Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua

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Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua
REPUBLICA DE NICARAGUA
AMERICA CENTRAL
LA GACETA
DIARIO OFICIAL
AÑO C
Managua, Miércoles 24 de Julio de 1996
SUMARIO
Pág.
ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPUBLICA DE NICARAGUA
Decreto A.N. No. 1362 .- Asociación de Ataédes
Viaje Eterno
. Decreto A.N. No. 1369 .- De Aprobación del Contrato
de Prestamo otorgado por el Fondo Intenacional de
Desarrollo Agrícola (FIDA)
Decreto A.N. No. 1371 .- De Aprobación del Convenio
de la Comisión Centroamericana Permanente para la
Erradicación de la Producción, Tráfico, Consumo y Uso
Ilícitos de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas
Decreto A.N. No. 1372 .- De Aprobación del Tratado
Marco de Seguridad Democratica en Centroamérica
2938
2938
2938
2939
Decreto A.N. No. 1373 .- De Aprobación del Acuerdo
Regional Sobre Movimiento Transfronterizo de Desechos
Peligrosos
2939
Decreto A.N. No. 1375 .- Fundación León
Verde
2939
Decreto A.N. No. 1376 .- Asociación Las Malinches
Decreto A.N. No. 1377 .- Asociación Misión Apostólica
Libre de la Fe U nitaria Nacional e Internacional
No. 138
Laboral del Matadero de Amerrisque
(ADELAMERRISQUE)
2942
Decreto A.N. No. 1383 .- Asociación Ministerio
Evangelístico M isionero Jehová Jireh (M IN EMJJ))
2943
Decreto A.N. No. 1384 .- Asociación Nicaragüense de
Cuidados de Emergencia y Trauma (ANCET)
2943
Decreto A.N. No. 1385.- Asociación Universitaria para el
Ambiente y el Desarrollo (ADUN)
2944
Decreto A.N. No. 1386 .- Asociación de Colaboración
Japón Nicaragua de Acupuntura (COJANANICA)
2944
Decreto A.N. No. 1387 .- Asociación Desarrollo
Proyecto Hojachigue
2945
Decreto A.N. No. 1388.- Asociación de Desarrollo
Comunitario EBER-EZER la Zopilota
2945
Decreto A.N. No. 1389 .- Asociación de Desarrollo
Comunal del Proyecto los Jirones
2946
Decreto A.N. No. 1390 .-Fundación para el Desarrollo
Integral (FUDI)
2946
UNIVERSIDAD NACIONAL
AUTONOMA DE NICARAGUA
2940
Titulos Profesionales
Incorporación Profesional
2946
2956
2940
SECCION JUDICIAL
Decreto A.N. No. 1378 .- Fundación Jinotegana
para el Desarrollo Sostenible (FUNJIDES)
2941
Decreto A.N. No. 1379 .- Asociación de Profesores de
Masaya(ASOPRODEMA)
2941
Decreto A.N. No. 1380 .- Fundación Grupo Cívico,
EticayTransparencia
Citación de Procesados
2957
ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPUBLICA DE NICARAGUA
.2942
ASOCIACION DE ATAUDES VIAJE ETERNO
Decreto A.N. No. 1381 .-A Fundación Minera
Nicaraguense (FUNDAMINA)
2942
DECRETO A.N. No. 1362
Decreto A.N. No. 1382 .- Asociación de Desarrollo
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LA GACETA - DIARIO OFICIAL
El Presidente de la República de Nicaragua
Ha Dictado
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
El siguiente:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Decreto
En uso de sus facultades;
Arto. 1.- Apruébase el Contrato de Préstamo No.
406-NI destinado a financiar el Proyecto de Desarrollo
Rural de la Región Pacífica Sur (PROSESUR), suscrito
entre el Gobierno de la República y el Fondo Internacional
de Desarrollo Rural el 26 de Enero de 1996, por un monto
de ocho millones doscientos cincuenta mil derechos
Especiales de giro (DEG 8,250.000.00)
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación de Ataúdes Viajes Eterno, Asociación Civil sin
fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la
Ciudad de Masaya.
Arto.2.- El Presente Decreto entrará en vigencia
a partir de su publicación en el Diario Oficial ,La Gaceta,
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Dado en la Ciudad de Managua, en' la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes
de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel
López.-Presidente de la Asamblea Nacional.-Jaime
Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Arto. 3.- La Asociación de Ataúdes Viaje Eterno,
, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la
República.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
venticuatro de Junio de mil novecientos noventa y seis.Violeta Barrios de Chamorro. -Presidente de la República
de Nicaragua.
Arto. 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario
Oficial.
DE APROBACION DEL CONVENIO
CONSTITUTIVO DE LA COMISION
CENTROAMERICANA PERMANENTE PARA
LA ERRADICACION DE LA PRODUCCION,
TRAFICO, CONSUMO Y USO ILICITOS DE
ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS
PSICOTROPICAS
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintisiete días del
mes de Mayo de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo
Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de le Asamblea Nacional.
DECRETO A.N. No. 1371
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
dos de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta
Barrios de Chamorro. -Presidente de la República de
Nicaragua.
El Presidente de la República de Nicaragua
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
DE APROBACION DEL CONTRATO DE
PRÉSTAMO OTORGADO POR EL FONDO
INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRICOLA
(FIDA)
En uso de sus facultades;
Ha Dictado
DECRETO A.N. No. 1369
El siguiente:
El Presidente de la República de Nicaragua
Decreto
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
Arto.!.- Apruébase el Convenio Constitutivo de
la Comisión Centroamericana Permanente para la
Erradicación de la Producción, Tráfico , Consumo y Uso
Ilícitos de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas,
suscrito en la ciudad de Guatemala, República de Guate-
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
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mala, el 29 de Octubre de 1993, por los Ministros de
Relaciones Exteriores de Centroamérica y el Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario de Panamá Señor José
Raúl Mulino, en ocasión de la XVI Cumbre de Mandatarios
Centroamericanos.
Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
venticuatro de Julio de mil novecientos noventa y seis.Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República
de Nicaragua.
Arto.2.- El Presente Decreto entrará en vigencia
a partir de su publicación en el Diario Oficial ,La Gaceta,
DE APROBACION DEL ACUERDO REGIONAL
SOBRE MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE
DESECHOS PELIGROSOS
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes
de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel
López.-Presidente de la Asamblea Nacional.-Jaime
Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
DECRETO A.N. No. 137
El Presidente de la República de Nicaragua
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
venticuatro de Junio de mil novecientos noventa y seis.Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República
de Nicaragua.
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
DE APROBACION DEL TRATADO MARCO
DE SEGURIDAD DEMOCRATICA EN
CENTROAMERICA
Ha Dictado
El siguiente:
DECRETO A.N. No. 1372
Decreto
El Presidente de la República de Nicaragua
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Arto.1.- Apruébase el Acuerdo Regional sobre.,
Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos,
suscrito por los Presidentes Centroamericanos en Panamá
el 11 de Diciembre de 1992 durante la celebración de la XIII
Cumbre de Presidentes de la Región Centroamericana
En uso de sus facultades;
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto.1.- Apruébase el Tratado Marco de
Seguridad Democrática en Centroamérica, suscrito el 15
de Diciembre de 1995 en la ciudad de San Pedro Sula,
Departamento de Cortés, República de Honduras, por los
Presidentes de las Repúblicas de Costa Rica, el Salvador,
Guatemala, Honduras y los Vice-Presidentes de Nicaragua y Panamá, en ocasión de la Celebración de la XVII
Cumbre de Presidentes de Centroamérica , compuesto de
un Preámbulo y 78 Artículos
Arto. 2.- El Presente Decreto entrará en vigencia
a partir de su publicación en el Diario Oficial ,La Gaceta,
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes
de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel
López. -Presidente de la Asamblea Nacional.-Jaime
Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
venticuatro de Julio de mil novecientos noventa yseis.Violeta Barrios de Chamorro. -Presidente de la República
de Nicaragua.
FUNDACION LEON VERDE
DECRETO A.N. No. 1375
El Presidente de la República de Nicaragua
Arto.2.- El Presente Decreto entrará en vigencia
a partir de su publicación en el Diario Oficial ,La Gaceta,
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
- Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes
de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel
López.-Presidente de la Asamblea Nacional.-Jaime
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
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Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Fundación Leon Verde Fundación Civil sin fines de lucro,
de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de León.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Fundación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Fundación León Verde, estará
obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la
República.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación Las Malinces, estará
obligada al cumplimiento de la ley General sobre Personas
Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social sin perjuicio de su posterior
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Arto. 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social sin perjuicio de su posterior
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
ASOCIACION MISION APOSTOLICA LIBRE
DE LA FE UNITARIA NACIONAL E
INTERNACIONAL (MALDFUNI)
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
El Presidente de la República de Nicaragua
DECRETO A.N. No. 1377
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
ASOCIACION LAS MALINCHES
En uso de sus facultades;
DECRETO A.N. No. 1376
Ha Dictado
El Presidente de la República de Nicaragua
El siguiente:
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
Decreto
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
Ha Dictado
Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación Misión Apostólica Libre de la Fe Unitaria
Nacional e Internacional (MALDFUNI), Asociación Civil
sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en
la ciudad de Rivas
El siguiente:
Decreto
Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación Las Malinches, Asociación civil sin fines de
lucro , de duración indefinida y del domicilio en la ciudad
de Managua
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación Misión Apostólica Libre
de la Fe Unitaria Nacional e Internacional (MALDFUNI),
estará obligada al cumplimiento de la ley General sobre
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LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la
República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo
Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo
Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
ASOCIACION DE PROFESORES DE MASAYA
(ASOPRODEMA)
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
DECRETO A.N. No. 1379
El Presidente de la República de Nicaragua
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
FUNDACION JINOTEGANA PARA EL
DESARROLLO SOSTENIBLE (FUNJIDES)
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
DECRETO A.N. No. 1378
En uso de sus facultades;
El Presidente de la República de Nicaragua
Ha Dictado
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
El siguiente:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Decreto
En uso de sus facultades;
Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación de Profesores de Masaya (ASOPRODEMA),
Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida
y del domicilio en la Ciudad de Masaya.
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto.!.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Fundación Jinotegana para el Desarrollo Sostenible
(FUNJIDES), Fundación Civil sin fines de lucro, de duración
indefinida y del domicilio en la Ciudad de Jinotega.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Fundación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Fundación Jinotegana para el
Desarrollo Sostenible (FUNJIDES), estará obligada al
cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas
sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación de Profesores de Masaya
(ASOPRODEMA), estará obligada al cumplimiento de la
Ley General sobre Personas Jurídicas sin sin Fines de
Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta
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Barrios de Chamorro. -Presidente de la República de
Nicaragua.
El Presidente de la República de Nicaragua
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
FUNDACION GRUPO CIVICO, ETICA Y
TRANSPARENCIA
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
DECRETO A.N. No. 1380
En uso de sus facultades;
El Presidente de la República de Nicaragua
Ha Dictado
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
El siguiente:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Decreto
En uso de sus facultades;
Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Fundación Minera Nicaragüense (FUNDAMINA),
Fundación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida
y del domicilio en la Ciudad de Managua.
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Fundación Grupo Cívico, Etica y Transparencia, fundación
Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del
domicilio en la Ciudad de Managua.
Arto. 2.- La representación legal de esta
rundación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Fundación Grupo Cívico, Etica y
Transparencia, estará obligada al cumplimiento de la Ley
General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y
demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo
Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Fundación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Fundación Minera Nicaragüense
(FUNDAMINA), estará obligada al cumplimiento de la
Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro
y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa yseis.-Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nica. agua.
ASOCIACION DE DESARROLLO LABORAL
DEL MATADERO DE AMERRISQUE
(ADELAMERRISQUE)
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa yseis.-Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
DECRETO A.N. No. 1382
El Presidente de la República de Nicaragua
FUNDACION MINERA NICARAGUENSE
(FUNDAMINA)
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
DECRETO A.N. No. 1381
En uso de sus facultades;
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+11■•[-.
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto. l.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación de Desarrollo Laboral del Matadero de
Amerrisque (ADEL-AMERRISQUE, Asociación Civil
sin fines de Lucro , de duración indefinida y del domicilio
en la Ciudad de Juigalpa, Departamento de Chontales.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Laboral del
Matadero de Amerrisque (ADEL-AMERRISQUE),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la
República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación Ministerio Avangelístico Misionero Jehová
Jireh (MINEMJJ), Asociación Civil sin fines de lucro, de
duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de
Managua.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación Ministerio Evangelístico
Misionero Jehová Jireh (MINEMJJ),estará obligada al
cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas
sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de .mil novecientos noventa yseis.- Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
ASOCIACION NICARAGUENSE DE CUIDADOS
DE EMERGENCIA Y TRAUMA (ANCET)
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
DECRETO A.N. No. 1384
El Presidente de la República de Nicaragua
ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO
MISIONERO JEHOVA JIREH (MINEMJJ)
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
DECRETO A.N. No. 1383
En uso de sus facultades;
El Presidente de la República de Nicaragua
Ha Dictado
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
El siguiente:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Decreto
En uso de sus facultades;
Arto. l. Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación Nicaragüense de Cuidados de Emergencia y
Trauma (ANCET), Asociación Civil sin fines de lucro, de
duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de
Managua.
-
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto. 2.- La representación legal de esta
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LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
Arto. 3.- La Asociación Nicaragüense de
en La Gaceta, Diario Oficial.
Cuidados de Emergencia y Trauma (ANCET), estará
obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
República.
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Nicaragua.
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
ASOCIACION DE COLABORACION JAPON
Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.-
NICARAGUA DE ACUPUNTURA
Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
(COJANA,NICA)
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
DECRETO A.N. No. 1386
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
El Presidente de la República de Nicaragua
Nicaragua.
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
ASOCIACION UNIVERSITARIA PARA EL
AMBIENTE Y EL DESARROLLO (ADUN)
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
DECRETO A.N. No. 1385
En uso de sus facultades;
El Presidente de la República de Nicaragua
Ha Dictado
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
El siguiente:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Decreto
En uso de sus facultades;
Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación de Colaboración Japón Nicaragua de
Ha Dictado
Acupuntura (COJANA,NICA); Asociación Civil Sin
El siguiente:
Ciudad de León.
Fines de Lucro, de duración indefinida y del domicilio en la
Decreto
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Arto.!.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Estatutos.
Asociación Universitaria para el Ambiente y el Desarrollo
(ADUN), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración
indefinida y del domicilio en la Ciudad de Mataglapa.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Arto. 3.- La Asociación de Colaboración Japón
Nicaragua de Acupuntura (COJANA, NICA), estará
obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la
República.
Estatutos.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
Arto. 3.- La Asociación Universitaria para el
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
Ambiente y el Desarrollo (ADUN) estará obligada al
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas
en La Gaceta, Diario Oficial.
sin Fines de Lucro y demas leyes de la República.
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138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNITARIO
EBEN-EZER LA ZOPILOTA)
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
DECRETO A.N. No. 1388
El Presidente de la República de Nicaragua.
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
ASOCIACION DE DESARROLLO
PROYECTO HOJACHIGUE
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
DECRETO A.N. No. 1387
En uso de sus facultades;
El Presidente de la República de Nicaragua
Ha Dictado
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
El siguiente:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Decreto
En uso de sus facultades;
Ha Dictado
El siguiente:
Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación de Desarrollo Comunitario Eben -Ezer la
Zopilota, Asociación Civil sin fines de lucro, de duración
indefinida y del domicilio en la Comarca de La Zopilota,
Municipio de Diriá.
Decreto
Arto.!.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación de Desarrollo Proyecto Hojachigüe, Asociación
Civil sin fines de lucro, de duraciónin definida y del
domicilio en laComarca de Hojachigüe, Municipio de
Niquinohomo, Departamento de Masaya.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Proyecto
Hojachigüe, estará obligada al cumplimiento de la Ley
General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y
demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Comunitario
Eben-Ezer la Zopilota, estará obligada al cumplimiento de
la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro
y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa yseis.-Violeta
Barrios de Chamorro. -Presidente de la República de
Nicaragua.
ASOCIACION DE DESAROLLO COMUNAL
DEL PROYECTO LOS JIRONES
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
2945
24-7-96
138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
DECRETO A.N. No. 1389
En uso de sus facultades;
El Presidente de la República de Nicaragua
Ha Dictado
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
El siguiente:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Decreto
En uso de sus facultades;
Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Fundación para el Desarrollo Integral (FUDI), Fundación
Civil sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio
en la Ciudad de
Managua.
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto. l.- Otórgase Personalidad Jurídica a la
Asociación de Desarrollo Comunal del Proyecto Los
Jirones, Asociación Civil sin fines de 'lucro de duración
indefinida y del domicilio en la Comarca de Los Jirones,
Municipio de Diriá, Departamento de Granda.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Asociación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Comunal
del Proyecto Los Jirones estará obligada al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de
Lucro y demás leyes cie la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Arto. 2.- La representación legal de esta
Fundación será ejercida en la forma que determinen sus
Estatutos.
Arto. 3.- La Fundación para el Desarrollo Integral
(FUDI), estará obligada al cumplimiento de la Ley General
sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás leyes
de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia
desde la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación
en La Gaceta, Diario oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de
Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo
Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa yseis.-Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
UNIVERSIDAD NACIONAL
AUTONOMA DE NICARAGUA
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua,
doce de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta
Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de
Nicaragua.
TITULOS PROFESIONALES
Reg. 3455 - R/F 478944 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
FUNDACION PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL (FUDI)
DECRETO A.N. No. 1390
El Presidente de la República de Nicaragua
hace saber al pueblo Nicaragüense que:
El Suscrito Director del Departamento de Registro
de la UNAN.
Certifica.
Que a la página 452 Tomo V del Libro de Registro
de Títulos de la Facultad de Ciencias Económicas que éste
Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que
dice:
La Asamblea Nacional de la' República de Nicaragua
2946
24-7-96
138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Por Cuanto.
Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos.
Es Conforme. León 6 de Febrero de 1996. Gonzalo
Alvarado Acetuno Director.-
María Esther Silva Berrfos, ha cumplido con
todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias
Económicas.
Reg. No. 3657 - R/F 479259 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciada en Economía,
para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los veintiocho días del mes de Octubre de mil
novecientos noventa y uno.- El Rector de la Universidad
Alejandro Serrano C. El Secretario General Julio E. ¡caza
G"
El suscrito Director del Departamento de Registro
de las UNAN,
Certifica
Que a la página 275 tomo I del Libro de Registro
de Títulos de la Facultad de Instituto Politecnico de Salud
que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió el
Título que dice:
" La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua "
Por Cuanto:
Es conforme. Managua, 28 de Octubre de 1991.Rosario Gutiérrez.- Director.
Reg.No. 3678 - R/F 377965 - Valor C$ 40.00
Complemento R/F 479263 - Valcr C$ 5.00
Guillermina del Carmen Moreno Seás ha
cumplido con todos los requisitos establecidos por la
Facultad de Instituto Politecnico de la Salud,
CERTIFICACION
Por Tanto:
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
UNAN,
Certifica
Que bajo número 979 página 500, tomo IV del
Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Escuela
Regional de Enfermeria " Juana María Cruz Centeno"que
esta oficina lleva a su cargo, se inscribío el Título que dice:
Le extiende el Título de: Enfermera Profesional
para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
Dado en la Ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los veinticinco días del mes de Enero de mil
novecientos noventa y cinco.-El Rector de la Universidad
.-Francisco Guzmán P. El Secretario General W. Genet
B.
" La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"
Por Cuanto:
La Señorita Ethel Ludivina Sanabria López
natural de Estelí, Departamento de Estelí República de
Nicaragua ha aprobado en la Escuela Regional de
Enfermeria " Juana Marfa Cruz Centeno" todos los
requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente
y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.
Es conforme Managua, 25 de Enero de 1995
Rosario Gutiérrez Ortega. Director.Reg. No. 3680 - 479266 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Dirección de Registro de
la UNAN,
Certifica:
Por Tanto:
Le extiende el Título de Técnica en Anestesiología
para que goce de las prerrogativas que las leyes y
reglamentos del ramo le conceden.
Dado en la Ciudad de León, República de Nicaragua, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos
noventa y seis. El Rector de la Universidad.- Ernesto
Que a la página 419 Tomo I del Libro de Registro
de Título de la Facultad de Escuela de Ciencias Sociales
que ésta Direccion lleva a su cargo, se inscribió el Título que
dice:
" La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua "
Por Cuanto:
2947
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138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Carlos Orlando García Montano ha cumplido
con todos los requisitos establecidos por la Facultad de
Escuela de Ciencias Sociales,
Por Tanto:
Le extiende el Título de Licenciado en Ciencias
Sociales para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden,
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
UNAN,
Certifica
Que bajo número 948 página 484, tomo IV del
Libro de Registro de Título de Graduados en la Escuela
Regional de Enfermería " Juana María Cruz Centeno "que
esta oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:
La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua"
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los quince días del mes de Abril de mil
novecientos noventa y seis.El Rector de la Universidad Francisco Guzmán P. El
Secretario General W. Genet. B.
Por Cuanto:
Reg. No. 3873 - R/F 479377 -Valor C$45.00
La Señora Rosa Haydeé Martínez Martínez
natural de Palacagüina, Departamento de Madriz
República de Nicaragua ha aprobado en la Escuela Regional de Enfermería " Juana María Cruz Centeno" todos
los requisitos académicos del Plan de Estudios
correspondiente y las pruebas establecidas en las
disposiciones vigentes.
CERTIFICACION
Por Tanto:
El Suscrito Director del Departamento de Registro
de la UNAN,
Certifica :
Le extiende el Título de Técnica en Anestesia
para que goce de las prerrogativas que las leyes y
reglamentos del ramo le conceden.
Qne a la página 137 tomo VI del libro de Registro
de Título de la Facultad de Ciencias Económicas que este
Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que
dice;
Dado en la Ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintisiete días del mes de Abril de mil novecientos
noventa y cinco. El Rector de la Universidad Ernesto
Medina S. El Secretario General Ramíro Guevara Ríos.
" La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua
Es Conforme. León 27 de Abril de 1995. Gonzalo
Alvarado Acetuno.- Director.-
Es Conforme Managua, 15 de Abril de 1996.
Rosario Gutiérrez Ortega . Director.-
Por Cuanto:
Reg. No.- 3949 - R/F 539600 - Valor C$ 40.00
Complemento - R/F 479505 - Valor C$ 5.00
Evelin Selva ha cumplido con todos los requisitos
establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas.
CERTIFICACION
Por Tanto:
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Le extiende el Título Licenciada en Economía
para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los veintiuno días del mes deDiciembre de mil
novecientos noventa y cuatro .-El Rector de la Universidad
Francisco Guzmán P. El Secretario General W. Genet B.
UNAN.
Certifica.
Que a la página 134 Tomo VI del Libro de Registro
de Título de la Facultad de Ciencias Médicas que ésta
Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Es Conforme Managua, 21 de Diciembre de 1994
Rosario Gutiérrez Ortega .-Director.-
Por Cuanto.
Reg.No. 3658 - R/F 479262 - Valor C$ 5.00
Complemento R/F 920310 - Valor C$ 40.00
Marco Antonio Argüello Hurtado, ha cumplido
con todos los requisitos establecidos por la Facultad de
Ciencias Médicas.
CERTIFICACION
Por Tanto:
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LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Le extiende el Título de: Doctor en Medicina y
Cirugía, para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
Que bajo el número 256 página 128, Tomo I del
Libro de Registro de Títulos, que esta Oficina lleva a su
cargo, se inscribió el Título que dice:
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticuatro días del mes de Mayo de mil
novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad
Ernesto Medina S. El Secretario General Luis Hernández
León ,a.i.
"La Universidad Nacional Agraria.
Por Tanto:
Scarleth Mendoza Ruíz, ha cumplido con todos
los requisitos establecidos por la Facultad de Agronomía.
Es conforme. León , 24 de Mayo de 1996.Gonzalo Alvarado Acetuno
Director
Por Tanto:
.
Reg. 3950 - R/F 479508 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
El Suscrito Director del Departamento de Registro
de la UNAN.
Certifica.
Que a la página 493 Tomo I del Libro de Registro
de Título de la Facultad de Ciencias Economicas que éste
Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que
dice:
Le extiende el Título de Ingeniero Agrónomo en
la Especialidad de Fitotecnia, para que goce de los derechos
y prerrogativas que legalmente se le conceden.
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los ocho días del mes de Mayo de mil
novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad
Guillermo Cruz E., El Decano de la Facultad Nicolás Valle,
El Secretario General Ester Carballo M." Es conforme
con su original con el que fue debidamente contejado.
Managua, ocho de Mayo de mil novecientos
noventa y seis.- Lic. Tapia M. García G. Directora.
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Reg. No.- 3923 - R/F 479437 - Valor C$ 40.00
complemento - R/F 540128 - Valor C$ 5.00
Por Cuanto.
Mario José González, ha cumplido con todos
los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias
Economicas.
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciado en Contaduría
Pública y Finanzas, para que goce de los derechos y
prerrogativas que legalmente se le conceden.
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los veintiocho días del mes de Agosto de mil
novecientos noventa y dos.- El Rector de la Universidad
Alejandro Serrano C. El Secretario General Julio E. Icaza
G.
Es conforme. Managua, 28 de
Rosario Gutiérrez.- Director.
Agosto
de 1992.-
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de
la UNAN.
Certifica.
Que a la página 466 Tomo III del Libro de Registro
de Título de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Titulo que
dice:
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Por Cuanto.
Juan Carlos Gutiérrez Madrigal ha cumplido
con todos los requisitos establecidos por la Facultad de
Ciencias Jurídicas y Sociales.
Reg. No. 3951 - R/F 479511 - Valor C$ 45.00
Por Tanto:
CERTIFICACION
La Suscrita Directora del Departamento de
Registro de la U.N.A.
Certifica.
Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho,
para que goce de ,los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos
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LA GACETA - DIARIO OFICIAL
noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto
Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos."
Es conforme. León, 4 de Junio de 1996.- Gonzalo
Alvarado Acetuno . Director.
Por Cuanto.
Angélica María Sarria Osorio ha cumplido con
todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Sociales.
Reg. No.- 3967 - 11/F 479487 - Valor C$ 40.00
complemento - R/F 540430 - Valor C$ 5.00
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de
la UNAN.
Certifica.
Que a la página 471 Tomo III del Libro de Registro
de Títulos de la Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales
que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que
dice:
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciada en Derecho,
para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos
noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto
Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos."
Es conforme. León, 4 de Junio de 1996.- Gonzalo
alvarado Acetuno .- Director.
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Reg. 3876 - R/F 479385 - Valor C$ 5.00
Complemento R/F 458611 - Valor C$ 40.00
Por Cuanto.
Certificación.
Delia Mercedes Rosales Sandoval ha cumplido
con todos los requisitos establecidos por la Facultad de
Ciencias Jurídicas y Sociales.
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
UNAN.
Certifica.
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciada en Derecho,
para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
Que a la página 82 Tomo VI del Libro de Registro
de Títulos de la Facultad de Ciencias Médicas que ésta
Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos
noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto
Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos."
Es conforme. León, 4 de Junio de 1996.- Gonzalo
alvarado Acetuno .- Director.
Por Cuanto.
Diógenes Salvador Chamorro Picado, ha
cumplido con todos los requisitos establecidos por la
Facultad de Ciencias Médicas.
Por Tanto:
Reg. No.- 3968 - R/F 479486 - Valor C$ 40.00
complemento - R/F 540429 - Valor C$ 5.00
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de
la UNAN.
Certifica.
Que a la página 472 Tomo III del ,Libro de Registro
de Títulos de la Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales
que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que
dice:
Le extiende el Título de: Doctor en Medicina y
Cirugía, para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos
noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto
Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos".
Es conforme. Managua, 6 de Febrero de 1996.Gonzalo Alvarado Acetuno, Director.
Reg. No. 3882 - R/F 479393 - Valor C$ 45.00
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
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138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
CERTIFICAC1ON
derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.
El Suscrito Director de la Dirección de Registro de
la UNAN.
Certifica.
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los doce días del mes de Abril de mil novecientos
noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto
Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Rios".
Que a la página 115 tomo II del Libro de Registro
de Título de Facultad de Ciencias Médicas que ésta
Dirección lleva a su cargo, se inscribió el título que dice:
Es conforme. León , 12 de Abril de 1996.Gonzalo Alvarado Acetuno.- Director.
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Reg. 3890 - R/F 479408 - Valor C$ 5.00
Complemento R/F 540511 - Valor C$ 40.00
Por Cuanto:
CERTIFICACION.
ha
cumplido con todos los requisitos establecidos por la
Facultad de Ciencias Médicas.
Margarita del Carmen Sánchez Méndez
El Suscrito Director de la Ofician de Registro de
la UNAN.
Certifica.
Por Tanto:
Que a la página 401 Tomo I del Libro de Registro
de Títulos de la Facultad de Ciencias de la Educación que
ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:
Le extiende el Título de: Doctora en Medicina y
Cirugía para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los quince días del mes de Abril de mil
novecientos noventa y seis. El Rector de la Universidad
Francisco Guzmán P. El Secretario General W. Genet B.-
Por Cuanto.
Modesta Esther Obando García, ha cumplido
con todos los requisitos establecidos por la Facultad de
Ciencias de la Educación
Es conforme, Managua, 15 de Abril de 1996.Rosario Gutiérrez, Director.
Por Tanto:
Reg. 3884 - R/F 479366 - Valor C$ 5.00
Complemento R/F 538339 - Valoi C$ 40.00
CERTIFICACION
Le extiende el Título de: Profesora de Educación
Media, en la Especialidad de Español para que goce de los
derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de
la UNAN.
Certifica.
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los dos días del mes de Mayo de mil novecientos
noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto
Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos".
Que a la página 388 Tomo I del Libro de Registro
de Títulos de la Facultad de Ciencias de la Educación que
ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:
Es conforme. León 2 de Mayo de 1996.- Gonzalo
Alvarado Acetuno .-Director.
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Reg. 3891 - R/F 479409 - Valor CS 5.00
Complemento R/F 540122 - Valor CS 40.00
Por Cuanto.
CERTIFICACION
Marta de la Cruz Martínez Montes , ha
cumplido con todos los requisitos establecidos por la
Facultad de Ciencias de la Educación
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
UNAN.
Certifica.
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Profesora de Educación
Media, en la Especialidad de Biología para que goce de los
Que a la página 400 Tomo I del Libro de Registro
de Títulos de la Facultad de Ciencias de la Educación que
ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:
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LA GACETA - DIARIO OFICIAL
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Por Cuanto.
Fátima Inocente Tapia Lacayo, ha cumplido
con todos los requisitos establecidos por la Facultad de
Ciencias de la Educación
Por Tanto:
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Dirección de Registro de
la UNAN.
Certifica.
Que a la página 212 Tomo VI del Libro de Registro
de Título de la Facultad de Ciencias Económicas que ésta
Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:
Le extiende el Título de: Profesora de Educación
Media, en la Especialidad de Español para que goce de los
derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los dos días del mes de Mayo de mil novecientos
noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto
Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Rios"
Dominga de los Angeles Maltez Carranza ha
cumplido con todos los requisitos establecidos por la
Facultad de Ciencias Económicas.
Por Cuanto.
Por Tanto:
Es conforme. León , 2 de Mayo de 1996.- Gonzalo
Alvarado Acetuno.- Director.
Reg. 3892 - R/F 479427 - Valor C$ 5.00
Complemento R/F 540561 - Valor C$ 40.00
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de
la UNAN.
Certifica.
Que a la página 135 Tomo VI del Libro de Registro
de Títulos de la Facultad de Ciencias Medicas que ésta
Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:
Le extiende el Título de: Liceciada en Economía,
para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los diecinueve días del mes de Diciembre de
mil novecientos noventa y cinco.- El Rector de la
Universidad Francisco Guzmán .-P. EI Secretario General
W. Genet B.
Es conforme. Managua, 19 de diciembre de
1995.- Rosario Gutiérrez Ortega .- Director.
Reg. No. 3634 - R/F 479274 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
Por Cuanto.
Nelson Guillermo García Lanzas, ha cumplido
con todos los requisitos establecidos por la Facultad de
Ciencias Médicas
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Doctor en Medicina y
Cirugía para que goce de los derechos y prerrogativas que
legalmente se le conceden.
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Centroamericana,
Certifica:
Que bajo el Folio No.322 Partida No. 2695 del
Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad
Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo,
inscribió el Título que dice:
" La Universidad Centroamericana "
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos
noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto
Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos".
Es conforme. León , 4 de Junio de 1996.- Gonzalo
Alvarado Acetuno .-Director.
Por Cuanto:
Marvin José CortésEstrada natural de
Managua, Departamento de Managua, República de
Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias
Jurídicas todos los requisitos Académicos del Plan de
Estudios correspondiente y
Reg. 3875 - R/F 479384 - Valor . C$ 45.00
2952
24-7-96
138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho
para que goce de las prerrogativas que las Leyes y
reglamentos del ramo le conceden.
Dado en la ciudad de Managua, Republica de
Nicaragua, a los veintiun días del mes de Mayo de mil
novecientos noventa y seis.El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga,
S.J el Secretario General Lic. José Antonio Sajinez Sáenz
de Viguera El Decano de laFacultad Dra: Martha Lacayo
Saballos .
Es Conforme, Managua , veintidos de Mayo de
1996.- Lic. Yolanda Cespedes Rugama .Dirección de
Registro y Control Académico Universidad
Centroamericana .
Es Conforme, Managua , siete de Julio de 1995.Lic. Yolanda Cespedes Rugama .Dirección de Registro y
Contro Académico Universidad Centroamericana .Reg. No. 3656 - R/F 479256 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Centroamericana,
Certifica:
Que bajo el Folio No. 330 Partida No. 2712 del
Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad
Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo,
inscribío el Título que dice:
" La Universidad Centroamericana "
Reg. No. 3655 - R/F 479362 - Valor C$ 45.00
Por Cuanto:
CERTIFICACION
Agenor Francisco Dolmuz Aguilar, natural de
Managua, Departamento de Managua República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Jurídicas
todos los requisitos Académicos del Plan de Estudios
correspondiente y
Por Tanto:
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Centroamericana,
Certifica:
Que bajo el Folio No. 973 Partido No. 1944 del
Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad
Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo,
inscribió el Título que dice:
Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho
para que goce de las prerrogativas que las Leyes y
reglamentos del ramo le conceden.
" La Universidad Centroamericana "
Dado en la ciudad de Managua, Republica de Nicaragua,
a los veinte días del mes de mayo de mil novecientos
noventa y seis.-
Por Cuanto:
David Alejandro Tijerino Espinosa, natural
de Managua, Departamento de Managua República de
Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias
Jurídicas todos los requisitos Académicos del Plan de
Estudios correspondiente y
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho
para que goce de las prerrogativas que las Leyes y
reglamentos del ramo le conceden.
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los doce días del mes de Junio de mil
novecientos noventa y cinco.-
El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga,
S.J El Secretario General Lic. Jose Antonio Sajinez Sáenz
de Viguera.- El Decano de la Facultad Dra. Martha
Lacayo Saballos.Es Conforme, Managua , treinta y uno de Mayo
de 1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama .Dirección de
Registro y Control Académico Universidad
Centroamericana .
Reg. No. 3925 - R/F 479475 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Centroamericana,
El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga,
S.J el Secretario General.-P. Antonio Ocaña S.J. El
Decano de la Facultad Dr. Guillermo Vargas Sandino.
Certifica:
2953
138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
24-7-96
Que bajo el Folio No. 282 Partida No. 2616 del
Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad
Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo,
inscribid el Título que dice:
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciada Sociología
para que goce de las prerrogativas que las Leyes y
reglamentos del ramo le conceden.
La Universidad Centroamericana "
Por Cuanto:
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los Veintiseis días del mes de Noviembre de
mil novecientos noventa y cinco.-
Beatriz del Carmen Cortez Zapata, natural dé
Managua, Departamento de Managua , República de
Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Humanidades
todos los requisitos Académicos del Plan de Estudios
correspondiente y
El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga,
S.J El Secretario General P. Antonio Ocaña S.J. El Decano
de la Facultad Lic. Vidaluz Meneses,-
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciada Psicología
para que goce de las prerrogativas que las Leyes y
reglamentos del ramo le conceden.
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los doce días del mes de Diciembre de mil
novecientos noventa y cinco.-
Es Conforme, Managua , nueve de Diciembre de
1995.- Lic. Yolanda Cespedes Rugama .Dirección de
Registro y Control Académico Universidad
Centroamericana .Reg. No. 3966 - R/F 479488 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Centroamericana.
El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga,
S.J El Secretario General P. Antonio Ocaña S.J. El Decano
de la Facultad Lic. Vidaluz Meneses,Es Conforme, Managua , doce de Febrero de
1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama .Dirección de
Registro y Control Académico Universidad
Centroamericana .-
Certifica:
Que bajo el Folio No. 97 Partida No. 2192 del Libro
de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad
Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo,
inscribió el Título que dice:
La Universidad Centroamericana.
Reg. No. 3948 - R/F 479495 - Valor C$ 45.00
Por Cuanto:
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Centroamericana,
Certifica:
Que bajo el Folio No. 269 Partida No. 2590 del
Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad
Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo,
inscribío el Título que dice:
María Eugenia Guerrero Páramo, Natural de
Managua, Departamento de Managua República de
Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias de la
Comunicación todos los requisitos académicos del Plan de
Estudios correspondiente y
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Técnico Superior en
Bibliotecología, para que goce de las prerrogativas que las
leyes y reglamentos del ramo le conceden.
" La Universidad Centroamericana "
Por Cuanto:
Beatriz de Jesús María Blandino Obando,
natural de Managua, Departamento de Managua,
República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de:
Humanidades todos los requisitos Académicos del Plan de
Estudios correspondiente y
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los veintiseis días del mes de Junio de mil
novecientos Noventa y cinco. El Rector de la Universidad
P. Xabier Gorostiaga Achalandabaso, S.J., El Secretario
General P. Antonio Ocaña, S.J., El Decano de la Facultad
Dr. Luis Guillermo Rothschuh Villanueva.
Es conforme, Managua, veinte de Julio de 1995.-
2954
24-7-96
138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y
Control Académico, Universidad Centroamericana.
Reg. No. 3969 - R/F 479482 - Valor C$ 45.00
Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo,
inscribió el Título que dice:
La Universidad Centroamericana.
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Centroamericana.
Certifica:
Que bajo el Folio No.213 Partida No. 2424 del
Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad
Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo,
inscribió él Título que dice:
La Universidad Centroamericana.
Por Cuanto:
Marta Julia Cepeda Estrada, Natural de
Managua, Departamento de Managua República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias
Administrativas todos los requisitos académicos del Plan
de Estudios correspondiente y
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciada en
Administración de Empresas, para que goce de las
prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le
conceden.
Por Cuanto:
Francisco Javier Molina López, Natural de
Managua, Departamento de Managua República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Juridicas
todos los requisitos académicos del Plan de Estudios
correspondiente y
Por Tanto:
Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho,
para que goce de las prerrogativas que las leyes y
reglamentos del ramo le conceden.
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los veinticinco días del mes de Marzo de mil
novecientos Noventa y seis. El Rector de la Universidad
P. Xabier Gorostiaga , S.J., El Secretario General Lic.
José Antonio Sanjines Sáenz de Viguera, El Decano de la
Facultad Dra. Martha Lacayo Saballos
Es conforme, Managua, veintitres de Abril de
1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de
Registro y Control Académico, Universidad
Centroamericana.
INCORPORACION PROFESIONAL
Reg. No. 3546 - R/F 479047 - Valor C$ 45.00
Dado en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los diecisiete días del mes de Julio de mil
novecientos Noventa y cinco. El Rector de la Universidad
P. Xabier Gorostiaga Achalandabaso, S.J., El Secretario
General P. Antonio Ocaña S.J., El Decano de la Facultad
Lic. Ramiro Bermúdez Mallo'.
,
CERTIFICACION
El Suscrito, Secretario General de la Universidad
Nacional Autónoma de Nicaragua-León (UNAN-León).
Certifica:
Es conforme, Managua, veintiseis de Julio de
1995.- Lic. Yolanda Céspedes' Rugama, Dirección de
Registro y Control Académico, Universidad
Centroamericana.
Reg. No. 3874 - R/F 479381 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Centroamericana.
Certifica:
Que bajo el Folio No. 311 Partida No. 2673 del
Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad
Que en Sesión Ordinaria No. 137 del Consejo
Universitario del veinte de Mayo de mil novecientos noventa
y seis, adoptó el Acuerdo que íntegra y literalmente dice:
2.- "El Consejo Universitario aprueba: B.- La
solicitud de Incorporación Profesional del Doctor Vicente
Jorge Ortega Suárez, de nacionalidad Cubana, y en
consecuencia se le declara legalmente válido e incorporado
en Nicaragua, el Título de Especialista en
Otorrinolaringología, obtenido ea La Habana, Cuba, el día
15 de Marzo de 1975, previo cumplimiento de los requisitos
establecidos en el Titulo XI de los Estatutos de la UNANLeón , la Secretaría General, extenderá Certificación del
presente Acuerdo para su inscripción en La Oficina de
Registro Académico y ulterior publicación en La Gaceta,
2955
138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
24-7-96
CERTIFICACION
Diario Oficial, a instancia y por cuenta del solicitante".
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintidos días del mes de Mayo de mil novecientos
noventa y seis.- Luis Hernández León, Secretario
General.- a. i.
El Suscrito, Secretario General de la Universidad
Nacional Autónoma de Nicaragua León ( UNAN - León
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, León hace
constar que la presente Certificación fue inscrita bajo el
Acta No. 452, página No. 370 y Tomo No. II, del Libro de
Incorporación de Títulos en el extranjero que lleva la
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. León, 4
de Junio de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno. Director.
Que en Sesión Ordinaria No. 137 del Consejo
Universitario del veinte de Mayo de mil novecientos . noventa
y seis adoptó el Acuerdo que integra y literalmente dice:
Reg. No. 3547 - R/F 479048 - Valor C$ 45.00
CERTIFICACION
El Suscrito, Secretario General de la Universidad
Nacional Autónoma de Nicaragua-León (UNAN-León).
Certifica:
Que en Sesión Ordinaria No. 137 del Consejo
Universitario del veinte de Mayo de mil novecientos noventa
y seis, adoptó el Acuerdo que íntegra y literalmente dice:
1.- "El Consejo Universitario aprueba: A.- La
solicitud de Incorporación Profesional del Doctor Vicente
Jorge Ortega Suárez, de nacionalidad Cubana, y en
consecuencia se le declara legalmente válido e incorporado
en Nicaragua, el Título de Doctor en Medicina, obtenido en
la Universidad de La Habana, Cuba, el día 15 de Marzo de
1976, previo cumplimiento de los requisitos y procedimiento
establecidos en el Título XI de los Estatutos de la UNANLEON, la Secretaría General, extenderá Certificación del
presente Acuerdo para su inscripción én La Oficina de
Registro Académico y ulterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial, a instancia y por cuenta del solicitante".
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintidos días del mes de Mayo 'le mil novecientos
noventa y seis.- Luis Hernández León, Secretario
General.- a. i.
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, León hace
constar que la presente Certificación fue inscrita bajo el
Acta No. 451, página No. 369 y Tomo II, del Libro de
Incorporación de Títulos obtenidos en el extranjero que
lleva la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.
León, 4 de Junio de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno.
Director.
Reg. No. 3548 - R/F 479049 - C$ 45.00
Certifica :
El consejo Universitartio aprueba : D.- La
5.Solicitud de Incorporacion Profesional de la Doctora Amelia
de la Caridad Moronta Rivera, de nacionalidad Cubana,
y en consecuencia se le declara legalmente válido e
incorporado en Nicaragua, el Título de Doctora en
Medicina, obtenido en el Instituto Superior de Ciencias
Médicas de la Habana, Cuba, el día 20 de Agosto de 1990,
previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el
Título.XI de los Estatutos de la UNAN- León, la Secretaría
General, extenderá Certificación del presente Acuerdo
para su inscripción en la Oficina de Registro Académico
y ulterior publicación en la Gaceta, Diario Oficial, a instancia
y por cuenta del solicitante "
Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintidós días del mes de mayo de mil
novecientos noventa y seis.- Luis Hernández León
Secretario General.-a.i.
El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, León hace
constar que la presente certíficación, fue inscrita bajo el
Acta No. 448, Página No. 366, y Tomo No. II del Libro de
Incorporación de Títulos obtenidos en el extranjero que
lleva la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua,
León , 27 de Mayo de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno,
Director.SECCION JUDICIAL
CITACION DE PROCESADOS
No.1332
Por una vez cito y emplazo al procesado: Roberto
Gaitán, Frank Gaitán, Eduardo Balladares, de este
domicilio en sendero de Luz 4 1/2 cuadra al sur, 1/2 arriba,
1/2 al sur, 1/2 arriba. Para que comparezca a este Juzgado
Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de
nueve días contados a partir de que salga publicado el
presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de
Amenazas-Lesiones, en perjuicio de: Angel Nerry
Altamirano Espinoza, bajo el apercibimiento de si no lo
hace, se le declarará rebelde y se le nombrará Abogado
Defensor de oficio.-
2956
24-7-96
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Se le recuerda a las autoridades civiles y militares
138
hace, se le declarará rebelde y se le nombrad Abogado
Defensor de oficio.-
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, diez de Junio de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez.
Juez Octavo Local del Crimen de Managua.-
Se le recuerda a las autoridades civiles y militares
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, seis de Marzo de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez,
Juez Octavo Local del Crimen de Managua.-
No.1333
Por una vez cito y emplazo al procesado: Otto
Abraham Morales López, de este domicilio en Villa San
Jacinto de la venta la Abuela 1/2 al sur Casa C-12-34. Para
que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen
de Managua, en el término de nueve días contados a partir
de que salga publicado el presente edicto, a rendir
declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en
su contra por el delito de Lesiones, en perjuicio de: Mike
Enrry Amador Macoy, bajo el apercibimiento de si no lo
hace, se le declarará rebelde y se le nombrad Abogado
Defensor de oficio.-
No.1336
Por una vez cito y emplazo al procesado: Roberto
Carlos Cruz, de este domicilio en Termina de la Ruta 111
2 c. al Surt, 1/2 c. arriba. Para que comparezca a este
Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el
término de nueve días contados a partir de que salga
publicado el presente edicto, a rendir declaración
indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por
el delito de Robo con Fuerza y Amenazas de Muerte, en
perjuicio de: Félix Antonio Vado Méndez, bajo el
apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y
se le nombrará Abogado Defensor de oficio.-
Se le recuerda a las autoridades civiles y militares
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, diez de Junio de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez,
Juez Octavo Local del Crimen de Managua.-
Se le recuerda a las autoridades civiles y militares
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, veinticinco de Marzo de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez,
Juez Octavo Local del Crimen de Managua.-
No.1334
Por una vez cito y emplazo al procesado: Luis
Ernesto Obando Machado, de este domicilio en
Desconocido. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de nueve
días contados a partir de que salga publicado el presente
edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la
causa seguida en su contra por el delito de Lesiones, en
perjuicio de: Martha del S. López Cortéz'-..
No.1337
Por una vez cito y emplazo al procesado: Mario
José Sánchez Gutiérrez, de este domicilio en B° René
Polanco Villares Montefresco 4 c. al lago c. y media arriba.
Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del
Crimen de Managua, en el término de nueve días contados
a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir
declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en
su contra por el delito de Desacato a la autoridad, en
perjuicio de: Socorro Alemán García, bajo el
apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y
se le nombrará Abogado Defensor de oficio.-
Bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le
declarad rebelde y se le nombrad Abogado Defensor de
oficio.- Se le recuerda a las autoridades civiles y militares
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, 'quince de Marzo de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez,
Juez Octavo Local del Crímen de Managua.No.1335
Por una vez cito y emplazo al procesado: Karla V.
Saavedra Molina y Meylun E. Saavedra Muñoz, de este
domicilio en Villa Venezuela Casa 51, grupo b, anden 5 de
la Iglesia Cato Madre de Dios una y media al sur Managua.
Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del
Crímen de Managua, en el término de nueve días contados
a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir
declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en
su contra por el delito de Lesiones, en perjuicio de: Gloria
del Carmen Montano, bajo el apercibimiento de si no lo
Se le recuerda a las autoridades civiles y militares
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, siete de Marzo de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez,
Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No1338
Por una vez cito y emplazo al procesado: José
Estebán Reyes Vado, de este domicilio en Desconocida.
al lago c. y media arriba. Para que comparezca a este
Juzgado Octavo Local del Crímen de Managua, en el
término de nueve días contados a partir de que salga
publicado el presente edicto, a rendir declaración
2957
24-7-96
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por
el delito de Lesiones, en perjuicio de: Auxiliadora Delgado
A., bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarará
rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de oficio.Se le recuerda a las autoridades civiles y militares
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, Diecinueve de Febrero de
mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios
Pérez, Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No. 1339
Por una vez cito y emplazo al procesado: Doris
González, de este domicilio en B° Niños Martinres de
Ayapal, Manzana C.. Para que comparezca a este
Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el
término de nueve días contados a partir de que salga
publicado el presente edicto, a rendir declaración
indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por
el delito de Lesiones, en perjuicio de: Leonor del Socorro
Castillo.
Bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le
declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de
oficio.Se le recuerda a las autoridad« civiles y militares
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, Diecinueve de Marzo de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez,
Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No 1340
Por vez primera cito y emplazo al procesado Roy
Díaz Hidalgo, quien está siendo procesado por el delito de
Lesiones Dolosas en perjuicio de Pablo Omar Jérez
Quezada, para que en el término de quince días comparezca
a defenderse de la causa que se le sigue.
Bajo apercibimiento de declararlo rebelde,
nombrarle abogado defensor de oficio, elevar la causa a
plenario y abrir a pruebas la causa como si estuviere
presente. Se les recuerda a las autoridades la obligación
de capturarlo en el lugar donde se encuentre y a los
particulares la denunciar el lugar donde esté oculto.
Dado en el Juzgado Séptimo de Distrito del Crimen
de Managua, a los veintidos días del mes de Marzo de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Silvia Rosales Bolaños,
Juez Séptimo de Distrito del Crimen de Managua.No1341
Por primera vez cito y emplazo al procesado
Eduardo José Orozco Hernández, quien está siendo
procesado por el supuesto delito de Huno en perjuicio de
138
José Antonio Velásquez Canela, para que dentro del término
de quince días comparezca a defenderse en la causa que
se le sigue en su contra.
Bajo apercibimiento de declararlo rebelde,
nombrarle defensor de oficio, elevar la causa a plenario y
abrir a pruebas como si estuviere presente.Se le recuerda a las autoridades la obligación de
capturarlo en el lugar donde se encuentre y a la de los
particulares la de denunciar el lugar donde esté oculto.Dado en el Juzgado Séptimo de Distrito del Crimen de
Managua, a los veintidos días del mes de Marzo de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Silvia Rosales Bolaños,
Juez Séptimo de Distrito del Crimen de Managua.No1342
Por primera vez cítese al procesado Eduardo
Miguel Alemán Toledo, para que dentro del término de
quince días comparezca al local de este Juzgado a
defenderse de la causa que se le sigue por el delito de Hurto
con confianza en perjuicio de María Ofelia Toruño Mondes, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y elevar la
causa a plenario y nombrarle defensor de oficio si no
comparece.
Se recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y al referido procesado y a los
particulares de denunciar el lugar donde se oculte.Dado en la ciudad de Managua a los doce días del
mes de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Juzgado
Cuarto de Distrito del Crimen de Managua.- Dra. Ana
Clemencia Corea Ocón, Juez Cuarto de Distrito del Crimen
de Managua.No1343
Por única vez cito y emplazo al procesado César
Augusto Guevara Pérez, para que en el término de nueve
días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de
causa que se le sigue por el delito de Robo con Fuerza, en
perjuicio de José Santos Pavón Guzmán, nombresele
defensor de oficio si no comparece, abrir a prueba la
presente causa y la sentencia que sobrecaíga surtan los
mismos efectos como si estuviera presente.
Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar
donde se oculte.Dado en la ciudadd de Managua a los dos días del
mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.- Sheyla
Delgado Medrano, Juez Tercero Local del Crimen de
Managua.- Suplente por la Ley.No 1344
Por única vez cito y emplazo al procesado Danilo
José Rodríguez Fernández, para que en el término de
2958
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138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a
defenderse de causa que se le sigue por el delito de Hurto
con Abuzo de Confianza, en perjuicio de José Santos
Sandoval Castillo, nombresele defensor de oficio si no
comparece, abrir a prueba la presente causa y la sentencia
que sobrecaíga surtan los mismos efectos como si estuviera
presente.
Por única vez cito y emplazo al procesado Sipriano
Rojas Quintero, para que en el término de nueve días,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de
causa que se le sigue por el delito de Amenazas de Muerte,
en perjuicio de Claudia Nolberta Espinoza Lira, nombresele
defensor de oficio si no comparece, abrir a prueba la
presente causa y la sentencia que sobrecaíga surtan los
mismos efectos como si estuviera presente.
Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar
donde se oculte.-
Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar
donde se oculte.- Dado en la ciudad de Managua a los dos
Dado en la ciudadd de Managua a los dos días del
días del mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.- Sheyla
Sheyla Delgado Medrano, Juez Tercero Local del Crímen
Delgado Medrano, Juez Tercero Loca! del Crimen de de Managua.- Suplente por la Ley.Managua.- Suplente por la Ley.-
No 1345
Por única vez cito y emplazo al procesado José
Domingo Solorzano Padilla, para que en el término de
nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a
defenderse de causa que se le sigue por el delito de Robo
con Violencia, en perjuicio de Oscar Silva Vásquez,
nombresele defensor de oficio si no comparece, abrir a
prueba la presente causa y la sentencia que sobrecaíga
surtan los mismos efectos como si estuviera presente.
No .1348
Por única vez cito y emplazo al procesado:
Hernaldo José Rivera Obando, para que en el término de
nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a
defenderse en causa que se le sigue en su contra por el
presunto autor del
delito de: Usurpación de Títulos, en
perjuicio de Cuerpo de Bomberos. De no hacerlo estará
bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, nombrarle
defensor de oficio y la sentencia que sobre él recaiga surta
todos los efectos como si estuviera detenido.-
Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar
donde se oculte.-
Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el
lugar donde se oculte.
Dado en la ciudadd de Managua a los dos días del
mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.- Sheyla
Delgado Medrano, Juez Tercero Local del Crímen de
Managua.- Suplente por la Ley.-
Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del
mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra.
Julia Mayorga Solórzano.- Sria.- Dra. Julia Mayorga
Solorzano, Juez Primero Local del Crímen.-
No 1346
Por única vez cito y emplazo al procesado Marlon
Antonio Rosales Díaz, para que en el término de nueve
días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de
causa que se le sigue por el delito de Robo con Violencia y
Lesiones, en perjuicio de Marlon ¡Antonio Dávila
Guadamuz, nombresele defensor de oficio si no
comparece, abrir a prueba la presente causa y la sentencia
que sobrecaíga surtan los mismos efectos como si estuviera
presente.
No 1349
Por única vez cito y emplazo al procesado: Héctor
Francisco Sampson Enriquez, para que en el término de
nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a
defenderse en causa que se le sigue por el delito de:
Usurpación de Títulos, en perjuicio de Cuerpo de Bomberos.
De no hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado
rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que
sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera
detenido.-
Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar
donde se oculte.-
Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el
lugar donde se oculte.
Dado en la ciudadd de Managua los dos días del
mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.- Sheyla
Delgado Medrano, Juez Tercero Local del Crímen de
Managua.- Suplente por la Ley.-
Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del
mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra.
Julia Mayorga Solorzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga
Solorzano, Juez Primero Local del Crímen.-
N o1347
No1350
2959
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
24-7-96
Por única vez cito y emplazo al procesado:
Humberto Gaitán García, para que en el término de nueve
días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en
causa que se le sigue por el delito de: Estafa, en perjuicio
de Javier Ernesto Pérez Peralta.
De no hacerlo estará bajo apercibimiento de ser
declarado rebelde, nombrarle defensor .de oficio y la
sentencia que sobre él recaiga surta todos los efectos como
si estuviera detenido.Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el
lugar donde se oculte. Dado en la ciudad de Managua, a
los 4 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y
cinco.- (F) I5ra. Julia Mayorga Solorzano.- Sria.- ilb.- Dra.
Julia Mayorga Solorzano, Juez Primero Local del Crimen.-
138
Por única vez cito y emplazo al procesado: Rafael
Montenegro Guillen, para que en el término de nueve días,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en
causa que se le sigue por el delito de: Usurpación de Título,
en perjuicio de Cuerpo de Bomberos. De no hacerlo estará
bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, nombrarle
defensor de oficio y la sentencia que sobre él recaiga surta
todos los efectos como si estuviera detenido.Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen
de capturarlo y a los particulares el de denunciar el lugar
donde se oculte.
Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del mes
de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra. Julia
Mayorga Solórzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga
Solorzano, Juez Primero Local del Crimen.-
N o1351
Por única vez cito y emplazo al procesado: Alberto
Bustamante Orozco, para que en el termino de nueve días,
comparezca al local de éste Juzgado e defenderse en
causa que se le sigue por el delito de: Usurpación y otros
delitos, en perjuicio de Cuerpo de Bomberos. De no
hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado
rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que
sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera
detenido.-
No.1354
Por única vez cito y emplazo al procesado: Hanne
Schwarzaberger, para que en el término de nueve días,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en
causa que se le sigue por el delito de: Usurpación de Título,
en perjuicio de Cuerpo de Bomberos de Managua. De no
hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado
rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que
sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera
detenido. -
Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el
lugar donde se oculte. Dado en la ciudad de Managua, a
los 4 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y
cinco.- (F) Dra. Julia Mayorga Solórzano.- Sria.- ilb.- Dra.
Julia Mayorga Solórzano, Juez Primero Local del Crimen.-
Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el
lugar donde se oculte.
No1352
Por única vez cito y emplazo al procesado: Francisco Peña Rodríguez, para que en el :término de nueve
días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en
causa que se le sigue por el delito de: Usurpación de Títulos,
en perjuicio de Cuerpo de Bomberos de Managua . De no
hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado
rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que
sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera
detenido. Se les recuerda a las autoridades la obligación que
tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el
lugar donde se oculte.
Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del
mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra.
Julia Mayorga Solórzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga
Solorzano, Juez Primero Local del Crímen.No.1353
Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del mes
de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra. Julia
Mayorga Solorzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga
Solórzano, Juez Primero Local del Crimen.No.1355
Por una vez cito y emplazo al procesado: José
Nicolas Ñamendez Jímenes, de este domicilio en Finca
Cooperativa José Sebastian Espinales. Para que
comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de
Managua, en el término de nueve días contados a partir de
que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración
indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por
el delito de Amenazas, en perjuicio de: Danilo Antonio
Jarquín U.
Bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le
declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de
oficio.Se le recuerda a las autoridades civiles y militares
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, cuatro de Junio de mil
2960
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LA GACETA - DIARIO OFICIAL
novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez,
Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No.1356
Por una vez cito y emplazo al procesado: Nestor
Navarro García, de este domicilio en Villa Libertadad del
Mini Mercado 24 horas una cuadra al sur. Para que
comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de
Managua, en el término de nueve días contados a partir de
que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración
indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por
el delito de Daños a la Propiedad, en perjuicio de: Argentina
Morales Carrión.
Bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le
declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de
oficio.- Se le recuerda a las autoridades civiles y militares
así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen
de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario
Oficial La Gaceta.- Managua, diez de Junio de mil
novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez,
Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No.1357
Por unica vez cito y emplazo al procesado José
Luis Peralta Palacios, para que dentro del término de nueve
días contados a la fecha de esta publicación, comparezca
al local de este Juzgado a defenderse de la causa que se le
sigue por el delito de Lesiones, cometido en perjuicio de
Manuel Martín Espinales Avellán. Si no comparece
nombrarle defensor de oficio, abrir a pruebas la presente
causa y la sentencia que sobre él recaiga surta los mismos
efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta .
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua Seis de Junio de mil novecientos noventa y seis.Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez Séptimo Local del
Crimen.No.1358
Por unica vez cito y emplazo al procesado Moises
Vanegas, para que dentro del término de nueve días contados
a la fecha de esta publicación, comparezca al local de este
Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el
delito de Lesiones Graves, cometido en perjuicio de
Margen Corea López. Si no comparece nombrarle
defensor de oficio, abrir a pruebas la presente causa y la
sentencia que sobre él recaiga surta los mismos efectos
como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.-
138
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintiocho de Mayo de mil novecientos noventa
y Seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez Séptimo Local
del Crímen.No.1359
Por única vez, cito y emplazo al procesado Jairo
Antonio Berrios Vásquez, para que dentro del término de
nueve días contados a la fecha de ésta publicación,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la
causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido
en perjuicio de Georgina Navarrete y Jamileth Navarrete.
Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a
prueba% la presente causa y la sentencia que sobre él
recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere
presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintiuno de Junio de mil novecientos noventa
y seis Enmendado Jairo Vásquez -vale .- Lic. Rafaela
Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crimen.No .1360
Por única vez, cito y emplazo al procesado Félix
Gutiérrez, para que dentro del término de nueve días
contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al
local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le
sigue por el delito de: Amenazas de Muerte, cometido en
perjuicio de Miguel Mejía Mercado. Si no comparece
nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente
causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos
efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crímen de
Managua.- Veinticuatro de Junio de mil novecientos
noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo.
Local del Crimen.No.1361
Por única vez, cito y emplazo al procesado Javier
Plata Maradiaga, para que dentro del término de nueve
días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca
al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le
sigue por el delito de: Amenazas, cometido en perjuicio de
Argentina Cerda y Enrique Guadamuz. Si no comparece
nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente
causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos
efectos como si estuviere presente.
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138
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
Flor de María Taleno González. Si no comparece nombrarle
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos
como si estuviere presente.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintiseis de Junio de mil novecientos noventa
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
Cr ímen
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
No.1362
Por única vez, cito y emplazo al procesado Erasmo
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
Urbina, para que dentro del término de nueve días contados
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste
Crímen
Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el
No.1365
delito de: Daños y Amenazas de Muerte, cometido en
Por única vez, cito y emplazo al procesado Daniel
perjuicio de Santos Inés Urbina Jarquín. Si no comparece
nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente
Alfonso Castillo Mairena y Ruth Solorzano, para que
causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos
dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta
efectos como si estuviere presente.
publicación, comparezca al local de éste Juzgado a
defenderse de la causa que se le sigue por el delito de:
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
Lesiones, cometido en perjuicio de Natalia Margarita
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
Solorzano. Si no comparece nombrarle defensor de oficio,
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre
él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
presente.
Managua.- Veintiseis de Junio de mil novecientos noventa
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
Crimen.-
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
No.1363
Por única vez, cito y emplazo al procesado
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Gregorio Morales, para que dentro del término de nueve
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le
Cr ímen.-
sigue por el delito de: Amenazas de Muerte y Exposición
No.1366
de Personas al peligro, cometido en perjuicio de Johana de
los Angeles Gutiérrez Quintero. Si no comparece
Por única vez, cito y emplazo al procesado Oscar
nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente
Obando García, para que dentro del término de nueve días
causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos
contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al
efectos como si estuviere presente.
local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le
sigue por el delito de: Robo con Fuerza, cometido en
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
perjuicio de Sandra María Canales Estrada. Si no
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta
los mismos efectos como si estuviere presente.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintiseis de Junio de mil novecientos noventa
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
Crimen.-
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
No.1364
Por única vez, cito y emplazo al procesado Juana
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
Hernández Quintero y Mercedes Mercado Hernández,
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
para que dentro del término de nueve días contados a la
Crímen.-
fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste
Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el
No.1367
delito de: Violacion de Domicilio, cometido en perjuicio de
Por única vez, cito y emplazo al procesado Juan
2962
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LA GACETA - DIARIO OFICIAL
José Rodríguez Mejía, para que dentro del término de
nueve días contados a la fecha de esta publicación,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la
causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido
en perjuicio de Elsa Ivania Chavarria Gaitln. Si no
comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas
la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta
los mismos efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crímen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
Crímen.-
No.1368
Por única vez, cito y emplazo al procesado José
Bladimir Morales Bladaceda, para que dentro del término
de nueve días contados a la fecha de ésta publicación,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la
causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido
en perjuicio de Claudia Lorena Mendoza Sánchez. Si no
comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas
la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta
los mismos efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Macla Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
C rimen . -
No.1369
Por única vez, cito y emplazo al procesado Eduardo
Antonio López García, para que dentro del término de
nueve días contados a la fecha de ésta publicación,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la
causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido
en perjuicio de Ada del Socorro García Centeno. Si no
comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas
la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta
los mismos efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
138
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
Crímen.No.1370
Por única vez, cito y emplazo al procesado Carlos
Fernández, para que dentro del término de nueve días
contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al
local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le
sigue por el delito de: Hurto con Abuso de Confianza,
cometido en perjuicio de Mirza Victoria Morales Espinoza.
Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a
pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él
recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere
presente..
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
Crimen . -
No.1371
Por única vez, cito y emplazo al procesado Carlos
Salina Quiroz, para que dentro del término de nueve días
contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al
local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le
sigue por el delito de: Acoso Sexual y Amenazas, cometido
en perjuicio de Jakqueling Bonilla Téllez. Si no comparece
nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente
causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos
efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crímen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
Crímen . -
No.1372
Por única vez, cito y emplazo al procesado Pedro
Alberto Hernández Estradas, para que dentro del término
de nueve días contados a la fecha de ésta publicación,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la
causa que se le sigue por el delito de: Daños, cometido en
perjuicio de Eveling del, Socorro Gutiérrez Ramírez. Si no
comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas
la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta
los mismos efectos como si estuviere presente.
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24-7-96
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
Crimen.-
No.1373
Por única vez, cito y emplazo al procesado Yolanda
Tijerino de Prado, para que dentro del término de nueve
días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca
al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le
sigue por el delito de: Hurto, cometido en perjuicio de
William Ricardo Gurdian Lara. Si no comparece nombrarle
defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la
sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos
como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
Crímen
.
No.1374
Por única vez, cito y emplazo al procesado Jorge
David López Alemán, para que dentro del término de
nueve días contados a la fecha de ésta publicación,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la
causa que se le sigue por el delito de: Robo con fuerza,
cometido en perjuicio de Olga María, López. Si no
comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas
la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta
los mismos efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, ya los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
Crímen. -
No.1375
Por única vez, cito y emplazo al procesado
Wilfredo Romero Méndez, para que dentro del término de
nueve días contados a la fecha de ésta publicación,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la
causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido
en perjuicio de Nohemi del Carmen González Méndez. Si
138
no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas
la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta
los mismos efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
C rimen. -
No.1376
Por única vez, cito y emplazo al procesado Darling
Karolina Morales Martínez, para que dentro del término de
nueve días contados a la fecha de ésta publicación,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la
causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido
en perjuicio de Karen Patricia López Valverde. Si no
comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas
la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta
los mismos efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
C r ím en . -
No.1377
Por única vez, cito y emplazo al procesado William
Mauricio Marquez Centeno, para que dentro del término
de nueve días contados a la fecha de ésta publicación,
comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la
causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido
en perjuicio de Mima del Socorro Mora Guadamuz. Si no
comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas
la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta
los mismos efectos como si estuviere presente.
Se recuerda a las autoridades, la obligación que
tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los
particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.
Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de
Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa
y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del
Crimen. -
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