Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua
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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACETA DIARIO OFICIAL AÑO C Managua, Miércoles 24 de Julio de 1996 SUMARIO Pág. ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Decreto A.N. No. 1362 .- Asociación de Ataédes Viaje Eterno . Decreto A.N. No. 1369 .- De Aprobación del Contrato de Prestamo otorgado por el Fondo Intenacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) Decreto A.N. No. 1371 .- De Aprobación del Convenio de la Comisión Centroamericana Permanente para la Erradicación de la Producción, Tráfico, Consumo y Uso Ilícitos de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas Decreto A.N. No. 1372 .- De Aprobación del Tratado Marco de Seguridad Democratica en Centroamérica 2938 2938 2938 2939 Decreto A.N. No. 1373 .- De Aprobación del Acuerdo Regional Sobre Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos 2939 Decreto A.N. No. 1375 .- Fundación León Verde 2939 Decreto A.N. No. 1376 .- Asociación Las Malinches Decreto A.N. No. 1377 .- Asociación Misión Apostólica Libre de la Fe U nitaria Nacional e Internacional No. 138 Laboral del Matadero de Amerrisque (ADELAMERRISQUE) 2942 Decreto A.N. No. 1383 .- Asociación Ministerio Evangelístico M isionero Jehová Jireh (M IN EMJJ)) 2943 Decreto A.N. No. 1384 .- Asociación Nicaragüense de Cuidados de Emergencia y Trauma (ANCET) 2943 Decreto A.N. No. 1385.- Asociación Universitaria para el Ambiente y el Desarrollo (ADUN) 2944 Decreto A.N. No. 1386 .- Asociación de Colaboración Japón Nicaragua de Acupuntura (COJANANICA) 2944 Decreto A.N. No. 1387 .- Asociación Desarrollo Proyecto Hojachigue 2945 Decreto A.N. No. 1388.- Asociación de Desarrollo Comunitario EBER-EZER la Zopilota 2945 Decreto A.N. No. 1389 .- Asociación de Desarrollo Comunal del Proyecto los Jirones 2946 Decreto A.N. No. 1390 .-Fundación para el Desarrollo Integral (FUDI) 2946 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE NICARAGUA 2940 Titulos Profesionales Incorporación Profesional 2946 2956 2940 SECCION JUDICIAL Decreto A.N. No. 1378 .- Fundación Jinotegana para el Desarrollo Sostenible (FUNJIDES) 2941 Decreto A.N. No. 1379 .- Asociación de Profesores de Masaya(ASOPRODEMA) 2941 Decreto A.N. No. 1380 .- Fundación Grupo Cívico, EticayTransparencia Citación de Procesados 2957 ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA .2942 ASOCIACION DE ATAUDES VIAJE ETERNO Decreto A.N. No. 1381 .-A Fundación Minera Nicaraguense (FUNDAMINA) 2942 DECRETO A.N. No. 1362 Decreto A.N. No. 1382 .- Asociación de Desarrollo 2937 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL El Presidente de la República de Nicaragua Ha Dictado hace saber al pueblo Nicaragüense que: El siguiente: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua Decreto En uso de sus facultades; Arto. 1.- Apruébase el Contrato de Préstamo No. 406-NI destinado a financiar el Proyecto de Desarrollo Rural de la Región Pacífica Sur (PROSESUR), suscrito entre el Gobierno de la República y el Fondo Internacional de Desarrollo Rural el 26 de Enero de 1996, por un monto de ocho millones doscientos cincuenta mil derechos Especiales de giro (DEG 8,250.000.00) Ha Dictado El siguiente: Decreto Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación de Ataúdes Viajes Eterno, Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Masaya. Arto.2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial ,La Gaceta, Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Dado en la Ciudad de Managua, en' la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.-Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Arto. 3.- La Asociación de Ataúdes Viaje Eterno, , estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, venticuatro de Junio de mil novecientos noventa y seis.Violeta Barrios de Chamorro. -Presidente de la República de Nicaragua. Arto. 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial. DE APROBACION DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COMISION CENTROAMERICANA PERMANENTE PARA LA ERRADICACION DE LA PRODUCCION, TRAFICO, CONSUMO Y USO ILICITOS DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintisiete días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de le Asamblea Nacional. DECRETO A.N. No. 1371 Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, dos de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta Barrios de Chamorro. -Presidente de la República de Nicaragua. El Presidente de la República de Nicaragua hace saber al pueblo Nicaragüense que: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua DE APROBACION DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO OTORGADO POR EL FONDO INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRICOLA (FIDA) En uso de sus facultades; Ha Dictado DECRETO A.N. No. 1369 El siguiente: El Presidente de la República de Nicaragua Decreto hace saber al pueblo Nicaragüense que: Arto.!.- Apruébase el Convenio Constitutivo de la Comisión Centroamericana Permanente para la Erradicación de la Producción, Tráfico , Consumo y Uso Ilícitos de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, suscrito en la ciudad de Guatemala, República de Guate- La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua En uso de sus facultades; 2938 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 24-7-96 mala, el 29 de Octubre de 1993, por los Ministros de Relaciones Exteriores de Centroamérica y el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Panamá Señor José Raúl Mulino, en ocasión de la XVI Cumbre de Mandatarios Centroamericanos. Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, venticuatro de Julio de mil novecientos noventa y seis.Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. Arto.2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial ,La Gaceta, DE APROBACION DEL ACUERDO REGIONAL SOBRE MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE DESECHOS PELIGROSOS Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.-Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. DECRETO A.N. No. 137 El Presidente de la República de Nicaragua Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, venticuatro de Junio de mil novecientos noventa y seis.Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. hace saber al pueblo Nicaragüense que: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua En uso de sus facultades; DE APROBACION DEL TRATADO MARCO DE SEGURIDAD DEMOCRATICA EN CENTROAMERICA Ha Dictado El siguiente: DECRETO A.N. No. 1372 Decreto El Presidente de la República de Nicaragua hace saber al pueblo Nicaragüense que: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua Arto.1.- Apruébase el Acuerdo Regional sobre., Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos, suscrito por los Presidentes Centroamericanos en Panamá el 11 de Diciembre de 1992 durante la celebración de la XIII Cumbre de Presidentes de la Región Centroamericana En uso de sus facultades; Ha Dictado El siguiente: Decreto Arto.1.- Apruébase el Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica, suscrito el 15 de Diciembre de 1995 en la ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, República de Honduras, por los Presidentes de las Repúblicas de Costa Rica, el Salvador, Guatemala, Honduras y los Vice-Presidentes de Nicaragua y Panamá, en ocasión de la Celebración de la XVII Cumbre de Presidentes de Centroamérica , compuesto de un Preámbulo y 78 Artículos Arto. 2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial ,La Gaceta, Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.-Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, venticuatro de Julio de mil novecientos noventa yseis.Violeta Barrios de Chamorro. -Presidente de la República de Nicaragua. FUNDACION LEON VERDE DECRETO A.N. No. 1375 El Presidente de la República de Nicaragua Arto.2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial ,La Gaceta, hace saber al pueblo Nicaragüense que: Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de - Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.-Jaime La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua En uso de sus facultades; 2939 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 24-7-96 Ha Dictado El siguiente: Decreto Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación Leon Verde Fundación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de León. Arto. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Fundación León Verde, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Asociación Las Malinces, estará obligada al cumplimiento de la ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Arto. 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. ASOCIACION MISION APOSTOLICA LIBRE DE LA FE UNITARIA NACIONAL E INTERNACIONAL (MALDFUNI) Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. El Presidente de la República de Nicaragua DECRETO A.N. No. 1377 hace saber al pueblo Nicaragüense que: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua ASOCIACION LAS MALINCHES En uso de sus facultades; DECRETO A.N. No. 1376 Ha Dictado El Presidente de la República de Nicaragua El siguiente: hace saber al pueblo Nicaragüense que: Decreto La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua En uso de sus facultades; Ha Dictado Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Misión Apostólica Libre de la Fe Unitaria Nacional e Internacional (MALDFUNI), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Rivas El siguiente: Decreto Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Las Malinches, Asociación civil sin fines de lucro , de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Asociación Misión Apostólica Libre de la Fe Unitaria Nacional e Internacional (MALDFUNI), estará obligada al cumplimiento de la ley General sobre 2940 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. ASOCIACION DE PROFESORES DE MASAYA (ASOPRODEMA) Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. DECRETO A.N. No. 1379 El Presidente de la República de Nicaragua hace saber al pueblo Nicaragüense que: FUNDACION JINOTEGANA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (FUNJIDES) La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua DECRETO A.N. No. 1378 En uso de sus facultades; El Presidente de la República de Nicaragua Ha Dictado hace saber al pueblo Nicaragüense que: El siguiente: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua Decreto En uso de sus facultades; Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación de Profesores de Masaya (ASOPRODEMA), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Masaya. Ha Dictado El siguiente: Decreto Arto.!.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación Jinotegana para el Desarrollo Sostenible (FUNJIDES), Fundación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Jinotega. Arto. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Fundación Jinotegana para el Desarrollo Sostenible (FUNJIDES), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Asociación de Profesores de Masaya (ASOPRODEMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta 2941 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Barrios de Chamorro. -Presidente de la República de Nicaragua. El Presidente de la República de Nicaragua hace saber al pueblo Nicaragüense que: FUNDACION GRUPO CIVICO, ETICA Y TRANSPARENCIA La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua DECRETO A.N. No. 1380 En uso de sus facultades; El Presidente de la República de Nicaragua Ha Dictado hace saber al pueblo Nicaragüense que: El siguiente: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua Decreto En uso de sus facultades; Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación Minera Nicaragüense (FUNDAMINA), Fundación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua. Ha Dictado El siguiente: Decreto Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación Grupo Cívico, Etica y Transparencia, fundación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua. Arto. 2.- La representación legal de esta rundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Fundación Grupo Cívico, Etica y Transparencia, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis. -Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Arto. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Fundación Minera Nicaragüense (FUNDAMINA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa yseis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nica. agua. ASOCIACION DE DESARROLLO LABORAL DEL MATADERO DE AMERRISQUE (ADELAMERRISQUE) Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa yseis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. DECRETO A.N. No. 1382 El Presidente de la República de Nicaragua FUNDACION MINERA NICARAGUENSE (FUNDAMINA) hace saber al pueblo Nicaragüense que: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua DECRETO A.N. No. 1381 En uso de sus facultades; 2942 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL +11■•[-. Ha Dictado El siguiente: Decreto Arto. l.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación de Desarrollo Laboral del Matadero de Amerrisque (ADEL-AMERRISQUE, Asociación Civil sin fines de Lucro , de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Juigalpa, Departamento de Chontales. Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Laboral del Matadero de Amerrisque (ADEL-AMERRISQUE), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Ministerio Avangelístico Misionero Jehová Jireh (MINEMJJ), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua. Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Asociación Ministerio Evangelístico Misionero Jehová Jireh (MINEMJJ),estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de .mil novecientos noventa yseis.- Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. ASOCIACION NICARAGUENSE DE CUIDADOS DE EMERGENCIA Y TRAUMA (ANCET) Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. DECRETO A.N. No. 1384 El Presidente de la República de Nicaragua ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO MISIONERO JEHOVA JIREH (MINEMJJ) hace saber al pueblo Nicaragüense que: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua DECRETO A.N. No. 1383 En uso de sus facultades; El Presidente de la República de Nicaragua Ha Dictado hace saber al pueblo Nicaragüense que: El siguiente: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua Decreto En uso de sus facultades; Arto. l. Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Nicaragüense de Cuidados de Emergencia y Trauma (ANCET), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua. - Ha Dictado El siguiente: Decreto Arto. 2.- La representación legal de esta 2943 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación Arto. 3.- La Asociación Nicaragüense de en La Gaceta, Diario Oficial. Cuidados de Emergencia y Trauma (ANCET), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del República. mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Nicaragua. Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo ASOCIACION DE COLABORACION JAPON Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.- NICARAGUA DE ACUPUNTURA Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. (COJANA,NICA) Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, DECRETO A.N. No. 1386 doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de El Presidente de la República de Nicaragua Nicaragua. hace saber al pueblo Nicaragüense que: ASOCIACION UNIVERSITARIA PARA EL AMBIENTE Y EL DESARROLLO (ADUN) La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua DECRETO A.N. No. 1385 En uso de sus facultades; El Presidente de la República de Nicaragua Ha Dictado hace saber al pueblo Nicaragüense que: El siguiente: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua Decreto En uso de sus facultades; Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación de Colaboración Japón Nicaragua de Ha Dictado Acupuntura (COJANA,NICA); Asociación Civil Sin El siguiente: Ciudad de León. Fines de Lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Decreto Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Arto.!.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Estatutos. Asociación Universitaria para el Ambiente y el Desarrollo (ADUN), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Mataglapa. Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Arto. 3.- La Asociación de Colaboración Japón Nicaragua de Acupuntura (COJANA, NICA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Estatutos. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia Arto. 3.- La Asociación Universitaria para el desde la fecha de su publicación en cualquier medio de Ambiente y el Desarrollo (ADUN) estará obligada al comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas en La Gaceta, Diario Oficial. sin Fines de Lucro y demas leyes de la República. 2944 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. doce de Julio de mil novecientos noventa y seis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNITARIO EBEN-EZER LA ZOPILOTA) Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. DECRETO A.N. No. 1388 El Presidente de la República de Nicaragua. hace saber al pueblo Nicaragüense que: ASOCIACION DE DESARROLLO PROYECTO HOJACHIGUE La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua DECRETO A.N. No. 1387 En uso de sus facultades; El Presidente de la República de Nicaragua Ha Dictado hace saber al pueblo Nicaragüense que: El siguiente: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua Decreto En uso de sus facultades; Ha Dictado El siguiente: Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunitario Eben -Ezer la Zopilota, Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Comarca de La Zopilota, Municipio de Diriá. Decreto Arto.!.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación de Desarrollo Proyecto Hojachigüe, Asociación Civil sin fines de lucro, de duraciónin definida y del domicilio en laComarca de Hojachigüe, Municipio de Niquinohomo, Departamento de Masaya. Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Proyecto Hojachigüe, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Comunitario Eben-Ezer la Zopilota, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa yseis.-Violeta Barrios de Chamorro. -Presidente de la República de Nicaragua. ASOCIACION DE DESAROLLO COMUNAL DEL PROYECTO LOS JIRONES Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, 2945 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL DECRETO A.N. No. 1389 En uso de sus facultades; El Presidente de la República de Nicaragua Ha Dictado hace saber al pueblo Nicaragüense que: El siguiente: La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua Decreto En uso de sus facultades; Arto.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación para el Desarrollo Integral (FUDI), Fundación Civil sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua. Ha Dictado El siguiente: Decreto Arto. l.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunal del Proyecto Los Jirones, Asociación Civil sin fines de 'lucro de duración indefinida y del domicilio en la Comarca de Los Jirones, Municipio de Diriá, Departamento de Granda. Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Comunal del Proyecto Los Jirones estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes cie la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López. -Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Arto. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Arto. 3.- La Fundación para el Desarrollo Integral (FUDI), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás leyes de la República. Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos noventa y Seis.-Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa yseis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE NICARAGUA Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Julio de mil novecientos noventa y seis. -Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua. TITULOS PROFESIONALES Reg. 3455 - R/F 478944 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL (FUDI) DECRETO A.N. No. 1390 El Presidente de la República de Nicaragua hace saber al pueblo Nicaragüense que: El Suscrito Director del Departamento de Registro de la UNAN. Certifica. Que a la página 452 Tomo V del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Económicas que éste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: La Asamblea Nacional de la' República de Nicaragua 2946 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Por Cuanto. Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos. Es Conforme. León 6 de Febrero de 1996. Gonzalo Alvarado Acetuno Director.- María Esther Silva Berrfos, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas. Reg. No. 3657 - R/F 479259 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciada en Economía, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiocho días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y uno.- El Rector de la Universidad Alejandro Serrano C. El Secretario General Julio E. ¡caza G" El suscrito Director del Departamento de Registro de las UNAN, Certifica Que a la página 275 tomo I del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Instituto Politecnico de Salud que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: " La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua " Por Cuanto: Es conforme. Managua, 28 de Octubre de 1991.Rosario Gutiérrez.- Director. Reg.No. 3678 - R/F 377965 - Valor C$ 40.00 Complemento R/F 479263 - Valcr C$ 5.00 Guillermina del Carmen Moreno Seás ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Instituto Politecnico de la Salud, CERTIFICACION Por Tanto: El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN, Certifica Que bajo número 979 página 500, tomo IV del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Escuela Regional de Enfermeria " Juana María Cruz Centeno"que esta oficina lleva a su cargo, se inscribío el Título que dice: Le extiende el Título de: Enfermera Profesional para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticinco días del mes de Enero de mil novecientos noventa y cinco.-El Rector de la Universidad .-Francisco Guzmán P. El Secretario General W. Genet B. " La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua" Por Cuanto: La Señorita Ethel Ludivina Sanabria López natural de Estelí, Departamento de Estelí República de Nicaragua ha aprobado en la Escuela Regional de Enfermeria " Juana Marfa Cruz Centeno" todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. Es conforme Managua, 25 de Enero de 1995 Rosario Gutiérrez Ortega. Director.Reg. No. 3680 - 479266 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN, Certifica: Por Tanto: Le extiende el Título de Técnica en Anestesiología para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden. Dado en la Ciudad de León, República de Nicaragua, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y seis. El Rector de la Universidad.- Ernesto Que a la página 419 Tomo I del Libro de Registro de Título de la Facultad de Escuela de Ciencias Sociales que ésta Direccion lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: " La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua " Por Cuanto: 2947 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Carlos Orlando García Montano ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Escuela de Ciencias Sociales, Por Tanto: Le extiende el Título de Licenciado en Ciencias Sociales para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden, El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN, Certifica Que bajo número 948 página 484, tomo IV del Libro de Registro de Título de Graduados en la Escuela Regional de Enfermería " Juana María Cruz Centeno "que esta oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua" Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los quince días del mes de Abril de mil novecientos noventa y seis.El Rector de la Universidad Francisco Guzmán P. El Secretario General W. Genet. B. Por Cuanto: Reg. No. 3873 - R/F 479377 -Valor C$45.00 La Señora Rosa Haydeé Martínez Martínez natural de Palacagüina, Departamento de Madriz República de Nicaragua ha aprobado en la Escuela Regional de Enfermería " Juana María Cruz Centeno" todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. CERTIFICACION Por Tanto: El Suscrito Director del Departamento de Registro de la UNAN, Certifica : Le extiende el Título de Técnica en Anestesia para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden. Qne a la página 137 tomo VI del libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias Económicas que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice; Dado en la Ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintisiete días del mes de Abril de mil novecientos noventa y cinco. El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Ramíro Guevara Ríos. " La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua Es Conforme. León 27 de Abril de 1995. Gonzalo Alvarado Acetuno.- Director.- Es Conforme Managua, 15 de Abril de 1996. Rosario Gutiérrez Ortega . Director.- Por Cuanto: Reg. No.- 3949 - R/F 539600 - Valor C$ 40.00 Complemento - R/F 479505 - Valor C$ 5.00 Evelin Selva ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas. CERTIFICACION Por Tanto: El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Le extiende el Título Licenciada en Economía para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiuno días del mes deDiciembre de mil novecientos noventa y cuatro .-El Rector de la Universidad Francisco Guzmán P. El Secretario General W. Genet B. UNAN. Certifica. Que a la página 134 Tomo VI del Libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias Médicas que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Es Conforme Managua, 21 de Diciembre de 1994 Rosario Gutiérrez Ortega .-Director.- Por Cuanto. Reg.No. 3658 - R/F 479262 - Valor C$ 5.00 Complemento R/F 920310 - Valor C$ 40.00 Marco Antonio Argüello Hurtado, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. CERTIFICACION Por Tanto: 2948 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Le extiende el Título de: Doctor en Medicina y Cirugía, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Que bajo el número 256 página 128, Tomo I del Libro de Registro de Títulos, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veinticuatro días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Luis Hernández León ,a.i. "La Universidad Nacional Agraria. Por Tanto: Scarleth Mendoza Ruíz, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Agronomía. Es conforme. León , 24 de Mayo de 1996.Gonzalo Alvarado Acetuno Director Por Tanto: . Reg. 3950 - R/F 479508 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION El Suscrito Director del Departamento de Registro de la UNAN. Certifica. Que a la página 493 Tomo I del Libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias Economicas que éste Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: Le extiende el Título de Ingeniero Agrónomo en la Especialidad de Fitotecnia, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los ocho días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad Guillermo Cruz E., El Decano de la Facultad Nicolás Valle, El Secretario General Ester Carballo M." Es conforme con su original con el que fue debidamente contejado. Managua, ocho de Mayo de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Tapia M. García G. Directora. "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Reg. No.- 3923 - R/F 479437 - Valor C$ 40.00 complemento - R/F 540128 - Valor C$ 5.00 Por Cuanto. Mario José González, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Economicas. Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciado en Contaduría Pública y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiocho días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y dos.- El Rector de la Universidad Alejandro Serrano C. El Secretario General Julio E. Icaza G. Es conforme. Managua, 28 de Rosario Gutiérrez.- Director. Agosto de 1992.- CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN. Certifica. Que a la página 466 Tomo III del Libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Titulo que dice: "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Por Cuanto. Juan Carlos Gutiérrez Madrigal ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Reg. No. 3951 - R/F 479511 - Valor C$ 45.00 Por Tanto: CERTIFICACION La Suscrita Directora del Departamento de Registro de la U.N.A. Certifica. Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho, para que goce de ,los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos 2949 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos." Es conforme. León, 4 de Junio de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno . Director. Por Cuanto. Angélica María Sarria Osorio ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Reg. No.- 3967 - 11/F 479487 - Valor C$ 40.00 complemento - R/F 540430 - Valor C$ 5.00 CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN. Certifica. Que a la página 471 Tomo III del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciada en Derecho, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos." Es conforme. León, 4 de Junio de 1996.- Gonzalo alvarado Acetuno .- Director. "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Reg. 3876 - R/F 479385 - Valor C$ 5.00 Complemento R/F 458611 - Valor C$ 40.00 Por Cuanto. Certificación. Delia Mercedes Rosales Sandoval ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN. Certifica. Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciada en Derecho, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Que a la página 82 Tomo VI del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Médicas que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos." Es conforme. León, 4 de Junio de 1996.- Gonzalo alvarado Acetuno .- Director. Por Cuanto. Diógenes Salvador Chamorro Picado, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. Por Tanto: Reg. No.- 3968 - R/F 479486 - Valor C$ 40.00 complemento - R/F 540429 - Valor C$ 5.00 CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN. Certifica. Que a la página 472 Tomo III del ,Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: Le extiende el Título de: Doctor en Medicina y Cirugía, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos". Es conforme. Managua, 6 de Febrero de 1996.Gonzalo Alvarado Acetuno, Director. Reg. No. 3882 - R/F 479393 - Valor C$ 45.00 "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. 2950 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL CERTIFICAC1ON derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN. Certifica. Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los doce días del mes de Abril de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Rios". Que a la página 115 tomo II del Libro de Registro de Título de Facultad de Ciencias Médicas que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el título que dice: Es conforme. León , 12 de Abril de 1996.Gonzalo Alvarado Acetuno.- Director. "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Reg. 3890 - R/F 479408 - Valor C$ 5.00 Complemento R/F 540511 - Valor C$ 40.00 Por Cuanto: CERTIFICACION. ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas. Margarita del Carmen Sánchez Méndez El Suscrito Director de la Ofician de Registro de la UNAN. Certifica. Por Tanto: Que a la página 401 Tomo I del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias de la Educación que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: Le extiende el Título de: Doctora en Medicina y Cirugía para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los quince días del mes de Abril de mil novecientos noventa y seis. El Rector de la Universidad Francisco Guzmán P. El Secretario General W. Genet B.- Por Cuanto. Modesta Esther Obando García, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la Educación Es conforme, Managua, 15 de Abril de 1996.Rosario Gutiérrez, Director. Por Tanto: Reg. 3884 - R/F 479366 - Valor C$ 5.00 Complemento R/F 538339 - Valoi C$ 40.00 CERTIFICACION Le extiende el Título de: Profesora de Educación Media, en la Especialidad de Español para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN. Certifica. Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los dos días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos". Que a la página 388 Tomo I del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias de la Educación que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: Es conforme. León 2 de Mayo de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno .-Director. "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Reg. 3891 - R/F 479409 - Valor CS 5.00 Complemento R/F 540122 - Valor CS 40.00 Por Cuanto. CERTIFICACION Marta de la Cruz Martínez Montes , ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la Educación El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN. Certifica. Por Tanto: Le extiende el Título de: Profesora de Educación Media, en la Especialidad de Biología para que goce de los Que a la página 400 Tomo I del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias de la Educación que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: 2951 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Por Cuanto. Fátima Inocente Tapia Lacayo, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la Educación Por Tanto: CERTIFICACION El Suscrito Director de la Dirección de Registro de la UNAN. Certifica. Que a la página 212 Tomo VI del Libro de Registro de Título de la Facultad de Ciencias Económicas que ésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: Le extiende el Título de: Profesora de Educación Media, en la Especialidad de Español para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los dos días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Rios" Dominga de los Angeles Maltez Carranza ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas. Por Cuanto. Por Tanto: Es conforme. León , 2 de Mayo de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno.- Director. Reg. 3892 - R/F 479427 - Valor C$ 5.00 Complemento R/F 540561 - Valor C$ 40.00 CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN. Certifica. Que a la página 135 Tomo VI del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Medicas que ésta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: Le extiende el Título de: Liceciada en Economía, para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los diecinueve días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y cinco.- El Rector de la Universidad Francisco Guzmán .-P. EI Secretario General W. Genet B. Es conforme. Managua, 19 de diciembre de 1995.- Rosario Gutiérrez Ortega .- Director. Reg. No. 3634 - R/F 479274 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION "La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. Por Cuanto. Nelson Guillermo García Lanzas, ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Médicas Por Tanto: Le extiende el Título de: Doctor en Medicina y Cirugía para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden. El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana, Certifica: Que bajo el Folio No.322 Partida No. 2695 del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo, inscribió el Título que dice: " La Universidad Centroamericana " Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos noventa y seis.- El Rector de la Universidad Ernesto Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Ríos". Es conforme. León , 4 de Junio de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno .-Director. Por Cuanto: Marvin José CortésEstrada natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Jurídicas todos los requisitos Académicos del Plan de Estudios correspondiente y Reg. 3875 - R/F 479384 - Valor . C$ 45.00 2952 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho para que goce de las prerrogativas que las Leyes y reglamentos del ramo le conceden. Dado en la ciudad de Managua, Republica de Nicaragua, a los veintiun días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y seis.El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga, S.J el Secretario General Lic. José Antonio Sajinez Sáenz de Viguera El Decano de laFacultad Dra: Martha Lacayo Saballos . Es Conforme, Managua , veintidos de Mayo de 1996.- Lic. Yolanda Cespedes Rugama .Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana . Es Conforme, Managua , siete de Julio de 1995.Lic. Yolanda Cespedes Rugama .Dirección de Registro y Contro Académico Universidad Centroamericana .Reg. No. 3656 - R/F 479256 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana, Certifica: Que bajo el Folio No. 330 Partida No. 2712 del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo, inscribío el Título que dice: " La Universidad Centroamericana " Reg. No. 3655 - R/F 479362 - Valor C$ 45.00 Por Cuanto: CERTIFICACION Agenor Francisco Dolmuz Aguilar, natural de Managua, Departamento de Managua República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Jurídicas todos los requisitos Académicos del Plan de Estudios correspondiente y Por Tanto: El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana, Certifica: Que bajo el Folio No. 973 Partido No. 1944 del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo, inscribió el Título que dice: Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho para que goce de las prerrogativas que las Leyes y reglamentos del ramo le conceden. " La Universidad Centroamericana " Dado en la ciudad de Managua, Republica de Nicaragua, a los veinte días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis.- Por Cuanto: David Alejandro Tijerino Espinosa, natural de Managua, Departamento de Managua República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Jurídicas todos los requisitos Académicos del Plan de Estudios correspondiente y Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho para que goce de las prerrogativas que las Leyes y reglamentos del ramo le conceden. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los doce días del mes de Junio de mil novecientos noventa y cinco.- El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga, S.J El Secretario General Lic. Jose Antonio Sajinez Sáenz de Viguera.- El Decano de la Facultad Dra. Martha Lacayo Saballos.Es Conforme, Managua , treinta y uno de Mayo de 1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama .Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana . Reg. No. 3925 - R/F 479475 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana, El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga, S.J el Secretario General.-P. Antonio Ocaña S.J. El Decano de la Facultad Dr. Guillermo Vargas Sandino. Certifica: 2953 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 24-7-96 Que bajo el Folio No. 282 Partida No. 2616 del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo, inscribid el Título que dice: Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciada Sociología para que goce de las prerrogativas que las Leyes y reglamentos del ramo le conceden. La Universidad Centroamericana " Por Cuanto: Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los Veintiseis días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cinco.- Beatriz del Carmen Cortez Zapata, natural dé Managua, Departamento de Managua , República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Humanidades todos los requisitos Académicos del Plan de Estudios correspondiente y El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga, S.J El Secretario General P. Antonio Ocaña S.J. El Decano de la Facultad Lic. Vidaluz Meneses,- Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciada Psicología para que goce de las prerrogativas que las Leyes y reglamentos del ramo le conceden. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los doce días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y cinco.- Es Conforme, Managua , nueve de Diciembre de 1995.- Lic. Yolanda Cespedes Rugama .Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana .Reg. No. 3966 - R/F 479488 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana. El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga, S.J El Secretario General P. Antonio Ocaña S.J. El Decano de la Facultad Lic. Vidaluz Meneses,Es Conforme, Managua , doce de Febrero de 1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama .Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana .- Certifica: Que bajo el Folio No. 97 Partida No. 2192 del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo, inscribió el Título que dice: La Universidad Centroamericana. Reg. No. 3948 - R/F 479495 - Valor C$ 45.00 Por Cuanto: CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana, Certifica: Que bajo el Folio No. 269 Partida No. 2590 del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo, inscribío el Título que dice: María Eugenia Guerrero Páramo, Natural de Managua, Departamento de Managua República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias de la Comunicación todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y Por Tanto: Le extiende el Título de: Técnico Superior en Bibliotecología, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden. " La Universidad Centroamericana " Por Cuanto: Beatriz de Jesús María Blandino Obando, natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Humanidades todos los requisitos Académicos del Plan de Estudios correspondiente y Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiseis días del mes de Junio de mil novecientos Noventa y cinco. El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga Achalandabaso, S.J., El Secretario General P. Antonio Ocaña, S.J., El Decano de la Facultad Dr. Luis Guillermo Rothschuh Villanueva. Es conforme, Managua, veinte de Julio de 1995.- 2954 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico, Universidad Centroamericana. Reg. No. 3969 - R/F 479482 - Valor C$ 45.00 Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo, inscribió el Título que dice: La Universidad Centroamericana. CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana. Certifica: Que bajo el Folio No.213 Partida No. 2424 del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a su cargo, inscribió él Título que dice: La Universidad Centroamericana. Por Cuanto: Marta Julia Cepeda Estrada, Natural de Managua, Departamento de Managua República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Administrativas todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciada en Administración de Empresas, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden. Por Cuanto: Francisco Javier Molina López, Natural de Managua, Departamento de Managua República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Juridicas todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y Por Tanto: Le extiende el Título de: Licenciado en Derecho, para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden. Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinticinco días del mes de Marzo de mil novecientos Noventa y seis. El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga , S.J., El Secretario General Lic. José Antonio Sanjines Sáenz de Viguera, El Decano de la Facultad Dra. Martha Lacayo Saballos Es conforme, Managua, veintitres de Abril de 1996.- Lic. Yolanda Céspedes Rugama, Dirección de Registro y Control Académico, Universidad Centroamericana. INCORPORACION PROFESIONAL Reg. No. 3546 - R/F 479047 - Valor C$ 45.00 Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los diecisiete días del mes de Julio de mil novecientos Noventa y cinco. El Rector de la Universidad P. Xabier Gorostiaga Achalandabaso, S.J., El Secretario General P. Antonio Ocaña S.J., El Decano de la Facultad Lic. Ramiro Bermúdez Mallo'. , CERTIFICACION El Suscrito, Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua-León (UNAN-León). Certifica: Es conforme, Managua, veintiseis de Julio de 1995.- Lic. Yolanda Céspedes' Rugama, Dirección de Registro y Control Académico, Universidad Centroamericana. Reg. No. 3874 - R/F 479381 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana. Certifica: Que bajo el Folio No. 311 Partida No. 2673 del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad Que en Sesión Ordinaria No. 137 del Consejo Universitario del veinte de Mayo de mil novecientos noventa y seis, adoptó el Acuerdo que íntegra y literalmente dice: 2.- "El Consejo Universitario aprueba: B.- La solicitud de Incorporación Profesional del Doctor Vicente Jorge Ortega Suárez, de nacionalidad Cubana, y en consecuencia se le declara legalmente válido e incorporado en Nicaragua, el Título de Especialista en Otorrinolaringología, obtenido ea La Habana, Cuba, el día 15 de Marzo de 1975, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Titulo XI de los Estatutos de la UNANLeón , la Secretaría General, extenderá Certificación del presente Acuerdo para su inscripción en La Oficina de Registro Académico y ulterior publicación en La Gaceta, 2955 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 24-7-96 CERTIFICACION Diario Oficial, a instancia y por cuenta del solicitante". Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintidos días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y seis.- Luis Hernández León, Secretario General.- a. i. El Suscrito, Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua León ( UNAN - León El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, León hace constar que la presente Certificación fue inscrita bajo el Acta No. 452, página No. 370 y Tomo No. II, del Libro de Incorporación de Títulos en el extranjero que lleva la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. León, 4 de Junio de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno. Director. Que en Sesión Ordinaria No. 137 del Consejo Universitario del veinte de Mayo de mil novecientos . noventa y seis adoptó el Acuerdo que integra y literalmente dice: Reg. No. 3547 - R/F 479048 - Valor C$ 45.00 CERTIFICACION El Suscrito, Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua-León (UNAN-León). Certifica: Que en Sesión Ordinaria No. 137 del Consejo Universitario del veinte de Mayo de mil novecientos noventa y seis, adoptó el Acuerdo que íntegra y literalmente dice: 1.- "El Consejo Universitario aprueba: A.- La solicitud de Incorporación Profesional del Doctor Vicente Jorge Ortega Suárez, de nacionalidad Cubana, y en consecuencia se le declara legalmente válido e incorporado en Nicaragua, el Título de Doctor en Medicina, obtenido en la Universidad de La Habana, Cuba, el día 15 de Marzo de 1976, previo cumplimiento de los requisitos y procedimiento establecidos en el Título XI de los Estatutos de la UNANLEON, la Secretaría General, extenderá Certificación del presente Acuerdo para su inscripción én La Oficina de Registro Académico y ulterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial, a instancia y por cuenta del solicitante". Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintidos días del mes de Mayo 'le mil novecientos noventa y seis.- Luis Hernández León, Secretario General.- a. i. El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, León hace constar que la presente Certificación fue inscrita bajo el Acta No. 451, página No. 369 y Tomo II, del Libro de Incorporación de Títulos obtenidos en el extranjero que lleva la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua. León, 4 de Junio de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno. Director. Reg. No. 3548 - R/F 479049 - C$ 45.00 Certifica : El consejo Universitartio aprueba : D.- La 5.Solicitud de Incorporacion Profesional de la Doctora Amelia de la Caridad Moronta Rivera, de nacionalidad Cubana, y en consecuencia se le declara legalmente válido e incorporado en Nicaragua, el Título de Doctora en Medicina, obtenido en el Instituto Superior de Ciencias Médicas de la Habana, Cuba, el día 20 de Agosto de 1990, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Título.XI de los Estatutos de la UNAN- León, la Secretaría General, extenderá Certificación del presente Acuerdo para su inscripción en la Oficina de Registro Académico y ulterior publicación en la Gaceta, Diario Oficial, a instancia y por cuenta del solicitante " Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintidós días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis.- Luis Hernández León Secretario General.-a.i. El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, León hace constar que la presente certíficación, fue inscrita bajo el Acta No. 448, Página No. 366, y Tomo No. II del Libro de Incorporación de Títulos obtenidos en el extranjero que lleva la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, León , 27 de Mayo de 1996.- Gonzalo Alvarado Acetuno, Director.SECCION JUDICIAL CITACION DE PROCESADOS No.1332 Por una vez cito y emplazo al procesado: Roberto Gaitán, Frank Gaitán, Eduardo Balladares, de este domicilio en sendero de Luz 4 1/2 cuadra al sur, 1/2 arriba, 1/2 al sur, 1/2 arriba. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Amenazas-Lesiones, en perjuicio de: Angel Nerry Altamirano Espinoza, bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de oficio.- 2956 24-7-96 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Se le recuerda a las autoridades civiles y militares 138 hace, se le declarará rebelde y se le nombrad Abogado Defensor de oficio.- así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, diez de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez. Juez Octavo Local del Crimen de Managua.- Se le recuerda a las autoridades civiles y militares así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, seis de Marzo de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez, Juez Octavo Local del Crimen de Managua.- No.1333 Por una vez cito y emplazo al procesado: Otto Abraham Morales López, de este domicilio en Villa San Jacinto de la venta la Abuela 1/2 al sur Casa C-12-34. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Lesiones, en perjuicio de: Mike Enrry Amador Macoy, bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y se le nombrad Abogado Defensor de oficio.- No.1336 Por una vez cito y emplazo al procesado: Roberto Carlos Cruz, de este domicilio en Termina de la Ruta 111 2 c. al Surt, 1/2 c. arriba. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Robo con Fuerza y Amenazas de Muerte, en perjuicio de: Félix Antonio Vado Méndez, bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de oficio.- Se le recuerda a las autoridades civiles y militares así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, diez de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez, Juez Octavo Local del Crimen de Managua.- Se le recuerda a las autoridades civiles y militares así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, veinticinco de Marzo de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez, Juez Octavo Local del Crimen de Managua.- No.1334 Por una vez cito y emplazo al procesado: Luis Ernesto Obando Machado, de este domicilio en Desconocido. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Lesiones, en perjuicio de: Martha del S. López Cortéz'-.. No.1337 Por una vez cito y emplazo al procesado: Mario José Sánchez Gutiérrez, de este domicilio en B° René Polanco Villares Montefresco 4 c. al lago c. y media arriba. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Desacato a la autoridad, en perjuicio de: Socorro Alemán García, bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de oficio.- Bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarad rebelde y se le nombrad Abogado Defensor de oficio.- Se le recuerda a las autoridades civiles y militares así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, 'quince de Marzo de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez, Juez Octavo Local del Crímen de Managua.No.1335 Por una vez cito y emplazo al procesado: Karla V. Saavedra Molina y Meylun E. Saavedra Muñoz, de este domicilio en Villa Venezuela Casa 51, grupo b, anden 5 de la Iglesia Cato Madre de Dios una y media al sur Managua. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crímen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Lesiones, en perjuicio de: Gloria del Carmen Montano, bajo el apercibimiento de si no lo Se le recuerda a las autoridades civiles y militares así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, siete de Marzo de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez, Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No1338 Por una vez cito y emplazo al procesado: José Estebán Reyes Vado, de este domicilio en Desconocida. al lago c. y media arriba. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crímen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración 2957 24-7-96 LA GACETA - DIARIO OFICIAL indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Lesiones, en perjuicio de: Auxiliadora Delgado A., bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de oficio.Se le recuerda a las autoridades civiles y militares así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, Diecinueve de Febrero de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez, Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No. 1339 Por una vez cito y emplazo al procesado: Doris González, de este domicilio en B° Niños Martinres de Ayapal, Manzana C.. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Lesiones, en perjuicio de: Leonor del Socorro Castillo. Bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de oficio.Se le recuerda a las autoridad« civiles y militares así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, Diecinueve de Marzo de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez, Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No 1340 Por vez primera cito y emplazo al procesado Roy Díaz Hidalgo, quien está siendo procesado por el delito de Lesiones Dolosas en perjuicio de Pablo Omar Jérez Quezada, para que en el término de quince días comparezca a defenderse de la causa que se le sigue. Bajo apercibimiento de declararlo rebelde, nombrarle abogado defensor de oficio, elevar la causa a plenario y abrir a pruebas la causa como si estuviere presente. Se les recuerda a las autoridades la obligación de capturarlo en el lugar donde se encuentre y a los particulares la denunciar el lugar donde esté oculto. Dado en el Juzgado Séptimo de Distrito del Crimen de Managua, a los veintidos días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Silvia Rosales Bolaños, Juez Séptimo de Distrito del Crimen de Managua.No1341 Por primera vez cito y emplazo al procesado Eduardo José Orozco Hernández, quien está siendo procesado por el supuesto delito de Huno en perjuicio de 138 José Antonio Velásquez Canela, para que dentro del término de quince días comparezca a defenderse en la causa que se le sigue en su contra. Bajo apercibimiento de declararlo rebelde, nombrarle defensor de oficio, elevar la causa a plenario y abrir a pruebas como si estuviere presente.Se le recuerda a las autoridades la obligación de capturarlo en el lugar donde se encuentre y a la de los particulares la de denunciar el lugar donde esté oculto.Dado en el Juzgado Séptimo de Distrito del Crimen de Managua, a los veintidos días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Silvia Rosales Bolaños, Juez Séptimo de Distrito del Crimen de Managua.No1342 Por primera vez cítese al procesado Eduardo Miguel Alemán Toledo, para que dentro del término de quince días comparezca al local de este Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de Hurto con confianza en perjuicio de María Ofelia Toruño Mondes, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y elevar la causa a plenario y nombrarle defensor de oficio si no comparece. Se recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y al referido procesado y a los particulares de denunciar el lugar donde se oculte.Dado en la ciudad de Managua a los doce días del mes de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Juzgado Cuarto de Distrito del Crimen de Managua.- Dra. Ana Clemencia Corea Ocón, Juez Cuarto de Distrito del Crimen de Managua.No1343 Por única vez cito y emplazo al procesado César Augusto Guevara Pérez, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de causa que se le sigue por el delito de Robo con Fuerza, en perjuicio de José Santos Pavón Guzmán, nombresele defensor de oficio si no comparece, abrir a prueba la presente causa y la sentencia que sobrecaíga surtan los mismos efectos como si estuviera presente. Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar donde se oculte.Dado en la ciudadd de Managua a los dos días del mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.- Sheyla Delgado Medrano, Juez Tercero Local del Crimen de Managua.- Suplente por la Ley.No 1344 Por única vez cito y emplazo al procesado Danilo José Rodríguez Fernández, para que en el término de 2958 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de causa que se le sigue por el delito de Hurto con Abuzo de Confianza, en perjuicio de José Santos Sandoval Castillo, nombresele defensor de oficio si no comparece, abrir a prueba la presente causa y la sentencia que sobrecaíga surtan los mismos efectos como si estuviera presente. Por única vez cito y emplazo al procesado Sipriano Rojas Quintero, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de causa que se le sigue por el delito de Amenazas de Muerte, en perjuicio de Claudia Nolberta Espinoza Lira, nombresele defensor de oficio si no comparece, abrir a prueba la presente causa y la sentencia que sobrecaíga surtan los mismos efectos como si estuviera presente. Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar donde se oculte.- Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar donde se oculte.- Dado en la ciudad de Managua a los dos Dado en la ciudadd de Managua a los dos días del días del mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.- Sheyla Sheyla Delgado Medrano, Juez Tercero Local del Crímen Delgado Medrano, Juez Tercero Loca! del Crimen de de Managua.- Suplente por la Ley.Managua.- Suplente por la Ley.- No 1345 Por única vez cito y emplazo al procesado José Domingo Solorzano Padilla, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de causa que se le sigue por el delito de Robo con Violencia, en perjuicio de Oscar Silva Vásquez, nombresele defensor de oficio si no comparece, abrir a prueba la presente causa y la sentencia que sobrecaíga surtan los mismos efectos como si estuviera presente. No .1348 Por única vez cito y emplazo al procesado: Hernaldo José Rivera Obando, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en causa que se le sigue en su contra por el presunto autor del delito de: Usurpación de Títulos, en perjuicio de Cuerpo de Bomberos. De no hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera detenido.- Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar donde se oculte.- Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el lugar donde se oculte. Dado en la ciudadd de Managua a los dos días del mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.- Sheyla Delgado Medrano, Juez Tercero Local del Crímen de Managua.- Suplente por la Ley.- Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra. Julia Mayorga Solórzano.- Sria.- Dra. Julia Mayorga Solorzano, Juez Primero Local del Crímen.- No 1346 Por única vez cito y emplazo al procesado Marlon Antonio Rosales Díaz, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de causa que se le sigue por el delito de Robo con Violencia y Lesiones, en perjuicio de Marlon ¡Antonio Dávila Guadamuz, nombresele defensor de oficio si no comparece, abrir a prueba la presente causa y la sentencia que sobrecaíga surtan los mismos efectos como si estuviera presente. No 1349 Por única vez cito y emplazo al procesado: Héctor Francisco Sampson Enriquez, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en causa que se le sigue por el delito de: Usurpación de Títulos, en perjuicio de Cuerpo de Bomberos. De no hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera detenido.- Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los civiles de denunciar el lugar donde se oculte.- Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el lugar donde se oculte. Dado en la ciudadd de Managua los dos días del mes de Julio de mil novecientos noventa y seis.- Sheyla Delgado Medrano, Juez Tercero Local del Crímen de Managua.- Suplente por la Ley.- Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra. Julia Mayorga Solorzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga Solorzano, Juez Primero Local del Crímen.- N o1347 No1350 2959 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 24-7-96 Por única vez cito y emplazo al procesado: Humberto Gaitán García, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en causa que se le sigue por el delito de: Estafa, en perjuicio de Javier Ernesto Pérez Peralta. De no hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, nombrarle defensor .de oficio y la sentencia que sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera detenido.Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el lugar donde se oculte. Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) I5ra. Julia Mayorga Solorzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga Solorzano, Juez Primero Local del Crimen.- 138 Por única vez cito y emplazo al procesado: Rafael Montenegro Guillen, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en causa que se le sigue por el delito de: Usurpación de Título, en perjuicio de Cuerpo de Bomberos. De no hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera detenido.Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el lugar donde se oculte. Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra. Julia Mayorga Solórzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga Solorzano, Juez Primero Local del Crimen.- N o1351 Por única vez cito y emplazo al procesado: Alberto Bustamante Orozco, para que en el termino de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado e defenderse en causa que se le sigue por el delito de: Usurpación y otros delitos, en perjuicio de Cuerpo de Bomberos. De no hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera detenido.- No.1354 Por única vez cito y emplazo al procesado: Hanne Schwarzaberger, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en causa que se le sigue por el delito de: Usurpación de Título, en perjuicio de Cuerpo de Bomberos de Managua. De no hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera detenido. - Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el lugar donde se oculte. Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra. Julia Mayorga Solórzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga Solórzano, Juez Primero Local del Crimen.- Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el lugar donde se oculte. No1352 Por única vez cito y emplazo al procesado: Francisco Peña Rodríguez, para que en el :término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse en causa que se le sigue por el delito de: Usurpación de Títulos, en perjuicio de Cuerpo de Bomberos de Managua . De no hacerlo estará bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, nombrarle defensor de oficio y la sentencia que sobre él recaiga surta todos los efectos como si estuviera detenido. Se les recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturarlo y a los particulares el de denunciar el lugar donde se oculte. Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra. Julia Mayorga Solórzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga Solorzano, Juez Primero Local del Crímen.No.1353 Dado en la ciudad de Managua, a los 4 días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cinco.- (F) Dra. Julia Mayorga Solorzano.- Sria.- ilb.- Dra. Julia Mayorga Solórzano, Juez Primero Local del Crimen.No.1355 Por una vez cito y emplazo al procesado: José Nicolas Ñamendez Jímenes, de este domicilio en Finca Cooperativa José Sebastian Espinales. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Amenazas, en perjuicio de: Danilo Antonio Jarquín U. Bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de oficio.Se le recuerda a las autoridades civiles y militares así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, cuatro de Junio de mil 2960 24-7-96 LA GACETA - DIARIO OFICIAL novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez, Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No.1356 Por una vez cito y emplazo al procesado: Nestor Navarro García, de este domicilio en Villa Libertadad del Mini Mercado 24 horas una cuadra al sur. Para que comparezca a este Juzgado Octavo Local del Crimen de Managua, en el término de nueve días contados a partir de que salga publicado el presente edicto, a rendir declaración indagatoria con cargos en la causa seguida en su contra por el delito de Daños a la Propiedad, en perjuicio de: Argentina Morales Carrión. Bajo el apercibimiento de si no lo hace, se le declarará rebelde y se le nombrará Abogado Defensor de oficio.- Se le recuerda a las autoridades civiles y militares así como a la ciudadanía en general la obligación que tienen de colaborar con lo aquí señalado.- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.- Managua, diez de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Sergio Palacios Pérez, Juez Octavo Local del Crimen de Managua.No.1357 Por unica vez cito y emplazo al procesado José Luis Peralta Palacios, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de esta publicación, comparezca al local de este Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de Lesiones, cometido en perjuicio de Manuel Martín Espinales Avellán. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta . Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua Seis de Junio de mil novecientos noventa y seis.Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez Séptimo Local del Crimen.No.1358 Por unica vez cito y emplazo al procesado Moises Vanegas, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de esta publicación, comparezca al local de este Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de Lesiones Graves, cometido en perjuicio de Margen Corea López. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.- 138 Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintiocho de Mayo de mil novecientos noventa y Seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez Séptimo Local del Crímen.No.1359 Por única vez, cito y emplazo al procesado Jairo Antonio Berrios Vásquez, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido en perjuicio de Georgina Navarrete y Jamileth Navarrete. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a prueba% la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintiuno de Junio de mil novecientos noventa y seis Enmendado Jairo Vásquez -vale .- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crimen.No .1360 Por única vez, cito y emplazo al procesado Félix Gutiérrez, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Amenazas de Muerte, cometido en perjuicio de Miguel Mejía Mercado. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crímen de Managua.- Veinticuatro de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crimen.No.1361 Por única vez, cito y emplazo al procesado Javier Plata Maradiaga, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Amenazas, cometido en perjuicio de Argentina Cerda y Enrique Guadamuz. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. 2961 24-7-96 138 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Se recuerda a las autoridades, la obligación que Flor de María Taleno González. Si no comparece nombrarle tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintiseis de Junio de mil novecientos noventa Se recuerda a las autoridades, la obligación que y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los Cr ímen particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de No.1362 Por única vez, cito y emplazo al procesado Erasmo Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa Urbina, para que dentro del término de nueve días contados y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Crímen Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el No.1365 delito de: Daños y Amenazas de Muerte, cometido en Por única vez, cito y emplazo al procesado Daniel perjuicio de Santos Inés Urbina Jarquín. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente Alfonso Castillo Mairena y Ruth Solorzano, para que causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta efectos como si estuviere presente. publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Se recuerda a las autoridades, la obligación que Lesiones, cometido en perjuicio de Natalia Margarita tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los Solorzano. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de presente. Managua.- Veintiseis de Junio de mil novecientos noventa Se recuerda a las autoridades, la obligación que y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los Crimen.- particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. No.1363 Por única vez, cito y emplazo al procesado Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Gregorio Morales, para que dentro del término de nueve Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le Cr ímen.- sigue por el delito de: Amenazas de Muerte y Exposición No.1366 de Personas al peligro, cometido en perjuicio de Johana de los Angeles Gutiérrez Quintero. Si no comparece Por única vez, cito y emplazo al procesado Oscar nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente Obando García, para que dentro del término de nueve días causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al efectos como si estuviere presente. local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Robo con Fuerza, cometido en Se recuerda a las autoridades, la obligación que perjuicio de Sandra María Canales Estrada. Si no tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintiseis de Junio de mil novecientos noventa Se recuerda a las autoridades, la obligación que y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los Crimen.- particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de No.1364 Por única vez, cito y emplazo al procesado Juana Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa Hernández Quintero y Mercedes Mercado Hernández, y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del para que dentro del término de nueve días contados a la Crímen.- fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el No.1367 delito de: Violacion de Domicilio, cometido en perjuicio de Por única vez, cito y emplazo al procesado Juan 2962 24-7-96 LA GACETA - DIARIO OFICIAL José Rodríguez Mejía, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de esta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido en perjuicio de Elsa Ivania Chavarria Gaitln. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crímen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crímen.- No.1368 Por única vez, cito y emplazo al procesado José Bladimir Morales Bladaceda, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido en perjuicio de Claudia Lorena Mendoza Sánchez. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Macla Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del C rimen . - No.1369 Por única vez, cito y emplazo al procesado Eduardo Antonio López García, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido en perjuicio de Ada del Socorro García Centeno. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa 138 y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crímen.No.1370 Por única vez, cito y emplazo al procesado Carlos Fernández, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Hurto con Abuso de Confianza, cometido en perjuicio de Mirza Victoria Morales Espinoza. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente.. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crimen . - No.1371 Por única vez, cito y emplazo al procesado Carlos Salina Quiroz, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Acoso Sexual y Amenazas, cometido en perjuicio de Jakqueling Bonilla Téllez. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crímen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crímen . - No.1372 Por única vez, cito y emplazo al procesado Pedro Alberto Hernández Estradas, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Daños, cometido en perjuicio de Eveling del, Socorro Gutiérrez Ramírez. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. 2963 24-7-96 LA GACETA - DIARIO OFICIAL Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crimen.- No.1373 Por única vez, cito y emplazo al procesado Yolanda Tijerino de Prado, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Hurto, cometido en perjuicio de William Ricardo Gurdian Lara. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crímen . No.1374 Por única vez, cito y emplazo al procesado Jorge David López Alemán, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Robo con fuerza, cometido en perjuicio de Olga María, López. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, ya los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crímen. - No.1375 Por única vez, cito y emplazo al procesado Wilfredo Romero Méndez, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido en perjuicio de Nohemi del Carmen González Méndez. Si 138 no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del C rimen. - No.1376 Por única vez, cito y emplazo al procesado Darling Karolina Morales Martínez, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido en perjuicio de Karen Patricia López Valverde. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del C r ím en . - No.1377 Por única vez, cito y emplazo al procesado William Mauricio Marquez Centeno, para que dentro del término de nueve días contados a la fecha de ésta publicación, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de la causa que se le sigue por el delito de: Lesiones, cometido en perjuicio de Mima del Socorro Mora Guadamuz. Si no comparece nombrarle defensor de oficio, Abrir a pruebas la presente causa y la sentencia que sobre él recaiga, surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se recuerda a las autoridades, la obligación que tienen de capturar al procesado antes mencionado, y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado Séptimo Local del Crimen de Managua.- Veintisiete de Junio de mil novecientos noventa y seis.- Lic. Rafaela Urroz Gutiérrez, Juez 7mo. Local del Crimen. - 2964
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