MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Transcrição

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
2007ko azaroaren 23a, ostirala
13621
REG.
T./IDENTIF.
RAZÓN SOCIAL/NOMBRE
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07 280362884973
07 301013502683
07 360066990240
07 480100773662
07 480100773662
07 481023268768
07 011006903430
07 011007250610
07 011008488671
07 011008803923
07 011008900014
07 011008924868
07 011009017525
07 011009098660
07 011009222942
07 011009287711
07 011009287711
07 011009287711
07 011009287711
07 011009289832
07 011009289933
07 011009886986
07 011010081289
07 011010238311
07 011010296915
07 011010309645
07 011010405029
07 011010729775
07 011011001173
07 011011050784
07 011011062609
07 011011443737
07 011011795260
07 011011795462
07 011011797280
07 011011810115
07 011011810721
07 011011812539
07 011011816074
07 011011820421
07 011011828202
07 011011839720
07 011011865079
07 011012120515
07 011012120616
07 011012120818
07 011012122838
07 011012123949
07 011012147995
07 011012194576
07 011012194576
07 090032895735
07 101010443778
07 250033767676
07 261008047008
07 261008805224
07 261010571533
07 261010783317
07 281112102613
07 311005269084
07 501018651637
07 421001789533
07 021014866508
SERRANO PRIETO JULIO MAR
EL HOUSINE --- ZANNOUTI
MANJON ALEMAN AMPARO
ZALDIVAR HIERRO JOSU MIR
ZALDIVAR HIERRO JOSU MIR
CASILLAS IÑIGO GLORIA
RAMOS DEUS LUIS MIGUEL
CARVALHO DINIS PEDRO MAN
ALVES --- JOAO BAPTISTA
SALGADO LOPES ALBERTO MA
ALVES DA SILVA ADERITO
AUGUSTO RIBEIRO ALBINO
GARCIA ALVES JOSE AUGUST
CORREIA MENDES NUNO FILI
VIEIRA BRAS HUMBERTO REN
RIBEIRO MONTEIRO DANIEL
RIBEIRO MONTEIRO DANIEL
RIBEIRO MONTEIRO DANIEL
RIBEIRO MONTEIRO DANIEL
MONTEIRO --- HENRIQUE AU
BRAGA ANJOS PEDRO JUSTIN
OLIVEIRA DE ALMEIDA JOSE
CARDOSO DIAS ANTONIO
CORREIA DA ANUNCIACAO NE
DOS SANTOS VIEIRA FERNAN
PEREIRA FONSECA ARMINDO
NUNES ARADEIRAS DOMINGOS
UNGUREAN --- ILIE
DA CUNHA PINTO HORACIO M
TORRE ALVES DE PASSOS LI
RAMOS RODRIGUES RAIMUNDO
MOUTINHO GAMA TIAGO MANU
QUEIMADO DAS NEVES CHEST
FERREIRA COSTA JORGE MAN
PINTO FERREIRA ANTONIO J
ALMEIDA ALVES DE OLIVEIR
LOPES CUBA JOAO PAULO
DOS SANTOS PAIS ANTERO S
OLIVEIRA DA SILVA NUNO F
TEIXEIRA RAMOS PAULO RIC
VIEIRA ONOFRE VASCO RAFA
GOMES DOS SANTOS RUI FEL
CARNEIRO GONCALVES ALFRE
OLIVEIRA DOS SANTOS JOSE
TEIXEIRA E PINHO JORGE M
TEIXEIRA E PINHO JOSE CA
FERNANDES ESPADA ANTONIO
FERREIRA DE ALMEIDA VIRG
MARCHUK --- VASYL
MARTINS OLIVEIRA MANUEL
MARTINS OLIVEIRA MANUEL
AUGUSTO DOS SANTOS DOMIN
RIBEIRO MONTEIRO FERNAND
FRAMIL BARREIRO MIGUEL
DE CAMPOS NUNES FERNANDO
TAVARES VENTURA COELHO J
NUNES DE SOUSA JOAO JOAQ
RIBEIRO MONTEIRO VALDEMA
DE ASCENCAO GOMES SILVIO
SANTOS SECA EDUARDO AUGU
GONCALVES DE SOUSA JOAQU
DA GRACA SERRANO CARLOS
SANCHEZ --- SOL YANETH
ALHAO
138
DIRECCIÓN
CL MORILLAS 13
CL LOS HERRAN 21
CL GERNIKAKO ARBOLA
CL LOS PASTORES 6
CL LOS PASTORES 6
CL BENITO GUINEA 4
CL BASILIO ARMENDARI
CL SANCH0 ABARCA 10
CL SANCHO ABARCA 10
CT NAVARIDAS-BOD.L.A
CL SIN SEÑAS
CL PAGANOS -AYESA 92
CL SANCHO ABARCA-TOR
CT ELCIEGO (BODEGAS
CL ARANA 30
CL SUR-M.P. CAMPINUN
CL SUR-M.P. CAMPINUN
CL SUR-M.P. CAMPINUN
CL SUR-M.P. CAMPINUN
CL SUR-M.P.CAMPINUN
CL SUR CAMPINUN 17
CL ARANA 30
CL TORREA-MARQUES DE
CL SIN SEÑAS
CL SIN SEÑAS
CL SIN SEÑAS
CL CAMINO DE LA HOYA
CL MAYOR 19
CL SIN SEÑAS
CT EL CIEGO
CL SIN SEÑAS
CT LOGROÑO S/N
CL UNICA 1
CL UNICA 1
CL FRANCIA 25
CL LA LIBERTAD 5
CL LA LIBERTAD 5
CL CAMINO DE BAÑOS 5
CL CAMINO DE BAÑOS 5
CL LA LIBERTAD 70
CL UNICA 1
CL UNICA
CT DE VIANA KM.1
CL CAMINO DE BAÑOS 5
CL CAMIN O BAÑOS 5
CL CAMINO DE BAÑOS 5
CL VILLABUENA 9
CR VILLABUENA 9
CL ARANA 30
CL TORRES 1
CL TORRES 1
CL SANCHO ABARCA (TO
CL 06 PLAZA 6
CT LOGROÑO
CL SANCHO ABARCA 10
CL CAMINO DE BAÑOS 5
CL TEJERIAS 7
CL SUR-M.P.CAMPINUN
CL BARRIOBUSTO
CL HOSPITAL 1
CL CAMINO DE LA MOYA
CL SANTO CRISTO
CL SARRIBEL 32
Viernes, 23 de noviembre de 2007
BOTHA
C.P.
POBLACIÓN
TD
NÚM.PROV.APREMIO
PERIODO
IMPORTE
01428
01002
01010
01230
01230
01003
01340
01300
01300
01300
01306
01300
01300
01300
01002
01322
01322
01322
01322
01322
01322
01002
01340
01118
01300
01300
01300
01213
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01306
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01300
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01340
01002
01002
01002
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01002
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01300
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01340
01340
01340
01340
01002
01340
01340
01300
01322
01320
01300
01340
01306
01322
01320
01340
01300
01117
01130
MORILLAS
VITORIA GASTEIZ
VITORIA GASTEIZ
IRUÑA DE OCA
IRUÑA DE OCA
VITORIA GASTEIZ
ELCIEGO
LAGUARDIA
LAGUARDIA
LAGUARDIA
LAPUEBLA DE
LAGUARDIA
LAGUARDIA
LAGUARDIA
VITORIA GASTEIZ
YECORA IEKOR
YECORA IEKOR
YECORA IEKOR
YECORA IEKOR
YECORA IEKOR
YECORA IEKOR
VITORIA GASTEIZ
ELCIEGO
LAGRAN
LAGUARDIA
LAGUARDIA
LAGUARDIA
COMUNION CAP
ELCIEGO
LAPUEBLA DE
ELCIEGO
LAGUARDIA
ELCIEGO
ELCIEGO
VITORIA GASTEIZ
VITORIA GASTEIZ
VITORIA GASTEIZ
ELCIEGO
ELCIEGO
VITORIA GASTEIZ
ELCIEGO
LAGUARDIA
MOREDA DE AL
ELCIEGO
ELCIEGO
ELCIEGO
ELCIEGO
ELCIEGO
VITORIA GASTEIZ
ELCIEGO
ELCIEGO
LAGUARDIA
YECORA IEKOR
OYON OION
LAGUARDIA
ELCIEGO
LAPUEBLA DE
YECORA IEKOR
OYON OION
ELCIEGO
LAGUARDIA
ORBISO
MURGUIA CAPI
03
03
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03
03
03
03
01 2007 011625533
01 2007 011590975
01 2007 011592591
01 2007 011599867
01 2007 011599968
01 2007 011628260
01 2007 011525503
01 2007 011525604
01 2007 011526109
01 2007 011526513
01 2007 011526715
01 2007 011526816
01 2007 011527018
01 2007 011527220
01 2007 011518328
01 2007 011527826
01 2007 011527927
01 2007 011528028
01 2007 011528129
01 2007 011528230
01 2007 011528331
01 2007 011518530
01 2007 011529139
01 2007 011518833
01 2007 011529644
01 2007 011529846
01 2007 011530654
01 2007 011531058
01 2007 011531563
01 2007 011532068
01 2007 011532169
01 2007 011532472
01 2007 011533583
01 2007 011533684
01 2007 011520045
01 2007 011520146
01 2007 011520247
01 2007 011533785
01 2007 011533886
01 2007 011520348
01 2007 011533987
01 2007 011534088
01 2007 011534189
01 2007 011534896
01 2007 011534900
01 2007 011535001
01 2007 011535102
01 2007 011535203
01 2007 011520752
01 2007 011535809
01 2007 011535910
01 2007 011536415
01 2007 011536920
01 2007 011537728
01 2007 011538132
01 2007 011538435
01 2007 011539445
01 2007 011539546
01 2007 011540859
01 2007 011541263
01 2007 011543081
28 2007 041807029
02 2007 013192422
0407 0407
0407 0407
0407 0407
0307 0307
0407 0407
0407 0407
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0307 0307
0307 0307
0307 0307
1106 1106
0107 0107
0207 0207
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0207 0207
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0307 0307
0407 0407
286,55
286,55
286,55
286,55
286,55
286,55
91,87
91,87
91,87
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91,87
82,68
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11,62
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21,43
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27,56
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91,87
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21,43
91,87
91,87
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91,87
21,43
91,87
91,87
91,87
91,87
286,55
•••
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Dirección Provincial de Álava
7913
Acuerdo inicio de procedimiento de recargo por falta de
medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
D.ª Alicia Rodríguez Inchaurregui, como titular de la Dirección
Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Álava
Hago Saber: Que en esta Dirección Provincial a mi cargo se
siguen actuaciones en materia de falta de medidas de seguridad e
higiene en el trabajo, con el expediente nº 07/074 y relativas a la
empresa YESOS Y MORTEROS ARABA S.C., en las cuales se ha
realizado escrito de iniciación y alegaciones cuyo encabezamiento y
parte dispositiva es la que sigue:
Esta Dirección Provincial, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 1.1-e del Real decreto 1300/1995, de 21 de julio (BOE de
19 de agosto de 2005), y a la vista de los siguientes
2007ko azaroaren 23a, ostirala
ALHAO
138
HECHOS
- El día 1-3-07 la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad
Social de Álava envió a esta Dirección Provincial un informe en el
que se indica que la empresa Yesos y Morteros Araba S.C. ha
incumplido las medidas reglamentarias de seguridad e higiene en el
trabajo, en relación con el accidente laboral sufrido el 18-7-06 por el
trabajador J. M. Osorio Tamayo, con número de afiliación 01/10107994/93.
- Como consecuencia de ese incumplimiento, la citada
Inspección ha propuesto que todas las prestaciones económicas
derivadas de dicho accidente sean incrementadas en un 40%, con
cargo a dicha empresa.
- Asimismo, la Inspección Provincial de Trabajo ha considerado
la responsabilidad solidaria de la empresa Arabako Lanketa S.L.
sobre el citado recargo, por su condición de contratista principal.
FUNDAMENTOS LEGALES
- Artículo 1.1-e del Real decreto 1300/1955, de 21 de julio (BOE
de 19 de agosto de 2005).
- Artículo 123 del Texto refundido de la Ley general de la
Seguridad Social, aprobado por Real decreto legislativo 1/1994, de
20 de junio (BOE del día 29).
ACUERDA
Iniciar e instruir un expediente con el fin de determinar si procede
la declaración de las empresas Yesos y Morteros Araba S.C. y Arabako Lanketa S.L. como responsables directa y solidaria respectivamente de un recargo por falta de medidas de seguridad e higiene
en el trabajo sobre las prestaciones derivadas del accidente laboral
sufrido el 18-7-06 por el trabajador J. M. Osorio Tamayo.
Asimismo, y por ser parte interesada en el expediente que se ha
iniciado, le remitimos una copia de la propuesta formulada para que,
a la vista de la misma, y en plazo de los 15 días siguientes al de la
recepción de este escrito, pueda formular en esta Dirección Provincial
cuantas alegaciones estime oportunas, según lo dispuesto en el
artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre régimen
jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE
de 27 de noviembre de 1992 y 14 de enero de 1999 respectivamente).
Y para que sirva de notificación al amparo de lo que establece
el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 noviembre, sobre Régimen Jurídico
de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, dado que ha resultado fallido el intento de notificación, por
lo que se expide el presente Edicto para su inserción en el Boletín Oficial
del Territorio Histórico de Álava, a la vez que su exposición en los
tablones de anuncios de esta Entidad Gestora y del Ayuntamiento de
Vitoria.
Vitoria-Gasteiz, 16 de noviembre de 2007.– La Directora
Provincial, ALICIA RODRÍGUEZ INCHAURREGUI.
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Dirección Provincial de Álava
7917
Resolución procedimiento recargo por falta de medidas de
seguridad e higiene en el trabajo.
D.ª Alicia Rodríguez Inchaurregui, como titular de la Dirección
Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Álava
Hago Saber: Que en esta Dirección Provincial a mi cargo se
siguen actuaciones en materia de falta de medidas de seguridad e
higiene en el trabajo, con el expediente 07/061 y relativas a la empresa
Reconsal S.C., en las cuales se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la que sigue:
Una vez visto el expediente de responsabilidad empresarial por
falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, así como la documentación que consta en el mismo y las alegaciones presentadas, esta
Dirección Provincial, de acuerdo con lo establecido en el artículo
BOTHA
Viernes, 23 de noviembre de 2007
13622
1.1-e del Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio (BOE de 19 de
agosto de 2005), y a la vista de los siguientes
HECHOS
1º.- El trabajador J. K. Santa Coloma Ugarte, con número de
afiliación 01/10000439/14, sufrió un accidente de trabajo el 3-2-06,
mientras prestaba sus servicios para la empresa Reconsal S.C., con
código de cuenta de cotización 01/102418841.
2º.- El día 7-6-06 la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad
Social de Álava envió a esta Dirección Provincial un informe en el
que se indica que la citada empresa incumplió las medidas reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo, en relación con el
citado accidente laboral.
3º.- Como consecuencia de dicho incumplimiento, la citada
Inspección ha propuesto que todas las prestaciones económicas
derivadas de dicho accidente sean incrementadas en un 40%, con
cargo a dicha empresa Reconsal S.C., al existir una relación causaefecto entre la omisión de medidas de seguridad y el accidente de
trabajo.
4º.- El accidente laboral sufrido por el citado trabajador ha dado
lugar hasta el momento a las siguientes prestaciones:
- Incapacidad temporal
- Incapacidad permanente total
5º.- Una vez vista la documentación que consta en el expediente y las alegaciones presentadas, el Equipo de Valoración de
Incapacidades de esta Dirección Provincial propuso el 21 de mayo de
2007 un recargo por falta de medidas de seguridad e higiene en el
trabajo del 40% sobre todas las prestaciones derivadas del accidente
laboral sufrido el 3-2-06 por el referido trabajador, con cargo a la
empresa Reconsal S.C.
6º.- En la iniciación del expediente se dio traslado a las partes
interesadas para que dentro del plazo legal establecido presentaran
las alegaciones que estimasen oportunas.
FUNDAMENTOS LEGALES
- Artículo 1.1-e del Real decreto 1300/1955, de 21 de julio (BOE
de 19 de agosto de 2005).
- Artículo 123 del Texto refundido de la Ley general de la
Seguridad Social, aprobado por Real decreto legislativo 1/1994, de
20 de junio (BOE del día 29).
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos
Laborales (BOE de 10 de noviembre).
RESUELVE:
1º. Reconocer la existencia de responsabilidad empresarial por
falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo de la empresa
Reconsal S.C., en el accidente laboral sufrido el 3-2-06 por el
trabajador J. K. Santa Coloma Ugarte.
2º. Declarar la procedencia de que todas las prestaciones de
Seguridad Social derivadas del citado accidente laboral sean incrementadas en un 40% con cargo a la empresa responsable Reconsal
S.C. de acuerdo con la propuesta del Equipo de Valoración de
Incapacidades de esta Dirección Provincial, cuya copia les enviamos.
En el caso de que no esté conforme con esta resolución, podrá
presentar una reclamación previa a la vía jurisdiccional ante esta
Dirección Provincial en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir
de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 del
Texto refundido de la Ley de procedimiento laboral, aprobado por Real
decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE del día 11).
Y para que sirva de notificación al amparo de lo que establece
el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, dado que ha resultado fallido el intento de notificación, por lo que se expide el presente Edicto para su inserción en
el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, a la vez que su
exposición en los tablones de anuncios de esta Entidad Gestora y del
Ayuntamiento de Vitoria.
Vitoria-Gasteiz, 16 de noviembre de 2007.– La Directora
Provincial, ALICIA RODRÍGUEZ INCHAURREGUI.

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