Lunes, 9 de Julio de 2012 Número 131

Transcrição

Lunes, 9 de Julio de 2012 Número 131
Publicación de Lunes a Viernes, excepto festivos
Lunes, 9 de Julio de 2012
Nº de Reg. 1567/76 - Dep. Legal H-1-1958
Número 131
Edita: Excma. Diputación Provincial
Administración: Diputación de Huelva. Avda. Martín Alonso Pinzón, 9 21003 Hulva.
Información al público de 9 a 13h. Tlf. 959 49 47 04 - Fax: 959 494 700
Edición digital: www.diphuelva.es
TARIFA VIGENTE PUBLICADA EN EL B.O.P.
“ LOS ANUNCIOS QUE HAYAN DE INSERTARSE EN ESTE B.O.P. DE HUELVA SE DIRIGIRÁN AL ILTMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL A TRAVÉS DEL REGISTRO GENERAL DE LA CORPORACIÓN, DEBIENDO
ACOMPAÑARSE DE RESGUARDO DE ABONO DE LA CORRESPONDIENTE TASA OBTENIDA MEDIANTE AUTOLIQUIDACIÓN
PROVISIONIAL O INDICANDO LA DISPOSICIÓN CON RANGO DE LEY QUE LE EXIMA”
ADMINISTRACIÓN LOCAL
–
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–
–
–
–
–
–
Excmo. Ayuntamiento de Huelva
Notificación ......................................................................................
Ayuntamiento de Almonaster la Real
Aprobación provisional de Ordenanza Reguladora de la Tasa por
Ocupación de Plaza en Aparcamietno Municipal ..........................
Aprobación provisional de Ordenanza Municipal Reguladora de las
instalaciones Deportivas Municipales ................................................
Aprob. provisional de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por
Utilización Privativa del Suelo Público para Actividades Deportivas .
8873
8873
8873
8874
Ayuntamiento de Cartaya
Aprob. definitiva de Modificación Estudio de Detalle Manzana
M-6 del SAPUR-10A .......................................................................
8874
Ayuntamiento de Moguer
Notificaciones...................................................................................
8875
Ayuntamiento de Punta Umbría
Cese y Nombramiento de Tte. de Alcalde ....................................
Delegaciones sobre Áreas Municipales en Concejales .................
8876
8877
Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre
Baja de oficio en Padrón Municipal de Habitantes .......................
8877
Ayuntamiento de Santa Olalla del Cala
Aprob. definitiva de Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora
de Tasa por Ocupación de Bienes de Uso Público Local............
8878
Ayuntamiento de Zalamea la Real
Aprobación Expte. de Contratación para Suministro de Energía
Eléctrica para Servicios y Edificios Municipales ............................
8878
JUNTA DE ANDALUCIA
–
Consejería de Economía, Innovación y Ciencia
Autorización Administrativa Expte. Nº 212-GN ..............................
Continúa……
8879
–
Consejería de Empleo
C.C. de la Comunidad de Regantes Piedras Guadiana ....................
8882
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
–
Juzgados de lo Social
Huelva Nº UNO - Despido Objetivo individual 299/2012 ..............
Huelva Nº UNO - Despido Objetivo individual 319/2012 ..............
Huelva Nº TRES - Social Ordinario 587/2011 ...............................
Huelva Nº TRES - Social Ordinario 584/2011 ...............................
Huelva Nº TRES - Social Ordinario 586/2011 ...............................
Huelva Nº TRES - Social Ordinario 530/2009 ...............................
Huelva Nº TRES - Social Ordinario 1323/2011 .............................
Huelva Nº TRES - Despidos/ Ceses en general 256/2012 ..........
Huelva Nº TRES - Social Ordinario 304/2012 ...............................
Huelva Nº TRES - Ejecución de títulos judiciales 298/2011 ........
Huelva Nº TRES - Seguridad Social en materia prestacional 619/2011
Huelva Nº TRES - Seguridad Social en materia prestacional 520/2011
Huelva Nº TRES - Ejecución de títulos judiciales 400/2011 ........
Huelva Nº TRES - Ejecución de títulos judiciales 58/2012 ..........
8888
8889
8889
8890
8890
8891
8892
8892
8893
8893
8894
8894
8895
8895
OTROS ORGANISMOS
–
Notaría de Doña María de los Reyes Sánchez Blanco
Venta extrajudicial de vivienda .......................................................
8896
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 131
9 de Julio de 2012
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUELVA
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo preceptuado en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación del siguiente
acuerdo de recuperación de oficio de la vivienda municipal sita en Huelva, calle el Río Duero, 38 (número 16 del Grupo
de 80 viviendas de La Gañanía), al no haberse podido practicar los preceptivos intentos de notificación al encontrase
el interesado ausente del domicilio.
“DECRETO
Visto el informe de la policía local de fecha 23 de abril de 2012 por el que se pone de manifiesto que la vivienda
de titularidad municipal sita en Huelva, el Río Duero, 38 (número 16 del Grupo de 80 viviendas de La Gañanía) ha sido
ocupada irregularmente por quien dice ser doña Carolina Martínez Cabanillas, provista de DNI 44.246.418-F
Visto el informe jurídico emitido al efecto por el Sr. Secretario General, don Felipe Albea Carlini, de fecha 16 de
mayo de 2012.
Vistos los preceptos de aplicación contenidos en la Ley 7/1999, de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades
Locales de Andalucía y en su Reglamento de Desarrollo respecto de las normas relativas a la recuperación de oficio
de los bienes patrimoniales.
En ejercicio de las competencias que atribuye al limo. Sr. Alcalde Presidente el vigente ordenamiento jurídico
local y expresamente la contemplada en artículo 142.2 del Decreto 18/2006, de 24 de enero por el que se aprueba
el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, y que han sido delegadas en el Primer Teniente de
Alcalde don Francisco Moro Borrero mediante decreto de fecha 2 de diciembre de 2011, en virtud del presente:
HE RESUELTO
1. Acordar inicio de expediente de recuperación de la vivienda de titularidad municipal sita en Huelva, c/ Río Duero,
38 (número 16 del Grupo de 80 viviendas de La Gañanía) al haber sido ocupada irregularmente por doña Carolina
Martínez Cabanillas, provista de DNI 44.246.418-F.
2. Dar traslado del acuerdo a doña Carolina Martínez Cabanillas, provista de DNI 44.246.418-F, concediéndole un plazo
de QUINCE DÍAS para que manifieste las alegaciones que estime por conveniente, a la vista de lo cual se resolverá.
Así lo manda y firma don Francisco Moro Borrero, Primer Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Huelva,
a dieciseis de mayo de dos mil doce.”
Huelva, a 22 de junio de 2012.- El Tte. de Alcalde de Régimen Interior y Gobernación. Fdo.: Saúl Fernández Beviá.
AYUNTAMIENTOS
ALMONASTER LA REAL
ANUNCIO APROBACIÓN PROVISIONAL
El Pleno del Ayuntamiento de Almonaster, en sesión extraordinaria celebrada el día 19/06/2012, acordó la aprobación provisional de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por ocupación de Plaza en Aparcamiento Municipal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a
información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones
que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente
dicho Acuerdo.
En Almonaster la Real, a 21 de junio de 2012.- El Alcalde. Manuel. Fdo.: Angel Barroso Trujillo.
ANUNCIO APROBACIÓN PROVISIONAL
El Pleno del Ayuntamiento de Almonaster, en sesión extra ordinaria celebrada el día 19/06/2012, acordó la aprobación provisional de la Ordenanza Municipal Reguladora de las Instalaciones Deportivas Municipales.
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Se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la
inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente
y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente
dicho Acuerdo.
En Almonaster la Real, a 21 de junio de 2012.- El Alcalde. Manuel. Fdo.: Angel Barroso Trujillo.
ANUNCIO APROBACIÓN PROVISIONAL
El Pleno del Ayuntamiento de Almonaster, en sesión extra ordinaria celebrada el día 19/06/2012, acordó la
aprobación provisional de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización Privativa del Suelo Público para
Actividades Deportivas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a
información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el
Boletín Oficial de Ia Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones
que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente
dicho Acuerdo.
En Almonaster la Real, a 21 de junio de 2012.- El Alcalde. Manuel. Fdo.: Angel Barroso Trujillo.
CARTAYA
ANUNCIO
El Ayuntamiento Pleno, en sesión Ordinaria celebrada el día veinticinco de Mayo de dos mil doce, adoptó, entre
otros, el siguiente acuerdo:
14.- APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION ESTUDIO DE DETALLE MANZANA M-6, DEL SAPU R-10A
Dada cuenta del expediente tramitado al efecto, y
RESULTANDO que durante, el periodo de información pública no se presentó alegación o sugerencia alguna.
CONSIDERANDO que, dada la naturaleza de la Modificación, no se requirió informe sectorial alguno.
CONSDIERANDO que la Comisión Informativa General dictamina favorablemente la aprobación que se insta.
Sin debate alguno, se procede a la votación con el siguiente resultado:
Votos a favor: 14 (de ICAR, PP, PA-EP-AND y PSOE)
Votos en contra: Ninguno
Abstenciones: 2 (de UPyD e IU LV-CA)
En consecuencia, El Ayuntamiento Pleno, en uso de las atribuciones que por el art. 22 de la Ley 7/85 Reguladora
de las Bases de Régimen Local le están conferidas, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente la modificación del Estudio de Detalle de la Manzana M-6, del SAPU R-10A, suprimiendo la obligación de situar el aparcamiento privado en planta sótano, semisótano y contar con un solo acceso.
SEGUNDO.- Ordenar su inscripción en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos
y de los Bienes y Espacios Catalogados, debiendo emitirse por la Secretaría Municipal la correspondiente certificación.
TERCERO.- Ordenar la publicación del presente acuerdo, y del articulado de las normas modificadas, con indicación de
haberse procedido al depósito mencionado en el punto anterior.
CUARTO.- Facultar al Alcalde-Presidente D. Juan Miguel Polo Plana tan ampliamente como en derecho fuese necesario
para adoptar las decisiones y la firma de los documentos que exija el mejor desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.3 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía,
en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica a continuación,
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y previo deposito en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de Bienes y
Espacios Catalogados, con el n° 1.1.56, siendo innecesaria su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos
de Planeamiento.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, RECURSO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO ante la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE ANDALUCIA (sede de Sevilla) en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga
lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.
Podrá interponer cualquier otro que considere pertinente.
Cartaya, 21 de Junio de 2012.- EL ALCALDE. Fdo.: D. Juan Miguel Polo Plana.
MOGUER
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de régimen jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la propuesta de resolución
de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por este Ayuntamiento a las personas denunciadas que a
continuación se relacionan, ya que intentada la notificación en el último domicilio conocido no se ha podido practicar.
Lo que se notifica a los interesados, previniéndoles que tienen a su disposición en las oficinas de esta policía local
la contestación a las alegaciones, en la que el Agente denunciante se ratifica en todos los extremos de la denuncia, y
que contra la propuesta de resolución, podrán formular alegaciones, en el plazo de 15 días a partir del día siguiente a
la fecha de publicación en el B.O.P. de Huelva.
EXPEDIENTE
MATRICULA
491/12
H-2294-Z
597/12
5031 CVX
NOMBRE Y APELLIDOS
DIRECCIÓN
DOCUMENTO
FECHA INFRACC.
LUGAR
ART. INFRINGIDO
PROPUESTA
SANCIÓN
EUGENIA GHEORGHE
X-7902501-T 29/03/12
94-2E-5X RGCIR
C/ Padre Gomez,16, Moguer (HUELVA)
Avda Constitución,
200,00 Euros
Samuel LORENZO DEL MORAL
49043250-M 14/04/12
94-2-E-5X RGCIR
C/ Caraca,26, Chipiona (CÁDIZ)
C/ Reyes Catolicos,
200,00 Euros
dte nº 21
Moguer, a 17 de junio de 2012.- EL ALCALDE. Fdo: Gustavo Cuellar Cruz
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de régimen
jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de
inicio de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por este Ayuntamiento a las personas denunciadas que
a continuación se relacionan, ya que intentada la notificación en el último domicilio conocido no se ha podido practicar.
Lo que se notifica a efectos de que los interesados, en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la publicación
de este anuncio, puedan formular alegaciones, así como presentar y proponer las pruebas que estimen convenientes.
EXPEDIENTE
MATRICULA
NOMBRE
DIRECCIÓN
DOCUMENTO
787/12
4505 DVJ
Inmaculada VEGA DOMÍNGUEZ
44236684
C/ Fuerteventura, 30 , Moguer (HUELVA)
758/12
5173 HBL
Antonio RAMOS RODRÍGUEZ
28667354
Nucleo R,Juan Ramón Jiménez, 1-2º C,
Moguer (HUELVA)
Antonio CABEZAS GONZÁLEZ
29742530
C/ Argentina, 5 planta baja, Moguer
(HUELVA)
747/12
5079 GJP
FECHA INFRACC. ART. INFRINGIDO
LUGAR
SANCIÓN
31/05/12
C/ Romero Barros, fte
nº 30
10/05/12
Venida de la Virgen
23/05/12
C/ Hilaría, dte Avda
Fuentepiña
91-2-5C RGCIR
200,00 Euros
143-1-5A RGCIR
200,00 Euros
154-5A RGCIR
200,00 Euros
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740/12
H-3864-Z
770/12
6303 FZF
736/12
T-6919-AK
752/12
2631 DJN
805/12
H-7171-U
749/12
3947 FVV
764/12
H-3637-Z
766/12
3251 GFJ
765/12
SE-5678-AV
721/12
7159 FMM
María Pilar RASCO GARRIDO
44222811
C/ Angustias,30-2ºizquierda, Moguer
(HUELVA)
Juan Antonio OLIVARES QUINTERO 29045177
C/ Graciela Palau,10planta 1 pta
izquierda, Moguer (HUELVA)
SALIA SENON
X-5115590-E
Avda Arasa, 25-5ºD, HUELVA
M a r í a d e l R o c í o G A R R O C H O 48924270-G
RODRÍGUEZ
C/ Extremadura,4, Palos de la Frontera
(HUELVA)
KHALIFA SOUSSI
X-3320874-L
C/ Malva, 34, Lucena del Puerto,
(HUELVA)
MARGARIT BAJANARU
X-8863352-A
C/ Malva,83,Lucena del Puerto
(HUELVA)
SHIMED E KEBIR
X-3968852-H
C/ Hernán Cortes,19, Lucena del Puerto,
(HUELVA)
EZZAYANI KALID
X-6525333-A
C/Juan XXIII, 16-13, Priego de Córdoba
(CÓRDOBA)
LABYAD HAMID
X-7001164-X
C/ Cervantes, 7 bajo, Alberca de Zancara
(CUENCA)
María Josefa RODRÍGUEZ REINA
31190279
C/ Santiago Terry,6-2º izquierda, CÁDIZ
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Avda Constitución, dte 94-2-G-5Z RGCIR
Ferretería
200,00 Euros
31/05/12
94-1-F-5M RGCIR
Avda Constitución,dte
200,00 Euros
párque público
21/05/12
94-2-C-5U RGCIR
C/ Hilaría,fte Avda
90,00 Euros
Fuentepiña
24/05/12
154-5ª RGCIR
Avda Conquistadores,
200,00 Euros
dte Parada
02/06/12
C/ Puerto Rico, fte nº 3
154-5B RGCIR
80,00 Euros
24/05/12
94-2-E-5X RGCIR
Polígono los Pinos, dte
200,00 Euros
Bora Bora
29/05/12
94-2-E-5X RGCIR
C/ Uruguay, fte
200,00 Euros
Guardería
29/05/12
94-2E-5X RGCIR
C/ Uruguay
200,00 Euros
29/05/12
C/ Uruguay
94-2E-5X RGCIR
200,00 Euros
18/05/12
C/ Hilaría, dte vado 670
94-2A-5Q RGCIR
200,00 Euros
Moguer, a 17 de junio de 2012.- EL ALCALDE. Fdo: Gustavo Cuellar Cruz
PUNTA UMBRÍA
ANUNCIO
Por el presente le participo que con fecha 14/06/2012, el Sr. Alcalde, ha dictado la siguiente Resolución con de
Decreto 2410/2012, que se transcribe a continuación:
De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y en los artículos 43,44,45, 52 y 53 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente
HE RESUELTO:
PRIMERO.- Cesar como Quinto Teniente de Alcalde, y como miembro de la Junta de Gobierno Local así como de la
Comisión Especial de Cuentas, que actúa como Comisión Informativa de Economía y Hacienda, al Concejal Sr. D.
FRANCISCO-JESÚS FERNÁNDEZ FERRERA..
SEGUNDO.- Nombrar Quinta Teniente de Alcalde, así como miembro integrante de la Junta de Gobierno Local y de la
Comisión Especial de Cuentas, que actúa como Comisión Informativa de Economía y Hacienda, a la Concejala Sra.
Da. BÁRBARA-RAQUEL CARRASCO MONZÓN.
TERCERO.- Notificar la presente Resolución al Concejal Sr. D. FRANCISCO-JESÚS FERNÁNDEZ FERRERA y a la
Concejala Sra. Da. BÁRBARA-RAQUEL CARRASCO MONZÓN, a las diversas áreas municipales y proceder a su
publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia” y en el tablón de edictos del Ayuntamiento sin perjuicio de su plena
Validez y eficacia jurídicas a partir del día siguiente al de esta fecha.
CUARTO.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación de conformidadl con lo dispuesto en el
art. 44.4 del ROF.
En Punta Umbría, a 18 de junio de 2012.- El Alcalde-Presidente. Fdo.: Gonzalo Rodríguez Nevado.
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ANUNCIO
Por el presente le participo que con fecha 14/06/2012, el Sr. Alcalde, ha dictado la siguiente1 Resolución con de
Decreto 2409/2012, que se transcribe a continuación:
De conformidad con lo establecido artículo 23.4 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, modificada por la Ley 57/2.003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno
Local, en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, así como de los artículos 43 a 45 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, esta Alcaldía-Presidencia RESUELVE:
PRIMERA.- El Concejal-Delegado y Teniente de Alcalde Quinto D. FRANCISCO-JESÚS FERNÁNDEZ FERRERA dejará
de asumir las Áreas Municipales de Economía y Hacienda, Mercado, Mercadillo, Personal y Área de Comunicación.
SEGUNDA.- Conferir Delegación genérica a la Concejala-Delegada que se dirá, sobre las siguientes Áreas Municipales:
DOÑA BÁRBARA-RAQUEL CARRASCO MONZÓN, Economía y Hacienda, Personal, Mercado, y Área de Comunicación.
TERCERA.- Las Áreas Municipales de Protección Civil, Medio Ambiente, Salud y Consumo dejarán’ de ser asumidas
por la Concejala-Delegada Sra. DOÑA BÁRBARA-RAQUEL CARRASCO MONZÓN y pasarán a ser asumidas por
el Concejal-Delegado Sr. D. ANDRÉS FRANCO RAMOS, siendo asumida la de Protección Civil por la ConcejalaDelegada Sra. DOÑA ANTONIA HERNÁNDEZ GALLOSO.
CUARTA.- Las Áreas Municipales de Ocupación de Vía Pública y Mercadillo serán asumidas por la Concejal-Delegada
Sra. Da AURORA-CORONADA ÁGUEDO BORRERO.
QUINTA.- Dichas delegaciones genéricas no conllevarán la facultad de resolver mediante actos administrativos que
afecten a terceros.
SEXTA.- Las mismas surtirán efecto desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación
en el “Boletín Oficial de la Provincia” y tendrán una duración de “hasta su revocación” por orden del Sr. AlcaldePresidente.
SÉPTIMA.- Notificar la presente resolución a los/as interesados/as, a las diversas áreas municipales y ordenar su publicación en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.
OCTAVA.- Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución.
En Punta Umbría, a 18 de junio de 2012.- El Alcalde-Presidente. Fdo.: Gonzalo Rodríguez Nevado.
SAN BARTOLOMÉ DE LA TORRE
EDICTO
Habiendo iniciado este Ayuntamiento expediente para proceder a la baja de oficio en el padrón municipal de
habitantes, de las siguientes personas:
Nombre
Documento
Nacionalidad (Pais)
MARTINA MARQUEZ BALLADARES
29786704W
ESPAÑOLA
con último domicilio de inscripción padronal en C/ CARTA YA N° 52 de esta localidad, mediante el presente
anuncio se informa al afectado que en la Secretaría del Ayuntamiento se encuentra a disposición del mismo el expediente completo, así como que a partir de la publicación del presente anuncio en el BOP de Huelva y tablón de edictos
del Ayuntamiento, dispone de un plazo de quince días hábiles para manifestar si está o no de acuerdo con la baja,
pudiendo alegar y presentar los documentos y justificantes que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en este
municipio en el que reside la mayor parte de días del año. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
54 y 72 del R.D. 1690 / 1986, de 11 de junio, modificado por el R.D. 2612 / 1996, de 20 de diciembre, y la Resolución
de 9 de abril de 1997, del Ministerio de la Presidencia. (BOE n° 87 de 11-04-1997).
San Bartolomé de la Torre, a 21 de junio de 2012.- El Alcalde Presidente. Fdo.: Manuel Domínguez Limón.
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SANTA OLALLA DEL CALA
ANUNCIO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Santa Olalla del Cala sobre la modificación de la
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de bienes de uso público local con vehículos para la venta o el
alquiler, mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, ansillas, andamios y otras instalaciones
análogas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ACUERDO
“Realizada la tramitación establecida, visto el informe de Secretaría de fecha 10-05-2012, y en cumplimiento de
lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía de fecha 07-05-2012.
Visto que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa se ajustan a los costes previsibles derivados de la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local y se propone al Pleno
de la Corporación la adopción del siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar provisionalmente, la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de
bienes de uso público local con vehículos para la venta o alquiler, mercancías, materiales de construcción, escombros,
vallas, puntales, ansillas, andamios y otras instalaciones análogas, en los términos que figuran en el expediente.
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de
anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Ofícial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de
los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones ai expediente, en el plazo anteriormente
indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto.”
« Se modifica el artículo 6, in fine con la siguiente redacción:
Articulo 6.- cuota tributaría.La cantidad a liquidar y exigir por esta tasa, se obtendrá por aplicación de la siguiente tarifa:
- Ocupación con vehículos para la venta o alquiler hasta un máximo de 9 vehículos diarios: 250,00 € anuales
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de
este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En Santa Olalla del Cala, a 2 de julio de 2012.- La Alcaldesa Accidental. Fdo.: Yolanda Muñoz Perera.
ZALAMEA LA REAL
ANUNCIO
La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el pasado día 7 de Junio de
2.012, acordó, entre otros el acuerdo siguiente:
G.- PLIEGO CLAUSUAS CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO ENERGIA ELECTRICA EDIFICIOS MUNICIPALES.Visto que tal y como establece la Ley 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de
noviembre, del Sector Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, a partir del 1 de
enero de 2009 el suministro pasa a ser ejercido en su totalidad por los comercializadores en libre competencia, y son
los consumidores de electricidad quienes eligen libremente a su suministrador.
La contratación del suministro eléctrico se debe realizar en el mercado liberalizado a través de un comercializador,
por ello, el Ayuntamiento de Zalamea la Real, como consumidor de energía eléctrica, debe adjudicar a través del co-
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rrespondiente procedimiento de contratación el suministro de energía, a fin de seleccionar al adjudicatario del suministro
y la oferta que resulte económicamente más ventajosa.
Dadas las características del suministro se considera como procedimiento más adecuado el procedimiento abierto,
oferta económicamente más ventajosa un único criterio de adjudicación, al precio más bajo.
Visto que con fecha 5 de Junio de 2.012 se emitió informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la
contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente.
Visto que con fecha 5 de Junio de 2.012 se emitió Informe por Secretaría sobre la Legislación aplicable, el procedimiento a seguir y el órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato.
Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 y en la
Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre,
La Junta de Gobierno Local por unanimidad de todos sus asistentes ACUERDA
PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación, mediante procedimiento abierto oferta económicamente más ventajosa, un único criterio de adjudicación, al precio más bajo, para el suministro de energía eléctrica para los distintos
servicios y edificios municipales del Ayuntamiento de Zalamea la Real, convocando su licitación.
SEGUNDO. Autorizar, en cuantía de 152.498,84 euros más 27.449,79 euros de (IVA), el gasto que para este Ayuntamiento representa la contratación referenciada, con cargo a la partidas 221.321 “Suministros” y 221.06.165 “Energía
Eléctrica” del estado de gastos del Presupuesto Municipal de este Ayuntamiento para los ejercicios 2.013 a 2.016.
TERCERO. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regirán el
contrato de suministro de energía eléctrica por procedimiento abierto oferta más ventajosa, un único criterio de adjudicación, al precio más bajo.
CUARTO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva y en el Perfil de contratante anuncio de licitación, para
que durante el plazo de 15 días puedan presentar las proposiciones que estimen pertinentes.
QUINTO. Publicar la composición de la mesa de contratación en el Perfil de Contratante, con una antelación mínima
de siete días con respecto a la reunión que deba celebrarse para la calificación de la documentación referida en el
artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Zalamea la Real, 18 de Junio de 2.012.- EL ALCALDE.
JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y CIENCIA
Delegación Provincial de Huelva
RESOLUCION DE LA DELEGACION PROVINCIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y CIENCIA DE LA JUNTA DE
ANDALUCÍA EN HUELVA POR LA QUE SE OTORGA A GAS NATURAL ANDALUCÍA, S.A. AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA, RECONOCIMIENTO DE LA UTILIDAD PÚBLICA Y APROBACION DE LA EJECUCION DEL
PROYECTO DE INSTALACIONES “ADENDA N° 1 A LA RED MPB ISLA CRISTINA-URBASUR-LA ANTILLA”, EN EL
TÉRMI-NO MUNICIPAL DE ISLA CRISTINA, EN LA PROVINCIA DE HUELVA (EXPEDIENTE N° 212 - GN).
GAS NATURAL ANDALUCIA, S.A., mediante escrito registrado de entrada en esta Delegación Provincial con
fecha 31 de Agosto de 2006 y n° 19.316, solicitó autorización administrativa, reconocimiento de la utilidad pública y
aprobación de la ejecución de las instalaciones correspondientes al proyecto “Red MPB Isla Cristina-Urbasur-La Antilla”
y sus instalaciones auxiliares, en los términos municipales de Lepe e Isla Cristina, en la provincia de Huelva, dando
cumplimiento a lo previsto en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y
en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
Con fecha 8 de Octubre de 2010, esta Delegación resolvió otorgar a GAS NATURAL ANDALUCÍA, S.A. la autorización administrativa, reconocimiento de la utilidad pública y aprobación de la ejecución de las instalaciones referidas.
Con fecha 14 de Julio de 2011, GAS NATURAL ANDALUCÍA, S.A. solicita autorización administrativa, reconocimiento de la utilidad pública y aprobación de la ejecución del proyecto “Adenda n° 1 a la Red MPB Isla Cristina-UrbasurLa Antilla”, en el término municipal de Isla Cristina, redactado para dar cumplimiento a la prescripción impuesta por el
Ayuntamiento de Isla Cristina, de adaptar el trazado de la Red al Plan General de Ordenación Urbana aprobado con
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fecha 17 de Febrero de 2009. El proyecto de instalaciones, junto con la relación de bienes y derechos afectados y los
planos parcelarios de expropiación, fue sometido a información pública mediante su inserción en el B.O.E. n° 49, de 27
de febrero de 2012; en el B.O.P. n° 45, de 6 de marzo de 2012 y en los periódicos El Periódico de Huelva y Huelva
Información, de fecha 1 de febrero de 2012, no habiéndose presentado alegación alguna por los propietarios y demás
titulares afectados por el proyecto.
Dado que la vanante de trazado planteada en la Adenda no supone afección a bienes y derechos distintos de
los contemplados en el proyecto inicial, no se han solicitado nuevos informes a organismos y/o empresas cuyos bienes
y/’o derechos pudieran resultar afectados por la ejecución del proyecto. Son validos, por tanto, los condicionantes impuestos en la tramitación inicial para las obras de construcción, de manera que los bienes y servicios afectados no se
vean alterados para cumplir el fin al que vienen destinados.
VISTOS: Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos
de autorización de instalaciones de gas natural; el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22
de mayo, sobre Reestructuración de Consejerías; el Decreto 134/2010, de 13 de abril, sobre Estructura Orgánica de
la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia; la Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de
Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones de gas en las Delegaciones
Provinciales de la Consejería; la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental; la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento; la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás Disposiciones concordantes y de procedente
aplicación, esta Delegación Provincial,
RESUELVE
Autorizar administrativamente, reconocer la utilidad pública y aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones
correspondientes al proyecto “Adenda n° 1 a la Red MPB Isla Crlstina-Urbasur-La Antilla” y sus instalaciones auxiliares,
en el término municipal de Isla Cristina, en la provincia de Huelva, y que llevará implícita, de conformidad con lo dispuesto en el Titulo V de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, la necesidad de ocupación de
los bienes afectados relacionados en los anuncios de información pública a los que se ha hecho referencia, e implicará
la urgente ocupación a los efectos que determina el articulo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954; todo ello, de acuerdo con las siguientes prescripciones:
1º.- En todo momento deberá darse cumplimiento a la normativa de aplicación, que ha sido citada anteriormente, y
especialmente a las disposiciones sobre condiciones técnicas y de seguridad.
2º.- El plazo de ejecución de las obras sera de doce meses a partir de la fecha de ocupacion real de las fincas afectadas, y las instalaciones se pondrán en servicio dentro de los treinta días siguientes al diligenciado del Acta de
puesta en marcha que realizará esta Delegación Provincial.
3°.- Las instalaciones que se autorizan por la presente Resolución, habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto
“Adenda nº 1 a la Red MPB Isla Cristina-Urbasur-La Antilla” y sus instalaciones auxiliares, en ei término municipal de
Isia Cristina, en la provincia de Huelva, según na sido presentaco en esta Delegación Provincial junto a la restante
uocumentación técnica, especificándose ios siguientes dato: básicos:
•
Peticionario: Gas Natural Andalucía, S.A., con CIF A-4122588S y domiciío social en Avda. América, nº 38,
28028-Madrid.
•
Descripción de Ias instalaciones: Variante de trazado entre los vértices V-R2-010 y V-R2-016 de la Red MPB Isla
Cristina-Urbasur-La Antilla, para dar cumplimiento a la prescripción impuesta por el Ayuntamiento de Isla Cristina,
de adaptar el trazado al PGOU aprobado con fecha 17 de febrero de 2009.
•
Tuberia: De poleitileno tipo PE-100 SDR 11, con un diámetro de 160 mm. Presión de diseño: 5 bar relativos,
para un caudal de 2.500 Nm3/h.
•
Longitud: Total variante, 186 m. (80 m. de disminución sobre proyecto original), que discurrirán en su totalidad
por el termino municipal de Isla Cristina.
•
Presupuesta 1.339.610,00 €. (no se produce variación significativa sobre el presupueste del Proyecto original).
4°.- La ejecución de ias instalaciones se deberá llevar a cabo cumpliendo las especificaciones indicadas en el Estudio
de Impacto Ambiental y en los condicionados establecidos en la Autorización AmDiental Unificada, emitida mediante
Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Medie Ambiente de ia Junta de Andalucía en Huelva,
de fecha 2 de septiembre de 2010.
5º.- Los cruces especiales y otras afecciones de bienes de dominio público o servicios, se realizaran de conformidad
con los condicionados impuestos por los organismos afectados,
6°.- Toda modificación que afecte a los datos básicos y a los contenidos del proyecto requerirá autorización de esta
Delegación Provincial.
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7°.- A la puesta en servicio de las instalaciones objeto de la Adenda, quedarán sin efecto las servidumbres que afectan
al tramo de Red correspondiente al Proyecto original, comprendido entre los vértices V-R2-010 y V-R2-016, debiendo
aportar la empresa titular Certificado de la Dirección Facultativa de las obras, donde se de fe de que dicho tramo
de tubería queda fuera de servicio, vacio de gas y cerrado en sus extremos.
8°.- La presente Adenda no supone modificación en el presupuesto del proyecto, por lo que se considera válida la fianza por valor de 26.792,20 euros, constituida con fecha 1/3/2011 por Gas Natural Andalucía, S.A. en cumplimiento
del articulo 82 del RD 1434/2002 de 27 diciembre, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, conforme
al artículo 73.4 de la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos. La fianza será devuelta al solicitante una vez que,
autorizadas las instalaciones y construidas en los plazos que se establezcan en las autorizaciones para el montaje
de las mismas, la Delegación Provincial en Huelva de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de esta
Comunidad, formalice la puesta en servicio de aquéllas.
9°.- Previo al comienzo de las obras, GAS NATURAL ANDALUCÍA, S.A. deberá presentar ante esta Delegación Provincial
detallado plan de ejecución de las mismas: debiendo, asimismo, comunicar con suficiente antelación la realización
de las pruebas, ensayos o reconocimientos que hayan de realizarse, de acuerdo con las disposiciones en vigor.
10°.- GAS NATURAL ANDALUCÍA, S.A. deberá presentar ante esta Delegación Provincial los resultados de los ensayos y pruebas que hayan de realizarse de acuerdo con la legislación vigente, así como un certificado final de obra,
firmado por Técnico Titulado competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la
construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado de acuerdo con las especificaciones y normas que hayan aplicado en el proyecto, con las variaciones de detalle que hayan sido aprobadas, así como las demás normas
técnicas vigentes que sean de aplicación.
11º.- GAS NATURAL ANDALUCÍA, S.A. dará cuenta de la terminación de las instalaciones y de sus ensayos y pruebas
a esta Delegación Provincial para su reconocimiento definitivo y levantamiento del acta de puesta en marcha de las
instalaciones, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento.
12°.- Para la seguridad y el buen funcionamiento de las instalaciones a que se refiere la presente autorización, se
establecen las siguientes afecciones/limitaciones al dominio en relación con las fincas de propiedad privada por las
que discurrirá la instalación:
Uno.- Expropiación forzosa en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de
instalación fija en superficie.
Dos.- Para las canalizaciones:
A) Imposición de servidumbre permanente de paso, en una franja ae terreno de tres (3) metros, uno y medio (1,5)
a cada lado del eje, a lo largo del ramal, por donde discurrirá enterrada la tubería y cables de telecomunicación
y telemando que se requieran para la conducción del gas, y que estará sujeta a las siguientes limitaciones:
1.
Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como de plantar arboles o arbustos a una distancia inferior a dos (2) metros a contar desde el
eje de la tubería,
2.
Prohibición de realizar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el
buen funcionamiento de las instalas iones, a una distancia inferior a cinco (5) metros del eje del trazado, a
uno y otro lado del mismo. Este distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumpian
las condiciones que, en cada caso, fije el Organo competente de la Administración.
3.
Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionan.
4.
Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de
realizar las obra; superficiales o sucterráneas que sean necesarias para ia ejecución o funcionamiento de las
instalaciones,
B) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se refleja para
cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo
obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos
anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines
13° - La Admimsracion se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorizasior, licencias o incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados u otra causa excepcional que lo justifique.
14°.- Esta autorización se otorga independientemente y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de
competencia autonómica, municipal, provincial y otras, necesarias de acuerdo con la normativa sectorial aplicable
en cada caso,
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Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podra interponerse recurso de alzada ante
el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
a la notificación o publicación de este acto, de conformidad con lo establecido en el art. 107.2 de la Ley 4/1999, de 13
de enero, por le que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Publicas del Procedimiento Administrativo Común.
La Delegada Provincial
CONSEJERÍA DE EMPLEO
Delegación Provincial de Huelva
RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2012, de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de de Economía,
Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación
del CONVENIO COLECTIVO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES PIEDRAS-GUADIANA.
VISTO el texto del Convenio Colectivo de LA COMUNIDAD DE REGANTES PIEDRAS-GUAD’ANA de Huelva,
que fue suscrito con fecha 11 de junio de 2012 entre las representaciones legales de la empresa y los trabajadores,
y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, apartados 2 y 3, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; en el Real Decreto 713/2010, de 22
de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; en el Real Decreto 4043/82, de 29
de diciembre, por el que se traspasan funciones y servicios a la Junta de Andalucía, y en el Decreto 3/2012, de 5 de
mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 149/2012, de 5 de junio, de estructura
orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, respectivamente, esta Delegación Provincial, en
uso de sus atribuciones, acuerda:
PRIMERO: Ordenar la inscripción del referido convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos
colectivos de trabajo de la Delegación Provincial de de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Huelva, con
notificación a la Comisión Negociadora.
SEGUNDO: Disponer su depósito.
TERCERO: Solicitar la publicación del texto del convenio colectivo mencionado en el Boletín Oficial de la Provincia de
Huelva, para conocimiento y cumplimiento por las partes afectadas.
DELEGADO PROVINCIAL, EDUARDO MANUEL MUÑOZ GARCIA
CONVENIO COLECT IVO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES PIEDRAS-GUADIANA
PERIODO 01/01/2012 A 31/12/2014
I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º,- Objeto
El presente Convenio tiene por objeto la regulación de las relaciones laborales en la Comunidad de Regantes
Piedras-Guadiana.
Artículo 2º Ámbito territorial
El ámbito territorial de este Convenio es el ámbito de actuación de la Comunidad de Regantes Piedras-Guadiana.
Artículo 3°.- Ámbito funcional y personal
Este Convenio establece las normas básicas y regula las condiciones mínimas de trabajo en la Comunidad de
Regantes Piedras-Guadiana.
Artículo 4º.- Ámbito temporal
La duración del presente Convenio será de tres años, comenzando el día 1/1/2012 y terminando el 31/12/2014,
prorrogándose tácitamente de año en año si no se denuncia por cualquiera de las partes con una antelación mínima de
dos meses a la fecha de su terminación o de la de cualquiera de sus prórrogas.
En caso de denuncia y en tanto no exista un nuevo convenio negociado por los representantes de los trabajadores
y de la dirección de la Comunidad, el presente Convenio se aplicará en su totalidad.
Artículo 5º.- Comisión mixta paritaria
Para la interpretación, aplicación y seguimiento de cuestiones derivadas del presente Convenio se constituirá una
Comisión Mixta Paritaria, formada por tres miembros en representación de la Junta de Gobierno de la Comunidad y tres
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en nombre de los trabajadores y elegidos directamente entre ellos, con independieneia de los asesores que cada parte
considere oportuno que comparezcan, los cuales tendrán voz pero no voto. Realizará la función de Secretario el de la
Comunidad de Regantes o aquel que designe la Junta de Gobierno, quien dispondrá de voz pero sin voto.
La Comisión Mixta Paritaria tiene las siguientes facultades reconocidas:
•
La interpretación de la aplicación de este Convenio.
•
La vigilancia y control del cumplimiento del presente Convenio así como de la legislación general aplicable.
•
Vigilancia y control del Reglamento de Régimen Interior de la Comunidad.
•
Intervenir como instancia de conciliación previa en aquellos asuntos que se te sometan.
•
Otras funciones que decidan asimismo ambas partes de mutuo acuerdo.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario una vez cada seis meses y con carácter extraordinario cuando las
circunstancias lo precisen, a petición de una de las partes, en un plazo máximo de una semana.
Los acuerdos se adoptarán por unanimidad, se harán constar por escrito y tendrán el mismo efecto que lo
establecido en este Convento. Estos acuerdos no impedirán, en ningún caso, que las partes puedan acudir ante la
jurisdicción competente.
En caso de no llegar a ningún acuerdo en el plazo de diez días naturales tras la convocatoria de la Comisión,
ésta enviará copia del acta de la misma a los interesados para que puedan llevar a cabo las acciones que consideren
procedentes.
Artículo 6º.- Garantías laborales
Las condiciones pactadas en este Convenio, estimadas como un todo orgánico e indivisible, tendrán la consideración de mínimas.
En el supuesto de que fuese anulado o modificado alguno o algunos de sus preceptos, o bien se interpretaran
de forma distinta a la realizada por acuerdo unánime, el Convenio devendrá ineficaz, y por ello deberá regularse de
nuevo íntegramente, siempre que la Comisión Mixta Paritaria determine que tal nulidad afecta de manera sustancial a
la totalidad del mismo o no hubiese acuerdo al respecto.
II, ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Artículo 7°.- Periodo de prueba
Todo trabajador de nueva contratación estará un mínimo de 15 días en período de prueba o el tiempo mínimo
que marque la ley vigente en el desempeño de sus funciones, pudiéndose extinguir durante dicho periodo el contrato
de trabajo sin previo aviso y sin derecho a indemnización
Artículo 8º.- Jornada de trabajo
La jornada anual se establece en 1.760 horas de trabajo efectivo. En caso de prórroga del presente Convenio,
la jornada laboral será de 1.745 horas.
Los trabajadores dispondrán de 7 días de asuntos propios cada año, no acumulables a las vacaciones.
Dadas las características del servicio que presta la Comunidad, se podrán establecer los turnos que se considere conveniente, aplicándose la normativa vigente en cuanto a la permanencia de los trabajadores en cada uno de los
tumos que se establezcan. El tiempo trabajado en turnos de de noche se computará a razón de 1 hora nocturna por
1,4 horas diarias.
Antes de comenzar el año se establecerá un calendario laboral entre los trabajadores y la dirección. Si no hubiera
acuerdo, corresponderá a la Junta de Gobierno de la Comunidad de Regantes fijarlo, respetando lo establecido en la
normativa vigente, incluido este Convenio.
Artículo 9º.- Descanso y festivos
Los trabajadores tendrán como descanso efectivo a la semana el marcado en el calendario laboral.
Además tendrá derecho a disfrutar de un descanso de 20 minutos cuando su jornada de trabajo sea en horario
intensivo.
En el caso de que el trabajador tuviera que trabajar en día festivo, éste descansará dicho día en el transcurso
de los 10 días siguientes y se le compensará con un complemento económico por festivo trabajado.
Se considerarán festivos los indicados como tales en el calendario laboral, pudiendo la dirección de la Comunidad
añadir los que considere oportunos.
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Artículo 10°.- Vacaciones
Todos los trabajadores acogidos al presente Convenio Colectivo tendrán derecho a 22 días hábiles de vacaciones.
El inicio de las mismas comenzará el primer día hábil tras el descanso semanal correspondiente, salvo que expresamente
la dirección de la Comunidad y el trabajador acuerden otro día.
Antes de comenzar cada año la dirección y los trabajadores confeccionarán el calendario de vacaciones, el cual se
ajustará a las necesidades de personal existentes a lo largo de dicho año, y será respetado salvo acuerdo en contrario.
Artículo 11°.- Licencias y permisos retribuidos
El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración en los términos
establecidos en el Estatuto de los Trabajadores con las siguientes matizaciones:
•
En caso de fallecimiento del cónyuge, padres, padres políticos, hermanos o hijos: cuatro días naturales.
•
En caso de fallecimiento de abuelos, nietos, ^ tíos, sobrinos o hermanos políticos: dos días naturales.
•
En caso de alumbramiento de esposa: cuatro días naturales.
•
En caso de intervención quirúrgica o enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos, hermanos o hijos:
tres días naturales.
•
Estas licencias se aumentarán en dos días si el hecho determinante de la misma ocurriera fuera de la provincia
de Huelva.
•
Los días se computarán a partir del que tenga lugar el suceso, quedando libre de su trabajo el empleado afectado
dicho día sin menoscabo de su remuneración.
•
En caso de bautizo o boda de un hijo: un día natural.
•
En caso de que el trabajador esté realizando estudios, por el tiempo necesario para concurrir a exámenes.
Artículo 12°.- Horas extraordinarias
Se entiende como tales aquellas horas no recogidas en el calendario laboral y se tendrán en consideración las
limitaciones establecidas en la normativa vigente. Su valor se establece según la categoría profesional de los trabajadores, pudiéndose compensar con un descanso de 1,5 horas así lo acuerdan trabajador y dirección.
Las horas de imposible supresión para prevenir, reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes no
se tendrán en cuenta para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas, sin perjuicio de su
compensación como horas extraordinarias y respetando siempre el descanso entre jornadas previsto en la ley.
Las horas extraordinarias indicadas serán de obligado cumplimiento por parte de los trabajadores.
Artículo 13º.- Utilización de útiles
La Comunidad pondrá a disposición de los trabajadores las máquinas, herramientas y útiles necesarios para el
desempeño de su trabajo.
Los trabajadores realizarán un uso adecuado y responsable de los mismos y velarán por su buen mantenimiento.
Artículo 14°.- Trabajos de superior categoría
Los trabajadores que en caso de necesidad realicen trabajos propios de la categoría de Encargado percibirán el
salario de esta categoría, reintegrándose a su antiguo puesto cuando cese la causa que motivó el cambio.
Artículo 15º Excedencias
El periodo mínimo para las excedencias voluntarias se establece en un año.
III. RÉGIMEN ECONÓMICO
Artículo 16º.- Retribuciones salariales
Las retribuciones del personal afectado por el presente Convenio se establecen en en el Anexo I.
En el año 2013 y 2014 todas las retribuciones se incrementarán en un 0,85 % y un 1,25 % respectivamente.
De prorrogarse este convenio, en 2015 se aplicará una subida salarial del 1.25 %.
Artículo 17°.- Salario base
Los salarios base se establecen en función de la categoría profesional que se reconozca al trabajador.
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Artículo 18°.- Complemento de antigüedad
Con el fin de premiar la continuidad de los trabajadores al servicio de la Comunidad, se establece un premio a la
antigüedad consistente en la aplicación de aumentos periódicos por años de servicio consistente en el abono de trienios
en la cuantía del 3 por ciento sobre el salario base.
El derecho a la percepción de este premio comenzará con el ingreso del trabajador en la Comunidad.
El pago se percibirá en cada pago mensual y graíificacion extraordinaria.
Articulo 19º Complemento de responsabilidad
Todos los trabajadores tendrán un complemento que primará la responsabilidad en el trabajo que desempeñen,
su disponibilidad para las necesidades de la Entidad en cualquier momento fuera de su jomada normal de trabajo y
servirá como estímulo en el trabajo.
Artículo 20º.- Complemento de guardia
Será percibido por los trabajadores que desempeñen labores de predisposición ante cualquier necesidad fuera
del horario normal de trabajo.
Artículo 21º.- Complemento de retén
Será percibido por los trabajadores que desempeñen labores de predisposición ante cualquier necesidad durante
el día.
Artículo 22º.- Complemento de festivo
Se podrá establecer un servicio de guardial para domingos y festivos, que se realizaría del forma rotativa entre
los trabajadores. Sera considerado jomada normal de trabajo y sel remunerará con un plus salarial
Los siguientes festivos tendrán la consideración de especiales, por lo que se les aplicará un plus mayor; 1 de
enero, 6 de enero, Viernes Santo. 15 y 16 de agosto, 25 de diciembre” y tres días de la Romería de Lepe (domingo,
lunes y domingo de Romería “chica”).
Artículo 23º.- Complemento de nocturnidad
Los trabajadores que desempeñen su labor en un turno considerado como nocturno, según lo estipulado por el
Estatuto de los Trabajadores, percibirán un suplemento por hora trabajada en dicho tumo.
Artículo 24º.- Complemento de productividad
Este complemento retribuirá el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que
el trabajador desempeñe su trabajo. La aplicación de este complemento será determinada por la Junta de Gobierno.
En ningún caso las cuantías asignadas por este complemento durante un periodo de tiempo originarán ningún
derecho individual con relación a periodos sucesivos.
Artículo 25º.- Gratificaciones extraordinarias
Los trabajadores percibirán cada año 2 pagas extraordinarias de 30 días cada una, los días 15 de los meses de
julio y diciembre, comprendiendo salario base y complemento de antigüedad.
Artículo 26º.- Dietas y gastos de locomoción
En el caso de que un trabajador tenga que utilizar su vehículo propio dentro de la jomada de trabajo, la dirección
de la Comunidad lo autorizará expresamente.
El trabajador percibirá 0,27 euros por kilómetro recorrido en caso de automóvil, y 0.13 euros por kilómetro para
motocicletas.
Si por necesidades del trabajo hubiera de desplazarse un trabajador fuera del ámbito territorial de la Comunidad
de Regantes, ésta le abonará los gastos de locomoción, manutención y. si fuera necesario, la pernoctación.
IV RÉGIMEN ASISTENCIAL Y SOCIAL
Artículo 27°.- Complemento por incapacidad transitoria
Los trabajadores que causen baja por enfermedad profesional o accidente laboral percibirán desde el primer
día y hasta un máximo de 6 meses un complemento que sumado a lo que perciba de la Seguridad Social o Mutua
de Accidentes de Trabajo, en su caso, será igual al 100% de las cuantías que hubiese percibido el trabajador por los
siguientes conceptos: salario base y complementos de antigüedad y responsabilidad.
En caso de baja por otros motivos la dirección de la Comunidad valorará la aplicación del complemento citado.
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La dirección, y a su costa, podrá requerir al trabajador que se someta a exámenes médicos para comprobar
dicha situación, estando el trabajador obligado a la aceptación de tales reconocimientos. La negativa a realizarlos o la
constatación médica de la no procedencia de la baja permitirá a la dirección suprimir dicho complemento.
Artículo 28º.- Póliza de seguro
La Comunidad establecerá para sus trabajadores un seguro de accidente que cubra las siguientes eventualidades:
A) Muerte, invalidez permanente absoluta o gran invalidez: 45.000 euros.
B) Invalidez permanente total o parcial: 33.000 euros.
La Entidad resultará subsidiariamente obligada a realizar dicho pago en el caso de negativa de la compañía
aseguradora por falta de pago de las primas correspondientes. Asimismo, la responsabilidad civil correrá por cuenta de
la Comunidad,
Artículo 29º.- Ayudas sociales
A) La Comunidad otorgará una gratificación por matrimonio o por nacimiento o adopción hijo de 300 euros.
B) En el caso, de realizar algún curso de formación o asistencia a congresos con la conformidad de la dirección,
los gastos serán sufragados por la Comunidad.
C) La Comunidad consignará con carácter anual una dotación para atenciones sociales de los trabajadores. La Comisión Paritaria Mixta, establecerá el sistema para el reparto de estal ayuda.
Artículo 30°.- Garantías
La Comunidad designará a su cargo la defensa del trabajador que, como consecuencia del ejercicio de sus
funciones, sea objeto de actuaciones judiciales, asumiendo las costas v. gastos que se deriven, incluida fianzas, salvo
en) los casos en que se reconozca en la sentencia doio mala fe o negligencia, y. asimismo, salvo renuncia expresa del
propio interesado o ser la Comunidad el demandante.
El tiempo que el trabajador emplee en las actuaciones judiciales mencionadas en el apartado anterior, será considerado como tiempo de trabajo efectivo salvo que ocurran algunas de las excepciones en él contenidas.
El trabajador que utilice tanto un vehículo propiedad de la Comunidad como uno propio al servicio de esta y cometiera alguna infracción por causa imputable al mismo, será responsable de la sanción que se imponga. En cualquier
otro supuesto, la Comunidad se hará cargo de la sanción.
V. DERECHOS SINDICALES
Artículo 31º.- Derechos sindicales
El delegado de personal constará para las oportunas gestiones del número de horas retribuidas que le otorgue
la legislación vigente en cada momento. Estas horas sindicales podrán ser acumuladas por períodos de dos meses. La
forma de utilización y disfrute de las mismas será a elt cción de cada delegado según sus necesidades como representante tegal de los trabajadores.
Asimismo, el personal dispondrá del derecho de reunión. Podrán éstos celebrar asambleas fuera de su jornada
laboral en los locales de ta Comunidad.
La dirección de la Comunidad no marginará a ningún trabajador por motivos sindicales a la hora de la contratación ni le dará de baja por tai motivo.
Artículo 32º.- Garantía de las condiciones laborales
La Comunidad entregará al personal una copia del contrato de trabajo y acreditación del alta en la Seguridad Social.
La notificación de la baja del personal se realizará con la antelación mínima que marque la legislación vigente.
Artículo 33º.- Asamblea
Los trabajadores tendrán derecho a reunirse en asamblea, la cual podrá ser convocada por un número de trabajadores no inferior al 25% de la plantilla o por el delegado de personal, que en todo caso la presidirá y será responsable
de su normal desarrollo, así como de la presencia en la misma de personas no pertenecientes a la Comunidad.
La convocatoria, con expresión del orden del dia. se comunicará a la Dirección con un mínimo de 48 horas de
antelación.
El lugar de la reunión será el centro de trabajo y fuera de la jomada de trabajo, salvo acuerdo con la Dirección.
VI. PREVENCIÓN DE RIESGOS, SEGURIDAD Y SALUD.
Artículo 34º.- Comisión mixta de seguridad y salud
Se constituirá una Comisión Mixta de Seguridad y Salud, compuesta por los representantes de la dirección y de
los trabajadores.
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Se reunirá de forma periódica para ser consultada acerca de la política, planes, programas y cualquier otro asunto
relativo a la prevención de riesgos laborales en ta Comunidad, y velará por el cumplimiento de la normativa vigente en
esta materia tanto por la dirección como por los trabajadores.
Artículo 35º.- Ropa de trabajo
Los encargados. oficiales, auxiliares especializados y peones recibirán los equipos de prevención individuales
necesarios.
Además se les facilitará anualmente ropa de trabajo. La composición y cantidad se determinará en el Reglamento
de Régimen Interior.
VIL RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 36°.- Clases de faltas
Los trabajadores podrán ser sancionados en los supuestos de incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Los superiores, en el caso de que toleren o encubran las faltas de sus subordinados, incurrirán en responsabilidad y
podrán ser sancionados.
Las faltas cometidas por los trabajadores al servicio de la Comunidad se clasificará atendiendo a su importancia,
reincidencia intención, en leves, graves y muy graves, de conformidad eon lo que se dispondrá en el Reglamenta de
Régimen Interior.
Artículo 37°.- Sanciones
Las sanciones que la dirección de la Comunidad pueda imponer según la gravedad y circunstancias de las faltas
cometidas, serán las siguientes:
a) Por falta leve: amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
b) Por falta grave: amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta a quince días.
c) Por falta muy grave: suspensión de empleo y sueldo de quince a sesenta días y despido laboral.
Para la aplicación de las sanciones anteriores se tendrá en cuenta el mayor o menor grado de responsabilidad
del que cometa la falta, posibles eximentes y la repercusión del hecho en los demás trabajadores y en la Comunidad.
Además de las sanciones, podría reclamarse el importe de la reparación de la maquinaria dañada o la pérdida
de los materiales.
Artículo 38º.- Procedimiento y prescripción
El procedimiento sancionador se desarrollará en el Reglamento de Régimen Interior.
Las faltas leves prescribirán a los diez días: las graves, a los veinte días, y las muy graves, a los sesenta días
a partir de ta fecha en que la dirección de la Comunidad tuvo conocimiento de su comisión y. en todo caso, a los seis
meses de haberse cometido.
ANEXO I. TABLA SALARIOS AÑO 2012
Grupo primero
Categoría
Salario Base
Responsab ilidad
Hora Extra
1.166,27
1.000,23
13,38
Oficial Administrativo 1ª
999,67
533.15
12,53
Oficial Administrativo 2ª
916,35
444,31
11,62
Auxiliar Administrativo
874,70
353,49
10,33
Oficios Varios
749,75
Resp. Administración
Técnicos grado superior
1.166,27
1.000,23
13.38
Técnicos grado medio
1.041,32
632,30
13,04
14
12
por hora
Pagos anuales
8888
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Grupo segundo
Categoría
Salario Base
Responsab ilidad
Hora Extra
Encargado General
1.166,27
1.000,23
13.38
Encargado Mant./Bombeo
1.041,32
632.30
13.04
Oficial de Primera
999,67
533,15
12,53
Oficial de Segunda
916,35
508,16
11,62
Oficial de Tercera
895,54
422,77
10,83
Auxiliar especializado
874,70
337.37
10,33
Peones No Cualificados
749,75
Pagos anuales
14
10,33
12
por hora
Complementos
Complemento
Valor
Retén
11,45
Guardia
11,45
Festivo (normal)
45,79
Festivo (especial)
61,05
Supl. Hora Nocturna
1,53
Supl. Hora Extra Nocturna
9,16
Supl. Mora Extra Festivo
6,18
Supl. Hora Extra Festivo Especial
6,35
JUZGADOS DE LO SOCIAL
NÚMERO UNO
HUELVA
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN
En virtud de lo acordado en esta fecha en los autos número 299/2012 seguidos a instancias de FRANCISCO ANTONETE ESPINOSA contra ADM. CONC. MOTORJASA (JOSE M. PATERNA SANCHEZ) , ADM.
CONC. DE PROVISA PROYECTOS VINCULADOS S.A. (JOSE MANUEL PATERNA SANCHEZ) , ADM- CONC.
DE DESARROLLO Y GESTION DEL AUTOMOVIL (EDUARDO MEDINA PEREZ) , IMSA INNOVACIONES
DEL MEDITERRANEO S.A., MAVESA, COAUTO, TIMSA, DESARROLLO Y GESTION DEL AUTOMOVIL SLU
(DEYGESA), MOTORJASA, PROYECTOS VINCULADOS S.A. (PROVINSA), SERGA, ENSO, DIVISA, CARINSA,
POZUELO MOTOR S.A., FERPER S.L.U. y SARAUTO, SA sobre Despido Objetivo Individual, se ha acordado
citar a ADM. CONC. MOTORJASA (JOSE M. PATERNA SANCHEZ) , ADM. CONC. DE PROVISA PROYECTOS
VINCULADOS S.A. (JOSE MANUEL PATERNA SANCHEZ) , ADM- CONC. DE DESARROLLO Y GESTION DEL
AUTOMOVIL (EDUARDO MEDINA PEREZ) , FRANCISCO ANTONETE ESPINOSA, DESARROLLO Y GESTION
DEL AUTOMOVIL SLU (DEYGESA), MOTORJASA y PROYECTOS VINCULADOS S.A. (PROVINSA) como parte
demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día DIECISEIS DE JULIO DE 2012 A LAS
9,10 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/
ALONSO SANCHEZ N° 1 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado,
y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no
se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a
su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.
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8889
Y para que sirva de citación a ADM. CONC. MOTORJASA (JOSE M. PATERNA SANCHEZ), ADM. CONC.
DE PROVISA PROYECTOS VINCULADOS S.A. (JOSE MANUEL PATERNA SANCHEZ) , ADM- CONC. DE DESARROLLO Y GESTION DEL AUTOMOVIL (EDUARDO MEDINA PEREZ) , FRANCISCO ANTONETE ESPINOSA,
DESARROLLO Y GESTION DEL AUTOMOVIL SLU (DEYGESA), MOTORJASA y PROYECTOS VINCULADOS
S.A. (PROVINSA) para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia,
En HUELVA, a veintisiete de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN
En virtud de lo acordado en esta fecha en los autos número 319/2012 seguidos a instancias de MANUEL GONZALEZ GARCIA contra SARAUTO, SA, ENSO, IMSA INNOVACIONES DEL MEDITERRANEO S.A., MAVESA, COAUTO,
TIMSA, DESARROLLO Y GESTION DEL AUTOMOVIL,S.L.U. (DEYGESA), MOTORJASA, PROYECTOS VINCULADOS
S.A. (PROVINSA), SERGA, POZUELO MOTOR S.A., FERPER S.L.U., CARINSA y DIVISA sobre Despido Objetivo
Individual, se ha acordado citar a MANUEL GONZALEZ GARCIA, ADM. CONC. DE MOTORJASA.- (JOSE M. PATERNA SANCHEZ) , ADM- CONC. DE PROVINSA PROYECTOS VINCULADOS S.A. (JOSE M. PATERNA SANCHEZ) ,
ADM. CONC. DE DESARROLLO Y GESTION DEL AUTOMOVIL S (EDUARDO MEDINA PEREZ) , DESARROLLO Y
GESTION DEL AUTOMOVIL,S.L.U. (DEYGESA), MOTORJASA y PROYECTOS VINCULADOS S.A. (PROVINSA) como
parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día DIECISEIS DE JULIO DE 2012 A LAS
9,20 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en C/ ALONSO
SANCHEZ N° 1 debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios
de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta
injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de
este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.
Y para que sirva de citación a MANUEL GONZALEZ GARCIA, ADM. CONC. DE MOTORJASA.- (JOSE M. PATERNA SANCHEZ) , ADM- CONC. DE PROVINSA PROYECTOS VINCULADOS S.A. (JOSE M. PATERNA SANCHEZ)
, ADM. CONC. DE DESARROLLO Y GESTION DEL AUTOMOVIL S (EDUARDO MEDINA PEREZ) , DESARROLLO Y
GESTION DEL AUTOMOVIL,S.L.U. (DEYGESA), MOTORJASA y PROYECTOS VINCULADOS S.A. (PROVINSA) para
los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia,
En HUELVA, a veintisiete de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
NÚMERO TRES
HUELVA
EDICTO
D/Dª Mª DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 587/2011 a instancia de la parte actora
D/Da. JOSE SANCHEZ GARRIDO contra NILEFOS QUIMICA, S.A. sobre Social Ordinario se ha dictado SENTENCIA
de fecha 01/06/12, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que, estimando la demanda presentada por DON JOSÉ SÁNCHEZ GARRIDO contra NILEFÓS QUÍMICA S.A., debo
condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la suma de cuarenta y ocho mil ciento siete euros (48.107,00 €).
No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, a salvo lo dispuesto en el artículo 33
del ET.
Notifíquese esta Sentencia a las partes y se les advierte que contra ella cabe RECURSO DE SUPLICACION
8890
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BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 131
ante la Sala de lo Social del Tribunal superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS hábiles
siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante
este Juzgado de lo Social.
Así por ésta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: La anterior Sentencia ha sido leída y publicada por la Iltma. Sra. DOÑA MARÍA AUXILIADORA
SALVAGO SANZ en el mismo día de su fecha, estando celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado NILEFOS QUIMICA, S.A. actualmente en paradero desconocido,
expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA Y EN EL TABLÓN DE
ANUNCIOS DE ESTE JUZGADO, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo
las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a uno de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
EDICTO
D/Da Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 584/2011 a instancia de la parte
actora D/Da. ANA MARIA TOSCANO MUÑOZ contra NILEFOS QUIMICA, S.A. sobre Social Ordinario se ha dictado
SENTENCIA de fecha 01/06/12, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que, estimando la demanda presentada por DOÑA ANA MARÍA TOSCANO MUÑOZ contra NILEFÓS QUÍMICA
S.A., debo condenar y condeno a la empresa a abonar a la actora la suma de treinta y siete mil cuatrocientos ochenta
y cinco euros y cincuenta céntimos (37.485,50 €).
No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, a salvo lo dispuesto en el artículo 33
del ET.
Notifíquese esta Sentencia a las partes y se les advierte que contra ella cabe RECURSO DE SUPLICACION
ante la Sala de lo Social del Tribunal superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS hábiles
siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante
este Juzgado de lo Social.
Así por ésta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: La anterior Sentencia ha sido leída y publicada por la Iltma. Sra. DOÑA MARÍA AUXILIADORA
SALVAGO SANZ en el mismo día de su fecha, estando celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado NILEFOS QUIMICA, S.A. actualmente en paradero desconocido,
expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA Y EN EL TABLÓN DE
ANUNCIOS DE ESTE JUZGADO, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo
las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a uno de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
EDICTO
D/Da Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 586/2011 a instancia de la parte
actora D/Da. FELIX MANSO PALMA contra NILEFOS QUIMICA, S.A. sobre Social Ordinario se ha dictado SENTENCIA
de fecha 01/06/12, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que, estimando la demanda presentada por DON FÉLIX MANSO PALMA contra NILEFÓS QUÍMICA S.A., debo
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condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la suma de cuarenta y un mil trescientos diez euros y setenta
céntimos (41.310,70 €).
No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, a salvo lo dispuesto en el artículo 33
del ET.
Notifíquese esta Sentencia a las partes y se les advierte que contra ella cabe RECURSO DE SUPLICACION
ante la Sala de lo Social del Tribunal superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS hábiles
siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante
este Juzgado de lo Social.
Así por ésta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: La anterior Sentencia ha sido leída y publicada por la Iltma. Sra. DOÑA MARÍA AUXILIADORA
SALVAGO SANZ en el mismo día de su fecha, estando celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado NILEFOS QUIMICA, S.A. actualmente en paradero desconocido,
expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA Y EN EL TABLÓN DE
ANUNCIOS DE ESTE JUZGADO, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo
las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a uno de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
EDICTO
D/Da Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 530/09 a instancia de la parte actora D/Da. ROSA MARIA CERREJON CASADO contra GRUPO BOSCH Y GIRALDILLO SEGURIDAD SL sobre Social
Ordinario, se ha dictado DILIGENCIA DE ORDENACIÓN de fecha 07/05/12 del tenor literal siguiente: DILIGENCIA DE
ORDENACIÓN
SECRETARIO JUDICIAL SR/SRA D/Da Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA En Huelva, a siete de mayo de
dos mil doce.
Habiendo recibo los autos remitidos por el Tribunal Superior de Justicia con testimonio de la resolución dictada
por la Sala y conforme a lo dispuesto, acuerdo:
-
Librar oficio al Tribunal Superior de Justicia acusando la recepción de los mismos.
-
Dar cuenta al/a la Magistrado/a Juez.
-
Poner en conocimiento de las partes la llegada de los autos.
-
Una vez firme la presente resolución, procédase al archivo de actuaciones. Notifiquese la presente resolución
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en
el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente
contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida, debiéndose consignar la cantidad de 25 € en la cta. n° 1932000030053009 abierta a nombre de este Juzgado, en
la oficina principal de Banesto (Calle Marina n° 2) de esta Ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan
condición de trabajadores o beneficiarios de la S. Social, M. Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales
y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL
Y para que sirva de notificación al demandado GRUPO BOSCH Y GIRALDILLO SEGURIDAD SL actualmente
en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, y en
el Tablón de Anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados,
salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a cinco de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
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BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 131
EDICTO
D/Da. Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA
HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1323/2011 se ha acordado
citar a MAC ALAN MANTENIMIENTO SLU como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan
el próximo día DOCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE A LAS TRECE HORAS DE SU MAÑANA para asistir a los
actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Pza.Punto, 1 2a Planta
CP (21003) debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de
que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada
de asistencia.
Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de Interrogatorio.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social
copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a MACALAN MANTENIMIENTO SLU.
Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.
En Huelva, a once de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
EDICTO
D/Da Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 256/2012 a instancia de la parte
actora D/Da. SAMUEL PEREZ ROMERO contra LA FUSION ONUBENSE SL sobre Despidos/ Ceses en general se ha
dictado SENTENCIA de fecha 31/05/12 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por DON SAMUEL PÉREZ ROMERO contra LA FUSIÓN ONUBENSE
S.L., declaro improcedente el despido del actor habido el día 31 de enero de 2012, condenando a la demandada a que,
a su elección, readmita al trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que antes del despido, o lo
indemnice con la suma de quinientos treinta y cuatro euros y noventa céntimos (534,90 €); y, en todo caso, al abono
de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia, a razón de treinta
y cinco euros y sesenta y seis céntimos diarios (35,66 €/día).
Se advierte a la condenada que la opción entre la readmisión o la indemnización, deberá ejercitarla dentro de los
cinco días siguientes a su notificación, y que de no verificarlo en dicho plazo, se entenderá que optan por la readmisión.
No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, a salvo lo dispuesto en el artículo 33
del TRET.
Notífíquese esta Sentencia a las partes y se les advierte que contra ella cabe RECURSO DE SUPLICACION
ante la Sala de lo Social del Tribunal superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DIAS hábiles
siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante
este Juzgado de lo Social.
Así por ésta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: La anterior Sentencia ha sido leída y publicada por la Iltma. Sra. DOÑA MARÍA AUXILIADORA
SALVAGO SANZ en el mismo día de su fecha, estando celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado LA FUSION ONUBENSE SL actualmente en paradero desconocido,
expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA Y EN EL TABLÓN DE
ANUNCIOS DE ESTE JUZGADO, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo
las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a treinta y uno de mayo de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 131
9 de Julio de 2012
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EDICTO
D/Da. Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA
HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 304/2012 se ha acordado
citar a ACRISTALAMIENTOS FERNANDEZ SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día TRES DE ABRIL DE 2013 A LAS 11:50 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio
en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Pza.Punto, 1 2a Planta CP (21003) debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la
advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de DOCUMENTAL
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social
copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a ACRISTALAMIENTOS FERNANDEZ SL.
Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.
En Huelva, a cinco de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
EDICTO
D/Da Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 298/2011 a instancia de la parte actora
D/Da. NURIA MEJIAS PANEQUE contra BRICODIEL S.L, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETO
de fecha 13/06/12 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Declarar al/a los ejecutado/s BRICODIEL S.L. en situación de INSOLVENCIA por importe de 66.112,56 en concepto de principal, más la de 13.3006 calculados para intereses, costas y gastos, insolvencia que se entenderá a todos
los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y ése de baja en los libros correspondientes
Notifiquese la presente resolución
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse
ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DIAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión
de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o
beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n° de
cuenta de este Juzgado n° 1932 0000 64 0298 11 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida
del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos
pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la
misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato
dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas,
las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Y para que sirva de notificación al demandado BRICODIEL S.L. actualmente en
paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE
HUELVA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la
forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a trece de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
8894
9 de Julio de 2012
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 131
EDICTO
D/Da Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 619/2011 a instancia de la parte
actora D. RAFAEL ROMERO PRADA contra INSS.TGSS, ENCOFRADOS DOÑANA S.L. y MUGENAT MUTUA DE A.T.
Y E.P. DE LA SEGURIDAD SOCIAL N° 10 sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado SENTENCIA
de fecha 25/05/12 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por DON RAFAEL ROMERO PRADA contra ENCOFRADOS
DOÑANA S.L., MUTUA UNIVERSAL MUGENAT M.A.T.E.P.S.S. N° 10, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro que la base reguladora de las
prestaciones de incapacidad temporal correspondientes al período comprendido entre el 5 de junio de 2009 y el 10 de
febrero de 2011 asciende a noventa y seis euros y noventa y seis céntimos diarios (96,96 €), condenando a todos los
demandados a estar y pasar por esta declaración, y a la Mutua “Universal” a\ abono al actor de la suma de veintidós
mil quinientos cincuenta y siete euros y noventa y cuatro céntimos (22.557,94 €), sin perjuicio de la responsabilidad
subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Notifíquese esta Sentencia a las partes y se les advierte que contra ella cabe RECURSO DE SUPLICACION
ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS hábiles
siguientes a tal notificación, por escrito, o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante
este Juzgado de lo Social.
Así por ésta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: La anterior Sentencia ha sido leída y publicada por la Iltma. Sra. Da Ma AUXILIADORA SALVAGO
SANZ en el mismo día de su fecha, estando celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado ENCOFRADOS DOÑANA S.L. actualmente en paradero desconocido,
expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE HUELVA Y EN EL TABLÓN DE
ANUNCIOS DE ESTE JUZGADO, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo
las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a veinticinco de mayo de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
EDICTO
D/Da. Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA
HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 520/2011 se ha acordado citar
a MEZM S.A. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día VEINTIOCHO
DE NOVIEMBRE DE 2012 A LAS 11:25 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán
lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Pza.Punto, 1 2a Planta CP (21003) debiendo comparecer personalmente o
por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es
única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social
copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a MEZM S.A..
Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.
En Huelva, a trece de junio de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 131
9 de Julio de 2012
8895
EDICTO
D/D* Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 400/2011 a instancia de la parte
actora D/Da. RAFAEL AGUILAR NIJÑEZ contra EXE SEGURIDAD INTEGRAL, SA sobre Ejecución de títulos judiciales
se ha dictadoDECRETO de fecha 18/06/12 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
a) Declarar al/a los ejecutado/s EXE SEGURIDAD INTEGRAL, SA, en situación de INSOLVENCIA por importe de
7.286,08€ en concepto de principal, más la de 1.50O€ calculados para intereses, costas y gastos, insolvencia
que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si
en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso
de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, debiéndose consignar la
cantidad de 25 € en la cta. n° 1932.0000.30.0400.11 abierta a nombre de este Juzgado , en la oficina principal de Banesto (Calle Marina n°2) de esta Ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores
o beneficiarios de la S. Social. M. Fiscal., Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos
dependientes de todos ellos.
Y para que sirva de notificación al demandado EXE SEGURIDAD INTEGRAL, SA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de
que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se
trate de emplazamientos.
En Huelva, a dieciocho de junio de dos mil d oce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
EDICTO
D/Da Ma DEL CARMEN BELLON ZURITA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO 1>E LO SOCIAL NUMERO
3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el numero 58/2012 a instancia de la parte actora
D/Da. MARIA JOSE IGLESIAS DONOSO contra GRUPO ROYAN 2007 S.L sobre Ejecución de títulos judiciales se ha
dictado DECRETO de fecha 15/06/12 cuya paite dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Alzar el/los embargo/s trabado/s sobre el/los siguiente/s bien/es:
- Los saldos en cuentas comentes, a plazo de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones,
valores en general o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que la ejecutada
GRUPO ROYAN, S.L.. pueda encontrar en las Entidades Bancarias BANCA CIVICA, BANESTO, a cuyo fin líbrense los
oportunos oficios.
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso
de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, debiéndose consignar la
cantidad de 25 € en la cta. n°1932.0000.30.0058.12 abierta a nombre de este Juzgado , en la oficina principal de Banesto (Calle Marina n°2) de esta Ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores
o beneficiarios de la S. Social, M. Fiscal., Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos
dependientes de todos ellos.
Y para que sirva de notificación al demandado GRUPO ROYAN 2007 S.L actualmente en paradero desconocido,
expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las
siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de
emplazamientos.
Huelva, a quince de junio de dos mil doce
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
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9 de Julio de 2012
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 131
OTROS ORGANISMOS
NOTARÍA DOÑA MARÍA DE LOS REYES SÁNCHEZ BLANCO
ANUNCIO DE LA NOTARIA DE ALMONTE DE DOÑA MARÍA DE LOS REYES SÁNCHEZ BLANCO, DE SUBASTA
NOTARIAL.
DOÑA MARÍA DE LOS REYES SÁNCHEZ BLANCO, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía con residencia en Almonte, HAGO SABER:
Que en mi Notaría, sita en Almonte, calle Concepción 22, bajo, 3, se tramita venta extrajudicial conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria de la siguiente finca hipotecada:
Descripción: Urbana.- Vivienda número dieciséis sita en el Conjunto Arquitectónico en Almonte y sus calles Arenal,
número 1, Martín Villa, número 50 y La Ribera, sin número. Tiene una superficie de setenta y seis metros y dieciocho
decímetros cuadrados (76,18), se encuentra convenientemente distribuida para vivienda. Tiene su acceso a través de
paso peatonal del conjunto que parte de la calle La Ribera. Linda: frente, con caja de escalera, vivienda número 17;
derecha entrando, con vuelo de la finca de Ana María Martínez Moreno y zona común; izquierda, con vuelos de la finca
de Eugenio Escolar Díaz De La Serna y otros; y fondo, con zona común y vivienda número 15.
INSCRIPCIÓN.- En el Registro de la Propiedad de Almonte, al folio 161, del libro 600, al tomo 1.986, finca 35.411.
TÍTULO: Declaración de obra nueva y división en propiedad horizontal por escritura otorgada en Almonte, ante Don
Juan Ramón Calvo Fuentes, el 20 de diciembre de 2007, bajo el número mil novecientos setenta y ocho de protocolo.
Procediendo la subasta de la finca se hacen saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría. La primera subasta el cuatro de Septiembre del año dos mil doce a las diez horas,
siendo el tipo base el de ciento ochenta y siete mil euros (187.000,00 €); de no haber postor, o si resultare fallida, la
segunda subasta el uno de octubre del año dos mil doce, a las diez horas, cuyo tipo será el 75% de la primera; en los
mismos casos, la 3ª el veintinueve de octubre del año dos mil doce, a las diez horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere
pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y el postor, el ocho de noviembre de dos mil
doce, a las diez horas.
La documentación y certificación del registro a que se refieren los arts. 236 a y 236.b de Reglamento Hipotecario,
pueden consultarse en la Notaria de Lunes a Viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como
bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán
subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30
por ciento del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subasta y en la 3ª un 20 por ciento del tipo de la segunda, mediante
cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el
remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
En Almonte, a tres de julio del dos mil doce.