, detectar prácticas
corruptas y sancionar las prácticas antiéticas”120
1. Reglas Claras
La Ley de Ética Gubernamental (LEG) fue emitida mediante Decreto Legislativo Nº 1038,
de fecha 27 de abril del año 2006, publicado en el Diario Oficial N° 90, Tomo N° 371, del 18
de mayo del año 2006, y entró en plena vigencia el 1º de julio del mismo año,
constituyendo un avance sustancial en materia de legislación orientado en prevenir y
sancionar las prácticas que atenten a la ética pública, la probidad y la transparencia.
Además de contar con una Ley de Ética Gubernamental, la legislación salvadoreña
contempla a través de las siguientes normas, aspectos que regulan el comportamiento
ético de los funcionarios al servicio del Estado.
Tabla 4.1: Marco jurídico en Promoción de Valores Éticos y Democráticos
CUERPO NORMATIVO
ARTÍCULOS
MARCO JURÍDICO CONSTITUCIONAL
CONTENIDO
Separación de la esfera pública y la
esfera partidaria en el ejercicio del
funcionario y empleado público al
servicio del Estado; Sobre la carrera
administrativa
(servicio
civil);
Protesta del funcionario público en lo
relativo a cumplir y hacer cumplir la
120
Entrevista a Marcel Orestes Posada. Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental. 7 de septiembre de 2012
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
130; 218; 219; 235; 236; 237; 240
Constitución de la República; En lo
referente a los delitos comunes y
oficiales cometidos por el funcionario
público; Sobre la suspensión del
ejercicio de funciones por parte del
funcionario con formación de causa
por delito; Sobre el Enriquecimiento
ilícito de los funcionarios públicos
MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL
CONVENCIÓN DE LAS NACIONES
UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN
7; 8; 15; 18; 19
CONVENCIÓN INTERAMERICANA
CONTRA LA CORRUPCIÓN
3; 4; 11;
Sobre la adopción de sistemas de
convocatoria,
contratación,
retención, promoción y jubilación de
empleados públicos basados en
principios
de
eficiencia
y
transparencia y en criterios
objetivos como el mérito, la equidad
y la aptitud; Sobre códigos de
conducta de los funcionarios
públicos; Sobre el soborno de
funcionarios públicos nacionales;
Sobre el tráfico de influencias; Abuso
de funciones
Normas de conducta para el correcto,
honorable y adecuado cumplimiento
de las funciones públicas así como los
sistemas para la contratación de
funcionarios públicos; Sobre la
tipificación de los actores de
corrupción; Tipificación de delitos
como actos de corrupción
LEYES SECUNDARIAS
LEY DE ÉTICA GUBERNAMENTAL
1; 2; 4; 5; 6; 7; 10; 15; 16; 19; 25; 27
Sobre los objetos de la ley en lo
referente a promover el desempeño
ético en la función pública del Estado,
detectar, prevenir y sancionar las
prácticas corruptas; Alcance y ámbito
de la ley; Principios de la ética pública
que rigen el comportamiento del
funcionario y empleado del Estado;
Deberes éticos del funcionario
público; Prohibiciones éticas para el
funcionario público; Prohibiciones
éticas para los ex funcionarios
públicos; Sobre creación y funciones
del Tribunal de Ética Gubernamental;
Incompatibilidades en el ejercicio
como miembro del Tribunal de Ética
Gubernamental; Causas de remoción
como miembro del Tribunal de Ética
Gubernamental;
Funciones
y
atribuciones del Tribunal de Ética
Gubernamental; Sobre comisiones de
ética gubernamental; Funciones de la
comisión de ética gubernamental
Establece
las
prohibiciones,
impedimentos e incompatibilidades
para todos los servidores públicos
que en él se determinan. Asimismo
DECRETO EJECUTIVO Nº 101
1; 2; 3; 5; 15;
LEY DE SERVICIO CIVIL
1; 7; 12; 18; 19; 20; 31; 32; 41; 53;
tiene por objeto establecer principios
éticos rectores a los que deberán
sujetarse en sus actuaciones y
responsabilidades; Lo regulado por el
decreto aplicará a todos los
servidores públicos que laboran en el
Órgano Ejecutivo, dentro o fuera del
territorio de la República; Principios
Éticos de la Función Pública:
a)Integridad;
b)Imparcialidad;
c)Honradez;
d)Discreción;
e)Responsabilidad;
f)Decoro;
g)Lealtad; Comisión de Ética Pública;
Deberes éticos de los servidores
públicos;
Finalidades de la Ley de Servicio Civil
en lo referente a la regulación en
relación entre el Estado y el
funcionario público; Sobre las
comisiones de servicio civil; Sobre las
atribuciones y facultades de la
Comisión de Servicio Civil; Requisitos
para el ingreso al servicio civil, en lo
referente a la idoneidad del cargo;
Excepciones para el ingreso a la
carrera administrativa; Sobre el
procedimiento de selección de
personal; Sobre los deberes de los
funcionarios y empleados públicos;
Prohibiciones a los empleados y
funcionarios
públicos;
Amonestaciones disciplinarias a
funcionarios y empleados públicos
que hayan cometido infracción; Sobre
causales de despido del funcionario y
empleado público
1.1 Reformas a la Ley de Ética Gubernamental (LEG)
En el año 2009 y luego de tres años de haber sido conformado, el Tribunal de Ética
Gubernamental (TEG) presentó a la Asamblea Legislativa un proyecto de reformas a la
LEG, el cual fue estudiado por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, la cual
dictaminó como resultado de este proceso la emisión de una nueva Ley de Ética
Gubernamental.
Durante la sesión plenaria del día 13 de octubre de 2011, fueron aprobadas con 76 votos
las reformas propuestas a la LEG, de la cual surgieron observaciones por parte del
Presidente de la República con fecha 31 de octubre de 2011. El 17 de noviembre del
mismo año, dichas observaciones fueron parcialmente aceptadas por el pleno legislativo,
entrando en vigor la nueva ley a partir del 1º de enero de 2012.
A continuación alguna de las reformas aplicadas a la LEG:
a. Delimitación del ámbito de aplicación: Se eliminan materias competenciales de
otras entidades. Por ejemplo se suprime “salvaguardar el patrimonio del Estado”,
atribución de la Corte de Cuentas. Asimismo, se incluyen como sujetos pasivos a
los ex funcionarios y a las personas que administren bienes públicos.
b. Claridad de los principios, deberes y prohibiciones éticas: Se eliminan
ambigüedades y se incluyen prohibiciones para ex funcionarios en el año posterior
al cese de funciones. Se regulan las dádivas.
c. Reformas institucionales: Nuevas figuras dentro del TEG: el pleno, el secretario
general y el instructor. Se incorporan normas para la independencia del TEG:
patrimonio propio y autonomía presupuestaria.
d. Reformas a Comisiones de Ética Gubernamental (CEG):Todas las entidades
estatales deben contar con una CEG, incluso las municipalidades.
e. Reformas al procedimiento sancionatorio: el TEG podrá iniciar procesos
oficiosamente. También se regula el “aviso”, que permite presentar quejas
anónimamente. Denuncias podrán presentarse en forma oral y escrita. Se crea la
figura del instructor para impulsar la investigación.
f. Sanciones: Se establece una única sanción de multa, entre US$224.21 a
US$8,968.40, que se graduará según la gravedad de la infracción. Se elimina el
sistema basado en la reincidencia, que establecía que aun por faltas graves, por ser
primera infracción, el TEG únicamente podía amonestar en forma escrita. Se
elimina la sanción del despido sin responsabilidad. Se crea un registro público de
funcionarios sancionados.
Con el propósito de conocer en profundidad los impactos de las reformas aprobadas a la
Ley de Ética Gubernamental en el trabajo del TEG orientado a la prevención y la sanción
de las faltas anti-éticas en la gestión pública, se entrevistó al Dr. Marcel Orestes Posada
Presidente de dicha entidad, quien brindó las siguientes declaraciones:
“La Ley de Ética Gubernamental de 2011 (Reformas) que rige a partir del 1º de
enero de 2012, contiene avances en la prevención de prácticas corruptas, la
sanción de los actos anti - éticos y la prevención de los actos de corrupción, a través
de mensajes que tengan por fin el cambio de un cultura hacia la ética”.
“Es un proceso de cambio cultural. El propósito fundamental de largo plazo es
impulsar un cambio cultural hacia la ética, no solo como disuasiva, sino como
transformativa, en un acto de conciencia”.
2. Institucionalidad
A partir de esta variable se analizará la estructura institucional sobre la cual se promueven
y fomentan los valores éticos y democráticos en el Órgano Ejecutivo. Asimismo se
someterá en análisis el Tribunal de Ética Gubernamental como entidad responsable en
garantizar el cumplimiento efectivo de la norma que en El Salvador regula la conducta
pública en el marco de la ética y la probidad.
2.1 Tribunal de Ética Gubernamental (TEG)
El Tribunal de Ética Gubernamental es un cuerpo colegiado integrado por cinco miembros
propietarios y sus respectivos suplentes, un Presidente electo por la Asamblea Legislativa;
un miembro designado por el Presidente de la República; un miembro electo por la Corte
Suprema de Justicia, un miembro designado por el Presidente de la Corte de Cuentas de la
República y un miembro electo por los titulares del Ministerio Público. Los miembros
duran cinco años en el cargo, pudiendo ser reelectos; ejercen sus funciones a tiempo
completo y el cargo es incompatible con otro de la administración pública, las decisiones
se toman por la mayoría de sus miembros y tiene su sede en la ciudad de San Salvador.121
Además de ser un Tribunal, es decir un órgano jurisdiccional en materia de ética pública, la
Ley de Ética Gubernamental (LEG) lo establece como un ente rector.122
“Es el ente rector de la ética pública, encargado de velar por el cumplimiento de la
presente Ley, para cuyo efecto no estará subordinado a autoridad alguna, a fin de que
pueda desempeñar sus funciones de manera eficaz y sin influencia indebida”.
El TEG define su visión como: “(…) la institución rectora de la ética pública, reconocida por
su independencia y credibilidad en la prevención y sanción de los actos contrarios a la Ley
de Ética Gubernamental”; y define su misión institucional en: “(…) promover el
desempeño ético en la función pública y sancionar los actos contrarios a la Ley de Ética
Gubernamental123“.
2.2 Autoridades
En el año 2011, el TEG cumplió sus primeros cinco años de existencia, de esta manera
finalizó también el período por el cual fueron electos los cinco miembros propietarios y
suplentes al frente de dicha institución. La Asamblea Legislativa realizó una convocatoria
oficial el 11 de agosto de 2011 con el propósito que los interesados en aspirar a
desempeñar los cargos de Presidente propietario y suplente del TEG presentaran sus
acreditaciones y sumaran al proceso.
A pesar de dicha convocatoria, el TEG se encontró en situación de acefalía desde el 31 de
octubre de 2011 hasta el 26 de abril de 2012, cuando finalmente fue electo como
121
122
123
Ley de Ética Gubernamental. Arts. 10 y 11
Ley de Ética Gubernamental. Art. 10
Sitio web oficial del Tribunal de Ética Gubernamental http://www.teg.gob.sv
Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental, el Dr. Marcel Orestes Posada, para un
período de cinco años, quien fue oficializado a través del Decreto Legislativo Nº 1076 con
fecha 25 de abril de 2012.
Los magistrados propietarios y miembros del pleno del Tribunal de Ética Gubernamental
son los siguientes:
1. Dr. Marcel Orestes Posada
2. Licda. Giovanna Vega
3. Dr. Salvador Menéndez Leal
4. Dr. Néstor Castaneda
5. Dr. Luis Romero García Alemán
2.3 Gestión
Desde su instalación en el año 2006, el Tribunal de Ética Gubernamental ha recibido
alrededor de 1,593 denuncias contra servidores públicos, sin embargo hasta la fecha muy
pocos casos han llegado a la sanción124.
Según un informe oficial del TEG, entre las instituciones más denunciadas por faltar a la
ética gubernamental se encuentran:
Tabla 4.2: Casos de denuncias a la ética pública por institución
Institución
Nº de casos
Municipalidades
Asamblea Legislativa
319
202
Ministerio de Educación
Corte Suprema de Justicia
183
156
Ministerio de Salud
90
Fuente: Elaboración propia. Datos Tribunal de Ética Gubernamental
No obstante el caso de denuncias no ha sido equivalente a los resultados que se obtienen
dentro del TEG, dado que muchos de los casos finalizan durante el proceso de
desistimiento de los denunciantes o porque las causas son inadmisibles, improcedentes o
se dicta un sobreseimiento a favor de los denunciados125
Entre los años 2007 y 2011, el TEG cuenta con solo 88 casos en los que se llegó a una
resolución final, de este total se finalizaron 54 sin sanción y otros 34 ha concluido con una
resolución sancionatoria
124124
125
La Prensa Gráfica. Domingo 5 de agosto de 2012
La Prensa Gráfica. Domingo 5 de agosto de 2012
2.3.1 Procedimiento Administrativo Sancionador
Inicio por
denuncia
Apertura del
Procedimiento
Investigación
Preliminar
Notificación
Período
Probatorio
Resolución
Definitiva
En declaraciones realizadas por el Presidente Magistrado Dr. Marcel Orestes Posada, el
TEG presenta actualmente dos grandes desafíos:
1) Presupuestario: El presupuesto designado para el TEG es de $1.400.000 US$D (un
millón cuatrocientos mil dólares). Sin embargo, actualmente es imposible cubrir
con los recursos disponibles las demandas que se presentan de forma exponencial,
imposibilitando a su vez la creación de nuevas plazas a fin de cumplir con lo
establecido por la LEG.
2) Encaminarse con certeza y con recursos suficientes hacia la instauración de la
nueva cultura de ética. Poner en aplicación de la ley al ámbito jurisdiccional.
2.4 Comisión de Ética Gubernamental (CEG)
El artículo 25 literal “b” de la LEG establece la creación de la Comisión de Ética
Gubernamental (CEG) de la Presidencia de la República, incluyendo también en su literal
‘l” a todas las instituciones oficiales autónomas o descentralizadas, al Instituto
Salvadoreño del Seguro Social, Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma, y Comisión
Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa.
La Comisión de Ética Gubernamental estará integrada por tres miembros propietarios con
sus respectivos suplentes que durarán en sus funciones tres años, pudiendo ser reelectos
Dichos miembros deben pertenecer al personal de la institución en que funcione, y serán
nombrados uno por la Autoridad; otro por el Tribunal de Ética Gubernamental; y el
tercero por elección de los funcionarios y empleados públicos de la respectiva institución
(Art. 26 LEG)
Tabla 4.3: Objetivos de la Comisión de Ética Gubernamental
Objetivo
1
2
3
Contenido
Referir al Tribunal la información obtenida de una
investigación interna realizada por la institución, cuando
se identifique una posible violación a los deberes o
prohibiciones éticas
Recibir denuncias cuando un servidor público de su
institución haya infringido la presente Ley, debiendo en
tal caso remitirla al Tribunal para su trámite
Dar seguimiento a las resoluciones finales emitidas por
el Tribunal en los procedimientos administrativos
sancionadores en contra de servidores públicos de su
institución.
4
5
6
Difundir y capacitar a los servidores públicos de su
institución sobre la ética en la función pública, la
presente Ley y cualquier otra normativa relacionada con
la finalidad de prevenir los actos de corrupción.
Proponer al Tribunal medidas que coadyuven a la mejor
aplicación de esta Ley.
Dar respuesta a las consultas respecto del ámbito de
aplicación de la presente Ley, en base a los criterios
fijados por el Tribunal.
Fuente: Elaboración propia. Ley de Ética Gubernamental. Art. 27
El CEG tiene como atribuciones recibir denuncias y dar seguimiento a las resoluciones
emitidas por el Tribunal de Ética Gubernamental, además de difundir la ley y capacitar a
los servidores públicos de su institución quienes deben convertirse en agentes
multiplicadores de los conocimientos que reciben. Los miembros de la CEG ejercen sus
funciones ad honorem y deben contar con mobiliario y equipo. – Marcel Orestes Posada.
Magistrado Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental
3. Carrera Administrativa
3.1 Procedimiento de Selección
La Constitución de la República, señala que para ser electo Presidente de la República126 y
Ministro o Viceministro de Estado127, se requiere ser salvadoreño por nacimiento, hijo de
padre o madre salvadoreño, de estado seglar, mayor de treinta y veinticinco años de edad
respectivamente, de moralidad e instrucciones notorias; estar en el ejercicio de los
derechos de ciudadano, haberlo estado en los seis años anteriores a la elección y estar
afiliado a uno de los partidos políticos reconocidos legalmente. Asimismo indica que no
podrán ser candidatos a Presidente de la República:
1. El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses
consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los
últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial.
2. El cónyuge y los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o
segundo de afinidad de cualquiera de las personas que hayan ejercido la
Presidencia.
3. El que haya sido Presidente de la Asamblea Legislativa o Presidente de la Corte
Suprema de Justicia durante el año anterior al día de inicio del período
presidencial.
4. El que haya sido Ministro, Viceministro de Estado o Presidente de alguna
institución oficial autónoma y el director general de la Policía Nacional Civil,
dentro del último año del período presidencial inmediato anterior.
5. Los militares de profesión que estuvieren de alta o que lo haya estado en los
tres años anteriores al día del inicio del período presidencial.
126
Constitución de la República. Art. 151
Constitución de la República. Art. 161
127
6. El Vicepresidente o Designado que llamado legalmente a ejercer la Presidencia
en el período inmediato anterior, se negare a desempeñarla sin justa causa,
entendiéndose que ésta existe cuando el Vicepresidente o Designado
manifieste su intención de ser candidato a la Presidencia de la República,
dentro de los seis meses anteriores al inicio del período presidencial.
Adicionalmente, la Constitución de la República, establece la carrera administrativa,
indicando lo siguiente:
“La ley regulará el servicio civil y en especial las condiciones de ingreso a la administración; las
promociones y ascensos con base en mérito y aptitud; los traslados, suspensiones y cesantías;
los deberes de los servidores públicos y los recursos contra las resoluciones que los afecten;
asimismo garantizará a los empleados públicos a la estabilidad en el cargo.No estarán
comprendidos en la carrera administrativa los funcionarios o empleados que desempeñen
cargos políticos o de confianza, y en particular, los Ministros y Viceministros de Estado, el Fiscal
General de la República, el Procurador General de la República, los Secretarios de la
Presidencia de la República, los Embajadores, los Directores Generales, los Gobernadores
Departamentales y los Secretarios Particulares de dichos funcionario”128
La Ley del Servicio Civil establece129 que la selección del personal que ingrese a la
carrera administrativa se hará por medio de pruebas de idoneidad, a las que se
admitirán únicamente los solicitantes que reúnan los requisitos establecido por Ley,
dentro de los cuales:
a) Ser salvadoreño, centroamericano de origen o extranjero que reúna los requisitos
establecidos por la Constitución Política y leyes secundarias;
b) Ser mayor de dieciocho años de edad, o haber obtenido título que lo habilite para
desempeñar el cargo o empleo;
c) Someterse a las pruebas de idoneidad, exámenes o concursos que esta ley y el
reglamento respectivo establezcan;
d) Estar físicamente capacitado para el desempeño del cargo;
e) Acreditar buena conducta, especialmente con atestados extendidos por las
oficinas donde hubiere trabajado con anterioridad, o por los centros educacionales
si se tratare de aspirantes que no han desempeñado ningún empleo;
f) Ser escogido para el cargo o empleo entre los elegibles en la forma que establece
el Art.23;
128
Constitución de la República. Art. 219
Ley del Servicio Civil. Art. 20
129
g) Pasar un período de prueba de tres meses, contados a partir de la fecha en que se
tome posesión del cargo o empleo;
h) Llenar los demás requisitos que exijan las leyes especiales.
“Toda manifestación de cualquier interés: económico, político, social, todas, pueden sacar de
su camino correcto la cuestión y caer en prácticas antiéticas y en las prohibiciones de la ley. La
lucha debe ser la preeminencia del interés público que debe prevalecer sobre otros intereses
particulares o privados. Es decir el Interés general”.130
3.2Evaluación de desempeño
Para una administración pública más eficiente, es necesario contar con mecanismos no
solo de ingreso al servicio civil con base a criterios académicos, de experiencia y
profesionalidad de los funcionarios, sino con una evaluación de desempeño que pueda
determinar la gestión y los resultados de la función pública.
También se considera necesario que la función pública se rija por principios democráticos
de no discriminación. Para el caso a las mujeres históricamente se les ha relegado al plano
privado, por lo tanto es ineludible que se incorporen las mujeres en todos los niveles, pero
fundamentalmente, en los puestos de toma de decisión.
Se requiere entonces, de funcionarios/as públicos dotados de capacidades técnicas,
académicas y profesionales, pero principalmente es vital importancia que los y las
funcionarios públicos giren sus actuaciones en el marco de la transparencia, rendición de
cuentas, ética pública, entre otros principios regulado por Ley.
3.2.1 Anteproyecto de la Ley de la Función Pública
La Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del Estado, elaboró un borrador de
Anteproyecto de Ley de la Función Pública en donde se reconoce que la Ley de Servicio
Civil vigente, normativa que regula en términos generales el estatuto público, no
corresponde a las exigencias sociales actuales que requieren de una Administración
Pública moderna, eficaz y eficiente, ni está en armonía con la aspiración constitucional de
integrar en un solo cuerpo normativo al régimen especial del servidor público.
Asimismo, señala que debe garantizarse en la Administración Pública una carrera
administrativa que permita satisfacer las demandas de los ciudadanos y que el servidor
público se desarrollo personal, técnica y éticamente.
130
Entrevista a Dr. Marcel Orestes Posada. Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental
Además, señala la necesidad de creación de un órgano descentralizado como institución
encargada de garantizar, velar y ordenar por la correcta y efectiva función pública.
El contenido de dicha ley se organiza en 10 títulos, establecidos de la siguiente manera:
Tabla 4.4 Anteproyecto de la Ley de la Función Pública y su contenido
TÍTULOS
I. Disposiciones generales
II. Régimen general de los servidores públicos
III. Autoridad rectora de la función pública
IV. De las unidades internas de manejo de personal de
las instituciones
V. De la administración del servicio público
VI. Del derecho colectivo de los servidores públicos
VII. De los conflictos colectivos de trabajo
VIII. De la seguridad e higiene en los centros de trabajo
CAPÍTULOS
Objeto, ámbito de aplicación, concepto de servidor
público y principios
De los derechos, deberes y prohibiciones de los servidores
públicos.
De las tipologías de relación de empleo en la
administración pública
Del personal político y de confianza
Sobre la carrera administrativa de los servidores
públicos
De la carrera administrativa gerencial y
operativa
Creación y Objetivos
Del instituto nacional de formación de la
función pública
Del Tribunal Disciplinario de la Función Pública.
De las comisiones de mediación laboral
Unidades de recursos humanos institucionales
Del ingreso al régimen de carreras profesionales
De los ascensos
De la evaluación del desempeño y el sistema de
incentivos a la eficiencia y eficacia
Del salario y otras remuneraciones
Del aguinaldo
De la jornada de trabajo y de la semana laboral
De los días de descanso, vacaciones y asueto
De la capacitación.
De la movilidad del personal
De la pérdida de condición de servidor público
Derecho de asociación de los servidores
públicos
De los sindicatos de los servidores públicos
De los estatutos sindicales de los servidores
públicos
De la inscripción de los sindicatos de los
servidores públicos
Gobierno de los sindicatos de los servidores
públicos
Juntas directivas
Derechos de los afiliados a un sindicato de
servidores públicos
De las atribuciones y prohibiciones a los
sindicatos de los servidores públicos
Del contrato colectivo de trabajo
De la liquidación de los sindicatos
Federaciones y confederaciones
Clasificación de los conflictos de trabajo
De los conflictos de carácter jurídico
Sobre la seguridad, salud e higiene
IX. Del régimen y del procedimiento disciplinario
Objeto y competencia
De las infracciones y sanciones
Normas
generales
del
disciplinario
Procedimiento disciplinario
Recurso de apelación
Recurso de revocatoria
X. Recursos
procedimiento
Con la promulgación de esta ley por parte de la Asamblea Legislativa, se estaría creando
un sistema integral de la carrera administrativa, que reforzaría la formación integral de
funcionarios/as públicas eficientes y dotados de capacidades técnicas, encaminados
además de dignificar el servicio civil.
3.3 Corrupción
Por otro lado, no puede ni debe obviarse que la corrupción ha estado impregnada
históricamente en la administración de la cosa pública, manifestándose en diversas
escalas y penetrando en varias actividades de la función pública.
Por lo tanto, es primordial que el Estado establezca normas, procedimientos e
institucionalidad que controle, investigue y sancione los actos de corrupción y faltas a la
ética, tanto en el plano administrativo como en el judicial-penal.
En ese sentido, se requiere que los actores involucrados, principalmente el Tribunal de
Ética Gubernamental, la Corte Suprema de Justicia a través de la Dirección de Probidad y
la Fiscalía General de la República ejerzan un compromiso real, funcional y articulado para
combatir ese flagelo que día a día consume y desgasta el impacto del Estado hacia la
ciudadanía.
A continuación se señalan la cantidad de casos de corrupción y de faltas éticas, cometidas
en el período 2011-2012 por las entidades objeto de estudio de la presente investigación
Entidad
Instituto
Salvadoreño del
Seguro Social
ISSS
Ministerio de
Economía
Tabla No. 4.5 Número de casos de procesos disciplinarios 2011-2012
ENTIDAD QUE
CANTIDAD DE
RELACIÓN DE
TRÁMITE
CONOCE
CASOS
LOS HECHOS
Tribunal de Ética
12
Faltas Éticas
Se realizaron las
Gubernamental,
Investigaciones
durante los años
solicitadas por el
TEG.
Denuncias
4
Faltas Éticas
Denuncias
interpuestas
fueron enviadas
ante la Comisión
al TEG.
de Ética del ISSS
Tribunal de ética
gubernamental
2
Mala utilización
de los recursos
institucionales
por parte de
Resolución
Solamente hay
un caso
pendiente de
resolución.
Todos se
encuentran
pendientes de
resolución por
parte del
Tribunal
Los procesos del tribunal de Ética
Gubernamental se encuentran
detenidos desde el año 2011, debido
a que no se habían nombrado a
algunos
empleados de la
Dirección
General de
Estadística y
Censos
Ministerio de
Trabajo y
Previsión Social
Comisión de
ética
No identificado
Ministerio de
Obras Públicas
Ministerio de
Educación
Fondo de
Inversión Social
para el
Desarrollo Local
Ministerio de
Hacienda
Tribunal de Ética
Gubernamental
todos los miembros del Tribunal de
Ética Gubernamental
45
Corrupción (16
Se han presentado nueve denuncias
casos) y faltas
penales ante la Fiscalía General de la
anti-éticas (29
República; las cuales se encuentran
casos).
en la etapa de investigación fiscal.
Ningún caso de corrupción y faltas anti-éticas
2
Faltas anti-éticas
En proceso de resolución
Ningún caso de corrupción y faltas anti-éticas
Comisión de
ética
1
Corrupción en la
Se tiene una “resolución” del
Dirección
Tribunal de ética gubernamental,
General de
como caso cerrado.
Aduanas
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de los oficiales de información pública de cada instancia
El mecanismo para la verificación de la aplicación e implementación de la Convención de
Naciones Unidas Contra la Corrupción, señala como metodología de verificación que dos
Estados partes de la referida Convención evaluaran el debido cumplimiento de otro
Estado parte.
El Salvador fue evaluado por Singapur y Bolivia, y en el informe de Bolivia se señala que la
República de El Salvador no cumple con el Art. 34131 de la referida Convención, es decir
que no se evidencia que se haya implementado la Convención en lo referente a las
consecuencias de los actos de corrupción.
Asimismo, el Estado salvadoreño realizó una “autoevaluación” respondiendo al
cuestionario realizado por el mecanismo, en la cual señalan la efectividad en casos o tipos
penales relacionados a la corrupción.
Tabla 4.6: Situación de delitos de Corrupción – Caso El Salvador
Delito
Año
Cantidad
Situación
Enriquecimiento Ilícito
0
No se reportan casos
1
Pendiente de resolución
131
Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción. Art. 34: “Con la debida consideración de los
derechos adquiridos de buena fe por terceros,
2007
Tráfico de influencias
2008
Soborno transnacional
Concusión
Malversación
2009
2007
2008
2007
2008
2009
4
3
1
2
1
0
1
2
1
1
1
1
Condenatorias
Absolutorias
Pendiente de resolución
Condenatorias
Pendiente de resolución
No se reportan casos
Pendiente de resolución
Pendiente de resolución
Instrucción formal
Absolutorio
Pendiente de resolución
Pendiente de resolución
3.4 Procedimiento institucional para diligenciar las denuncias de prácticas anti-éticas
por parte de los servidores públicos
Para la presente investigación, se solicitó información a las Oficinas de Información y
Respuesta de las instituciones del Estado que conforman la muestra del análisis, en cuanto
a los procedimientos internos para tramitar denuncias de corrupción y faltas anti-éticas
a) Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL) tiene desarrollado un
procedimiento para la corrección de prácticas anti-éticas por parte de sus servidores
públicos, el objetivo es proporcionar un canal para recibir y atender adecuadamente los
requerimientos de la ciudadanía en general, Gobiernos Locales y Proveedores, dados a
conocer mediante un aviso o denuncia hacia el Personal del FISDL, que cumpla con las
condiciones establecidas en la Ley de Ética Gubernamental y que permita que la Comisión
de Ética Gubernamental efectúe el procedimiento establecido.
El procedimiento inicia desde la recepción del aviso o denuncia hacia el personal del FISDL
por la naturaleza de su trabajo / actividades realizadas y permite la recepción,
canalización, seguimiento y resolución a cada una de los avisos o denuncias que los
Ciudadanos, Gobiernos Locales y Proveedores presenten ante el FISDL, en concordancia
con lo establecido en la Ley de Ética Gubernamental y su Reglamento.
b) Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) señaló que el procedimiento para la
corrección de prácticas anti-éticas por parte de los servidores públicos es de acuerdo a lo
establecido en la Ley de Ética Gubernamental en el artículo 27, literal d:“Se difunde y
capacita a los servidores públicos, sobre la ética en la función pública y sobre los valores de
la Institución, con la finalidad de prevenir los actos de corrupción”.
c) Ministerio de Economía establece que el Tribunal de Ética Gubernamental y las
Comisiones de Ética Gubernamental tienen la atribución de “promover, difundir y
capacitar” el respeto y observancia de las normas éticas, así como los principios, derechos,
deberes y prohibiciones éticas contenidas en esa Ley.
Todos los años, la Comisión de Ética Gubernamental de dicho ministerio programa charlas
informativas para los empleados y funcionarios públicos, sobre los principios y los
procedimientos establecidos en la Ley de Ética Gubernamental, así como la difusión de los
derechos, deberes y prohibiciones éticas a través de otros medios; correos electrónicos,
boletas de pago, afiches, carteles, etc. Estas charlas y difusión de principios se hacen
contando con el apoyo y la asesoría del Tribunal de Ética Gubernamental.
d) Ministerio de Trabajo ha abierto un número telefónico y un correo electrónico
anticorrupción; el cual es administrado por el Oficial de Información; las denuncias por
corrupción y anti-éticas son valoradas y de considerar indicios serios y razonables se
traslada la información a la Unidad Jurídica quienes hacen los procedimientos
correspondientes.
e) Ministerio de Educación ha socializado la LEG a 3,220 docentes y empleados
administrativos de dicha entidad, realizando de esta manera una labor preventiva
mediante la explicación y discusión de la Ley de Ética Gubernamental.
Con la excepción del FISDL, de lo anterior se han identificado problemas serios, en cuanto
a la funcionalidad y aplicabilidad de la Ley de Ética Gubernamental, Código Penal, entre
otros, dado que:

No se identifican ni distinguen las prácticas anti-éticas
corrupción.

Hay una institucionalidad aún débil, en cuanto a la clarificación de las
competencias en torno al trámite de denuncias de corrupción y de faltas antiéticas.

Desconocimiento y falta de denuncia ante la Fiscalía General de la República para
que investigue los actos de corrupción que sean constitutivos de delitos.

No existen mecanismos y procedimientos claramente establecidos, expeditos,
sencillos, con plazos legalmente definidos, para que la resolución de los casos sea
pronta y efectiva.
de las prácticas de
Flujograma No. 4.1 Procedimiento de avisos o denuncias en el Fondo de Inversión Social Para el Desarrollo Local
Oficial de
Información y
Respuestas
Avisos o
denuncias
INICIO
1.
Brinda orientación al
Ciudadano, Gobierno
Local o Proveedores
Si
a.
¿Es una
denuncia?
Comisión de Ética
Gubernamental
Comisión de Ética
Gubernamental
2.
Recibe denuncia y
verifica cumplimiento
de requisitos
3.
Traslada caso ante
Tribunal de Ética
Gubernamental
No
Comisión de Ética
Gubernamental
Comisión de Ética
Gubernamental
Comisión de Ética
Gubernamental
7.
Notifica a Titular de
Institución, Jefe
Recursos Humanos, Jefe
Inmediato y denunciado
6.
Recibe del Tribunal de
Ética Gubernamental la
resolución
5.
Da seguimiento a la
denuncia
Tribunal de Ética
Gubernamental
No
b.
¿Es un aviso?
4.
Recibe aviso/
denuncia
Si
Titular de la Institución
c.
¿Existe sanción?
Si
B
A
No
Si
Titular de la
Institución
8.
Aplica sanción y
notifica cumplimiento
de sanción a Tribunal
de Ética
d.
¿Caso deberá
presentarse al
Tribunal?
10.
Recibe y verifica
información de aviso
No
Comisión de Ética
Gubernamental
9.
Envía copia para
expediente de
empleado
Aviso resuelto
Denuncia resuelta
FIN
Denuncia resuelta
B
A
CONCLUSIONES
a) Acceso a la información
El derecho humano y fundamental de acceso a la información Pública en El Salvador,
cuenta con canales orgánicos efectivos para que la ciudadanía lo pueda ejercer
plenamente. Esto gracias medidas afirmativas que ha tomado el Estado salvadoreño para
garantizarlo, tales como la Ley de Acceso a la Información Pública.
El Órgano Ejecutivo particularmente en el período 2011-2012 ha presentado avances
significativos en la total implementación de las medidas y compromisos adoptados en la
LAIP. Sin embargo, es importante resaltar que producto de esta investigación, algunas
instituciones todavía presentan grandes desafíos, primordialmente culturales para
eliminar completamente prácticas antidemocráticas, secretas y caracterizadas por
opacidad. Se reconoce el esfuerzo y la gestión de la Secretaría para Asuntos Estratégicos
de la Presidencia a través de la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción en el
seguimiento y coordinación interinstitucional para la implementación de la LAIP.
Los principales hallazgos del período de investigación son:

La existencia de un marco normativo nacional e internacional completo que rige y
determina las reglas claras para el ejercicio del derecho de acceso a la información
pública por parte de la ciudadanía, y el deber de los funcionarios de brindar la
información pública; instaurado principalmente por la LAIP.

La creación y entrada en funcionamiento de 73 OIR en las distintas entidades del
Órgano Ejecutivo, como uno de los más grandes esfuerzos para concretar el acceso
a la información pública, así como el establecimiento de los oficiales de enlace en
las gobernaciones que van en el camino de superar los obstáculos de acceso a las
instituciones que tienen aún buena parte de la ciudadanía.

La estandarización y supervisión por parte del órgano Ejecutivo en relación al tema
de las páginas web de sus dependencias y la inclusión en las mismas de los
mecanismos de constante evaluación sobre la información brindada en éstas.

La creación y funcionamiento de la web centralizada (Gobierno Transparente), en
el cual se concentran los esfuerzos para dar coherencia a la información oficiosa y
no oficiosa de todas las dependencia del Ejecutivo, así como Transparencia Activa
constituyen medios innovadores en Centroamérica para hacer conocer la
información que emana de las instancias públicas.
Lamentablemente todos estos hallazgos positivos, se ven restringidos por la falta de
nombramiento de los Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública y la
puesta en marcha de dicha entidad administrativa, ya que de el derecho al acceso a la
información pública se ve destutelado y desprotegido; fomentando la discrecionalidad de
los/las funcionarios públicos en entregar la información oficios, y dejando a la ciudadanía
en un estado de indefensión frente arbitrariedades.
b) Participación Ciudadana

Concurren muchos esfuerzos e iniciativas del Órgano Ejecutivo a través de sus
distintas entidades e instituciones, en cuanto a la promoción y ejecución de
mecanismos de participación ciudadana, sin embargo, cabe recalcar que la
mayoría de los mecanismos que se impulsan, no cumplen con el fin último de la
participación ciudadana: que la ciudadanía pueda incidir en la formulación y
seguimiento de las políticas públicas.
Es importante resaltar que la mayoría de mecanismos de participación ciudadana
se insertan en una etapa del ciclo de las políticas públicas en donde poco se puede
opinar en cuanto a las necesidades puntuales de las comunidades.

El Ministerio de Obras Públicas y el Fondo de Inversión Social para la Vivienda
representan entidades que muestran un mayor avance en relación a los procesos
de participación ciudadana, sobre todo por su capacidad de abordaje y
representación en todo el territorio nacional; se puede concluir que además
constituyen un ejemplo de buenas prácticas en materia de transparencia y
anticorrupción.
c) Rendición de Cuentas

Es positiva la presencia de un Marco Jurídico Constitucional claro en materia de
rendición de cuentas horizontal aplicado al Órgano Ejecutivo, evidente a partir de
las atribuciones constitucionales específicas a diferentes instituciones de control
en el Estado.

El marco de reglas que condiciona al Estado rendir cuentas a la ciudadanía aún es
disperso e insuficiente. No obstante, con la creación de la Subsecretaría de
Transparencia y Anticorrupción ha surgido un importante esfuerzo por fortalecer
los vacíos legales en esta materia, institucionalizando los ejercicios de rendición de
cuentas públicas hacia la población, además de coordinar, acompañar y asesorar a
cada una de las instituciones que componen este Órgano de Estado.

Para un Estado históricamente capturado en la opacidad, la elaboración de un
Manual para la Rendición de Cuentas del Órgano Ejecutivo se convierte en una
herramienta clave en los esfuerzos por instaurar una cultura de transparencia en la
gestión pública, gracias a mecanismos claros sobre la ejecución de los ejercicios de
rendición de cuentas a la ciudadanía.

La tendencia hacia la incorporación de nuevas instituciones públicas en los
ejercicios de rendición de cuentas realizados año tras año, evidencian una lógica
racional en la cual el beneficio político por transparentar la gestión es mayor que
los costos frente los ojos de una ciudadanía informada y activa.

La elaboración de un calendario de cumplimiento de los ejercicios de rendición de
cuentas ha permitido sistematizar un diálogo periódico entre funcionarios públicos
y ciudadanos

Es positivo que los canales de divulgación sobre la rendición de cuentas de las
respectivas dependencias del Órgano Ejecutivo, superen los canales indirectos de
comunicación, a través de la instalación de audiencias públicas participativas.

El Portal Gobierno Transparente es un canal de divulgación de fácil navegación
que propicia la fiscalización ciudadana sobre el quehacer del Órgano Ejecutivo de
forma permanente.

Se evidencia una voluntad política favorable en los niveles técnicos de cara a
instaurar una genuina y sostenible cultura de transparencia en el país.
d) Promoción de Valores Éticos y Democráticos

La Ley de Ética Gubernamental es una herramienta legal que ha permitido
establecer el marco de reglas claras en lo relativo al comportamiento ético a
desempeñar por parte de los funcionarios públicos.

Las reformas a la Ley de Ética Gubernamental han permitido establecer entre otras
cosas, mecanismos de sanción más rigurosos sobre las faltas que atentan a la ética
pública.

La información publicada y disponible a la ciudadanía sobre la situación de las
demandas recibidas y tramitadas por el Tribunal de Ética Gubernamental es aún
limitada.

Es positiva la descentralización de funciones de control en cada una de las
instituciones que componen el Estado, a partir de la creación de los Comité de
Ética Gubernamental.

Aún no es clara a efectos sancionatorios la diferencia entre falta anti ética y delito
de corrupción.
RECOMENDACIONES
a) Acceso a la Información Pública
De la presente investigación, se encontraron diferentes temas que deben ser puestos
sobre la mesa y el debate público-político; con el objetivo de garantizar a la población una
cultura de acceso a la información que vaya a acorde al espíritu de la ley, a los principios
rectores de la misma, así como a la legislación de carácter internacional que protege el
derecho a la información pública.
La promoción y el fomento de una cultura de acceso a la información pública se convierte
en una necesidad en la medida que ninguna Ley por sí misma no garantiza en la práctica el
derecho de acceso a la información. Por lo tanto, debe fomentarse en la población una
cultura de búsqueda de información y capacitarle para que conozca cómo utilizar los
mecanismos. Para ello es indispensable:

Superar la brecha digital a través de distintas políticas, puesto que en el país aun se
mantiene en niveles demasiado altos, esto conlleva a que la gran mayoría de
información institucional se quede concentrada en la parte de la población que
tiene acceso a los sitios web y demás mecanismos de participación virtuales;
dejando de lado a aquellos ciudadanos que viven en las periferias del territorio, y
que no poseen ese tipo de acceso.

Las Oficina de Información y Respuesta pueden convertirse en el canal idóneo
mediante el cual se genere y garantice con mayor profundidad al ciudadano sus
derechos de acceso a la información, participación ciudadana y rendición de
cuentas, es decir instituciones integrales de transparencia.

Es fundamental e indispensable que el Presidente Mauricio Funes en cumplimiento
a lo estipulado en la LAIP, nombre a los comisionados del Instituto de Acceso a la
Información Pública.

La capacitación en aspectos técnicos, ideológicos, legales y de atención ciudadana,
debe ser reforzada y los esfuerzos para capacitar en aspectos relacionados a
transparencia y acceso a la información pública, deben estar orientados no solo a
los oficiales de información y miembros de las OIR, sino a aquellos servidores
públicos que puedan ser multiplicadores de una nueva cultura de apertura y
transparencia

Dados los significativos esfuerzos institucionales, es necesaria la articulación del
Órgano Ejecutivo y Legislativo a fin de a fin de impulsar reformas legales que
permitan contemplar las atribuciones y tareas realizadas a partir de la creación de
las OIR y otorgarle así sostenibilidad y perdurabilidad en su ejercicio, ante la
ausencia de un asidero legal en la actualidad.
b) Participación Ciudadana

Aprobar la “Política Nacional de Participación Ciudadana – Diálogo e Inclusión en la
Gestión de Políticas Públicas” que fue elaborada con el consenso de distintos
actores estatales y no estatales, a través de la Subsecretaria de Gobernabilidad y
Modernización del Estado, de la Secretaría para Asuntos Estratégicos de la
Presidencia. Con ello se busca que la política de participación ciudadana sea una
política de Estado, sólida, permanente en el tiempo y basada en una normativa
jurídica e institucionalidad moderna, que garantice la inclusión y el diálogo entre
la sociedad civil-Estado.

Impulsar nuevas formas de participación ciudadana como: audiencias públicas,
encuestas, referéndums, conferencia de consensos y núcleos de intervención
participativa, entre otras, que permitan a la ciudadanía opinar, solicitar, formular,
diseñar y coadyuvar en las políticas públicas acordes a sus necesidades.
c) Promoción de Valores Éticos y Democráticos

El proceso sancionatorio a las faltas anti éticas en la gestión pública debe
involucrar la participación ciudadana, a fin de garantizar el cumplimiento de las
sanciones aplicadas al funcionario o servidor público.

Debe fortalecerse el presupuesto destinado al Tribunal de Ética Gubernamental, a
fin de contar con el recurso humano e institucional que permita territorializar la
estructura preventiva de las faltas que atenten a la ética en el ejercicio de la
administración pública.

Es necesario actualizar periódicamente a través de diversos canales de divulgación
los informes sobre la resolución de las demandas ingresadas contra funcionarios y
servidores públicos.

Es necesario para un control más efectivo la coordinación entre los Comité de Ética
Gubernamental, la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción y el Tribunal
de Ética Gubernamental a fin de evitar la duplicación de esfuerzos en el
seguimiento de las causas.

Priorizar la igualdad de género y la incorporación de jóvenes en los procesos de
selección de personal para los cargos de la administración pública

Garantizar la eficacia y eficiencia en la gestión pública a partir de la aplicación de
pruebas de idoneidad en los procesos de selección para los cargos a los cuales se
aspira, en este sentido es necesario el tratamiento prioritario del anteproyecto de
Ley de la Gestión Pública impulsada por la Secretaría para Asuntos Estratégicos de
la Presidencia

Es necesaria la articulación entre las instituciones de control en el Estado,
especialmente las instancias de administración de justicia, a fin de combatir con
prevención y sanción los delitos de corrupción (Corte Suprema de Justicia, Tribunal
de Ética Gubernamental y Fiscalía General de la República)
BIBLIOGRAFÍA
I






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II-
Principales Cuerpos Normativos Consultados
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Estudios, Demandas, Censos y Encuestas
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los reglamentos en El Salvador”. El Salvador. Octubre 2011. Pág. 1.
Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho y Subsecretaría de Transparencia y
Anticorrupción. “Manual Institucional para la Rendición de Cuentas”.
ISD, FESPAD, ARPAS, CPC. “Boletín de Prensa sobre Veto Presidencial a Ternas para
Comisionados IAIP.” El Salvador. 2012.
Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. “Informe de Rendición de Cuentas
2010 – 2011”.
Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. “Manual para la Rendición de
Cuentas del Órgano Ejecutivo.”
Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción “Creación del Instituto de Acceso a la
Información Pública”; Informe oficial de la SSTA sobre el apoyo brindado para el proceso
de elección de los Comisionados del IAIP. Junio de 2012
Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción, CASALS & ASSOCIATES, INC. Y FEPADE.
“Guía conceptual y metodológica para el montaje de las oficinas de información y
respuesta”. El Salvador. Noviembre 2011.
Van Hove, Eduardo. “Participación Ciudadana”. España. 2010 Pág. 243
IV-
Publicaciones En Línea
Acceso a la información pública a través de Internet; Blog sobre tecnología e información
LPG http://blogs.laprensagrafica.com/litoibarra/?p=1921
Cuánto cumplen las instituciones públicas con el acceso a la información. Transparencia
Activa. http://www.transparenciaactiva.gob.sv/laip/2012/06/cuanto-cumplen-lasinstituciones-publicas-con-el-acceso-a-la-informacion/
El difícil camino de la transparencia. Transparencia Activa.
http://www.transparenciaactiva.gob.sv/opinion/2012/06/el-dificil-camino-de-latransparencia-i/
Estudio Especial sobre el Derecho de Acceso a la Información. OEA. CIDH.
http://cidh.oas.org/relatoria/showarticle.asp?artID=724&lID=2
Ibarra, R. Acceso a la información pública a través de Internet. Blog sobre tecnología e
información LPG. http://blogs.laprensagrafica.com/litoibarra/?p=1921
Iniciativas de Transparencia en el Órgano Ejecutivo.
http://asuntosestrategicos.presidencia.gob.sv/temas/transparencia-yanticorrupcion/iniciativas-de-transparencia-en-el-organo-ejecutivo-.html
La Demanda de Inconstitucionalidad presentada por miembros del Grupo Promotor de la
LAIP.
http://www.observatoriojudicial.org.sv/images/doc/documentosvarios/demandaregla.pdf
Observatorio Judicial del Órgano Judicial de El Salvador.
http://www.observatoriojudicial.org.sv/index.php?option=com_content&view=article&id
=5993:piden-inconstitucionalidad-de-articulos-del-reglamento-laip&catid=9:noticiasrevelantes&Itemid=10
Publicaciones. Portal Gobierno Transparente.
http://gobiernotransparente.gob.sv/publicaciones.php
Ranking presentado por el Centro para Ley y Democracia, acerca del Derecho Global a la
Información. Evaluación de siete componentes: derecho de acceso a información; alcanceámbito; procedimiento de solicitud; excepciones y denegaciones; apelaciones; sanciones;
medidas de promoción y divulgación; El Salvador se ubica en cuarto lugar a nivel mundial.
Información consultada en: http://www.rti-rating.org/index.htm
Resultados de la medición de la Subsecretaria de Transparencia y Anticorrupción.
http://www.gobiernotransparente.gob.sv/publica/comotranspare/CT1.pdf
Sala de lo Constitucional admite demanda contra reglamento de LAIP. Transparencia
Activa. http://www.transparenciaactiva.gob.sv/laip/2012/06/sala-de-lo-constitucionaladmite-demanda-contra-reglamento-laip/
V-
Informes
Secretaría de Asuntos Estratégicos de la Presidencia de la República. Informe sobre
Solicitudes de Información Pública (del 8 de mayo al 8 de junio de 2012); Subsecretaría de
Transparencia y Anticorrupción.
Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia. Informe de Rendición de Cuentas
2010 – 2011.
Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Informe de Gestión 2011”.
Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Informe del Monitoreo a las Web
Institucionales del Órgano Ejecutivo, en el Marco de la Aplicación de la Ley de Acceso a la
Información Pública (del 8 de mayo al 13 de junio de 2012).
Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Informes sobre solicitudes de
información pública. Período 8 de mayo al 8 de junio de 2012.
VI-
Entrevistas
Marco Rodríguez, Subsecretario de Transparencia y Anticorrupción.
Aurora Cubías, Coordinadora del área de Transparencia Institucional de la Subsecretaría
de Transparencia y Anticorrupción.
Pedro Monterrosa, Coordinador de Participación Ciudadana de la Subsecretaría de
Gobernabilidad y Modernización del Estado.
Carolina Ávalos, Presidenta del Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local.
Gerson Martínez, Ministro de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano.
Marcel Orestes Posada, Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental.
Declaraciones de representantes del Grupo Promotor de la Ley de Acceso a la Información
Pública, ante el rechazo de las ternas por parte del Presidente de la República.
VII-
Notas Periodísticas
“APES pide Ley de Acceso a la Información”. La Prensa Gráfica. Consultado 12 de
septiembre.
“El difícil camino de la transparencia”. Marco Rodríguez, Subsecretario de Transparencia y
Anticorrupción. Transparencia Activa. Consultado el 01 de junio de 2012.
“En espera relanzamiento de oficina de fortalecimiento al control interno y auditoría”.
Comunica En Línea. Consultado 11 de septiembre de 2012.
“Funes se otorga derecho a vetar discrecionalmente a candidatos al Instituto de Acceso a
Información.Periódico Digital El Faro. Consultado 12 de septiembre de 2012.
“Grupo Promotor solicita intervención de los relatores de la libertad de expresión de la
ONU y la OEA en defensa del Instituto de Acceso a la Información Pública.
“Grupo Promotor solicita intervención de los relatores de la libertad de expresión de la
ONU y la OEA en defensa del Instituto de Acceso a la Información Pública”. Publicación del
Grupo Promotor. Consultado el 10 de septiembre de 2012.
“Ministerio de Hacienda lanza Portal de Transparencia Fiscal con información financiera”.
Ministerio de Hacienda. Consultado el 11 de septiembre de 2012.
“Piden inconstitucionalidad de artículos del reglamento de la LAIP”. Diario Co Latino.
Consultado el 10 de septiembre de 2012.
“Respuesta del Oficial de Información de Casa Presidencial, en relación a la petición de
ANEP de proporcionar las evaluaciones de las ternas propuestas por la sociedad civil para
nombrar a los Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública”.
Comunicado de la Asociación Nacional de la Empresa Privada. Consultado el 07 de
septiembre de 2012.
“Sala de lo Constitucional admite demanda contra reglamento de LAIP” Transparencia
Activa. Consultado 6 de septiembre.
VIII-
Resoluciones de OIR/UAIP a solicitudes de información pública, presentadas
por ISD
Resolución N° 0040, de fecha 30 de agosto de 2012, en respuesta a solicitud de
información. Oficina de información y respuesta del Ministerio de Economía.
Resolución N° 0060, de fecha 30 de agosto de 2012, en respuesta a solicitud de
información. Oficina de información y respuesta del Instituto Salvadoreño del Seguro
Social.
Resolución N° 16, de fecha 27 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información.
Oficina de información y respuesta del Ministerio de Educación.
Resolución N° 33, de fecha 24 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información.
Oficina de información y respuesta del Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda
y Desarrollo Urbano.
Resolución N° 11, de fecha 24 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información.
Oficina de información y respuesta del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Resolución N°90, de fecha 26 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información.
Oficina de información y respuesta del Ministerio de Hacienda.
Resolución S/N, de fecha 17 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información.
Oficina de información y respuesta del Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local.
Resolución S/N, de fecha 21 de agosto de 2012, en respuesta a solicitud de información.
Oficina de información y respuesta del Ministerio de Salud.
Resolución S/N, de fecha 21 de julio de 2012, en respuesta a solicitud de información.
Oficina de información y respuesta del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.
Sitios web consultados
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Centro Nacional de Registros. http://www.cnr.gob.sv
Comisión Hidroeléctrica del Río Lempa. http://www.cel.gob.sv
Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano.
http://www.mop.gob.sv
Ministerio de Relaciones Exteriores. http://www.rree.gob.sv/
Superintendencia
General
de
Electricidad
y
Telecomunicaciones.
http://www.siget.gob.sv
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local. http://www.fisdl.gob.sv
Superintendencia del Sistema Financiero. http://www.ssf.gob.sv
Instituto
Nacional
de
Pensiones
de
los
Empleados
Públicos.
http://www.inpep.gob.sv
Ministerio de Economía. http://www.minec.gob.sv
Ministerio de Hacienda. http://www.mh.gob.sv/
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. http://www.marn.gob.sv
Ministerio de Trabajo y Previsión Social. http://www.mtps.gob.sv
Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados. http://www.anda.gob.sv
Ministerio de Gobernación. http://www.gobernacion.gob.sv
Ministerio de Educación. http://www.mined.gob.sv
Banco Central de Reserva de El Salvador. http://www.bcr.gob.sv
Defensoría del Consumidor. http://www.defensoria.gob.sv
Ministerio de Agricultura y Ganadería. http://www.mag.gob.sv
Consejo Superior de Salud Pública. http://www.cssp.gob.sv
Fondo Social para la Vivienda. http://www.fsv.gob.sv
Instituto Nacional del Seguro Social. http://www.isss.gob.sv
Casa Presidencial. http://www.presidencia.gob.sv
Lotería Nacional de Beneficencia de El Salvador. http://www.lnb.gob.sv
Ministerio de la Defensa Nacional. http://www.fuerzaarmada.gob.sv
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. http://www.salud.gob.sv
Ministerio de Seguridad Pública y Justicia. http://www.seguridad.gob.sv
Fondo del Milenio de El Salvador. http://www.mca.gob.sv
Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma. http://www.cepa.gob.sv
Centro Internacional de Ferias y Convenciones. http://www.cifco.gob.sv
Fondo de Conservación Vial. http://www.fovial.gob.sv
Dirección General de Estadísticas y Censos. http://www.digestyc.gob.sv
Universidad de El Salvador. http://www.ues.edu.sv
Gobierno Transparente. http://www.gobiernotransparente.gob.sv/
Secretaría para Asuntos Estratégicos de la Presidencia.
http://www.asuntosestrategicos.presidencia.gob.sv
Dirección de Probidad. Corte Suprema de Justicia. http://www.csj.gob.sv/probidad
Tribunal de Ética Gubernamental. http://www.teg.gob.sv

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